UNIVERSIDAD NACIONAL DE SAN MARTIN
FACULTAD DE CIENCIAS ECONÓMICAS
Escuela Académico Profesional de Contabilidad
PREVENCION DE LAVADO DE ACTIVOS Y DEL
FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO EN LAS
COOPERATIVAS DE AHORRO Y CREDITO DEL PERU
INFORME MONOGRAFICO PARA OPTAR EL TITULO
PROFESIONAL DE CONTADOR PÚBLICO
PRESENTADO POR LOS BACHILLERES EN CIENCIAS CONTABLES:
RONNY MANUEL ARAUJO BARTRA
ROGER VELASCO UPIACHIHUA
ASESOR:
Econ. CARMEN TEODORO CÁRDENAS ALAYO
ii
A Dios, por ser mi guía espiritual dándome
salud y fortaleza, y a mis padres por ser
ejemplos perfectos de sabiduría y persistencia,
demostrándome que siempre puedo contar con
su pleno apoyo.
Ronny
A Dios porque gracias a su inmenso amor me
dio salud y bienestar, y a mis padres por darme
todo el cariño y la confianza absoluta, siendo
los artífices de todos mis logros.
iii
AGRADECIMIENTO
A los Docentes de la Escuela Académico Profesional de Contabilidad de la
Universidad Nacional de San Martín- Tarapoto, por sus enseñanzas y
conocimientos impartidos.
A nuestro Asesor Econ. Carmen Teodoro Cárdenas Alayo, por su apoyo en la
elaboración en el presente trabajo de investigación.
A mis compañeros de estudio por brindarnos su apoyo y estímulo para
culminar con éxito nuestros estudios.
Al personal de la Cooperativa de Ahorro y Crédito San Martin de Porres de
Tarapoto, por su apoyo incondicional en la culminación del presente trabajo
monográfico.
A los señores Miembros del Jurado Calificador por el tiempo dedicado y su
comprensión a las limitaciones que hubiere en el presente informe.
Ronny Manuel Araujo Bartra
Roger Velasco Upiachihua
iv
PRESENTACION
Señores Miembros del Jurado Dictaminador:
De conformidad con las disposiciones legales y vigentes del Reglamento de
Grados y Títulos de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad
Nacional de San Martín - Tarapoto, nos permitimos someter a vuestra
consideración el presente Informe Final (monográfico) titulado: Prevención de
Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo en las Cooperativas de
Ahorro y Crédito del Perú. Este informe, tiene el propósito de poder optar al
Título de Contador Público.
Aprovechamos la oportunidad para hacer extensivo nuestro reconocimiento a
todos los Docentes de la Universidad Nacional de San Martín - Tarapoto,
particularmente a los de la Facultad de Ciencias Económicas - Escuela
Académico Profesional de Contabilidad - por los conocimientos y consejos
brindados; igualmente espero que Ustedes Señores Miembros del Jurado
sepan considerar las limitaciones que se encuentre en el presente trabajo.
Tarapoto, Setiembre del 2016
Ronny Manuel Araujo Bartra
Roger Velasco Upiachihua
v
INDICE
Pág.
DEDICATORIA ii
AGRADECIMIENTO iii
PRESENTACION iv
INDICE v
INTRODUCCION xi
JUSTIFICACIÓN xiv
OBJETIVOS xv
CAPÍTULO I: GENERALIDADES
1.1. Definición de Lavado de Activos 1
1.2. Concepto de Financiamiento del Terrorismo 7
1.3. El Vínculo entre el Lavado de Activos y el Financiamiento del
Terrorismo 10
1.4. Similitudes entre Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo 11
1.5. Diferencia entre Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo. 12
1.6. Breve Historia sobre Lavado de Activos 13
1.7. Fases del Lavado de Activos 15
1.8. Modalidades de Lavado de Activos 20
1.9. Organismos Internacionales Emisores de Estándares 26
1.10. Organismos Regionales 33
1.11. Unidad de Inteligencia Financiera (UIF) 35
1.12. La Unidad de Inteligencia Financiera del Perú 49
1.13. Consecuencias Negativas para los Países en Desarrollo 56
vi
CAPITULO II: REGLAMENTO DE GESTION DE RIESGOS DE LAVADO
DE ACTIVOS Y DEL FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO
2.1. Disposiciones Generales. 64
2.2. Roles y Responsabilidades 67
2.3. Conocimiento del Cliente 79
2.4. Conocimiento del Mercado 80
2.5. Conocimiento de directores, gerentes, trabajadores,
proveedores, contrapartes y subcontratación 81
2.6. Capacitación 84
2.7. Actividades de Control 86
2.8. Información y Comunicación 86
2.9. Informes del oficial de cumplimiento 90
2.10. Conservación de documentos y atención de requerimientos 91
2.11. Detección y reporte de operaciones sospechosas 92
2.12. De La Evaluación Del Sistema De Prevención Del La/Ft 95
CAPITULO III: LA PREVENCIÓN DEL LAVADO DE ACTIVOS
Y FINANCIAMIENTO DEL TERRORISMO EN LAS COOPERATIVAS
DE AHORRO Y CREDITO
3.1. Aspectos generales 96
3.2. Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del
Terrorismo en las Cooperativas de Ahorro y Crédito 100
CONCLUSIONES 141
RECOMENDACIONES 144
BIBLIOGRAFIA 145
vii
INTRODUCCION
El Lavado de Activos, es el conjunto de operaciones realizadas por una o más
personas naturales o jurídicas, tendientes a ocultar o disfrazar el origen ilícito de
bienes o recursos que provienen de actividades delictivas. El delito de lavado
de activos, se desarrolla usualmente mediante la realización de varias
operaciones, encaminadas a encubrir cualquier rastro del origen ilícito de los
recursos. El objetivo fundamental del Lavado de Activos es dar apariencia de
legalidad a las ganancias provenientes de actividades ilícitas realizadas por las
organizaciones criminales, las cuales buscan ingresar estos recursos dentro del
flujo de la economía con el propósito de ocultar su origen e integrarlo al sistema
económico legal.
El Lavado de Activos genera distorsiones en la economía y causa
imperfecciones en los mercados financieros y de bienes fundamentales, de
manera indirecta genera imperfecciones en el mercado laboral, que en definitiva
conllevan desequilibrios macroeconómicos en materia fiscal y cambiaria,
distorsionando los resultados de la actividad real de la economía. Estas fallas
de mercado deben ser corregidas por el Estado para minimizar los efectos
macroeconómicos y los costos asociados a dichas imperfecciones, con el fin de
lograr mejores tasas de crecimiento económico y desarrollo social.
El financiamiento del terrorismo, es cualquier forma de acción económica,
ayuda o mediación que proporcione apoyo financiero a las actividades de
elementos o grupos terroristas. Aunque el objetivo principal de los grupos
terroristas no es financiero, requieren fondos para llevar a cabo sus actividades,
cuyo origen puede provenir de fuentes legítimas, actividades delictivas, o
ambas
(http://sbs.gob.pe/0/modulos/JER/JER_Interna.aspx?ARE=0&PFL=2&JER=461)
La actividad terrorista se financia mediante actividades tanto legítimas como
ilegitimas. Las fuentes de financiamiento legítimas en el pasado han brindado
viii
organizaciones terroristas. Estas fuentes legítimas van desde emprendimientos
comerciales a obras de caridad.
Entre las fuentes ilegitimas que contribuyen con el mantenimiento económico
del terrorismo: la más redituable es el tráfico de drogas, pero otras igualmente
redituables son el tráfico de personas, la falsificación de productos, los
secuestros y la extorsión.
Como respuesta a la creciente preocupación sobre el lavado de activos y las
actividades terroristas, la comunidad internacional ha tomado medidas en varias
esferas. La reacción internacional ha sido, en gran parte, reconocer el hecho de
que el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo se aprovechan de los
mecanismos internacionales de transferencia de alta velocidad, como las
remesas electrónicas, para lograr sus fines. Por tanto, se requieren cooperación
y coordinación transnacionales concertadas para frustrar los planes de los
delincuentes y terroristas.
El Estado peruano, en concordancia con los acuerdos internacionales de lucha
contra el lavado de dinero y la financiación del terrorismo, de los cuales es
signatario, ha creado las instituciones y los procedimientos necesarios a fin de
contar con las leyes pertinentes para su actuación en este campo. De esta
manera, ha promulgado la Ley Penal contra el Lavado de Activos (Ley Nº
27765); el Decreto Ley Nº 25475, que establece la penalidad para los delitos de
terrorismo y los procedimientos para la investigación policial, la instrucción y el
juicio, así como las medidas de protección que está obligado a proporcionar a
los magistrados, miembros del Ministerio Público y auxiliares de justicia que
intervengan en estos procesos. Se promulgo el Reglamento de Sanciones
aplicables a personas naturales y jurídicas supervisadas por la SBS (Resolución
SBS Nº 816-2005). Asimismo, por Ley Nº 27693, del 21 de marzo del 2002, se
ha creado la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, también denominada
UIF-Perú, reglamentándola mediante el D.S. Nº 163-2002-EF, D.S. Nº
ix
Banca, Seguros y Administradoras Privadas de Fondos de Pensiones
(Ley N º29038) el 11 de junio del 2007.
Posteriormente, es promulgada las Normas Complementarias para la
Prevención del Lavado de Activos y del Financiamiento del Terrorismo
(Resolución SBS Nº 838-2008) y su modificatoria (Resolución SBS Nº
11695-2008).
Finalmente el 01 de julio del 2015 entro en vigencia la resolución Nº 2660-2015,
la misma que deja sin efecto la resolución anterior.
Las cooperativas de ahorro y crédito en el Perú, no están autorizadas a operar
con recursos del público, solamente operan con sus socios y se rigen por la Ley
General de Cooperativas. Pero, la Ley General del Sistema Financiero y del
Sistema de Seguros y Orgánica de la Superintendencia de Banca y Seguros:
Ley Nº 26702, en su Vigésima Cuarta Disposición Final y Complementaria, en
relación a las Cooperativas de Ahorro y Crédito establece que serán
supervisadas por la FENACREP, reconocida por la SBS, quien podrá recabar
información de cualquiera de dichas cooperativas.
Las Cooperativas de Ahorro y Crédito del Perú, también participan en la lucha
contra el Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo, siendo
considerados como sujetos obligados a informar, en la Ley de Creación de la
UIF-Perú y su Reglamento respectivo, así como; en el Reglamento de
Sanciones aplicables a personas naturales y jurídicas supervisadas por la SBS.
Por tal motivo las Cooperativas de Ahorro y Crédito del Perú, están obligadas a
cumplir la normatividad que la Unidad de inteligencia Financiera-Perú, emita.
(https://www.uiaf.gov.co/recursos_user/documentos/publicaciones/SAE/La%20
x
JUSTIFICACIÓN
El presente trabajo se justifica por lo siguiente:
1. Es un trabajo original, que es necesario conocer para luchar contra los
flagelos: Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo.
2. Brindará conocimientos sobre el Lavado de Activos y Financiamiento del
Terrorismo y, la lucha que se está realizando.
3. Brindará a la comunidad universitaria, temas que le permitan realizar
investigaciones futuras.
4. Como profesionales de Contabilidad, es de importancia tomar conocimiento
de la naturaleza del Lavado de Activos y Financiamiento del Terrorismo,
para contribuir en la prevención de dichos flagelos.
xi
OBJETIVOS
1. Objetivo Principal
Desarrollar la naturaleza del lavado de activos y financiamiento del
terrorismo, antecedentes legales de lucha en el Perú y, la prevención que
realizan las cooperativas de ahorro y crédito contra dichos flagelos.
2. Objetivos Secundarios
a. Definir lo que es lavado de activos y financiamiento del terrorismo.
b. Indicar las similitudes y diferencias entre el lavado de activos y
financiamiento del terrorismo.
c. Mostrar la historia, fases, modalidades e instrumentos del lavado de
activos.
d. Determinar lo que es una unidad de inteligencia financiera
e. Describir las consecuencias negativas del lavado de activos y el
financiamiento del terrorismo para los países en desarrollo.
f. Definir lo que es una cooperativa de ahorro y crédito.
g. Analizar la Resolución Nº 2660-2015: reglamento de gestión de
riesgos de lavado de activos y del financiamiento del terrorismo.
h. Explicar la prevención del lavado de activos y financiamiento del
1
CAPÍTULO I:
GENERALIDADES
El lavado de activos y financiamiento del terrorismo son los mayores flagelos
contra la sociedad, por sus nefastos efectos en la economía, administración de
justicia y la gobernabilidad del Estado; afectando gravemente a la ciudadanía, lo
cual es necesario combatir en resguardo de los intereses de la población; por
ello Organismos Internacionales recomiendan la adopción de medidas efectivas
para luchar contra el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo.
Para darnos una idea de los alcances de la expresión lavado de activos y
financiamiento del terrorismo en las siguientes líneas transcribimos algunas
definiciones elaboradas por diversos autores nacionales y foráneos sobre el
fenómeno del lavado de activos, para luego ensayar nuestra propia definición.
1.1. Definición de Lavado de Activos
Según Paul Allan Schott (2007), el lavado de activos puede definirse de varias
maneras. La mayoría de los países aceptan la definición aprobada por la
Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de Estupefacientes
y Sustancias Psicotrópicas (1988) (Convención de Viena) y la Convención de
las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional (2000)
(Convención de Palermo):
La conversión o la transferencia de bienes, a sabiendas de que tales bienes proceden de alguno o algunos de los delitos (de narcotráfico), o
de un acto de participación en tal delito o delitos, con objeto de ocultar o
encubrir el origen ilícito de los bienes o de ayudar a cualquier persona
que participe en la comisión de tal delito o delitos a eludir las
consecuencias jurídicas de sus acciones;
La ocultación o el encubrimiento de la naturaleza, el origen, la ubicación,
el destino, el movimiento o la propiedad de bienes, o de derechos
relativos a tales bienes, a sabiendas de que proceden de un delito o
2
La adquisición, posesión o utilización de bienes, a sabiendas, en el
momento de recibirlos, de que tales bienes proceden de un delito o delitos, o de un acto de participación en tal delito o delitos”
Para Luis Lamas Puccio (2008), “constituye lavado de activos todas aquellas
actividades dirigidas a ocultar la fuente o el destino del dinero o activos que se han obtenido a través de actividades ilegales”.
Víctor Prado Saldarriaga (2007) manifiesta que… “el lavado de activos es un
conjunto de operaciones comerciales o financieras que procuran la
incorporación al circuito económico formal de cada país, sea de modo
transitorio o permanente, de los recursos, bienes y servicios que se originan o
están conexos con actividades criminales.
La Unidad de Inteligencia Financiera del Perú, establece que el lavado de activos “es el conjunto de operaciones realizadas por una o más personas
naturales o jurídicas, tendientes a ocultar o disfrazar el origen ilícito de bienes o
recursos que provienen de actividades delictivas. El delito de lavado de activos,
se desarrolla usualmente mediante la realización de varias operaciones, encaminadas a encubrir cualquier rastro del origen ilícito de los recursos”.
(http://www.sbs.gob.pe/0/modulos/JER/JER_Interna.aspx?ARE=0&PFL=2&JER
=461)
“El lavado de activos, busca ocultar o disimular la naturaleza, origen, ubicación,
propiedad o control de dinero y/o bienes obtenidos ilegalmente. Implica
introducir en la economía activos de procedencia ilícita, dándoles apariencia de
legalidad al valerse de actividades lícitas, lo que permite a delincuentes y
organizaciones criminales disfrazar el origen ilegal de su producto, sin poner en peligro su fuente”. (http://www.uaf.cl/lavado/)
“El lavado de dinero (también conocido como lavado de capitales, lavado de
activos, blanqueo de capitales u operaciones con recursos de procedencia
ilícita o legitimación de capitales) es una operación que consiste en hacer que
3
(http://es.wikipedia.org/wiki/Lavado_de_dinero)
Finalmente, se puede decir que el lavado de activos, es un proceso mediante el
cual las personas y organizaciones criminales buscan dar apariencia de
legalidad al dinero o activos obtenidos de la comisión de actividades ilícitas, a
fin de introducirlos en la economía formal de un país.
Características del lavado de activos
a. El lavado de activos es realizado por delincuentes especializados.
La especialización de las actividades de lavado de activos recae principalmente
en los niveles jerárquicos más elevados de la organización criminal. Con
excepciones, los actos propios del blanqueo son realizados por terceras personas que son “utilizadas” y no siempre están conscientes de su
participación en la red criminal, los encargos conferidos son concebidos como
una oportunidad de ingresos y suelen ser personas que con mayor facilidad son
involucradas en investigaciones por la comisión del delito de lavado de activos y
delitos precedentes.
Las organizaciones criminales han profesionalizado al blanqueador, quien suele
ser un experto en materias financieras cuyo cometido es camuflar el verdadero
origen de los bienes objeto de blanqueo. Su objetivo es reducir la posibilidad de
que se puedan vincular los activos con su procedencia ilícita. Para ello utilizan
métodos variados como crear empresas ficticias, adquirir empresas lícitas con
dificultades financieras, manejar múltiples cuentas en diversas oficinas o
entidades bancarias, mezclar el dinero sucio con el de una actividad
aparentemente lícita, etc.
Las cualidades psicosociales y de especialización definen el perfil del agente
del delito. Esto impone que en las etapas del lavado de activos sólo participen
como operadores personas totalmente ajenas a los actos generadores del
capital o bienes ilegales. Además, se debe tratar de profesionales o
empresarios con habilidades idóneas para la actividad comercial o financiera.
Los cuales, además, gozan de una reconocida solvencia económica y se
4
La progresiva evolución en las técnicas de blanqueo de capitales es causa y
consecuencia de una mayor profesionalización de las personas que las llevan a
cabo. Esta característica se manifiesta en dos tendencias: mayor
profesionalismo de los miembros de la organización y mayor empleo de
profesionales externos. Ello es debido a la necesidad de minimizar riesgos de
persecución penal y de maximizar oportunidades. Para lograr tales fines surgen
una serie de exigencias: la primera consiste en invertir grandes recursos en el
análisis de riesgos y su gestión; la segunda se refiere a la aplicación de
mayores recursos para el empleo de tecnología; por último, se requiere invertir
más recursos para profesionalizar el ciclo del blanqueo-inversión (Blanco, 2002,
p. 52)
b. El lavado de activos importa la producción de operaciones complejas.
La cantidad del dinero o activos que deben ser lavados para camuflar su origen
hace que las personas y organizaciones criminales realicen operaciones con
características particulares, cada vez más frecuentes y por cantidades
progresivamente más elevadas. Esta característica genera la emisión de
señales de alerta y reviste una importancia sustantiva al momento de efectuar
los análisis centrados en operaciones.
El lavado de dinero se lleva a cabo, generalmente, a través de operaciones
complejas que muchas veces carecen de sentido económico, pues no están
destinadas al lucro en la actividad comercial, sino tienen como objetivo ocultar
la actividad ilícita de la cual provienen los fondos (Frisancho, 2006, p.261)
Como consecuencia del aumento de las medidas de control adoptadas por los
Estados para combatir el blanqueo de capitales, las organizaciones criminales
se han visto obligadas a desarrollar nuevas técnicas para tratar de eludirlas.
Característica fundamental de los blanqueadores es su facilidad de adaptación
a las nuevas situaciones y la rapidez en el desarrollo de nuevos métodos,
alcanzando en ocasiones un grado de sofisticación en sus operaciones de blanqueo calificada de “asombrosa” por algún autor. Esta mayor complejidad
5
mover los bienes de unos países a otros y diseñar complicados mecanismos de
encubrimiento de su origen de muy difícil detección por las autoridades.
(Blanco, op. cit. pp.54-55).
c. El lavado de activos tiene dimensiones internacionales y nacionales.
El blanqueo de capitales se ha convertido en un fenómeno de dimensiones
internacionales. La globalización, caracterizada por la desregulación del
comercio y de los flujos de capital, y el desarrollo de tecnologías de la
información y las comunicaciones, ha proporcionado a la delincuencia
organizada la oportunidad de construir y compartir infraestructuras económicas
internacionales. El blanqueador tratará de utilizar países que no tienen
adecuadas políticas de prevención y detección o que no ofrecen cooperación
judicial internacional e intercambio de información para perseguir este delito.
Por otra parte, el desarrollo tecnológico de las telecomunicaciones facilita la
transferencia de riqueza a través del planeta y permite a la delincuencia operar
internacionalmente (Del Cid, Op.cit. p.22)
d. El lavado de activos aprovecha sectores económicos vulnerables.
El sector financiero ha sido tradicionalmente uno de los más atractivos para las
organizaciones criminales y sigue siendo el que recibe y canaliza la mayor parte
del dinero de origen delictivo. Sin embargo, no es el único, ya que otros, como
el sector inmobiliario, el comercio de obras de arte, las apuestas por internet o
lo nuevos medios de pago, cuentan también con la predilección de los
delincuentes (Del Cid, Op. cit. pp.22-23)
Si en algo debemos caracterizar a los agentes y sectores económicos que
existen en el mercado, es por su cantidad y variedad, hecho que sin duda es
importante para el crecimiento y desarrollo económico de un país, representa
también un riesgo frente al lavado de activos en la medida que puede ser
utilizado, consciente o inconscientemente para el reciclaje de fondos de
6
e. El lavado de activos utiliza los procedimientos propios de los agentes
económicos.
Cada negocio y empresa en particular adopta un determinado procedimiento
para el ofrecimiento de sus productos y servicios al público. El conocimiento de
este procedimiento por parte de las personas y organizaciones criminales, aun
cuando sea complejo y propio de cada agente económico, puede ser útil para
los fines de blanqueo en la medida que disminuye la probabilidad de detección
por parte de las autoridades e incluso para el mismo personal de cumplimiento,
por conducirse conforme a sus exigencias y formalidades.
Al respecto es de señalar que los actos de lavado se materializan observando
siempre todas las formalidades y procedimientos usuales que son regularmente
exigido para cualquier negocio jurídico o financiero. La observancia de estos
requisitos y ritos formales aleja la sospecha y suspicacia sobre su propósito real
(Prado, Op. cit. p. 12)
f. El lavado de activos es por excelencia una actividad dinámica.
Uno de los aspectos que quizás más caracteriza al lavado de activos es su
carácter dinámico, en permanente evolución, las personas y organizaciones
criminales están diseñando permanentemente nuevos esquemas o estructuras
económicas e identificando nuevas técnicas y herramientas para el logro de su
propósito. La identificación de las técnicas existentes por parte de las
autoridades o el abuso consciente de ellas por los mismos lavadores, hace que
éstos innoven constantemente sus métodos, incursionen en nuevas economías
o involucren a países con legislaciones más permisivas, a fin de no ser
descubiertos por las autoridades.
El lavado de activos es un delito que está en constante evolución, buscando
nuevas formas de operar, con sofisticadas innovaciones lo que junto a dificultar
7
1.2. Concepto de Financiamiento del Terrorismo
“La dificultad para algunos países es la definición de terrorismo. No todos los
países que han aprobado la convención están de acuerdo con respecto a
cuáles son los actos considerados como terrorismo. El significado de terrorismo
no está universalmente aceptado, debido a las importantes consecuencias políticas, religiosas y nacionales que difieren de un país al otro” (Allan, 2007,
p.5)
Para el Departamento de Estado de los Estados Unidos, "el terrorismo es la
violencia premeditada, perpetrada por motivaciones políticas contra objetivos no
combatientes, por parte de grupos sub-nacionales o agentes clandestinos,
usualmente con la intención de influir sobre el público."
La Organización de las Naciones Unidas (ONU) ha realizado numerosos
esfuerzos, en gran parte por medio de tratados internacionales, para combatir el
terrorismo y los mecanismos utilizados para financiarlo. Incluso antes del
ataque del 11 de septiembre en Estados Unidos, la ONU había establecido la
Convención Internacional para la Eliminación del Financiamiento del Terrorismo
(1999), la cual estipula lo siguiente: “Artículo 2…
1. Comete delito en el sentido del presente Convenio quien por el medio
que fuere, directa o indirectamente, ilícita y deliberadamente, provea o
recolecte fondos con la intención de que se utilicen, o a sabiendas de
que serán utilizados, en todo o en parte, para cometer:
a) Un acto que constituya un delito comprendido en el ámbito de uno de
los tratados enumerados en el anexo y tal como esté definido en ese
tratado;
b) Cualquier otro acto destinado a causar la muerte o lesiones corporales
graves a un civil o a cualquier otra persona que no participe
directamente en las hostilidades en una situación de conflicto armado,
8
intimidar a una población u obligar a un gobierno o a una organización
internacional a realizar un acto o a abstenerse de hacerlo.
2. Para que un acto constituya un delito enunciado en el párrafo 1, no será
necesario que los fondos se hayan usado efectivamente para cometer un delito mencionado en los apartados a) o b) del párrafo 1”. (ONU, 1999,
pp.2-3)
Según la Unidad de Análisis Financiero del Gobierno de Chile, “el
financiamiento del terrorismo, es cualquier forma de acción económica, ayuda o
mediación que proporcione apoyo financiero a las actividades de elementos o
grupos terroristas. Aunque el objetivo principal de los grupos terroristas no es
financiero, requieren fondos para llevar a cabo sus actividades, cuyo origen puede provenir de fuentes legítimas, actividades delictivas, o ambas”.
(http://www.uaf.cl/lavado/terrorismo.aspx )
Para la Unidad de Inteligencia financiera del Perú, “el financiamiento del
terrorismo es el acto de proporcionar apoyo financiero a terroristas u organizaciones terroristas a fin de permitirles realizar actos de terrorismo”.
(http://www.sbs.gob.pe/0/modulos/JER/JER_Interna.aspx?ARE=0&PFL=2&JER
=1015)
Se entiende por financiamiento del terrorismo: El que legalmente provea,
recolecte, entregue, reciba, administre, aporte, custodie, o guarde fondos,
bienes o recursos, o realice cualquier otro acto que promueva, organice, apoye,
mantenga, financie o sostenga económicamente a grupos armados al margen
de la ley, o a sus integrantes, o a grupos terroristas nacionales o extranjeros.
La actividad terrorista se financia mediante actividades tanto legítimas como
ilegitimas. Las sumas reales que se necesitan para este financiamiento son
relativamente pequeñas, sin embargo, hallar las fuentes que ayudan y
respaldan al terrorismo puede ser mucho más difícil de lo que muchos
anticipan.
Existe una gran variedad de actividades que contribuyen con el mantenimiento
9
igualmente redituables son el tráfico de personas, la falsificación de productos,
los secuestros y la extorsión.
Los diamantes también han sido utilizados para costear el terrorismo. Un tipo de
comercio internacional elaborado se desarrolló reuniendo a los traficantes de
armas con los diamantes a lo largo de África y Europa, el Medio Oriente y la
ex-Unión Soviética. Los comerciantes libaneses en Sierra Leona comerciaban
diamantes apoyando a la red Al Qaeda. También se ha apoya a grupos
rebeldes en Angola y otros lugares, mediante el comercio de diamantes a
oscuros agentes de bolsa internacionales para adquirir armas.
Asimismo se ha utilizado el tráfico de seres humanos para financiar al
terrorismo. El tráfico de personas se ha convertido posiblemente en la tercera
actividad ilícita más importante del mundo luego de las drogas y el tráfico de
armas.
Las fuentes de financiamiento legítimas en el pasado han brindado
oportunidades, y aun lo siguen haciendo, para el mantenimiento de
organizaciones terroristas. Estas fuentes legítimas van desde emprendimientos
comerciales a obras de caridad, y han proporcionado una fuente significativa de
ingresos para estas organizaciones. Muchos de los que contribuyen con estas
organizaciones de caridad o los patrocinantes de estos negocios que financian
al terrorismo desconocen por completo el verdadero fin de su dinero. Existen
además de las instituciones benéficas otras actividades legítimas que se
pueden utilizar para este tipo de financiamiento. Por ejemplo, la red Al Qaeda
estableció unas industrias apícolas cuyas ganancias se utilizaron para costear
sus actividades terroristas. Lo que es más, el dinero de los pagos que recibían
eran transferidos junto con los embarques de miel.
Los casinos también aportan fondos al terrorismo de la misma forma que se
usan para el lavado de dinero. La capacidad que tienen para movilizar divisas y
para entremezclar dinero legítimo e ilegítimo, y para encubrir el origen de esos
fondos hace que los casinos sean un medio excelente para encubrir dinero mal
10
1.3. El Vínculo entre el Lavado de Activos y el Financiamiento del
Terrorismo
Las técnicas utilizadas para el lavado de activos son básicamente las mismas
que se usan para encubrir las fuentes y los fines del financiamiento del
terrorismo. Los fondos utilizados para apoyar el terrorismo pueden provenir de
fuentes legítimas, actividades delictivas, o ambas. Sin embargo, es importante
ocultar la fuente del financiamiento del terrorismo, sin reparar en si es legítima o
ilícita. Si se logra encubrir la fuente, ésta se mantiene disponible para
actividades de financiamiento del terrorismo en el futuro. De igual manera, es
esencial para los terroristas encubrir el uso de los fondos para que la actividad
de financiamiento pase inadvertida.
Por estas razones, el Grupo de Acción Financiera Internacional (GAFI) ha
recomendado que cada país tipifique como delito el financiamiento del
terrorismo, los actos terroristas y las organizaciones terroristas, y que clasifique
tales delitos como delitos subyacentes de lavado de activos.
“Los esfuerzos para combatir el terrorismo también necesitan que los países
consideren ampliar el alcance de su marco ALD e incluyan a organizaciones sin
fines de lucro, especialmente las instituciones benéficas, para asegurarse que
tales organizaciones no se utilicen, directa o indirectamente, para financiar o
apoyar el terrorismo. Como parte de los esfuerzos de LFT también se deben
revisar los sistemas alternativos de remesas o giro de fondos, como los
hawalas. Este esfuerzo comprende un análisis de las medidas a tomarse para
impedir el uso de tales entidades por parte de los blanqueadores de dinero o los
terroristas.
Tal como se indicó, una diferencia significativa entre el lavado de activos y el
financiamiento del terrorismo es que los fondos comprometidos en este último
pueden provenir de fuentes legítimas o de actividades delictivas. Dichas fuentes
legítimas pueden incluir donaciones en efectivo u otros bienes a organizaciones
11
para apoyar actividades u organizaciones terroristas. Por lo tanto, esta
diferencia exige leyes especiales para tratar el financiamiento del terrorismo.
Sin embargo, ya que en gran medida los fondos para financiar el terrorismo
provienen de fuentes ilegales, tales fondos pueden ya estar cubiertos por el
marco ALD de un país, dependiendo del alcance de los delitos subyacentes por lavado de activos”(Allan, op. cit., p.8)
1.4. Similitudes entre Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo
Las principales similitudes entre el lavado de activos y la financiación del
terrorismo son:
a. En la actualidad el terrorismo es un delito transnacional, en ese sentido
para el financiamiento del terrorismo se están utilizando métodos y
prácticas comunes al lavado de activos con el objetivo de:
- Ocultar la fuente y propósito final de los fondos.
- Uso de actividad internacional: cuentas bancarias, testaferros,
empresas, en diversos países
- Desligar a los “financistas” de las actividades terroristas
- Dificultar la detección por parte de las autoridades.
b. Ambos pueden recurrir al delito para recaudar fondos y asegurar el logro
de sus objetivos.
c. Algunos de los delitos más comunes hoy en día son: Tráfico Ilícito de
drogas y/o protección a grupos dedicados al mismo, extorsión y trata de
personas.
d. Uso similar de herramientas financieras internacionales; (Transferencias
interbancarias, remesas, cuentas numeradas/cifradas).
e. Las organizaciones de terror y de lavado de activos comparten las
características de ser empresas delictivas permanentes:
- Ambas usan especialistas para cumplir sus propósitos (contadores,
12
- En el Libro “Guerra Santa, Inc.” se describe la organización y operación de Al Qaeda como la de una “Compañía Multinacional”
- Muchas Organizaciones de lavado de activos que han sido
desbaratadas tenían la estructura de una empresa. (SBS, 2009)
1.5. Diferencia entre Lavado de Activos y Financiación del Terrorismo “Las principales diferencias entre el lavado de activos y la financiación del
terrorismo se encuentran en:
a. Propósito del delito: El lavado de activos recicla fondos provenientes de
actividades criminales para ser usados de manera legítima: es
determinante crear oportunidades de ocultación, desplazamiento y
transformación de los recursos, sobre todo a través de transacciones
complejas y articuladas. La financiación del terrorismo tiene como finalidad
principal hacer llegar el dinero a quienes están encargados de la acción
terrorista. A este fin, se utilizan también canales de transferencia
alternativos al sistema bancario.
b. Fuente o procedencia de los fondos: Lavado de activos: Fuente ilegal – el
dinero procede de actividades criminales lucrativas. Financiamiento del
terrorismo: Fuente Legal e Ilegal – el dinero procede tanto de actividades
económicas legales como de actividades criminales lucrativas.
c. El volumen de fondos: Si bien para ciertas organizaciones terroristas
puede representar una cantidad significativa, el volumen de fondos que
manejan los terroristas es mucho menor que el dinero producido por las
actividades del crimen organizado.
d. La posición del delito principal en relación a ambos casos: En caso de
actividades criminales, el delito de lavado se refiere a un delito pasado, es
decir, la actividad criminal que ha generado los fondos a reciclar: esta se
ubica antes de la actuación de lavado. En materia de terrorismo, el lavado
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(http://negociosresponsablesyseguros.org/lavado-de-activos/diferencia-entre-
lavado-de-activos-y-financiacion-del-terrorismo-2/)
1.6. Breve Historia sobre Lavado de Activos
El término “lavado de activos” se refiere a dar apariencia lícita a dinero obtenido
de manera ilícita. Si bien dicho término fue acuñado a principios del siglo XX,
vinculado a las actividades ilícitas de Al Capone: cuyo producido era convertido
en ingresos lícitos a partir de su negocio de lavado y entintado de textiles, esta
modalidad delictiva, proviene de varias centurias atrás.
a. Edad Media - Lavado a partir de usura.
En la Edad Media podemos encontrar un embrión de “lavado de dinero”,
ya que los mercaderes y prestamistas medievales, convertían sus
ganancias provenientes de la usura, en ganancias lícitas. Cabe recordar
que en un mundo profundamente cristiano, cobrar intereses por préstamos
o sacar ganancia de las transacciones comerciales, era considerado usura
y un delito severamente castigado. Esta imposición surge en épocas de
Carlomagno, entre los siglos IX y X, para extenderse durante todo el
período. Se entendía por usura cualquier trato que suponga el pago de
interés, por lo que se aplicaban castigos espirituales entre otros, la
negación de sepultura en tierra santa, la excomunión, o la obligación de
restituir los bienes ilícitos. Si bien se recurrió a estos castigos en casos
excepcionales, los banqueros y mercaderes, pronto encontraron la manera
de disfrazar la usura camuflando el interés, diciendo que el dinero
provenía de un donativo voluntario del prestatario y otras diciendo que
provenía de una multa cobrada por no haber sido devuelto el dinero en el
plazo convenido. A veces la usura se disfrazaba de tal forma que era
imposible descubrirla, como el caso de letras de cambio falsas que
mencionaban operaciones de cambio que no se habían efectuado
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b. Edad Moderna - Lavado a partir de piratería. Seguros. Contrabando.
En la Edad Moderna, con los permanentes ataques de la piratería,
particularmente a galeones españoles que transportaban oro de América a
Europa, podemos seguir una línea de ocultamiento de grandes ganancias
del producto de esos asaltos. Así como en la creación de los seguros:
donde muchas empresas fraudulentas, vinculadas a actividades navieras,
cobraban grandes sumas de dinero por accidentes que no habían
sucedido, e invertían esas ganancias espurias en inversiones destinadas a
fines lícitos. Viniendo a nuestro Río de la Plata, también encontramos
durante el siglo XVIII la modalidad de convertir en lícito el dinero producto
de actividades del contrabando que se realizaba con Inglaterra, Holanda y
Portugal, que motivó a la Dinastía de los Borbones a crear el Virreinato del
Río de la Plata en 1776.
c. Edad Contemporánea.
Mafias. Narcotráfico. Convenciones y Protocolos. Creación de la UIF. Ya en la Edad Contemporánea, el “lavado de dinero” se fue perfeccionando,
hasta llegar a ser hoy, un flagelo en las economías mundiales.
Cuando en Estados Unidos se impuso la prohibición de la venta y
consumo de bebidas alcohólicas, empezaron a aparecer organizaciones
que se encargaban de destilar alcohol para vender de forma ilegal.
En este contexto, Al Capone, incorporó la utilización de la “Mafia” como
forma desplegar todas sus actividades ilícitas, no solo relacionadas con la
venta de alcohol, sino también con la prostitución y el juego ilegal. Este concepto de “mafia” se relacionó con los “hombres de honor” sicilianos,
que contaban con temibles secuaces para realizar todo tipo de coacción,
no sólo contra los ciudadanos comunes, también contra autoridades
policiales y judiciales, entrando a jugar un papel importante la corrupción y los “testaferros”.
De esta manera tuvieron origen poderosas organizaciones transnacionales
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mundo quedara devastado por las 2 Guerras Mundiales, y a partir de la
creación de las Naciones Unidas en 1945, se pudo lentamente (de hecho
durante el último cuarto del siglo XX), empezar a implementar Resoluciones tendientes a que el delito de “lavado de dinero”, sea
mundialmente castigado. Esto a través del compromiso de todos los
países miembros y de la herramienta de la cooperación. Siendo la
Convención de las Naciones Unidas contra el Tráfico Ilícito de
Estupefacientes y Sustancias Psicotrópicas, de 1988; o la Convención de
las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional del
año 2000, claros ejemplos de las medidas que continúan hasta nuestros
días.
Llegando así a la creación de las Unidades de Información o Inteligencia
Financiera a partir de las disposiciones del GAFI/FATF, siendo el delito de
narcotráfico, como delito precedente al lavado de activos, el gran
disparador.
(http://www.uif.gov.ar/uif/index.php/es/sobre-el-lavado-de-activos/134-lavado-de-activos/99-historia-sobre-el-lavado-de-activos)
1.7. Fases del Lavado de Activos
Tondini (2012), siguiendo una terminología usada por el Grupo de Acción
Financiera sobre el Lavado de Capitales (GAFI) coincide en que este delito se
desarrolla generalmente en tres etapas: colocación, estratificación o
intercalación o diversificación o conversión y finalmente integración o inversión.
El mecanismo o procedimiento por el cual se realiza este lavado se puede
sintetizar en tres fases típicas que conforman dicha maniobra, a saber:
a. Colocación:
Es la etapa inicial del proceso de lavado, en la cual el dinero “sucio” ya
sea en efectivo o cualquier tipo de ganancia en bienes de capital de
procedencia ilícita, cambia de ubicación colocándose más allá del alcance
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Durante ésta etapa el agente es más vulnerable por lo que las autoridades
ponen sus más grandes esfuerzos en ubicarlos. Como así también vale
recalcar, que existen numerosas técnicas y metodologías al respecto, pero
casi siempre esta fase es realizada por personas que se encuentran fuera
de la organización criminal.
Las acciones que usualmente se realizan en esta etapa son:
- Contrabando de envío de grandes cantidades de dinero en efectivo
sacándolo fuera del país o trasladándolo a zonas altamente
comerciales donde pasen desapercibidos ante grandes y continuos
movimientos financieros.
- Realizar en forma sistemática depósitos de dinero en efectivo por
debajo de los límites que obliguen al reporte de las instituciones
financieras. Los ingresos de cantidades pequeñas de dinero en cuentas bancarias es una acción conocida como “pitufeo” o “smurfing”.
- Transformar el dinero en efectivo, en cheques de cajero, viajero o en
otro tipo de instrumentos negociables a través de bancos e
instituciones del sistema financiero, también el cambio de billete de
baja denominación por otro de mayor.
- Depositar dinero en efectivo en diversas cuentas bancarias en
cuentas sencillas y mancomunadas en una o varias instituciones
financieras o convertir el dinero en mercancía de calor que sean
fácilmente negociables, tales como metales o piedras preciosas.
- Utilizar entidades empresariales que debido a su naturaleza, son
receptoras de grandes cantidades de efectivo como es el caso de
centros nocturnos, restaurantes, casas de cambio casinos.
Graficando en forma clara estos conceptos, los productos financieros
se transforman en un bien como ser, una casa, un automóvil u otra
inversión: o sea, dicha ganancia ilegal ha cambiado de forma. Se trata de
17
realizando dicha conversión a través de negocios que manejan mucho
dinero en efectivo como ser restaurantes, hoteles, máquinas
expendedoras, casinos, etc. Como se verá las modalidades y
procedimientos utilizados son actividades que no están prohibidas, es
decir, en sí mismas no constituyen ilícitos y forman parte de la economía
real o lícita.
b. Conversión.
Es la segunda etapa del proceso de lavado de dinero y consiste en
intercalar en varios negocios e instituciones financieras, ya sea en forma
física, por medio del depósito o por transferencia electrónica. Se
transporta el dinero físicamente a otros lugares para disfrazar su origen
ilícito. Lo importante aquí es adquirir bienes para transferirlos o
permutarlos con otros de procedencia lícita.
En esta fase una vez que el dinero está dentro de los circuitos financieros, se realizan movimientos que tienden a “ensombrecer” u ocultar su origen,
o sea, erradicar cualquier nexo posible entre el dinero colocado y su
origen, siendo las técnicas más frecuentes el envío de los mismos a
paraísos fiscales o a centros off- shore, a los efectos que dichos fondos
circulen a lo largo de distintos países, instituciones y cuentas realizadas
por distintas personas físicas o jurídicas.
Gómez Méndez dice: que se crea un sistema de acumulación a través de
operaciones complejas destinadas a maquillar los rastros contables de
ganancias ilícitas. De esta manera el dinero en efectivo es convertido en
otros instrumentos de pago, como los cheques de viajero, cartas de
crédito acciones en sociedades. Así los medios de pago pueden ser
transportados nacional o internacionalmente, sin provocar sospechas de
ningún tipo en las autoridades; los bienes comprados en efectivo serán
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Rivera (1999), menciona ejemplos de esta etapa:
Disfrazar el dinero de procedencia ilegal, de tal modo que se
confunde con dinero obtenido de fuentes lícitas o vender, descontar o
intercambiar diversos tipos de instrumentos financieros, tales como
los cheques de cajero, giros o cheques personales (utilizándolos
como si fueran efectivo)
Crear fuentes ficticias en el extranjero para recibir y distribuir fondos
para la inversión de bienes inmuebles a través de contrabando de
dinero en efectivo. Abriendo con esos fondos cuentas en el
extranjero.
Transferir dinero vía electrónica desde una cuenta bancaria en el
extranjero, luego a otra, para perder el lugar de origen de ese dinero,
generalmente hecho en los países que constituyen paraísos fiscales.
Todo esto se realiza por medio de profesionales especializados en
cuestiones fiscales y financieras, que disponen de mejores recursos
técnicos y presupuestarios en comparación con los organismos
competentes encargados de su investigación.
Según los expertos del GAFI, las transferencias electrónicas de fondos es
probablemente el método más importante de diversificación. El
anonimato la rapidez y la gran utilización que hoy en día se da de estos
medios, no solo por las entidades financieras sino por cualquier particular,
hacen que su utilización para fines de lavado sea de difícil detección.
c. Integración
Es la última etapa del proceso de lavado de dinero donde éste que
procede de actividades delictivas se utiliza en operaciones financieras,
dando la apariencia de ser operaciones legítimas. Durante esta etapa se
realizan inversiones de negocios, se otorgan préstamos a individuos, se
compran bienes y todo tipo de transacciones a través de registros
contables y tributarios, los cuales justifican el capital de forma legal
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Aquí el dinero es nuevamente colocado en la economía, con
apariencia de legalidad. Cabe agregar que en esta etapa, una vez que el
dinero ya ha sido colocado y estratificado, los fondos vuelvan al circuito
financiero legal mezclado y/o confundido con otros elementos lícitos,
dándole apariencia de licitud, ejemplos:
- Obtención de préstamos o créditos simulados, mediante la
utilización de alguna empresa fantasma constituida en una paraíso
fiscal, o una entidad extraterritorial que controla el secreto bancario y
luego se lo presta a sí mismo.
- Compra o Venta de Inmuebles.
- Construcción de hoteles.
- Simulación de operaciones de importación y exportación de
productos, etc.
A esta etapa se le puede llamar también como decantación como Lamas
Puccio la menciona, ya que su objetivo principal es hacer perder el rastro
del dinero mal habido y dificultar su verificación contable, efectuando
distintas operaciones complejas, tanto en el ámbito nacional como
internacional, quitando evidencias ante posibles investigaciones sobre el
origen del dinero.
Rivera (1999) Op. cit., menciona las estrategias más comunes utilizadas
en la etapa de integración:
- Formación de una corporación internacional y la consecuente
apertura de una cuenta bancaria a nombre de ésta en el extranjero,
para luego transferir el dinero de la cuenta en forma de préstamos,
salarios, pagos de cartas de crédito, pagos ficticios de
arrendamiento, servicios falsos, comisiones a personas naturales o
jurídicas.
- Depositar dinero en efectivo o cheques a la cuenta bancaria de algún
negocio, dándole al mismo la apariencia de ser utilidades de
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- Recibir el dinero de un casino, de la lotería o cualquier otro juego de
azar lo que permite dar apariencia de ganancias legítimas como
consecuencia del juego.
Si bien conceptualmente se distinguen estas tres etapas o fases del
proceso denominado "lavado de dinero" o "blanqueo de capitales", en la
práctica no es tan sencillo diferenciarlas, fundamentalmente porque se
trata de operaciones ocultas o solapadas.
1.8. Modalidades de Lavado de Activos
Según la Unidad de Inteligencia Financiera del Perú (2009), las modalidades de
lavado de activos son:
a. Empresas de transferencias de fondos
Estas empresas reciben dinero en el exterior y lo trasladan a los
beneficiarios vía giros, generando cierta utilidad por el cobro de la
comisión del giro y la monetización a tasas de cambio inferiores a las
oficiales, lo cual se origina por los incrementos que pueda tener la moneda
entre la fecha de recibo y pago del giro. Este proceso es muy atractivo
para el lavador, ya que trae dinero del exterior sin riesgo, limitado solo por
los montos de giros permitidos, para lo cual, consigue varias personas. La
identificación, ubicación y demás datos de los beneficiarios son falsos y
suministrados por el lavador.
b. Amnistías tributarias
Este es un mecanismo utilizado por el gobierno con el propósito de que los
contribuyentes legalicen los capitales que poseen en el exterior y que no
han sido declarados. Con la declaración fiscal de estos patrimonios los
gobiernos buscan aumentar la base gravable de los contribuyentes y por
ende, sus ingresos tributarios hacia el futuro; mientras que, para el
lavador, esta opción es muy esperada, ya que por el pago de una suma
relativamente baja de dinero, a título de impuesto, legaliza grandes
21
investigaciones o sanciones por infracción a las normas de control de
SUNAT. El lavador una vez se acoge a la amnistía, cuenta con un
documento legal con el que justifica plenamente sus movimientos
financieros.
c. Adquisición de loterías y juegos de azar ganadores
El lavador logra un contacto en la entidad organizadora de la lotería y
obtiene la información de las personas ganadoras de un premio, los
aborda y les ofrece comprar el billete ganador por un monto igual al premio más un adicional (“plus”). Para el ganador del premio esto resulta
muy atractivo, ya que recibe el valor del premio y los impuestos que le
descontarían al momento del pago del premio. Para el lavador es un
excelente medio para justificar una buena cantidad de dinero, facilitando
además su colocación en el sistema financiero.
d. Ocultamiento bajo negocios lícitos
El lavador procura la adquisición de empresas con serias dificultades
económicas, pero con buena reputación, trayectoria y volumen de ventas,
de tal manera que se pueda justificar el ingreso de dinero ilícito,
presentándolo como producto de la buena marcha de la compañía o de su
recuperación.
También el lavador procura la adquisición o montaje de negocios cuyo
objeto social conlleva el manejo diario de dinero en efectivo, como pueden
ser restaurantes, bares, hoteles, discotecas, supermercados, droguerías,
empresas de transporte, etc. El lavador o éste en complicidad con el
dueño o de los administradores (cuando él no es el mismo propietario),
incrementan las ventas con el fin de ingresar a las entidades financieras
mayores cantidades de dinero. Por ello, para el lavador son muy atractivos
los negocios que involucran actividades de comercio exterior, ya que
facilitan la legalización del dinero poseído en el exterior. Así mismo, el lavador, establece compañías “off shore” o empresas que sólo existen en
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realmente se originan en una actividad ilícita. Se pueden llegar a constituir
un sin número de sociedades, a fin de no permitir evidenciar el vínculo
entre las diferentes empresas formadas.
e. Utilización de cuentas de terceros
El lavador utiliza cuentas de terceras personas para realizar operaciones
financieras con dinero de origen ilícito. El uso de estas cuentas se da
muchas veces con el permiso de sus titulares o sin el permiso de los
mismos; asimismo, en muchos casos los lavadores son ayudados por
funcionarios de la misma institución financiera, quienes pueden incluso
indicarles que cuentas de terceros pueden utilizar para este tipo de
operaciones.
f. Créditos ficticios
Es una figura que disimula las verdaderas intenciones del lavador, quien
solicita, para sí o para un tercero (testaferro), un crédito a una institución
del sistema financiero, otorgando como colateral, normalmente, una
garantía de rápida realización.
Al crédito se le da un buen manejo en los primeros meses, luego entra en
mora y por último en la imposibilidad de pago. En esta situación el lavador
induce la cancelación del crédito con la garantía ofrecida, logrando
justificar, para sí, la procedencia de los recursos.
g. Fondos colectivos
Corresponde al aprovechamiento de la figura del ahorro en grupos, en la
cual periódicamente se participa en sorteos o remates de sumas
importantes para la adquisición de bienes muebles o inmuebles.
El lavador acude a las personas de uno de los grupos que administra la
empresa de fondos colectivos, con el objeto de adquirir sus contratos, que,
finalmente le den la posibilidad de ser propietario del total del grupo. Una
vez que un contrato se hace ganador de un sorteo o remate, éste es
transferido para él o para la persona que él indique, justificando la
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h. Metas e incentivos
Las altas metas y los incentivos establecidos para los ejecutivos de las
entidades financieras, con el propósito de lograr objetivos institucionales,
se han convertido en un elemento de presión, que muchas veces generan
malas decisiones.
Cuando un ejecutivo no ha cumplido con sus metas, sabe que está
arriesgando no solo sus incentivos económicos, sino también el mismo
puesto y sustento familiar. En esta etapa es cuando aparece el lavador,
contacta al ejecutivo y procura convertirse en cliente estrella. Siempre
aparecerá en los momentos que más se necesita y dará la mano al
ejecutivo para que éste cumpla con sus metas. La presión por el
cumplimiento de metas hace que se debiliten los controles y que se
presuma que los recursos del lavador son de procedencia lícita. En este
caso, el lavador utiliza a un funcionario para sus fines.
i. Sobrefacturación de exportaciones
El lavador de dinero necesita que ingrese al país dinero proveniente del
extranjero, producto de sus actividades ilícitas. Es así, que mediante
exportaciones ficticias o de bienes de un valor ínfimo, las mismas que son
declaradas ante la autoridad aduanera a un valor exagerado
(sobrefacturación), permite que ingrese ese dinero ilícito como pago de la
exportación sobrevaluada.
j. Estructurar, o hacer "trabajo de pitufo" o "trabajo de hormiga"
Consiste en el fraccionamiento de operaciones financieras con el fin de no
levantar sospechas y/o que las mismas no sean detectadas; pueden ser a
través de depósitos o cambio de cheques por otros de sumas menores,
para que las efectúen diversas personas, naturales o jurídicas, pero
afectando una sola cuenta o beneficiario, operaciones cuyo monto no
obligue el diligenciamiento de documentos de control. Método sencillo de
ejecutar y difícil de detectar; pues puede burlar el control consolidado de
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el control de operaciones en efectivo mediante la utilización de un mismo “pitufo” en diferentes instituciones financieras donde realiza operaciones
para el mismo beneficiario, siempre inferiores a los límites de control diario
y consolidado.
k. Complicidad de un funcionario u organización
Individualmente, o de común acuerdo, los empleados de las instituciones
financieras o comerciales facilitan el lavado de dinero al aceptar a
sabiendas grandes depósitos en efectivo, sin llenar el Registro de
Transacciones en Efectivo, llenando registros falsos o exceptuando
incorrectamente a los clientes de llenar los formularios requeridos, etc.
Esta técnica permite al lavador evitar la detección, asociándose con la
primera línea de defensa contra el lavado de dinero, o sea, el empleado de
una institución financiera.
l. Negocio o empresa de fachada
Una compañía de fachada es una entidad que está legítimamente
incorporada (u organizada) y participa, o hace ver que participa, en una
actividad comercial legítima. Sin embargo, esta actividad comercial sirve
primeramente como máscara para el lavado de fondos ilegítimos. La
compañía de fachada puede ser una empresa legítima que mezcla los
fondos ilícitos con sus propias rentas.
Puede ser también una compañía que actúa como testaferro, formada
expresamente para la operación del lavado de dinero. Puede estar
ubicada físicamente en una oficina o tener únicamente un frente
comercial; sin embargo, toda la renta producida por el negocio realmente
proviene de una actividad criminal. En algunos casos, el negocio está
establecido en otra ciudad o país para hacer más difícil rastrear las
conexiones del lavado de dinero.
m. Mal uso de las listas de clientes habituales
En esta técnica, el lavador de dinero se colude con un funcionario del
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el fin de realizar operaciones de legitimación de dinero y no ser reportado
por la institución financiera como operación sospechosa.
n. Transferencias electrónicas
Esta técnica involucra el uso de la red de comunicaciones electrónicas, de
Bancos o de compañías que se dedican a transferencias de fondos, para
mover el producto criminal de un sitio a otro. Por medio de este método, el
lavador puede mover fondos prácticamente a cualquier parte del país o al
extranjero. El uso de trasferencias electrónicas es probablemente la
técnica más usada para estratificar fondos ilícitos, en términos del
volumen de dinero que puede moverse, y por la frecuencia de las
trasferencias. Los lavadores prefieren esta técnica porque les permite
enviar fondos a su destino rápidamente, y el monto de la transferencia
normalmente no está restringido. Después de transferir los fondos varias
veces, especialmente cuando esto ocurre en una serie de trasferencias
sucesivas, se vuelve difícil la detección de la procedencia original de los
fondos.
o. Trasferencias entre corresponsales
Esta técnica presume que una organización de lavado de dinero puede
tener dos o más filiales en diferentes países, o que podría haber alguna
clase de filiación comercial entre dicha organización y su contraparte
ubicada en el extranjero. Los fondos a ser lavados entran en la filial en un
país y después se los hace disponibles en un segundo país en la misma
moneda o en otra diferente. Como hay una relación de corresponsalía
entre las dos filiales, no se necesita transportar los fondos físicamente.
Tampoco hay necesidad de transferir los fondos electrónicamente. La
coordinación entre ambas terminales de la operación se lleva a cabo por
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p. Cambiar la forma de productos ilícitos por medio de compras de
bienes o instrumentos monetarios
Bajo esta técnica, el lavador de dinero cambia los productos ilícitos de una
forma a otra, a menudo en rápida sucesión. El lavador puede, por ejemplo,
adquirir cheques de gerencia con giros bancarios o cambiar giros por
cheques de viajero. Los productos se vuelven más difíciles de rastrear a
través de estas conversiones; además, dichos productos se vuelven
menos voluminosos, con lo cual se hace menos probable su detección si
se los transporta de o hacia el país.
En algunos casos, los casinos u otras casas de juego pueden facilitar el
lavado de dinero convirtiendo los productos criminales en fichas. Después
de un corto tiempo, el lavador cambia las fichas por cheques o efectivo.
q. Ventas fraudulentas de bienes inmuebles
El lavador compra una propiedad con el producto ilícito por un precio
declarado significativamente mucho menor que el valor real, pagando la
diferencia al vendedor, en efectivo "por debajo de la mesa".
Posteriormente, el lavador puede revender la propiedad a su valor real
para justificar las ganancias obtenidas ilegalmente a través de una renta
de capital ficticia.
1.9. Organismos Internacionales Emisores de Estándares
Como respuesta a la creciente preocupación sobre el lavado de activos y las
actividades terroristas, la comunidad internacional ha tomado medidas en varias
esferas. La reacción internacional ha sido, en gran parte, reconocer el hecho de
que el lavado de activos y el financiamiento del terrorismo se aprovechan de los
mecanismos internacionales de transferencia de alta velocidad, como las
remesas electrónicas, para lograr sus fines. Por tanto, se requieren cooperación
y coordinación transnacionales concertadas para frustrar los planes de los