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Anteproyecto de ley reformatoria a los art. 22,26 y 28 del Código de Comercio

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES UNIANDES

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO

PROYECTO DE INVESTIGACIÓN PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA.

TEMA:

ANTEPROYECTO DE LEY REFORMATORIA A LOS ART. 22, 26 Y 28 DEL CÓDIGO DE COMERCIO.

AUTORA: LUCIO GUTIERREZ KERLY JANETH

TUTOR: DRA. DEL POZO FRANCO PATTY ELIZABETH, MSC.

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DEDICATORIA

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AGRADECIMIENTO

Denotar mi agradecimiento en especial a la Institución de Educación Superior, la UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES “UNIANDES”.

A las autoridades, docentes y demás administrativos de la Universidad.

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RESUMEN

Con la presente investigación se puede determinar cómo el comercio ha evolucionado en la sociedad siendo muy importante para esta. El Código de Comercio regula a comerciantes mediante la matrícula de comercio, sin embargo existen muchos comerciantes informales nacionales y extranjeros que se saltan este requerimiento y no legalizan su actividad comercial, lo cual es una desventaja y causa perjuicio a quienes si se formalizan. Lo indicado se encuentra establecido en los Art. 22, 26 y 28 del Código de Comercio, pero parece no representar una necesidad actual en el medio.

Los métodos de investigación aplicados fueron: descriptivo, de campo, bibliográfico y evaluativo, se ejecutaron además encuestas a la población escogida de profesionales del derecho, estudiantes, catedráticos universitarios y ciudadanos en general. Los resultados de la encuesta se tabulan y grafican con su pertinente estudio, lo cual permitió proponer un Anteproyecto de Reforma al Art. 22, 26 y 28 del Código de Comercio en cuanto a que los valores actuales que en este aparecen aun en moneda Sucre, debiendo ser canalizados en moneda de curso legal como lo es el dólar.

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ABSTRACT

With the present investigation it can be determined how commerce has evolved in society, generating great importance for it. The Commercial Code norms merchants by a formal registration as a merchant, sin embargo, however a lot of national and foreign merchants that do not accomplish this norm and do not make their activity legal, which is a disadvantage and cause damage to the ones who do legalize their commercial activities. What have been said is stated on articles 22, 26 and 28 of the Code of Commerce, but it does not seem to represent a current necessity in the society.

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ÍNDICE GENERAL APROBACIÓN DEL ASESOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN DECLARACIÓN DE AUTENTICIDAD

CERTIFICACIÓN DEL LECTOR DEL TRABAJO DE TITULACIÓN DERECHOS DE AUTOR

DEDICATORIA AGRADECIMIENTO RESUMEN

ABSTRACT

INTRODUCCIÓN………..……1

Estructura capitular Capitulo I. Fundamentación teorica ... 6

Antecedentes de la investigación………..6

Actualidad objeto de estudio de la investigación………..………..7

Actualidad ecuatoriana donde se desarrolla el proyecto…...39

Aporte y limitaciones en el análisis de la teoría y de los trabajos desarrollados en el área del conocimiento………42

Capitulo II. Diseño metodologico y diagnostico ... 44

Paradigma y tipo de investigación………44

Procedimiento para la búsqueda y procesamiento de datos………45

Resultado del diagnóstico de la situación actual………48

CAPÍTULO III. Propuesta de solucion alproblema ... 56

Propuesta de solución al problema……….56

Aplicacion práctica parcial o total de la propuesta………61 CONCLUSIONES Y RECOMENDACIONES ... 62-63 BIBLIOGRAFÍA

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INTRODUCCIÓN

De lo importante que se da al presente estudio se desprende que en el Ecuador se han generado constantes evoluciones y cambios dentro de la sociedad de comercio, lo que hace importante el desarrollo laboral y personal de las personas dedicadas a estas actividades comerciales, y que son sustentos de familias ecuatorianas.

Se ha determinado que el Ecuador es calificada como la octava más grande en América Latina, tal es así que esto está justamente demostrado por el Fondo Monetario Internacional ya que hasta el año 2016 la economía oscilaba entre unos 65.456 millones de dólares, y distinguía la eficacia del Producto Interno Bruto por la cuantía de población que tiene el Ecuador esto es 16 millones de habitantes.

Se puede establecer que el sistema jurídico de comercio fue creado en mayo de mil ochocientos ochenta y dos, cuando entro en vigencia el Primer Código de Comercio Ecuatoriano, en el que se hace constar los deberes de los comerciantes en sus operaciones mercantiles, tanto en sus actos como en sus contratos de comercio. (VILLANUEVA, 2013 p. 14)

La Matrícula de comercio es la inscripción que por orden judicial se hace en el Registro Mercantil de las personas habilitadas para ejercer el comercio. De manera que, "Toda persona que quiera ejercer el comercio, deberá inscribirse en la matrícula del Cantón, para lo cual dirigirá una solicitud formal por escrito a uno de los Jueces de lo Civil con el patrocinio y firma de una abogado. (MARTINEZ, 2015 p. 25)

El Juez verificará el cumplimiento de los requisitos de tal solicitud, y de no mediar razón en contrario u oposición de terceros, procederá a su otorgamiento y autorización. Luego de ello, se presentará en el Registro Mercantil la copia del expediente para su inscripción. Con dicha copia se puede proceder también a la afiliación a la cámara de comercio, pero la misma no es obligatoria.

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Actualidad e importancia

De la revisión al Plan Nacional del Buen Vivir en su eje 2 de la economía al servicio de la sociedad numeral 5 impulsar la productividad y competitividad para el crecimiento económico sustentable de manera redistributiva y solidaria, que motiva a las personas a estar siempre precautelando sus intereses, y esto es que los comerciantes siempre estén al tanto de sus actividades, para precautelar sus funciones mercantiles, es por esto que el estado ecuatoriano ha hecho entrever la necesidad de establecer el Plan Nacional del buen vivir y determinar la necesidad de los comerciantes y por ser estos un grupo primordial de la economía nacional, ya que mediante sus actividades comerciales se vuelve importante el movimiento de los factores económicos, por ello se hace importante el estudio de nuestro trabajo investigativo, generando que los comerciantes y no comerciantes conozcan la ley antes mencionada.

La Dra. (MISCHAIS Enna Luisa 2015), determina que según la Legislación Peruana la Matricula de comercio es un fenómeno comercial que está latente en nuestra sociedad logrando determinar la obligatoriedad que tienen los comerciantes como responsables de sus actos comerciales, si bien es cierto se les obliga a regularse esto es que puedan establecer sus actividades comerciales tal como lo estipula el Código de Comercio de 1902 en su Art. 124 en cuanto a la Matricula de Comercio, que prevé que todo comerciante o no comerciante previo a iniciar sus actividades comerciales deberá establecer su regulación legal mediante una Matrícula de Comercio, por lo que no ser así este podría no realizar actividades comerciales.

María Cristina Castro Hervas, con el TEMA: ACTOS ADMINISTRATIVOS DE COMERCIO EN LA LEGISLACIÓN ECUATORIANA Y SU EFICACIA NORMATIVA. Dado en Ambato 2016; y, Concluye: Es preciso mantener un marco jurídico apropiado que posibilite la necesidad de actualizar el código de comercio, normando los valores legales existentes en este cuerpo legal.

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Descripción de la actualidad internacional y nacional con respecto al tema propuesto

A lo establecido por el jurista MATARES GARCIA Juan Luis, 2014, prevé que en el Salvador, mediante los años se ha tenido un sistema mercantil, que ha ido cambiando según la necesidad y evolución del comercio, sin embargo, no se puede evitar que actualmente se está en un sistema globalizado y que presenta cambios muy significativos, motivo por el cual se ha hecho referente a este estudio puesto que la denotación de los comerciantes, otorgan benéficos y ventajas, diferenciándose entonces, entre el negociador, comerciante de hecho no inscrito y desprovisto de todo benéfico, y el maecador comerciante inscrito en la lista y con derecho de gozar de los beneficios establecidos, lo cual deja aún más en claro el surgimiento de la Matricula de Comercio y la Inscripción en el Registro Mercantil.

Por otro lado la Ecuatoriana EGAS Lima Paola, 2015 en su trabajo investigativo, titulado EL MERCADO MERCANTIL Y LOS COMERCIANTES LEGALMENTE CONSTITUIDOS, este fenómeno que se da en nuestra sociedad proviene de años pasados desde la antigüedad, ya que fue uno de los primeros actos de comercio el trueque, ya que no existía en dinero, por lo que las personas intercambiaban sus productos, esto es lo que ellos sembraban o criaban en sus ranchos, generando luego con el transcurrir de los tiempos, el hecho de establecer el comercio con el intercambio de dinero, es lo que existe a hasta nuestros días, por lo que todos los comerciantes para ejercer sus actividades comerciales deben estar directamente vinculados con su matrícula de comercio, pero sucede que nuestra legislación actualmente está precaria, por lo que las personas no lo ven desde este punto de vista generando así su que importismo ante la sociedad y dejando de entrever la necesidad de poder establecer reformas a la ley de comercio en cuanto a valores para la obtención de una matrícula de comercio así como de los trámites para obtenerla y ante quien obtenerla y donde legalizarla, esto ha hecho que en nuestro ecuador esto suceda y sea necesaria la revisión de esta norma legal.

Importancia del tema a desarrollar

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sucres en cuanto al inicio de actividades comerciales, así como de sus trámites y de la entidad ante quien se efectúa, esto hace que los comerciantes en nuestro medio no inicien actividades comerciales de forma legal, partiendo de la primicia que al existir muchos extranjeros en nuestro país estos si estén obteniendo sus matrículas de comercio para efectuar sus actividades comerciales.

Problema de Investigación

El problema radica en que los procedimientos mercantiles en nuestro país están determinados y regulados por una normativa totalmente antigua, lo que ha hecho que nuestra sociedad se vea inmersa en la necesidad de exigir cambios sustanciales en nuestras normas, ya que en especial el código de comercio en sus Art, 22, 26 y 28 de la constitución necesitan un cambio puntual toda vez que en estos articulados en cuanto a la matrícula de comercio no representan la verdadera necesidad actual, ya que se hacen entrever que los valores determinados en la misma no están actualizados se siguen manejando en sucre, por lo que también es necesario establecer un nuevo organismo de control para las matriculas de comercio, son irrisorios lo que debe ser actualizado a nuestra moneda de curso legal.

Por lo que este hecho de no estar actualizadas nuestras normas legales mercantiles hace que las personas comerciantes y no comerciantes vulneren las disposiciones legales pertinentes.

La Formulación del problema selo lo evidencia mediante la siguiente interrogante ¿Cómo afecta las garantías jurídicas en cuanto a la Matricula de Comercio?

Efectos

Problema

Limitación de los comerciantes para obtener su matrícula de

comercio

Normativa legal precaria Inaplicabilidad de la

ley de forma general en el ámbito de

comercio

La Matrícula de Comercio y la falta de garantías en la norma legal

Inobservancia de las normas jurídicas de

comercio

Vulneración de los derechos de los

comerciantes

Potestad de los Comerciantes según sus

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Causas

Objetivos de investigación

Objetivo General

Elaborar un Anteproyecto de Reforma al Art. 22, 26 y 28 del Código de Comercio en cuanto a que los valores actuales son en sucre y deben ser canalizados en moneda de curso legal como lo es el dólar.

Objetivos Específicos

 Especificar de manera legal jurisprudencial y doctrinaria las diferentes teorías de la Matricula de Comercio en el Ecuador.

 Utilizar los métodos relacionados a la investigación planteada.

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e) Estructura capitular

e.1) Capítulo I. Fundamentación teórica Antecedentes de la investigación

De lo establecido por (ROJAS Moisés, 2015) que establece que las actividades comerciales en distintos países de latino américa son iguales y es lo que ha dado origen a que puedan existir las mismas actividades de esta manera se fortalece toda institución de carácter comercial sin dejar de prever como estos aspectos son fundamentales para la economía de un país., tal así también que es de conocimiento de todos que el intercambio de bienes o productos se dio en el seno de la comunidad primitiva especialmente con el trueque. En ese entonces la producción estaba destinada al autoconsumo, sin embargo quedaban productos que se destinaban al intercambio.

El tratadista (MARTYINES ROCA Miguel 2015) determina que con las actividades comerciales se permite que surja la tercera gran división del trabajo, con el aparecimiento de los mercados, personas destinadas a la compra de productos para su reventa; aparece el dinero y con él, el capital comercial y el usuario. Esto a su vez trajo consigo la promulgación de leyes que regulan algunos contratos o relaciones mercantiles.

Al respecto (CPRIS Nagera, John, 2014) determina pues que en el derecho medieval comprende las bases ideológicas de la Revolución Francesa donde sus principios son la igualdad, libertad, libre iniciativa y libre competencia en lo económico. En la misma que se proclama la libertad de ejercicio comercial y produce la culminación de los grandes monopolios, gremios comerciales y corporaciones.

Con lo cual se vio la importancia de crear un código que regulara la actividad comercial, es por ello que “nace en 1807 en Francia el “Code de commerce” el cual fue una concepción objetiva del derecho mercantil en el que se presumía la cualidad de comerciante de toda persona que realizara ciertos actos”. (MONTECE Luis 2014)

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La idea de que se establezca una perspectiva histórica la concepción objetiva del Derecho mercantil ha fracasado, porque el concepto de acto de comercio es indefinible, carece de valor sustantivo; los códigos más modernos lo han abandonado y tienden hacia una unificación del Derecho mercantil y del Derecho civil. Además, el sistema es muy rígido, pues sólo son actos de comercio los enumerados por el legislador, quedando excluidas nuevas formas de contratación, que por no estar contenidos en la enumeración original, no tienen la consideración de actos del comercio. (PESANTES Mario, 2014)

Nace en la edad media cuando el derecho civil era muy riguroso, cuando los comerciantes empezaron a sentir la necesidad de tener reglas, normas y principios más adecuados a los requisitos del comercio. Aquí se produce un derecho autónomo que surge de la aceptación social.

Actualidad del objeto de estudio de la investigación

Principales conceptos expuestos por autores a nivel nacional e internacional El Comercio

Se entiende por comercio en sentido estricto la compra de mercancías o efectos para su reventa, hecha de modo habitual y sin introducir regularmente modificaciones en la forma o substancia de dichos bienes. Es una actividad socioeconómica consistente en el intercambio de algunos materiales que sean libres en el mercado de compra y venta de bienes y servicios, sea para su uso, para su venta o su transformación. Lexis. W. 1929.

Es el cambio o transacción de algo a cambio de otra cosa de igual valor. Por actividades comerciales o industriales entendemos tanto intercambio de bienes o de servicios que se afectan a través de un mercader o comerciante. El comerciante es la persona física o jurídica que se dedica al comercio en forma habitual, como las sociedades mercantiles. También se utiliza la palabra comercio para referirse a un establecimiento comercial o tienda. Wikipedia. 2011

Definición: “El Comercio es una actividad de intercambio y aproximación con propósito de lucro”. Ecured. 2011.

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Es cierto que era un sistema muy primitivo y que el intercambio se producía sin la intervención de moneda, pero esta actividad fue el inicio del actual funcionamiento del comercio. La espiral del sistema productivo aparece después de la segunda Guerra Mundial, con lo que se necesitarán mercados mayores para poder colocar las grandes cantidades de productos. Para incrementar los mercados aparecen nuevas áreas y asociaciones de países que procuran eliminar trabas de comercialización, eliminando tasas aduaneras entre ellos y creando impuestos comunes a las importaciones de terceros países. Wikipedia. 2011.

Derecho Mercantil

Resulta difícil delimitar la materia mercantil en los sistemas jurídicos de la antigüedad, toda vez que estos carecieron de normas que disciplinaran en forma especial al comercio y a los comerciantes; las condiciones políticas, económicas y culturales de la época no hicieron sentir la necesidad de la existencia de una rama especial para regularlos, de tal manera que los actos constituían una especie particular en la totalidad de los actos jurídicos. (MACIAS, Carlos 2012)

Las normas que sistematizaban los actos considerados ahora como de comercio carecían de autonomía y se encontraban dentro del ámbito de las normas jurídicas generales y dentro del Derecho Privado.

En el Derecho Romano tampoco se puede hablar de la existencia de un derecho mercantil especial o autónomo. Roma no conoció un Derecho Mercantil como una rama distinta y separada en el Derecho Privado, porque a través de la actividad del Juez fue posible adaptar ese derecho a las necesidades del tráfico comercial.

La Edad Media se caracteriza por el nacimiento del Derecho Mercantil como Derecho especial y distinto del común, siendo consuetudinaria. El auge del comercio en esa época y el gran desarrollo del cambio y del crédito, fueron entre otras las causas que originaron la multiplicación de las relaciones mercantiles, que el Derecho común era incapaz de regular en las condiciones exigidas por las nuevas situaciones y necesidades del comercio.

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sistemática, llegando a constituir verdaderos ordenamientos mercantiles de la época.(ROCA JUEZ Luis, 2014)

La Época Moderna del Derecho Mercantil se consagro en Francia donde se comenzó no solo a comprender y sentir la necesidad reclamada por la actividad del comercio, sino también se asentando la piedra angular, la misma que desde entonces, se emancipo completamente del Derecho Romano, del derecho común y de los derechos heredados; no solo que adquirió una verdadera autonomía jurídica, sino también un carácter de universalidad internacional; logrando de esta manera modificar los preceptos del Derecho Civil de cada pueblo. (CANTOS, José, 2012)

Pues la comparación de los diversos códigos mercantiles, su estudio relativo por los jurisconsultos y su perfeccionamiento constante, conducen rigurosamente a correcciones del Derecho Civil, que de todas maneras tiene que estar en armonía con el Derecho Mercantil de cada Estado.

El Derecho Mercantil en el Ecuador

Con la incorporación del Ecuador a la Gran Colombia en mayo de 1822, continúan aplicándose en materia mercantil las normas vigentes en la colonia dictadas por los Españoles en todo lo que no se oponga a la Constitución de Cúcuta de 1821 elaborada con gran influencia de Bolívar.

El Congreso de la Gran Colombia dictada el 12 de octubre de 1822 elimina los Tribunales Especiales de Comercio, pasando los asuntos mercantiles a conocimiento de los jueces o tribunales ordinarios; creándose en julio de 1824 los juzgados de comercio en las capitales de los departamentos y provincias, volviéndose la materia mercantil a una jurisdicción especial distinta de la civil. (SANCHEZ Juan, 2013)

El 04 de noviembre de 1831, por Ley del Congreso Constituyente se faculta al Ejecutivo para que ponga en vigencia en el país el Código de Comercio de España de 1829, el mismo que regirá por más de cincuenta años.

El Código de Comercio preparado por la Corte Suprema de Justicia entre 1873 y 1875, fue objetado por el Presidente Antonio Borrero y el Presidente Ignacio de Veintimilla, puso este cuerpo legal en manos de una junta de jurisconsultos y acogiendo pequeñas modificaciones lo puso en vigor el primero de mayo de 1882, siendo éste el primer Código de Comercio Ecuatoriano.

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Las fuentes son el modo o forma especial en que se han elaborado o establecido las normas del derecho mercantil. Son todo aquello que se origina en su aspecto objetivo de norma o regla obligatoria de conducta.

Fuentes Formales

En lo referente a las fuentes formales son la legislación y la jurisprudencia. El Derecho Mercantil es Derecho Positivo, por lo tanto se regula con disposiciones de carácter normativo. Es una rama del Derecho Privado Común, por lo que en el caso de ausencia de una norma específica y siendo imposible aplicar una disposición del propio Derecho Mercantil para completar una laguna, regirá el Derecho común, que en este caso es el civil.

a. Legislación: La legislación no es otra cosa sino el conjunto de reglas formuladas como normas generales y abstractas emanadas de la autoridad especialmente competente, en este caso la Función Legislativa, para regir todos los hechos y actos posteriores.

b. Jurisprudencia: Considerada como la forma de producción del derecho, una interpretación de la ley que es realizada por los órganos jurisdiccionales; sirve de apoyo interpretativo, es consensualmente considerada como la mayor fuente interpretativa del Derecho Positivo en caso de vacíos legales.

Fuentes No Formales

Son aquellas que siguen vigentes como fuente directa, ya que el derecho mercantil en sus orígenes es un derecho basado en tradiciones comerciales. Se dividen en fuentes contractuales, consuetudinarias y doctrinales.

a. Consuetudinarias: Es la repetición constante y uniforme de actos obedeciendo a las convicciones jurídicas que consisten en la certeza de que ellos pueden ser objeto de una sanción legal o judicial.

b. El Derecho Comercial no nació ni se elaboró en base de leyes, sino de la costumbre de usar el comercio. Estos usos eran una relación lógica y natural de los comerciantes contra las reglas del derecho civil que no se adaptaban a las necesidades del tráfico mercantil.

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d. Contractuales: Se afirman en los contratos con cláusulas, tomadas en la acatamiento uniforme y constante de los comerciantes, donde la una parte se obliga para con la otra a dar, hacer o no hacer alguna cosa.

Actos de comercio y las obligaciones Concepto

El comercio es una actividad social y económica que implica la adquisición y el traspaso de mercancías. Quien participa de un acto de comercio puede comprar el producto para hacer uso directo de él, para revenderlo o para transformarlo. Esta acción mercantil implica la entrega de una cosa para recibir, en contraprestación, otra de valor semejante. El medio de intercambio en el comercio es el dinero. (YANEZ Mario, 2015)

La compra-venta constituye el acto de comercio por excelencia, realizando el cambio de bienes sin la alteración de forma. Varios autores consideran que es el transporte de las mercaderías de un lugar a otro. Mientras que otros consideran que el comercio es el conjunto de actividades que efectúa la circulación de los bienes entre productores y consumidores.

Comerciante

El Código de Comercio Ecuatoriano define la figura del comerciante en el artículo número dos, según el cual son comerciantes los que teniendo capacidad para contratar hacen del comercio su profesión habitual.

El concepto de comerciante se refiere a las personas que son objeto de regulación por el Derecho Mercantil, lo que nos lleva a definir que son comerciantes las personas que, de manera habitual, se ocupan en alguna de las actividades que las leyes mercantiles consideran actos de comercio. La habitualidad es un elemento fundamental de la definición pues no toda persona que realice un acto de comercio ocasional es considerada comerciante. (SANTILLAN, Karla 2015)

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Clasificación

Los actos de comercio se dividen en actos mercantiles subjetivos y actos mercantiles objetivos.

a. En cuanto a los Actos Mercantiles Subjetivos

Los actos subjetivos nacen con la Edad Media, época de las primeras codificaciones comerciales, las controversias de los comerciantes se dirimían ante el Tribunal Consular nacido en el seno de las corporaciones de los mismos, sin mediación de la autoridad estatal. (ROSALES Juan 2014)

Son todo negocio jurídico regulado por las leyes particulares de los comerciantes consistentes en un conjunto de ciertas y mejoradas reglas para su gobierno y para las transacciones que podían realizar, cuyo contenido proviene de los usos y de las costumbres, por lo que se decía que era un derecho subjetivo personal y privilegiado. (Código de Comercio 2014)

b. Por lo cual los Actos Mercantiles Objetivos

Se elimina el carácter subjetivo con el nacimiento de los grandes Estados Nacionales que asumen para sí la función legislativa mercantil, se le denomina objetivo porque ya no se requiere ser comerciante para estar protegido por las leyes mercantiles, sino que basta que tenga establecimiento fijo o sin él, una persona realice una operación o un acto de comercio, para quedar sujeto a las leyes mercantiles. De manera tal que los actos cuya mercantilidad proviene de la ley, independientemente de las personas que los realicen, se les denomina objetivos. (Código de Comercio 2014)

c. Así los Actos Absolutos

Se denominan de esta manera en virtud de ser siempre mercantiles y se subdividen en atención al sujeto que los realiza; al objeto en torno al cual se realizan y la forma que para determinados actos exige la ley. (Código de Comercio 2014)

d. Consideraciones Referentes

Serán financieros si el fin que persigue el sujeto es el de participar en el mercado; se encuentran comprendidas en esta categoría las ganancias y enajenaciones de bienes muebles e inmuebles, los alquileres y bienes muebles, ya que si el ánimo de los sujetos no es el de especular con los mismos, los contratos serán de naturaleza civil. (Código de Comercio 2014)

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Para (Pérez Jorge, 2016) estos actos dependen del acto absoluto o relativo del cual se derivan, por lo que la asociación en colaboración se incluye en esta categoría, por jugarse su comercio de que dicha asociación se realice con fines de comercio. El contrato de envío terrestre y fluvial cuando tenga por objeto mercaderías o cualquier efecto de comercio o sea comerciante o se dedique habitualmente a verificar transporte para el público, individualmente entendiéndose que es al comerciante al que le competerá demostrar que las mismas se han derivado de una causa mercantil o civil. Y por último la prenda que es un contrato adjunto típico, por encontrarse vinculado con uno absoluto o principal.

Compendios

a. Los sumisos.- Los sujetos son el acreedor y el deudor; el acreedor es quien tiene la potestad de para exigir una prestación; y, el deudor es el sujeto pasivo al que le corresponde el deber de cumplir la prestación. (Código de Comercio 2014)

b. Tributo u objeto.- Es la cosa o favor a cargo del deudor para satisfacer el interés del acreedor, que consiste en dar, hacer o no hacer una cosa. La prestación ha de ser posible, lícita, determinada y estimada en dinero. (Código de Comercio 2014)

c. Atadura jurídica.- Dispositivo esencial de la obligación, definido como el ligamento o sujeción que asigna al deudo la obligación, en favor del acreedor, para indemnizar su legítimo interés. (Código de Comercio 2014)

d. El origen.- Principio de donde procede, motivo o razón de ser de la obligación del deudor.

Adeudos Comisionadas

Por este hecho de lo que se refiere a la deber una situación jurídica, que coloca a una persona en la miseria de dar, hacer o no hacer algo a favor de otra, que está facultada por la ley para exigir su observancia; virtud que se evangeliza en un atadura o relación, mientras el uno tiene el deber de cumplir, el otro tiene la jurisdicción de exigir el cumplimiento. (MORA Sellan 2012)

A unión se detallan las obligaciones funcionarias más significativos para el derecho comercial Ecuatoriano.

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Estado legal y de derecho que le admite al comerciante ejercer lícitamente la profesión identificar su actividad en la sociedad en la cual despliega sus operaciones mercantiles. (Código de Comercio 2014)

b. Investigación Financiera

Si el miembro del congreso esto es el legislador establece la deber de inscribir en el registro denominado Mercantil los actos y contratos que consideran deben ser públicos y de fácil acceso para quienes deseen información sobre actos jurídicos; es obligatorio por el efecto que tiene con relación a los intereses de terceros. (Código de Comercio 2014)

c. La Cuenta

Todo mercante o empresario tiene la obligación de llevar ordenadamente su contabilidad con el fin de establecer cuando se requiera con fidelidad su situación patrimonial. (Código de Comercio 2014)

d. La carta

El archivo de la carta debe realizarse de orden cíclico, transparente, para que sirva como medio probatorio. (Código de Comercio 2014)

Parte Irrefutable De la Exploración Financiera

En lo que se atañe cada una de los precedentes del Registro Mercantil es el “LIBER MERCATORUM 2012” que establecieron las corporaciones y las asociaciones medievales para que se inscriban los comerciantes.

Tal es así que la establecimiento del Registro Público de Comercio, para ciertos autores es originaria del Código Español, que lo organizó sobre la base de las antiguas matrículas de negociantes; y se la ha mantenido en el Código de 1885; sin incautación hay quienes piensan que, es el Código Español de 1929 el auténtico antecedente del registro de Comercio, pues le atribuyó una doble finalidad: llevar el libro de matrículas de comercio e inscribir determinados documentos y actos. (ROCA Celina, 2014)

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En lo que se refiere al Art. 29.- Oficina de Inscripciones.- El Registro Mercantil se llevará en la oficina de inscripciones del cantón. (Código de Comercio 2014)

Los compendios que constituyen el siguiente artículo solo se mencionan los documentos que se inscriben y que hoy en día están vigentes.

Por otro lado al establecer el Art. 30.- Instrumentos que se registran.- El registro se llevará en un solo libro foliado, en el que se anotarán: (Código de Comercio 2014)

1. Al relatar a las matrículas de los comerciantes;

2. Así pues la autorización del curador que habilite a los menores para comerciar;

3. De las exigencias que se determinan en las rendiciones matrimoniales, inventarios solemnes, testamentos, fraccionamientos, sentencias ejecutoriadas, o actos de adjudicación; y las escrituras públicas de exclusión de bienes y las liquidaciones practicadas para determinar lo que el cónyuge comerciante deba entregar al otro cónyuge;

4. Son pues los documentos justificativos de los haberes del que está bajo la patria potestad, o del menor o de la incapaz que está bajo la tutela o curatela de un comerciante;

5. Siendo así as escrituras en que se forme, prorrogue o disuelva una sociedad, introduzcan alteración que interese a terceros, y aquéllas en que se nombren liquidadores;

6. Los poderes que los negociantes otorgan a los factores y dependientes para administrar negocios;

7. La autorización concedida a las sociedades extranjeras que quieran establecer sucursales o agencias en el país.

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Causando un hecho de los documentos se registrarán por cualquiera de los interesados, dentro de los quince días siguientes a su otorgamiento.

Pero para ello el Art. 36.- Sanción por inexactitud de exploración.- Los comerciantes que omitieren hacer el registro de las documentaciones, sufrirán una multa de cien sucres por cada caso de omisión, e indemnizarán, además, los daños y perjuicios que con ella causaren. (Código de Comercio 2014)

Por ello el Registro Mercantil en el Ecuador, funcionaba mientras existieron los Juzgados de Comercio, como una oficina a cargo de dichos jueces. A partir del 22 de octubre de 1909, el Registrador Mercantil se lleva a cabo en la oficina de leyendas del cantón, y en la disposición transitoria Décima segunda de la Ley Orgánica de la Función Judicial, publicada en el R.O. No. 63, del 11 de septiembre de 1974, se prevé la creación de las oficinas del Registro Mercantil en los cantones de Quito y Guayaquil. (Código de Comercio 2014)

Cuenta Financiera

De lo que se prevé en la Cuenta Financiera es una de las obligaciones impuestas por la ley a los comerciantes, ya que todo comerciante deberá llevar una con el objeto de dejar un registro de las operaciones que ejecute y igualmente para poder desglosar de dichos montos los impuestos que deberá pagar al Servicio de Rentas Internas. (Tuarez Pedro, 2014)

Al referirse al Art. 37.- Individuos forzosas a llevar cuenta.- Todo negociante está obligado a llevar contabilidad en los términos que establece la Ley de Régimen Tributario Interno.

Se puede establecer que el Art. 39.- Cuenta del Negociante al por mayor.- La contabilidad del negociante por mayor debe llevarse en no menos de cuatro libros, encuadernados, forrados y foliados, que son: Diario, Mayor, de Inventarios y de Caja.

No solo al hablar del Art.- 44.- Cuenta del negociante al por mínimo.- Los comerciantes al por menor pueden llevar las operaciones de su giro en un solo libro, encuadernados, forrado y foliado, en el que asentarán diariamente y en resumen, las adquisiciones y ventas que hicieren al contado, y detalladamente, las que hicieren al fiado; y los pagos y cobros que hicieren sobre éstas. (Código Tributario 2015)

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Se consideran comerciantes por menor los que habitualmente sólo venden al detalle, directamente al consumidor.

Art. 45.- Interdicciones relación a la cuenta.- Se prohíbe a los comerciantes:

1. Trastornar en los anfiteatros el orden y la fecha de las operaciones descritas;

2. Abandonar blancos en el cuerpo de los anfiteatros, o a continuación de ellos;

3. Colocar asientos al margen y hacer interlineaciones, raspaduras o enmiendas;

4. Tachar los asientos o parte de ellos; y,

5. Extirpar hojas, alterar el arreglo y foliatura y mutilar alguna parte de los libros.

Son de mucha jerarquía los hechos del Art. 46.- Deslices y descuidos asentables.- Los errores y omisiones que se cometieren al formar un asiento, se salvarán en otro distinto, en la fecha en que se notare la falta. (Código Tributario 2015)

Sin duda alguna el Art. 55.- Exhibición de obras.- En el curso de una causa podrá el juez ordenar, aún de oficio, la exposición de los libros de comercio sólo para el examen y compulsa de lo que tenga relación con el asunto que se refresca; lo cual deberá designarse previa y determinadamente.

No podrá exigir a un mercante a trasladar sus libros fuera de su oficina mercantil, pero puede cometerse el examen o compulsa a un juez del lugar donde se llevaren los libros.

El examen y compulsa se harán a presencia del dueño o de la persona que él comisiones.

Art. 57.- Subsistencia de los fichas contaderos.- El negociante y sus herederos deben conservar los libros de su cuenta y sus recibos, por todo el tiempo que dure su giro, hasta que acabe de todo punto la pago de su negocio, y diez años después. (Código Tributario 2015)

Iniciación de Prudencia de Estatuto Productivo.

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del tributo, ya que sirve como un instrumento de financiamiento para las cargas públicas. (MANRIQUE Pedro 2012)

Si por lo siguiente se establezca que un estado moderno la reserva de ley tiene dos aspectos fundamentales, el primero, exige que las prestaciones tributarias sean establecidas mediante una ley, el segundo, que las reglas de rango inferior no puedan ser contradictorias con ésta. La reserva de ley es aceptada en la mayoría de países dentro de sus códigos, puesto que algunos doctrinarios insisten que este principio es igual al principio de legalidad, o si no, poseen semejanzas ya en la práctica, por lo que el presente estudio va a despejar las dudas que existen sobre él. (MANRIQUE Pedro 2015)

Se destaca la categoría de destacar que la reserva de ley ha originado un sinnúmero de investigaciones, debido a su complejidad; una de las tesis esgrimidas dice: que dentro de la configuración de un impuesto la reserva de ley disminuye las atribuciones del poder del legislativo, ya que el ejecutivo y en sí.

La Dirección Pública pasa a reemplazar los vacíos o establecer los demás elementos que se necesita para recaudar un tributo; de ahí que se puede pensar que existiría autonomía para los entes ya mencionados, por lo que cada uno tiene diferentes objetivos pero con el único fin, de que se incrementen de tal representación lo hechos de los cuales se generan los ingresos públicos para el desarrollo del Estado. (CASERES Dona 2015)

Es por ello que al hacer informe de lo que maneja el inicio de reserva de ley también tiene varios criterios sobre su conceptualización, uno de ellos es el de Andrea Fedele al decir que “se lo concibe como un instrumento de control y de caución de una relación equilibrada entre los distintos poderes del Estado, donde los intereses que tienen tanto el rápido como el legislativo solo son objeto de tutela en la medida en que sirven a un correcto funcionamiento del mecanismo institucional, hallándose, por tanto, subordinados al interés general”. (CASERES Dona 2015).

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Al analizar cada una de las contextos de las que se debe entrever lo que generalmente pueda realizar a su vez esto va cursando un sistema importante en la legislación y en los hechos de los ecuatorianos ya que los mismos no son inherentes a ocupaciones de situación de estado en profesor César Montaño manifiesta que la reserva de ley ha sufrido transformaciones importantes, y conceptualmente define como “una exigencia derivada de la Constitución o de la Ley, sobre el medio –como instrumento– que incorporará las principales normas jurídicas tributarias así como los elementos sustanciales de los tributos”. (CASERES Dona 2015).

Al referirse de las distinciones existentes sobre el principio de reserva de ley, coincidiendo todos al decir que es un complemento del iniciación de legalidad constitucional, siendo esta reserva relativa, al poder legislativo, porque se requiere que los tributos se encuentren plasmados dentro de una ley. (PEREZ Raúl 2012)

La parte fundamental no solo es el hecho de los cual se funde en nuestro país la potestad al Ejecutivo, representada por la Dirección Tributaria para la creación de tasas y contribuciones especiales, (tributos de menor rango), siempre ha teniendo como base obligatoria a la ley ya que es la única norma que pueda disponer sobre el hacienda de las personas y no debe existir contrariedad con ella. Es preciso respaldarnos en las conclusiones que han llegado los autores mexicanos Matar Paredes y Raúl Rodríguez dentro de su grandioso estudio sobre el principio de reserva de ley en materia tributaria: (CASERES Dona 2015).

Por lo visto se logra dilucidar que esta forma de poder hacer ver los hechos facticos de este principio no solamente vincula a la Administración sino que también al legislador, debido a que debe tener un seguimiento de los márgenes establecidos por la ley; en razón de que este principio nace de la Constitución, siendo esta norma suprema, la que se debe impedir la inconstitucionalidad de las normas jurídicas porque sería ilegal. (CASERES Dona 2015).

En la legislación ecuatoriana el Código de Comercio hace informe al contemplar la reserva de ley, en la que se dispone el objeto imponible, los sujetos activo y pasivo, la cuantía del tributo, las exenciones, deducciones; reclamos, recursos y remanente materias deberán estar determinados por la ley. Lo que a la presente fecha basta con emitir un acto normativo para establecer los elementos esenciales mencionados y hasta los mismos tributos en el caso de las tasas y contribuciones especiales. (CASERES Dona 2015).

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garantiza la propiedad y los derechos individuales que le atribuyen a los contribuyentes como lo dispone la Constitución, respetando los principios del régimen tributario, con la finalidad de contribuir con las cargas públicas que van en beneficio de todo el Estado. (CASERES Dona 2015).

Cabida para lograr la aptitud de negociante.

De lo que se instituye en el clasificación jurídico que denota la importancia jurídica ecuatoriana ha definido a las personas quienes tienen la capacidad para actuar por si solos, obligarse y contraer obligaciones. Estas personas poseen la cabida para ostentar la calidad de comerciantes, es así que cuando hace referencia a lo que establece el Código Civil establece que son incapaces para contratar aquellas personas que son ostensibles como tal, las mismas que no poseen la capacidad de discernimiento o intelecto suficiente para obligarse, por esta razón se ve la imperiosa necesidad de representarse, por lo tanto en nuestro medio no se puede ejercer actos de comercio ni de adquirir la capacidad de ejercer su estado de derecho. (CASERES Dona 2015).

Bajo correspondencia de sumisión

Para que un forastero habitante este laborando bajo relación de dependencia debe cumplir con una serie de requisitos previo a su ingreso al país. Estos son: CAMINO REA 2014)

Presenta solicitud de Autorización laboral al ministerio (Se puede encontrar en la página del Ministerio de trabajo).

Contrato de adeudo debidamente firmado por ambas partes.

Original y copia del pasaporte, visado de trabajo correspondiente, y si posee cedula de ciudadanía presentar una copia de la misma.

Inscribirse en el Registro de extranjeros de la Dirección Nacional de Extranjería.

Aviso de acceso al IESS.

Y otras obligaciones que fueran necesarios según las condiciones del extranjero.

Por avance ajena

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21 Original y copia de la cedula de ciudadanía.

Original y copia del RUC en donde se detalle la actividad comercial.

Visado de emigrante categoría correspondiente.

Planilla de servicios básicos del establecimiento

Original y copias del pasaporte junto a la respectiva visa Y los demás que se consideren necesarios.

Transformación extranjera

La transformación extranjera es y será una de los asientos principales de la economía de un país y por los beneficios que envuelve es una de las principales actividades económicas que deciden realizar los extranjeros al ingresar en Ecuador. Además, la “integración de los actores territoriales, migrantes no convenidos inclusive, asegura, como lo ha demostrado múltiples estudios anteriores, el desarrollo territorial más equitativo y justo”

(Žebryte et al., 2015, pág. 3), esto es el aumento de una economía más productiva y de un país con una tasa desempleo mínima, visionando el desarrollo de una país.

Se instituye una comparación entre la alteración extranjera de Perú y la que se obtuvo en Ecuador, el valor bruto de las inversiones extranjeras directas en Ecuador para el año 2015 fue de $ 759´470.600 invertidos principalmente en la disfrute de minas y canteras, mientras que en el país vecino Perú fue de $6 810´000.000 dentro del cual la mayor inversión también se encuentra en el sector minero, esto es según la página del Banco Central de Ecuador y el de Perú.

Estos acontecimientos se dan debido a que en los últimos años la economía ecuatoriana ha tenido un notable desequilibrio fiscal, ocasionando que la inversión extranjera se disminuya, debiéndose primariamente a las políticas que han sido establecidas a lo largo de los años en Ecuador y en otros países latinoamericanos (Belloni & Wainer, 2014).

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Las diligencias productivos son principalmente creadas por la inversión nacional y extranjera, en este tipo de actividades deberá existir un conforme que se pueda comprar y vender generando empleo, desarrollo económico y dinamización del comercio (Santillán, 2015).

Sin embargo, “la sociedad debe tener preeminencias comparativas propias en relación con las firmas locales, sobre todo al momento de suplir el mercado interno” (Segura, 2014, pág. 8).

Esto es acople de las primordiales razones por las que una empresa extranjera desea invertir en un país, y por ello se debe tener muy en cuenta lo importante que es para un país generar la confianza y la motivación necesaria para que se dé la alteración. Sin embargo, “los Etapas podrán argumentar muchos motivos como su situación económica, empleabilidad, necesidades de trabajadores en el mercado con un perfil laboral determinado, seguridad nacional, orden público, entre otros, para restringir los derechos a los extranjeros” (Palacios, 2013, pág. 328), dando como resultado que las inversiones extranjeras que ingresen al país sean desarrolladas para comprobar que se van a realizar actividades comerciales lícitas, y que no lesionen al estado ni a sus habitantes.

Esto ha usado al estudio de las transformaciones extranjeras que son parte fundamental del desarrollo de las actividades de comercio en Ecuador, incluso, se han establecido varios beneficios para los extranjeros que deseen invertir en actividades comerciales dentro del país.

Además, la transformación extranjera está fundamentada en el artículo 18 de la Ley Orgánica de Incentivos para Asociaciones Público-Privada y la Inversión Extranjera (2015) en donde se menciona que se permite cualquier tipo de inversión licita que permita desplegar, incrementar e implementar inversiones en Ecuador y en el artículo 4 literal g) del Código Orgánico de Producción, Comercio e inversiones instituye que se incentiva la inversión en actividades productivas y de servicios, estos artículos garantizan la inversión extranjera y brinda normativas para regular cada una de ellas.(Asamblea Nacional Constituyente, 2015b) .

A continuidad se presentan las diferentes categorías de visas con las cuales los extranjeros pueden desarrollas actividades comerciales y de inversión en el Ecuador.

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En este tipo de visa la actividad productivo se encuentra en la compra y a venta de estos bienes, de las acciones, de los bonos y lo que estipula la visa de categoría

Variación mediante la visa de condición III

En el caso de inversión de la categoría III para actividades comerciales en el sector industrial, agronomía, ganadería o comercio de exportación, el capital mínimo será de $30.000 dólares americanos solo aplicable para personas naturales que deberá ser presentada al Banco Central siempre que estas inversiones no sea dadas en acciones.

Transformación mediante la visa de categoría IV

Este tipo de visa no tiene una inversión pecuniaria mínima según la Ley de extranjería en su artículo 33, ya que, en esta condición se invierte en conocimiento y experiencia desarrollando actividades comerciales funcionarias y de grafía. En esta categoría, las personas se manejan bajo un contrato legal e impulsan el desarrollo productivo de la actividad comercial especializada en el sector al cual se dedica la compañía. En el COPCI (2015)

Artículo 19 se hallan establecidos los derechos y garantías de los capitalistas extranjeros en donde se menciona que poseen la libertad de la 20 comercialización de bienes y servicios lícitos, así como los derechos a exportar e importar desenvueltamente, haciendo uso de las mismas facilidades que a la vez poseen los ecuatorianos, incentivando a las inversiones de asociaciones a la vez públicas y privadas que consiguen darse dentro del país que se encuentran regularizadas por la Ley de Orgánica de Incentivos para asociaciones Publicas y Privadas.

Características de transformaciones foráneas

Las variaciones forasteras directas son las que mayor merced pueden ofrecerle al inversionista, la mayoría de los inversionistas realizan una inversión extranjera para evitar gastos, para pagar menos impuestos, por una mano de obra más barata y para evitar una cadena de distribución logística más cara, es de esta manera que muchos países latinoamericanos han sido foco de estas inversiones dinamizando a la vez los divisiones productivos y aumentando las fuentes de empleo (Velez, 2016).

Basándonos en el lejano anterior, y según el análisis realizado entre inversiones extranjeras directas de Ecuador y Perú se pudo definir las siguientes inversiones como las más recurrentes en ambos países:

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 Ventaja de empresas existentes.

 Acoplamientos de empresas

 Exenciones

Estos son los tipos de transformaciones directas más atractivas para los inversionistas extranjeros dentro de Ecuador, además, se adaptan a las necesidades que cada diferente inversor puede tener y les lleva a sentir la seguridad que están buscando y la garantía de haber realizado una buena inversión.

Las alteraciones forasteras realizadas por los residentes y los no residentes son una fuente estratégica de desarrollo crediticio en Ecuador y debido a esto se “debería incentivar y promover la investigación y el progreso de actividades que generen innovaciones susceptibles de ser patentadas por los residentes” (Campo & Saavedra, 2014, pág. 262), brindándole 21 facilidades a los extranjeros, que ingresen al país con nuevas ideas que puedan desencadenar un cambio productivo.

Incentivos para los forasteros que desean realizar actividades comerciales y de inversión extranjera en ecuador.

El estado ecuatoriano ha desarrollado una serie de incentivos a la transformación forastera, y por ende, al desarrollo de actividades comerciales que promuevan el bienestar del país y el crecimiento tecnológico, social y bancario que asegura un buen vivir a cada uno de los habitantes que en él radican. Además, existe la marca país que identifica al país como multicultural, calidad productiva, innovador y dotado de varios recursos naturales dentro de los cuales se espera la visión de invertir “no solo por estrategias de comunicación, sino por la experiencia comparativa que tiene el turista, que esta viene dada por la cantidad de mayor valor agregado que cada destino turístico” (Ferrán, García, & Naranjo, 2016, pág. 5)

En Centroamérica se instituyeron incentivos con anomalía fiscal dentro de las zonas de libre comercio para la inversión extranjera directa, lo que causó en gran manera el movimiento de flujos extranjeros que motivaron al comercio y dinamizaron el sector productivo y laboral (Martínez Piva, 2015).

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extranjera esté consolidada por el tiempo que el inversor determine de acuerdo a la ley (Velez, 2016).

Esto se debe principalmente a lo acontecido en años anteriores como el cambio de moneda y las políticas de alteración que fueron renovadas recientemente lo que deja a la inversión extranjera como “uno de los factores de mayor relevancia en la economía y uno de los más estudiados de la teoría económica. Esto se debe a la importancia que tiene en el crecimiento y desarrollo económico en una nación” (Gancino, 2015,pág. 28).

Cabe recalcar, que la alteración demuestra la salud económica e involucra el crecimiento de los indicadores de empleo adecuado, siendo esto ponderado como el desarrollo de un país y el cumplimiento del buen vivir en Ecuador.

Alicientes públicos

 Disminución del 22% de la renta para todas las proveedores nacionales y extranjeras que ya estén domiciliadas en el país.

 A las vendedores que se constituyan se les incentivara con la exoneración del pago del anticipo del impuesto a la renta por cinco años.

 Las sociedades que reviertan sus utilidades en el país (con el fin de mejorar sus maquinarias y equipos para aumentar las investigaciones, tecnologías y cuidado del medio ambiente), se acogerán a la reducción de 10% del impuesto a la renta, sobre el monto reinvertido.

 No se recogiera impuesto a la salida de divisas o ISD.

 La transacción de maquinaria no tendrá aranceles.

 En el caso de las Industrias básicas la exoneración del impuesto a la renta será de 10 años.

Alicientes de permanencia

 El cambio suministra y garantiza una estabilidad para las empresas de 8 años.

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Convenciones de inversión en sectores productivos en el cual la inversión mínima es de $1´000.000.

Convención de inversión en minería a gran escala e industrias básicas en el cual la inversión es de $100´000.000.

Convención de inversión para otros sectores productivos del Ecuador donde deberán iniciar con una inversión de $100´000.000.

Otros alicientes

 Brío relativamente barata comparado con otros países latinos.

 Inflamable a USD 0.29 por litro de diésel.

 Enfoque estratégica dentro del continente y además, diversidad de recursos.

 Unión logística estratégica con cada región del Ecuador. Estos incentivos se encuentran en la página de servicio público PROECUADOR y en el COPCI articulo 24 donde se especifica la codificación de estos incentivos, y a las vez en el artículo 25 al 30 en donde se mencionan los requerimientos que deben cumplir para ser copartícipes de estos beneficios y ejercer correctamente la inversión en cada división destinado.

Los aguijones son de esencial conocimiento para los extranjeros que desean invertir en Ecuador, y a la vez realizar actividades comerciales, ya que estos son los que impulsan y motivan a los extranjeros a ejercer estas actividades en el país, y los que pueden proporcionar ese desarrollo económico propio y de estado que todo país está buscando.

Alteración forastera

Inversión extranjera para poner en práctica las normativas legales que se han estudiado a lo largo del documento, además, se mostraran los incentivos con los que cuenta el inversor. Un ciudadano estadounidense llamado John Kennedy planea residir en el país para desarrollar una actividad comercial dedicada a la rebaño con el fin de vender nacionalmente y exportar los derivados y productos que se obtengan de la producción, planea llamar a su empresa John´s farm en el cual pondrá a habilidad de los clientes la carne, la leche, lana y otros productos que se obtengan del ganado.

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Los estudios de las colocaciones nacionales afines con la economía formal e informal en Ecuador, se dan cuenta de que el crecimiento menor está directamente relacionada con el nuevo comportamiento de los ecuatorianos, cuya tendencia hacia el consumismo también ha aumentado en la medida en que la población ahorrativamente activa tiene más ingresos y poco sentido de ahorro.

A pesar del desarrollo del comercio al por menor, las actividades informales sigue siendo muy alta en Ecuador: las empresas inconsecuentes emplean el 37% de la población ocupada y el 62% de los trabajadores que no cubiertos por la seguridad social representa el cuarto porcentaje más alto en América Latina. Los expertos del Banco Mundial, Denis Medvedev y Ana María Oviedo, en este sentido indican que "muchos micro y pequeñas empresas del Ecuador tienen un limitado el potencial de crecimiento debido a la falta de acceso al crédito y las malas condiciones de los mismos.

En consumación, en Ecuador más del 80% de los micros y pequeñas empresas se encuentran algunas de las normas y opera a lo largo del duende de formalidad. Comercio formal e informal El comercio formal requiere de reglas claras y justas para su actividad. Sin embargo, algunas autoridades para deslindarse de esta responsabilidad prefieren encubrir bajo el argumento de que la baja del comercio es debido a la capacidad desleal del comercio informal.

La compra informal que representa tres fallas en nuestro sistema de vida moderno. Sin embargo, quiero dejar en claro que la mayoría de las personas que forman parte del comercio informal son gente decente, trabajadora y necesitan más ayuda y menos persecución.

La primera es de tipo económica. Los comerciantes informales son la respuesta inmediata ante una economía que le ha fallado a muchos mexicanos, por lo tanto, de nuevo deben estar orientados a la legalidad y reordenamiento. No se trata de que realicen una actividad comercial sino que lo hagan en lugares adecuados, paguen impuestos y sean sujetos de los beneficios proporcionados por el estado.

La ayudante tiene que ver con la baja eficiencia del gobierno. Los gobiernos de los estados y municipios no pueden seguir haciendo cálculos políticos para resolver este problema bajo la premisa errónea de que la ilegalidad se concierne con delitos o actividades ilegales.

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asegurar que estos mexicanos tienen acceso a los beneficios sociales, salud, educación, vivienda, entre otros.

El sistema bancario ecuatoriano La Superintendencia de Bancos y Seguros del Ecuador define un sistema financiero como "el conjunto de las instituciones que tiene como objetivo canalizar los ahorros de la gente. Esta canalización de haciendas permite el desarrollo de la actividad económica (producir y consumir) poner fondos que llegan de las personas que tienen excedentes dinero en efectivo los recursos a las personas que necesitan estos recursos.

Los terceros financieros crediticios se encargan de captar depósitos del público y, por otro prestarlo a los demandantes de recursos. Categoría, funciones y estructura El sistema financiero juega un papel clave en el funcionamiento y desarrollo de la economía. La participación de las organizaciones financieras puede ayudar a elevar el crecimiento económico y el bienestar de la población, promover el desarrollo saludable de todo el sistema bancario. Con los fondos obtenidos a través del sistema financiero, empresas o instituciones gubernamentales llevan a cabo la inversión productiva, la creación de más puestos de trabajo; Por lo tanto, se puede lograr un mayor desarrollo y el crecimiento económico.

El método bancario sirve para múltiples funciones, entre las que se destacan: captar y promover el ahorro, para luego canalizarlo hacia los diferentes agentes económicos; facilitar el intercambio de bienes y bienes; administrar medios de pago y buscar el crecimiento económico de la población. (MI BANCO BANCO, 2014)

Crítica al Comercio Informal

La economía informal es un fenómeno que se presenta prácticamente en todos los países y sus repercusiones se evidencian no solo en la economía de los empresarios directamente afectados, sino en la fortuna social, la seguridad pública y el propio desarrollo nacional.

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fraudulenta al evitar los controles de calidad y seguridad que se han establecido para productos y servicios.

En esta lucha encierra por ganar terreno, este fenómeno social atenta contra la planta productiva y laboral del país. Cuanto mayor es la incidencia de informalidad, mayor es la vulnerabilidad de los países en desarrollo a las revoluciones como la actual crisis económica mundial. Los países con grandes economías informales sufren más frecuentemente conmociones y tienen tasas de crecimiento sostenible más bajas. Además, el empleo informal reduce la eficacia de los estabilizadores automáticos.

La integración en los mercados mundiales y la reducción del empleo informal mediante políticas que favorezcan el trabajo decente deben considerarse aspectos complementarios. La facilitación del paso a la formalidad para las empresas y los sitios de trabajo contribuyen a que los países se beneficien absolutamente de la apertura del comercio, mejora los niveles de vida y permite que los trabajadores disfruten de condiciones de trabajo decentes. El Eco, Perú, 2011.

El vocablo comercio informal no tiene una definición que sea aceptada en general ya que no consta un concepto único del que se parta para su disertación, sino que se maneja una pluralidad de términos y acepciones, clasificaciones e incluso grados de informalidad, cada una con sus matices.

Existen diferentes concepciones sobre la definición del comercio ambulante, unos los llaman “sector informal de la hacienda”, otros “economía subterránea”, “economía sumergida” o “economía ilegal”, a los trabajadores de este sector se les denomina “trabajadores independientes”, “trabajadores informales”, “obreros ilegales”, “obreros por cuenta propia” o “cálculo propista”. La práctica de esta actividad se conoce con un sinfín de expresiones dependiendo los rubros que se quieran abarcar. Soto, H. 2001.

La división inconsecuente de una hacienda puede ser vista como una válvula de escape para los individuos menos educados de una sociedad, en momentos recesivos. La informalidad existe básicamente por la discapacidad del sector formal de generar suficientes empleos. Cuando mejora la economía del país la informalidad disminuye, ya que en la mayoría de los casos no es vista como una opción laboral real sino como una posibilidad frente al desempleo. Gaona, R. 2009.

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que producían bienes y servicios sin que sus actividades estuviesen reconocidas, estructuradas o reglamentadas por las autoridades públicas. Soto, H. 2001.

Este tema tiene dos caras del dinero, una parte de la sociedad opina que se deben tomar medidas para acabar con este tipo de negocios debido a que no cumplen con los estatutos necesarios y de alguna manera desequilibran la economía de los estados.

Y la otra parte lo ven como la única solución a la falta de empleo que existe actualmente, este modo de generar dinero es la cualidad de sustento de miles de familias. El comercio informal no solo afecta la economía de los empresarios sino crea inseguridad en los ciudadanos y detiene el desarrollo nacional, esta manera de generar dinero como la piratería, y contrabando desequilibra los patrones de la economía.

Este tipo de comercio constituye a menudo un ejemplo de competitividad monopolística. El comercio informal como componente importante de la economía informal es un elemento de gran importancia para los gobiernos municipales de los países subdesarrollados, puesto que genera muchas actividades y empleos, además ha tenido una evolución de carácter real en los últimos decenios con respecto a los ingresos que produce; por tanto es un sector que debe ser estudiado minuciosamente para establecer sus características fundamentales y definir su rol dentro de la economía nacional. González, J. 2008.

La vieja parte de las personas que pertenecen al sector informal posee un grado de escolaridad bastante bajo, el cual no prevalece la educación básica secundaria, lo que se convierte en una menoscabo 17 para éstos, ya que disminuyen las probabilidades de emplearse en el sector formal. Gaona, R. 2009.

La Organización Internacional del Trabajo (OIT), posteriormente de mucho tiempo de estudio, la definió como el sector no ordenado, constatando la presencia de un gran número de ciudadanos pobres que causaban bienes y servicios sin que sus actividades estuviesen reconocidas, estructuradas o normalizadas por las autoridades públicas. Soto, H. 2001.

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El compra informal no solo afecta la economía de los empresarios sino crea inseguridad en los ciudadanos y detiene el desarrollo nacional, esta manera de generar dinero como la piratería, y contrabando sobrecarga los patrones de la economía. Este tipo de comercio constituye a menudo un ejemplo de competencia monopolística.

El comercio informal como componente importante de la economía informal es un elemento de gran importancia para los gobiernos municipales de los países subdesarrollados, puesto que genera muchas actividades y empleos, además ha tenido una evolución de carácter positivo en los últimos decenios con respecto a los ingresos que produce; por tanto es un sector que debe ser estudiado minuciosamente para determinar sus características fundamentales y definir su rol dentro de la economía nacional. González, J. 2008.

En el comercio inconsecuente se puede decir que existen dos modalidades, la primera que tiene que ver con el comercio ambulatorio y la segunda con los mercados informales. El primero es aquel que se desarrolla en actividades comerciales en la calle al margen de las disposiciones legales y el segundo es aquel que se desarrolla desde mercados construidos informalmente que en nuestro país se compara a la construcción legal de mercados municipales públicos, pero que el control y registro de los comerciantes que en él se desarrollan, se disfrazan en la informalidad.

En contextos de crisis, este tipo de economía tiende a incrementarse, pues la escasez de fuentes de empleo obliga a las personas a emplearse en actividades no reguladas. Este tipo de comercio no requiere el país para generar empleos, elaboración flexible y bienestar masivo sino más bien la generación de servicios y empresas que permitan lograr de una vez por todas tener un país donde los conceptos de justicia y proporcionalidad sean aplicables de manera genérica en la sociedad, condición que toda sociedad debe atender para dejar el subdesarrollo. González, J. 2008.

En Portoviejo, la calle Chile y sus alrededores albergan a 625 comerciantes informales, apostados con sus andamiajes y con sus deseos de surgir, empero, el fin no justifica los medios, y por ello las alternativas de solución a un comercio cada vez más creciente tiene que darse de manera urgente.

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Orígenes Del Negocio Informal

Usualmente se piensa que el comercio informal está integrado por los puestos ambulantes o semifijos. Sin embargo, quienes se encuentran en la ilegalidad están en todos los sectores: desde el comercio hasta los productos profesionales; y este como un nuevo suceso socioeconómico y manifestación social, obedece a tres aspectos:

El coyuntural: “La economía formal y el aparato productivo de bienes y servicios han sido incapaces de proporcionar empleo estable y bien remunerado a los trabajadores en general y a los jóvenes y mujeres que se incorporan cada año al mercado de trabajo, lo cual se agudiza por los programas de reajuste económico, las migraciones internas y externas, sobre todo a la gran ciudad, provenientes del campo o de las ciudades pequeñas y marginales, así como por la aplicación indiscriminada de las nuevas tecnologías del aparato productivo”.

El ordenado: Aunque la economía inconsecuente inició por la insuficiencia del desarrollo industrial, se ha convertido en una situación permanente, como consecuencia de la crisis del capitalismo.

Las políticas neoliberales: “La economía informal se ha desarrollado y se consolida como parte de la nueva economía globalizada con el máximo de descentralización operativa”. González, J. 2008.

Una de las fundamentales ocupaciones en los estudios acerca del sector informal es la estimación de su magnitud; explicada a la vez por diversas razones:

La invalidez del sector moderno para absorber en su totalidad la oferta de mano de obra, situación que se agudiza en periodos de crisis, cuando no solo se debilita esta función sino que se produce una expulsión de trabajadores.

La existencia de espacios económicos no cubiertos por la modernización, donde se dan condiciones favorables para desarrollar actividades por cuenta propia, incluso superiores a las de muchos de los trabajos asalariados. López, S. 2011.

Tipos Del Comercialización Voluble

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Gran número de pequeños fabricantes, lo que determina su atomización y fragmentación la mayoría de estas unidades son unidades familiares.

Existe una baja formación educativa en los productores, que va congruente con el nivel de ingreso que poseen.

El bajo nivel de camino al crédito es una característica fundamental de ese proceso, y es causa también de la existencia de este tipo de arreglos productivos, vinculada también a la relación con la propiedad del medio de producción y la carencia de títulos.

Baja productividad en el sector, y una característica importante es la falta de acceso a los servicios sociales, como seguridad social.

En América Latina, la cantidad de asalariados que cotizan en la seguridad en el 2003, fueron en el Sector informal 26.2 %, mientras que en el Sector formal cotizaba un 79.3 %. Monografía. 2011.

Desarrollo Mercantil

El acecho realizado por diversas instituciones hacia la economía informal indica el ritmo del crecimiento de la economía incide derechamente en el del sector informal.

Entre 1995 y 2001 se registró desarrollo en la economía formal, mientras lo informal disminuyó, sin embargo, aumentó con la recesión y la hoyo de la actividad industrial y del empleo formal.

Enorme Medida

La coexistencia de un marco regulador excesivo es otro de los factores que favorecen el crecimiento de la informalidad económica.

No obstante los empresarios reconocen que hay algunos avances en materia de desregulación, afirman que no son bastantes, pues aún existe una enorme cantidad de requisitos para quienes desean participar en la actividad productiva, lo que reduce la intención de incursionar en el mercado formal. (González, J. 2008.)

Eminentes Precio Laborales

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