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Instalaciones de gas natural en edificios

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(1)

Instalaciones

de gas natural

en edificios

Instalaciones en edificios CETIB Noviembre 2009

Gas Natural

(2)

1. Generalidades

2. Esquemas tipo de las instalaciones receptoras

3. Instalación de conjuntos de regulación y contadores de gas

4. Configuración de los locales donde se instalan los aparatos a gas 5. Ventilación de locales

6. Condiciones de evacuación de los productos de la combustión. Implicaciones de la ITC-IGC-07, nuevo RITE y el CTE.

7. Dimensionado de las instalaciones receptoras de gas UNE 60670/4 8. Salas de maquinas UNE 60601 y RITE

(3)
(4)

Reglamentación y normativa de aplicación

• Reglamento de Distribución y Utilización de

Combustibles Gaseosos (RTDUGC). R.D 919/2006 de 28

de Julio

• Norma UNE 60.670-2005 “Instalaciones receptoras de

gas suministradas con MOP

5 bar

• Norma UNE 60.601-2006 “Salas de máquinas de potencia

igual o superior a 70 kW (60,2 te/h)

• Directiva 90/396/CEE Aparatos de Gas

(5)

Reglamentación y normativa de aplicación

Instaladores de gas

Categoria A: Montaje, modificación, ampliación, revisión, mantenimiento y

reparación de: Instalaciones receptoras de combustibles gaseosos, estaciones de regulación, acometidas e instalaciones exteriores de la edificación que

discurran enterradas . Las soldaduras de Pe, deben ser realizadas por personal homologado para ello.

Instalaciones de GLP en depósitos fijos y/o envases para uso propio. Instalaciones en estaciones de servicio para vehículos a gas.

Instalaciones de GLP para uso domestico en caravanas o autocaravanas.

Realizar verificaciones, puestas en servicio, inspecciones y/o revisiones de las instalaciones que lo requieran.

Categoria B: Todas las operaciones indicadas para el A, limitadas a: instalaciones

receptoras, domesticas, colectivas, comerciales o industriales hasta 5 bar. Sin limite de potencia.

Acometidas interiores enterradas exteriores de la edificación que discurran enterradas

Instalaciones de GLP en envases para instalaciones receptoras.

Instalaciones de GLP para uso domestico en caravanas o autocaravanas. Puesta en marcha, mantenimiento y reparación de aparatos de gas no

conducidos y los conducidos hasta una potencia útil de 24.4 KW.

Categoria C: Todas las operaciones indicadas para el B, limitadas a: instalaciones

receptoras individuales hasta 0.4 bar. y que no requieran proyecto. Puesta en marcha, mantenimiento y reparación de aparatos de gas no

(6)

Reglamentación y normativa de aplicación

ITC TITULO NORMA UNE PROYECTO

1 Instalaciones de canalización de gas 60310 - 60311 SI (Distribuidora) 3 Instalaciones de depósitos fijos de GLP 60250 SI (más de 13 m3)

4 Plantas satélite de GNL 60210 SI 5 Estaciones de servicio para vehículos a gas 60630 – 60631 - 60250 SI 7 Instalaciones receptoras de gas 60620 - 60670 - 60601 SI (1)

(7)

7

Presión de distribución de los gases combustibles

Alta presión B (APB): P > 16 bar

Alta Presión A (APA): 4 < P ≤≤≤≤ 16 bar

Media Presión B (MPB): 0,4 < P ≤≤≤≤ 4 bar

(GLP’s: Pmáx ≤≤≤≤ 2 bar)

Media Presión A (MPA): 0,05 < P ≤≤≤≤ 0,4 bar

Baja Presión (BP): P ≤≤≤≤ 0,05 bar

MOP > 16 bar5 < MOP ≤≤≤≤ 16 bar2 < MOP ≤≤≤≤ 5 bar0,1 < MOP ≤≤≤≤ 2 bar (GLP’s: MOP ≤≤≤≤ 2 bar)MOP ≤≤≤≤ 0,1 bar

Antes RTDUGC

RTDUGC

MPB: Tramos con 0,4 < MOP 5 bar MPA: Tramos con 0,05 < MOP 0,4 bar BP: Tramos con MOP 0,05 bar

(8)

Esquemas tipo de las

(9)

Instalaciones receptoras alimentadas desde

(10)

Instalaciones receptoras alimentadas desde

(11)

Instalaciones receptoras alimentadas desde

(12)

Situación de los dispositivos de corte

1. Llave de acometida 2. Llave de edificio 3. Llave de regulador

4. Llave de montante colectivo 5. Llave de usuario

6. Llave de vivienda o local privado 7. Llave de contador

(13)

Instalación de

conjuntos de

regulación y

(14)

Instalación de conjuntos de regulación

En zonas al aire libre, como puede ser en fachada, prevestíbulos o soportales o en el muro límite de propiedad, preferentemente, o en las azoteas

Instalación preferente: Empotrado en fachada, muro límite de propiedad, prevestíbulos o soportales En interior de edificio: sólo si es

recinto de centralización de contadores o sala de calderas

(15)

Instalación de contadores de gas

Los contadores deben instalarse centralizados, parcial o totalmente, o de forma individual.

En casos especiales, pueden instalarse en vivienda

Accesibilidad grado 2 ó 3 Accesibilidad grado 2

Accesibilidad grado 2

(16)

Ventilación de los recintos de

centralización de contadores

(17)
(18)

Configuración de

los locales donde

se instalen

(19)

Tipos de aparatos a gas

Aparatos de circuito abierto

(el aire para la combustión lo toman del local donde están instalados)

De evacuación no conducida (aparatos de tipo A)

De evacuación conducida

(aparatos de tipo B)

De tiro natural:

Con dispositivo de seguridad antirrevoco (BS)

Sin dispositivo de seguridad antirrevoco

De tiro forzado

Aparatos de circuito estanco

(aparatos de tipo C)

(ni el aire para la combustión ni los productos de la misma

tienen comunicación alguna con el local donde está instalado el aparato)

(20)

Configuración de los locales donde

se instalen aparatos a gas

No se pueden instalar aparatos de circuito abierto en locales destinados a ducha, baño aseo o dormitorio. En estos locales sólo puede instalarse aparatos de circuito estanco

No se puede instalar aparatos de circuito abierto que

precisan estar conectados a conducto de evacuación en locales cocina o en los que se instale un extractor mecánico de aire viciado sin dispositivo que impida el funcionamiento simultáneo, excepto si se trata de aparatos de producción de ACS exclusivamente

Dos locales se consideran local único cuando se comunican entre sí mediante una abertura permanente con superficie mínima de 1,5 m2

No se pueden instalar aparatos a gas por debajo del primer sótano.

Tampoco pueden instalarse en el primer sótano si el gas suministrado es más denso que el aire (por ejemplo: GLP’s)

(21)

Configuración de los locales donde

se instalen aparatos a gas

Los locales donde se instalen aparatos no conducidos (Tipo A) deberán tener un volumen bruto mínimo y una abertura para ventilación rápida practicable directa o indirecta desde el local contiguo, si los fuegos superiores y descubiertos de los aparatos de cocción no tienen dispositivo de seguridad por extinción de llama

Precisa volumen mínimo

Volumen mínimo para aparatos de calefacción no conducidos Tipo A Si el consumo calorífico total es

superior a 30 kW, el local debe disponer de un sistema de

impulsión o extracción mecánica de aire que garantice la renovación continua del aire del local, y que disponga de un sistema de corte de gas por fallo del sistema de

ventilación.

No precisa volumen mínimo

(22)

Configuración de los espacios

destinados a ventilación

Patio de ventilación

• Espacio situado en el interior del volumen de la edificación en comunicación directa con el exterior utilizados para ventilación

• Sección transversal mínima de 3 m2 en edificio ya construido y 4 m2 en nueva

construcción con el lado menor no inferior a 1 m.

• Sección transversal inferior a 3 m2 pero aporta aire del exterior, directo o mediante

(23)

Patio de ventilación. Requisitos adicionales para evacuación de aparatos conducidos • Nueva construcción:

S planta (m2) = 1,0* NT, mín. 6 m2 • Edificios existentes:

S planta (m2) = 0,5* NT, mín. 4 m2

(NT = nº total de locales que puedan contener

aparatos conducidos que desemboquen en el patio)

• Si disponen de techado protector contra la lluvia, éste debe dejar una superficie

lateral mínima del 25 % de la transversal con un mínimo de 4 m2.

Consideración de zona exterior (a efectos de ventilación)

• S min 1,5 m2 de paredes exteriores permanentemente abierta

• Borde superior a menos de 40 cm del techo

Configuración de los espacios

destinados a ventilación

(24)

Ventilación de

locales

(25)

Volumen mínimo y ventilación rápida

Volumen mínimo de los locales

Los locales donde se instalen aparatos a gas de circuito abierto no conducidos (aparatos de tipo A), deben tener un volumen bruto mínimo.

Potencia instalada ≤≤≤≤ 16 kW 8 m3

Potencia instalada >16 kW 1 m3 x kW.- 8

Si el consumo calorífico total es superior a 30 kW, el local debe disponer de un sistema de impulsión o extracción mecánica de aire que garantice la

renovación continua del aire del local, y que disponga de un sistema de corte de gas por fallo del sistema de ventilación.

En cambio, los locales donde se instalen sólo aparatos a gas de circuito estanco y/o de circuito abierto conducido no precisan volumen mínimo.

Aquellos locales que alojen aparatos de fuegos abiertos que no estén provistos de dispositivo de seguridad por extinción o detección de llama en todos sus quemadores deben disponer de ventilación rápida. Cuya superficie total sea como mínimo de 0,4 m2, practicables en el mismo local (puerta o ventana) y que

comuniquen directamente al exterior o a un patio de ventilación.Los locales que alojen exclusivamente aparatos a gas provistos de

(26)

Ventilación de locales

Ventilación indirecta

Se considera ventilación indirecta de un local la efectuada a través de un local contiguo que no sea dormitorio, cuarto de baño, de ducha o aseo y que

disponga de ventilación directa, debiendo existir una abertura de

comunicación entre los dos locales, con una superficie igual o mayor a la que corresponda según los aparatos

ubicados en el local

Dimensionado de los sistemas de ventilación Se considera ventilación indirecta de un local la efectuada a través de un local contiguo que no sea dormitorio, cuarto de baño, de ducha o aseo y que disponga de ventilación directa, debiendo existir una abertura de comunicación entre los dos locales, con una superficie igual o mayor a la que corresponda según los aparatos ubicados en el local

• Ventilación por orificio :

S (cm2) 5·Pt (kW) min 125 cm2

• Ventilación por conducto: Scond (cm2) 1,5·S

(27)
(28)

Requisitos mínimos de las aberturas de

ventilación para gases menos densos

(29)

Requisitos mínimos de las aberturas de

ventilación para gases más densos

(30)

Ventilaciones según Decreto 291/91

El Decreto de la Generalitat R291/91 es para establecer los criterios aplicables a las inspecciones, las revisiones y el mantenimiento de las instalaciones y los aparatos. En el se indican que serán defectos los siguientes casos:

Falta de orificio o conducto de entrada de aire para la combustión situado en la parte baja (de una sección mínima de 5 cm² para cada kW instalado).

Este requisito coincide con la ventilaciones actuales indicadas en las normas UNE 60670 y 60601.

Ausencia de orificio o conducto de evacuación de los productos originados por la combustión que dé directamente al exterior y tenga una sección mínima 5 en cm² dada por la expresión S= A x 10 (siendo A la superficie del recinto en m²).

(31)

Condiciones de

evacuación de los

productos de la

combustión

Implicaciones de la

ITC-IGC-07 del RITE y

el CTE.

(32)

Evacuación de los productos de la

combustión de aparatos conducidos

(33)

Evacuación de los productos de la

combustión de aparatos conducidos

Aparato de tiro natural

Evacuación directa al exterior

Aparato de tiro forzado o de circuito estanco Evacuación directa al exterior

(34)

• Con carácter general: Evacuación por chimenea a cubierta del edificio

• En edificaciones existentes que se reformen que dispongan de conducto de evacuación adecuado al nuevo aparato a conectar y éste reúne las condiciones establecidas, la evacuación de los PDC’s se realizará a través de dicho conducto. • Excepcionalmente: Evacuación por salida directa al exterior, cuando se trate de:

a) Aparatos estancos de tiro forzado de potencia útil nominal igual o inferior a 70 kW

En edificios de nueva construcción y en edificios

existentes que se reformen que no dispongan de

conducto de evacuación o éste no sea adecuado al

aparato:

ITC-IGC-07

(35)

RITE

Condiciones de evacuación de los PDC’s

• Los edificios de viviendas de nueva construcción en los que no se prevea una

instalación térmica central ni individual, dispondrán de una preinstalación para la evacuación individualizada de los productos de la combustión, mediante un

conducto conforme con la normativa europea, que desemboquen por cubierta y que permita conectar en su caso calderas de cámara de combustión estanca tipo C,

según la norma UNE-CEN/TR 1749 IN.

• En los edificios de nueva construcción en los que se prevea una instalación térmica,

la evacuación de los productos de la combustión del generador se realizará por un conducto por la cubierta del edificio, en el caso de instalación centralizada, o

mediante un conducto igual al previsto en el apartado anterior, en el caso de instalación individualizada.

• En las instalaciones térmicas que se reformen cambiándose sus generadores y que

ya dispongan de un conducto de evacuación a cubierta, este será el empleado para la evacuación, siempre que sea adecuado al nuevo generador objeto de la reforma y de conformidad con las condiciones establecidas en la reglamentación vigente

• En las instalaciones térmicas existentes que se reformen cambiándose sus

generadores que no dispongan de conducto de evacuación a cubierta o este no sea el adecuado al nuevo generador objeto de la reforma, la evacuación se realizara por la cubierta del edificio mediante un nuevo conducto adecuado

(36)

Código técnico de la edificación CTE.

CTE. Art. 13 apartado 13.3.2 exigencia básica HS-3 Calidad de aire interior

• Para limitar el riesgo de contaminación del aire interior de los edificios y del

entorno exterior en fachadas y patios, la evacuación de productos de combustión de las instalaciones térmicas se producirá con carácter general por la cubierta del edificio, con independencia del tipo de combustible y del aparato que se utilice, y de acuerdo con la reglamentación específica sobre instalaciones térmicas.

Conclusión

• En los edificios de nueva edificación la evacuación de

los PDC se realizará siempre por cubierta.

(37)

RITE

Condiciones de evacuación de los PDC’s

• Como excepción a los anteriores casos generales anteriores se permitirá

siempre que los generadores utilicen combustibles gaseosos, la salida directa de los productos al exterior con conductos por fachada o patio de ventilación, únicamente, cuando se trate de aparatos estancos de potencia útil, nominal igual o inferior a 70 kW o de aparatos de tiro natural para la producción de agua caliente sanitaria de potencia útil igual o inferior a 24,4 kW, en los siguientes casos:

• En las instalaciones térmicas de viviendas unifamiliares

• En las instalaciones térmicas de edificios existentes que se reformen, con

las circunstancias mencionadas en el apartado d), cuando se instalen calderas individuales con emisiones de NOX de clase 5

Clasificación de las calderas de gas en función de la emisión de NOX:

• Clase 1: NOX < 260 mg / kWh

• Clase 2: NOX < 200 mg / kWh

• Clase 3: NOX < 150 mg / kWh

• Clase 4: NOX < 100 mg / kWh

(38)

Ámbito de aplicación del RITE

• A efectos de la aplicación del RITE se consideran como instalaciones térmicas, las

instalaciones fijas de climatización (calefacción, refrigeración y ventilación) y de producción de agua caliente sanitaria, destinadas a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de la personas.

• El RITE se aplicará a las instalaciones térmicas en los edificios de nueva construcción

y a las instalaciones térmicas en los edificios construidos, en lo relativo a su reforma, mantenimiento, uso e inspección, con las limitaciones que en el mismo se

determinan.

• Se entiende por reforma de una instalación térmica todo cambio que se efectúe en ella

y que suponga una modificación del proyecto o memoria técnica con el que fue ejecutada y registrada. En tal sentido, se consideran reformas las que estén comprendidas en alguno de los siguientes casos:

• La incorporación de nuevos subsistemas de climatización o de producción de agua

caliente sanitaria o la modificación de los existentes

(39)

• No será de aplicación el RITE a las instalaciones térmicas de

procesos industriales, agrícolas o de otro tipo, en la parte que no este destinada a atender la demanda de bienestar térmico e higiene de las personas.

Aplicación del RITE

• No se aplicará el RITE en los casos que no se considere reforma y

en las reformas solo se aplicará a la parte reformada.

• No se consideran reformas entre otros los siguientes casos:

• Cambio de combustible, por ejemplo gas natural a propano o

viceversa.

• Cambio de caldera por otra de similares características

técnicas (potencias sobre el 20%) y con el mismo sistema de evacuación de los PDC.

(40)

Aplicación del RITE

Queda prohibida la instalación de calderas de las características siguientes:

• Calderas de circuito abierto y tiro natural (atmosféricas) a partir

de enero de 2010

• Calderas con un marcado de prestaciones energéticas, según

Real Decreto 275/1995, de 24 de febrero. de una estrella a partir del uno de enero de 2010

• Calderas con un marcado de prestaciones energéticas, según

Real Decreto 275/1995, de 24 de febrero, de dos estrellas a partir del uno de enero de 2012

(41)

Aplicación del RITE

A partir de 1 marzo 2008

En los edificios ya construidos o restaurados:

• Esta permitido conectar calderas atmosféricas de 1 estrella al conducto de evacuación vertical (chimenea) en caso de que se disponga de ella o, en caso contrario, se podrán instalar calderas estancas que evacúen al exterior a través de fachada (normalmente son de 2 estrellas)

En los edificios de nueva construcción:

• Se tiene que construir con conducto vertical a cubierta y pueden conectarse calderas atmosféricas de 1 estrella, pero se recomienda que el conducto sea para calderas estancas y/o de condensación

En viviendas unifamiliares:

• Se tienen que construir con conducto vertical a cubierta y pueden conectarse calderas atmosféricas de 1 estrella o calderas estancas. En caso de tener que evacuar directamente al exterior por fachada, estas calderas tienen que ser estancas.

(42)

Aplicación del RITE

AÑO 2010

En los edificios ya construidos o restaurados:

• No estarán permitidas las calderas atmosféricas en ningún caso

• Las calderas estancas tienen que ser de 2 estrellas y solo pueden evacuar directamente al exterior a través de fachada o patio adecuado en caso de que se demuestre que no hay posibilidad de conectarla a un conducto vertical, ni tampoco de construirlo.

• En caso de que disponga de conducto vertical, se conectarán al mismo calderas estancas de 2 estrellas como mínimo

En los edificios de nueva construcción:

• Se tienen que construir con conducto vertical a cubierta para calderas estancas que tengan como mínimo 2 estrellas. No pueden evacuar directamente al exterior a través de fachada ningún tipo de caldera.

(43)

Aplicación del RITE

AÑO 2012

En los edificios ya construidos o restaurados

• Las calderas tienen que ser estancas de 3 estrellas conectadas a conductos, solo

podrán evacuar directamente al exterior a través de fachada o patio adecuado en caso de que se demuestre que no hay posibilidad de conectarla a un conducto, ni tampoco de construirlo, siendo las calderas individuales con emisiones de NOx clase 5

• En caso de que disponga de conducto se conectarán al mismo, calderas estancas

de 3 estrellas, como mínimo En los edificios de nueva construcción

• Se tienen que construir con conducto vertical a cubierta para calderas estancas que

tengan como mínimo 3 estrellas, No pueden evacuar directamente al exterior a través de fachada ningún tipo de caldera.

En viviendas unifamiliares

• Se tienen que construir con conducto, para calderas estancas que tengan como

(44)

Dimensionado

de las

instalaciones

receptoras de

gas

UNE 60670-4

(45)

Dimensionado de las IR’s

• Potencia y caudal de diseño de la instalación individual:

•Piv: Potencia de diseño de la instalación individual de la vivienda

•A , B: Consumos caloríficos (referidos al Hi) de los dos aparatos de mayor consumo.

•C, D: Consumos caloríficos (referidos al Hi) del resto de aparatos. •1,10: Coeficiente corrector medio, función del Hs y del Hi del gas

suministrado.

•Qsi: Caudal de diseño de la instalación individual de la vivienda •Hs: Poder calorífico superior del gas suministrado.

• Características del gas suministrado y de la acometida

• Familia y denominación del gas • Poder calorífico superior (Pcs) • Densidad relativa (Dr = Dgas/Daire)

• Índice de Wobbe (W = Hs/Dr0,5)

• Grado de humedad (sólo para gases húmedos)

• Presión de garantía a la salida de llave de acometida • Diámetro nominal de la llave de acometida

10 , 1 2 .... x D C B A Piv       + + + + = CS i si P P Q =

• En instalaciones de gas para locales destinados a usos no domésticos, la potencia de diseño de la instalación se determina mediante la siguiente expresión:

(

A B C D ...

)

x1,10

(46)

Dimensionado de las IR’s

• Grado de gasificación • Grado 1: Pi 30 kW

• Grado 2: 30 kW < Pi 70 kW • Grado 2: Pi > 70 kW

• El dimensionado de una acometida interior o de una instalación común debe realizarse para todas las viviendas de la finca, aunque no todas las viviendas tengan previsto darse de alta en el servicio.

• A las instalaciones individuales, se les debe asignar, como mínimo, la potencia de diseño correspondiente al Grado 1 de gasificación (30 kW)

• Potencia de diseño y caudal de diseño de la acometida interior o de la instalación común

• Pc: Potencia de diseño de la acometida interior o de la instalación común. • S2: Factor de simultaneidad. 2

.

º

viv

xS

xN

P

P

sc

=

si

(47)

Número viviendas S1 S2 Número viviendas S1 S2 1 1,00 1,00 17 0,20 0,43 2 0,70 0,88 18 0,19 0,42 3 0,55 0,79 19 0,19 0,41 4 0,46 0,72 20 0,19 0,41 5 0,40 0,67 21 0,18 0,40 6 0,36 0,63 22 0,18 0,39 7 0,33 0,59 23 0,18 0,39 8 0,30 0,56 24 0,17 0,38 9 0,28 0,54 25 0,17 0,38 10 0,26 0,52 26 0,17 0,38 11 0,25 0,50 27 0,16 0,37 12 0,24 0,48 28 0,16 0,37 13 0,23 0,47 29 0,16 0,36 14 0,22 0,46 30 0,16 0,36 15 0,21 0,45 Más de 30 0,15 0,35 16 0,21 0,44

S1: Factor de simultaneidad cuando no exista calefacción individual. S2: Factor de simultaneidad cuando exista calefacción individual.

Los coeficientes S1y S2se obtienen, de forma general, mediante aplicación de las siguientes fórmulas: S1= (19+N) / 10*(N+1) S2= (19+N) / 4*(N+4)

N: Número de viviendas

(48)

Dimensionado de las IR’s

• Para el cálculo de la instalación receptora de gas, se deben tener en cuenta

los siguientes criterios:

• La velocidad del gas en el interior de una tubería no debe superar los 20 m/s.

(49)

Salas de

maquinas

UNE 60601

RITE

(50)

Objeto y campo de aplicación

No es de aplicación a los locales donde se instalen

aparatos de los siguientes tipos:

• Generadores destinados a la producción de calor o frío mediante fluido caloportador, excluido el aire e incluido el vapor de agua a presión máxima de trabajo inferior o igual a 0,5 bar, cuya potencia útil nominal conjunta sea superior a 70 kW.

• Aparatos destinados a la cocción de alimentos

• Generadores de aire caliente para calefacción por convección forzada

(51)

Objeto y campo de aplicación

• Tanto la UNE 60601 como el RITE, son de aplicación para calefacción y ACS para las personas y no son obligatorias para los procesos industriales, por ello cuando debamos aplicarlos debemos aplicar los dos, exigiendo lo más riguroso de ambos.

• Vamos a comentar las cosas de que son diferentes en los dos reglamentos y cual de ellos es más riguroso.

En el caso de reformas el RITE, solo debemos aplicarlo a la parte

(52)

Emplazamiento de salas de

maquinas

En instalaciones compartidas, cuando la suma de las potencias nominales de los generadores instalados en ellas, del tipo de los recogidos en el objeto de esta norma, sea superior a 70 kW, éstos deben ubicarse en un local (sala de máquinas) destinado a albergar exclusivamente elementos de su instalación o formar parte de un equipo autónomo.

Con carácter general, una sala de máquinas puede situarse en el exterior del edificio, unida o no al mismo, o en el interior del edificio, ya sea en plantas sobre el nivel de la calle o del terreno colindante, en la azotea o en un semisótano o primer sótano, siempre que la

(53)

Emplazamiento de salas de

maquinas

(54)

Emplazamiento de salas

de maquinas

La UNE 60601, permite adecuar las salas de calderas

existentes ubicadas por debajo del primer sótano, si se

utiliza un gas mas ligero que el aire.

El RITE no permite esa posibilidad al indicar que en las

reformas de salas de maquinas en edificios existentes se

deberá habilitar un nuevo local para las calderas.

(55)

Emplazamiento de equipos

autónomos

• Los equipos autónomos de generación de calor o frío o para

cogeneración se deben instalar en el exterior de los edificios, a la

intemperie, en zonas no transitadas por el uso habitual del edificio, salvo por personal especializado de mantenimiento de estos u otros equipos, en plantas al nivel de calle o en terreno colindante, en azoteas o terrazas. • En el caso de que se sitúen en zonas de tránsito de personas o bienes se

debe dejar una franja libre alrededor del equipo que garantice el mantenimiento del mismo, en todo caso con un mínimo de 1 metro,

delimitada por medio de elementos que impidan el acceso a la misma a personal no autorizado.

• Cuando el equipo autónomo se alimente de gases más densos que el aire, no debe existir comunicación con niveles inferiores (desagües,

sumideros, conductos de ventilación a ras del suelo, etc.), en la zona de influencia del equipo (1 m alrededor del mismo).

(56)

Características constructivas y

dimensionales

Generalidades

• Las salas de máquinas y los equipos autónomos deben cumplir con la legislación vigente en materia de seguridad, protección contra incendios, protección frente al ruido, seguridad estructural, electricidad e

iluminación.

• No se permite la utilización de salas de máquinas para otros fines

distintos a su propósito, ni la realización en ellas de trabajos ajenos a los propios de la instalación.

(57)

Características constructivas y dimensionales

de salas de máquinas

Seguridad en caso de incendio

• Las salas de máquinas deben satisfacer las especificaciones que

establece la reglamentación vigente en esta materia para los recintos de riesgo especial (CTE).

Cerramientos

• Los cerramientos (paredes y techos exteriores) del recinto deben tener un elemento o disposición constructiva de baja resistencia mecánica, en comunicación directa con una zona exterior o patio de ventilación o patio inglés, con una superficie mínima que, en m2, sea la centésima parte del

volumen del local, expresado en m3, con un mínimo de un 1 m2.

• Patios de ventilación ⇒ Conformes a UNE 60670-6:2005, y cuyo lado menor tenga una dimensión mínima de 2 m.

(58)

Características constructivas y dimensionales

de salas de máquinas

• Las salas de máquinas que no comuniquen directamente con el exterior o con un patio de ventilación, lo pueden realizar a través de un conducto ascendente de sección adecuada a la potencia cuya relación entre lado mayor y lado menor sea menor que 3.

• La superficie de baja resistencia mecánica deber ser siempre parte del paramento de la sala en contacto directo con el exterior.

• Las superficies de baja resistencia mecánica no deben practicarse a patios que contengan escaleras o ascensores (no se consideraran los que tengan exclusivamente el contrapeso del ascensor).

(59)

Accesos

• Debe tener un número de accesos tal que la distancia máxima desde

cualquier punto de la misma al acceso más próximo sea como máximo de 15 m.

• La puerta de acceso a la sala de máquinas comunicará directamente al exterior o a través de un vestíbulo que independice la sala del resto del edificio.

• No se debe practicar el acceso normal a la sala de máquinas a través de una abertura en el suelo o techo.

• Las dimensiones mínimas de la puerta de acceso a la sala de calderas serán de 0,8 m de ancho y 2 m de alto, excepto para reformas en

instalaciones existentes que se admitirá 0,6 m de ancho y 1,8 m de alto.

• El RITE no marca dimensiones mínimas, dice que serán lo

suficientemente grandes para permitir el movimiento de las maquinas sin riesgo o daño.

Características constructivas y dimensionales

de salas de máquinas

(60)

• Las puertas de las salas de máquinas deben estar provistas de cerradura con llave desde el exterior y fácil apertura desde el interior sin necesidad de llave y asegurar la inexistencia de obstáculos que impidan su fácil apertura.

• Las puertas tendrán una permeabilidad no superior a 1 l/(s⋅m2) bajo una

presión diferencial de 100 Pa, salvo cuando estén en contacto directo con el exterior.

• En el exterior de la puerta y en lugar y forma visible se deben colocar las siguientes inscripciones:

SALA DE MÁQUINAS GENERADORES A GAS

Características constructivas y dimensionales

de salas de máquinas

(61)

Características constructivas y dimensionales

de salas de máquinas

Especificaciones dimensionales

• Las dimensiones de las salas de máquinas deben permitir el acceso sin dificultad a los órganos de maniobra y control y una correcta

explotación y mantenimiento del sistema.

• Cuando el generador de energía lleve acoplado un quemador exterior al mismo que le sobresalga, se debe disponer, entre la parte más saliente de la cara sobre la que va acoplado y la pared opuesta u otro elemento, de un espacio libre igual a la profundidad del generador.

• En todos los casos y para cualquier tipo de generador, esta longitud, desde el generador hasta el paramento vertical más próximo, debe ser como mínimo de 1 m, y en el caso concreto de generadores que lleven acoplados un quemador exterior a los mismos que les sobresalga debe además dejarse libre una altura mínima de 2 m respecto al suelo en torno al espacio donde se encuentre situado el quemador exterior.

(62)

Características constructivas y dimensionales

de salas de máquinas

• Sobre el generador siempre ha de respetarse una altura mínima libre de tuberías y obstáculos de 0,5 m. En edificios de nueva construcción, la altura mínima de la sala de máquinas debe ser de 2,50 m.

• En las figuras siguientes se muestran las distancias a respetar a los paramentos verticales más próximos

(63)

63

Características constructivas y dimensionales

de salas de máquinas

Especificaciones

dimensionales

(figuras)

(64)

Características constructivas y dimensionales

de salas de máquinas

Instalación eléctrica

• El cuadro eléctrico de protección y mando de los equipos instalados en la sala o, al menos, el interruptor general debe estar situado en las

proximidades de la puerta principal de acceso. Este interruptor no debe poder cortar la alimentación al sistema de ventilación de la sala.

• El interruptor del sistema de ventilación forzada de la sala, si existe, también debe situarse en las proximidades de la puerta principal de acceso.

• Cuando la instalación eléctrica esté a la intemperie se debe tener un grado de protección IP 55 según Norma UNE 20324 o debe estar debidamente protegida por el fabricante del equipo.

(65)

Características constructivas y dimensionales

de salas de máquinas

Instalación de iluminación

• El nivel medio de iluminación en servicio de las salas de máquinas debe ser suficiente para realizar los trabajos de conducción e inspección y, como mínimo, de 200 lux, con una uniformidad media de 0,5.

• Cada salida de las salas debe estar señalizada por medio de un aparato autónomo de emergencia.

Información de seguridad

• En el interior de la sala de máquinas deben figurar, visibles y debidamente protegidas, las indicaciones siguientes:

• instrucciones para efectuar la parada de la instalación en caso necesario, con señal de alarma de urgencia y dispositivo de corte rápido;

• el nombre, dirección y número de teléfono de la persona o entidad encargada del mantenimiento de la instalación;

• la dirección y número de teléfono del servicio de bomberos más próximo, y del responsable del edificio;

• indicación de los puestos de extinción y extintores cercanos; • plano con esquema de principio de la instalación.

(66)

Características constructivas y dimensionales

de salas de máquinas

Salas de máquinas de seguridad elevada o riesgo alto

• Aplica a salas de máquinas de nueva construcción (edificios

nuevos y edificios existentes). No aplica en actuaciones motivadas por cambio de tipo de combustible en salas existentes.

• Las instalaciones que requieren sala de máquinas de seguridad elevada son :

– las realizadas en edificios institucionales o de pública concurrencia

(67)

Características constructivas y dimensionales

de salas de máquinas

• Además de los requisitos exigidos en los apartados anteriores para cualquier sala de máquinas, una sala de máquinas de seguridad elevada debe cumplir con los requisitos adicionales siguientes:

– Ningún punto de la sala debe estar a más de 7,5 m de una salida, cuando la sala tenga más de 100 m2 de superficie en

planta.

– Cuando la sala tenga dos o más accesos, uno de ellos al menos debe dar salida directa al exterior.

– El cuadro eléctrico de protección y mando de los equipos instalados en la sala o, por lo menos, el interruptor general y el interruptor del sistema de ventilación deben situarse fuera de la misma y en la proximidad de uno de los accesos.

(68)

Características estructurales y

dimensionales de equipos autónomos

Seguridad en caso de incendio

• Las paredes y techo de la envolvente han de tener como mínimo un material con una clasificación de reacción al fuego A2-s1,d0 según Norma UNE-EN 13501-1, mientras que el mínimo requerido para el material del suelo debe corresponder a una clasificación BFL-s1. • El equipo debe estar situado, sobre una bancada, a más de 150

centímetros de cualquier pared con aberturas o a más de 50 centímetros de cualquier pared ciega.

• En el exterior y próximo al equipo se debe instalar un extintor de eficacia 21A-113B.

(69)

Características estructurales y

dimensionales de equipos autónomos

Cerramientos

• La estructura del equipo autónomo debe ser autoportante y en las instrucciones del montaje del mismo, se debe indicar cómo se

transmiten los esfuerzos de peso, en condiciones de funcionamiento, a la superficie sobre la que apoya.

• El equipo no debe actuar como elemento de sustentación de otros. • El cerramiento del equipo debe ser de una adecuada resistencia

mecánica y estar convenientemente protegido contra la corrosión.

Especificaciones dimensionales

• Los componentes internos deben ser de fácil accesibilidad para su diagnóstico, reparación y sustitución. Se deben tener en cuenta las recomendaciones del fabricante.

(70)

Características estructurales y

dimensionales de equipos autónomos

Accesos.

• En el exterior de una de las paredes del equipo autónomo, y en lugar y forma visible, se debe colocar las siguientes inscripciones:

GENERADORES A GAS

PROHIBIDA LA MANIPULACIÓN A TODA PERSONA AJENA AL SERVICIO

• Debe garantizarse que aquellas partes que precisen mantenimiento sean accesibles desde el exterior.

(71)

Características estructurales y

dimensionales de equipos autónomos

Instalación eléctrica

• Cuando la instalación eléctrica esté a la intemperie se debe tener un grado de protección IP 55 según Norma UNE 20324 o debe estar debidamente protegida por el fabricante del equipo.

• La clasificación de zonas de las salas será en función de su

ventilación (aire libre, medios mecánicos o natural). A este respecto, se considera que los propios generadores no dan origen a ninguna zona clasificada. Asimismo, en el caso de que existan muros o paramentos, no existirá zona clasificada al otro lado de los mismos

Instalación de iluminación

• Deben disponer de una iluminación normal eficaz y de emergencia en caso de falta de fluido eléctrico. Si el interruptor eléctrico está situado en el interior del equipo debe ser IP 33 según UNE 20324.

(72)

• La instalación de gas debe cumplir con los requisitos establecidos por la Norma UNE 60620 o UNE 60670, según corresponda.

• Sobre la derivación propia a cada generador se debe colocar antes, e

independientemente de las válvulas de control y/o seguridad del equipo, una llave de cierre manual de fácil acceso (llave de conexión al aparato).

• Se debe instalar una llave de corte general de suministro de gas lo más cerca posible y en el exterior de la sala de máquinas o equipo autónomo, de fácil acceso y localización.

• En el caso de que esto no sea posible dicha llave se puede colocar en el interior de la sala, próxima a la entrada de la conducción de gas a la sala. • No se permite que la conducción de entrada de gas a la sala atraviese la

superficie de baja resistencia mecánica. Tampoco se permite la fijación de tubería de gas alguna a dicha superficie, ni que discurra sobre la zona de

Instalación de gas en el interior de los

recintos

(73)

Aire para la combustión y

ventilación

Ventilación inferior

El borde superior se situará a una distancia 50 cm del suelo.

Con gas más denso que el aire (p.ej. propano), el borde inferior se situará a una distancia 15 cm del suelo.

Se situará a una distancia > 50 cm de cualquier otra abertura.

En el caso de entrada natural por conducto, los tramos horizontales

≤ 10 m

El RITE dice que los conductos serán menores de 10 m y la ventilación serán 7.5 cm2 x kW en vertical

10 cm2 x kW en horizontal siendo mas exigente que la UNE.

Con gas más denso que el aire (p.ej. propano), el conducto debe ser ascendente desde el exterior al interior.

En el caso de entrada por medios mecánicos, para mantener en la sala un nivel de sobrepresión con respecto a los locales contiguos (inferior a 20 Pa), se

deben dimensionar adecuadamente los orificios de ventilación superior del recinto.

(74)

Aire para la combustión y

ventilación

Ventilación superior

La distancia del borde inferior al techo será 30 cm.

En reformas de salas de máquinas existentes, se podrán colocar más bajos, siempre que su borde superior se encuentre a menos de 30 cm del techo y el inferior a menos de 50 cm.

En el caso de que la sala disponga de un orificio para mantener el nivel de sobrepresión producida por una ventilación mecánica, éste puede servir para evacuar el aire interior al aire libre.

(75)

Aire para la combustión y

ventilación

Los requisitos de superficie de ventilación (entrada y salida) y caudal para la

obtención del aire necesario para la combustión y para la ventilación en las salas de máquinas será según lo indicado en la siguiente tabla

(76)

• Se precisan medidas suplementarias de seguridad en aquellas salas de máquinas situadas en un primer sótano que utilicen un gas más denso que el aire (p.ej. propano) o para aquellas situadas por debajo de un primer sótano que utilicen un gas más ligero que el aire (p.ej. gas natural)

• Consisten en la instalación de un sistema mecánico que garantice una adecuada ventilación, de un equipo de detección que, en caso de fuga de gas, active un sistema que corte el suministro de este fluido al

recinto y, para el caso de suministrar un gas más denso que elre (p.ej. propano), de un sistema de extracción que garantice la evacuación de una eventual fuga de gas.

Medidas suplementarias de seguridad

en salas de máquinas

(77)

Sistema de detección

• Los detectores deben activarse antes de que se alcance el 30% del LIE para el gas utilizado y deben ser conformes a Normas UNE-EN.

• El RITE lo marca al 50% del LIE, al ser menos riguroso, aplicaremos la UNE.

• Se deben instalar uno por cada 25 m2 o fracción de superficie del local, con un mínimo de dos, ubicados en las proximidades de los aparatos alimentados con gas y en zonas donde se presuma pueda acumularse gas.

• Se deben instalar, en el caso de GLP, a una altura máxima de 0,2 m del suelo, adecuadamente protegidos y, en el caso de GN, a menos de 0,3 m del techo o

en el propio techo, en un lugar donde los movimientos del aire no sean impedidos por obstáculos, y nunca cerca de un flujo de aire.

• El RITE indica que la distancia debe ser menor a 0.50 m. del techo, menos exigente que la UNE.

Medidas suplementarias de seguridad

en salas de máquinas

(78)

El sistema de detección debe activar el sistema de corte. En el caso de GLP, el sistema de detección debe activar el sistema de extracción, cuando éste sea necesario.

Sistema de corte

• Debe consistir en una válvula de corte automática del tipo todo o nada

instalada en la línea de alimentación de gas a la sala de máquinas y ubicada en el exterior del recinto.

• En el caso de que esto último no fuera posible, la válvula se debe situar lo más próxima posible a la entrada de la conducción de gas a la sala. Debe ser del tipo normalmente cerrada de forma que ante una falta de energía auxiliar de accionamiento se interrumpa el suministro de gas.

Medidas suplementarias de seguridad

en salas de máquinas

(79)

Sistema de extracción (para el caso de gases más densos que el aire)

• Para garantizar en todo momento una extracción de aire en el recinto, se debe dispon-er de un equipo mecánico que entre en funcionamiento cuando el sistema de detección lo active, que permanezca en

funcionamiento hasta que las condiciones normales de operación sean restablecidas y que cumpla los siguientes requisitos.

• Equipo de extracción: Debe estar compuesto de un extractor de aire tipo centrífugo instalado en el exterior del recinto. El conjunto carcasa rodete debe estar fabricado con materiales que no produzcan chispas mecánicas y debe estar accionado por un motor eléctrico externo al conjunto, con envolvente IP 33 según Norma UNE 20324. En el caso de que el extractor no pueda instalarse en el exterior del local, puede ser ubicado en el interior lo más próximo al punto de penetración del conducto de extrac-ción en la sala de máquinas.

Medidas suplementarias de seguridad

en salas de máquinas

(80)

• Conductos de extracción: El extractor debe ser conectado a una red de conductos con bocas de aspiración dispuestas en las proximidades de los posibles puntos de fuga de gas coincidiendo, por lo general, con la situación de los detectores. La altura de las mencionadas bocas

debe ser la misma que la indicada para los detectores de gas. El

número mínimo de bocas de aspiración debe ser igual al número de detectores.

• Caudal de extracción: El caudal de extracción mínimo, expresado en m3/h, se calcula mediante la expresión siguiente, teniendo en cuenta que en todos los casos debe garantizarse un caudal mínimo de 100 m3/h:

Q = 10 x A

Medidas suplementarias de seguridad

en salas de máquinas

(81)

Muchas gracias

Carlos Gonzalo García

Gas Natural Distribución SDG, S.A. Tel: 93.402.68.03

Referencias

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