En la comuna de COPIAPO, provincia de COPIAPO, región de ATACAMA, con fecha
19/abr/2016, siendo las 11:21 y en virtud de las disposiciones y atribuciones conferidas por
el Decreto Supremo Nº 72, de 1985, cuyo texto refundido, coordinado y sistematizado fue
fijado mediante el artículo quinto del Decreto Supremo Nº 132, de 2002 y modificado por el
Decreto Supremo N° 34, de 2012, todos del Ministerio de Minería; por el Decreto Supremo
N° 248, de 2007, del Ministerio de Minería, “Reglamento para la Aprobación de Proyectos
de Diseño, Construcción, Operación y Cierre de los Depósitos de Relaves”; y por el Decreto
Ley Nº 3.525, de 1980, que “Crea el Servicio Nacional de Geología y Minería”, se
constituyen el/los funcionario/s Inspector/es de la Dirección Regional deDIRECCION
REGIONAL ATACAMA del Servicio Nacional de Geología y Minería (SERNAGEOMIN),
señor/a Alex Gutiérrez Arqueros. a efectos de proceder a la inspección/verificación de la
faena minera y sus instalaciones.
1.- Antecedentes
2.- Instalaciones Inspeccionadas
ACTA DE INSPECCIÓN
Empresa SOCIEDAD MINERA CANDELARIA LTDA. Faena PLANTA CORONA
R.U.T. Empresa 79664570-9 Producción [tmp] 35 toneladas de concentrado de cobre.
Recurso Principal
COBRE Dotación [pers] 4 personas.
Estado Faena Irregular en operación. N° Libro SNGM 2676 , empresa , hoja 01
Rep. Legal Francisco Aguirre Rodriguez.
C.I. 13.422.467-3 Dirección Callejón Pedro de Valdivia 403. Copiapó
Teléfono 993240848 Email fjar@hotmail.com
Instalación Tipo Instalación Coord. Norte
Coord. Este
Cota
PLANTA CONCENTRADORA CORONA PLANTA
CONCENTRADORA
6970035.0 367978.0 411
TRANQUE DE RELAVES CORONA DEPÓSITO -TRANQUE DE RELAVES
La/s inspección/es que con esta fecha se realiza/n, corresponde a una de carácter
Programada, consistiendo en Programa anual de fiscalización seguridad minera año 2.016.
Planta Corona se ubica en la cuesta cardones de la ciudad de Copiapó , ella procesa
minerales súlfuros de cobre a nivel de pequeña mineria , mediante las operaciones de
Molienda , flotación y depósito de relaves .
Para mi cometido fui acompañado del señor Juan Nuñez Araya , quién es el encargado de
la planta , explicó el objetivo y alcance de la fiscalización en terreno para verificar el nivel
de cumplimiento de las medidas correctivas dejadas de inspección anterior e incluir nuevas
medidas en caso que proceda en las instalaciones de Chancado , molienda , flotación y
depósito de relaves.
En contexto de seguridad la faena a mejorado bastante su gestión, se denota mayor
compromiso en temas de prevención de riesgos. Quedarán medidas correctivas para su
cumpplimiento y realización.
3.- Contratistas Inspeccionados
No se inspeccionó contratistas.
4.- Seguimiento Cumplimiento Medidas Correctivas
Con ocasión del seguimiento al cumplimiento de las medidas correctivas dejadas en
fiscalización/es anterior/es (07/ago/2015), tras la visita en terreno se constató lo siguiete:
Sobre :
MC1: Instalar y mantener señalizado el depósito de relaves : Medida cumplida..
MC2: Reemplazar extintor vencido y generar acceso expedito a el y evaluación de la
cantidad de extintor para la faena : Medida cumplida.
MC3: Instalar y mantener protecciones a sistemas de transmisión de movimientos : Medida
cumplida.
MC4: Instalar señalética de riesgo de atrapamiento y de uso obligatorio de EPP en sector
trapiches. Medida cumplida.
MC6: Tener libro manifold : Medida cumplida.
MC7: Tener asesoria de asesor de prevención de riesgos a lo menos 6 meses. Medida
cumplida.
5.- Hallazgos
A continuación se detallan los hallazgos de la inspección, con sus respectivas medidas
correctivas:
En Instalacion PLANTA CONCENTRADORA CORONA
Hallazgo Nuevo Hallazgo
Detalle Hallazgo Detalle del Hallazgo Artículo Infringido 624
Medida Correctiva [1/1] Colocar baranda costado Este piscinas de agua que impida caída a distinto nivel.
Plazo de cumplimiento efectivo 19/abr/2016 - 07/may/2016
Detalle Medida Colocar baranda costado Este piscinas de agua que impida caída a distinto nivel.Medida de ejecución inmediata.
Responsable Mandante:SOCIEDAD MINERA CANDELARIA LTDA.
En Instalacion PLANTA CONCENTRADORA CORONA Hallazgo Tableros elétricos abiertos y sin señalización.
Detalle Hallazgo Tableros elétricos abiertos y sin señalización en sala partidor de trapiches.
Artículo Infringido 606
Medida Correctiva [1/1] Tener de manera permanente tableros eléctricos cerrados y señalizados.
Plazo de cumplimiento efectivo 19/abr/2016 - 07/may/2016
Detalle Medida Se deberá tener de manera permanente los tableros elétricos cerrados y señalizado en sala partidor de trapiches. A demás se deberá instruir al personal sobre la obediencia a respetar lo descrito en el Hallazgo. Responsable Mandante:SOCIEDAD MINERA CANDELARIA LTDA.
En Instalacion PLANTA CONCENTRADORA CORONA
Hallazgo Falta protección a sistemas de transmisición de movimiento.
Detalle Hallazgo Falta protección a sistemas de transmisición de movimiento a bomba relave final y a su vez se deberá mejorar protección a trapiche 2 ya que la protección presenta grandes orificios que facilmente puede caber una mano.
Artículo Infringido 624
Medida Correctiva [1/1] Colocar protección a sistemas de transmisión de movimientos. Plazo de cumplimiento efectivo 19/abr/2016 - 17/may/2016
Detalle Medida Colocar protección a sistemas de transmisición de movimiento a bomba relave final y a su vez se mejorar protección a trapiche 2 , ya que la protección presenta grandes orificios que facilmente puede caber una mano.Medida de ejecución inmediata.
Responsable Mandante:SOCIEDAD MINERA CANDELARIA LTDA.
En Instalacion PLANTA CONCENTRADORA CORONA
Hallazgo Piso transito de personas , sector flotación en codiciones desfaborables.
Detalle Hallazgo Piso tablones en sector flotación muy poco afianzado y en condiciones desfaborables .
Artículo Infringido 013
Medida Correctiva [1/1] Mejorar piso de tablones en transito de personal , sector celdas de flotación.
Plazo de cumplimiento efectivo 19/abr/2016 - 22/jun/2016
Detalle Medida Mejorar piso tablones en sector flotación para que personal transite de manera confiada y segura .Medida de ejecución inmedidata.
Responsable Mandante:SOCIEDAD MINERA CANDELARIA LTDA.
En Instalacion PLANTA CONCENTRADORA CORONA Hallazgo Falta presentar proyecto planta.
Detalle Hallazgo Falta presentar proyecto planta , se evidencia el montaje de un molino y cintas transportadoras .
Artículo Infringido 597
Medida Correctiva [1/1] Presentar proyecto planta de beneficio. Plazo de cumplimiento efectivo 19/abr/2016 - 14/jun/2016
Detalle Medida Presentar proyecto planta , se evidencia el montaje de un molino y cintas transportadoras .
Responsable Mandante:SOCIEDAD MINERA CANDELARIA LTDA.
En Instalacion Faena (Artículos Genéricos) Hallazgo Falta orden y aseo en bodega
Detalle Hallazgo Falta orden y aseo en bodega , se evidencia fierros , despuntes y otros. Artículo Infringido 013
Medida Correctiva [1/1] Realizar orden y limpieza sector bodega. Plazo de cumplimiento efectivo 19/abr/2016 - 24/may/2016
Detalle Medida Realizar y mantener orden y aseo en bodega , se evidencia fierros , despuntes y otros.
Responsable Mandante:SOCIEDAD MINERA CANDELARIA LTDA.
En Instalacion TRANQUE DE RELAVES CORONA
Hallazgo Señalización depósito de relaves , fuera de lugar. Detalle Hallazgo Señalización depósito de relaves , fuera de lugar. Artículo Infringido 619
6.- Observaciones Empresa
No hay observaciones por parte de la empresa.
Observaciones a la Empresa
No hay observaciones para la empresa.
7.- Solicitud de Antecedentes Adicionales
No se solicita antecedentes adicionales.
8.- Firmas
En este acto se informa a la Empresa Minera Mandante que dentro del plazo de 5 días
hábiles, a contar de esta fecha, puede presentar por escrito los descargos, alegaciones,
defensas u otros antecedentes que estime pertinente en la Dirección Regional
correspondiente del Servicio Nacional de Geología y Minería.
La Empresa Minera Mandante, deberá responder al Servicio del cumplimiento de las
medidas correctivas originadas a raíz de esta inspección, las que deberán ser ejecutadas
en los plazos estipulados e informadas por medio del sistema SIMIN 2.0 desarrollado por el
Servicio, o bien por medio de carta dirigida al Director Regional Sr. MARCELO DIAZ
SUAZO, ubicado en BERNARDO O´HIGGINS 340 , debiendo acompañar los respaldos
que acrediten dicho cumplimiento, sea por medios impresos o digitales, de acuerdo al
artículo 17 del Reglamento de Seguridad Minera.
La Empresa Minera Mandante y sus Empresas Contratistas (si existiesen), deberán dar
cabal cumplimiento en todos y cada uno de los artículos que les son aplicables de los
Plazo de cumplimiento efectivo 19/abr/2016 - 26/abr/2016
Detalle Medida Colocar e instalar letrero señalización depósito de relaves. Responsable Mandante:SOCIEDAD MINERA CANDELARIA LTDA.
Nombre y Apellido Organización/Sernageomin Cargo Firma Juan Nuñez Araya. Sociedad minera Candelaria. Encargado de planta.
Alex Gutiérrez Arqueros. Sernageomin Inspector de Seguridad Minera