PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES QUE HA DE REGIR LA ADJUDICACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL CONTRATO DE SUMINISTRO, INSTALACIÓN Y MANTENIMIENTO PREVENTIVO DE UN DINAMÓMETRO ISOCINÉTICO PARA LA CLÍNICA COPÉRNICO DE “MUTUAL MIDAT CYCLOPS, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 1” (EN ADELANTE, MC MUTUAL), SITA EN BARCELONA, CALLE COPÉRNICO, Nº 58.
APROBADO POR LA REPRESENTACIÓN DEL ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DE “MUTUAL MIDAT CYCLOPS, MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 1” EN FECHA 6 DE JULIO DE 2011.
CLÁUSULA 1ª - OBJETO DEL CONTRATO ...4
CLÁUSULA 2ª - NATURALEZA Y RÉGIMEN DEL CONTRATO...4
CLÁUSULA 3ª - DIVISIÓN EN LOTES...6
CLÁUSULA 4ª - PLAZO...6
CLÁUSULA 5ª - PRESUPUESTO DEL CONTRATO ...7
CLÁUSULA 6ª - REVISIÓN DE PRECIOS ...8
CLÁUSULA 7ª - CAPACIDAD PARA CONTRATAR CON LA MUTUA Y SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA ...8
CLÁUSULA 8ª - PROHIBICIONES DE CONTRATAR ...11
CLÁUSULA 9ª - CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA...11
CLÁUSULA 10ª - PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN ...11
CLÁUSULA 11ª - ÓRGANO DE CONTRATACIÓN ...12
CLÁUSULA 12ª - PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES ...12
CLÁUSULA 13ª - CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES ...15
CLÁUSULA 14ª - GARANTÍAS...26
CLÁUSULA 15ª - MEJORAS Y VARIANTES ...26
CLÁUSULA 16ª - ADMISIÓN DE OFERTAS Y EXAMEN DE PROPOSICIONES ...27
CLÁUSULA 17ª - CRITERIOS DE VALORACIÓN DE LAS PROPOSICIONES PRESENTADAS ...28
CLÁUSULA 18ª - ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO...32
CLÁUSULA 19ª - NULIDADES Y NO ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO ...34
CLÁUSULA 20ª - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO ...35
CLÁUSULA 21ª - EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO...35
CLÁUSULA 22ª - RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA ...39
CLÁUSULA 26ª - PENALIZACIONES ...43
CLÁUSULA 27ª - CONFIDENCIALIDAD Y PROTECCIÓN DE DATOS PERSONALES ...44
CLÁUSULA 28ª - VARIACIONES DEL CONTRATO ...46
CLÁUSULA 29ª - CESIÓN DEL CONTRATO Y SUBCONTRATACIÓN. DETERMINACIÓN DE LAS PRESTACIONES SOBRE LAS QUE SE PERMITE ...47
CLÁUSULA 30ª - FACTURACIÓN...47
CLÁUSULA 31ª - EXTINCIÓN DEL CONTRATO ...48
CLÁUSULA 32ª - JURISDICCIÓN COMPETENTE ...50
ANEXO Nº 0: MODELO DE SOLICITUD DE PARTICIPACIÓN EN LICITACIÓN, ENTREGA Y RETIRADA DE DOCUMENTOS ...51
ANEXO Nº 1: CONDICIONES GENERALES Y PARTICULARES DEL CONTRATO ...52
ANEXO Nº 2: MODELO DE PROPOSICIÓN ECONÓMICA. (SOBRE Nº 2)...59
ANEXO Nº 3: DECLARACIÓN DE COBERTURA DE RESPONSABILIDAD (SOBRE Nº 1 o si OEMV) ...61
ANEXO Nº 4: JUSTIFICACIÓN DE LA SOLVENCIA ECONÓMICA (SOBRE Nº 1) ...62
ANEXO Nº 5: JUSTIFICACIÓN DE LA SOLVENCIA TÉCNICA Y PROFESIONAL (SOBRE Nº 1)...64
ANEXO Nº 6: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE NO CONCURRENCIA DE PROHIBICIONES PARA CONTRATAR, DE DISPOSICIÓN DE HABILITACIÓN EXIGIBLE Y DOTACIÓN DE MEDIOS SUFICIENTES PARA LA EJECUCIÓN DEL CONCIERTO (SOBRE Nº 1)...67
ANEXO Nº 7: MODELO DE DECLARACIÓN RESPONSABLE DE ENTIDADES VINCULADAS (SOBRE Nº 1)...69
ANEXO Nº 8: MODELOS DE PRESENTACIÓN DE MEJORAS (SOBRE Nº 2) ...70
ANEXO Nº 9: MODELO DE DECLARACIÓN DE CONFIDENCIALIDAD (SI ADJUDICATARIO) ...71
1.1.- Objeto. El objeto del contrato consiste en la adquisición, instalación y mantenimiento
preventivo de un Dinamómetro Isocinético para equipar el Servicio de Rehabilitación de Clínica Copérnico de “MUTUAL MIDAT CYCLOPS, Mutua de Accidentes de Trabajo y Enfermedades Profesionales de la Seguridad Social número 1” (en adelante, MC MUTUAL o LA MUTUA), sito en calle Copérnico nº 58 de Barcelona, de conformidad con las especificaciones contenidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares.
1.2.- Requerimientos técnicos y personales. En el presente Pliego y en el ANEXO Nº 1
adjunto al mismo se establecen las condiciones específicas de prestación del servicio objeto de contrato.
El incumplimiento de las prescripciones establecidas en este Pliego, tanto en lo relativo a los requerimientos generales como en los trabajos a realizar, supondrá la exclusión de la oferta del proceso de valoración.
1.3.- Alcance del servicio. La descripción detallada de la prestación del servicio, así como la
forma y lugar en que debe realizarse, se especifican en el ANEXO Nº 1 del presente pliego.
1.4.- Otros gastos. Igualmente se consideran incluidos en el contenido del objeto del contrato
que se suscriba todos los gastos que se deriven de la ejecución del presente servicio.
CLÁUSULA 2ª - NATURALEZA Y RÉGIMEN DEL CONTRATO
2.1.- Naturaleza. El contrato tiene la naturaleza de contrato privado, en virtud de lo dispuesto en
el artículo 20 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP), y se regirá por las cláusulas comprendidas en este pliego, así como por las “Instrucciones Internas de Contratación” de la mutua, disponibles en el perfil de contratante indicado en la cláusula 10ª del presente Pliego de Condiciones Particulares.
La Categoría del servicio, de acuerdo con lo establecido en el Anexo II de la Ley 30/2007, de 30 de Octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP):
Categoría 1: Servicios de mantenimiento y reparación.
Los Códigos CPV establecidos en el Reglamento (CE) nº 213/2008, de la Comisión Europea de 28 de noviembre de 2007, que modifica el Reglamento (CE) no 2195/2002 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se aprueba el Vocabulario común de contratos públicos (CPV), y las Directivas 2004/17/CE y 2004/18/CE del Parlamento Europeo y del Consejo sobre los procedimientos de los contratos públicos, en lo referente a la revisión del CPV del suministro y del servicio objeto de contrato son los siguientes:
33000000-1: Equipamiento médico.
50800000-3: Servicios varios de reparación y mantenimiento.
2.2.- Regulación y Procedimiento de adjudicación. En atención a que el servicio licitado se
halla comprendido en la categoría 1 del Anexo II de la LCSP, no se halla sometido a la regulación armonizada prevista en la sección 2ª del Capítulo II del Título Preliminar de dicha Ley y se licitará a través del Procedimiento Abierto previsto en las “Instrucciones internas de
contratación de la Mutua” disponibles en el perfil de contratante, y se regirá por las cláusulas
comprendidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares.
El empresario acepta de forma expresa la sumisión a la normativa anteriormente citada, así como a la normativa de desarrollo de la misma y al presente Pliego de Condiciones Particulares, el cual formará parte integrante del contrato.
Cualquier contradicción entre el presente Pliego de Condiciones Particulares y los demás documentos contractuales, una vez el contrato se hubiese adjudicado y firmado, se resolverá siempre con la aplicación preferente de lo dispuesto en éste sobre aquellos.
especialmente en lo que respecta a la legislación laboral y fiscal, así como de Seguridad Social y de Prevención de Riesgos Laborales.
Dicha obligación, se extiende a las normas que puedan promulgarse durante la ejecución del contrato, debiendo el contratista en todo momento acomodar sus actuaciones a dichas normas.
A la extinción del presente contrato, no podrá producirse en ningún caso la consolidación de las personas que hayan realizado los trabajos objeto del contrato como personal de la Mutua.
CLÁUSULA 3ª - DIVISIÓN EN LOTES
3.1.- No existe división por lotes en la presente licitación.
CLÁUSULA 4ª - PLAZO
4.1.- Duración del contrato. La duración del contrato derivado de esta licitación será de:
a) El suministro del equipo objeto de la presente licitación deberá tener lugar en el plazo
de TREINTA DIAS (30) días naturales a contar desde la firma del contrato.
b) La instalación y puesta en funcionamiento de dicho equipo será de OCHO (8) días naturales a contar desde el día de la entrega en el centro de destino.
c) El servicio de mantenimiento preventivo será de DOS (2) años, a contar desde la puesta en funcionamiento del equipo objeto de suministro.
5.1.- Importe. De conformidad con lo previsto en el artículo 76 de la Ley de Contratos del Sector
Público, el valor máximo estimado de esta licitación, asciende a la cantidad de CINCUENTA
Y OCHO MIL QUINIENTOS VEINTE EUROS (58.520 €), (I.V.A. excluido), es decir, a SESENTA Y TRES MIL DOSCIENTOS UN EUROS CON SESENTA CENTIMOS (63.201,60 €) (I.V.A. incluido),
DURACION TOTAL DEL CONTRATO
(SUMINISTRO+MANTENIMIENTO)
IMPORTE SIN I.V.A. 58.520,00 €
IMPORTE CON I.V.A. 63.201,60 €
5.2.- Tarifas y precios. El sistema de determinación del precio que ha de regir esta licitación, ha
consistido en la ponderación de los costes actuales con las tarifas de mercado, que tendrán la consideración de precios máximos.
5.3.- Excesos. Quedarán rechazadas aquellas ofertas económicas que excedan del presupuesto
presupuestarias siguientes del presupuesto de inversiones:
633 – Maquinaria, instalaciones y utillaje
Se deja constancia expresa de que, para el año 2011, se han cumplido los trámites precisos para asegurar la existencia de crédito para atender las obligaciones que se deriven del cumplimiento del contrato.
5.5.- Impuestos. Tanto en las ofertas que formulen los licitadores (según modelo adjunto como ANEXO Nº 2), como en el presupuesto de adjudicación se entenderán comprendidos a
todos los efectos, no sólo el precio objeto del Contrato, sino los tributos de toda índole que graven los diversos conceptos, y en especial el Impuesto sobre el Valor Añadido, siendo repercutido como partida independiente, en caso de devengarse.
CLÁUSULA 6ª - REVISIÓN DE PRECIOS
6.1.- No procede.
CLÁUSULA 7ª - CAPACIDAD PARA CONTRATAR CON LA MUTUA Y SOLVENCIA ECONÓMICA, FINANCIERA Y TÉCNICA
7.1.- Aptitud. Podrán tomar parte en la licitación las personas naturales y jurídicas, españolas o
extranjeras, que tengan plena capacidad de obrar, no estén incursas en una prohibición de contratar y acrediten su solvencia económica, financiera y técnica o profesional.
produjese extinción de la personalidad jurídica de la empresa licitadora por fusión, escisión o por la transmisión de su patrimonio empresarial, sucederá en su posición en el procedimiento la sociedad absorbente, la resultante de la fusión, la beneficiaria de la escisión o la adquirente del patrimonio, siempre que reúna las condiciones de capacidad y ausencia de prohibiciones de contratar y acredite la solvencia en las condiciones exigidas en el presente Pliego de Condiciones Particulares para poder participar en el procedimiento de adjudicación.
7.2.- Habilitación. De acuerdo con lo establecido en la cláusula 13.5º del presente pliego, los
empresarios deberán contar, asimismo, con la habilitación empresarial o profesional que, en su caso, sea exigible para la realización de la actividad o prestación del servicio que constituye el objeto del contrato, así como disponer de una organización con los elementos necesarios y suficientes para la debida ejecución del contrato, quedando el adjudicatario obligado a dedicar o adscribir a la ejecución del mismo los medios personales o materiales suficientes para ello.
7.3.- Reciprocidad. Las personas físicas o jurídicas de Estados no pertenecientes a la Unión
Europea deberán justificar mediante informe de la respectiva Misión Diplomática Permanente española, que se acompañará a la documentación que se presente, que el Estado de procedencia de la empresa extranjera admite a su vez la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la Ley de contratos del Sector Público, en forma sustancialmente análoga.
Se prescindirá del informe sobre reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio y se acredite dicha circunstancia.
Asimismo, en el informe previsto en el apartado anterior deberá hacerse constar que figura inscrita en el registro local o profesional, comercial o análogo, o, en su defecto, que actúa habitualmente en el tráfico local dentro del ámbito de las actividades a las que se refiere el objeto del contrato.
tenor de sus estatutos o reglas fundacionales, les sean propios, estar esta relación debidamente acreditada por aquellas, y deben disponer de una organización con elementos personales y materiales suficientes para la correcta ejecución del contrato.
7.5.- Capacidad. Tendrán capacidad para contratar, en todo caso, las empresas no españolas
de Estados miembros de la Unión Europea que, con arreglo a la legislación del Estado en que estén establecidas, se encuentren habilitadas para realizar la prestación de que se trate.
7.6.- Autorización. Cuando la legislación del Estado en que se encuentren establecidas estas
empresas exija una autorización especial o la pertenencia a una determinada organización para poder prestar en él el suministro de que se trate, deberán acreditar que cumplen este requisito.
7.7.- Uniones Temporales de Empresarios. También podrán participar Uniones Temporales
de Empresarios, estándose en tales supuestos a lo dispuesto en el artículo 48 y concordantes de la Ley de Contratos del Sector Público.
7.8.- Representación. Los empresarios que contraten con la Mutua podrán hacerlo por sí o
mediante la representación de personas debidamente facultadas para ello.
7.9.- Documentación a aportar. La empresa que haya presentado la oferta económicamente
más ventajosa, deberá presentar al órgano de contratación, antes de la adjudicación del contrato, y a requerimiento de la Mutua, los documentos que acrediten estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y para con la Seguridad Social, en los términos previstos en la Ley de Contratos del Sector Público, debiendo aportar para ello la documentación establecida en la cláusula 13.6º B del presente pliego.
7.10.- Solvencia. La solvencia económica, financiera, técnica y profesional se acreditará
8.1.- Prohibición. No podrán contratar con la Mutua las personas en quienes concurra alguna de
las circunstancias previstas en el artículo 49 de la Ley de Contratos del Sector Público, estándose, en cuanto a la declaración de la concurrencia de prohibiciones de contratar y efectos a lo dispuesto, a su vez, en el artículo 50 de dicha Ley.
De acuerdo con lo anterior, todos los licitadores deberán presentar, junto con su oferta, el
ANEXO 6 debidamente cumplimentado.
CLÁUSULA 9ª - CLASIFICACIÓN DEL CONTRATISTA
9.1.- No se exige.
CLÁUSULA 10ª - PUBLICIDAD DE LA LICITACIÓN
10.1.- Anuncios. Con el fin de dar cumplimiento a lo dispuesto en el artículo 42 de la Ley
30/2007, de 30 octubre, de Contratos del Sector Público, la información relativa a la presente licitación podrá ser consultada a través del “Perfil de contratante” de MUTUAL MIDAT CYCLOPS, MATEPSS Nº 1, mediante el acceso a la siguiente dirección electrónica de la Plataforma de Contratación del Estado:
www.contrataciondelestado.es
Así mismo, la información estará disponible en la página web de la Mutua:
11.1.- De conformidad con lo dispuesto en las “Instrucciones Internas de Contratación de la Mutua”, disponibles en el perfil de contratante indicado en la cláusula 10ª del presente
Pliego de Condiciones Particulares, la representación de la Mutua para la celebración de contratos en nombre de ésta es ejercida por el Director Gerente y Director Gerente Adjunto, en atención a la delegación de facultades atribuidas por la Junta Directiva, como Órgano de Contratación.
CLÁUSULA 12ª - PRESENTACIÓN DE PROPOSICIONES
12.1.- Plazo admisión ofertas. En el plazo de OCHO (8) DÍAS LABORABLES computados en
los términos previstos en el punto 35 de las “Instrucciones Internas de Contratación” de MC MUTUAL, a contar desde la fecha del anuncio de la licitación del concierto publicado en el “Perfil de Contratante”, indicado en la cláusula 10ª del presente Pliego de Condiciones Particulares, el empresario interesado podrá presentar una proposición, por sí o por representante debidamente apoderado, que irá acompañada de una solicitud conforme al modelo adjunto como ANEXO Nº 0, y de la documentación detallada en el presente pliego.
12.2.- Documentación a presentar. El empresario interesado, por sí o por representante
debidamente apoderado, deberá presentar obligatoriamente junto a su proposición una solicitud de participación en la licitación cumplimentando el modelo que se incluye como
ANEXO Nº 0 del presente Pliego de Condiciones Particulares.
La presentación de la oferta será secreta y supondrá la aceptación incondicionada por el empresario del contenido de la totalidad de dichas cláusulas o condiciones, sin salvedad o reserva alguna.
Asimismo, deberá indicarse una dirección de correo electrónico en que efectuar las notificaciones.
12.3.- Número de proposiciones. Cada licitador sólo podrá presentar una única proposición,
salvo en el supuesto de variantes o mejoras autorizadas en este Pliego, no pudiendo suscribir propuesta en unión temporal con otros empresarios si lo ha hecho individualmente, ni figurar en más de una unión temporal.
El incumplimiento de lo anterior dará lugar a la inadmisión de todas las propuestas por él suscritas.
12.4.- Número de Sobres. La solicitud, cuyo modelo aparece adjunto al presente pliego como ANEXO Nº 0, irá acompañada de DOS SOBRES CERRADOS, identificados en su cubierta
exterior con la indicación de que se trata:
SOBRE Nº 1: DOCUMENTACIÓN GENERAL.
SOBRE Nº 2: OFERTA TÉCNICA Y ECONÓMICA EVALUABLES
AUTOMÁTICAMENTE
El contenido de dichos sobres será el descrito en el apartado 13ª del presente Pliego.
12.5.- Consultas y solicitud de información. Las entidades licitadoras podrán solicitar cuanta
información estimen necesaria con el fin de elaborar sus ofertas.
De acuerdo con lo anterior, deberán remitir sus solicitudes, por escrito e incluyendo el número de referencia de la presente licitación (N201100156), a la siguiente dirección de correo electrónico:
12.6.- Lugar de entrega. La solicitud, sobres y documentación señalados en el presente Pliego
se presentarán en mano, en lengua castellana, como mínimo, en las instalaciones de la
sede central de la Mutua sita en la ciudad de Barcelona, AVENIDA JOSEP TARRADELLAS, NÚMERO 14-18 (C.P.: 08029) a la atención del ÓRGANO DE CONTRATACIÓN DE MUTUAL MIDAT CYCLOPS, MATEPSS Nº1.
12.7.- Todos los documentos que se presenten deberán ser originales o copias legalizadas
impidan conocer claramente lo que se estime fundamental en la oferta presentada.
12.9.- Al recibirse dicha documentación se dará al presentador, como “acuse de recibo”, una
copia del ANEXO Nº 0 presentado por el propio empresario licitador o su representante (representante legal o persona expresamente designada por éste), en el que la Mutua rellenará y firmará la parte correspondiente al día y hora de la presentación de dicha documentación.
CLÁUSULA 13ª - CONTENIDO DE LAS PROPOSICIONES
Los sobres contendrán los siguientes documentos:
SOBRE Nº 1: “DOCUMENTACIÓN GENERAL”
Se presentará en un único sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que legalmente lo represente, con identificación de la licitación de que se trate, y del licitador.
De acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre se consignarán los datos siguientes:
CONTENIDO: En el interior del sobre se hará constar un índice con su contenido en hoja
independiente, enunciado numéricamente, debiendo contener los siguientes documentos
originales o legalizados (mediante testimonio notarial o compulsa) de los mismos: SOBRE Nº 1
“DOCUMENTACIÓN GENERAL”
IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN………..……….……….….…...… REFERENCIA DE LA LICITACIÓN... NOMBRE COMPLETO -Y SIGLAS, EN SU CASO- DEL LICITADOR:………... C.I.F. O N.I.F.:... DIRECCIÓN:... TELÉFONO: ...FAX:...CORREO ELECTRÓNICO:…...………... NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITADOR (EN SU CASO)…………....…. FIRMA (S) DEL LICITADOR O DE SU REPRESENTANTE LEGAL ……..………..…..
Los licitadores deberán acreditar su personalidad jurídica y capacidad de obrar en los siguientes términos:
a) Si los licitadores fueran empresarios individuales, deberán acompañar
fotocopia debidamente legalizada del Documento Nacional de Identidad (D.N.I.) o del documento que, en su caso, le sustituya reglamentariamente.
b) Si los licitadores fueran personas jurídicas españolas, la acreditación de la
capacidad de obrar se realizará mediante la escritura o documento de
constitución, de modificación, estatutos o acto fundacional, en el que
consten las normas por las que se regula su actividad, debidamente inscritos, en su caso, en el Registro público que corresponda, según el tipo de persona jurídica de que se trate, de acuerdo con lo previsto en el artículo 61 de la LCSP.
c) En todo caso, las personas jurídicas españolas deberán presentar fotocopia
debidamente legalizada de la Tarjeta de Identificación Fiscal (C.I.F.), salvo que conste en la documentación requerida en el apartado b) antedicho.
d) Cuando los licitadores sean empresarios no españoles que sean
nacionales de Estados miembros de la Unión Europea, la capacidad de
obrar se acreditará por su inscripción en el Registro procedente, de acuerdo con la legislación del Estado donde están establecidos, o mediante la presentación de una declaración jurada o un certificado de acuerdo con las disposiciones comunitarias de aplicación en los términos exigidos en los artículos 47 y 61.2 de la Ley 30/2007, de 30 de octubre, de Contratos del Sector Público (en adelante, LCSP) y en el artículo 9 del Real Decreto 1098/2001, de 12 de octubre, por el que se aprueba el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas (en adelante, RGLCAP).
regulada en el artículo 47.2 de la LCSP o, en caso de no necesitarla para ejecutar el contrato, deberán presentar una declaración responsable en la que se haga constar dicha circunstancia.
e) La capacidad de obrar de los demás empresarios extranjeros se acreditará
en los términos exigidos en los artículos 47 y 61.3 de la LCSP y en el artículo 10 del RGLCAP.
A estos efectos, deberán aportar informe de la respectiva Misión
Diplomática Permanente de España en el Estado correspondiente o de la Oficina Consular en cuyo ámbito territorial radique el domicilio de la empresa
en la que se haga constar que figuran inscritas en el Registro local profesional, comercial o análogo o, en su defecto, que actúan con habitualidad en el tráfico local en el ámbito de las actividades a las que se extiende el objeto de este contrato.
Asimismo, deberán acompañar Informe de la Misión Diplomática
Permanente española que justifique que el Estado de procedencia de la
empresa extranjera admite, a su vez, la participación de empresas españolas en la contratación con la Administración y con los entes, organismos o entidades del sector público asimilables a los enumerados en el artículo 3 de la LCSP en forma sustancialmente análoga.
Se prescindirá del informe de reciprocidad en relación con las empresas de Estados signatarios del Acuerdo sobre Contratación Pública de la Organización Mundial de Comercio, lo que deberá ser acreditado mediante
Informe de la Misión Diplomática Permanente española o del Ministerio de Economía y Hacienda en tal sentido.
S1.2º.- Acreditación, en su caso, de la representación.
Los representantes que comparezcan o firmen proposiciones en nombre de otro presentarán:
a) Documento que acredite su personalidad: Documento Nacional de
Identidad (D.N.I.) en vigor para españoles o documento que legalmente lo sustituya : pasaporte y, en su caso, tarjeta comunitaria o de autorización de residencia y permiso de trabajo para extranjeros, etc.).
b) Poder bastante en Derecho a su favor, debidamente inscrito en el Registro
Mercantil si se trata de personas jurídicas por imperativo de la legislación Mercantil, que le habilite para concurrir en nombre del representado a la celebración de contratos. Si se trata de un poder para acto concreto no es necesaria la inscripción en el Registro Mercantil, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 94.5 del Reglamento del Registro Mercantil.
S1.3º.- Compromiso de constitución de Unión Temporal de Empresas (en adelante, UTE), en su caso.
Cuando dos o más empresas acudan a la licitación agrupadas en Unión Temporal
de Empresas (U.T.E.), cada uno de los empresarios que la componen deberá
acreditar su personalidad y capacidad, debiendo indicar en documento privado los nombres y circunstancias de los empresarios que la suscriban, la participación de cada uno de ellos, el compromiso de constituirse formalmente en unión temporal, caso de resultar adjudicatarios, y la persona o entidad que, durante la vigencia del contrato, ha de ostentar la plena representación de todos ellos frente a la Mutua.
El citado documento deberá estar firmado por los representantes de cada una de las empresas componentes de la U.T.E.
S1.4º.- Acreditación de la solvencia económica, financiera y técnica o profesional de las empresas.
A.- Solvencia económica y financiera:
Esta circunstancia se acreditará mediante la presentación de uno de los siguientes documentos:
Póliza de Responsabilidad Civil vigente durante el período de duración
del contrato estimado en la presente licitación por importe de TREINTA Y
CINCO MIL EUROS (35.000 €), así como el documento acreditativo de su
pago, junto con el ANEXO Nº 3, adjunto al presente Pliego de condiciones Particulares.
Declaración sobre el volumen global de negocios en el ámbito de
actividades correspondiente al objeto del contrato, referido como máximo a los TRES (3) últimos ejercicios disponibles en función de la fecha de creación o de inicio de las actividades del empresario, en la medida en que se disponga de las referencias de dicho volumen de negocios (ANEXO Nº
4), en que se acredite que dicha cifra acumulada es igual o superior a tres
veces el importe de licitación (sin I.V.A.).
B.- Solvencia técnica o profesional
Las empresas licitadoras deberán disponer de experiencia en el suministro de bienes y mantenimiento de las mismas características que las del presente contrato. Así mismo deben disponer del material, equipo técnico y humano necesario para la prestación objeto de la presente licitación.
Las entidades licitadoras deberán aportar en este Sobre nº 1 la siguiente documentación con el fin de acreditar estar en posesión de las condiciones mínimas de solvencia técnica y profesional:
1.- Documento que acredite la condición de distribuidor de todos los elementos que componen el suministro. El distribuidor acreditará la
vinculación con el fabricante y acreditará la capacidad del mismo para vender, instalar, formar y mantener el equipamiento.
2.- Garantía de la continuidad de la prestación de los servicios de asistencia y repuestos durante un mínimo de QUINCE (15) años, para
todos los elementos que componen el suministro.
3.- Relación de los suministros realizados en los últimos TRES (3) años a
otros clientes del mismo equipamiento, debiendo constar alguno que corresponda a la misma maquinaria objeto del presente suministro (dicha relación deberá presentarse mediante la cumplimentación y presentación del ANEXO Nº 5 adjunto al presente Pliego de Condiciones Particulares).
4.- Homologación y certificaciones Comunidad Europea (CE).
5.- Acreditación de certificados de calidad ISO-9001 e ISO 13485 del
producto y de la empresa distribuidora.
6.- Acreditará la capacidad de actualización del software del
equipamiento.
S1.5º.- Habilitaciones profesionales o empresariales.
Todos los licitadores deberán disponer de las habilitaciones, licencias o permisos legalmente necesarios que precisen las actividades objeto del contrato, ya sean de carácter estatal, autonómico o local, acreditándose, en su caso, esta circunstancia mediante la aportación de los correspondientes certificados emitidos por la autoridad competente, en el supuesto de resultar su oferta la económicamente más ventajosa.
De acuerdo con lo anterior, todos los empresarios, sin perjuicio de la obligación de la aportación de dicha documentación, en su caso, en el supuesto de resultar la oferta económicamente más ventajosa, deberán presentar junto con su oferta en el presente sobre la declaración responsable (ANEXO Nº 6 adjunto al presente), debidamente cumplimentada, con el fin de acreditar que ostenta las habilitaciones empresariales o profesionales requeridas en el presente pliego.
S1.6º.- Declaración responsable de no estar incurso el licitador en las prohibiciones para contratar recogidas en el artículo 49 de la LCSP firmada por el representante del mismo y con las formalidades establecidas en el artículo 62.1 de la LCSP.
A.- La prueba, por parte de todos los empresarios, de no estar incursos en las
prohibiciones para contratar definidas en el art. 49.1 de la LCSP podrá realizarse mediante cualesquiera de los medios establecidos en el artículo 62 de la LCSP, o bien mediante la cumplimentación de la declaración responsable que se adjunta como ANEXO Nº 6 al presente pliego.
B.- La declaración responsable a que se refiere el párrafo anterior (ANEXO Nº 6) comprenderá, además la circunstancia expresa de hallarse al corriente en
el cumplimiento de las obligaciones tributarias y con la Seguridad Social impuestas por las disposiciones vigentes.
S1.7º.- Disposición de medios materiales y personales suficientes.
Todos los empresarios deberán aportar la declaración responsable (ANEXO Nº 6
adjunto al presente), debidamente cumplimentada, con el fin de acreditar el compromiso de disposición y dotación de medios materiales y personales suficientes para la ejecución del contrato objeto de licitación, sin perjuicio de su acreditación en el supuesto de resultar su oferta la económicamente más ventajosa.
S1.8º.- Empresas vinculadas o pertenecientes a un mismo grupo de empresas.
A los efectos de lo previsto en el artículo 86 del RGLCAP, todos los licitadores presentarán una declaración responsable (según ANEXO Nº 7) en la que se relacionarán aquellas otras empresas del grupo, entendiendo por tales las que se encuentren en alguno de los supuestos del artículo 42 del Código de Comercio, que han presentado proposiciones a la licitación o, en su lugar, manifestarán expresamente que no se presentan proposiciones por otras empresas del grupo.
S1.9º.- Declaración de sumisión a la Jurisdicción española.
Las empresas extranjeras aportarán una declaración responsable de someterse a la jurisdicción de los Juzgados y Tribunales españoles de cualquier orden para todas las incidencias que, de modo directo o indirecto, pudieran surgir del contrato con renuncia, en su caso, al fuero jurisdiccional extranjero que pudiera corresponder al licitante.
S1.10º.- Contratación con empresas que tengan en su plantilla personas con discapacidad.
Todos los empresarios podrán presentar, al sólo efecto de determinar la
preferencia en la adjudicación del contrato conforme establece la Disposición adicional sexta de la LCSP, la documentación que acredite, en su caso, la pertenencia a la plantilla de la empresa de un número de trabajadores minusválidos no inferior al DOS POR CIENTO (2%) de la misma.
SOBRE Nº 2: “OFERTA ECONÓMICA Y TÉCNICA EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE”
Se presentará en sobre cerrado, firmado por el licitador o persona que lo represente, con identificación de la licitación de que se trate, y del licitador.
De acuerdo con ello, en forma y lugar bien visibles, en la cubierta del sobre se consignarán los datos siguientes:
CONTENIDO: En el interior del sobre se hará constar un índice con su contenido en hoja
independiente, enunciado numéricamente, y que contendrá las proposición económica y técnica presentada por el licitador que sea evaluable de forma automática, perfectamente identificadas y diferenciadas mediante dossieres/carpetas independientes.
Dicha documentación, tanto de la oferta técnica como de la económica, deberá estar
firmada por quien tenga capacidad para formular la proposición -la proposición
presentada por una UTE deberá estar firmada en todas sus hojas por los representantes de cada una de las empresas componentes de la misma- y se presentará, dentro del sobre, de
SOBRE Nº 2
“OFERTA ECONÓMICA Y TÉCNICA
EVALUABLES AUTOMÁTICAMENTE”
IDENTIFICACIÓN DE LA LICITACIÓN………..……….……….….…...… REFERENCIA DE LA LICITACIÓN... NOMBRE COMPLETO -Y SIGLAS, EN SU CASO- DEL LICITADOR:………... C.I.F. O N.I.F.:... DIRECCIÓN:... TELÉFONO: ...FAX:...CORREO ELECTRÓNICO:…...………... NOMBRE DEL REPRESENTANTE LEGAL DEL LICITADOR (EN SU CASO)…………....…. FIRMA (S) DEL LICITADOR O DE SU REPRESENTANTE LEGAL ……..………..…..
S2.1º.- Oferta técnica evaluable automáticamente:
1.- Memoria de suministro y prestación del servicio de mantenimiento:
Las entidades licitadoras deberán presentar una Memoria que deberá tener, como mínimo, el contenido descrito en las cláusulas 1.3.2 y 1.4.2 del ANEXO
Nº 1 adjunto al presente Pliego de Condiciones Particulares.
A efectos de valoración de sus proposiciones, se advierte que dicha Memoria no será objeto de valoración, sin embargo, su falta de aportación implicará el rechazo de la oferta presentada por la entidad licitadora.
2.- Mejoras:
Las entidades licitadoras podrán presentar (mediante ANEXO Nº 8) las mejoras descritas en la cláusula 15 del presente Pliego de Condiciones Particulares, en concreto:
A.- Suministro de cadena cinética cerrada.
B.- Suministro de módulo de espalda flexión extensión.
C.- Suministro de interface de acceso para la interconexión de EMG. D.- Ampliación del período de garantía mínimo.
A efectos de valoración de sus proposiciones, se advierte que la aportación de dichas mejoras es potestativa, y a los solos efectos de su valoración, por lo que, su falta de aportación no implicará el rechazo de la oferta presentada por la entidad licitadora, sino únicamente que no serán puntuadas.
S2.2º.- Oferta económica evaluable de forma automática.
La oferta económica deberá estar firmada en todas sus hojas y su contenido se ajustará estrictamente al modelo que figura en el ANEXO Nº 2 del presente Pliego de Condiciones Particulares.
La proposición económica se presentará en caracteres claros, preferentemente mediante impresión (ordenador), expresada en número y en letra, y no se aceptarán aquéllas que contengan omisiones, errores o tachaduras que impidan conocer claramente su contenido.
Si existiese discrepancia entre la cantidad escrita en número y la escrita en letra, se estará a esta última.
Todos los precios unitarios de la oferta económica deberán expresarse en euros y no deberán exceder los señalados en la cláusula correspondiente del presente pliego ni, consiguientemente, el importe máximo de licitación. Cualquier oferta que supere dicha cantidad no será tomada en consideración en el procedimiento de adjudicación.
Los precios ofertados incluyen toda clase de impuestos, recargos, etc., así como todos los gastos derivados del concierto, incluso los gastos asociados y cualquier tributo que se devengue, cuantificado expresamente e indicado como partida independiente.
La documentación presentada por las entidades licitadoras en el Sobre Nº 2 será valorada en virtud de los criterios establecidos en los apartados 2.2.A y 2.3.A cláusula 17 del presente Pliego de Condiciones Particulares.
14.1.- Garantía provisional. Los licitadores quedan dispensados de presentar garantía provisional
en la presente licitación.
CLÁUSULA 15ª - MEJORAS Y VARIANTES
15.1.- Mejoras. Se entenderá por mejora, toda propuesta de servicios o prestación superior en
relación al objeto del contrato no incluido en los requisitos del presente pliego que, a juicio de MC MUTUAL, aporte valor.
El licitador podrá complementar el cumplimiento de los requisitos, más allá de lo establecido en el presente pliego, sin embargo únicamente se valorarán las siguientes mejoras:
A.- Suministro de cadena cinética cerrada.
B.- Suministro de módulo de espalda flexión extensión.
C.- Suministro de interface de acceso para la interconexión de EMG. D.- Ampliación del período de garantía mínimo.
Las entidades licitadoras podrán aportar las mejoras que estimen pertinentes mediante la cumplimentación del ANEXO Nº 8 adjunto al presente Pliego de Condiciones Particulares, y siempre que no se refieran a mejoras / diferencias en las características técnicas de los equipos o sus componentes a suministrar.
Las mejoras ofertadas, si las hubiese, deberán describirse claramente y, a poder ser, cuantificarse económicamente. En todo caso, las mejoras ofrecidas por el adjudicatario, sea cual sea su naturaleza y con independencia de que sean reconocidas o no como tales por la mutua y, consiguientemente, aunque no sean objeto de valoración por la mutua, obligarán a su cumplimiento por quien las haya ofrecido.
CLÁUSULA 16ª - ADMISIÓN DE OFERTAS Y EXAMEN DE PROPOSICIONES
16.1.- Admisión y valoración. La admisión y valoración de las proposiciones se llevará a cabo
de acuerdo con la Instrucción nº 39 de las “Instrucciones Internas de Contratación” de la mutua, disponibles en el perfil de contratante indicado en la cláusula 10ª del presente Pliego de Condiciones Particulares. La evaluación de las ofertas conforme a los criterios cuantificables mediante la mera aplicación de fórmulas se realizará tras efectuar previamente la de aquellos otros criterios en que no concurra esta circunstancia, dejándose constancia documental de ello.
16.2.- Subsanaciones. Si se observasen defectos u omisiones subsanables en la
documentación presentada podrá concederse un plazo no superior a TRES (3) DÍAS
HÁBILES para que el licitador los subsane.
Cuando el licitador presente la documentación subsanatoria, deberá presentar además una copia del ANEXO Nº 0 del presente Pliego de Condiciones Particulares, correspondiente al día y hora de la presentación de dicha documentación.
16.3.- Informe. A tal efecto, una vez llevada a cabo la misma, el responsable de la División de
Servicios Médicos y Asistenciales de la mutua o en quien éste delegue elevará a la representación por delegación del Órgano de Contratación, la propuesta que estime pertinente, que incluirá en todo caso, el informe previsto en la Instrucción nº 39.5 disponible en el perfil de contratante indicado en la cláusula 10ª del presente Pliego de Condiciones Particulares.
La valoración de las proposiciones y la selección de la oferta económicamente más ventajosa se harán atendiendo a criterios vinculados al objeto del contrato, que se detallarán en el presente pliego.
17.1.- Valoración de ofertas. Para la adjudicación del presente contrato el órgano de
contratación realizará una valoración de las ofertas presentadas de conformidad con los criterios de valoración establecidos en el presente Pliego.
Excepcionalmente, se podrá no adjudicar el contrato a la oferta que haya obtenido la puntuación más favorable por riesgo de incumplimiento de condiciones técnicas frente a condiciones económicas (propuestas temerarias), de acuerdo con lo establecido en la instrucción número 39 de las “Instrucciones internas de contratación de la Mutua” disponibles en el perfil de contratante indicado en la cláusula 10ª del presente Pliego de Condiciones Particulares, y de conformidad con los parámetros previstos en el artículo 85 del Real Decreto 1098/2001, de 12 octubre, que aprobó el Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
No obstante, antes de rechazar una oferta por esa causa se solicitará información al licitador y el oportuno asesoramiento técnico, en caso de estimarse necesario.
17.2.- Criterios de Valoración. Los criterios que han de servir de base para la adjudicación del
presente contrato, así como su orden de importancia y ponderación, se relacionan en el punto 17.2.1 denominado “Árbol de Criterios de Adjudicación”, donde se recoge su identificación, así como el peso con el que participan en el conjunto de la valoración.
El orden de importancia será el resultante de clasificar los mismos de forma decreciente según el peso final absoluto. En los apartados 2.2.A y 2.3.A cláusula 17 se indica con mayor detalle los criterios de valoración de la propuesta económica y técnica evaluables automáticamente.
En el caso de igualdad entre dos o más ofertas, desde el punto de vista de los criterios que sirven de base para la adjudicación, será preferida la proposición presentada por aquella empresa que, en el momento de acreditar la solvencia técnica, tuviera en su plantilla un número de trabajadores con discapacidad superior al 2 por 100 (2%).
más ventajosa acreditan tener relación laboral con personas con discapacidad en un porcentaje superior al 2 por 100 (2%), tendrá preferencia en la adjudicación del contrato el licitador que disponga del mayor porcentaje de trabajadores fijos con discapacidad en su plantilla.
17.2.1.- Árbol de criterios de adjudicación.
ASPECTOS A VALORAR PUNTOS N1 TOTAL
1. OFERTA ECONÓMICA 65 100% 65%
1.1- Importe de licitación
1.1.1.- Importe de la proposición económica. 65 100%
2. OFERTA TÉCNICA 35 100% 35%
2.1- Mejoras.
2.1.1.- Cadena cinética cerrada. 10 28,6%
2.1.2.- Módulo de espalda flexión extensión. 10 28,6%
2.1.3.- Interface de acceso para la interconexión
de un EMG. 5 14%
2.1.4.- Ampliación periodo de garantía mínimo. 10 28,6%
RESUMEN DE VALORACIÓN
CRITERIO APARTADO DEL ÁRBOL
AUTOMÁTICO 1.1.1, 2.1.1., 2.1.2., 2.1.3. y 2.1.4.
17.2.2.- OFERTA ECONÓMICA: 65 puntos.
Se valorará:
A.- Oferta económica evaluable de forma automática: Se valorará con una
puntuación máxima de 65 puntos, aplicando la fórmula siguiente para las ofertas admitidas:
Pi = P O
Oi
Siendo:
Pi= Puntuación de la oferta que estamos valorando P= Puntos máximos del criterio
O= Importe de la oferta más económica presentada Oi= Importe de la oferta que estamos valorando
B.- Oferta económica cuya ponderación depende de un juicio de valor: No
aplica.
17.2.3.- OFERTA TÉCNICA: 35 puntos.
A.- Oferta técnica evaluable de forma automática:
La puntuación de la oferta técnica vendrá determinada por las mejoras aportadas.
1.- Cadena Cinética cerrada: 0 o 10 puntos.
Método de valoración: Se valorará la inclusión en la oferta presentada por
la entidad licitadora del suministro de una cadena cinética cerrada.
La oferta presentada no dispone de cadena cinética: 0 puntos.
La oferta presentada dispone de cadena cinética: 10 puntos. 2.- Módulo de espalda flexión extensión: 0 o 10 puntos.
Método de valoración: Se valorará la inclusión en la oferta presentada por
la entidad licitadora del suministro de un módulo de espalda flexión extensión.
La oferta presentada no dispone de un módulo de espalda: 0 puntos.
La oferta presentada dispone de un módulo de espalda: 10 puntos.
3.- Interface de acceso para la interconexión de EMG: 0 o 5 puntos.
Método de valoración: Se valorará la inclusión en la oferta presentada por
la entidad licitadora del suministro de una interface de acceso para la interconexión de EMG.
La oferta presentada no dispone de una interface de acceso: 0 puntos.
La oferta presentada dispone de una interface de acceso: 5 puntos. 4.- Ampliación del período de garantía mínimo: 0 o 10 puntos.
Método de valoración: Se valorará la inclusión en la oferta presentada por
garantía mínimo: 0 puntos.
La oferta presentada dispone de una ampliación de hasta dos años del período de garantía mínimo: 5 puntos.
La oferta presentada dispone de una ampliación de más de dos años del período de garantía mínimo: 10 puntos.
A efectos de valoración de sus proposiciones, se advierte que la aportación de dichas mejoras es potestativa, y a los solos efectos de su valoración, por lo que, su falta de aportación no implicará el rechazo de la oferta presentada por la entidad licitadora, sino únicamente que no serán puntuadas.
B.- Oferta técnica cuya ponderación depende de un juicio de valor: No
aplica.
CLÁUSULA 18ª - ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
18.1.- Documentación a aportar. La empresa que hubiera presentado la oferta
económicamente más ventajosa, deberá presentar a requerimiento de la mutua al Órgano de Contratación, los documentos que acrediten estar al corriente en el cumplimiento de las obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, en los términos previstos en la Ley de Contratos del Sector Público, debiendo aportar para ello la siguiente documentación:
A.- Obligaciones Tributarias:
Último recibo abonado del Impuesto sobre Actividades Económicas (I.A.E.) en el epígrafe correspondiente al objeto del contrato. Aquellos licitadores que estén exentos conforme al artículo 82 del Real Decreto legislativo 2/2004, de 5 de marzo, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, deberán declararlo.
presente ejercicio económico, será suficiente la presentación de la documentación acreditativa del alta en el impuesto referido, junto con una declaración responsable de no haberse dado de baja en la matrícula del citado impuesto.
Certificación administrativa positiva, expedida por el Órgano Tributario competente, que acredite que el licitador se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones tributarias, conforme a lo previsto en el artículo 13, apartados b), c), y d) del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
B.- Obligaciones de Seguridad Social:
Certificación administrativa positiva, expedida por el Órgano de la Seguridad Social competente, que acredite que el licitador se encuentra al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones de Seguridad Social, conforme a lo previsto en el artículo 14 del Reglamento General de la Ley de Contratos de las Administraciones Públicas.
C.- Medios suficientes:
Documentación acreditativa, en su caso, de que dispone efectivamente de los medios que se hubiere comprometido a dedicar o adscribir a la ejecución del contrato.
D.- Póliza de Responsabilidad Civil:
Póliza de Responsabilidad Civil vigente durante el período de duración del contrato estimado en la presente licitación por importe de TREINTA Y CINCO
el contrato se adjudicará por procedimiento abierto, de conformidad con lo dispuesto en las
“Instrucciones Internas de Contratación de la Mutua”, disponibles en el perfil de contratante
indicado en la cláusula 10ª del presente Pliego de Condiciones Particulares.
18.3.- Plazo adjudicación. El Órgano de Contratación, dentro del plazo máximo de TRES (3)
MESES desde el último día señalado para la presentación de proposiciones, tendrá alternativamente la facultad de adjudicar el contrato a la proposición económicamente más ventajosa o declarar desierta la licitación, motivando su resolución. De no dictarse el acuerdo de adjudicación en plazo, los empresarios admitidos tendrán derecho a retirar su proposición.
18.4.- Notificación y publicación. La adjudicación deberá notificarse a los licitadores y se
publicará en el “perfil de contratante” de MUTUAL MIDAT CYCLOPS, MATEPSS Nº 1, mediante el acceso a la siguiente dirección electrónica de la Plataforma de Contratación del Estado:
www.contrataciondelestado.es
Así mismo, dicha información estará disponible en la página web de la Mutua:
www.mc-mutual.com
CLÁUSULA 19ª - NULIDADES Y NO ADJUDICACIÓN DEL CONTRATO
19.1.- Nulidades. Serán nulas de pleno derecho, las adjudicaciones de contratos en favor de
personas que carezcan de la capacidad de obrar o de la solvencia necesaria, exigidas en el presente Pliego.
19.2.- No adjudicación. Cuando no proceda la adjudicación del contrato al licitador que haya
presentado la oferta económicamente más ventajosa, por no cumplirse por el mismo con el requerimiento de aportación de la documentación precisa para que pueda tener lugar la misma, se procederá a recabar dicha documentación del licitador o licitadores siguientes según el orden en la que quedaran clasificadas sus ofertas, siempre que ello sea posible y que el nuevo licitador requerido preste su conformidad.
CLÁUSULA 20ª - FORMALIZACIÓN DEL CONTRATO
20.1.- Plazo formalización. La formalización del correspondiente contrato entre la MUTUA y el
adjudicatario, se realizará, en documento privado, dentro de los QUINCE (15) DÍAS LABORABLES siguientes a la fecha de adjudicación. Si ello no fuera posible, por causa imputable a éste, procederá, previa audiencia del interesado, la indemnización de los daños y perjuicios causados.
20.2.- Confidencialidad. En el momento de suscripción del concierto ambas partes deberán
suscribir el ANEXO Nº 9 adjunto al presente pliego, relativo al clausulado de confidencialidad.
20.3.- Escritura pública. El contrato podrá elevarse a escritura pública cuando lo solicite el
adjudicatario, siendo a su costa los gastos derivados de su otorgamiento.
CLÁUSULA 21ª - EJECUCIÓN Y CUMPLIMIENTO DEL CONTRATO
21.1.- Ejecución del contrato. El adjudicatario se obliga a cumplir el alcance de su propuesta de
suministro y de prestación del servicio de mantenimiento.
El contrato se ejecutará con estricta sujeción a las estipulaciones contenidas en el presente Pliego, así como a las instrucciones que, en su caso le transmita la Mutua.
La ejecución de los trabajos se realizará dentro de los plazos estipulados para los mismos o que, en su caso, se establezcan. Todos los plazos establecidos en el Pliego, salvo que se indique que son hábiles, se entenderán referidos a días naturales.
El contrato se ejecutará a riesgo y ventura del adjudicatario. Cualquier otro gasto necesario para la ejecución del contrato, incluidos los gastos derivados del desplazamiento, alojamiento y manutención del personal destinado por la empresa para el cumplimiento del objeto contractual, serán de cuenta de la empresa adjudicataria.
El adjudicatario asumirá todos los riesgos, daños y pérdidas incluidos, que se puedan derivar del suministro objeto de la presente contratación, excepto los debidos a fuerza mayor y no imputables a este.
21.2.- Condiciones de ejecución del contrato.
21.2.1.- La dotación del equipo a suministrar e instalar, así como las características del
mismo y de su mantenimiento, se detallan en el ANEXO Nº 1 adjunto al presente pliego.
21.2.2.- La ejecución del suministro se efectuará a partir de las siguientes bases:
MC MUTUAL designará un Coordinador cuyas funciones en relación con el objetivo del presente contrato serán las siguientes:
Velar por el cumplimiento y el nivel de calidad del suministro exigido y ofertado.
Velar por el cumplimiento de los plazos previstos de entrega e instalación de los suministros ofertados por el adjudicatario.
Dar la conformidad a las facturas presentadas por el adjudicatario, así como, si es el caso, aplicar las penalizaciones a que hubiera lugar.
El Coordinador podrá delegar sus funciones en una o varias personas de MC MUTUAL. Así mismo, podrá incorporar, durante la duración del contrato, las personas que estime necesarias para verificar y evaluar las actuaciones a su cargo.
21.2.3.- Reuniones. Durante la ejecución del suministro y mantenimiento objeto del
contrato, el adjudicatario se compromete a mantener las reuniones necesarias con la Mutua para garantizar el correcto desarrollo del mismo.
21.3.- Obligaciones del adjudicatario. El adjudicatario se compromete a impartir a todas las
personas asignadas a las tareas objeto del presente contrato, las instrucciones precisas para el efectivo conocimiento de las obligaciones asumidas por su empresa en virtud del presente contrato, así como las consecuencias en que pudiera incurrir en caso de incumplimiento, evitando el acceso a instalaciones o mobiliario no autorizados, así como cualquier actuación que pueda ocasionar los referidos desperfectos y/o responsabilidades, recabando el correspondiente compromiso de salvaguarda de la confidencialidad de dichos trabajadores.
El adjudicatario será responsable de los daños y perjuicios que ocasione a MC MUTUAL con motivo del incumplimiento del compromiso establecido en todo los puntos de este apartado, incluido el importe de cualesquiera sanciones que a la Mutua se le impongan por tal circunstancia.
21.3.1.- Cumplimiento de las obligaciones en materia laboral y de seguridad social.
El adjudicatario quedará obligado a que el personal de su propia plantilla que tome parte en la prestación del suministro, instalación y mantenimiento preventivo objeto de este contrato, esté contratado de conformidad con la legislación laboral y que se hallará al corriente en el cumplimiento de sus obligaciones laborales y de Seguridad Social respecto del mismo, asumiendo cualquier responsabilidad derivada de cualquier irregularidad en relación con su afiliación a la Seguridad Social o en el cumplimiento de sus obligaciones sociales.
contrato no mantendrá relación laboral alguna con MC MUTUAL, sin que exista, por tanto, expectativa alguna de su contratación y aseguramiento por MC MUTUAL, pudiendo contar el adjudicatario con otros profesionales idénticos para trabajos similares, lo que supone cláusula de no afinidad ni de exclusiva a favor de la contratada.
El adjudicatario deberá dotar al personal del vestuario y elementos de seguridad que el trabajo requiera, corriendo a cargo del adjudicatario el coste que ello conlleve.
Asimismo, el adjudicatario se obliga a cumplir con toda la legislación sobre Prevención de Riesgos Laborales, debiendo coordinar sus planes de prevención con los de MC MUTUAL.
Con tal fin, el adjudicatario se obliga a que los trabajadores que asigne a la prestación del suministro, instalación y mantenimiento preventivo contratados hayan recibido la información relativa a los riesgos y medidas preventivas, que poseen la formación específica necesaria y cuentan con un estado de salud compatible con el puesto de trabajo a desempeñar, obligándose el adjudicatario a cumplir con dichas obligaciones legales al asignar nuevos trabajadores para el suministro, instalación y mantenimiento preventivo objeto de contrato, así como a acreditarlo ante la Mutua al comienzo del contrato.
21.3.2.- Cumplimiento de las obligaciones tributarias. Se hace constar de forma
expresa que el adjudicatario aportará a MC MUTUAL el certificado específico de encontrarse al corriente de sus obligaciones tributarias, sin perjuicio del deber de aportación de nuevos certificados en los supuestos en que proceda su renovación a tenor de lo dispuesto en el artículo 43.1.f de la Ley General Tributaria.
21.4.- Responsabilidad de las partes. Incurrirá en responsabilidad cualquiera de las Partes que
actúe de forma negligente o culposa en el cumplimiento de las obligaciones establecidas en el presente Contrato y ocasionare con ello un daño o perjuicio a la otra Parte.
En caso de incumplimiento por retrasos de más de 30 días naturales en el suministro e instalación o prestación defectuosa, siempre que sea por causas imputables al contratista, MC MUTUAL podrá declarar resuelto el presente contrato, así como reclamar el abono de la indemnización correspondiente por los daños y perjuicios ocasionados.
21.5.- Indemnizaciones. Será obligación del contratista indemnizar todos los daños y perjuicios
que se causen, por si o por el personal o medios dependientes del mismo, a terceros como consecuencia de las operaciones que requiera la ejecución del contrato. Cuando estos daños y perjuicios sean consecuencia inmediata y directa de una orden de la Mutua, ésta será responsable dentro de los límites señalados en las leyes.
CLÁUSULA 22ª - RESPONSABILIDAD DEL CONTRATISTA
22.1.- El adjudicatario será responsable de la calidad del suministro, instalación y mantenimiento
preventivo contratados y de las actividades realizadas, así como de las consecuencias que se deducen para MC MUTUAL de los errores o conclusiones incorrectas durante la ejecución del contrato.
22.2.- El adjudicatario ejecutará el contrato y estará obligado a indemnizar todos los daños y
perjuicios que se causen como consecuencia de las operaciones que requieran la ejecución del contrato, excepto en el caso que los daños sean ocasionados como consecuencia inmediata y directa de una orden de MC MUTUAL.
22.3.- El Adjudicatario se compromete expresamente a cumplir con la normativa vigente relativa al
sector y exime a MC MUTUAL de cualquier cargo directo o indirecto ocasionado por el incumplimiento de cualquier Ley, Convenio, Artículo o Norma Laboral.
22.4.- La póliza de responsabilidad civil requerida conforme lo establecido en la cláusula 23 del
presente pliego, cubrirá la responsabilidad civil por los posibles daños que pudieran producirse durante la ejecución del contrato.
CLÁUSULA 23ª - PÓLIZA DE RESPONSABILIDAD CIVIL
23.1.- Sin perjuicio de haberse acreditado como requisito de solvencia económica la existencia
de un Seguro de Responsabilidad Civil, el adjudicatario deberá tener vigente dicha póliza, en tanto dure el suministro, instalación y mantenimiento objeto del contrato, por un importe de, como mínimo, TREINTA Y CINCO MIL EUROS (35.000 €), que cubrirá los posibles daños y perjuicios que pudieren derivarse con ocasión de la ejecución del contrato, debiendo acreditar su vigencia ante la Mutua en el supuesto de que ésta hubiera vencido en el momento de la formalización del contrato.
23.2.- En el supuesto de no haberse acreditado la solvencia económica y financiera por la
adjudicataria mediante la existencia de una póliza de seguros de responsabilidad civil, sino por otros medios (declaraciones apropiadas de entidades financieras), deberá aportarse en el momento de formalizarse el contrato la copia de la póliza y documentación acreditativa de su vigencia, para la comprobación de dicho requisito.
23.3.- Si el adjudicatario no mantuviera vigente en el momento de iniciar sus actividades dicha
póliza, o no hubiera acreditado dicha circunstancia, no tendrá lugar la formalización del contrato, debiendo indemnizar a la Mutua por los daños y perjuicios ocasionados.
Todos los gastos correspondientes a estas pólizas serán de cuenta del adjudicatario.
CLÁUSULA 24ª - PERSONAL DE LA EMPRESA ADJUDICATARIA
24.1.- Durante la vigencia del contrato derivado de esta licitación, la empresa se obliga a contar
con la organización necesaria de personal para cumplir los trabajos encomendados por la Mutua siendo ejecutados por trabajadores con la calificación profesional necesaria, así como con la calidad técnica y la diligencia técnica que precisan la tareas.
24.2.- Es responsabilidad de la empresa contratista y de sus coordinadores impartir todas las
órdenes, criterios de realización del trabajo y las directrices a sus trabajadores, siendo la Mutua ajena totalmente a estas relaciones laborales.
trabajadores, las posibles licencias horarias o permisos de cualquier otra manifestación de las facultades del empleador.
24.3.- El personal asignado por la empresa adjudicataria para la prestación del objeto del
contrato depende, a todos los efectos legales, de la misma, quien actúa como entidad contratante independiente, por lo que tanto sus agentes como sus empleados no son considerados, ni de derecho ni de hecho, como trabajadores de la Mutua, si no que estarán vinculados laboralmente única y exclusivamente con la empresa adjudicataria, formando parte de su cuadro de personal.
24.4.- En relación con las personas que la empresa adjudicataria contrate para realizar la
prestación objeto de la presente contratación, la Mutua queda al margen de todo compromiso en materia de Seguridad Social.
CLÁUSULA 25ª - PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES
25.1.- El adjudicatario estará obligado a cumplir las instrucciones para la prevención de los
riesgos existentes en el centro de trabajo donde suministren e instalen las dotaciones objeto de contrato y las medidas que deban aplicarse cuando se produzca una situación de emergencia que MC MUTUAL establezca.
Asimismo, el adjudicatario colaborará en la aplicación de la normativa de protección de riesgos laborales, en especial en el establecimiento de los medios de coordinación que sean necesarios en cuanto a protección, prevención e información sobre riesgos laborales, en los términos establecidos en la Ley 31/1995 de Prevención de Riesgos Laborales y en el Real Decreto 171/2004, de 30 de enero, por el que se desarrolla el artículo 24 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales, en materia de coordinación de actividades empresariales.
El adjudicatario informará recíprocamente de los riesgos específicos de las actividades que desarrolle que puedan afectar a cualquier trabajador de MC MUTUAL o en su caso, del resto de empresas concurrentes en el citado centro de trabajo.
relevante a efectos preventivos y cuando se haya producido una situación de emergencia. En el caso de que los riesgos que se generen se califiquen como graves o muy graves la información se facilitará por escrito.
El adjudicatario deberá comunicar de inmediato toda situación de emergencia susceptible de afectar a la salud o la seguridad de los trabajadores de MC MUTUAL y en su caso, del resto de empresas presentes en el citado centro de trabajo en el que se realicen las actividades objeto del Contrato.
El adjudicatario deberá tener en cuenta en la planificación de su actividad preventiva con respecto a los trabajos, la información facilitada por MC MUTUAL y en su caso por el resto de empresas presentes en el centro de trabajo referido anteriormente, sobre los riesgos laborales que se puedan producir durante el suministro, instalación y mantenimiento preventivo objeto de contrato.
El adjudicatario informará a los medios personales que realicen el objeto del Contrato de los riesgos derivados de la concurrencia de sus actividades con las de MC MUTUAL y en su caso, del resto de empresas presentes en el centro de trabajo en el que se realicen las actividades objeto del Contrato en los términos previstos en el artículo 18.1 de la Ley 31/1995, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales.
Tras la adjudicación, y antes del inicio de la actividad objeto del Contrato, se exigirá al adjudicatario que acredite por escrito que ha realizado para dichas actividades, la evaluación de riesgos y la planificación de su actividad preventiva.
A los efectos del cumplimiento de todas las obligaciones incluidas en el presente apartado, el Responsable del Proyecto asignado por el adjudicatario, actuará de forma coordinada con el Director Técnico asignado por MC MUTUAL. Dichas personas serán los interlocutores válidos de cada parte, en todas las cuestiones de prevención de datos que se susciten en relación con el los trabajos objeto del presente contrato.