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El ejercicio abusivo del derecho y las pensiones alimenticias en el Perú

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Academic year: 2023

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Non-application of the special requirement regulated in section 565-A of the Civil Procedure Code is sought, in the processes of release of food, for the promotion of the abuse of the right. It is on the basis of which, in the construction of the first part of the investigation, the design of the methodology used was taken, then in the second part the theoretical content was treated, to then focus on the analysis of the third chapter in which it is incorporated.

  • REALIDAD PROBLEMÁTICA
    • PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
    • FORMULACIÓN DEL PROBLEMA
    • JUSTIFICACION E IMPORTANCIA
  • OBJETIVOS
    • OBJETIVO GENERAL
    • OBJETIVOS ESPECIFICOS
  • HIPÓTESIS
  • VARIABLES
    • VARIABLE INDEPENDIENTE
    • VARIABLE DEPENDIENTE
  • MARCO METODOLOGICO
    • POBLACION Y MUESTRA
  • METODOS, TECNICAS E INSTRUMENTOS, RECOLECCION
    • TECNICAS

Sin embargo, basta establecer que su minoría es suficiente para determinar la necesidad por la dependencia que lo caracteriza. Dada la existencia del problema jurídico-social, la necesidad de una solución es urgente; ya que vulnera un derecho fundamental, como es el acceso a la justicia, y favorece el abuso del derecho, pudiendo llegar incluso a convertirse en una restricción a la libertad.

El derecho de alimentos

Y es uno de los pilares fundamentales de la pobreza, así como su atención para combatirla. Aunado a esto, “El artículo 27 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos incluye el derecho del niño a ser alimentado por sus padres.

Pensiones alimenticias

25 Que el derecho a la alimentación es un derecho protegido por la Carta Magna, es decir, es un derecho constitucional, reflejado en su artículo 4, que a su vez manifiesta que la comunidad y el Estado (…) protegen a la familia. y promover el matrimonio. Por el contrario, si consideramos lo que nos explica Ossorio (1981) como alimento, explica que el concepto se entiende como el medio que ayudará a la supervivencia de una persona y que es dado por los mismos familiares que cumplen con este fin. Sin embargo, para Castan (1966) lo que sustenta y sostiene la obligación legal de dar alimentos es el vínculo de solidaridad y los intereses acumulados que existen en el ámbito familiar.

28 cubren todos los gastos, por lo que se considera necesario el apoyo de los padres para darle al niño una mejor calidad de vida (quinto fundamento).

Exoneración de las pensiones alimenticias

30, puede solicitar la exención de pensión alimenticia en el caso de que sus ingresos disminuyan, lo que demuestra que su sustento está amenazado, en el caso de que continúe ayudando con alimentos, o incluso en el caso de que el alimentista ya no esté en necesidad. Fundamentos y criterios para la solicitud de exención del pago de alimentos, en caso de limitación de ingresos, que acredite que no puede proporcionarlos sin poner en peligro sus propias necesidades, para su sustento, pero también puede hacerlo en caso de que haya cesado la necesidad del contribuyente. . Al igual que en el párrafo anterior, se analiza el mismo postulado enunciado por el Código Civil, en el cual se menciona que para las pensiones alimenticias provenientes de sentencias judiciales, éstas quedan sin efecto durante el período de percepción de los alimentos.

De la misma forma, el alimentista deberá presentar la solicitud de exención en el mismo proceso en que se fijó la pensión de manera extraordinaria, pudiendo realizar un nuevo proceso en el que se presentarán copias certificadas de la parte relativa al proceso principal.

La tutela jurisdiccional efectiva del derecho

35 con la sola atención del cuerpo, sino para que la custodia se perciba realmente como efectiva y no sólo por la celeridad con que se atendió, sino también por la efectividad de los mecanismos judiciales a lo largo de todo el tiempo que se llevó a cabo el proceso. De este modo, la tutela judicial efectiva es el derecho que corresponde a cada persona para que se le trate con la justa realización de su pretensión en relación con otra pretensión, la cual ha de ser conocida por los tribunales. En posición subjetiva, un derecho constitucional es aquel al que tiene acceso una persona ante las autoridades judiciales, por medio de representante o directamente, para ejercer sin impedimento alguno los medios de defensa establecidos por la ley; para obtener una decisión razonable basada en la ley; y finalmente solicitar la implementación de la resolución de fondo obtenida (Fundamental 14).

Corresponde a cualquier sujeto de derecho, y les otorga la facultad de reclamar la resolución de sus diferencias de interés mediante un procedimiento en el que se cumplan las garantías procesales básicas, finalizando con una decisión objetivamente correcta, aun cuando no se atiendan sus intereses; ya que lo realmente importante es que una persona siempre tiene derecho a una decisión judicial con todos los requisitos procesales exigidos (Motivo 2).

El ejercicio abusivo del derecho

Podemos decir que el abuso es una variante de la ilicitud o ilegalidad, que el derecho civil surge y se extiende a otras ramas del derecho, que es responsabilidad de la jurisprudencia sobre su contenido y por ende lo desarrolla. Y que cause un perjuicio doloso o ilegal a otro asunto que no esté previsto por una norma singular, esto es, cuando un tercero quede sin protección alguna; es decir, el deber general de evitar daños a terceros y cuyo contenido crece y se desarrolla constantemente como resultado de la jurisprudencia (p.1). Dado que este hecho habría incluido la intención de dañar y la ausencia de interés de dañar relevante, forma que no está ligada a la conducta de buena fe ni a las buenas costumbres ni a los valores morales recíprocos de la sociedad, lo cual no es Ofrecido. en el caso concreto, ya que por la demanda exigir el cumplimiento de la obligación por parte del actor, que fue asumida por el ejecutado, corresponde a la acción de un derecho civil legítimo (Motivo 5).

40 En la historia pasada, la institución legal ha tenido como objetivo limitar la libertad individual en caso de que esto fuera contrario al buen curso de las cosas en la sociedad.

Acciones legales que contravienen la norma jurídica

La falta de aplicación de la regla no puede ser consecuencia de la conducta negligente del funcionario. La convergencia de los llamados instrumentos políticos de control, igualmente legítimos, que deben analizar la actuación de las autoridades que incumplieron la normativa. La inaplicación continua deberá ser investigada por los distintos órganos encargados de la producción de leyes para que analicen las posibilidades de su posible reforma o de las distintas condiciones de vigencia de la norma.

Los motivos de la no utilización de los regulados deberán ser investigados por las autoridades de control político, que se relacionen con las políticas públicas que los originan o no los resuelven.

De las 20 personas encuestadas, 3 personas del total (15%) están de acuerdo en que NO se debe aplicar el artículo en mención, todo esto no significaría no proteger al menor que lo necesita y por lo tanto vulnera el interés superior del niño. Sin embargo, 17 personas, que representan el 75%, respondieron POSITIVO (SI), por lo que no se debe aplicar el artículo en cuestión. De las 85 personas encuestadas, de cada una de las preguntas se concluyó que el tema abordado por la investigadora tiene sustento jurídico y legal.

Se llega a la conclusión de la presente investigación que existen argumentos válidos y suficientes para no aplicar el artículo 565-A del código de procedimiento civil.

DISCUSIÓN DE LOS RESULTADOS

55 Pero veamos lo que dice la Carta Magna, que establece que es un deber y un derecho de los padres criar, educar y brindar seguridad a sus hijos. Así, como podemos ver, es claro que el derecho a la alimentación es un acto natural para satisfacer las necesidades básicas de los niños adultos para proveerse a sí mismos. Discusión sobre el propósito: Identificar la ley infringida en el proceso de exención de alimentos.

La inadecuada ejecución del derecho en los procesos de pensión alimenticia se ha vuelto natural, pues si tenemos conceptos claros al respecto, entenderemos y reconoceremos el momento en que se hace valer injustificadamente el derecho.

RESULTADOS DE LA VALIDACION DE LA HIPOTESIS

Y en el caso de la pensión alimenticia, alguien exige la pensión alimenticia aun cuando ya no tenga la calidad de ella, porque abusa del derecho como tal, ya que se sirve de la regla para lograr este fin. 59 son conceptos que se incluyen en las variables para determinar su grado de validez con lo cual se puede establecer un esquema determinístico, esto se logrará combinando las variables validadas. Comenzando por los aspectos más relevantes a partir de la demostración que se logra a través del discurso crítico desarrollado a través.

Dado que se siguieron las pautas para la construcción analítica correspondiente al concepto descriptivo de la fase independiente de la concepción sobre el origen del problema, se hizo necesario verificar el contenido incorporado a partir de este tema de los efectos producidos. en relación con la variable anterior, por lo que se pudo fundamentar la existencia de daños en el nivel.

CONTRASTACION Y VALIDACIÓN DE LA HIPÓTESIS

Del análisis de la jurisprudencia y de las encuestas realizadas, se determinó que la condición del alimentante de estar al corriente de los alimentos para acceder a la justicia, vulnera directamente el artículo 139 inciso 3 de la constitución política de el estado. Del análisis de la investigación se concluyó que al momento de la calificación de la demanda, el juez debe verificar la evidencia que demuestre si el requisito de estar al día con los pagos de alimentos es consistente. La proposición propuesta en esta investigación se basa en los resultados de campo y la jurisprudencia recopilada.

MARY ISABEL COLINA MORENO, Asesora de Estudiantes de Tesis: JUAREZ PUCSE LUISITA REYNA CELESTE, luego de una revisión integral de su tesis titulada.

Referencias

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