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Ingreso público y presupuesto de egresos de la federación

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INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL

ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y ADMINISTRACIÓN UNIDAD TEPEPAN

SEMINARIO ESTUDIO Y APLICACIÒN

TEMA:

“INGRESO PUBLICO Y PRESUPUESTO DE EGRESOS DE LA FEDERACION”

INFORME FINAL PARA OBTENER EL TITULO DE:

CONTADOR PÚBLICO

PRESENTAN:

JAZMIN MEMBRILLO OLVERA ………...

LEZLIE YANELLI RAMIREZ PERALTA….…...

ROSA ISELA GARCIA LOPEZ…. …………...…

ROSA NELLY CORTES RODRIGUEZ …...

SANDRA OROZCO NAGORE……..……….…

ASESORES:

LIC. RAFAEL QUEVEDO GARCÍA LIC. CARMEN ESTÉVEZ GUADARRAMA

MÉXICO, D. F. MAYO 2004

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Agradecimientos.

Agradecemos al Instituto Politécnico Nacional, todos y cada uno de los espacios que nos ofreció para alcanzar un conocimiento pleno y permitirnos formar parte de su comunidad, sembrando en nosotros la semilla de estar al servicio de la patria, para contribuir con el desarrollo de nuestra Nación.

Agradecemos a nuestra querida Escuela Superior de Comercio y Administración Unidad Tepepan, el habernos brindado la oportunidad de un crecimiento personal , a través de una formación profesional.

Agradecemos a todos los profesores que nos transmitieran sus cocimientos y experiencias, tanto en las aulas como fuera de ellas, para lograr la superación y madurez profesional, que es la herramienta primordial para el logro de nuestro éxito.

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INDICE PÁGINA

INTRODUCCION………6

CAPITULO I INGRESO PÚBLICO 1.1 La Actividad Financiera del Estado………8

1.1.1 Obtención de los Ingresos del Estado………...10

1.1.2 Administración de los Ingresos del Estado………...13

1.1.3 Erogación de los Ingresos del Estado………...…14

1.2 Niveles de Gobierno en México………...……14

1.3 Concepto de Ingreso……….17

1.4 Los Ingresos del Estado………17

1.5 Breve Noticia Histórica de los Ingresos del Estado………..18

1.6 Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004………..25

CAPITULO II PRESUPUESTO DE EGRESOS 2.1 Concepto de Presupuesto de Egresos………...35

2.2 Antecedentes del Presupuesto de Egresos de la Federación en México……….………..35

2.3 Naturaleza y Efectos Jurídicos………..55

2.4 Principios del presupuesto………....57

2.4.1 El Equilibrio Presupuestario………...57

2.4.2 Principio de Legalidad……….………….58

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2.4.3 Principio de Universalidad………...59

2.4.4 No Afectación de Recursos………..59

2.4.5 Principio cobertura de Gasto………60

2.4.6 Principio de Anualidad……….60

2.5 Elaboración, Ejecución y Aprobación del Proyecto de Presupuesto de Egresos de la Federación………..64

2.6 El Gasto Público………...84

2.6.1 Contenido de los Gastos Públicos………86

2.6.2 Finalidad del Gasto Público……….87

2.6.3 Clasificación de los Gastos Públicos………87

2.6.4 Volumen de los Gastos Públicos………..89

2.6.5 Límite de los Gastos Públicos………..91

2.6.6 Programación del Gasto Público………..94

CAPITULO III CONTROL Y REGISTRO DE LA INFORMACIÓN DEL PRESUPUESTO 3.1 Diagrama del Sistema que Opera en el Gobierno Federal………95

3.2 Control Presupuestal……….96

3.3 Control Programático………...97

3.4 Contabilidad Presupuestal……… 100

3.5 Contabilidad Patrimonial………102

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CAPITULO IV CASO PRACTICO

Presupuesto de Egresos de la Federación el caso de la Educación………...……108

Conclusiones………...131

Bibliografía………... 132

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Introducción

El estado tiene a su cargo la atención de necesidades públicas para lo que obviamente requiere medios financieros, principalmente dinero.

Su obtención tiene diversas fuentes entre las que destacan lo recaudado por concepto de contribuciones;

además, los productos de la explotación de su patrimonio, y así mismo por los financiamientos obtenidos, emisiones de valores e ingresos obtenidos por las Entidades del Sector Paraestatal y otros más.

Ello muestra la relación que existe entre la recaudación de ingresos, la administración de sus recursos y la distribución del conjunto de erogaciones que se realizarán para el sostenimiento de las funciones y la prestación de los servicios públicos dentro del Estado, se asigna dentro del Presupuesto de Egresos.

La facultad constitucional para decretar los impuestos se restringe a aquellos necesarios para cubrir dicho presupuesto, atento a lo dispuesto por el artículo 73, fracción VII de la Constitución.

Ahora bien, como es sabido en la Ley de Ingresos de la Federación se relacionan los ingresos a percibir en el ejercicio correspondiente. Entre ellos destacamos las contribuciones, para lo que se habrán de aplicar las leyes particulares y el Código Fiscal de la Federación que contiene reglas generales aplicables a todas las contribuciones.

La relación entre Ingreso-Gasto se enfatiza para el año 2004, toda vez que entre los requisitos que debe incluirse en las iniciativas de Ley en materia Impositiva, se encuentra lo establecido que deberá incluir en su Exposición de Motivos el impacto recaudatorio de cada una de las medidas propuestas, así como la base de datos y metodología utilizada para calcularlos.

La situación descrita motiva ahondar en el conocimiento del esquema presupuestario, por lo que el objetivo del presente trabajo es el estudio de la Normas que regulan los principios del Presupuesto, su estructura y aplicación.

La metodología seguida fue bibliográfica documental en disposiciones normativas, información por medios electrónicos y opiniones de los autores en la materia de que se trata.

El Informe se estructura en tres capítulos con el siguiente contenido:

En el primero se estudia la Ley de Ingresos de la Federación.

En el segundo el origen, naturaleza y principios del Presupuesto de egresos de la Federación.

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El último, Control y registro de la Información del Presupuesto.

Como parte final del informe y como un caso, se realiza un comparativo del Presupuesto asignado en el sector educativo para los años 2002, 2003 y 2004.

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CAPITULO I INGRESO PÚBLICO

1.1 La Actividad Financiera del Estado

El estudio de la actividad financiera estatal, dio origen a una rama de la economía denominada Finanzas Públicas y a una rama del derecho público denominada Derecho Financiero.

La ciencia de las Finanzas Públicas atiende todo lo relacionado con la forma de satisfacer las necesidades colectivas que demanden las personas que integran un Estado.

Las Finanzas Públicas regirán las necesidades que se originen frente a las relaciones del Estado con los individuos o las del Estado frente a sus propias necesidades.

“El derecho financiero tiene por finalidad estudiar el conjunto de normas jurídicas que regulan la Actividad Financiera del Estado o, dicho de otra manera la obtención, administración y gasto de los medios económicos necesarios para la satisfacción de las necesidades colectivas.”1

La actividad financiera del Estado comienza en el momento en que éste se apropia de las riquezas o bienes producidos por las demás economías, y las convierte en ingresos para atender los gastos que le causará cumplir su deber de satisfacción de las necesidades públicas. Termina cuando el ingreso público se ha convertido en servicio público o medio de satisfacer la necesidad.

El Estado tiene que desarrollar una actividad de carácter económico, encaminada a la obtención de medios que le permitan satisfacer las necesidades colectivas, mediante la realización de los servicios públicos.

Para la debida comprensión del significado conceptual de las Finanzas Públicas es pertinente recurrir a cinco nociones fundamentales íntimamente vinculadas entre sí: necesidad pública, servicio público, gasto público, recurso público y renta nacional.

Las necesidades públicas son aquellas que nacen de la vida en colectividad y se satisfacen mediante la actuación del Estado, entonces la misión del Estado consistirá en satisfacer las necesidades públicas.

Necesidades públicas absolutas: sólo pueden ser satisfechas por el Estado (justicia, defensa, seguridad).

Necesidades públicas relativas: pueden ser proporcionadas por el Estado o por el sector privado. Permiten el

1Diccionario Jurídico Fundación Tomás Moro Ed. Espasa Calpe Madrid 1992, pág. 79

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progreso y el bienestar general (educación, salud, comunicaciones, transporte).Las actividades que realiza el Estado para satisfacer una necesidad pública (absoluta o relativa) se denominan servicios públicos.

Los servicios públicos pueden ser esenciales o no esenciales, según si satisfacen una necesidad pública absoluta o relativa. Los servicios públicos esenciales deben ser proporcionados por el Estado porque son inherentes a la soberanía del país. No pueden ser delegados.

Por el contrario, los servicios públicos no esenciales satisfacen necesidades públicas relacionadas con el progreso y el bienestar general.

El Estado puede prestarlos o bien delegarlos al sector privado, pero no por ello se desentiende de la prestación del servicio, ya que se reserva el derecho de control sobre la empresa prestadora.

Los servicios públicos estarán a disposición de toda la comunidad:

En forma gratuita: servicios públicos esenciales.

Retribuidos a través de un precio: servicios públicos no esenciales.

Desde un punto de vista estrictamente económico, podemos considerar al Estado como un gran productor de bienes y prestador de servicios, que tiene la finalidad de satisfacer las necesidades públicas.

El gasto público son las inversiones o erogaciones de riquezas que las entidades públicas hacen para la producción de los servicios necesarios para la satisfacción de las necesidades públicas, y para enfrentar a otras exigencias de la vida pública, que son llamadas propiamente servicios.

Los recursos públicos son los medios mediante los cuales se logran sufragar los gastos públicos y constituyen todos los ingresos financieros a la tesorería del Estado, cualquiera sea su naturaleza económica o jurídica.

La renta nacional es la sumatoria en términos monetarios de los bienes y servicios producidos, distribuidos y vendidos en un país durante un tiempo determinado, es decir dentro de un ejercicio fiscal.

Después de lo anterior, en términos generales podemos concluir que la Actividad Financiera del Estado, conoce tres momentos fundamentales:

a) El de la obtención de ingresos,

b) La administración de los recursos y

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c) La realización de un conjunto de erogaciones para el sostenimiento de las funciones públicas y la prestación de los servicios públicos.

1.1.1 Obtención de los Ingresos del Estado

Es importante señalar, que la actividad que el Estado realiza dentro de la esfera financiera, se instrumenta a través de la Ley de Ingresos y del Presupuesto de Egresos de la Federación, los cuales se fijan en cada uno de los niveles políticos, federal, local y municipal; dichos ordenamientos son de carácter temporal, su vigencia es equivalente o igual al tiempo en que dura un año fiscal que en nuestro sistema financiero corre del día 1 de cada año al día 31 de Diciembre del mismo.

En este sentido, se entiende que el Estado obtiene ingresos por vía del Derecho Público y el Derecho Privado.

Para obtener los primeros actúa como ente soberano y para el ciudadano significa uno de los fundamentales sacrificios que le impone la sociedad; los de derecho privado los obtiene cuando se sujeta a reglas que lo colocan en una situación de relativa igualdad con los propios gobernantes.

Son ejemplos de ingresos por la vía del derecho privado aquellos que provienen de su actividad industrial y comercial mediante empresas públicas, cuando realizan contratos, como la compraventa; los que obtienen por regalías derivadas de la explotación de patentes, marcas o derechos de autor o bien cuando es beneficiado con un legado, etc.

En estos supuestos y en general, la legislación ordinaria será la aplicable aunque siempre habrá reglas que le confieran un trato especial a la intervención del Estado.

Los ingresos por vía del derecho privado se pueden clasificar según la rama jurídica que los regule, en civiles, mercantiles y administrativos.

Ahora bien, dentro del ámbito público es importante recalcar en este punto la actuación que tiene encomendada el Sistema de Administración Tributaria (SAT).

“Artículo 1 El Servicio de Administración Tributaria es un órgano desconcentrado de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, con el carácter de autoridad fiscal…”2

“Articulo 7 El servicio de administración tributaria tendrá las atribuciones siguientes:

2Ley del Servicio de Administración Tributaria, artículo 1

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Recaudar los impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos, aprovechamientos federales y sus accesorios de acuerdo a la legislación aplicable.

Dirigir los servicios aduanales y de inspección, así como la unidad de apoyo para la inspección fiscal y aduanera.

Representar el interés de la federación en controversias fiscales.

Determinar, liquidar y recaudar las contribuciones, aprovechamientos federales y sus accesorios cuando, conforme a los tratados internacionales de los que México sea parte, estas atribuciones deban ser ejercidas por las autoridades fiscales y aduaneras del orden federal.

Ejercer aquellas que, en materia de coordinación fiscal, correspondan a la administración tributaria.

Solicitar y proporcionar a otras instancias e instituciones públicas, nacionales o del extranjero, el acceso a la información necesaria para evitar la evasión o elusión fiscales, de conformidad con las leyes y tratados internacionales en materia fiscal y aduanera.

Vigilar y asegurar el debido cumplimiento de las disposiciones fiscales y aduaneras y, en su caso, ejercer las facultades de comprobación previstas en dichas disposiciones.

Participar en la negociación de los tratados internacionales que lleve a cabo el ejecutivo federal en las materias fiscal y aduanera, así como celebrar acuerdos interinstitucionales en el ámbito de su competencia.

Proporcionar, bajo el principio de reciprocidad, la asistencia que le soliciten instancias supervisoras y reguladoras de otros países con las cuales se tengan firmados acuerdos o formen parte de convenciones internacionales de las que México sea parte, para lo cual, en ejercicio de sus facultades de vigilancia, podrá recabar respecto de los contribuyentes y terceros con ellos relacionados, la información y documentación que sea objeto de la solicitud.

Fungir como órgano de consulta del Gobierno Federal en las materias fiscal y aduanera.

Localizar y listar a los contribuyentes con el objeto de ampliar y mantener actualizado el registro respectivo.

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Allegarse la información necesaria para determinar el origen de los ingresos de los contribuyentes y, en su caso, el cumplimiento correcto de sus obligaciones fiscales.

Proponer, para aprobación superior, la política de administración tributaria y aduanera, y ejecutar las acciones para su aplicación. Se entenderá como política de administración tributaria y aduanera el conjunto de acciones dirigidas a recaudar eficientemente las contribuciones federales y los aprovechamientos que la legislación fiscal establece, así como combatir la evasión y elusión fiscales, ampliar la base de contribuyentes y facilitar el cumplimiento voluntario de las obligaciones de los contribuyentes.

Diseñar, administrar y operar la base de datos para el sistema de información fiscal y aduanera, proporcionando a la Secretaria de Hacienda y Crédito Público los datos estadísticos suficientes que permitan elaborar de manera completa los informes que en materia de recaudación federal y fiscalización debe rendir el ejecutivo federal al Congreso de la Unión.

Contribuir con datos oportunos, ciertos y verificables al diseño de la política tributaria.

Emitir las disposiciones de carácter general necesarias para el ejercicio eficaz de sus facultades, así como para la aplicación de las leyes, tratados y disposiciones que con base en ellas se expidan.

Emitir los marbetes y los precintos que los contribuyentes deban utilizar cuando las leyes fiscales los obliguen, y

Las demás que sean necesarias para llevar a cabo las previstas en esta ley, su reglamento interior y demás disposiciones jurídicas aplicables. “3

A parir del 1 de Julio de 1997 surge el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y asume las funciones que hasta esa fecha venía ejerciendo la Subsecretaria de Ingresos en lo relativo a la determinación, liquidación y recaudación de impuestos y demás contribuciones y sus accesorios, así como la vigilancia en el correcto cumplimiento de las obligaciones fiscales.

El Sistema de Administración Tributaria nace como respuesta a demandas y necesidades que surgen de la propia dinámica económica y social del país, y se enmarca en la tendencia mundial orientada a modernizar y fortalecer las administraciones tributarias, como herramienta para que la actividad de recaudación de impuestos se realice de manera eficaz y eficiente y, ante todo, en un marco de justicia y equidad contributiva.

3ídem, artículo 7

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De esta manera, al contar con una organización especializada conformada con personal calificado, se pretende responder con agilidad, capacidad y oportunidad a las actuales circunstancias del país.

Un punto fundamental para lograr el objeto del Sistema de Administración Tributaria fue el de contar con personal más capacitado, lo que dio como resultado una mayor calidad en los servicios que se prestan al público en general y, sobre todo, una atención más eficiente a los contribuyentes.

1.1.2 Administración de los Ingresos del Estado

Entendemos como administración de los Ingresos del Estado, el manejo y fomento de los recursos que fueron obtenidos por éste en cualquiera de sus dos personalidades, es decir, como un ente de derecho público o como sujeto de derecho privado.

La administración de los recursos públicos resulta muy compleja, debido a la diversidad de procedimientos que deben seguirse para tener una buena recaudación y administración. Lo complejo de la administración de los Ingresos Públicos comprende desde los órganos de recaudación hasta las formas de las mismas.

Existen muchas maneras en que se pueden obtener los recursos públicos como por ejemplo del pago de los impuestos y otras contribuciones de la sociedad; de los ingresos del petróleo; de la venta de bienes y servicios de las empresas y organismos públicos; de las contribuciones de trabajadores y patrones al sistema de seguridad social; así como de financiamientos que contrata.

Al respecto debe destacarse que existen numerosos organismos descentralizados y empresas propiedad del Gobierno Federal, como Petróleos Mexicanos, Comisión Federal de Electricidad, Lotería Nacional, etc., que recaudan ingresos y que deben concentrarlos en la Tesorería de la Federación; estos ingresos junto con los recaudados por ellas mismas, deben depositarse diariamente en el Banco de México o en institución de crédito autorizada, como lo prevé la Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación.

Todo esto implica un movimiento extraordinario de actividades para cada uno de los empleados y funcionarios que intervienen en la recaudación y administración de los recursos públicos, que de no cumplirse en sus términos, disposiciones legales y demás normas administrativas, pueden incurrir en responsabilidad por la mala administración de los Ingresos Públicos.

La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal en su artículo 31, fracción XI, encomienda a la Secretaría de Hacienda y Crédito Público cobrar los impuestos, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables, así como vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales.

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La Ley Orgánica de la Tesorería de la Federación dispone que el cobro de toda clase de crédito a favor del Gobierno Federal así como, la percepción de fondos y valores por otros conceptos a que tenga derecho el mismo o por cuenta ajena, debe hacerse por la Tesorería de la Federación, ya sea directamente o por conducto de sus organismos subalternos o auxiliares.

De esta forma, se puede advertir que la administración de los Ingresos Públicos comprende las siguientes operaciones:

1. Determinación de los créditos fiscales.

2. Percepción o cobro.

3. Concentración.

1.1.3 Erogación de los Ingresos del Estado

En la actualidad el crecimiento de la población ha traído como consecuencia el aumento de las necesidades colectivas, ya que a los tradicionales servicios de mercado, hospitales, cementerios, jardines, policías, transportes, viviendas, etc., hay que agregar ahora servicios más complejos y sofisticados como es el Internet, satélites, autopistas, comunicaciones en general y muchos otros más.

En este sentido, la erogación no es más que el gasto necesario que tiene que efectuar el Estado para la realización de las múltiples y variadas actividades, atribuciones y finalidades, tanto propias como de la colectividad que tiene a su cargo.

De todos los recursos que se reciben por concepto de Ingresos Públicos del Estado, una vez concentrados en la Tesorería de la Federación y aún cuando las leyes especiales los destinen a un fin determinado o para ser aprovechados en actividades de la Administración Pública, sólo podrá disponerse de ellos por aplicación del Presupuesto de Egresos.

1.2 Niveles de Gobierno en México

Se define al Gobierno Federal como el poder publico que proviene del pueblo, a través de él se ejerce su autoridad nacional y representa jurídicamente a ala nación.

El Gobierno Federal esta integrado por el Poder Legislativo, Ejecutivo y Judicial y a su vez cada uno se integra como sigue:

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Poder Legislativo

Se integra por un Congreso General, que se dividirá en dos cámaras, una de Diputados y otra de Senadores.

La Cámara de Diputados se formará de representantes de la nación, electos en su totalidad cada tres años. Por cada diputado propietario se elegirá un suplente. Estará compuesta por 300 diputados electos según el principio de votación y 200 diputados serán electos según el principio de representación.

Dentro de las facultades de la Cámara de Diputados se encuentra la de examinar, discutir y aprobar anualmente el Presupuesto de Egresos de la Federación. 4

La Cámara de Senadores se integrará por 128 senadores, de los cuales, en cada Estado y en el Distrito Federal, dos serán elegidos según el principio de votación mayoritaria relativa y uno será asignado a la primera minoría. Los 32 senadores restantes serán elegidos según el principio de representación proporcional.

La Cámara de Senadores se renovara cada 6 años.

Dentro de las facultades de la Cámara de Senadores se encuentra el análisis de la política desarrollada por el Ejecutivo Federal y aprobar los tratados internacionales y convenciones diplomáticas que celebre el Ejecutivo de la Unión.

Poder Ejecutivo de la Unión

Se representa a través de un solo individuo que se denominara Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, la elección del presidente será directa y en los términos que disponga la Ley Electoral.

Dentro de las facultades del Poder Ejecutivo se encuentra la dirección de la política exterior y la celebración de tratados internacionales, sometidos a la aprobación del Senado.

Poder Judicial

Se integra por la Suprema Corte de Justicia, el Tribunal Electoral en Tribunales Colegiados y Unitarios de Circuito y en Juzgados de Distrito. Se compondrá de 11 ministros y funcionará en pleno o en salas. Los ministros de la Suprema Corte de justicia duraran en su cargo 15 años.

4Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Edición de la Cámara de Diputados 2000 Articulo 76 Fracción I.

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Cabe mencionar que la fiscalización estará centralizada en el Poder Ejecutivo, ya que este administrará los recursos públicos y asignará la erogación de los mismos.

Además de la estructura citada anteriormente, la Administración Pública se regula por La Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, dentro de la cual se identifican 18 Secretarías de Estado, más la Consejería Jurídica del Ejecutivo Federal y la Procuraduría General de la República. Las Secretarías de Estado son:

Secretaría de Gobernación.

Secretaría de Relaciones Exteriores.

Secretaría de la Defensa Nacional.

Secretaría de Marina.

Secretaría de Seguridad Pública.

Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

Secretaría de Desarrollo Social.

Secretaría de Medio Ambiente.

Secretaría de Energía.

Secretaría de Economía.

Secretaría de Agricultura, Ganadería, Desarrollo Rural; Pesca y Alimentación.

Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

Secretaría de la Función Pública.

Secretaría de Educación Pública.

Secretaría de la Salud.

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Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Secretaría de Reforma Agraria.

Secretaría de Turismo.

1.3 Concepto de Ingreso

Empezaremos por entender al Ingreso como la representación total de los recursos que administra una entidad, en un momento determinado y sobre los cuales deberán manejarse políticas y procedimientos de control interno que garanticen la aplicación adecuada de la obtención y operación de estos recursos.

1.4 Ingresos del Estado

De acuerdo con el autor José Juan Ferreiro el Ingreso Público se define “como las sumas de dinero que el Estado y los demás entes públicos perciben y pueden emplear en el logro de sus fines” 5

Los ingresos públicos se consideran como el instrumento principal para la administración gubernamental y se integran por recursos federales, locales y municipales recaudados así como los recursos provenientes de financiamiento, endeudamiento o empréstitos.

Por lo tanto, es necesario mencionar la importancia de las obligaciones que como ciudadanos mexicanos debemos cumplir según el Artículo 31 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en su fracción IV:

“Contribuir para los gastos públicos, así de la Federación como del Distrito Federal o del Estado y Municipio en que residan, de la manera proporcional y equitativa que dispongan las leyes.” 6

Como veremos más adelante en el la clasificación de los ingresos, el Estado obtiene normalmente los medios materiales y personales que necesita para el cumplimiento de sus funciones de otros sujetos particulares o entes públicos, que son entregados voluntariamente a cambio de una suma de dinero.

5Ferreiro Vapatz José Juan, Curso de Derecho Financiero Español Volumen I Primera parte, 1999, pág.155

6Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, 1999 pág 34

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Para que el ingreso se convierta en un medio disponible, es preciso que éste se haya producido, y por lo tanto que haya entrado en el patrimonio del Estado.

1.5 Breve Noticia Histórica de los Ingresos del Estado

En los comienzos de la Edad Media el patrimonio del Estado es la principal fuente de las rentas públicas; el desarrollo del Estado llevo consigo un desarrollo paralelo del impuesto, mientras que la importancia de las rentas patrimoniales, dentro de los recursos públicos iba disminuyendo. En el siglo XIX el impuesto se había convertido en la fuente principal de las rentas públicas y el patrimonio tenía un papel muy secundario. Sin embargo, en el siglo XX se asiste a un resurgir de las rentas patrimoniales bajo formas nuevas.

En los comienzos de la Edad Media las rentas de las propiedades del rey constituían la principal fuente de recursos públicos. El rey vivía de los rendimientos que obtenían de sus bienes, exactamente igual que un particular. Pero es preciso distinguir entre las rentas patrimoniales propiamente dichas y las prestaciones feudales.

Rentas Patrimoniales propiamente dichas son las rentas que el rey obtiene de la explotación de las tierras que le pertenecen. Su mejor ejemplo es el de los monarcas feudales que no residen fijamente en una capital sino que se trasladan de dominio en dominio, con su corte y burocracia, para consumir los productos de sus propiedades en el mismo sitio de origen. Este fenómeno responde a una economía casi cerrada, en la que los cambios están muy poco desarrollados y a un poder estatal muy débil, de naturaleza casi patriarcal.

Prestaciones Feudales. Por el mero título de señor rey percibía en su dominio, como cada señor con el suyo, prestaciones feudales. Los campesinos dependientes del rey estaban 0obligados a moler su trigo en el molino del señor, a hacer coser el pan en el horno del señor, todo ello con gravosos derechos; se puede citar también el trabajo obligatorio para conservar los edificios del señor, las dependencias, los caminos de acceso, etc.

En estos casos la idea de impuesto queda mezclada con la de renta patrimonial, pero estas prestaciones se mantienen vinculadas a la idea de la propiedad del dominio señorial; son en cierta forma los productos jurídicos de esta propiedad. El carácter patrimonial es el predominante y solo se borrará lentamente.

La concepción romana del impuesto había desaparecido al mismo tiempo que la concepción romana del Estado; ambas desaparecieron conjuntamente a la vez que desaparecía la concepción feudal de un poder vinculado a la propiedad y dispersado entre los señores. Las circunstancias de este renacimiento del poder fiscal han jugado un papel muy importante en el desarrollo de las modernas instituciones democráticas ya que están vinculadas al origen de los Parlamentos.

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La concepción del impuesto no había desaparecido totalmente durante la época feudal, como tampoco la ideal del estado. Pero en cierta forma se había fundido con la concepción patrimonial del poder. El impuesto territorial, por ejemplo, se había confundido con la renta pagada al propietario para obtener el dominio directo de la tierra y no era percibido por el poder central sino por cada señor en sus tierras. Así, el poder fiscal se confunde con la propiedad y se divide entre todos los señores.

En materia fiscal, como en materia política, el rey, para restaurar su poder, utiliza ante todo sus privilegios feudales. Como señor percibe rentas en sus tierras, después utiliza el sistema de “ayudas”para reclamar de sus vasallos el derecho a percibir rentas en sus respectivos dominios; en lugar de ser pagada por el señor, la

“ayuda” es percibida por el rey directamente de los habitantes de los diversos dominios señoriales. Estas ayudas son en un primer momento excepcionales, por ejemplo cuando era necesario reclutar soldados.

Pero como luego se precisa un ejército permanente se tiende a darles tal carácter. Una vez concedida la autorización, el rey se aprovecha de ella para recaudar anualmente el impuesto, como ya lo hacía en las ciudades con carácter de municipio.

Poco a poco el impuesto ocupa así el primer lugar en las rentas públicas. Rentas patrimoniales y prestaciones feudales subsisten, pero el desarrollo de Estado y de sus gastos disminuye su importancia relativa en la Hacienda Pública. Con la Revolución francesa, desaparecen las prestaciones feudales y se vende una parte del patrimonio, mientras que la tributación se desarrolla cada vez más. Por último, a principios del siglo XX los recursos patrimoniales son muy débiles. Pero entonces se destaca una nueva evolución.

De la misma forma que las evoluciones anteriores, ésta profundamente vinculada a un cambio en la estructura del Estado. Es la asunción por el Estado de ciertas actividades industriales y comerciales la que ha desarrollado en estos últimos años, los recursos patrimoniales.

El Estado patrimonial de la época feudal recurría sobre todo a las rentas patrimoniales; el estado liberal de los clásicos era financiado principalmente mediante el impuesto; el estado planificador actual administra un sector público industrial y comercial que le produce unas importantes rentas patrimoniales.

La naturaleza de tales rentas patrimoniales ha cambiado; en la Edad Media se trataba principalmente de rentas territoriales provenientes de la explotación del suelo, ya que eran los bienes inmuebles poseídos por el Estado, los que constituían su patrimonio.

Actualmente las rentas patrimoniales más importantes provienen de las explotaciones industriales o comerciales del Estado. Este cambio no es sino el reflejo de una evolución general: en la Edad Media la tierra

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era la principal fuente de rentas y su explotación constituía la actividad económica más importante;

actualmente la industria y el comercio han pasado a primer plano.

En la Composición actual de los recursos del Estado es difícil determinar el total de los recursos patrimoniales porque están dispersos en muchos presupuestos especiales.

Los recursos patrimoniales propiamente dichos son las rentas provenientes de los bienes que pertenecen al estado. Se distinguirá la propiedad inmobiliaria y las participaciones financieras. Las Rentas de propiedad inmobiliaria. Por ejemplo en Francia representaban el 0.5% de los recurso totales del Estado.

También sería necesario distinguir las rentas propiamente dichas, provenientes de los bienes de los que el Estado conserva la propiedad (derechos por ocupación de la propiedad pública, talas de madera de los bosques del Estado, derechos de caza y pesca, etc.) de los productos de las enajenaciones, que tienen un carácter excepcional (liquidación de los bienes confiscados, liquidación de las plusvalías, etc.).

En cuanto a las rentas de las participaciones financieras, derivan del hecho de que el estado posee acciones u obligaciones de algunas empresas privadas, a veces provenientes de confiscaciones, y percibe los dividendos e intereses; éstas son las rentas de las participaciones financieras propiamente dichas. Su importancia es mínima.

Otra forma de participación financiera, en sentido amplio, produce rentas más cuantiosas que manifiestan tendencia a aumentar en años venideros: los prestamos y anticipos concedidos por el estado a las empresas privadas para permitirles modernizarse y equiparse.

Los Recursos provenientes de las empresas industriales y comerciales no están completamente separados de la anterior siendo el punto de transición los ingresos provenientes de las participaciones financieras. Las empresas industriales y comerciales del Estado, prohibidas por los clásicos se han desarrollado. Se le puede calificar en tres grupos: monopolios fiscales, servicios públicos industriales, empresas nacionales.

Las empresas industriales del Estado aparecieron primeramente bajo la forma de monopolios fiscales. Así el monopolio de tabacos y cerillas y el de Pólvora y Nitratos. Los clásicos veían en estos monopolios una forma especial de percepción del impuesto; de ahí el nombre de monopolio fiscal.

El Estado vende el tabaco, las cerillas o la pólvora a un precio mucho más elevado que el precio de coste, incluyendo en éste un beneficio comercial normal, por lo que la diferencia había de ser considerada como un impuesto. Por otra parte, los clásicos eran contrarios a esta forma de impuesto y el establecimiento del monopolio de tabacos y cerillas chocó con su oposición.

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De hecho, se trata de empresas industriales dirigidas por el Estado con un objetivo esencialmente financiero, es decir, para procurarse rentas.

Los servicios públicos industriales se realizan según los criterios comerciales e industriales; el servicio se ha de pagar y los ingresos de su explotación deben cubrir los gastos e incluso producir beneficios; pero estos beneficios no constituyen el principal objetivo de su establecimiento que responde mas bien a una necesidad de interés general, cuya satisfacción el estado cree que debe procurar por si mismo.

Las empresas nacionales son aquellas que, perteneciendo en otro tiempo a particulares, han sido asumidas por el estado: esta operación se llama nacionalización.

Entre las empresas nacionales algunas son dirigidas según métodos puramente comerciales y son unas competidoras más en el campo de la concurrencia.

A pesar de todos sus gastos no pueden ser considerados como públicos más que en la medida en que impliquen una acción del poder público sobre la actividad económica. También se puede aplicar a algunos recursos de los servicios públicos industriales y a ciertas rentas patrimoniales. Los beneficios de las empresas nacionales son devueltos en principio al presupuesto general: en 1964 figuran en él con una suma bastante módica (105 millones de francos).

Las tasas administrativas son las “remuneraciones por servicios prestados” por el Estado en derecho de sus funciones públicas. Por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se prestan por organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando, en este último caso, se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la Ley Federal de Derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

Por otra parte conviene señalar que en la actualidad existen también los llamados ingresos Parafiscales.

Parafiscalidad es una institución intermedia entre la tasa administrativa y el impuesto.

La concepción socio-económica de la parafiscalidad, o sea las exacciones efectuadas sobre sus usuarios por ciertos organismos, para asegurar su financiación autónoma: como son en México las prestaciones del Seguro Social y al Fondo Nacional de la Vivienda.

Y finalmente la denominamos Contribuciones de Mejoras tratándose de las obras Públicas. El gobierno recauda todo un conjunto de impuestos y este mecanismo crea una gama de efectos en la economía, la

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producción, el consumo y la inversión. Estos ingresos se obtienen utilizando instrumentos jurídicos que obligan a los particulares a contribuir a los gastos públicos. La combinación de estos mecanismos es distinta a cada país.

Los Ingresos Públicos se constituyen por el conjunto de los recursos financieros que se obtienen a través de contribuciones como son: de los Impuestos, Derechos, Contribuciones de Mejoras, y otras fuentes que no tienen carácter tributario como son los productos, aprovechamientos y los ingresos derivados de financiamientos como se menciona en la Ley de Ingresos de la Federación para el presente año.

Podemos clasificar los impuestos en función de la autoridad gubernamental que los establece. En cierto momento, los diferentes niveles de gobierno tienen la capacidad para obtener ingresos.

Podemos distinguir a un gobierno central de un gobierno local. En última instancia, esto depende del tipo del sistema político y régimen de gobierno.

Podemos ver que existen desde un marco conceptual que algunos impuestos recaen sobre la renta de las personas y empresas, otros recaen por los consumos que estos realizan y por último algunos menores por la propiedad. De tal modo, que podemos tener una distinción útil entre impuestos directos e indirectos.

Los impuestos directos, como el Impuesto Sobre la Renta y el impuesto sobre la propiedad siendo recaudados en función de su renta o riqueza. Por tanto, estos impuestos requieren de información sobre la renta de las personas y empresas. Por otro lado, los impuestos indirectos como los impuestos a las ventas o al consumo, no recaen en particular a un sujeto específico, sino en una transacción económica determinada.

En el caso del sistema impositivo de México, se rige a partir de un Sistema Nacional de Coordinación Fiscal, en donde los tres niveles de gobierno existentes, definen los rubros de ingreso necesarios para atender las necesidades de gasto. Algunos de los gravámenes que actualmente se cobran podrían clasificarse de la siguiente manera:

Impuestos Federales:

Impuesto sobre la Reta (ISR).

Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios PIEPS).

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Impuesto al Comercio Exterior (Exportaciones e Importaciones).

Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos.

Impuesto sobre automóviles nuevos.

Impuesto sobre servicios expresamente declarados de interés público por la ley, en los que intervengan empresas concesionarias de bienes de dominio directo de la Nación.

Impuesto a los rendimientos petroleros.

Impuesto al Comercio Exterior: de Importación y de Exportación.

Accesorios.

Impuestos Estatales:

Impuestos sobre Erogaciones por Remuneraciones al Trabajo Personal (nóminas).

Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos (10 años o más)}.

Impuesto sobre Compra-Venta de Autos Usados.

Impuestos obre Rifas, Loterías y Juegos con Cruce de Apuestas.

Impuestos Municipales:

Impuesto Predial.

Impuesto por Traslación de Dominio.

Impuesto sobre Rifas, Loterías y Juegos con Cruce de Apuestas.

En cualquier caso, la creación de nuevos impuestos o rubros de ingreso, en general deberá ser autorizado por el Honorable Congreso de la Unión en el caso Federal y por las legislaturas en el caso de los Estados y Municipios.

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Otra forma de conceptuar los ingresos del sector público es en ordinarios y extraordinario. Son ingresos ordinarios, aquellos que se constituyen en una fuente normal y periódica de recursos fiscales del sector público y se encuentran establecidos en un presupuesto. Dichos ingresos son captados por el sector público en el desempeño de sus actividades de derecho público y como productor de bienes y servicios por la ejecución de la Ley de Ingresos.

A su vez, los ingresos ordinarios se dividen en dos clases:

Ingresos corrientes.

Son los ingresos propios de la actividad estatal; es decir a los ingresos de las empresas públicas, que son necesarias en sectores estratégicos como la energía, la banca, la minería o la siderurgia, que no pueden estar en manos privadas, ya que su finalidad no es el de obtener beneficios sino prestar servicios que los particulares que no están en condiciones de ofrecer.

Los ingresos corrientes, a su vez, se clasifican en dos grupos:

Ingresos Tributarios o Impuestos

Tienen como características básicas la obligatoriedad, unilateralidad y generalidad. Para los contribuyentes y están representados fundamentalmente en impuestos. Se dividen en:

Impuestos que son las contribuciones establecidas en Ley que deben pagar las personas físicas y morales que se encuentren en la situación jurídica o de hecho prevista por la misma y que son distintas de los apartados siguientes: Impuestos, Impuesto sobre la renta, Impuesto al activo, Impuesto al valor agregado, Impuesto especial sobre producción y servicios, Impuesto por el uso o tenencia de vehículos, Impuesto sobre automóviles nuevos, Impuestos al comercio exterior.

Las Aportaciones de Seguridad Social que son las contribuciones establecidas en ley a cargo de personas que son sustituidas por el Estado en el cumplimiento de obligaciones fijadas por la Ley en materia de seguridad social o a las personas que se beneficien en forma especial por servicios de seguridad proporcionados por el mismo Estado.

Las Contribuciones de mejoras son las establecidas en Ley a cargo de personas físicas y morales que se beneficien de manera directa por obras públicas.

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Derechos son las contribuciones establecidas por ley por el uso o aprovechamiento de los bienes del dominio público de la Nación, así como por recibir servicios que presta el Estado en sus funciones de derecho público, excepto cuando se presten por organismos descentralizados u órganos desconcentrados cuando, en este último caso se trate de contraprestaciones que no se encuentren previstas en la Ley Federal de Derechos. También son derechos las contribuciones a cargo de los organismos Públicos descentralizados por prestar servicios exclusivos del Estado.

Los accesorios de los contribuyentes que son los recargos, las sanciones, los gastos de ejecución e indemnización son accesorios de las contribuciones y participan de la naturaleza de éstas.

Conforme a lo expuesto los Ingresos de Capital son los ingresos provenientes de la realización del patrimonio del Estado.

Podemos tomar la clasificación por ingresos petroleros y por los no petroleros, esto permitirá conocer la razón en que los ingresos que capta la hacienda federal por la venta de productos petroleros representan alrededor de la tercera parte de los ingresos presupuestarios totales.

Los ingresos petroleros comprenden los ingresos tributarios (impuestos) asociados al sector, los derechos por hidrocarburos, así como los ingresos propios de PEMEX. Por su parte, los Ingresos No petroleros consideraran los recursos obtenidos por fuentes distintas del petróleo a través de Impuestos, Derechos, Productos, Aprovechamientos y Contribuciones de Mejoras, así como los que obtienen los Organismos y Empresas bajo control directo presupuestario, diferentes de PEMEX.

1.6 Ley de Ingresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal de 2004

Esta Ley tiene su apoyo legal en el artículo 73 fracción VII de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, conforme al cual el Congreso de la unión tiene las facultades para imponer contribuciones necesarias para cubrir el Presupuesto.

La Ley de Ingresos de la Federación es el acto legislativo en que se contienen los ingresos que el Gobierno Federal está autorizado para recaudar en un año determinado. En realidad es una lista de conceptos en virtud de los impuestos, sino que solo establece que, en determinado ejercicio, se percibirán ingresos provenientes de los conceptos señalados.

Es el documento que se elabora anualmente por el Gobierno Federal y presenta la estimación de los ingresos que se espera recibir por el ejercicio de la función propia del Gobierno, consiste en la recaudación de

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impuestos, derechos, productos y aprovechamientos los cuales se complementan con la estimación esperada de ingresos por aportaciones de seguridad social y organismos descentralizados y empresas de participación estatal que conforman la Administración Pública Paraestatal.

La formulación de esta Ley se realiza conjuntamente con el Presupuesto de Egresos de la Federación, por lo que en caso de que los ingresos previstos sean insuficientes para cubrir la atención a los compromisos y necesidades que obligan las acciones y programas de gobierno.

Es necesario allegarse a recursos adicionales, para lo cual se recurre al último concepto de ingreso conocido como financiamiento, clasificándolo en razón de su destino: Gobierno Federal, organismos descentralizados y empresas de participación estatal.

Es necesario mencionar que una de las características de la Ley de Ingresos de la Federación, es que es una ley general, porque de su expedición por el Congreso de la Unión se deriva la vigencia de leyes especiales, es decir, aquellas que prevén impuestos en particular.

El Artículo 65 de la Constitución Política, dispone que el Congreso se reunirá a partir del 1º de noviembre de cada año para celebrar un primer periodo de sesiones ordinarias, y a partir del día 15 de abril de cada año para celebrar un segundo periodo de sesiones ordinarias, en las cuales se ocupará de imponer las contribuciones necesarias para cubrir el presupuesto según Artículo 73 Constitucional fracción VII.

Por una parte, la Ley de que se trata contiene la enumeración de los Ingresos que autoriza percibir en un año determinado, mismos que mencionamos con anterioridad

Además la Ley de que se trata regula los siguientes casos principales:

Autorización para ejercicio de financiamiento adicional que puede ser contratado por la Secretaria de Hacienda y Crédito Público, tanto por crédito interno como externo.

Normatividad especial para recaudación y aplicación de impuestos; de manera especial, toda la que está relacionada con Petróleos Mexicanos.

Normatividad sobre la Información, la Transparencia y la Evaluación de la Eficiencia Recaudatoria, la Fiscalización y el Endeudamiento.

Normatividad sobre facilidades administrativas y Estímulos Fiscales.

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Otra característica de la Ley de Ingresos de la Federación es la anualidad, es decir, anualmente se debe examinar, discutir y aprobar las contribuciones necesarias para cubrir el gasto público, como lo establece el Artículo 74 constitucional fracción IV.

En síntesis la Ley de Ingresos tiene las siguientes características:

1. Anualidad, tiene vigencia durante un año fiscal, que corresponde al año calendario.

2. Analizando el Artículo 74 fracción IV de la Constitución, no continuará vigente la ley anterior si la nueva no ha sido aprobada, promulgada o publicada.

3. Revalidación de la vigencia de las leyes fiscales que establecen los distintos tributos que ha de recaudar el estado.

4. Precisión en virtud de que cualquier impuesto o ingreso que no esté incluido en la ley no podrá ser recaudado, ya sea que la omisión sea voluntaria o involuntaria.

5. Catalogación, es decir, un catalogo por rubros por obtener en el año de su vigencia.

6. Previsibilidad, establece las cantidades estimadas que de cada concepto se habrán de obtener.

7. Proceso Legislativo seguido para la elaboración de la Ley de Ingresos de la Federación.

En cuanto a la ley de referencia, existen dos nuevas disposiciones de gran importancia en cuanto al contenido de la Iniciativa de Ley, en los artículos número 37 y 38 de la Ley de Ingresos de la Federación.

Así, se establecen exigencias particulares que debe cumplirse por las iniciativas de Ley concernientes a las leyes fiscales así como de la propia Ley de Ingresos al ejercicio del 2005, mismo que se transcriben a continuación:

Artículo 37. En el ejercicio fiscal de 2004, toda iniciativa en materia fiscal deberá incluir en su exposición de motivos el impacto recaudatorio de cada una de las medidas propuestas, así como la base de datos y la metodología utilizada para calcular dichos impactos. Así mismo, en cada una de las explicaciones establecidas en dicha exposición de motivos, se deberá incluir claramente el artículo de la disposición de que se trate en el cual se llevarían a cabo las reformas.

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Las comisiones de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público deberán consensar la metodología y las fuentes de datos para medir el impacto de las iniciativas presentadas.

Una vez consensados dichos procedimientos, la evaluación estará a cargo de un grupo de expertos designados por las Comisiones de Hacienda y Crédito Público de ambas cámaras.

Toda iniciativa en materia fiscal que envíe el Ejecutivo Federal al Congreso de la Unión observará lo siguiente:

1. Que se otorgue certidumbre jurídica a los contribuyentes.

2. Que el pago de los impuestos sea sencillo y asequible.

3. Que el monto a recaudar sea mayor que el costo de su recaudación y fiscalización, y

4. Que las contribuciones sean estables para las finanzas públicas.

Artículo 38. La Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal del 2005 deberá acompañarse del Presupuesto de Ingresos y del Presupuesto de Endeudamiento y especificará la estimación de los montos correspondientes a las fuentes de ingresos que se detallen en los presupuestos de ingresos y endeudamiento.

La Iniciativa también incluirá disposiciones específicas para los contribuyentes y para el sector público que se aplicarán durante el ejercicio fiscal.

Estas disposiciones deberán incluirse en la exposición de motivos de la iniciativa, las cuales deberán ser tomadas en cuenta en la elaboración de los dictámenes que emitan las Comisiones respectivas en el Congreso de la Unión. La Ley de Ingresos de la Federación únicamente incluirá las estimaciones de las contribuciones contempladas en las leyes fiscales.

En el presupuesto de ingresos se deberá incluir la estimación de todas las fuentes de recursos que captará el Sector Público Federal en un ejercicio fiscal para cubrir el gasto público federal, así como las disposiciones de carácter temporal que deberá observar el Ejecutivo Federal.

Se deberá explicar y documentar suficientemente en la exposición de motivos del presupuesto de ingresos todas las fuentes de recursos que se incluyan en la Iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación.

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En su Exposición de Motivos, el presupuesto de ingresos deberá contener lo siguiente:

Proyecciones de ingresos con las memorias de cálculo. La información detallada de los ingresos.

La cuantificación del impacto en los ingresos de las modificaciones que se propongan a las leyes fiscales.

Y en un anexo deberán incluirse los indicadores y los datos estadísticos que los sustenten, así como la metodología aplicada en dichos cálculos.

En el Presupuesto de Ingresos se contabilizarán los ingresos que capta el Gobierno Federal en los términos de las disposiciones fiscales; los de los organismos públicos descentralizados y las empresas de participación estatal mayoritaria como resultado de sus actividades, y el remanente de operación del Banco de México cuando sea positivo.

El presupuesto de endeudamiento contendrá la siguiente información:

Las proyecciones de las disposiciones y las amortizaciones congruentes con los techos de endeudamiento público solicitados.

Los supuestos utilizados y las memorias de cálculo.

A continuación compararemos los rubros de la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal 2003 y 2004.

Para el año fiscal 2004 se eliminaron los siguientes rubros:

- Impuesto sustitutivo del crédito al salario

- Impuesto a la venta de bienes y servicios suntuarios - Por recibir servicios que preste el Estado.

- Por la prestación de servicios exclusivos a cargo del Estado, que prestan organismos descentralizados -Instituto Mexicano del Seguro Social.

-Instituto del Seguridad y Servicios Sociales para los Trabajadores del Estado.

Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2003 y 2004

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CONCEPTO CIFRAS CIFRAS A„O 2003 A„O 2004 A. INGRESOS DEL GOBIERNO FEDERAL 1,062,001,400,000 1,167,501,700,000

I. Impuestos: 790,041,800,000 820,550,500,000

1. Impuesto sobre la renta. 352,947,200,000 346,209,900,000

2. Impuesto al activo. 11,500,100,000 15,323,800,000

3. Impuesto al valor agregado. 225,154,300,000 271,614,900,000 4. Impuesto especial sobre producci—n y servicios: 148,412,200,000 137,803,000,000 A. Gasolinas y diesel, para combusti—n automotriz. 120,980,200,000 106,754,700,000 B. Bebidas con contenido alcoh—lico y cerveza: 3,448,700,000 16,646,000,000

a) Bebidas alcoh—licas. 0 4,326,600,000

b) Cervezas y bebidas refrescantes. 11,590,900,000 12,319,400,000

C. Tabacos labrados. 11,249,300,000 13,000,100,000

D. Telecomunicaciones. 975,000,000 0

E. Aguas, refrescos y sus concentrados. 168,100,000 1,402,200,000 5. Impuesto sobre tenencia o uso de veh’culos. 12,707,800,000 13,465,600,000 6. Impuesto sobre autom—viles nuevos. 5,030,800,000 4,320,500,000 7. Impuesto sobre servicios expresamente declarados

de interˇs p blico por ley, en los que intervengan empresas concesionarias de bienes del dominio

directo de la Naci—n. 0 0

8. Impuesto a los rendimientos petroleros. 0 0

9. Impuestos al comercio exterior: 25,538,700,000 24,076,300,000

A. A la importaci—n. 25,538,700,000 24,076,300,000

B. A la exportaci—n. 0 0

10. Accesorios. 6,698,700,000 7,156,500,000

II. Contribuciones de mejoras: 16,000,000 14,800,000

Contribuci—n de mejoras por obras p blicas de

infraestructura hidr‡ulica. 16,000,000 14,800,000

III. Derechos: 198,845,000,000 254,821,000,000

1. Servicios que presta el Estado en funciones de

derecho p blico: 6,394,100,000 6,910,100,000

A. Secretar’a de Gobernaci—n. 1,019,200,000 780,900,000

B. Secretar’a de Relaciones Exteriores. 1,334,500,000 1,384,100,000

C. Secretar’a de la Defensa Nacional. 33,200,000 33,300,000

D. Secretar’a de Marina. 0 200

E. Secretar’a de Hacienda y Crˇdito P blico. 1,083,800,000 1,829,300,000

F. Secretar’a de la Funci—n P blica. 500,000 0

G. Secretar’a de Energ’a. 1,700,000 20,200,000

H. Secretar’a de Econom’a. 51,300,000 50,800,000

I. Secretar’a de Agricultura, Ganader’a, Desarrollo

Rural, Pesca y Alimentaci—n. 110,300,000 16,300,000

J. Secretar’a de Comunicaciones y Transportes. 2,355,400,000 2,460,400,000 K. Secretar’a de Medio Ambiente y Recursos

Naturales. 41,300,000 23,200,000

L. Secretar’a de Educaci—n P blica. 252,000,000 253,000,000

M. Secretar’a de Salud. 63,600,000 1,100,000

N. Secretar’a del Trabajo y Previsi—n Social. 600,000 600,000

„. Secretar’a de la Reforma Agraria. 34,300,000 34,800,000

(31)

CONCEPTO CIFRAS CIFRAS

A„O 2003 A„O 2004

O. Secretar’a de Turismo. 900,000 800,000

P. Secretar’a de Seguridad P blica. 11,500,000 11,100,000

2. Por el uso o aprovechamiento de bienes del

dominio p blico: 7,458,800,000 7,048,700,000

A. Secretar’a de Hacienda y Crˇdito P blico. 200,000 700,000

B. Secretar’a de la Funci—n P blica. 22,200,000 0

C. Secretar’a de Econom’a. 264,200,000 200,900,000

D. Secretar’a de Comunicaciones y Transportes. 2,214,200,000 2,009,300,000 E. Secretar’a de Medio Ambiente y Recursos Naturales. 4,958,000,000 4,837,800,000 3. Derecho sobre la extracci—n de petr—leo. 126,801,400,000 146,537,100,000 4. Derecho extraordinario sobre la extracci—n de petr—leo 55,768,100,000 91,632,530,000 5. Derecho adicional sobre la extracci—n de petr—leo. 2,422,600,000 2,692,600,000

6. Derecho sobre hidrocarburos. 0 0

IV. Contribuciones no comprendidas en las fracciones precedentes causadas en ejercicios fiscales

anteriores pendientes de liquidaci—n o de pago. 267,700,000 696,800,000

V. Productos: 5,254,600,000 6,415,900,00

1. Por los servicios que no correspondan a funciones

de derecho p blico. 188,700,000 134,000,000

2. Derivados del uso, aprovechamiento o enajenaci—n

de bienes del dominio privado: 5,065,900,000 6,281,900,000

A. Explotaci—n de tierras y aguas. 0 0

B. Arrendamiento de tierras, locales y construcciones. 8,100,000 6,900,000

C. Enajenaci—n de bienes: 929,900,000 1,590,900,000

a) Muebles. 830,400,000 1,175,300,000

b) Inmuebles. 99,500,000 415,600,000

D. Intereses de valores, crˇditos y bonos. 2,642,300,000 2,682,000,000

E. Utilidades: 1,410,300,000 1,959,200,000

a) De organismos descentralizados y empresas de

participaci—n estatal. 0 0

b) De la Loter’a Nacional para la Asistencia P blica. 491,500,000 860,600,000 c) De Pron—sticos para la Asistencia P blica. 888,700,000 1,024,100,000

d) Otras. 30,100,000 74,500,000

F. Otros. 75,300,000 42,900,000

VI. Aprovechamientos: 67,576,300,000 82,002,700,000

1. Multas. 512,800,000 621,800,000

2. Indemnizaciones. 300,200,000 721,900,000

3. Reintegros: 92,900,000 131,100,000

A. Sostenimiento de las Escuelas Art’culo 29,600,000 43,500,000

B. Servicio de Vigilancia Forestal. 0 2,400,000

C. Otros. 63,300,000 85,200,000

4. Provenientes de obras p blicas de infraestructura

hidr‡ulica. 1,236,600,000 969,300,000

5. Participaciones en los ingresos derivados de la aplicaci—n de leyes locales sobre herencias y

legados expedidas de acuerdo con la Federaci—n. 0 0

6. Participaciones en los ingresos derivados de la aplicaci—n de leyes locales sobre donaciones

expedidas de acuerdo con la Federaci—n. 0 0

(32)

CONCEPTO CIFRAS CIFRAS

A„O 2003 A„O 2004

7. Aportaciones de los Estados, Municipios y particulares para el servicio del Sistema Escolar

Federalizado. 0 0

8. Cooperaci—n del Distrito Federal por servicios

p blicos locales prestados por la Federaci—n. 0 0

9. Cooperaci—n de los Gobiernos de Estados y Municipios y de particulares para alcantarillado,

electrificaci—n, caminos y l’neas telegr‡ficas, telef—nicas

y para otras obras p blicas. 0 100,000

10. 5% de d’as de cama a cargo de establecimientos particulares para internamiento de enfermos y otros

destinados a la Secretar’a de Salud. 0 0

11. Participaciones a cargo de los concesionarios de v’as generales de comunicaci—n y de empresas de

abastecimiento de energ’a elˇctrica. 2,139,400,000 844,100,000

12. Participaciones se–aladas por la Ley Federal de

Juegos y Sorteos. 209,600,000 210,000,000

13. Regal’as provenientes de fondos y explotaciones

mineras. 0 0

14. Aportaciones de contratistas de obras p blicas. 17,900,000 15,600,000 15. Destinados al Fondo para el Desarrollo Forestal: 3,000,000 800,000 A. Aportaciones que efect en los Gobiernos del Distrito

Federal, Estatales y Municipales, los

organismos y entidades p blicas, sociales y los

particulares. 0 700,000

B. De las reservas nacionales forestales. 0 0

C. Aportaciones al Instituto Nacional de Investigaciones

Forestales y Agropecuarias. 0 100,000

D. Otros conceptos. 0 0

16. Cuotas Compensatorias. 274,800,000 296,300,000

17. Hospitales Militares. 0 0

18. Participaciones por la explotaci—n de obras del dominio p blico se–aladas por la Ley Federal del

Derecho de Autor. 0 100,000

19. Recuperaciones de capital: 24,839,300,000 4,000,000,000

A. Fondos entregados en fideicomiso, a favor de

entidades federativas y empresas p blicas. 0 0

B. Fondos entregados en fideicomiso, a favor de

empresas privadas y a particulares. 0 0

C. Inversiones en obras de agua potable y alcantarillado. 0 0

D. Desincorporaciones. 21,150,000,000 4,000,000,000

E. Otros. 3,689,300,000 0

20. Provenientes de decomiso y de bienes que pasan

a propiedad del Fisco Federal. 11,000,000 126,000,000

21. Rendimientos excedentes de Petr—leos Mexicanos

y organismos subsidiarios. 6,061,100,000 2,384,600,000

22. Provenientes del programa de mejoramiento de los medios de inform‡tica y de control de las

autoridades aduaneras. 0 862,400,000

23. No comprendidos en los incisos anteriores

provenientes del cumplimiento de convenios celebrados

(33)

CONCEPTO CIFRAS CIFRAS A„O 2003 A„O 2004

en otros ejercicios. 0 0

24. Otros: 31,877,700,000 73,818,600,000

A. Remanente de operaci—n del Banco de Mˇxico. 0 15,000,000,000 B. Utilidades por Recompra de Deuda. 3,850,000,000 13,000,000,000 C. Rendimiento m’nimo garantizado. 10,012,300,000 20,223,100,000

D. Otros. 18,015,400,000 25,595,500,000

B. INGRESOS DE ORGANISMOS Y EMPRESAS 411,555,500,000 440,510,400,000 VII. Ingresos de organismos y empresas: 312,650,300,000 331,639,400,000 1. Ingresos propios de organismos y empresas: 312,650,300,000 331,639,400,000

A. Petr—leos Mexicanos. 152,127,000,000 152,987,200,000

B. Comisi—n Federal de Electricidad. 121,511,100,000 141,734,700,000

C. Luz y Fuerza del Centro. 4,142,900,000 1,580,400,000

D. Instituto Mexicano del Seguro Social. 5,743,700,000 8,428,000,000 E. Instituto de Seguridad y Servicios Sociales para los

Trabajadores del Estado. 25,448,700,000 26,909,100,000

2. Otros ingresos de empresas de participaci—n estatal. 0 0 VIII. Aportaciones de seguridad social: 98,905,200,000 108,871,000,000 1. Aportaciones y abonos retenidos a trabajadores por

patrones para el Fondo Nacional de la Vivienda

para los Trabajadores. 0 0

2. Cuotas para el Seguro Social a cargo de patrones

y trabajadores. 98,905,200,000 108,871,000,000

3. Cuotas del Sistema de Ahorro para el Retiro a cargo

de los Patrones. 0 0

4. Cuotas para el Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado a cargo de

los citados trabajadores. 0 0

5. Cuotas para el Instituto de Seguridad Social para las Fuerzas Armadas Mexicanas a cargo de los

militares. 0 0

C. INGRESOS DERIVADOS DE

FINANCIAMIENTOS 51,288,800,000 42,493,000,000

IX. Ingresos derivados de financiamientos: 51,288,800,000 42,493,000,000 1. Endeudamiento neto del Gobierno Federal: 82,156,400,000 69,635,500,000

A. Interno. 82,156,400,000 69,635,500,000

B. Externo. 0 0

2. Otros financiamientos: 18,421,300,000 18,400,000,000

A. Diferimiento de pagos. 18,421,300,000 18,400,000,000

B. Otros. 0 0

3. Super‡vit de organismos y empresas de control

presupuestario directo (se resta) 49,288,900,000 45,542,500,000 TOTAL 1,524,845,700,000 1,650,505,100,000

(34)

Después de comparar los rubros de la Ley de Ingresos de la Federación del Ejercicio Fiscal para 2003 y 2004, se puede observar que en los conceptos donde se obtiene mayor ingreso se presentaron las siguientes variaciones:

CONCEPTO 2003

%

2004

%

VARIACION

Impuesto Sobre la Renta 44.67 42.19 Disminución

Impuesto al Valor Agregado

21.20 23.26 Aumento

Impuesto Especial sobre Producción y Servicios

18.78 16.79 Disminución

Derecho sobre la extracción del petróleo

63.77 55.50 Disminución

Petróleos Mexicanos 48.66 46.13 Aumento

Comisión Federal de Electricidad

38.86 42.74 Aumento

En cuanto a los Ingresos Derivados de Financiamientos, podemos observar que hubo una disminución para el año 2004 ya que se pretende obtener $ 42, 493, 000, 000 y en el año 2003 se estimó un importe de $ 51, 288, 800, 000; esto quiere decir que para el año 2004 se espera disminuir el Endeudamiento Interno del Gobierno Federal.

(35)

CAPITULO II PRESUPUESTO DE EGRESOS

2.1 Concepto de Presupuesto de Egresos

Empezaremos por definir que es el presupuesto, el autor Ferreiro Lapatza lo define como “la expresión contable del plan económico de la Hacienda para un período de tiempo determinado o como el resumen sistemático elaborado en periodos regulares, de las previsiones consideradas obligatorias, de los gastos proyectados y de las estimaciones de los ingresos previstos para cubrir dichos gastos”; y a su vez definiremos al Egreso como las operaciones que afecten los resultados, disminuyendo las utilidades o incrementando las pérdidas.

El presupuesto es la expresión financiera de lo que el gobierno pretende llevar a cabo en un período determinado por lo general un año. En su concepción más moderna, el presupuesto es un instrumento de programación económica y social al posibilitar la identificación de los objetivos que el Estado pretende alcanzar. También es un instrumento de administración pues constituye “guía de acción” que permite minimizar las decisiones improvisadas. Es un ordenamiento legal, de carácter anual que propone el Presidente de la República Mexicana y lo aprueba la Cámara de Diputados.

Contiene el monto total de recursos que ejercerá el gobierno durante el año, precisando el gasto a ejercer por cada una de las dependencias, órganos desconcentrados, órganos autónomos, entidades y organismos, así como por cada uno de los programas mediante los cuales se llevan a cabo las acciones de gobierno. Incluye el monto de endeudamiento a ejercer así como las transferencias federales autorizadas por la Cámara de Diputados.

El Presupuesto está limitado a los Gastos e Ingresos del Estado, es decir, es un documento financiero. Éste debe estar en equilibrio, por lo tanto los ingresos y los gastos deben compensarse exactamente. Podemos concluir que los elementos fundamentales que caracterizan al presupuesto son: el carácter financiero, el equilibrio, y la anualidad.

2.2 Antecedentes del Presupuesto de Egresos de la Federación en México

México Independiente. Como todo proceso evolutivo, el erario del Estado Mexicano que surge de la Independencia presenta un universo en el que imperan las circunstancias adversas. Paulatinamente se introducen las instituciones y los factores que tienden a consolidarlo, al tiempo que va integrándose el Estado Mexicano.

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