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UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PUERTO RICO DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES ATLÉTICAS Y GIMNASIO HATO REY, PUERTO RICO

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UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PUERTO RICO

DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES ATLÉTICAS Y GIMNASIO HATO REY, PUERTO RICO

PROCEDIMIENTO PARA PARTICIPACIÓN EN COMPETENCIAS Y AYUDAS ECONÓMICAS PARA ESTUDIANTES – ATLETAS, SEGÚN REGLAMENTO DE LA

LIGA ATLÉTICA INTERUNIVERSITARIA (LAI) CAPÍTULO IX: DE LAS NORMAS DE ELEGIBILIDAD

Art. 70: La elegibilidad para competir en el programa deportivo de la LAI, se establecerá a partir de la fecha de admisión del estudiante en un programa académico conducente a grado en la Institución miembro, de acuerdo con su normativa institucional. Una vez el estudiante se gradúe de escuela superior, tendrá hasta un máximo de dos años consecutivos para ingresar a una institución universitaria para no afectar sus años de elegibilidad. De no ser así, sus años de elegibilidad comenzarán a contar a partir de ese periodo, esté o no esté matriculado

Sec. 1 Los estudiantes que tengan hasta dos años de estudios de Institutos Técnicos o Centros de Certificados Pre-Universitarios autorizados o acreditados por el CEPR o por una Junta acreditadora de E.E.U.U., podrán participar como si hubieran agotado los dos años a los que tiene derecho para ingresar en las competencias de la LAI, después de graduarse de Escuela Superior. De haber estudiado más de 2 años, la diferencia en años se restará del periodo de elegibilidad, según reza en la Sec. 2 y 3 de este artículo.

Sec. 2 Años de elegibilidad y competencia: La elegibilidad del estudiante tendrá una duración de cinco (5) años contados a partir de la fecha dispuesta en la sección anterior y podrá competir durante cuatro (4) años, dentro de ese periodo de cinco (5) años.

Sec. 3 La edad máxima para competir será hasta los 25 años.

Art. 71: Los estudiantes de primer año podrán participar si cumplen con los siguientes criterios: Sec. 1 Tener un índice académico de 2.0.

Sec. 2 Tener evidencia de que tomó las pruebas de CEEB, SAT o su equivalente.

Sec. 3 Ingresar en el primer semestre, trimestre o cuatrimestre, según sea el caso, en una universidad de la LAI. Estudiantes que ingresen en el segundo semestre o su similar en trimestres o cuatrimestres no serán elegibles en su primer año.

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Sec. 4 Para poder competir en el segundo semestre, éstos deberán aprobar un mínimo de 12 créditos en su primer semestre o su equivalente en trimestres o cuatrimestres, con un índice académico igual o mayor a 2.0.

Sec. 5 Luego de su primer año, se les aplicará las reglas de elegibilidad según el Art. 72 4 del Cap. IX.

Art. 72: Los estudiantes que reúnan los siguientes requisitos podrán participar en las competencias atléticas auspiciadas por la LAI:

Sec. 1. que estén matriculados en una institución miembro de la LAI.

Sec. 2. que hayan aprobado un mínimo de 24 créditos durante los dos (2) semestres previos a su participación, entendiéndose que se le podrá contar un máximo de seis (6) créditos aprobados en las sesiones de verano siguientes a su ingreso. Sin embargo, si un estudiante ingresa por primera vez a una institución universitaria en verano, esos créditos no se contarán para su elegibilidad.

Sec. 3 Tener un índice acumulativo mínimo de 2.0, desde sus comienzos y durante sus años de competencia y cumplir, además, con las normas de progreso académico de su Institución para poder mantener su elegibilidad.

Sec.4 La elegibilidad de un estudiante estará condicionada a que en el 1er semestre de su participación esté matriculado en un programa no menor de doce (12) créditos subgraduado o de nueve (9) créditos graduados en un programa equivalente de trimestre o cuatrimestre.

Sec.5 Podrán tener un programa de menos de doce (12) créditos 7 aquellos estudiantes-atletas que al momento de su participación sean certificados oficialmente por la Oficina del Registrador como que están tomando los últimos créditos para completar su grado académico subgraduado. Esta oportunidad se podrá conceder solamente una vez durante sus años de participación. En adelante, si le quedase algún año de elegibilidad, tendrán que estar matriculados a nivel graduado.

Art. 73: Un estudiante que se haya transferido de una institución en o fuera de Puerto Rico y de Islas Vírgenes Americanas deberá tener dos (2) semestres o su equivalente a un año académico de residencia en su nueva institución y haber aprobado un mínimo de veinticuatro (24) créditos durante ese período de tiempo.

Sec. 1 Estudiantes que hayan aprobado cuarenta y cinco (45) créditos o más en Programas de Traslado en instituciones en Puerto Rico, según lo define el catálogo de éstas, pueden trasladarse a cualquier institución miembro de la LAI que ofrezca su concentración de estudios y participar de inmediato.

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Sec. 2 Podrán participar inmediatamente aquellos estudiantes que hayan completado un grado asociado, según descrito en el catálogo de la universidad de procedencia, debidamente acreditada, si ésta no ofrece el bachillerato en su área de estudios.

Art. 74: También serán elegibles estudiantes que hayan estudiado en otra institución con permiso especial de estudios y programas de intercambio oficiales.

Art. 75: Los años de elegibilidad de estudiantes matriculados en instituciones universitarias en o fuera de Puerto Rico contarán como parte del periodo total de cuatro (4) años de elegibilidad en la LAI.

Art. 76: Las siguientes circunstancias modifican los periodos de elegibilidad en las competencias de la LAI:

Sec. 1 Un estudiante que se lesione o enferme y que no pueda participar en las competencias deportivas de ese año en la LAI, se le autorizará a participar un (1) año académico, (dos (2) semestres adicionales o su equivalente en trimestres o cuatrimestres adicionales). Para la práctica del deporte en el caso de lesión, esta extensión de elegibilidad únicamente puede ser invocada por el estudiante-atleta, por medio del Director Atlético, si dicha lesión ocurrió participando en una actividad universitaria bona fide reconocida por la LAI. Si el estudiante-atleta se enfermó o lesionó después de que su institución participó en más del veinte por ciento (20%) del itinerario de competencia del deporte de conjunto en que dicho estudiante atleta participó, éste no podrá invocar los beneficios de extensión de elegibilidad. La Oficina del Comisionado de la LAI certificará la existencia y extensión de la lesión o incapacidad.

Sec. 2 Se le otorgará un año de participación adicional a las estudiantes-atletas que debido a su embarazo no puedan participar en actividades de la LAI. Esto se otorgará una sola vez durante sus años de participación.

Sec. 3 Aquellos estudiantes que sean activados por los organismos oficiales del gobierno de Estados Unidos o del ELA o de las Islas Vírgenes Americanas para servir activamente en cualquier situación podrán completar el tiempo de elegibilidad que le reste en las competencias de la LAI sin exceder los cuatro años de participación. El estudiante que sea activado luego de haber participado en más del 20% en deportes de conjunto se considerará como que ha participado. Una vez terminada su activación, comenzará a contársele el periodo de elegibilidad restante.

Sec. 4 A los estudiantes-atletas que hayan sido profesionales, se les descontará de su periodo de elegibilidad los años en que participó en el deporte profesional, si pretende participar en el mismo deporte. Este descuento no aplicará si el estudiante atleta participa en otros deportes distintos al que fue profesional.

CAPÍTULO X: DE LAS AYUDAS ECONÓMICAS OTORGADAS A LOS ESTUDIANTES ATLETAS

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Art. 77: Los estudiantes-atletas pueden recibir ayudas económicas exclusivamente de parte de la Institución miembro, en la que están matriculados de acuerdo con las disposiciones de este reglamento.

Sec. 1 Donaciones: Las Instituciones miembros pueden recibir donaciones destinadas a su fondo de ayudas económicas de estudiantes-atletas, sin embargo, no se pueden aceptar donaciones dirigidas a estudiantes-atletas en particular.

Art. 78: Límites

Sec. 1 En ningún caso, las ayudas económicas anuales, que reciba un estudiante-atleta de parte de la Institución miembro en la que está matriculado, podrá exceder del costo de estudiar (“cost of attendance”), según determinado por la Oficina de Asistencia Económica de esa Institución para ese año de elegibilidad.

Sec. 2 Solamente podrá concederse exención de matrícula o cualquier otro tipo de ayuda económica a estudiantes-atletas que al inicio de sus estudios hayan estado domiciliados en Puerto Rico o en las Islas Vírgenes Americanas, durante los dos años inmediatamente anteriores a la fecha de su ingreso a la Institución miembro.

Sec. 3 Como excepción a la Sec. 2 de este Artículo, se podrá conceder exención de matrícula u otro tipo de ayuda económica a estudiantes-atletas que no reúnan ese requisito, en los números que a continuación se establecen en los respectivos deportes: hasta un máximo de dos (2) por género en atletismo, en deportes con un máximo de competidores: (voleibol, baloncesto, tenis, tenis de mesa, halterofilia, judo y lucha) uno (1) por género. En los deportes en los que un equipo consta de participantes o más: (béisbol, softball, y balompié) hasta un máximo de dos (2) por género. Y en natación y Porrismo, hasta un máximo de dos (2) por género.

Sec. 4 La ayuda económica que recoge esta disposición incluye toda ayuda, en efectivo o en especie, de parte de la Institución universitaria así como la de cualquier grupo, entidad, o persona, ya sean ajenas o vinculadas a la Institución universitaria.

Sec. 5 No aplican las disposiciones de las Sec. 2 y 3 de este Art.78, los estudiantes oficialmente matriculados en las Instituciones en o antes del año académico 2010-2011. Art. 79: Estipendios- La cantidad máxima, luego de cubrir matrícula y cuotas, que se puede otorgar a un estudiante-atleta como estipendio para cubrir costos de libros, alimentos y otros gastos es de seiscientos dólares al mes por espacio de 10 meses, para un total máximo de $6,000.00 al año por este concepto. Además, se podrá otorgar hasta un máximo de $250.00 mensuales, por 10 meses para hospedaje ($2,500.00).

Sec. 1 Los estudiantes-atletas que reciben Beca Pell, o Beca de Honor o cualquier otra beca otorgada por mérito académico, podrán recibir un complemento de ayudas

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económicas para cubrir otros costos, hasta el máximo que se estipula en el inciso anterior de Estipendios, por año de elegibilidad.

Sec. 2 Exención de matrícula – Los estudiantes-atletas que reciben exención de matrícula, pueden recibir ayudas económicas adicionales de hasta seiscientos dólares al mes ($600.00) por espacio de 10 meses, para un máximo de seis mil dólares ($6,000.00) al año por este concepto. De recibir exención por el pago de hospedaje, será el equivalente, hasta el máximo que se estipula en el Art. 79; Estipendio, por año de elegibilidad.

Sec. 3 Estudios de verano - Un estudiante-atleta podrá recibir ayuda económica en verano, que no exceda los $600.00 (seiscientos dólares) en estipendios, proporcionales hasta un máximo de 6 créditos, que podrá tomar pagados por beca institucional o exención de matrícula.

Art. 80: Violaciones: Cualquier estudiante-atleta que reciba otras ayudas económicas vinculadas a su participación, así como cualquier Institución miembro que incumpla con las disposiciones de esta sección, incurrirán en una falta sancionable por violación a las disposiciones del Capítulo XX de este Reglamento.

Art. 81: El Comisionado contratará, cuando estime necesario, los servicios de un auditor externo para atender querellas con relación al Capítulo X.

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OFRECIMIENTOS DEL DEPARTAMENTO DE ACTIVIDADES ATLÉTICAS Y GIMNASIO DE LA UNIVERSIDAD POLITÉCNICA DE PUERTO RICO

Nuestra oficina planifica y coordina todos los eventos deportivos en los que participa nuestra Universidad. También ofrece actividades recreativas y educativas. Contamos con cancha bajo techo y gimnasio. Los equipos o disciplinas que representan nuestra Institución son:

 Balompié  Baloncesto  Campo Traviesa

 Halterofilia (En Proceso)  Judo

 Lucha Olímpica (En Proceso)  Pista y Campo

 Relevos Universitarios  Taekwondo (En Proceso)  Tenis de Campo

 Tenis de Mesa  Voleibol

 Voleibol Playero Los requisitos para participar:

 Promedio general mínimo de 2.00.  Aprobar 24 créditos por año académico.

 Matricularse en no menos de 12 créditos en el trimestre de competencia.  Completar todos formularios requeridos:

o Completar formularios requeridos por el Departamento Atlético. o Autorización para pruebas de dopaje.

o Certificación médica.

o Documentos de elegibilidad para participar en la LAI. o Completar y firmar contrato de beneficios del trimestre. o Asistir a juegos/competencias que represente la institución. o Asistir a todas las prácticas y fogueos del equipo.

o Entrenar con los entrenadores asignados a su deporte o evento.

La Universidad Politécnica de Puerto Rico, le proveerá al Estudiante-Atleta la siguiente ayuda económica y /o servicios:

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Beca Atlética

La beca atlética se divide en cuatro (4) partidas económicas y se le otorgará al estudiante atleta dependiendo de la evaluación ofrecida por el entrenador, quien determinará su asignación económica. Atletas de nuevo ingreso no necesariamente comenzarán en el Nivel C, ya que si el estudiante atleta participa en ligas de escuela superior y en clubes deportivos, será evaluado por el entrenador de la disciplina correspondiente. El entrenador entregará a la Oficina de Actividades Atléticas la evaluación y la asignación correspondiente que será asignada cada trimestre.

Las Becas son:

Nivel C - $460.00 – Estudiante nuevo ingreso. No tiene experiencia en la Liga Atlética Interuniversitaria (LAI). Si el estudiante atleta participa en fogueos y prácticas, muestra mejoría en su rendimiento deportivo, será evaluado por el entrenador para cambio de ayudas.

Nivel B - $710.00 – Atleta de rendimiento medio. Es considerado (a) un jugador (a) substituto en los equipos de conjunto. Tiene experiencia en la LAI de un año de participación.

Nivel A - $960.00 – Atletas de rendimiento alto. Tiene experiencias en competencias LAI. Pertenece al cuadro regular en su disciplina. Para ser considerado en este nivel, tiene que entrar en el cuadro de los mejores ocho atletas en competencias individuales y número ocho en deportes de conjunto en competencias de la LAI.

Nivel Elite – Atleta de alto rendimiento. Tiene experiencia en la LAI. Participa en equipos profesionales en su deporte, miembro de la selección nacional y/o medallista LAI. Para ser considerado para esta beca, el entrenador tiene que presentar un informe de recomendación y progreso del estudiante atleta.

Otras Ayudas

El estudiante atleta, luego de ser admitido a la Institución, solicitará la beca FAFSA y otras ayudas económicas en el Departamento de Asistencia Económica.

Almuerzos

El estudiante atleta tendrá el beneficio de almorzar en la cafetería Mi Casa, de lunes a jueves, y tiene un valor de $3.00. El almuerzo se ofrecerá al estudiante atleta durante su temporada deportiva en su disciplina. Los atletas que recibirán almuerzo todo el año serán los de nivel Elite y los que recomiende el entrenador de su disciplina.

Dietas

El estudiante atleta recibirá de $10 a $15 por juegos visitantes. Las cantidades ofrecidas serán dependiendo de dónde se celebre el juego.

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Se le proveerá al estudiante atleta uniforme y equipo necesario para su disciplina. No se proveerá tenis, “braces” de rodillas, etc.

Tutorías

La Institución cuenta con el Centro de Progreso Universitario que es un sistema de apoyo académico gratuito que ofrece tutorías a los estudiantes matriculados en los cursos correspondientes a los primeros 72 créditos y otros cursos avanzados. Las tutorías ayudarán a fortalecer o a construir el propio estilo de aprender del estudiante atleta. Nuestros tutores reciben talleres de capacitación constantemente para el beneficio de los estudiantes. Son personas comprometidas, cuyo propósito es colaborar en el desarrollo de las habilidades y destrezas educativas para ayudar a lograr la meta profesional de cada estudiante. Para más información visite: www.pupr.edu/cpu.

Transportación

La institución proveerá trasportación a los estudiantes atletas solo para los juegos fuera de la universidad.

Hospedaje

La Universidad Politécnica de Puerto Rico NO ofrece hospedaje para los estudiantes atletas ya que el Departamento de Actividades Atléticas NO cuenta con presupuesto para dicha ayuda.

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FLUJOGRAMA DE PROCESOS PARA BECAS ATLÉTICAS EN LA INSTITUCIÓN. El Departamento Atlético cuenta con un sistema de reclutamiento y retención de estudiantes-atletas para la integración en las distintas disciplinas que se ofrecen. Contamos con un proceso de solicitud de Beca Atlética para estudiantes de nuevo ingreso y estudiantes ya existentes en la Institución.

Flujograma de Procesos para estudiantes de nuevo ingreso:

El proceso de reclutamiento de nuevos estudiantes atletas puede comenzar por parte de nuestro Departamento Atlético, ya que durante el año se asiste a diversos eventos de escuelas superiores y ligas de edades entre los 15 a 17 años que son prospectos para nuestra institución. El entrenador evalúa al futuro estudiante-atleta identificando rendimiento y habilidades. El entrenador recomienda al futuro estudiante-atleta al Director Atlético. Un futuro atleta puede ser admitido a la institución y luego presentarse en el Departamento Atlético para información y debido proceso de evaluación deportiva. El estudiante-atleta debe completar el formulario de Solicitud de Beca Atlética. La solicitud se ofrece en el Departamento Atlético o en actividades de nuestra Institución como el Campus Tour. Luego de pasar por los procesos antes mencionados, el estudiante-atleta es seleccionado para representar a nuestra Institución. Se refiere al Departamento de Asistencia Económica para solicitar la Beca FAFSA y otras ayudas económicas. El estudiante-atleta tiene el beneficio de beca atlética y otras ayudas económicas que ofrece el Departamento. Finaliza el proceso en CESI (Centro de Servicios Integrados al Estudiante) para convalidar su matrícula

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Flujograma de Procesos para estudiantes de nuevo ingreso: Departamento Atlético y Departamento de Admiciones Departamento de Consejería Departamento Asistencia Económica

CESI (Centro de Servicios Integrados al Estudiante)

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Flujograma de Procesos para estudiantes atletas ya matriculados en la Institución:

- El estudiante-atleta tiene que pasar por el Departamento de Asistencia Económica para el proceso de matrícula (actualizar beca FAFSA, préstamos estudiantiles y corroborar ayudas económicas adicionales y verificar su beca atlética ya asignada al principio de cada trimestre.)

- El estudiante atleta debe ser orientado en el Departamento de Consejería para la selección de sus clases. Este paso es de gran importancia para el Departamento Atlético ya que el estudiante tiene que cumplir con el requisito de 12 créditos por trimestre y poseer un promedio de 2.00 en adelante para poder representar a la Institución en la LAI (Liga Atlética Interuniversitaria)

- Finalizar proceso de convalidación de matrícula en el CESI (Centro de Servicios Integrados al Estudiante).

Flujograma de Procesos para estudiantes atletas ya matriculados en la Institución:

Asistencia Económica Departamento de Consejería CESI (Centro de Servicios Integrado al Estudiante)

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Proceso que realiza el estudiante-atleta cada trimestre.

Flujograma de Procesos para estudiantes atletas Elite ya matriculados en la Institución: - El estudiante-atleta tiene que pasar por el Departamento de Asistencia Económica para el

proceso de matrícula (actualizar beca FAFSA, préstamos estudiantiles y corroborar ayudas económicas adicionales)

- El estudiante atleta debe ser orientado en el Departamento de Consejería para la selección de sus clases. Este paso es de gran importancia para el Departamento Atlético ya que el estudiante tiene que cumplir con el requisito de 12 créditos por trimestre y poseer un promedio de 2.00 en adelante para poder representar a la Institución en la LAI (Liga Atlética Interuniversitaria)

- El atleta debe solicitar un balance de matrícula No oficial en el CESI (Centro de Servicios Integrados al Estudiante).

- Presentar su balance de matrícula No oficial en el Departamento Atlético para asignar su asignación de beca atlética en el Departamento de Asistencia Económica.

- Finalizar proceso de convalidación de matrícula en el CESI (Centro de Servicios Integrados al Estudiante).

Flujograma de Procesos para estudiantes atletas Elite ya matriculados en la Institución:

Asistencia Económica Departamento de Consejería CESI (Centro de Servicios Integrado al Estudiante ) Departamento Atlético y Gimnasio CESI (Centro de Servicios Integrado al Estudiante )

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Referencias

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