AJUNTAMENT DE MANACOR
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO
ADMINISTRATIVO ESPECIAL DE TRANSPORTE DE VIAJEROS MEDIANTE
MINI TREN DESDE PORTO CRISTO A S´ESTANY DE´N MAS (MANACOR)
PLANEAMIENTO Y TECNOLOGÍA, S.L.
ÍNDICE:
1.- OBJETO. ... 1
2.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO. ... 1
3.- CONDICIONES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO ... 2
3.1.-MEDIOSMATERIALES ... 2
3.2-INFRAESTRUCTURA ... 3
3.3-MEDIOSHUMANOS ... 3
4.- CONDICIONES ADICIONALES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO ... 3
5.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA ... 4
6.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO ... 5
PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS DEL CONTRATO ADMINISTRATIVO ESPECIAL DE
TRANSPORTE DE VIAJEROS MEDIANTE MINI TREN DESDE PORTO CRISTO A S´ESTANY DE´N MAS (MANACOR)
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1.- OBJETO.
El presente pliego tiene por objeto el contrato administrativo especial, (según informe 28/07 de 5 de julio de la Junta Consultiva de Contratación Administrativa de les Illes Balears) de transporte de viajeros mediante "mini tren" en la ruta de Porto Cristo a S´Estany de´n Mas.
Las condiciones básicas para la prestación de este servicio, medios materiales y humanos, son de obligado cumplimiento por parte del adjudicatario del contrato.
2.- DESCRIPCIÓN DEL SERVICIO.
La duración del contrato se establece en 4 años, a contar desde la formalización del mismo.
El periodo de prestación del servicio mínimo será del 1 de mayo al 31 de octubre, siendo
ampliable a un máximo de 8 meses, desde el 1 de abril hasta el 30 de noviembre. El primer año de contrato el servicio funcionará a partir de junio.
El horario establecido es de 9:30 a 13:30 en horario de mañana y de 14:30 a 20: 30 en el horario de tarde.
Mañana 9:30-10:30 10:30-11:30 11:30-12:30 12:30-13:30
Tarde 14:30-15:30 15:30-16:30 16:30-17:30 17:30-18:30 18:30-19:30 19:30-20:30
Horario
La tarifa máxima por viaje de ida y vuelta es de 4,50 € para personas adultas y de 2,50 € para menores de 12 años, IVA incluido.
El trayecto del recorrido de ida va desde Porto Cristo, Cala Mendia, cruce Punta Reina hasta S´Estany de´n Mas, teniendo las siguientes paradas:
(1) Carretera Coves a Porto Cristo, (2) Hotel Monteverde a Porto Cristo
(3) delante del Hotel Cala Mendia ( Urb. Cala Mendia) (4) Cruce Punta Reina
(5) delante Club del Mar (Urb. de s´Estany de. n Mas)
El recorrido de vuelta tiene las mismas paradas que el de ida pero recorridas de forma inversa.
3.1.- MEDIOS MATERIALES
Para el servicio se deberá ofertar por lo menos un vehículo de los denominados "mini tren", que cumpla las siguientes características:
Estar compuesto por locomotora (cabeza tractora diesel 4x4), como mínimo de 150 cv, y
vagones con capacidad mínima total de 60 plazas.
No superar la velocidad de 25 km/h.
Disponer de iluminación especial previsto en el artículo 71 del reglamento General de
circulación (RD 1428/2003)
Cumplir la normativa en vigor, incluida la europea, respecto la emisión de gases .
Cumplir con toda la normativa que les sea de aplicación para circular por las vías
públicas en condiciones de seguridad adecuadas que le sean exigibles y recomendables.
Circular por un único carril de la calzada sin invadir los otros carriles, dejando que los
otros vehículos puedan circular con normalidad. Se debe adecuar en lo establecido a la ley y reglamento de barreras arquitectónicas.
Deben poseer de la documentación preceptiva para vehículos destinados al transporte
colectivo de viajeros en cuanto a homologación, matrícula (expedida por la autoridad competente), certificado de las características del vehículo, permiso de circulación y cualquier otro exigible a los vehículos automóviles o sus remolques. Los vehículos deben tener la preceptiva licencia fiscal y estar al corriente de pago del impuesto municipal sobre vehículos.
Deben estar provistos de ITV, permiso de circulación y seguros de responsabilidad civil
de uso y circulación de vehículos a motor y sus remolques.
El vehículo puede ser de nueva adquisición o de segunda mano. La antigüedad máxima
del vehículo no será superior a 6 años.
El equipamiento debe ser los más completo posible, debiendo contar con sistema de
radio y micrófono y con los dispositivos necesarios de seguridad y confort en el interior del mismo. Debe estar adaptado para personas con movilidad reducida.
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TRANSPORTE DE VIAJEROS MEDIANTE MINI TREN DESDE PORTO CRISTO A S´ESTANY DE´N MAS (MANACOR)
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3.2- INFRAESTRUCTURA
El contratista deberá disponer de un pabellón en alquiler o en propiedad, que haga la función de cochera para custodiar los vehículos cuando no estén en servicio y de oficina.
En cualquier momento del contrato, el ayuntamiento podrá comprobar que el contratista dispone de esta infraestructura, si no fuera así, el contratista podrá ser sancionado.
3.3- MEDIOS HUMANOS
Son necesarios tres puestos de trabajo, conductor, guía-cobrador y administrador/comercial. Dado que las horas de servicio del conductor y el guía-cobrador son mayores a las de la jornada laboral, estos dos puestos trabajaran por turnos.
El ayuntamiento no tendrá relación laboral, jurídica ni de otro tipo con el personal de la empresa adjudicataria durante la duración del contrato.
Los trabajadores deberán cumplir los siguientes requisitos:
Los conductores deberán tener el permiso de conducir E-D
Deberán tener formación en prevención de riesgos laborales, atención sanitaria etc
Deben estar perfectamente uniformados.
El contratista deberá cumplir en todo momento la legislación en materia de derechos laborales.
4.- CONDICIONES ADICIONALES DE LA PRESTACIÓN DEL SERVICIO
El contratista podrá optar por aplicar las siguientes prestaciones adicionales:
Posibilidad de ampliar el periodo de servicio hasta un total de 8 meses.
Posibilidad de poner en servicio un segundo vehículo mini tren, de características
similares, para doblar el servicio en los meses de Julio y Agosto. El horario para cada uno de los trenes sería:
Mañana 9:30-10:30 10:30-11:30 11:30-12:30 12:30-13:30 Tarde 14:30-15:30 15:30-16:30 16:30-17:30 17:30-18:30 18:30-19:30 19:30-20:30 Horario Tren 1 Mañana 9:00-10:00 10:00-11:00 11:00-12:00 12:00-13:00 13:00-14:00 Tarde 15:00-16:00 16:00-17:00 17:00-18:00 18:00-19:00 19:00-20:00 Horario Tren 2
ITV, permiso de circulación y seguros de responsabilidad civil de uso y circulación de vehículos a motor y sus remolques.
5.- OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA
El contratista deberá estar al corriente de pago de sus obligaciones tributarias y
Seguridad Social, debiendo disponer de los permisos y autorizaciones necesarios para este tipo de actividad, así como pasar las revisiones técnicas en vigor (en concreto en lo referente al artículo 41.2 de la Ley 4/2014 del 20 de junio)
El contratista deben disponer del seguro de Responsabilidad Civil que cubra cualquier
incidencia derivada de la prestación del servicio por un importe de 1.000.000 euros. Este requisito lo debe acreditar antes de la firma del contrato administrativo.
El contratista debe tener a disposición de los viajeros, información en papel de los
itinerarios, horarios y precios de las rutas ofertadas, Toda la documentación debe estar al menos en catalán, castellano, inglés y alemán.
También se pondrán a disposición, hojas de reclamación con los datos de la empresa
del contratista. Tendrá la obligación de hacer llegar a la alcaldía el documento original de la reclamación en un periodo máximo de 24 horas.
El contratista deberá ceder gratuitamente al Ayuntamiento el 25 % de la superficie
publicitaria del mini tren (no pudiendo ser este área inferior a 2500 cm2), pudiendo el Ayuntamiento elegir la ubicación de este área. Será obligación del contratista la rotulación, colocación, mantenimiento y renovación del área publicitaria destinada al Ayuntamiento, debiendo éste proporcionar los formatos y contenidos al contratista.
En referencia al uso de la lengua, los autorizados se tendrán que atender a la Ley de
Normalización Lingüística de las Islas Baleares (rotulación, cartas, publicidad, etc)
Se deben mantener los equipos en perfecto estado de mantenimiento, limpieza e
higiene.
La empresa contratista deberá presentar un plan de mantenimiento de la maquinaria. En caso de avería del vehículo que impida el funcionamiento del mismo, el adjudicatario
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Al menos dos veces al año se cederá el transporte al Ayuntamiento de forma gratuita
para que lo puedan disfrutar niños y personas mayores de Manacor.
6.- CAUSAS DE RESOLUCIÓN DEL CONTRATO
Circular sin los seguros correspondientes al vehículo. Que el conductor no tenga los permisos correspondientes.
El no prestar servicio por más de 24 horas sin causa debidamente justificada. La conducción temeraria, con peligro hacia personas o cosas.
la conducción bajo los efectos del alcohol, drogas o estupefacientes.
La prestación de un servicio deficiente, en especial en lo que respecta a los horarios, la
limpieza y el mantenimiento del vehiculo.
7.- FACULTADES DEL AYUNTAMIENTO DE MANACOR
Reordenar el servicio imponiendo las modificaciones que se deriven del interés público
dentro de las limitaciones de la legislación vigente en materia de contratación administrativa.
Realizar todas las inspecciones que sean necesarias. La empresa adjudicataria estará obligada a poner a disposición del Ayuntamiento toda la información que le sea requerida para clarificar o comprobar el estado de la prestación del servicio.
Imponer sanciones por las infracciones cometidas Suprimir el servicio
Declarar la caducidad del contrato.
Palma de Mallorca, Febrero de 2.016 Los Autores del estudio
Fdo. Ana Collado López. Fdo. Oscar García de Vicuña Amedo