• No se han encontrado resultados

HACIENDA CONTRATARÁ MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE COMPRAS COMPRARED

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "HACIENDA CONTRATARÁ MANTENIMIENTO DEL SISTEMA DE COMPRAS COMPRARED"

Copied!
111
0
0

Texto completo

(1)

La Uruca, San José, Costa Rica, lunes 19 de setiembre del 2011

¢ 500,00 AÑO CXXXIII Nº 179 - 120 Páginas

La Proveeduría Institucional del Ministerio de Hacienda recibirá ofertas hasta el 14 de octubre

para contratar el mantenimiento del sistema de compras gubernamentales CompraRed.

HACIENDA CONTRATARÁ MANTENIMIENTO

DEL SISTEMA DE COMPRAS COMPRARED

Fotografía con fines ilustrativos.

Pág. 80

serialNumber=CPF-02-0255-0227, sn=VARGAS ESPINOZA, givenName=JORGE LUIS, c=CR, o=PERSONA FISICA, ou=CIUDADANO, cn=JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA) Fecha: 2011.09.16 13:51:17 -06'00'

(2)

PODER EJECUTIVO

ACUERDOS

PRESIDENCIA DE LA REPÚBLICA

N° 317-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Con fundamento en las facultades que le confiere el artículo 26 de la Ley General de la Administración Pública y el artículo 3 inciso c) del Decreto Ejecutivo Nº 35384-MCJ-COMEX de 24 de junio del 2009, denominado “Creación de la Comisión Fílmica de Costa Rica”.

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar al señor Sergio Miranda Torres, cédula de identidad número 1-522-606, seleccionado de la terna remitida por el Ministerio de Cultura y Juventud, como representante del sector privado relacionado con la industria audiovisual y cinematográfica, ante la Comisión Fílmica de Costa Rica.

Artículo 2º—Rige a partir del 20 de julio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinte días del mes de julio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O. C. Nº 12-11.—Solicitud Nº 29108.—C-6770.—(IN2011069468).

N° 335-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 139 de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo Primero.—Nombrar al señor Carlos Alberto Roverssi Rojas, cédula de identidad 1-504-811, como Ministro a. í. de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo Segundo.—Rige a partir del primero de agosto y hasta el cuatro de setiembre del dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintinueve días del mes de julio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. 11398.—(Solicitud Nº 13701).—C-7180.—(IN2011069602).

N° 337-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 26, inciso b) de la Ley General de la Administración Pública.

ACUERDA:

Artículo Primero.—Modificar el artículo segundo del Acuerdo N° 335-P del veintinueve de julio del dos mil once, mediante el cual se nombra al señor Carlos Alberto Roverssi Rojas, cédula de identidad 1-504-811, como Ministro a. í. de Relaciones Exteriores y Culto, para que se lea de la siguiente manera:

“Artículo Segundo.—Rige a partir del primero de agosto y hasta el catorce de setiembre del dos mil once.”

Artículo Segundo.—Rige a partir del primero de agosto del dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República, a los ocho días del mes de agosto del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. 11398.—(Solicitud Nº 13703).—C-6770.—(IN2011069601).

N° 360-P

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

En uso de las facultades que le confiere el artículo 139 inciso 1) de la Constitución Política.

ACUERDA:

Artículo Primero.—Nombrar al señor José Enrique Castillo Barrantes, cédula de identidad uno-trescientos noventa y nueve-novecientos treinta y siete, como Ministro de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo Segundo.—Rige a partir del quince de setiembre del dos mil once.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticuatro días del mes de agosto del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—1 vez.—O.C. 11398.—(Solicitud Nº 13702).—C-5420.—(IN2011069870). MINISTERIO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

Nº 51-11-SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el Artículo Nº 140 inciso 12) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo 51 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República,

CONTENIDO

Pág PODER EJECUTIVO Acuerdos ... 2 Resoluciones ... 26 DOCUMENTOS VARIOS ... 33

TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES Resoluciones ... 69

Edictos ... 76

Avisos ... 78

CONTRALORÍA GENERAL DE LA REPÚBLICA Avisos ... 80 CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA ... 80 REGLAMENTOS ... 84 INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS ... 95 RÉGIMEN MUNICIPAL ... 101 AVISOS... 102 NOTIFICACIONES ... 114 FE DE ERRATAS ... 119

Teléfono: 2296 9570 Licda. Alexandra Meléndez Calderón Lic. Isaías Castro Vargas

Licda. Marcela Chacón Castro Ministerio de Gobernación y Policía, Presidente

Representante Editorial Costa Rica

Jorge Luis Vargas Espinoza

Director General Imprenta Nacional Director Ejecutivo Junta Administrativa

Representante Ministerio de Cultura y Juventud

(3)

ACUERDAN

Artículo 1º—Trasladar a la Primera Secretaria de carrera diplomática Marcia Watson Lockwood, cédula de identidad 8-040-671, de su cargo de Ministra Consejera y Cónsul General de la Embajada de Costa Rica en Trinidad y Tobago, a ocupar el cargo de Ministra Consejera y Cónsul General en la Embajada de Costa Rica en Belice.

Artículo 2º—Rige a partir del 1° de mayo de 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiocho días del mes de marzo de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08332.—C-16130.—(IN2011069464).

Nº 052-11-SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el Artículo Nº 140 incisos 8) y 12) y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica;

Considerando:

I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 108-08-SE del 5 de agosto de 2008, se dispuso la rotación de la señora Embajadora de carrera diplomática, Rita Hernández Bolaños, cédula de identidad 1-506-578, para ocupar el cargo de Embajadora Alterna en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de Estados Americanos (O.E.A.), con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1º de setiembre de 2008 hasta el 1º de setiembre de 2011.

II.—Que por razones de oportunidad y conveniencia nacional, es necesario extender el nombramiento de la señora Hernández Bolaños, para que no finalice en la fecha prevista en el considerando anterior. Por tanto,

ACUERDAN

Artículo 1º—Extender el nombramiento de la Embajadora de carrera diplomática Rita Hernández Bolaños, cédula de identidad 1-506-578, en el cargo de Embajadora Alterna en la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de Estados Americanos (O.E.A.), con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América, del 1º de setiembre de 2011 y hasta el 30 de setiembre de 2012, fecha en la cual se rota a ocupar un puesto en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de setiembre del 2011 y hasta el 30 de setiembre de 2012.

Dado en la Presidencia de la República, a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08332.—C-16130.—(IN2011069463).

Nº 053-11-SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el Artículo Nº 140 incisos 8) y 12) y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica;

Considerando:

I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 120-08-SE del 22 de agosto de 2008, se dispuso la rotación de la entonces Agregada de carrera diplomática, Carolina Fernández Álvarez, cédula de identidad 2-565-955, para ocupar el cargo de Ministra Consejera y Cónsul General, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en Brasilia, Brasil, del 1º de noviembre de 2008 hasta el 1º de noviembre de 2011.

II.—Que por razones de oportunidad y conveniencia nacional, es necesario extender el nombramiento de la señora Fernández Álvarez, para que quede abierto y no finalice en la fecha prevista en el considerando anterior. Por tanto,

ACUERDAN

Artículo 1º—Extender el nombramiento de la Tercera Secretaria de carrera diplomática Carolina Fernández Álvarez, cédula de identidad 2-565-955, en el cargo de Ministra Consejera y Cónsul General, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en Brasilia, Brasil, a partir del 1º de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de noviembre del 2011. Dado en la Presidencia de la República, a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08332.—C-16130.—(IN2011069462).

Nº 054-11-SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el artículo Nº 140 incisos 8) y 12) y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica;

Considerando:

I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 138-08 SE del 1º de octubre de 2008, se dispuso la rotación de la Tercera Secretaria de carrera diplomática, Juliana Borbón Beeche, cédula de identidad 1-555-294, para ocupar el cargo de Ministra Consejera, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en España, del 1º de noviembre de 2008 hasta el 1º de noviembre de 2011.

II.—Que por razones de oportunidad y conveniencia nacional, es necesario extender el nombramiento de la señora Borbón Beeche, para que quede abierto y no finalice en la fecha prevista en el considerando anterior. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Extender el nombramiento de la Tercera Secretaria de carrera diplomática Juliana Borbón Beeche, cédula de identidad 1-555-294, en el cargo de Ministra Consejera, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en España, a partir del 1º de noviembre de 2011.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de noviembre del 2011. Dado en la Presidencia de la República, a los treinta y un días del mes de marzo de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8332.—C-16130.— (IN2011069461).

Nº 055-11 SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el artículo Nº 140 inciso 12) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República y el artículo 51 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Trasladar al Primer Secretario de carrera diplomática, Manuel Enrique Núñez Lizano, cédula 1-0669-0183, del cargo de Consejero y Cónsul de Costa Rica, con ascenso en comisión, de la Embajada de Costa Rica en Panamá, a ejercer el cargo de Consejero y Cónsul en el Consulado General de Costa Rica en Miami, Florida.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de mayo del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los doce días del mes de abril de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8332.—C-16130.—(IN2011069460).

(4)

Nº 056-11 SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el artículo Nº 140 incisos 8) y 12), y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica;

ACUERDAN:

Artículo 1º—Cesar al señor Manuel Javier Dobles Mora, cédula 1-0340-0795, de su cargo de Cónsul General, en comisión, del Consulado General de Costa Rica en Atlanta, Georgia, Estados Unidos de América y agradecerle los valiosos servicios prestados durante el ejercicio de su cargo.

Artículo 2º—Rige a partir del 31 de julio del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los doce días del mes de abril de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8332.—C-16130.—(IN2011069459).

Nº 057-11 SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el artículo Nº 140 incisos 8) y 12), y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y en el artículo 28, párrafos 1) y 2), inciso a) de la Ley General de la Administración Pública,

Considerando:

I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 066-08-SE del 14 de mayo de 2008, se rotó a la Tercera Secretaria de carrera diplomática Viviana Tinoco Monge, cédula 1-1203-740, a ocupar el cargo de Consejera, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en el Reino Unido, del 16 de mayo de 2008 y hasta el 16 de mayo de 2011.

II.—Que mediante Acuerdo Ejecutivo Nº 074-08-SE del 16 de junio de 2008, se modificó el Acuerdo Ejecutivo Nº 066-08-SE, mencionado en el considerando anterior, indicando que su nombramiento correcto debía leerse para ejercer el cargo de Consejera y Cónsul, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en el Reino Unido, del 16 de mayo de 2008 y hasta el 16 de mayo de 2011.

III.—Que por razones de oportunidad y conveniencia nacional, es necesario extender el nombramiento de la señora Tinoco Monge, para que quede abierto y no finalice en la fecha prevista en el considerando anterior. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Extender el nombramiento de la Tercera Secretaria de carrera diplomática Viviana Tinoco Monge, cédula 1-1203-740, en el cargo de Consejera y Cónsul, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en el Reino Unido, a partir del 17 de mayo de 2011.

Artículo 2º—Rige a partir del 17 de mayo de 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los doce días del mes de abril de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8332.—C-16130.—(IN2011069458).

Nº 058-11-SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el Artículo Nº 140 incisos 8) y 12), y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y en el artículo 28, párrafos 1) y 2), inciso a) de la Ley General de la Administración Pública,

Considerando:

I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 187-10-SE del 12 de julio de 2010, se modificó el Acuerdo Ejecutivo Nº 143-10 SE del 7 de junio de 2010, mediante el cual se prescindía de los servicios

de la señora Laura Dachner Cirano, cédula de identidad 1-0768-0164, quien ejerce el cargo de Ministra Consejera, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en Estados Unidos de América, con el fin de que su cese rigiera a partir del 31 de julio de 2011 y no en la fecha originalmente prevista.

II.—Que por razones de oportunidad y conveniencia nacional, es necesario extender el nombramiento de la señora Dachner Cirano, para que quede abierto y no finalice en la fecha indicada en el considerando anterior. Por tanto,

ACUERDAN

Artículo 1º—Extender el nombramiento de la señora Laura Dachner Cirano, cédula de identidad 1-0768-0164, en el cargo de Ministra Consejera, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en Washington D. C., Estados Unidos de América, a partir del 31 de julio de 2011.

Artículo 2º—Rige a partir del 31 de julio de 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticinco días del mes de abril de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08332.—C-16130.—(IN2011069457).

Nº 059-11-SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el Artículo Nº 140 incisos 8) y 12) y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica.

Considerando:

I.—Que en virtud de incapacidad médica presentada por el señor Randolph Coto Echeverría, cédula de identidad Nº 1-514-806, Ministro Consejero y Cónsul General, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, fue necesario modificar la fecha de su rotación al Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

II.—Que en virtud de lo expuesto en el considerando anterior, mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 045-11-SE del 16 de marzo de 2011, se modificó la fecha de rotación del señor Coto Echeverría al Servicio Interno, con el fin de que se incorporara a funciones el 15 de abril de 2011 y no el 15 de marzo de 2011, según lo previsto inicialmente.

III.—Que es necesario modificar nuevamente la fecha de rotación del señor Coto Echeverría al Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, por cuanto se ha extendido una prórroga a la incapacidad médica anterior. Por tanto,

ACUERDAN

Artículo 1º—Prorrogar el nombramiento del señor Randolph Coto Echeverría, cédula de identidad Nº 1-514-806, como Ministro Consejero y Cónsul General, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en el Reino Unido de Gran Bretaña e Irlanda del Norte, a partir del 16 de abril de 2011.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 abril de 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiséis días del mes de abril de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08332.—C-16130.—(IN2011069456).

Nº 061-11-SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el Artículo Nº 140 incisos 8) y 12) y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y en el artículo 28, párrafos 1) y 2), inciso a) de la Ley General de la Administración Pública,

Considerando:

I.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 055-11-SE del 12 de abril de 2011, se trasladó al funcionario de carrera diplomática Manuel Enrique Núñez Lizano, cédula 1-0669-0183, del cargo de

(5)

Consejero y Cónsul de Costa Rica, con ascenso en comisión, de la Embajada de Costa Rica en Panamá, a ejercer el cargo de Consejero y Cónsul, con ascenso en comisión, en el Consulado General de Costa Rica en Miami, Florida.

II.—Que es necesario modificar el rango diplomático señalado en el artículo primero del Acuerdo Ejecutivo Nº 055-11-SE del 12 de abril de 2011, toda vez que el rango del señor Núñez Lizano es de Tercer Secretario de carrera diplomática y no de Primer Secretario, como se consignó. Por tanto,

ACUERDAN

Artículo 1º—Modificar el artículo primero del Acuerdo Ejecutivo Nº 055-11-SE del 12 de abril de 2011, para que en adelante se lea:

Artículo 1º—Trasladar al Tercer Secretario de carrera diplomática, Manuel Enrique Núñez Lizano, cédula 1-0669-0183, del cargo de Consejero y Cónsul de Costa Rica, con ascenso en comisión, de la Embajada de Costa Rica en Panamá, a ejercer el cargo de Consejero y Cónsul, con ascenso en comisión, en el Consulado General de Costa Rica en Miami, Florida.

Artículo 2º—Rige a partir del 28 abril de 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiocho días del mes de abril de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08332.—C-16130.—(IN2011069455).

Nº 062-11-SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con los Artículos 140, inciso 12, y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; con lo dispuesto en el Artículo 55 del Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos.

Considerando:

I.—Que el señor Presidente de la República Federal de Alemania, el señor Christian Wilhelm Walter Wulff, estará de visita en Costa Rica del 03 al 04 de mayo de 2011, razón por la cual resulta conveniente llamar en consulta al señor Embajador de Costa Rica en Alemania, con el fin de que le brinde el seguimiento oportuno y adecuado a las conversaciones y acuerdos que se adopten durante la visita del Sr. Wulff y participe en las actividades que se realizarán durante la visita, la cual sin duda servirá para estrechar los lazos de amistad y cooperación entre ambos países.

II.—Que en virtud del considerando anterior, resulta necesario llamar en consulta al señor José Joaquín Chaverri Sievert, cédula de identidad número 1-0386-0358, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en Alemania, para que viaje a Costa Rica. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Llamar en consulta al señor José Joaquín Chaverri Sievert, cédula de identidad número 1-0386-0358, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en Alemania, para que viaje a Costa Rica.

Artículo 2º—En virtud de que el costo de los tiquetes de viaje será asumido por parte Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular Nº DGAVCA-NIP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, el funcionario deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 3º—Rige del 01 de mayo y hasta el 10 de mayo de 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los veintiocho días del mes de abril de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, a. í., Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08332.—C-16130.—(IN2011069454).

Nº 064-11 SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con los artículos 140, inciso 12, y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 55 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica.

Considerando:

Único.—Que el Embajador Representante Permanente de la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de Estados Americanos (O.E.A.), señor José Enrique Castillo Barrantes, actualmente funge como Vicepresidente del Consejo Permanente de la O.E.A. y en tal carácter, debe participar en el “Diálogo subregional de los miembros del Sistema de Integración Centroamericana y México: “Democracia para la Paz y el Desarrollo, en conmemoración del 10° Aniversario de la Carta Democrática Interamericana y 30 años de Democracia en Centroamérica”, el cual se realizará en San José, Costa Rica, del 11 al 13 de mayo del año en curso. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Llamar en consulta al señor José Enrique Castillo Barrantes, cédula de identidad 1-0399-0937, Embajador Representante Permanente de la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de Estados Americanos, para que viaje a Costa Rica del 10 al 15 de mayo de 2011.

Artículo 2º—Los pasajes aéreos, los tributos, impuestos o cánones que deba pagar en las terminales aéreas, serán cubiertos por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081-Servicio Exterior, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior.

Artículo 3º—En virtud de que el costo de los tiquetes de viaje será asumido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular Nº DGAVCA-NP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, el funcionario deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 4º—Rige a partir del 10 al 15 de mayo de 2011. Dado en la Presidencia de la República, a los cinco días del mes de mayo de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8332.—C-16130.—(IN2011069453).

Nº 065-11 SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140, inciso 12, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica, los artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, y el 18 y 22 del Reglamento del Estatuto del Servicio Exterior de la República,

Considerando:

I.—Que es una función primordial del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto buscar la idoneidad del personal en las misiones diplomáticas, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar según la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.

II.—Que con miras a realizar el nombramiento de Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Trinidad y Tobago, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto ordenó la apertura del concurso interno CCSE-0262-10 del 23 de diciembre de 2010, con el fin de que el personal de carrera diplomática destacado en el Servicio Interno de este Ministerio, concursara para obtener el puesto de referencia.

III.—Que ningún funcionario de carrera diplomática con el perfil requerido manifestó su interés en ser nombrado en el cargo de Consejero con funciones consulares en la Embajada de Costa Rica en Trinidad y Tobago, de conformidad con el concurso interno CCSE-0262-10 del 23 de diciembre de 2010.

(6)

IV.—Que de conformidad con lo dispuesto en el artículo 48 del Estatuto del Servicio Exterior de la República, Ley Nº 3530 del 05 de agosto de 1965, el Ministro de Relaciones Exteriores y Culto considera oportuno nombrar en comisión a la señora Tatiana Burgos Ramírez, cédula de identidad número 1-1292-0128, por razones de inopia. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Tatiana Burgos Ramírez, cédula de identidad número 1-1292-0128, en el cargo de Consejero con funciones consulares, en comisión, en la Embajada de Costa Rica en Trinidad y Tobago.

Artículo 2º—Rige a partir del 1° de abril del 2011 y hasta el 31 de mayo de 2014.

Dado en la Presidencia de la República, a los veinticuatro días del mes de febrero de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8332.—C-16130.—(IN2011069452).

Nº 066-11-SE

LA VICEMINISTRA ADMINISTRATIVA DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO

De conformidad con lo establecido en el artículo 140, inciso 12, de la Constitución Política de la República de Costa Rica y los artículos 7, 23, 31 y 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos,

Considerando:

Único.—Que en virtud de que el Gobierno de la República de Costa Rica recibió cordial invitación del Ministerio de Asuntos Extranjeros de Haití para participar en el Traspaso de Poderes que se llevará a cabo en Haití el próximo sábado 14 de mayo de 2011; resulta necesario que el señor José Rafael Torres Castro, cédula de identidad Nº 5-212-380, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en República Dominicana, viaje a Haití para representar a Costa Rica en dicha actividad. Por tanto,

ACUERDA:

Artículo 1º—Autorizar al señor Embajador señor José Rafael Torres Castro, cédula de identidad Nº 5-212-380, Embajador Extraordinario y Plenipotenciario de Costa Rica en República Dominicana, para que viaje a Haití del 13 al 15 de mayo de 2011.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos y transporte interno corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, programa 081, Dirección General de Servicio Exterior, subpartida 1.05.04 Viáticos en el Exterior, de conformidad con el artículo 34 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos. Se autoriza la suma de $244 diarios para un total de $732. Todo sujeto a liquidación. El transporte será por medio de un vehículo de la Embajada, por lo que según el artículo 23 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, se le reconocerán los gastos por reparaciones menores, combustible y lubricantes, así como cualquier otra erogación relacionada con la circulación del vehículo que hayan debido realizar para el cabal cumplimiento de sus funciones. Todo mediante presentación de las respectivas facturas.

Artículo 3º—Rige del 13 al 15 de mayo de 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los once días del mes de mayo de dos mil once.

Marta Núñez Madriz, Viceministra Administrativa de Relaciones Exteriores y Culto.—1 vez.—O. C. Nº 10865.— Solicitud Nº 08332.—C-16130.—(IN2011069465).

Nº 0105-2011-ISE-RE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con lo establecido en los artículos Nos. 7 y 31 del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos.

Considerando:

I.—Que la República de Costa Rica mantiene relaciones diplomáticas con los Estados Unidos Mexicanos y que existen diferentes programas de cooperación en materia académica y de formación profesional vigentes entre ambos países. Entre los programas de cooperación, se encuentra la capacitación y cursos de política exterior para jóvenes diplomáticos de América Latina y el Caribe, con el fin que adquieran una clara visión de los fundamentos y prioridades de la política exterior, así como de sus objetivos en los ámbitos bilateral, regional y multilateral.

II.—Que es importante y necesaria la capacitación de los funcionarios diplomáticos y del Instituto Diplomático del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en este tipo de actividades, por cuanto se tratan temas relevantes, así como conocer de la importancia de la política exterior mexicana en la vida nacional y del Instituto Diplomático Matías Romero de la Secretaria de Relaciones Exteriores de los Estados Unidos Mexicanos.

III.—Que es de interés para el Estado costarricense capacitar a los funcionarios y promover la formación académica, y con dicha participación, promover los intereses nacionales así como propiciar un acercamiento en los aspectos más relevantes y representativos de la sociedad, que se traduzcan en un interés y vínculo permanente entre ambos países. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al agregado de carrera, Jorge Umaña Vargas, cédula 1-1212-0650, Coordinador de la Maestría en Diplomacia del Instituto del Servicio Exterior Manuel María de Peralta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para que viaje a la Ciudad de México, Distrito Federal de los Estados Unidos Mexicanos, a participar del “XVII Curso de Capacitación en Política Exterior de México para Jóvenes Diplomáticos de América Latina y el Caribe”, a realizarse del 27 de setiembre al 13 de octubre de 2011.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos por el Gobierno de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 3°—De conformidad con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, Jorge Umaña Vargas, estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º.—Rige a partir del 27 de setiembre del 2011 y hasta el 13 de octubre del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los once días del mes de agosto del dos mil once.

Publíquese.—Carlos Alberto Roverssi Rojas, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 11398.— Solicitud Nº 4929.—C-20200.—(IN2011069939).

N° 0106-2011-ISE-RE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con lo establecido en el artículo 140, incisos 3 y 18 de la Constitución Política, los artículos 6, 11 y 27 de la Ley General de la Administración Pública, y de conformidad con lo establecido en los artículos 7 y 31 del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para Funcionarios Públicos de la Contraloría General de la República.

Considerando:

I.—Que es importante para el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto participar en el Programa de Formación de Diplomáticos: “Diplomacia para la Globalización”, que ha sido convocado por la Academia Diplomática de Chile “Andrés Bello” y el Instituto Especializado de Educación Superior para la formación Diplomática IEESFORD de El Salvador, para estrechar las relaciones diplomáticas entre estos dos países y Costa Rica, a celebrarse el primer encuentro del 5 al 9 de setiembre de 2011 en El Salvador.

II.—Que el Programa de Formación de Diplomáticos: “Diplomacia para la Globalización” está diseñado con un sistema semipresencial que implica dos sesiones presenciales a desarrollarse en El Salvador, la primera sesión del 5 al 9 de setiembre y la segunda del 14 al 16 de noviembre de 2011, dirigiendo el resto del programa por tutorías a distancia.

(7)

III.—Que es de interés para el gobierno de Costa Rica la participación en ambas sesiones de la señora Sofía Mitjavila Sánchez, agregada diplomática, debido a la importancia que el país le otorga a la continua capacitación de sus diplomáticos. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1º—Designar a la señora Sofía Mitjavila Sánchez, cédula de identidad Nº 1-820-696, agregada diplomática, para participar en el Programa de Formación de Diplomáticos: “Diplomacia para la Globalización”, convocado por la Academia Diplomática de Chile “Andrés Bello” y el Instituto Especializado de Educación Superior para la formación Diplomática IEESFORD de El Salvador, para estrechar las relaciones diplomáticas entre estos dos países y Costa Rica, a celebrarse la primera sesión, del 5 al 9 de setiembre de 2011 en El Salvador.

Artículo 2º—Los gastos por concepto de viáticos serán cubiertos por los organizadores del evento. Los tiquetes aéreos corren por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, con cargo al programa 079, Actividad Central, Subpartida 1.05.03 de tiquetes aéreos.

Artículo 3º—De acuerdo con el artículo 47, del Reglamento de Gastos de Viaje y Transporte para funcionarios públicos, la funcionaría Sofía Mitjavila Sánchez, estará cubierta por la póliza INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4º—De conformidad con el artículo 5 de la Resolución N° 78-2010, del Ministerio de Hacienda, el millaje generado por motivo de este viaje será asignado al Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 5º—Rige del 5 al 9 de setiembre de 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.—San José, Costa Rica, a los once días del mes de agosto del año dos mil once.

Carlos Alberto Roverssi Rojas, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 11398.—Solicitud Nº 4930.—C-22420.—(IN2011069940).

Nº 0110-2011-ISE-RE

EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con lo establecido en los artículos Nº 7 y 31 del Reglamento de gastos de viaje y de transporte para funcionarios públicos.

Considerando:

I.—Que la República de Costa Rica mantiene relaciones diplomáticas con la República de El Salvador y que existen diferentes programas de cooperación en materia académica y de formación profesional vigentes entre ambos países. Uno de esos programas da la oportunidad al Instituto del Servicio Exterior Manuel María de Peralta para proveer de profesores al Instituto Especializado de Educación Superior para la Formación Diplomática de El Salvador (IEESFORD) para cursos de su programa de estudio.

II.—Que es importante y necesaria la participación de funcionarios diplomáticos y del Instituto Diplomático del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto en este tipo de actividades, por cuanto se tratan temas relevantes en materia académica.

III.—Que en nota RE0019/2011 del 15 de junio de 2011, el rector del IEESFORD solicita al Instituto Manuel María de Peralta un profesor con grado académico de maestría para el curso “Relaciones Internacionales y Diplomacia Contemporánea”.

IV.—Que es de interés para el Estado costarricense proyectar hacia la región la formación académica, y con dicha participación, propiciar un acercamiento en los aspectos más relevantes y representativos de la sociedad, que se traduzcan en un interés y vínculo permanente entre ambos países. Por tanto:

ACUERDA:

Artículo 1°—Autorizar al Agregado de carrera, Jorge Umaña Vargas, cédula 1-1212-0650, Coordinador de la Maestría en Diplomacia del Instituto del Servicio Exterior Manuel María de Peralta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, para que viaje a El Salvador, a impartir el curso “Relaciones Internacionales y Diplomacia Contemporánea” en el Instituto Especializado de Educación Superior para la Formación Diplomática, a realizarse del 15 de octubre al 25 de octubre de 2011.

Artículo 2°—Los gastos por concepto de pasajes aéreos y viáticos, serán cubiertos por el Gobierno de la República de El Salvador.

Artículo 3°—De conformidad con el artículo 47 del Reglamento de Gastos de Viaje y de Transporte para Funcionarios Públicos, Jorge Umaña Vargas, estará cubierto por la póliza grupal INS viajero, con asistencia en dólares.

Artículo 4°—Rige a partir del 14 de octubre del 2011 y hasta el 26 de octubre del 2011.

Dado en el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, a los veintinueve días del mes de agosto del dos mil once.

Publíquese.—Carlos Alberto Roverssi Rojas, Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í.—1 vez.—O. C. Nº 13398.— Solicitud Nº 4932.—C-20150.—(IN2011069938).

N° 121-11-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 incisos 8), 12), 20) y artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, Ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965; y artículos 2º inciso 20), 15 y 18 de su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo de 2001.

Considerando:

I.—Que de conformidad con la resolución 11253-2003 de la Sala Constitucional de la Corte Suprema de Justicia, ha sido necesario liberar códigos, a efecto de crear las plazas necesarias para proceder a nombrar a los integrantes de la lista de elegibles.

II.—Que al efecto de lo señalado en el considerando anterior se hace necesario ascender en comisión al personal de carrera, creándose con ello una cadena de ascensos en comisión, que permitirá disponer de las plazas vacantes necesarias y suficientes para ser ocupadas por los elegibles en su período de prueba. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Ascender en comisión de conformidad con el inciso 20) del artículo 2° del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República, a la Primer Secretario de carrera, Molina Barrantes Carolina, cédula 1-861-481, nombrándola en la plaza de Ministro Consejero Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de febrero del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8335.—C-15235.—(IN2011069438).

N° 122-11-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 incisos 8), 12), 20) y artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965 y a los artículos 15,18 y 26 de su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar de acuerdo con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.

II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior adecuada.

(8)

III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4º de la Ley General de Administración Pública.

IV.—Que la señora Maricela Aguilar Sequeira, cédula número 1-1171-641, ha demostrado tener las condiciones suficientes para desarrollar las actividades que demanda el cargo en el cual se le está nombrando; todo lo cual garantiza que el país esté dignamente representado en las funciones que se le asignen con el cargo y que con ello se potenciará los intereses de la Nación. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Maricela Aguilar Sequeira, cédula 1-1171-641, como funcionaria en comisión en el cargo de Consejero Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de febrero del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8335.—C-16130.—(IN2011069439).

N° 123-11-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 incisos 8), 12), 20) y artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965 y a los artículos 15, 18 y 26 de su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar de acuerdo con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.

II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior adecuada.

III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4 de la Ley General de Administración Pública.

IV.—Que la señora Milena M. Mendoza Rodríguez, cédula 1-1055-141, ha demostrado tener las condiciones suficientes para desarrollar las actividades que demanda el cargo en el cual se le está nombrando; todo lo cual garantiza que el país esté dignamente representado en las funciones que se le asignen con el cargo y que con ello se potenciará los intereses de la Nación. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora Milena M. Mendoza Rodríguez, cédula 1-1055-141, como funcionaría en comisión en el cargo de Consejero Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de febrero del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8335.—C-16130.—(IN2011069440).

N° 124-11-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 incisos 8), 12), 20) y artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República

de Costa Rica, Ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965 y a los artículos 15,18 y 26 de su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo del 2001.

Considerando:

I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar de acuerdo con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.

II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior adecuada.

III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4º de la Ley General de Administración Pública.

IV.—Que la señora María Inés Solís Quirós, cédula 2-590-906, ha demostrado tener las condiciones suficientes para desarrollar las actividades que demanda el cargo en el cual se le está nombrando; todo lo cual garantiza que el país esté dignamente representado en las funciones que se le asignen con el cargo y que con ello se potenciará los intereses de la Nación. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la señora María Inés Solís Quirós, cédula 2-590-906, como funcionaría en comisión en el cargo de Primer Secretario Interno.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de febrero del 2011.

Dado en la Presidencia de la República, a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8335.—C-16130.—(IN2011069441).

N° 125-11-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO Con fundamento en lo dispuesto en el artículo 140 incisos 8), 12), 20) y artículo 146 de la Constitución Política de Costa Rica; artículos 48 y 49 del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica, Ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965 y a los artículos 15, 18 y 26 de su Reglamento, Decreto Ejecutivo N° 29428-RE del 30 de marzo de 2001

Considerando:

I.—Que es labor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, buscar la excelencia y la idoneidad del personal, de acuerdo con las necesidades del servicio y la importancia de las funciones que se deben desempeñar de acuerdo con la estrategia establecida en la Política Exterior de Costa Rica.

II.—Que el Poder Ejecutivo propone incorporar en la mayor medida posible, al desenvolvimiento de la Política Internacional, recursos humanos calificados para promover una Política Exterior adecuada.

III.—Que la Administración fundamenta su actuar en razones objetivas y que el Ministerio basa su proceder en el principio de continuidad orgánica de la Administración y en el principio de eficiencia consagrado en el artículo 4º de la Ley General de Administración Pública.

IV.—Que el señor Johssua Céspedes Víquez, cédula 4-206-124, ha demostrado tener las condiciones suficientes para desarrollar las actividades que demanda el cargo en el cual se le está nombrando; todo lo cual garantiza que el país esté dignamente representado en las funciones que se le asignen con el cargo y que con ello se potenciará los intereses de la Nación. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar al señor Johssua Céspedes Víquez, cédula 4-206-124, como funcionario en comisión en el cargo de Agregado Interno.

(9)

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de febrero del 2011.

Dado en la Presidencia de la República a los dieciséis días del mes de febrero del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8335.—C-16130.—(IN2011069442).

N° 129-2011-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3), 8), 12) y 18), y 146 de la Constitución Política, 8, 9, 16 y 17 del Estatuto de Servicio Exterior de Costa Rica, Ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965, y 60, 71, 72, 73, 75, 78, 79, 80, 81 y 96 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Considerando:

I.—Que el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República dispone que las personas que sean aprobadas en los concursos de oposición deberán trabajar en el Servicio Interno del Ministerio por el término de un año, y si sus servicios y su conducta fueren satisfactorios, la Comisión Calificadora los declara definitivamente incorporados a la carrera, abonándose el tiempo servido para el cómputo de antigüedad.

II.—Que el artículo 72 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior establece que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior solicitará de oficio al Jefe Inmediato del aspirante durante el período, un informe de los servicios prestados y las aptitudes y calidades del interesado.

III.—Que el artículo 73 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior dispone que si la evaluación mencionada anteriormente fuere satisfactoria, la Comisión declarará al candidato definitivamente incorporado a la Carrera del Servicio Exterior para la inscripción del funcionario en la sétima categoría, por medio de Acuerdo Ejecutivo, y que el ingreso a la carrera tendrá efecto retroactivo a la fecha de inicio.

IV.—Que por haber sido aprobado el concurso de oposición realizado, y haber concluido satisfactoriamente su período de prueba el 30 de abril del 2011, de conformidad con lo resuelto por la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, procede la incorporación a la carrera del Servicio Exterior de la persona mencionada en el artículo primero del presente acuerdo.

V.—Que es política de este Ministerio profesionalizar el Servicio Exterior y, de esa manera, utilizar el recurso humano diplomático idóneo que haya finalizado recientemente el periodo de prueba. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Declarar definitivamente incorporada a la Carrera Diplomática, en la categoría de Agregado, a la funcionaria Renée Gómez Vargas, cédula número 1-1193-0319.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de mayo del 2010.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de mayo del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8335.—C-17920.—(IN2011069443).

N° 131-2011-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3), 8), 12) y 18), y 146 de la Constitución Política, 8º, 9º, 16 y 17 del Estatuto de Servicio Exterior de Costa Rica, Ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965, y 60, 71, 72, 73, 75, 78, 79, 80, 81 y 96 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Considerando:

I.—Que el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República dispone que las personas que sean aprobadas en los concursos de oposición deberán trabajar en el Servicio Interno del Ministerio por el término de un año, y si sus servicios y su

conducta fueren satisfactorios, la Comisión Calificadora los declara definitivamente incorporados a la carrera, abonándose el tiempo servido para el cómputo de antigüedad.

II.—Que el artículo 72 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior establece que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior solicitará de oficio al Jefe Inmediato del aspirante durante el período, un informe de los servicios prestados y las aptitudes y calidades del interesado.

III.—Que el artículo 73 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior dispone que si la evaluación mencionada anteriormente fuere satisfactoria, la Comisión declarará al candidato definitivamente incorporado a la Carrera del Servicio Exterior para la inscripción del funcionario en la sétima categoría, por medio de Acuerdo Ejecutivo, y que el ingreso a la carrera tendrá efecto retroactivo a la fecha de inicio.

IV.—Que por haber sido aprobado el concurso de oposición realizado, y haber concluido satisfactoriamente su período de prueba el 30 de enero del 2011, de conformidad con lo resuelto por la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, procede la incorporación a la carrera del Servicio Exterior de la persona mencionada en el artículo primero del presente acuerdo.

V.—Que es política de este Ministerio profesionalizar el Servicio Exterior y, de esa manera, utilizar el recurso humano diplomático idóneo que haya finalizado recientemente el periodo de prueba. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Declarar definitivamente incorporado a la Carrera Diplomática, en la categoría de Agregado, al funcionario Jorge Umaña Vargas, cédula número 1-1212-0650.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de febrero del 2010.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de mayo del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8335.—C-17920.—(IN2011069444).

N° 132-2011-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3), 8), 12) y 18), y 146 de la Constitución Política, 8º, 9º, 16 y 17 del Estatuto de Servicio Exterior de Costa Rica, Ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965, y 60, 71, 72, 73, 75, 78, 79, 80, 81 y 96 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Considerando:

I.—Que el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República dispone que las personas que sean aprobadas en los concursos de oposición deberán trabajar en el Servicio Interno del Ministerio por el término de un año, y si sus servicios y su conducta fueren satisfactorios, la Comisión Calificadora los declara definitivamente incorporados a la carrera, abonándose el tiempo servido para el cómputo de antigüedad.

II.—Que el artículo 72 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior establece que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior solicitará de oficio al Jefe Inmediato del aspirante durante el período, un informe de los servicios prestados y las aptitudes y calidades del interesado.

III.—Que el artículo 73 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior dispone que si la evaluación mencionada anteriormente fuere satisfactoria, la Comisión declarará al candidato definitivamente incorporado a la Carrera del Servicio Exterior para la inscripción del funcionario en la sétima categoría, por medio de Acuerdo Ejecutivo, y que el ingreso a la carrera tendrá efecto retroactivo a la fecha de inicio.

IV.—Que por haber sido aprobado el concurso de oposición realizado, y haber concluido satisfactoriamente su período de prueba el 30 de enero del 2011, de conformidad con lo resuelto por la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, procede la incorporación a la carrera del Servicio Exterior de la persona mencionada en el artículo primero del presente acuerdo.

(10)

V.—Que es política de este Ministerio profesionalizar el Servicio Exterior y, de esa manera, utilizar el recurso humano diplomático idóneo que haya finalizado recientemente el periodo de prueba. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Declarar definitivamente incorporada a la Carrera Diplomática, en la categoría de Agregado, a la funcionaria Carolina Jiménez Castañeda, cédula número 1-1203-0090.

Artículo 2º—Rige a partir del 1º de febrero del 2010.

Dado en la Presidencia de la República, a los seis días del mes de mayo del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto, René Castro Salazar.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 8335.—C-17920.—(IN2011069445).

Nº 135-11-SE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con los artículos 140, inciso 12, y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y el artículo 55 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica.

Considerando:

I.—Que el Gobierno de la República de Costa Rica mantiene una vasta agenda de iniciativas y asuntos pendientes ante la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH), relacionados con temas de carácter operativo, nuevas iniciativas y medidas cautelares, que forman parte de la agenda del país con la Organización de los Estados Americanos (OEA), la cual requiere de una constante labor de seguimiento y coordinación tanto con este Ministerio, como otras instancias estatales.

II.—Que entre los temas del considerando anterior, se encuentra el fortalecimiento del Sistema Interamericano de Protección de los Derechos Humanos, particularmente de la CIDH, para lo cual es necesario analizar y discutir su implementación por lo que se debe de coordinar con el señor Canciller de la República y los funcionarios de la Cancillería.

III.—Que en la última Asamblea General de la OEA, celebrada en la ciudad de San Salvador, el Presidente del Consejo Permanente en nombre de los Cancilleres de la región, instauró un Grupo de Trabajo para dar seguimiento a las medidas cautelares y el incremento en la promoción de los Derechos Humanos, así como el fortalecimiento financiero del Sistema y de otras medidas en beneficio de la OEA.

IV.—Que es de interés para nuestro país, impulsar la nueva propuesta del señor Canciller de la República en desarrollar un planteamiento sobre las “democracias desarmadas” que incluye tanto a miembros, como no miembros de la OEA.

V.—Que el Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto requiere la presencia en Costa Rica del señor José Enrique Castillo Barrantes, destacado como Embajador en la Misión Permanente de Costa Rica ante la OEA y acreditado como Representante Permanente del país ante esa Organización, para que viaje a nuestro país en los días, del 01 al 06 de agosto del presente año, con el fin de llevar a cabo labores de asesoría, consulta, seguimiento y coordinación con el Ministerio y otros órganos del Estado, para los fines antes expuestos. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Llamar en consulta al señor José Enrique Castillo Barrantes, cédula de identidad 1-0399-0937, Embajador Representante Permanente de la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de Estados Americanos, para que viaje a Costa Rica del 01 al 06 de agosto del 2011.

Artículo 2º—Los pasajes aéreos serán cubiertos por cuenta del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, Programa 081-Servicio Exterior, subpartida 1.05.03 Transporte en el Exterior.

Artículo 3º—En virtud de que el costo de los tiquetes de viaje será asumido por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto, de conformidad con la Circular Nº DGAVCA-NP-1035-201 y la Resolución Nº 078-10 del Ministerio de Hacienda, Tesorería

Nacional y la Dirección General de Administración de Bienes y Contratación Administrativa, el funcionario deberá ceder el millaje generado por el viaje a favor del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 4º—Rige a partir del 1º al 6 de agosto del 2011. Dado en la Presidencia de la República, a los veintidós días del mes de julio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08335.—C-17920.—(IN2011069446).

Nº 0140-2011-SE-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con los artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa. Rica y el artículo 41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República,

Considerando:

I.—Que mediante el Concurso para la Rotación del Servicio Interno al Servicio Exterior de la República Número CCSE-0055-11 del 20 de julio de 20CCSE-0055-11, se sacó a concurso interno la plaza de Cónsul en David, República de Panamá.

II.—Que el señor Ministro a. í. de Relaciones Exteriores y Culto considera oportuno acoger la recomendación de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior de la República, referente a la asignación del cargo indicado en el considerando anterior, y ordena nombrar como Cónsul de Costa Rica en David, República de Panamá, a la señora. Flora Venegas Corrales, cédula de identidad No. 1-0939-0366, funcionaria de carrera diplomática destacarla en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Rotar a la Segunda Secretaria de Carrera Diplomática, la señora Flora. Venegas Corrales, cédula de identidad Nº 1-0939-0366, de su cargo en el Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto; a ocupar el cargo de Cónsul de Costa Rica en David, República de Panamá, a partir del 15 de agosto de 2011.

Artículo 2º—Rige a partir del 15 de agosto de 2011.

Darlo en la Presidencia de la República, el primero de agosto de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA. MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08335.—C-16130.—(IN2011069447).

Nº 0143-2011-SE-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con los artículos 140, inciso 12 y 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica; el artículo 19 del Estatuto del Servicio Exterior de la República de Costa Rica y el artículo 41 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República,

Considerando:

I.—Que mediante el Concurso para la rotación del Servicio Interno al Servicio Exterior de la República, Número CCSE-0007-11 del 17 de febrero de 20CCSE-0007-11, se sacó a concurso interno la plaza de Ministro Consejero ante la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de Estados Americanos.

II.—Que en virtud de la Directriz 013-H del Ministerio de Hacienda, del 16 de febrero del 2011, publicada el 04 de marzo de 2011, referente a las medidas que debe adoptar el Sector Público para hacerle frente a la reducción de gasto público y a la austeridad en la Hacienda Pública, se dejó en suspenso la asignación de la plaza indicada en el considerando anterior.

(11)

III.—Que de conformidad con el criterio de la Dirección General de Servicio Civil, los funcionarios amparados al Régimen de Servicio Exterior quedan excluidos de la aplicación de la Directriz 013-H del Ministerio de Hacienda.

IV.—Que el señor Ministro de Relaciones Exteriores y Culto acoge la recomendación de la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, referente a la asignación del cargo de Ministro Consejero ante la Misión Permanente de Costa Rica ante la Organización de Estados Americanos, a la señora María Cristina Castro Villafranca, cédula 1-0771-0270, funcionaria de carrera diplomática. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Nombrar a la Primera Secretaria de carrera diplomática, señora María Cristina Castro Villafranca, cédula número 1-0771-0270, en el cargo de Ministra Consejera ante la Misión Permanente. de Costa Rica ante la Organización de Estados Americanos, con sede en Washington D.C., Estados Unidos de América, a partir del 01 de enero del 2012.

Artículo 2º—La persona designada en este cargo debe asumir funciones en un plazo máximo de 60 días naturales, período en el que deberá recibir la inducción respectiva, ajustándose a las normas laborales del Servicio Interno del Ministerio de Relaciones Exteriores y Culto.

Artículo 3º—Rige a partir del 01 de enero de 2012.

Dado en la Presidencia de la República., el primero de agosto de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í, Carlos A. Roverssi Rojas.—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08335.—C-16130.— (IN2011069448).

Nº 0145-2011-SE-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y EL MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO De conformidad con el artículo 140, incisos 8 y 12, y el artículo 146 de la Constitución Política de la República de Costa Rica y en el artículo 28, párrafos 1) y 2), inciso a) de la Ley General de la Administración Pública,

Considerando:

1º—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 068-11-SE del 16 de mayo de 2011, se trasladó al Primer Secretario de carrera diplomática, Edwin Arias Chinchilla, cédula de identidad número 6-0205-0386, Ministro Consejero, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la República de Nicaragua; a ejercer el cargo de Ministro Consejero, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en los Estados Unidos Mexicanos, a partir del 1° de junio de 2011.

II.—Que mediante el Acuerdo Ejecutivo Nº 072-11-SE del 20 de mayo de 2011, se modificó la fecha del traslado del Edwin Arias Chinchilla, a la Embajada de Costa Rica en los Estados Unidos Mexicanos, para que su traslado se hiciera efectivo a partir del 1° de julio de 2011 y no en la fecha originalmente consignada.

III.—Que por razones de interés nacional y en virtud de la experiencia del señor Edwin Arias Chinchilla, como Ministro Consejero y Encargado de Negocios a. í., en la Embajada de Costa Rica en Nicaragua, y dada la situación actual; resulta necesario dejar sin efecto su traslado a la Embajada de Costa Rica en los Estados Unidos Mexicanos para que permanezca en el ejercicio de su cargo en Nicaragua hasta nuevo aviso. Por tanto:

ACUERDAN:

Artículo 1º—Dejar sin efecto el Acuerdo Nº 068-11-SE del 16 de mayo de 2011, mediante el cual se trasladó al Primer Secretario de carrera diplomática, Edwin Arias Chinchilla, cédula de identidad número 6-0205-0386, Ministro Consejero, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en la República de Nicaragua; a ejercer el cargo de Ministro Consejero, con ascenso en comisión, en la Embajada de Costa Rica en los Estados Unidos Mexicanos.

Artículo 2º—Dejar sin efecto el Acuerdo Nº 072-11-SE del 20 de mayo de 2011, mediante el cual se modificó la fecha del trasladó indicado en el artículo anterior.

Artículo 3º—Rige a partir del 1° de agosto de 2011.

Dado en la Presidencia de la República, el primero de agosto de dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í., Carlos Alberto Roverssi Rojas.—1 vez.—O.C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08335.—C-15235.—(IN2011069449).

N° 177-2011-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3), 8), 12) y 18), y 146 de la Constitución Política, 8, 9, 16 y 17 del Estatuto de Servicio Exterior de Costa Rica, Ley N°3530 del 5 de agosto de 1965, y 60, 71, 72, 73, 75, 78, 79, 80, 81 y 96 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Considerando:

1º—Que el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República dispone que las personas que sean aprobadas en los concursos de oposición deberán trabajar en el Servicio Interno del Ministerio por el término de un año, y si sus servicios y su conducta fueren satisfactorios, la Comisión Calificadora los declara definitivamente incorporados a la carrera, abonándose el tiempo servido para el cómputo de antigüedad.

2º—Que el artículo 72 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior establece que la Comisión Calificadora del Servicio Exterior solicitará de oficio al Jefe Inmediato del aspirante durante el período, un informe de los servicios prestados y las aptitudes y calidades del interesado.

3º—Que el artículo 73 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior dispone que si la evaluación mencionada anteriormente fuere satisfactoria, la Comisión declarará al candidato definitivamente incorporado a la Carrera del Servicio Exterior para la inscripción del funcionario en la sétima categoría, por medio de Acuerdo Ejecutivo, y que el ingreso a la carrera tendrá efecto retroactivo a la fecha de inicio.

4º—Que por haber sido aprobado el concurso de oposición realizado, y haber concluido satisfactoriamente su período de prueba el 15 de abril del 2011, de conformidad con lo resuelto por la Comisión Calificadora del Servicio Exterior, procede la incorporación a la carrera del Servicio Exterior de la persona mencionada en el artículo primero del presente acuerdo.

5º—Que es política de este Ministerio profesionalizar el Servicio Exterior y, de esa manera, utilizar el recurso humano diplomático idóneo que haya finalizado recientemente el periodo de prueba. Por tanto,

ACUERDAN:

Artículo 1º—Declarar definitivamente incorporado a la Carrera Diplomática, en la categoría de Agregado, al funcionario Andrés Vargas Ramírez, cédula número 01-1123-0454.

Artículo 2º—Rige a partir del 16 de abril del 2010.

Dado en la Presidencia de la República, a los once días del mes de julio del dos mil once.

LAURA CHINCHILLA MIRANDA.—El Ministro de Relaciones Exteriores y Culto a. í, Carlos Roverssi Rojas.—1 vez.—O. C. Nº 10865.—Solicitud Nº 08335.—C-17920.— (IN2011069451).

N° 178-2011-RE

LA PRESIDENTA DE LA REPÚBLICA

Y El MINISTRO DE RELACIONES EXTERIORES Y CULTO En ejercicio de las facultades conferidas en los artículos 140 incisos 3), 8), 12) y 18), y 146 de la Constitución Política, 8, 9, 16 y 17 del Estatuto de Servicio Exterior de Costa Rica, Ley N° 3530 del 5 de agosto de 1965, y 60, 71, 72, 73, 75, 78, 79, 80, 81 y 96 del Reglamento al Estatuto del Servicio Exterior de la República.

Considerando:

1º—Que el artículo 16 del Estatuto del Servicio Exterior de la República dispone que las personas que sean aprobadas en los concursos de oposición deberán trabajar en el Servicio Interno del Ministerio por el término de un año, y si sus servicios y su

Referencias

Documento similar

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

Products Management Services (PMS) - Implementation of International Organization for Standardization (ISO) standards for the identification of medicinal products (IDMP) in

This section provides guidance with examples on encoding medicinal product packaging information, together with the relationship between Pack Size, Package Item (container)

Package Item (Container) Type : Vial (100000073563) Quantity Operator: equal to (100000000049) Package Item (Container) Quantity : 1 Material : Glass type I (200000003204)

Abstract: This paper reviews the dialogue and controversies between the paratexts of a corpus of collections of short novels –and romances– publi- shed from 1624 to 1637:

E Clamades andaua sienpre sobre el caua- 11o de madera, y en poco tienpo fue tan lexos, que el no sabia en donde estaña; pero el tomo muy gran esfuergo en si, y pensó yendo assi

Por lo tanto, en base a su perfil de eficacia y seguridad, ofatumumab debe considerarse una alternativa de tratamiento para pacientes con EMRR o EMSP con enfermedad activa

The part I assessment is coordinated involving all MSCs and led by the RMS who prepares a draft assessment report, sends the request for information (RFI) with considerations,