• No se han encontrado resultados

El aceite recogido se pesará obligatoriamente para proporcionar a la mancomunidad datos de pesaje por municipios.

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "El aceite recogido se pesará obligatoriamente para proporcionar a la mancomunidad datos de pesaje por municipios."

Copied!
17
0
0

Texto completo

(1)

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TECNICAS PARTICULARES PARA LA CONTRATACIÓN, POR PROCEDIMIENTO ABIERTO, DEL SERVICIO DE RECOGIDA Y TRATAMIENTO DE ACEITE DE COCINA USADO, EN EL ÁMBITO DE LOS MUNICIPIOS QUE INTEGRAN LA MANCOMUNIDAD SASIETA.

1.- OBJETO

Es objeto del presente pliego el enumerar una serie de condiciones técnicas que sirvan de base para la contratación del servicio de recogida y tratamiento de aceite de cocina usado, en el ámbito de los municipios que integran la Mancomunidad Sasieta.

2.- ALCANCE DE LOS TRABAJOS A REALIZAR

1) La recogida y transporte de aceite de cocina usado (de origen vegetal y origen animal) mediante contenedores situados en la vía pública destinados a usuarios domésticos, en el ámbito de los municipios que integran la Mancomunidad Sasieta. 2) El tratamiento en planta del aceite recogido para su posterior envío y entrega a otra

planta de fabricación de biocarburante (biodiésel).

3) La limpieza y mantenimiento integral de los contenedores para aceite. 3.- PESAJE DEL ACEITE RECOGIDO

El aceite recogido se pesará obligatoriamente para proporcionar a la mancomunidad datos de pesaje por municipios.

4.- ESPECIFICACIONES DEL SERVICIO 4.1. RECOGIDA Y TRANSPORTE DE ACEITE - Residuos objeto de recogida:

Aceite de cocina usado (de origen vegetal y origen animal), de origen doméstico, embotellado, depositado en contenedores especiales de color naranja instalados en la vía pública y en tres garbigunes de la Mancomunidad (Urretxu, Beasain y Legazpi).

- Contenedores utilizados para el depósito de aceite de cocina usado:

La Mancomunidad Sasieta cederá al contratista los contenedores para aceite de cocina usado.

(2)

El contenedor está diseñado específicamente para que el usuario deposite el aceite de cocina usado que previamente ha embotellado en su domicilio, reutilizando envases domésticos, ya sean de vidrio o de plástico.

El contenedor dispone de una carcasa exterior y una cuba interior estanca para aceite embotellado, ambas metálicas.

La carcasa exterior del contenedor deberá estar en todo momento atornillada y fijada al suelo para evitar vuelcos, movimientos o daños por actos vandálicos.

El personal de recogida del contratista se encargará de extraer la cuba interior y de reemplazarla por otra cuba vacía. No son admisibles otras operaciones de trasvase manual de aceite en la vía pública.

- Ambito de recogida:

El de los 22 municipios que integran la Mancomunidad Sasieta, es decir, Altzaga, Arama, Ataun, Beasain, Ezkio-Itsaso, Gaintza, Gabiria, Idiazabal, Itsasondo, Lazkao, Legazpi, Legorreta, Mutiloa, Olaberria, Ordizia, Ormaiztegi, Segura, Urretxu, Zaldibia, Zegama, Zerain y Zumarraga.

- Ubicación de los contenedores para aceite:

En la siguiente tabla se incluye los contenedores de aceite instalados.

Municipio Contenedores Altzaga 1 Arama 1 Ataun 2 Beasain 6 Ezkio-Itsaso 1 Gabiria 1 Gaintza 1 Idiazabal 1 Itsasondo 1 Lazkao 3 Legazpi 4 Legorreta 1 Mutiloa 1 Olaberria 2

(3)

Ormaiztegi 1 Segura 1 Urretxu 4 Zaldibia 1 Zegama 1 Zerain 1 Zumarraga 5 Garbigune de Urretxu 1 Garbigune de Beasain 1 Garbigune de Ordizia 1 TOTAL 49

La Mancomunidad podrá instalar caso de ser necesario hasta un máximo de 3 contenedores adicionales, sin que ello suponga incremento alguno del precio de adjudicación. Superado este número se estará a lo dispuesto en la cláusula 11 del PCAP sobre modificaciones de contrato.

- Sistema de recogida:

La recogida de aceite se efectuará a través de vehículo industrial debidamente equipado y rotulado, atendido por personal del contratista. Dicho vehículo deberá estar obligatoriamente a nombre del adjudicatario del servicio y tendrá más de 3.500 kg. de masa máxima autorizada (MMA).

Dicho personal estacionará el vehículo en las inmediaciones del contenedor de aceite, abrirá la puerta del contenedor de aceite que da acceso a la cuba metálica interior, la extraerá y la reemplazará por otra cuba vacía, completamente limpia.

El vehículo de recogida realizará las paradas y maniobras estrictamente necesarias para agilizar las tareas de recogida, procurando en todo momento, no entorpecer el normal tránsito de personal y vehículos, adoptando las debidas medidas de seguridad, dando cumplimiento en todo momento a la Ley de Tráfico y evitando maniobras que supongan una infracción o peligro.

- Frecuencia mínima de vaciado de los contenedores:

Los contenedores de aceite se vaciarán con la siguiente frecuencia mínima:

Municipio Frecuencia

Altzaga Bimensual

(4)

Ataun Mensual

Beasain Cada 3 semanas

Ezkio-Itsaso Bimensual

Gabiria Bimensual

Gaintza Bimensual

Idiazabal Cada 3 semanas

Itsasondo Bimensual

Lazkao Cada 3 semanas

Legazpi Cada 3 semanas

Legorreta Mensual

Mutiloa Bimensual

Olaberria Mensual

Ordizia Cada 3 semanas

Ormaiztegi Mensual

Segura Mensual

Urretxu Cada 3 semanas

Zaldibia Mensual

Zegama Mensual

Zerain Bimensual

Zumarraga Cada 3 semanas

Garbigune Urretxu Previo aviso Garbigune Beasain Previo aviso Garbigune Ordizia Previo aviso

Con independencia de la frecuencia mínima de vaciado asignada inicialmente a los contenedores, durante la vigencia del contrato, el contratista vendrá obligado a adecuar la frecuencia de vaciado a la velocidad de llenado de los contenedores, aumentando si fuera preciso la frecuencia de vaciado, de acuerdo con las instrucciones que en cada caso dicten los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, para así mantener permanentemente disponible la capacidad de depósito de aceite en los contenedores, sin que ello suponga incremento alguno del precio de adjudicación.

Por motivos de seguridad, la frecuencia de vaciado será aquella que asegure en todo momento, que el material depositado en el contenedor, no supere el 67% de su capacidad de llenado. En aquellos casos en los que los Servicios Técnicos de la Mancomunidad comprueben que la frecuencia de vaciado prestada es insuficiente para garantizar una disponibilidad mínima permanente del 33% del volumen de llenado de los contenedores, a requerimiento de los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, el contratista deberá incrementar la frecuencia de vaciado hasta garantizar la disponibilidad exigida.

(5)

El eventual incremento de las cantidades de aceite usado a recoger durante el periodo de vigencia del Contrato, derivado de un aumento demográfico o de un aumento en el índice de participación ciudadana, deberá ser previsto por los licitadores. Una vez realizada la adjudicación, el contratista no tendrá derecho a indemnización por razón del mismo.

- Ejecución de los trabajos de recogida:

El contratista deberá tener el máximo cuidado en la ejecución del servicio al objeto de no ensuciar las aceras y calzadas.

El operario de recogida procederá de forma inmediata a la completa limpieza de cualquier resto de aceite que pudiera derramarse accidentalmente durante las operaciones de recogida y transporte de aceite, utilizando productos y utensilios adecuados para tal fin. - Residuos no solicitados:

El contratista se responsabilizará de la retirada y gestión de cualquier residuo no solicitado que pudiera aparecer junto con el aceite embotellado o alrededor del contenedor.

- Calendario y horario de vaciado de los contenedores:

Los licitadores propondrán en sus ofertas los días y horarios de recogida que mejor se adapten a las peculiaridades propias de los municipios que integran la Mancomunidad y al sistema de recogida propuesto, sin perjuicio de la potestad de los Servicios Técnicos de la Mancomunidad Sasieta de modificarlos y la obligatoriedad del adjudicatario de aceptar tales modificaciones.

- Traslado y reubicación de contenedores:

Será obligación del contratista, la reubicación o la retirada y posterior colocación de los contenedores de aceite instalados, por cualquier causa justificada: necesidades del servicio, ejecución de obras en las proximidades, labores de asfaltado, cambios en el tráfico rodado, situaciones de peligrosidad para vehículos o peatones, celebración de acontecimientos sociales, culturales o deportivos, previsión de actos violentos o vandálicos etc.

El contratista deberá atender las órdenes dadas por los Servicios Técnicos de la Mancomunidad Sasieta relativas al servicio, en el plazo en que éstas dicten.

(6)

- Propiedad del aceite depositado en los contenedores:

La totalidad del aceite de cocina usado depositado en los contenedores quedará en propiedad del contratista. Asimismo, todas las obligaciones y responsabilidades que puedan durante el depósito de aceite en los contenedores, su recogida, transporte y tratamiento serán por cuenta del contratista.

- Organización del servicio:

Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo el servicio recogida y transporte del aceite anteriormente descrito con los medios propuestos por cada licitador. Los licitadores definirán en la MEMORIA TÉCNICA, con todo tipo de detalle, el proyecto de organización, medios materiales y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos:

a) Descripción detallada de los equipos de recogida a emplear en cuanto a vehículos y personal (tipo de vehículo, capacidad, nº de operarios y categoría profesional de los operarios integrantes del equipo de recogida…) y ruta asignada

b) Rutas de recogida debidamente justificadas, especificando en cada una de ellas: 1) Descripción de la forma en que se recogerá el aceite

2) Itinerario a seguir.

3) Previsión de kilómetros a recorrer. 4) Sistema de pesaje a emplear.

5) Hora de comienzo y hora prevista de finalización de cada ruta. 6) Desglose del tiempo medio invertido en:

• Labores de recogida de aceite propiamente dichas (vaciado de contenedores).

• Desplazamientos (entre municipios que comparten la ruta, a la planta de tratamiento).

• Descansos reglamentarios. • Tiempo empleado en pesajes

• Tiempo empleado en descargar en la planta de tratamiento. 7) Contenedores a vaciar, por ruta y por municipio.

8) Previsión de la cantidad de aceite (en kg) a recoger, por ruta y por municipio. 9) Nº de portes previstos al centro de tratamiento en cada jornada.

c) Planos de detalle a escala adecuada en los que se especifiquen los itinerarios de recogida y los contenedores objeto de vaciado.

(7)

d) Calendario y horario de recogida: • Para cada municipio

• Para cada día del calendario, los municipios atendidos en orden de prestación del servicio.

e) Vehículos de reserva disponibles en las instalaciones fijas del contratista en el mismo momento de la prestación del servicio y Plan de Actuación previsto en caso de avería o parada programada.

f) Descripción del sistema de actuación previsto para el aceite que pudiera derramarse accidentalmente durante las operaciones de recogida y transporte de aceite.

g) Descripción del equipo de traslado y reubicación de contenedores y disponibilidad de dicho equipo.

h) Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio. 4.2. TRATAMIENTO DEL ACEITE RECOGIDO

- Acondicionamiento previo y almacenamiento del aceite recogido:

La totalidad del aceite recogido se enviará a una planta de tratamiento propiedad del contratista donde se efectuará la limpieza de materia orgánica, envases de plástico y de vidrio, agua y otras impurezas que pudiera contener así como otras operaciones de acondicionado que permitan su almacenaje y envío a una planta para la fabricación de biocarburante (biodiesel).

- Vaciado y gestión de envases:

Será obligación del contratista efectuar el vaciado y correcta gestión de los envases y recipientes domésticos utilizados por los ciudadanos para el depósito de aceite embotellado en los contenedores.

- Limpieza de cubas metálicas:

Será obligación del contratista efectuar en sus instalaciones una limpieza a fondo de las cubas metálicas para la recogida de aceite embotellado después de cada uso, utilizando sistemas de limpieza a presión y productos detergentes y desengrasantes apropiados para ello.

(8)

- Organización del servicio:

Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo los trabajos arriba indicados con los medios propuestos. Los licitadores definirán en la MEMORIA TÉCNICA, con todo tipo de detalle, el proyecto de organización, medios y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos:

a) Descripción de las instalaciones y maquinaria en las que efectuará el acondicionamiento previo y almacenamiento del aceite recogido.

b) Descripción detallada del proceso de tratamiento del aceite y balance de masas. c) Descripción de las labores de vaciado de envases domésticos que han contenido

aceite usado.

d) Descripción de las labores de limpieza de cubas metálicas y stock disponible. e) Gestión de residuos y de aguas de proceso.

f) Planta de fabricación de biocarburante a la que se destinará el aceite tratado. 4.3. LIMPIEZA Y MANTENIMIENTO DE CONTENEDORES DE ACEITE

4.3.1. LIMPIEZA DE CONTENEDORES - Objeto:

Para garantizar el perfecto estado higiénico-sanitario y el buen aspecto estético de todos los contenedores, será obligación del contratista realizar una limpieza y desinfección exhaustiva de la totalidad de los contenedores para aceite instalados

- Lugar de limpieza:

Las operaciones ordinarias de limpieza de contenedores se efectuarán “in situ”, es decir, en el propio punto donde estén ubicados los contenedores.

Para ello, el contratista adoptará las medidas adecuadas para evitar cualquier molestia a bienes o personas derivada de las operaciones de limpieza.

(9)

- Frecuencia de limpieza:

Los contenedores se someterán a una limpieza externa con una frecuencia mínima bimensual. Con independencia de dicha frecuencia mínima, puntualmente, a requerimiento de los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, el contratista vendrá obligado a efectuar la limpieza de aquellos contenedores que en el período comprendido entre limpiezas presenten signos evidentes de suciedad, sin que ello suponga incremento alguno del precio de adjudicación.

- Descripción de las operaciones de limpieza externa de contenedores:

La limpieza externa de los contenedores se realizará mediante el siguiente procedimiento general:

• En primer lugar se procederá a la retirada manual de cualquier elemento extraño que se encuentre adherido al contenedor (carteles, cintas adhesivas, pegatinas etc.).

• A continuación, se pulverizará un producto detergente eficaz sobre la superficie externa del contenedor. Dicho detergente se dosificará a la concentración recomendada por el fabricante, será biodegradable como mínimo en un 90 %, estará compuesto por tensioactivos de elevado poder humectante y emulsionantes de la materia grasa así como por secuestrantes de la dureza del agua y generará una cantidad reducida de espuma.

• Finalmente, se limpiará exhaustivamente toda la superficie externa del contenedor con agua fría o caliente, empleando una lanza o pistola de alta presión manejada manualmente por un operario.

Finalizada la operación de lavado, el estado final del contenedor será tal que su superficie exterior no ofrezca resto alguno de suciedad.

Se prestará también especial atención a la zona situada alrededor del contenedor (calzada, acera…), procediendo a limpiar cualquier posible mancha de aceite que pudiera haber. Las operaciones de lavado deberán realizarse mediante procedimientos y detergentes químicos previamente autorizados por los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, quienes podrán dictar, en función del grado de limpieza obtenido, órdenes e instrucciones concretas, que serán de obligado cumplimiento por el contratista. Para ello, el contratista deberá efectuar una demostración práctica previa a la iniciación de la prestación del servicio ante los Servicios Técnicos de la Mancomunidad, con un número reducido de contenedores, para valorar la eficacia del sistema de limpieza propuesto.

(10)

Para la limpieza externa manual de los contenedores se destinará un furgón hidrolimpiador o un equipo de alta presión remolcable, de agua fría o caliente, equipado con todos los elementos necesarios para efectuar la limpieza externa mediante el procedimiento descrito. - Horario de limpieza:

Las operaciones de limpieza externa de aquellos contenedores que se ubiquen en áreas urbanas residenciales se realizarán en horario diurno, no antes de las 8.00 a.m., para evitar así molestias a los ciudadanos.

4.3.2. CONSERVACIÓN Y MANTENIMIENTO DE CONTENEDORES. - Objeto:

El Servicio consistirá en la conservación y mantenimiento INTEGRAL de la totalidad de los contenedores para aceite instalados, para que en todo momento se encuentren en perfectas condiciones de uso.

Será obligación del contratista la organización y ejecución de la totalidad de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo que requieran los contenedores de aceite instalados. - Programa de conservación y mantenimiento:

El contratista deberá establecer para el mantenimiento general periódico de los contenedores un Programa, en el que queden detalladas todas las operaciones de mantenimiento preventivo.

Los trabajos de mantenimiento, incluirán como mínimo:

La revisión periódica del estado funcional y de conservación de los contenedores. La revisión de las bisagras y cierres de seguridad de la puerta de acceso a la cuba

interior.

La revisión de las tapas basculantes de las bocas de carga y sistemas para amortiguar el ruido.

La revisión de los cuatro puntos de atornillado del contenedor al suelo.

La sustitución o reparación de cualquier componente deteriorado o defectuoso. En engrase de ciertos componentes.

La reposición de los adhesivos del contenedor que sean poco legibles o resulten deteriorados.

La eliminación completa de pintadas y graffitis mediante productos de probada eficacia que a su vez no dañen el contenedor.

(11)

La corrección de aquellas partes del contenedor que sufran golpes o impactos que den lugar a abolladuras, deformaciones o desajustes.

La corrección de aquellas partes del contenedor que sufran rozaduras que den lugar a rayas o zonas con desprendimiento de pintura o material.

Otros trabajos incluidos en el manual de conservación y mantenimiento del fabricante del contenedor.

En los casos de trabajos de mantenimiento no programados, como consecuencia de necesidades sobrevenidas, el contratista deberá solucionar la anomalía detectada, en un plazo máximo de 24 horas.

El contratista destinará al servicio de mantenimiento y conservación de contenedores un furgón de mantenimiento, asistido por un operario cualificado, dotado de los elementos de utillaje, herramientas y repuestos necesarios para realizar "in situ" cualquier operación de mantenimiento preventivo o correctivo.

- Lugar para efectuar las operación de conservación y mantenimiento:

Los trabajos de mantenimiento podrán efectuarse “in situ”, es decir, en el propio punto donde estén ubicados los contenedores, siempre que estas operaciones no originen ningún trastorno en la vía pública. En caso contrario, los trabajos de mantenimiento se desarrollarán obligatoriamente en instalaciones fijas del contratista o en un área próxima previamente autorizada por la Mancomunidad Sasieta.

- Repuestos:

El contratista dispondrá obligatoriamente de un stock suficiente de piezas de repuesto de los contenedores instalados. El contratista asumirá las responsabilidades derivadas de la eventual demora que pudiera producirse en el mantenimiento ordinario o en la reparación de contenedores como consecuencia de la falta de repuestos necesarios.

Los repuestos utilizados para la sustitución o reparación de cualquier componente deteriorado o defectuoso serán siempre originales, es decir, suministrados por la casa fabricante de los contenedores.

- Organización del servicio de limpieza y mantenimiento de contenedores:

Corresponde a las empresas licitadoras proponer el sistema más eficaz para llevar a cabo el servicio de limpieza y de mantenimiento y de conservación de contenedores, con los medios propuestos.

(12)

Los licitadores definirán en la MEMORIA TECNICA, con todo tipo de detalle, el proyecto de organización, medios y personal, desarrollando como mínimo los siguientes puntos:

a) Limpieza de contenedores:

- Descripción detallada de las operaciones de limpieza de los contenedores. - Detergentes a emplear

- Descripción del equipo de lavado en cuanto a vehículo y personal.

- Rutas de lavado debidamente justificadas y contenedores objeto de lavado. - Calendario y horario de lavado.

b) Mantenimiento y conservación de contenedores:

- Plan de Mantenimiento y Conservación, preventivo y correctivo, de los contenedores de aceite.

- Descripción detallada de las operaciones de mantenimiento a efectuar y forma de realización de las mismas.

- Descripción del equipo de mantenimiento en cuanto a vehículo y personal. - Descripción del stock de piezas de repuesto de los contenedores.

c) Cuantos datos sean necesarios para la mejor descripción del servicio. 5.- PERSONAL

El contratista dispondrá en todo momento del personal necesario para prestar eficazmente los servicios contratados, de acuerdo con las directrices y especificaciones descritas en el presente Pliego de Prescripciones Técnicas Particulares y en el Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Como resultado de los estudios de organización realizados por las empresas licitadoras, relativos a los servicios objeto del contrato, los licitadores explicitarán una propuesta detallada de la previsión de plantilla que consideren necesaria y las tareas encomendadas, con el siguiente desglose por categorías:

- Personal directo - Personal Indirecto

El personal señalado anteriormente, será el mínimo que el contratista deberá disponer para la ejecución de los trabajos objeto del contrato. El contratista deberá aumentar dicho personal, si ello es necesario, para garantizar la correcta prestación del servicio público, en todos y cada uno de los aspectos del contrato, sin que ello suponga un aumento del precio de adjudicación.

(13)

El contratista deberá disponer para el servicio los medios humanos, tanto directos como indirectos, necesarios para asegurar en todo momento la eficaz ejecución del servicio objeto del contrato y cubrir eventualidades tales como bajas por enfermedad o accidente, permisos, labores sindicales, vacaciones y otras causas debidamente justificadas, así como todo tipo de bajas imprevistas y absentismo. Dichas ausencias o bajas del personal deberán ser cubiertas de forma inmediata por parte del contratista.

La Mancomunidad Sasieta no tendrá relación jurídica, laboral o de cualquier otra índole con el personal del contratista, durante la vigencia del contrato ni al término del mismo, siendo por cuenta del contratista todas las obligaciones, indemnizaciones y responsabilidades que surgieran con ocasión de este contrato.

El contratista está obligado al cumplimiento de las disposiciones legales vigentes en materia laboral, de Seguridad Social y de seguridad e higiene en el trabajo así como el resto de normativa de aplicación al contrato, quedando la Mancomunidad exonerada de cualquier responsabilidad por este incumplimiento.

En caso de huelga o conflicto de empresa, ésta deberá acatar y llevar a cabo los servicios mínimos que la Mancomunidad Sasieta u otros organismos competentes establezcan.

Los licitadores, en sus ofertas, explicitarán la organización y gestión de personal prevista en la contrata, en los aspectos siguientes, distinguiendo el personal destinado a la recogida y transporte de aceite, el personal destinado a la limpieza y mantenimiento de contendores y el personal destinado a tratamiento de aceite:

a) El personal necesario para la realización de los trabajos objeto de este contrato, como resultado de los estudios realizados, con indicación de:

- Categoría profesional.

- Retribución anual correspondiente a cada categoría, debiendo presentar desglosados todos los conceptos (salario base, pluses, pagas extraordinarias…), antigüedad, otros pluses fuera de convenio y cargas sociales de empresa.

- Jornadas anuales de trabajo efectivo por operario. - Jornadas anuales de absentismo previsto.

- Tipo de contratación y duración.

- Para cada categoría, coste unitario anual, por jornada de trabajo y por hora efectiva de trabajo.

b) Procedimiento organizativo de todo tipo de vacantes del personal, incluso las imprevistas, que aseguren no sólo su inmediata cobertura sino también un óptimo conocimiento por parte del personal suplente de los trabajos a realizar.

(14)

c) Otros aspectos de la gestión del personal relativos a seguridad e higiene en el trabajo, formación de personal, estabilidad en el empleo etc.

5.- CESION DE CONTENEDORES PARA ACEITE AL CONTRATISTA.

La Mancomunidad Sasieta, para la prestación del servicio, cederá al contratista los contenedores para el depósito de aceite de cocina usado descritos en la cláusula 4 del presente Pliego que se encuentran debidamente rotulados y atornillados al suelo en la vía pública.

Todas las responsabilidades que pudieran derivarse de su ubicación en la vía pública, de su uso por parte de los ciudadanos y de las operaciones relacionadas con los trabajos de recogida, limpieza y mantenimiento serán por cuenta del contratista.

Una vez adjudicado el contrato, el contratista no podrá exigir a la Administración la modificación o reforma de los contenedores que hayan cedidos para la prestación del servicio. No obstante, el contratista podrá efectuar a su costa las modificaciones y mejoras técnicas que considere convenientes, previa autorización de los Servicios Técnicos de la Mancomunidad Sasieta.

El contratista queda obligado a que la totalidad de los contenedores cedidos estén en un buen estado de limpieza y conservación.

Será obligación del contratista:

- La organización y ejecución de los trabajos de mantenimiento preventivo y correctivo de los contenedores en los términos previstos en el presente Pliego, de acuerdo con los manuales de operación suministrados por el fabricante y siempre de acuerdo con las normas técnicas y de seguridad oficiales, y de buena práctica en su caso.

- Realizar los trabajos de mantenimiento preventivo general periódico, a fin de que se encuentren siempre en óptimas condiciones de operatividad, seguridad y salubridad, aplicado los manuales de conservación y mantenimiento del fabricante, complementados con el Plan de Mantenimiento Preventivo ofertado en la licitación.

- Establecer para el mantenimiento general periódico un Programa, en el que queden detalladas todas las operaciones de mantenimiento preventivo. La realización de los trabajos se reflejará en los informes correspondientes que se entregarán a la Mancomunidad Sasieta con la periodicidad exigida.

(15)

El estado de conservación y funcionamiento de los contenedores será inspeccionado periódicamente por personal de la Mancomunidad Sasieta, sus colaboradores y otros profesionales a los que se les deleguen esas funciones, para comprobar la efectividad de las operaciones de mantenimiento, debiendo el contratista facilitar estas labores de inspección, proporcionar los datos requeridos y realizar las pruebas de control que se les demanden. Si de la inspección realizada se concluyera que las operaciones de mantenimiento no se realizan o se realizan deficientemente, podrá ordenar su ejecución o corrección a cargo del contratista.

Todos los gastos que se produzcan por las labores de mantenimiento y conservación de los contenedores serán a cargo del contratista.

Al término del contrato, el contratista deberá devolver a la Mancomunidad Sasieta los contenedores cedidos en el mismo estado en que las hubiera recibido al comienzo de aquella, teniendo en cuenta el deterioro que un uso normal de los mismos y en transcurso del tiempo hubieran podido producir.

En garantía del cumplimiento por parte del contratista de la obligación de mantener y conservar adecuadamente los contenedores, tres (3) meses antes de la finalización del contrato o de sus prórrogas, se someterán las mismas a la Intervención Técnica que la Mancomunidad Sasieta estime oportuna, realizando a costa del contratista en los tres últimos meses, las reparaciones y reposiciones de cuantos desperfectos se observen y excedan del deterioro normal derivado de un uso y mantenimiento cuidadoso.

6.- VEHÍCULOS Y MAQUINARIA

El contratista deberá aportar cuantos medios materiales sean necesarios para la correcta prestación del servicio.

Los medios materiales destinados a la ejecución del servicio, asegurarán en todo momento la prestación de los mismos con margen suficiente para llevar a término puntualmente el plan de trabajo y solventar los imprevistos que pudieran producirse.

Los medios materiales a utilizar, serán los más adecuados a las exigencias del Servicio.

Todos los medios materiales afectos a la contrata, serán puestos al servicio de la Mancomunidad Sasieta a tiempo parcial, es decir, únicamente en los momentos de prestación del Servicio.

(16)

La totalidad de los vehículos, la maquinaria y herramienta específica a emplear en la recogida y transporte de aceite y en la limpieza y mantenimiento de contenedores, y las instalaciones de tratamiento de aceite, deberá ser minuciosamente descrita por los licitadores en la MEMORIA TÉCNICA, con indicación de sus características técnicas, equipamientos, antigüedad etc. y con aportación de todo tipo de planos, croquis, esquemas, fotografías y cuantos datos crean necesarios aportar, a fin de obtener el mejor conocimiento posible de los mismos.

7.- ORGANIZACIÓN Y SISTEMAS DE CONTROL

Dentro de la organización propuesta, el contratista dispondrá de unos dispositivos informáticos ágiles que permitan proporcionar a tiempo todos los datos requeridos por la Mancomunidad Sasieta, en orden a la justificación de los trabajos realizados y para llevar a cabo satisfactoriamente los controles que crea conveniente sobre el servicio contratado. Estos dispositivos y sistemas serán compatibles con los disponibles por la Mancomunidad.

Semanalmente el contratista proporcionará a la Mancomunidad Sasieta, datos relativos a los contenedores objeto de vaciado, fechas de vaciado, niveles de llenado de los contenedores, cantidad de aceite recogido, incidencias en la recogida etc.

Mensualmente, el contratista proporcionará a la Mancomunidad Sasieta, datos relativos a contenedores objeto de limpieza, fechas de lavado, incidencias en el lavado etc.

Mensualmente, el contratista proporcionará a la Mancomunidad Sasieta, datos relativos a contenedores objeto de acciones de mantenimiento y conservación, fechas de actuación, trabajos efectuados, etc.

El servicio contratado, estará sometido permanentemente a la inspección y vigilancia de la Mancomunidad Sasieta, a través de sus Servicios Técnicos, quienes podrán realizar las revisiones que estimen oportunas, en cualquier momento y lugar. La inspección que al efecto designe la Mancomunidad, tendrá acceso a los vehículos y a los locales y dependencias del servicio y le serán facilitados cuantos datos precise. La Mancomunidad Sasieta podrá dictar, en función de la inspección realizada, órdenes e instrucciones concretas, que serán de obligado cumplimiento por el contratista.

El contratista queda obligado a exhibir cuantos documentos le sean solicitados por la Mancomunidad Sasieta, y en especial, los relativos a seguros sociales, documentación sobre prevención de riesgos laborales, accidentes de trabajo, pólizas de seguros, tarjetas de transporte de los vehículos, documentación sobre trazabilidad del aceite y en general, a permitir todas aquellas actuaciones encaminadas a evitar cualquier responsabilidad subsidiaria de la Mancomunidad Sasieta.

(17)

El contratista queda obligado también a preparar cuantos informes y estudios relacionados con el servicio le sean ordenados por la Mancomunidad Sasieta.

Referencias

Documento similar

Cedulario se inicia a mediados del siglo XVIL, por sus propias cédulas puede advertirse que no estaba totalmente conquistada la Nueva Gali- cia, ya que a fines del siglo xvn y en

No había pasado un día desde mi solemne entrada cuando, para que el recuerdo me sirviera de advertencia, alguien se encargó de decirme que sobre aquellas losas habían rodado

95 Los derechos de la personalidad siempre han estado en la mesa de debate, por la naturaleza de éstos. A este respecto se dice que “el hecho de ser catalogados como bienes de

A partir de los resultados de este análisis en los que la entrevistadora es la protagonista frente a los entrevistados, la información política veraz, que se supone que

SECUNDARIA COMPRENDE LOS

Cualquier Estado ha nacido siempre en torno a un núcleo ori- ginario que a veces no es otra cosa que la Administración del Estado anterior, que en cierto modo supervive, y otras

b) El Tribunal Constitucional se encuadra dentro de una organiza- ción jurídico constitucional que asume la supremacía de los dere- chos fundamentales y que reconoce la separación