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PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LÍNEAS ELÉCTRICAS

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MÉXICO

PROTECCIÓN AMBIENTAL PARA LA OPERACIÓN

Y MANTENIMIENTO DE LÍNEAS ELÉCTRICAS

PROCEDIMIENTO

CFE SPA00-15

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070302

C O N T E N I D O

1 OBJETIVO_________________________________________________________________________ 1 1.1 Objetivos Particulares ______________________________________________________________ 1 2 CAMPO DE APLICACIÓN ____________________________________________________________ 1 3 NORMAS QUE APLICAN ____________________________________________________________ 1

3.1 Leyes ____________________________________________________________________________ 1 3.2 Reglamentos _____________________________________________________________________ 1 3.3 Normas ___________________________________________________________________________ 2 3.4 Criterios __________________________________________________________________________ 2 3.5 Otros ____________________________________________________________________________ 2 4 DEFINICIONES _____________________________________________________________________ 3 4.1 Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales ________________________________________ 3

4.2 Impacto Ambiental __________________________________________________________________ 3 4.3 Medidas de Prevención ______________________________________________________________ 3 4.4 Medidas de Mitigación_______________________________________________________________ 3 4.5 Biodiversidad ______________________________________________________________________ 3 4.6 Fauna Silvestre ____________________________________________________________________ 3 4.7 Flora Silvestre _____________________________________________________________________ 3 4.8 Reforestación ______________________________________________________________________ 3 4.9 Manifestación del Impacto Ambiental __________________________________________________ 3

4.10 Estudio Técnico Justificativo (ETJ) ____________________________________________________ 3

5 SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS ________________________________________________________ 4 6 CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES GENERALES ______________________________________ 5

6.1 Responsabilidades del Área Normativa de CFE en Materia Ambiental

(Actualmente Gerencia de Protección Ambiental) ________________________________________ 5 6.2 Responsabilidades del Área Encargada de la Selección de la Trayectoria, Diseño

y Construcción de Líneas (Coordinación de Proyectos de Transmisión y Transformación, Residencias Generales de Construcción de LTs y SEs,

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6.3 Responsabilidades del Área Encargada de la Operación y Mantenimiento de Líneas (Coordinación de Transmisión, Gerencias Regionales de Transmisión,

Gerencia de Distribución y las Gerencias Divisionales de Distribución) ______________________ 6

6.4 Descripción de Actividades __________________________________________________________ 7 7 CONDICIONES DE DESARROLLO SUSTENTABLE ______________________________________ 11

8 CONDICIONES DE SEGURIDAD INDUSTRIAL __________________________________________ 12 9 BIBLIOGRAFÍA ____________________________________________________________________ 12

APÉNDICE A GUÍA PARA LA ENTREGA RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE AMBIENTAL DE LÍNEAS ENTRE EL ÁREA RESPONSABLE DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA LÍNEA Y EL ÁREA RESPONSABLE DE LA OPERACIÓN Y

MANTENIMIENTO DE LA LÍNEA ___________________________________________________ 13 APÉNDICE B GUÍA PARA INFORMAR A LA DGIRA-SEMARNAT DEL MANTENIMIENTO

DE OBRAS O ACTIVIDADES A REALIZARSE PARA LÍNEAS QUE SE ENCUENTRAN

OPERANDO ANTES DE 1988 ______________________________________________________ 15 APÉNDICE C REQUISITOS PARA SOLICITAR LA REVALIDACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN

EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL Y AUTORIZACIÓN A LA

MODIFICACIÓN DEL PROYECTO __________________________________________________ 16

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1 OBJETIVO

Establecer los mecanismos de actuación de las áreas que participan en la operación y mantenimiento de líneas eléctricas, así como los requerimientos ambientales que deben satisfacerse, a fin de asegurar que se cumpla con el marco legal ambiental aplicable y con la misión y objetivos de CFE en la materia.

1.1 Objetivos Particulares

Asegurar que en la operación y mantenimiento de líneas eléctricas, las áreas involucradas cuenten con la normativa interna que coadyuve a cumplir con la normativa ambiental aplicable.

Asegurar que en la operación y mantenimiento de líneas eléctricas se lleven a cabo las acciones necesarias para proteger a la población humana, al agua, suelo, flora, fauna y a los bienes patrimoniales culturales.

Asegurar que en la operación y mantenimiento de líneas eléctricas se incorporen las medidas necesarias para controlar la contaminación del ambiente, prevenir y mitigar los impactos ambientales; y para rehabilitar las áreas que resulten afectadas por estas acciones.

2 CAMPO DE APLICACIÓN

Esta norma interna es de aplicación general y debe ser observada por las áreas y el personal de la CFE responsables de la operación y mantenimiento de líneas de distribución y transmisión eléctricas, así como de atender las tareas de protección ambiental o de efectuar el seguimiento de dichas tareas en las actividades mencionadas.

3 NORMAS QUE APLICAN

3.1 Leyes

a) Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

b) Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

c) Ley General de Vida Silvestre.

d) Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

e) Ley de Aguas Nacionales.

f) Ley Federal de Derechos.

g) Leyes de Ecología, Equilibrio Ecológico y/o Protección al Ambiente Estatales.

h) Ley General de Asentamientos Humanos.

i) Ley General de Bienes Nacionales.

3.2 Reglamentos

a) Reglamento de la LGEEPA en Materia de Áreas Naturales Protegidas (RLGEEPA-ANP).

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c) Reglamento de la Ley Forestal.

d) Reglamento de la Ley Federal Sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

e) Reglamento para el Uso y Aprovechamiento del Mar Territorial, Vías Navegables, Playas, Zona Federal Marítimo Terrestre y Terrenos Ganados al Mar.

f) Reglamento de la Ley de Aguas Nacionales.

3.3 Normas

a) NOM-041-SEMARNAT-1999. Que Establece los Límites Máximos Permisibles de Emisión de Gases Contaminantes Provenientes del Escape de Vehículos Automotores en Circulación que Usan Gasolina como Combustible.

b) NOM-052-SEMARNAT-1993. Que Establece las Características de los Residuos Peligrosos, el Listado de los Mismos y los Límites que Hacen a un Residuo Peligroso por su Toxicidad al Ambiente.

c) NOM-059-SEMARNAT-2001. Protección Ambiental-Especies Nativas de México de Flora y Fauna Silvestre-Categoría de Riesgo y Especificaciones para su Inclusión, Exclusión o Cambio-Lista de Especies en Riesgo.

d) NOM-080-SEMARNAT-1994. Que Establece los Límites Máximos Permisibles de Emisión de Ruido Proveniente del Escape de Vehículos Automotores, Motocicletas y Triciclos Motorizados en Circulación y su Método de Medición.

e) NOM-114-SEMARNAT-1998. Que Establece las Especificaciones de Protección Ambiental para la Planeación, Diseño, Construcción, Operación y Mantenimiento de Líneas de Transmisión y de Subtransmisión Eléctrica que se Pretendan Ubicar en Áreas Urbanas, Suburbanas, Rurales, Agropecuarias, Industriales, de Equipamiento Urbano o de Servicios y Turísticas.

f) ISO 14001-2004. Environmental Management Systems – Requirements with Guidance for Use.

3.4 Criterios

a) CEOESE003/89. Criterios Ecológicos para la selección y preparación de sitios y trayectorias, construcción, operación y mantenimiento de líneas de transmisión de energía eléctrica de alta tensión y de subestaciones eléctricas de potencia.

b) CFE-CT-PA-006. Criterio técnico para preparar las especificaciones de protección ambiental que deben incorporarse a las bases de licitación de proyectos de Comisión Federal de Electricidad.

3.5 Otros

a) Planes y Programas de Desarrollo: Federales, Estatales y Municipales.

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4 DEFINICIONES

4.1 Cambio de Uso de Suelo en Terrenos Forestales

Remoción total o parcial de la vegetación de los terrenos forestales para destinarlos a actividades no forestales.

4.2 Impacto Ambiental

Modificación del ambiente ocasionada por la acción del hombre o de la naturaleza.

4.3 Medidas de Prevención

Conjunto de acciones que debe ejecutar el promovente para evitar efectos previsibles de deterioro al ambiente.

4.4 Medidas de Mitigación

Conjunto de acciones que debe ejecutar el promovente para atenuar los impactos y reestablecer o compensar las condiciones ambientales existentes antes de la perturbación que se causare con la realización de un proyecto en cualquiera de sus etapas.

4.5 Biodiversidad

La variabilidad de organismos vivos de cualquier fuente, incluidos, entre otros, los ecosistemas terrestres, marinos y otros ecosistemas acuáticos y los complejos ecológicos de los que forman parte; comprende la diversidad dentro de cada especie, entre las especies y de los ecosistemas.

4.6 Fauna Silvestre

Las especies animales que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo sus poblaciones menores que se encuentran bajo control del hombre, así como los animales domésticos que por abandono se tornen salvajes y por ello sean susceptibles de captura y apropiación.

4.7 Flora Silvestre

Las especies vegetales así como los hongos, que subsisten sujetas a los procesos de selección natural y que se desarrollan libremente, incluyendo las poblaciones o especimenes de estas especies que se encuentran bajo control del hombre.

4.8 Reforestación

Establecimiento inducido o artificial de vegetación forestal en terrenos forestales

4.9 Manifestación del Impacto Ambiental

El documento mediante el cual se da a conocer, con base en estudios, el impacto ambiental, significativo y potencial que generaría una obra o actividad, así como la forma de evitarlo o atenuarlo en caso de que sea negativo.

4.10 Estudio Técnico Justificativo (ETJ)

Es el documento mediante el cual se da a conocer con base en estudios la afectación de los recursos forestales que debe generar una obra o actividad.

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5 SÍMBOLOS Y ABREVIATURAS

SEMARNAT Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales.

SCT Secretaría de Comunicaciones y Transportes.

SECTUR Secretaría de Turismo.

CNA Comisión Nacional del Agua.

PROFEPA Procuraduría Federal de Protección al Ambiente

DGIRA Dirección General de Impacto y Riesgo Ambiental

INAH Instituto Nacional de Antropología e Historia

PEMEX Petróleos Mexicanos

CFE Comisión Federal de Electricidad.

LAN Ley de Aguas Nacionales.

LGDFS Ley General de Desarrollo Forestal Sustentable.

LFMZAAH Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

LGAH Ley General de Asentamientos Humanos.

LGBN Ley General de Bienes Nacionales.

LGEEPA Ley General del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente.

LGVS Ley General de Vida Silvestre.

RLGEEPA-EIA Reglamento de la LGEEPA en Materia de Evaluación del Impacto Ambiental.

RLF Reglamento de la Ley Forestal.

RLGEEPA-ANP Reglamento de la LGEEPA en Materia de Áreas Naturales Protegidas.

RLFMZAAH Reglamento de la Ley Federal sobre Monumentos y Zonas Arqueológicos, Artísticos e Históricos.

NOM Norma Oficial Mexicana.

MIA Manifestación de Impacto Ambiental.

ETJ Estudio Técnico Justificativo.

CUTF Autorización de Cambio de Uso de Suelo en Terreno Forestal.

CUS Cambio de Uso de Suelo.

POSE Programa de Obras del Sector Eléctrico.

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6 CARACTERÍSTICAS Y CONDICIONES GENERALES

6.1 Responsabilidades del Área Normativa de CFE en Materia Ambiental (Actualmente Gerencia de Protección Ambiental)

a) Promueve y verifica que los responsables de la operación y mantenimiento de líneas eléctricas cumplan con lo establecido en el marco jurídico ambiental federal aplicable, así como con los requisitos ambientales establecidos por autoridades estatales y municipales, cuando así proceda.

b) Promueve y verifica, cuando se le solicite, que los estudios ambientales necesarios para las etapas de operación y mantenimiento de líneas eléctricas, contratados o elaborados por las áreas operativas ambientales, cumplan con la calidad técnica y los requerimientos del marco legal ambiental de manera previa a su entrega a la autoridad federal, oficinas centrales o la representación de la autoridad ambiental en los estados, que evaluará y dictaminará el estudio de que se trate.

c) Apoya y asesora al área responsable de la operación y mantenimiento de líneas, en la aplicación del marco jurídico y de la normativa interna ambiental y en la elaboración de estudios ambientales durante la ejecución de dichas etapas.

d) Gestiona, a solicitud de las áreas operativas, ante las autoridades centrales, los asuntos que en materia ambiental se requieran para la operación y mantenimiento de líneas eléctricas.

e) Apoya y asesora, cuando así se le solicite, a las áreas de protección ambiental foráneas en la gestión de autorizaciones ambientales y otros asuntos en la materia ante las representaciones en los estados de las autoridades ambientales federales y estatales.

f) Verifica que la operación y el mantenimiento de los proyectos se apeguen a lo establecido en las autorizaciones ambientales correspondientes al proyecto y que se ejecuten las medidas de mitigación y/o compensación establecidas en dichas autorizaciones.

g) Establece lineamientos institucionales que deben seguir las áreas de protección ambiental foráneas para realizar trámites para la obtención de autorizaciones ambientales ante las representaciones en los estados de las autoridades ambientales federales.

6.2 Responsabilidades del Área Encargada de la Selección de la Trayectoria, Diseño y Construcción de Líneas (Coordinación de Proyectos de Transmisión y Transformación, Residencias Generales de Construcción de LTs y SEs, Gerencia de Distribución y las Gerencias Divisionales de Distribución) a) Integra el expediente ambiental de cada proyecto, lo mantiene actualizado y al término de la

construcción lo entrega al área de operación.

b) Revisa, conjuntamente con el área encargada de la operación y mantenimiento la documentación relativa al cumplimiento del marco legal en materia de protección ambiental generada durante la selección de la trayectoria, diseño y construcción de la línea de que se trate.

c) Acuerda con el área encargada de la operación y mantenimiento el cumplimiento de los términos y condicionantes establecidos por la autoridad ambiental que no fueron ejecutados o que su cumplimiento rebasa el tiempo de construcción de la obra.

d) Al término de la construcción, notifica al área normativa ambiental el presupuesto ejercido en materia ambiental.

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Prepara un resumen ejecutivo de las medidas de prevención, mitigación y compensación ambiental aplicadas durante la construcción del proyecto, de las medidas de este tipo y del programa de vigilancia ambiental que deban aplicarse durante la etapa de operación y lo integra al expediente ambiental del proyecto para que se revise junto con el personal del área que operará el proyecto.

6.3 Responsabilidades del Área Encargada de la Operación y Mantenimiento de Líneas (Coordinación de Transmisión, Gerencias Regionales de Transmisión, Gerencia de Distribución y las Gerencias Divisionales de Distribución)

a) Adapta y aplica el programa general de seguimiento de cumplimiento de términos y condicionantes establecidas en las autorizaciones ambientales, a la etapa de operación de la línea de que se trate, incorporando los compromisos de protección ambiental iniciados en la construcción y que de ser el caso, tengan que continuar su cumplimiento durante la etapa de operación.

b) Incluye el programa general de seguimiento al cumplimiento de términos y condicionantes ambientales en los compromisos propios de la etapa de operación y mantenimiento de la línea de que se trate.

c) Asegura que en la operación y mantenimiento de líneas eléctricas se incorporen criterios y medidas para la protección a la población humana, al aire, agua, suelo, biodiversidad y a los bienes patrimoniales culturales del país.

d) Elabora los términos de referencia, contrata y supervisa los estudios que sean necesarios para gestionar ante las autoridades correspondientes las autorizaciones ambientales que se requieran para la operación y mantenimiento de la línea eléctrica.

e) Verifica, de manera previa a su entrega a la autoridad ambiental, que la documentación para la gestión de autorizaciones en materia ambiental cumpla con oportunidad y calidad técnica los requerimientos del marco legal ambiental.

f) Ejecuta la rehabilitación ambiental de las áreas que resulten afectadas por las actividades de mantenimiento de la línea, conforme a lo establecido en el marco legal.

g) Asegura que se cumpla con los ordenamientos del marco legal en materia ambiental, y que ningún proyecto de líneas eléctricas opere sin contar previamente con las autorizaciones ambientales federales, municipales o estatales que se requieran.

h) Cumple con los programas de monitoreo ambiental que se establezcan para la etapa de operación de la línea.

i) En situaciones de emergencia y/o contingencia realiza los trámites establecidos en la normativa ambiental aplicable y lleva a cabo la rehabilitación ambiental de las áreas que resulten afectadas por las actividades efectuadas para salvar la emergencia y/o contingencia.

j) Mantiene actualizado el expediente ambiental de cada proyecto durante la etapa de operación y mantenimiento de la línea eléctrica.

k) Aplicar el programa de vigilancia ambiental que corresponda al proyecto en cuestión

l) Asegura que para el mantenimiento de la brecha de maniobra y patrullaje, y cualquier modificación, ampliación y sustitución de líneas eléctricas se efectúe una evaluación ambiental y se realicen los trámites para obtener las autorizaciones ambientales que correspondan.

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6.4 Descripción de Actividades

Área responsable Número Descripción de actividades

a) Líneas que cuenten con autorización en materia de impacto ambiental y, en su caso autorización de cambio de utilización de terrenos forestales

Área responsable de la construcción de la línea

1 Integra y mantiene actualizado el expediente ambiental de la obra de que se trate (véase Apéndice A)

Área responsable de la construcción de la línea

2 Como parte del proceso de entrega recepción de la línea, entrega el expediente ambiental al área responsable de la operación y mantenimiento de la línea.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

3 Verifica que el expediente que entrega el área responsable de la construcción de la línea contenga la información que se presenta en el Apéndice A.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea / Área responsable de la selección de trayectoria, diseño y construcción de la línea

4 En el caso de que a la entrega de la línea existan compromisos en materia ambiental, que por razones extraordinarias no fueron cubiertos en su totalidad durante la etapa de construcción y requieran ser atendidos durante la etapa de operación y mantenimiento, se debe acordar el cumplimiento de dichas acciones con el área responsable de la selección de trayectoria, diseño y construcción de la línea.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

5 Comunica el acuerdo citado en el punto anterior al ANA, a fin de que esta efectúe el seguimiento del cumplimiento de los compromisos de protección ambiental.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

6 Verificar que el programa general de seguimiento de cumplimiento de términos y condicionantes ambientales, contenga todas las actividades requeridas en las autorizaciones en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo forestal, tales como: rehabilitación y monitoreo ambiental, entrega de informes a la PROFEPA y/o Delegación de la SEMARNAT en el estado que corresponda.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

7 De requerirlo, solicita apoyo y asesoría técnica al ANA para aplicar el marco jurídico ambiental.

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Área responsable Número Descripción de actividades

Área Normativa Ambiental (ANA) 8 De solicitarlo el área responsable de la operación y mantenimiento de la línea eléctrica, asesora y apoya en la elaboración del programa general de seguimiento de cumplimiento de términos y condicionantes establecidas en las autorizaciones en materia de impacto ambiental y cambio de uso de suelo forestal.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

9 Integra los comentarios del ANA al programa general de seguimiento de cumplimiento de términos y condicionantes e incorpora éste al programa de operación y mantenimiento de la línea.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

10 Durante la operación de la línea asegura que se cumplan las acciones de protección ambiental establecidas en: el programa general de seguimiento de cumplimiento de términos y condicionantes, y en el marco legal ambiental.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

11 De ser el caso, prepara el informe de cumplimiento de términos y condicionantes y o envía a la Delegación de PROFEPA y/o Delegación de la SEMARNAT, y marca copia de éstos trámites al ANA

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

12 Para proyectos autorizados por la DGIRA, en materia de impacto ambiental, envía al ANA, el informe de cumplimiento de términos y condicionantes siempre y cuando esto se establezca en la autorización en materia de impacto ambiental correspondiente.

Área Normativa Ambiental (ANA) 13 En un plazo de 5 días hábiles a partir de recibidos los informes indicados en el punto anterior, los revisa y de ser satisfactorios los ingresa a la DGIRA. En caso, contrario los devuelve al área de operación responsable para su corrección.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

14 En caso de que el proyecto sufra modificaciones o requiera la revalidación de la autorización en materia de impacto ambiental, prepara la información necesaria para su trámite. (Véase Apéndice C) y la envía al ANA.

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Área responsable Número Descripción de actividades

Área Normativa Ambiental (ANA) 15 En un plazo de 5 días hábiles a partir de recibidos los informes indicados en el punto anterior, los revisa y de ser satisfactorios los ingresa a la DGIRA. En caso, contrario los devuelve al área operativa responsable para su corrección.

Área Normativa Ambiental (ANA) 16 Recibe el dictamen de la DGIRA que se derive del trámite indicado en el punto 14 y lo envía al área de operación responsable con las recomendaciones que procedan.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

17 Recibe el dictamen o el requerimiento que se haya establecido y, de ser el caso, lo incorpora al programa general de seguimiento de cumplimiento de términos y condicionantes ambientales

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

18 En caso de ser necesario contrata o elabora estudios u otros servicios de protección ambiental que deban efectuarse durante la etapa de operación y mantenimiento.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

19 En caso de requerirlo, solicita el apoyo de la ANA para preparar los términos de referencia y la supervisión del estudio

Área Normativa Ambiental (ANA) 20 De solicitarlo el área responsable de la operación y mantenimiento de la línea eléctrica, asesora y apoya en la elaboración de términos de referencia y la supervisión de estudios ambientales.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

21 Ejecuta o supervisa la realización de los estudios ambientales. De ser el caso, verifica que la empresa encargada de la ejecución de los trabajos cumpla con las especificaciones ambientales establecidas en el contrato y las establecidas por las autoridades ambientales

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Área responsable Número Descripción de actividades

Área Normativa Ambiental (ANA) 22 Realiza inspecciones ambientales a la obra para verificar el cumplimiento del programa de seguimiento de términos y condicionantes y del marco legal ambiental aplicable al proyecto, y dar recomendaciones al área responsable para solucionar omisiones o desviaciones que se observen.

b) Líneas construidas antes de 1988 o que cuentan con dictamen de impacto ambiental pero que no se autoriza expresamente las actividades de mantenimiento

Las actividades de poda y tala de la vegetación que como mantenimiento tengan que llevarse a cabo en líneas eléctricas que se encuentren operando desde antes de 1988 se deben apegar a lo establecido en el artículo 6° del RLGEEPA-EIA.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

23 Cuando se realicen actividades de poda y tala de vegetación, prepara la información para dar aviso a la Delegación de la SEMARNAT que corresponda, previo a la realización de dichas acciones. El aviso deberá contener la información del Apéndice B.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

24 Prepara e implanta un programa de compensación ambiental. En caso de que se afecten especies de flora y fauna señaladas en la NOM-059-SEMARNAT-2001 prepara un programa de manejo de dichas especies, lo incorpora al programa de operación y mantenimiento de la línea y lo comunica al ANA.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

25 Recibe el dictamen o el requerimiento que haya establecido la autoridad y, de ser el caso, lo incorpora al programa general de seguimiento de cumplimiento de términos y condicionantes ambientales.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

26 Cumple con las condicionantes establecidas por la autoridad (acciones de reforestación, de conservación de suelos, de manejo de especies de flora y fauna, informes, entre otros.)

ANA 27 Realiza inspecciones ambientales a la obra para verificar la aplicación de las condicionantes establecidas por la autoridad y dar recomendaciones al área responsable para solucionar omisiones o desviaciones que se observen

c) Situaciones de emergencia

Las obras y actividades que, ante la inminencia de un desastre, se realicen o las que se efectúen para salvar una situación de emergencia se apegarán a lo establecido en el artículo 7 del RLGEEPA-EIA

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

28 Prepara y presenta el aviso a la SEMARNAT un informe de las acciones que se efectúen en situaciones de emergencia. Dicho informe se presenta en un plazo que no exceda 72 horas a partir del inicio de obras.

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Área responsable Número Descripción de actividades

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

29 De requerir realizar acciones de mitigación o compensación ambiental, y de ser éstas por contratación, elabora términos de referencia, contrata y supervisa dicha restauración. De ser necesario solicita apoyo al ANA.

Área Normativa Ambiental (ANA) 30 De solicitársele, apoya y asesora en la elaboración y ejecución de proyectos específicos de restauración de áreas afectadas.

Área responsable de la operación y mantenimiento de la línea

31 Aplica las medidas de mitigación o compensación ambiental

Área Normativa Ambiental (ANA) 32 De requerirse, realiza inspecciones ambientales a la obra para verificar la aplicación de las medidas de mitigación o compensación ambiental requeridas por la autoridad, y dar recomendaciones al área responsable para solucionar omisiones o desviaciones que se observen

7 CONDICIONES DE DESARROLLO SUSTENTABLE

En concordancia con el Plan Estratégico Institucional de Desarrollo Sustentable de CFE, particularmente con el objetivo estratégico de incluir y aplicar los criterios del desarrollo sustentable en los instrumentos normativos, informativos, educativos y operativos en las actividades y procesos de la Institución, se considera que el presente procedimiento normalizado de protección ambiental para la operación y mantenimiento de líneas eléctricas contribuye con las siguientes prácticas sustentables:

a) Prevenir y mitigar, de conformidad con la normativa aplicable, el impacto ambiental causado por la actividad de CFE.

b) Reducción de impactos ambientales.

c) Mejorar el control operativo de los aspectos ambientales.

d) Integración de factores ambientales, sociales y económicos en la toma de decisiones.

e) Desarrollo de normativa que promueve prácticas sustentables (p.e. adopción de sistemas de gestión ambiental tipo ISO 14001).

f) Oportunidades de desarrollo económico (p.e. desarrollo económico local o regional).

g) Caracterizar el entorno ecológico y estudiar el impacto ambiental de las instalaciones.

h) Cuantificar las repercusiones ambientales de las obras y acciones de la empresa a fin de asegurar que es favorable el balance de beneficios y costos, económicos y de otro tipo, internos y externos.

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i) Apego al marco jurídico ambiental, mejorando de manera continua el desempeño ambiental de la Institución.

j) Difusión de la legislación ambiental y normativa ambiental interna.

8 CONDICIONES DE SEGURIDAD INDUSTRIAL

No aplica.

9 BIBLIOGRAFÍA

CFE L0000-51-2006 Procedimiento General para la Elaboración, Revisión, Modificación y Cancelación de Documentos Normalizados.

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APÉNDICE A

GUÍA PARA LA ENTREGA RECEPCIÓN DEL EXPEDIENTE AMBIENTAL DE LÍNEAS ENTRE EL ÁREA RESPONSABLE DE LA CONSTRUCCIÓN DE LA LÍNEA Y EL ÁREA RESPONSABLE DE LA OPERACIÓN Y MANTENIMIENTO DE LA LÍNEA

El expediente ambiental de cada obra debe contener al menos la siguiente información:

a) Programa General de seguimiento de cumplimiento de términos y condicionantes establecidas en las autorizaciones ambientales (véase tabla A1).

b) Autorización en materia de impacto ambiental original o copia certificada del mismo.

c) Para proyectos que se hayan exentado de la evaluación de impacto ambiental en apego a alguno de los supuestos de exención del artículo 5 inciso k del RLGEEPA-EIA, acuse de recibo original de los avisos de inicio y terminación de construcción conforme a la NOM-114-SEMARNAT y en su caso la respuesta de SEMARNAT a dichos avisos.

d) Autorización de cambio de uso de suelo en terreno forestal (CUTF), original o copia certificada, en caso de haber requerido esta autorización.

e) Cambio de uso de suelo (CUS).

f) Copia de documentos que amparen la servidumbre legal de paso.

g) Copias de las actas de indemnización.

h) Oficios originales de anuencia de municipios involucrados o de licencia de uso de suelo o permiso de construcción.

i) Oficios originales de no interferencia, emitidos por otras dependencias.

j) Oficios con acuses de recibos originales del cumplimiento de términos y condicionantes ambientales y de gestiones realizadas ante la DGIRA, las Delegaciones Federales de PROFEPA Y SEMARNAT. De ser posible, copia de los documentos con los cuales se dio cumplimiento a los términos y condicionantes.

k) Copia de la manifestación de impacto ambiental en cualquiera de sus modalidades y copia del estudio técnico justificativo, cuando aplique.

l) Copia de emplazamiento en caso de que la PROFEPA haya realizado visitas de verificación ambiental y copia de las respuestas de CFE a dichas actas.

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TABLA A1 - Formato para el programa general de términos, condicionantes o disposiciones ambientales

Área Responsable (a) _______________________ Proyecto (b) ____________________________________________

Ubicación estatal (c) ____________ Autorización (d) _____________ No. y fecha de autorización (e) ___________

Meses Presupuesto miles de

pesos (h) No. (f) Descripción del requisito, acuerdo, término o condicionante (g) Programado/Real 1 2 3 4 5 6 7 8 9 10 11 12 % Avance Programado Ejercido Observaciones (i) P R P R P R P R

a) Nombre del área responsable de la construcción del proyecto.

b) Nombre del proyecto.

c) Ubicación estatal del proyecto.

d) Nombre de la autorización, o convenio, de la que se derivan los requisitos ambientales que se describen en este programa.

e) Número de oficio y fecha de la autorización, de ser el caso.

f) Número consecutivo del requisito.

g) Descripción resumida del requisito, término o condicionante a que se da seguimiento.

h) Cuando aplique, indicar el presupuesto programado, y al término de la construcción indicar el presupuesto ejercido.

i) Indicar cualquier aspecto relevante relacionado con el cumplimiento del requisito de que se trate.

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APÉNDICE B

GUÍA PARA INFORMAR A LA DGIRA-SEMARNAT DEL MANTENIMIENTO DE OBRAS O ACTIVIDADES A REALIZARSE PARA LÍNEAS QUE SE ENCUENTRAN OPERANDO ANTES DE 1988

1.- Nombre y características del proyecto. Ubicación física del proyecto (el estado y municipio), croquis de localización y descripción de las principales características que componen la obra (tensión, número de circuitos, longitud de la línea, estructuras de soporte, manejo de vegetación dentro de derecho de vía, entre otros).

2.- Descripción de las actividades que se pretendan llevar a cabo. a) Descripción general del tipo de servicios que se requieren para desarrollar los trabajos; b) Tecnologías que se utilizarán en especial las que tengan relación directa con la poda o eliminación de la vegetación, control de emisiones

a la atmósfera y residuos líquidos y sólidos; c) Tipo de reparaciones a sistemas, equipos, entre otros; d) Programa de actividades; e) Área donde se realizarán las actividades.

3.- Razones que motivan la petición (indicar brevemente todos los elementos que fundamenten la necesidad del desarrollo de los trabajos).

4.- Describir si existen obras asociadas. Identificar todas aquellas obras que complementen a las obras principales como pueden ser los caminos de acceso, instalación de almacenes de materiales temporales, comedores, instalaciones sanitarias, entre otros.

5.- Breve descripción de los factores al ambiente susceptibles de ser afectados por el desarrollo de las actividades.

6.- Medidas de prevención y mitigación propuestas. Se deben dar a conocer acciones a seguir para prevenir o mitigar los impactos que pudiera ocasionar el mantenimiento de la línea eléctrica; las cuales se deben presentar en forma de programa precisando el impacto ambiental y la medida adoptada por cada etapa. Se deben establecer todas aquellas acciones que tiendan a minimizar o revertir los impactos negativos y a magnificar los impactos positivos.

7.- Conclusiones. Se debe demostrar que el proyecto o actividad no debe generar o presentar impactos ambientales significativos por lo que no se requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental, de acuerdo a lo dispuesto en la LGEEPA y en el RLGEEPA-EIA.

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APÉNDICE C

REQUISITOS PARA SOLICITAR LA REVALIDACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN EN MATERIA DE IMPACTO AMBIENTAL Y AUTORIZACIÓN A LA MODIFICACIÓN DEL PROYECTO

C.1 REQUISITOS PARA SOLICITAR REVALIDACIÓN DE LA AUTORIZACIÓN DE IMPACTO AMBIENTAL

C.1.1 Oficio de PROFEPA mediante el cual indique que se ha cumplido con los términos y condicionantes fijados en la autorización de impacto ambiental.

C.1.2 Solicitud por escrito dirigida a la autoridad que emitió el dictamen: DGIRA o Delegación de la SEMARNAT.

C.2 REQUISITOS PARA SOLICITAR RECONSIDERACIÓN AL DICTAMEN DE IMPACTO AMBIENTAL POR LA MODIFICACIÓN DE

PROYECTO

C.2.1 Solicitud por escrito dirigida a la autoridad que emitió el dictamen: DGIRA o Delegación de la SEMARNAT.

C.2.2 Oficio de PROFEPA mediante el cual indique que se ha cumplido con los términos y condicionantes fijados en la autorización de impacto ambiental.

C.3 DOCUMENTO CON LA SIGUIENTE INFORMACIÓN

C.3.1 Nombre y características del proyecto. Ubicación física del proyecto (el estado y municipio), croquis de localización y descripción de las principales características que componen la obra (tensión, número de circuitos, longitud de la línea, estructuras de soporte, manejo de vegetación dentro de derecho de vía, entre otras cosas).

C.3.2 Descripción de las actividades que se pretendan llevar a cabo. a) Descripción general del tipo de servicios que se requieren para desarrollar los trabajos; b) Tecnologías que se deben utilizar en especial las que tengan relación directa con la poda o eliminación de la vegetación, control de emisiones a la atmósfera y residuos líquidos y sólidos; c) Tipo de reparaciones a sistemas, equipos, entre otras cosas; d) Programa de actividades; e) Área donde se deben realizar las actividades.

C.3.3 Razones que motivan la petición (indicar brevemente todos los elementos que fundamenten la necesidad del desarrollo de los trabajos).

C.3.4 Describir si existen obras asociadas. Identificar todas aquellas obras que complementen a las obras principales como pueden ser los caminos de acceso, instalación de almacenes de materiales temporales, comedores, instalaciones sanitarias, entre otras cosas.

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070302

C.3.5 Breve descripción de los factores al ambiente susceptibles de ser afectados por el desarrollo de las actividades.

C.3.6 Medidas de prevención y mitigación propuestas. Se deben dar a conocer acciones a seguir para prevenir o mitigar los impactos que pudiera ocasionar el mantenimiento de la línea eléctrica; las cuales se deben presentar en forma de programa precisando el impacto ambiental y la medida adoptada por cada etapa. Se deben establecer todas aquellas acciones que tiendan a minimizar o revertir los impactos negativos y a magnificar los impactos positivos.

C.3.7 Conclusiones. Se debe demostrar que el proyecto o actividad no debe generar o presentar impactos ambientales significativos por lo que no se requiere de la presentación de un estudio de impacto ambiental, de acuerdo a lo dispuesto en la LGEEPA y en el RLGEEPA-EIA.

Referencias

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