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PAC 2018/2019 INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LOS FORMULARIOS

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PAC 2018/2019

INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR LOS FORMULARIOS

La Solicitud Única 2018 se realiza a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura, en la dirección;

http://www.gobex.es/con03/plataformas-arado-y-laboreo . Dentro de la plataforma arado-laboreo el declarante utilizará sus claves de usuario para identificarse y posteriormente seleccionará el trámite SOLICITUD ÚNICA 2018.

ES MUY IMPORTANTE resaltar que el declarante a medida que vaya completando las distintas pantallas, debe revisar con detalle los avisos y los datos que le muestra la aplicación sobre campañas anteriores, autorizaciones, declaraciones, etc. De este modo, al validar su declaración se encontrará con una Solicitud Única 2018 apta para terminar.

FORMULARIO 1.- FORMULARIO PRINCIPAL DE SOLICITUD UNICA Y ACTUALIZACIÓN DE LOS REGISTROS DE EXPLOTACIONES AGRARIAS DE EXTREMADURA, OPERADORES-PRODUCTORES INTEGRADOS, OPERADORES ECOLÓGICOS Y GENERAL DE LA PRODUCCIÓN AGRÍCOLA DE ÁMBITO NACIONAL.

Para los datos de notificación no deben utilizarse direcciones a las que no llegue el correo o no sean los lugares de residencia habituales. Tampoco deben reseñarse direcciones incompletas o incorrectas, ya que la dirección que se indique en el Formulario 1 de la Solicitud Única 2018 se utilizará para cualquier comunicación que deba realizarse respecto de dicha solicitud. A través de la aplicación de ARADO se ofrecerán siempre dos direcciones, una la dirección que consta en la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio como correcta para todas las comunicaciones oficiales (“DATOS SOLICITANTE”), por lo que si ésta es incorrecta o incompleta, deberá corregirla mediante el modelo correspondiente de “Solicitud de Modificación de Datos de Titulares” y registrarla en la Oficina Comarcal Agraria más cercana; y otra pregrabada como “DATOS NOTIFICACIÓN” la dirección que utilizó la campaña pasada (en blanco si no realizó solicitud). Si no se reciben estas comunicaciones se producen graves perjuicios para el solicitante que no puede responder en tiempo y forma a los errores que se le comunica, o bien no puede interponer los recursos correspondientes. Además, si opta por marcar en el programa “Avisos a móvil y/o medios telemáticos”, desde la Administración se remitirá información a título informativo que facilitará la gestión de su expediente.

Una novedad importante de esta campaña es la posibilidad de marcar la autorización “AUTORIZO a otros declarantes del recinto a visualizar la superficie que declaro y mis datos en cuanto a nombre, apellidos, y en su caso, Entidad Colaboradora, con el fin de prevenir y solucionar solapes que generen errores en mi expediente”. Esta visualización se producirá en el Visor para la Declaración Gráfica. En este formulario también se recogen todas las “Declaraciones” que realiza el interesado dependiendo de las particularidades de su explotación. Es muy importante que se revisen en la pantalla de la aplicación que las recoge y se marque la correspondiente, evitando así que al validar la declaración aparezcan avisos que obliguen al declarante a volver esta pantalla.

Los solicitantes que pidan ayudas deberán reflejar una cuenta bancaria correcta y completa, debidamente cotejada con la entidad financiera correspondiente. La cuenta bancaria en la que se pretenda percibir el pago deberá estar incluida en el sistema de terceros de la Junta de Extremadura, por lo que en caso de que sea una cuenta nueva o se cambie con respecto a otros años, se debe presentar un impreso de alta a terceros (de existir ya tres cuentas en el sistema de terceros, se deberá dar de baja previamente una de ellas). Si marca la opción correspondiente en el programa se le abonarán las ayudas de Solicitud Única 2018 en cualquier cuenta activa del sistema de terceros, si la cuenta principal indicada en la solicitud tuviera algún problema. Un dato bancario incorrecto, supone la automática eliminación del expediente en la propuesta del pago, lo que supondrá un retraso en la percepción de la ayuda a la que tenga derecho.

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MUY IMPORTANTE: Además de rellenar los formularios específicos de las ayudas, para cobrarlas es necesario marcar obligatoriamente en el Formulario 1 las casillas correspondientes a la Ayuda Régi-men de Pago Básico (por todos los derechos que poseo en la campaña actual o por los derechos indica-dos en el F1DPB), Pago para Prácticas Agrícolas Beneficiosas para el Clima y el Medio Ambiente (Pago Verde), Pago para Jóvenes Agricultores, Reserva Nacional de Derechos de Pago Básico, Ayudas Asociadas a los Agricultores (Ayuda asociada al cultivo de arroz, Ayuda asociada a los cultivos proteicos, Ayuda asociada a los frutos de cáscara y las algarrobos, Ayuda asociada a las legumbres de calidad, Ayuda asociada a la remolacha azucarera, Ayuda asociada al tomate para industria, Pago específico al cultivo del al -godón), Ayudas Asociadas a los Ganaderos (Ayuda asociada para las explotaciones que mantengan vacas nodrizas en función de la ubicación de las unidades de producción, Ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo en función del origen de los animales y de la ubicación de las unidades de producción, Ayu -da asocia-da para las explotaciones de vacuno de leche en función del número de animales y de la ubicación de las unidades de producción, Ayuda asociada para las explotaciones de ovino en función de la ubicación de las unidades de producción, Ayuda asociada para las explotaciones de caprino en función de la ubicación de las unidades de producción, Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de leche que mantuvieron dere -chos especiales en 2014 y sin hectáreas admisibles para DPB, Ayuda asociada para los ganaderos de vacuno de cebo que mantuvieron derechos especiales en 2014 y sin hectáreas admisibles para DPB, Ayuda asociada para los ganaderos de ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y sin hectáreas admisi -bles para DPB), Ayudas de Agroambiente y Clima para solicitantes de ayuda y pago de primera anualidad y para solicitantes de pagos de ayudas de Agroambiente y Clima y Agricultura Ecológica de 2º, 3º o 5º año de compromiso, Pagos compensatorios a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, Pri -mas de ayudas a la forestación (mantenimiento y/o compensatoria) y Ayudas en otras Comunidades Autóno-mas.

La actualización al Registro de Explotaciones Agrarias será obligatoria para todos los agricultores, sean o no solicitantes de ayudas, de manera que todos los agricultores titulares de superficies agrarias y forestales en Extremadura deberán realizar la actualización.

En cuanto al Registro de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica se incluye lo siguiente:

a) Renovación/ actualización. b) Baja.

c) Inscripción.

Los titulares que están en alta en el Registro de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica deberán marcar alguna de las opciones a) o b). Los declarantes que pretendan inscribirse en el Registro de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica, con alguno o varios de sus cultivos, y/o ganadería deberán marcar la opción c). Además de marcar la Inscripción o Renovación en la pantalla de “Ayudas y Primas”, en la declaración de parcelas de cultivos se debe asignar el detalle de “ Inscripción Registro de Productores Ecológicos” o “ Renovación/ Actualización Registro de Productores Ecológicos”. Este detalle se encuentra incluido en el listado de ayudas opcionales para cada parcela. Los datos recogidos en Solicitud Única actualizarán los Registros existentes y a petición de los titulares, actualizarán los correspondientes certificados. Los animales y el resto de la información requerida y necesaria se incorporará en el formulario específico para esta declaración.

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normativa vigente para ejercer como representante legal, que dispone de la documentación que así lo acredita, que la pondrá a disposición de la Administración cuando le sea requerida, y que se compromete a mantener el cumplimiento de las anteriores obligaciones durante el período de tiempo inherente a dicho ejercicio”.

Si la declaración se realiza a través de Entidad Colaboradora es obligatorio adjuntar el poder de representación.

Se deberá indicar en este formulario los códigos REGA de las unidades de producción donde hayan estado o vayan a mantenerse los animales por los que solicita ayuda a lo largo del año, incluidos los pastos temporales. Además, en el caso de ganaderos que soliciten la ayuda de vacuno de cebo, también deberán indicar los códigos REGA de las explotaciones donde hayan estado los animales desde el 1 de octubre del año anterior de la solicitud. Para cada uno de estos códigos REGA deberá indicarse la provincia, término municipal y el nombre de la finca.

EXPLICACIÓN DE LAS LLAMADAS DEL FORMULARIO 1

(1) En el cuadro deben reseñarse todas las fincas en las que el ganado haya estado o pueda estar a lo largo del año. Si solicita la ayuda de vacuno de cebo también deberá indicar los códigos REGA de las explotaciones donde hayan estado los animales desde el 1 de octubre del año anterior de la solicitud. Siempre debe reseñarse el término municipal de la localización del ganado. Incluidos aquellos productores que tengan sus rebaños en el casco urbano, que deberán declararlo así en el epígrafe de finca, lugar o paraje. (2) Muy importante: Se debe incluir el código REGA de cada unidad de producción que declare, tanto si son fincas en las que se encuentra el ganado, como si son fincas a las que se pretenden trasladar el mismo. Hay que tener en cuenta que al no declararse los crotales en la solicitud, la única forma de determinar los animales primables es a través del código REGA de cada unidad de producción.

DATOS PARA EL PAGO BÁSICO, AYUDAS ASOCIADAS Y DECLARACIONES AL REGISTRO DE EXPLOTACIONES AGRARIAS.

En este formulario se consignarán los ingresos agrarios percibidos en 2017 en el caso de ser una persona jurídica (incluyendo Comunidades de Bienes o Sociedades Civiles) o persona física exenta de la declaración de IRPF.

También será necesario declarar si el solicitante (persona física o jurídica) ejerce alguna de las actividades excluidas de los pagos directos y si así fuera, solicitar la salida de la lista negativa por alguna de las opciones contempladas, todo ello en virtud de los apartados 1 y 2 del art. 8 del RD 1075/2014 modificado por el artículo primero del RD 745/2016 de 30 de diciembre.

Así mismo, en caso de ejercer el control o ser controlado en forma de propiedad íntegra o participación mayoritaria por alguna entidad asociada, deberá declarar si ésta ejerce alguna de las actividades excluidas de los pagos directos y consignar los datos de ingresos totales de las actividades agraria y no agrarias de la entidad o entidades asociadas al solicitante.

Cuando el solicitante obtenga los ingresos, o parte de los mismos, debido a la pertenencia a una sociedad integradora y no figuren consignados como tales en el IRPF deberá declararlo en este formulario.

Cuando el solicitante sea una “sociedad” (persona jurídica) deberá indicar los datos de cada uno de los socios que la componen, la fecha de nacimiento o constitución en su caso, y el porcentaje de participación en la misma. Si alguno de los socios tiene la participación mayoritaria (>50%) deberá declarar si ejerce alguna de las actividades excluidas de los pagos y consignar los datos de ingresos totales de las actividades agrarias y no agrarias del mismo.

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Si el solicitante pertenece a una Organización de Productores de Frutos de Cáscara, contrata tomate para la industria con una OPFH y/o Entidad Base, contrata tabaco bajo una entidad contratante, o pertenece a una Organización Interprofesional autorizada dentro del sector del algodón, deberá indicarlo en este formulario. Organización de Productores Comercializadora de Frutas y Hortalizas. En caso de que haya declarado algún recinto con cultivo de alguna especie de Frutas y Hortalizas se identificará a la OPFH (Organización de Productores de Frutas y Hortalizas) a través de la cual comercializará su producción en la presente campaña. Si el declarante no va a comercializar su producción con ninguna OPFH consignará el valor “NINGUNA”.

En caso de solicitar la Ayuda Asociada al Tomate para Industria identificará en su caso, de la lista disponible, a la Organización de Productores a través de la cual ha realizado la contratación de tomate y al miembro agregador al que pertenezca el solicitante. En caso de que el solicitante no pertenezca a ningún miembro agregador, es decir que sea socio directo de la OP lo indicará en esta misma lista de Miembros Agregadores, mediante el valor “Ninguna”, y en el caso de que el solicitante no sea socio de la OP (Acuerdo de Comercialización) lo indicará en esta misma lista de Miembros Agregadores, mediante el valor “Productor Independiente” Si la contratación la ha realizado individualmente mediante un contrato directo con la industria, seleccionará aquí el valor “Contratación Individual Frutas y Hortalizas”, en este caso, de la lista de Miembros Agregadores seleccionará el valor “Ninguna”.

Contratación de Tabaco. En caso de que haya declarado algún recinto con cultivo de tabaco deberá identificar a la entidad a través de la cual ha realizado la contratación de tabaco. Si la contratación la ha realizado directamente con una empresa de primera transformación, seleccionará el valor “Contratación Individual de Tabaco”. La/s empresa/s de primera transformación con la cual se ha formalizado el contrato se identificará junto a la declaración de los recintos cultivados de tabaco.

Cuando el solicitante sea persona física y solicite la Ayuda a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, identificará la SAT o la Cooperativa a la que pertenezca, y reflejará su porcentaje de participación en la misma.

FORMULARIO 1 D.- DECLARACIÓN JURADA SOBRE REALIZACIÓN DE LAS LABORES DE MANTENIMIENTO EN RECINTOS DE PASTOS.

Este formulario es una declaración responsable de haber realizado las labores de mantenimiento en los recintos declarados con una actividad agraria distinta del pastoreo. Son las actividades de desbroce, siega, mantenimiento de drenajes y estercolado o fertilización, actividades recogidas en el anexo IV del RD 1075/2014, modificado por el RD 1172/2015. Se generará cuando en los datos de superficies declaradas aparezcan estas actividades, a su vez, recogerá los datos declarados previamente.

FORMULARIO 1 M.- RELACIÓN DE PARCELAS EN LAS QUE SE SOLICITA MODIFICACIÓN AL SIGPAC.

Los agricultores deberán comprobar que la información contenida en el SIGPAC referida a los recintos que componen sus parcelas agrícolas es correcta, en concreto, deberán comprobar que la delimitación gráfica y el uso asignado a sus recintos es correcto. Asimismo, se deberán cerciorar que sus recintos no contienen elementos no elegibles, en particular, caminos y edificaciones.

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Para esta campaña son alegables: Cambios de Usos SIGPAC, Sistema de Explotación (Secano/Regadío), incidencia 117 (cultivos abandonados), incidencia 11 (árboles dispersos), incidencias por elementos del paisaje y número de árboles de Frutos de Cáscara. Los Usos SIGPAC serán alegables en función de la realidad del terreno o del producto declarado, y el Sistema de Explotación alegable será el contrario del que motivó la alegación.

En las alegaciones al cambio de uso de un recinto de PR, PA, PS a TA, completo o parcial será necesaria la autorización del cambio de cultivo por el órgano competente.

Para las alegaciones por elementos del paisaje el declarante marcará “incidencia por elementos del paisaje (F1M)”, dentro de la pantalla de “selección de declaración”, en el trámite de Solicitud Única. Seguidamente seleccionará “Declaración de Alegaciones por incidencias de elementos del paisaje (Formulario 1M) y una vez dentro, seleccionará el recinto y le añadirá la incidencia o incidencias correspondientes. Las incidencias son:

Código Descripción

116

Contiene elementos del paisaje

133

Todo el recinto es un elemento del paisaje sin definir

134

Elemento del paisaje seto hasta 10 m de anchura

135

Elemento del paisaje árboles en grupo hasta 0,3 ha

136

Elemento del paisaje linde hasta 10 m de anchura

137

Elemento del paisaje charcas, lagunas, etc. hasta 0,1 ha

138

Elemento del paisaje islas de vegetación natural o roca hasta 0,1 ha

139 Elemento del paisaje terraza hasta 10 m de anchura

Una vez relleno el formulario 1M con la información correspondiente a los recintos para los que se solicita modificación, para la resolución de éstas es imprescindible aportar un croquis sobre salida gráfica del recinto solicitado, en los siguientes casos:

 Cuando se deba indicar el marco de plantación y la alineación principal (calle) para cultivos permanentes (frutos de cáscara,...), indicando si ocupa todo o parte del recinto. Si no ocupa todo el recinto, es preciso marcar en la salida gráfica la superficie ocupada con las herramientas del visor.

 En caso de partición de un recinto, se deberá acotar, en dicha salida gráfica, las distancias que definan el nuevo recinto y la superficie estimada del mismo con las herramientas del visor.  Informe firmado por técnico competente en función de la alegación realizada (superficies

declaradas en un recinto mayores a 2,00 has)

 Recintos alegados con la incidencia “Elementos del Paisaje”; se tienen que localizar estos elementos en una salida gráfica SIGPAC por recinto alegado.

FORMULARIO 1M – CAP.- “RELACIÓN DE PARCELAS EN LAS QUE SOLICITA MODIFI-CACIÓN DEL COEFICIENTE DE ADMISIBILIDAD DE PASTO (CAP) AL SIGPAC”.

Se declararán en este formulario todos los recintos de pasto con arbolado (PA), pasto arbustivo (PR) o Pastizal (PS) para los que se solicite una modificación al coeficiente de admisibilidad. El declarante deberá indicar el porcentaje de CAP que, a su juicio, posee el recinto alegado. El declarante podrá alegar también el CAP a la baja o incluso a 0 si así lo estima pertinente.

 Informe firmado por técnico competente en función de la alegación realizada (superficies declaradas en un recinto mayores a 2,00 has)

De todos los recintos de pastos declarados, el solicitante marcará y cargará a este formulario los alegados. FORMULARIO 1 DPB. - FORMULARIO DE SOLICITUD DE DERECHOS DE PAGO BÁSICO. A cumplimentar por aquellos administrados que soliciten derechos de pago básico. Formulario que recogerá todos los derechos que solicita el titular, o bien, una selección de derechos que realice. En la pantalla de “Ayudas y primas” tendrá la opción de seleccionar todos los derechos que posee, o bien, podrá realizar una

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selección de derechos. En la primera opción se le descargarán todos los derechos al formulario y además marcados con el “SI” solicitados, en la segunda opción dispondrá de una pantalla con los derechos, en la cual realizará la selección y marcará el “SI” o “NO” solicita en cada derecho.

FORMULARIO 1 R.- SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LOS DATOS DEL REGISTRO DE OPERADORES-PRODUCTORES DE PRODUCCIÓN INTEGRADA (R.O.P.P.I.)

Deberán cumplimentarlo los solicitantes que realicen prácticas de Producción Integrada y tengan expedientes inscritos en el Registro de Operadores-Productores de Producción Integrada (R.O.P.P.I.) ya sean o no solicitantes de alguna Ayuda Agroambiental de Producción Integrada. Se marcará automáticamente la opción Actualización R.O.P.P.I. en el Formulario 1 cuando se rellene el Formulario 1 R.

En el Formulario 1R será obligatorio indicar la Entidad Privada de Inspección/Certificación con la que contraten la certificación en Producción Integrada de su explotación.

Con la firma de la solicitud única el solicitante autoriza a que la base territorial de su explotación inscrita en el Registro de Operadores-Productores de Producción Integrada (R.O.P.P.I.) se actualice para la campaña 2018/2019 con los datos de la explotación que indique en el Formulario 2, según los expedientes que tenga en R.O.P.P.I. Además, autoriza a la Administración a facilitar la consulta de los datos contenidos en el ROPPI a la Entidad o Entidades de Certificación indicadas en este Formulario, a las APRIAS y/o al Servicio Técnico designado en su solicitud de inscripción.

No es posible darse de alta o baja en el R.O.P.P.I. a través de la Solicitud Única 2018. Para aquellos productores que quieran darse de alta o baja deberá dirigirse previamente al Servicio de Producción Agraria. Se ofrecerá en la página web de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio, (Solicitud Única 2018, Impresos y Modelos) el anexo de “Solicitud de Inscripción en el Registro de Operadores Productores de Producción Integrada”, así como la “Solicitud de Baja en el Registro de Operadores Productores de Producción Integrada” (en formato PDF) necesarios para ello, que deberán registrar y remitir a ese Servicio.

Los plazos establecidos por el Servicio de Producción Agraria para la inscripción de nuevos expedientes en R.O.P.P.I., son los siguientes:

-FRUTAL DE HUESO, FRUTAL DE PEPITA, CEREZO Y OLIVAR:

Período de Solicitud Única, actualización de los registros de Explotaciones Agrarias, ROPPI,

Registro de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica y REGEPA

para obtener certificación en la campaña 2019/2020.

Período extraordinario del 1 de septiembre al 31 de diciembre de 2018 para obtener certificación en

la campaña 2019/2020.

-ARROZ, TOMATE, TABACO, PIMIENTO PARA PIMENTÓN, MAÍZ, MAÍZ FORRAJERO,

CACAHUETE, PUERRO Y GIRASOL:

Período de Solicitud Única, actualización de los registros de Explotaciones Agrarias, ROPPI,

Registro de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica y REGEPA

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FORMULARIO 2.- RELACIÓN DE PARCELAS AGRÍCOLAS.

La declaración de parcelas agrícolas se podrá realizar mediante el sistema declarativo que recoge la plataforma arado y será una declaración gráfica para todas las personas solicitantes que declaren alguna superficie. De este modo, el formulario 2 será la relación de todas las parcelas agrícolas de cultivos herbáceos, de olivar, de viñedo, de frutas y hortalizas, de frutos de cáscara, de pastos, y forestales, tanto de secano como de regadío de la explotación, para las que se solicita alguna de las ayudas por superficie Régimen de Pago Básico (R.P.B.), Régimen de Pago Verde (RPU) y Jóvenes Agricultores (JOV), Ayudas Asociadas, Ayudas de Agroambiente y Clima y Agricultura Ecológica, Ayuda a pagos compensatorios a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas, Ayudas a la Forestación (mantenimiento y/o compensatoria), Ayudas en otras Comunidades Autónomas, Declaración al Registro de Explotaciones Agrarias, Inscripción o Renovación en el Registro de Operadores Titulares de Fincas Agropecuarias de Producción Ecológica. Se declarará en las ayudas a reforestación de tierras agrarias como forestaciones vinculadas al Reglamento correspondiente.

No será necesario declarar “vuelo” si se ha declarado la superficie de “suelo” en el Formulario 2, con los usos SIGPAC PA, PR, PS y TA, estos 2 últimos con incidencia 11. Si no se ha declarado la superficie de “suelo” con el producto correspondiente en el Formulario 2, el aprovechamiento “vuelo” se declarará bajo el producto “otras superficies forestales (VUELO)”.

Los pastos con coeficiente de admisibilidad de pastoreo (CAP) cero, se consideran “otras utilizaciones no agrarias ni forestales”.

Las superficies forestales se declararán como “otras superficies forestales” en uso SIGPAC Forestal (FO) o “superficies forestales maderables”, dependiendo del aprovechamiento de las mismas.

En cuanto a recintos de otras Comunidades Autónomas, esta campaña se pueden cargar los recintos con todos los atributos SIGPAC.

Existe un nuevo atributo a declarar que se denomina “válido para SIE”, se utilizará en cultivos SIE y determinadas forestaciones, en cumplimiento del RD 980/2017, de modificación del RD 1075/2014, de 19 de diciembre.

Como novedad en esta campaña, habrá tres opciones de descarga de recintos:

1. Descarga de la campaña anterior.

2. Descarga de la campaña anterior para cultivos permanentes y pastos. 3. Descarga de la última declaración terminada.

* Las tres opciones muestran en el Visor Declarativo todos los cultivos declarados la campaña anterior.

* La descarga consiste en incorporar datos y geometrías a la Declaración según la opción elegida. Se descargan al Formulario2 y al Visor Declarativo todas las superficies y geometrías declaradas y validadas en 2017, con la excepción de los siguientes casos que pasan a la bolsa (repositorio de recintos que aún no se han declarado) los recintos:

- Recintos que han sufrido algún cambio en la caché SIGPAC 2018 con respecto a la del 2017, en los atributos cultivo, geometría, región de pago básico y diferencia de superficie mayor de 100m2.

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- Recintos en los que en el 2017 se utilizó la herramienta de “dividir” de forma alfanumérica. Puesto que no se dispone de todas las geometrías de las divisiones realizadas, se descarga al Visor Declarativo la geometría original (2017) y a la línea declarativa del Formulario2 la mayor de las superficies divididas, el recinto completo se muestra en la bolsa. El Declarante debe revisar estos casos y completar su declaración gráfica.

- Recintos de solicitudes únicas del 2017 que por diferentes motivos ha sido imposible generar las geometrías, y por tanto, mostrarlas en el Visor Declarativo. El resto de recintos de estas solicitudes sí aparecen en el Formulario 2 y sus geometrías en el Visor Declarativo. Corresponden a declaraciones alfanuméricas de 2017 en las que no se declaró la totalidad del recinto y no se exigió croquis. La aplicación mostrará un aviso en las solicitudes únicas 2018 afectadas. Estas solicitudes van a requerir revisión por parte de los declarantes.

Es muy importante que utilicen la consulta “Posibles Recintos no Declarados” para detectar superficies del 2017 que no pasan a declararse en 2018.

Otras novedades importantes de la campaña 2018 son las mejoras incorporadas al Visor Declarativo y que mencionamos a continuación:

- Precisión en la delimitación de partes de un recinto. Herramienta “trabajar con el recinto”. Se consigue esta precisión según las siguientes indicaciones:

1. Marcamos “identificar” y tocamos sobre el recinto a declarar.

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3. Delimitamos la superficie a declarar en el recinto.

La medición se limita exclusivamente al recinto y muestra la superficie que se va delimitando en una ventana inferior de área. Cuando la ventana muestra la superficie a declarar, pulsamos doble clik y se le asigna el cultivo correspondiente. Con esta mejora no existirá una tolerancia declarativa, es necesario delimitar exactamente lo que se pretenda declarar.

Antes de empezar a trabajar con otro recinto o utilizar otra herramienta, no olvide marcar la herramienta refrescar.

- Se visualizan las declaraciones presentadas por otros declarantes en el recinto y evitamos la generación de solapes. Una vez se produzca la presentación de un titular, otros titulares que comparten el recinto visualizaran su declaración, si se ha marcado la autorización correspondiente. Se debe proceder del siguiente modo:

1. Selección de la capa “solapes”.

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3. Si en el cuadro de atributos y herramientas que aparece seleccionamos “Añadir a la declaración”, aparece un mensaje que dice “el recinto que va a declarar tiene solapes con otras declaraciones. Si se desea no incluirlos pulse aceptar”. Si se marca “aceptar” aparece un error y evita su declaración, si se marca “cancelar” se permite la declaración del recinto.

4. Si utilizamos la herramienta “Trabajar con el recinto”, muestra en color azul y rayado la declaración del otro titular.

Si delimitamos una superficie por encima de ella..

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Si se escoge “aceptar”, la aplicación respeta la anterior declaración

Si se elige “cancelar”, la aplicación no respeta la anterior declaración.

Para conocer la información sobre otros declarantes del recinto procederemos del siguiente modo;

utilizar la herramienta identificar, seleccionar el recinto sobre la ortofoto, utilizar la herramienta

“trabajar con el recinto” y al seleccionar la superficie de otros declarantes, en la parte inferior de la

ventana de atributos y herramientas podemos apreciar sus datos.

- Si el declarante lo estima conveniente, de la geometría delimitada en el Visor Declarativo para un cultivo, se permite una división de la parcela agrícola por atributos secundarios, son los siguientes; régimen de tenencia, sistema de explotación (secano, regadío), actividad agraria, tipo de semilla, variedad, etc. La forma de proceder será la siguiente:

1. En la pantalla de parcelas agrícolas se selecciona “recintos”.

2. Se marca “dividir” y la aplicación nos dirige al Visor con el recinto centrado. Marcamos la herramienta dibujar y delimitamos la superficie a dividir.

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3. Una vez delimitada, seleccionamos “guardar”.

4. Al volver a arado, se aprecia la división del recinto en dos, se marca la línea a particularizar y se cambian los atributos secundarios que sean necesarios.

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DECLARACIÓN AL ROPPI DE MAIZ FORRAJERO

A efectos de ROPPI, aquellos titulares que cuenten con expediente de MAIZ FORRAJERO inscrito

previamente en dicho Registro y pretendan declarar algún recinto como tal, deberán declarar dicho

recinto como uso MAIZ y a continuación especificar obligatoriamente la especificación

“FORRAJE”

CONCENTRACIONES PARCELARIAS.

Las declaraciones de superficies que se realicen sobre los polígonos afectados en el término municipal donde se está realizando la concentración parcelaria, deberán realizarse de manera gráfica sobre los datos numéricos y superficies asignadas por el Servicio de Regadíos. Para esta campaña la zona afectada es:

DENOMINACIÓN DE LA ZONA TERMINO MUNICIPAL AFECTADO

OLIVA DE PLASENCIA OLIVA DE PLASENCIA

En este caso de declaración con las referencias asignadas por el Servicio de Regadíos, se consignará siempre como recinto con el número “0”.

EXPLICACIÓN DE LAS LLAMADAS DEL FORMULARIO 2:

1. Se consignará el número de orden de la declaración de parcelas agrícolas. 2. Se indicará las referencias SIGPAC de los recintos a declarar.

3. S/R.: En función del sistema de explotación del recinto, entre Secano o Regadío.

4. Parcela Agrícola (PA): Se indicará la parcela agrícola a la que pertenece el recinto, en función del cultivo, ayuda solicitada y región de cultivo. Todos los recintos continuos con el mismo producto, ayudas y región de cultivo componen una parcela agrícola.

5. CAP: Se considerará el valor de SIGPAC o de la alegación realizada en su caso, sobre los recintos declarados de PASTOS PERMANENTES (usos PA, PR y PS).

6. Indicar en su caso:

a) La especie de cultivo.

b) Se indicará la variedad de los cultivos susceptibles de recibir alguno de los pagos por directos por superficie.

Deben declararse en el Formulario 2 las superficies forestales de rotación corta (chopos, eucalipto, paulownia, robinia pseudoacacia, sauces y mimbreras ), que son válidas para justificar derechos de pago básico (DPB).

También se declaran las forestaciones de tierras agrarias vinculadas a alguno de los siguientes reglamentos que también son válidas para la justificación de derechos de pago básico:

- Reglamento (CE) 2080/1992 - Reglamento (CE) 1257/1999 - Reglamento (CE) 1698/2005 - Reglamento (CE) 1305/2013

c) En caso de barbecho debemos distinguir:

ESPECIE VARIEDAD

Barbecho Tradicional Con cubierta vegetal con fines de mejorar la biodiversidad. Mezclas de semillas de flores silvestres

Barbecho Tradicional Sin cubierta vegetal

Barbecho SIE con especies melíferas Mezcla de especies melíferas Barbecho Medioambiental Sin cubierta vegetal

Barbecho Medioambiental Abandono 5 años Barbecho Sin Producción Con cubierta vegetal Barbecho Sin Producción Sin cubierta vegetal

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Nota: para que el barbecho compute como Superficie de Interés Ecológico (SIE), debe ser

declarado como “Barbecho Sin Producción” o Barbecho SIE de especies melíferas y en

dichas superficies está prohibida la aplicación de productos fitosanitarios.

7. Superficie sembrada/cultivada del recinto. La superficie cultivada en hectáreas con dos decimales que se declara para las ayudas que se solicitan.

8. CIC: Deberá indicar el CICLO AGRONÓMICO del cultivo cuando así lo exija el producto (P=Primavera, I=Invierno)

9. AA: Deberá indicar siempre la ACTIVIDAD AGRARIA que realiza en la parcela agrícola declarada. a. Para los cultivos que van sobre usos de tierra de cultivo se pondrá “Producción” (por

ejemplo trigo, cebada, avena, maíz, arroz, etc.).

b. Para los cultivos que van sobre usos de cultivos permanentes: “Producción” o “Mantenimiento de cultivos permanentes” (por ejemplo sobre olivar, viñedo, frutales, almendro, superficies forestales de rotación corta, etc).

c. Para los barbechos se indicará “Laboreo” cuando se encuentren Sin Cubierta Vegetal y “Eliminación de malas hierbas” cuando tengan Cubierta Vegetal o sea semillado.

d. Para las forestaciones de tierras agrarias se indicará “Mantenimiento de los cultivos permanentes”

e. Para los Pastos Permanentes y para el grupo de Hierbas y otros forrajes herbáceos se indicará “Pastoreo” cuando sean aprovechados con el ganado, “Desbroce” cuando se haya realizado esta labor en recintos de PA y/o PR, “Siega” cuando se haya realizado esta labor en recintos de uso PS y/o TA, “mantenimiento de drenajes” cuando se haya realizado esta labor en recintos de usos PS y/o TA; “estercolado o fertilización” cuando se haya realizado esta labor en recintos de usos PA, PR y/o PS y en recintos de uso TA declarados de pastos de menos de 5 años.

10. Varios: Se declarará el tipo de semilla utilizada (Certificada, reempleo u otros) para aquellos cultivos a los que se les exija.

11. Número de árboles. Se indicará en su caso el número de árboles presentes en el recinto. En el caso de plantaciones de árboles de Frutos de Cáscara este campo es obligatorio.

12. Certificado de Agricultura Ecológica (CAE). Se marcará con SI cuando el recinto esté acogido y certificado por el órgano competente como Agricultura Ecológica (sólo para Tierras de Cultivo con usos TA, TH, IV).

13. Agricultura Ecológica. Las declaraciones que aparecerán en esta columna serán las de Inscripción o Renovación/ Actualización en el Registro de AGRICULTURA ECOLÓGICA. Detalles a incluir en la lista de ayudas por parcela agrícola.

14. Número de Expediente ROPPI/Forestal. Se indicará el número de expediente asignado al ROPPI o a la Forestación a la que pertenezca.

15. Válido para SIE. Los cultivos declarados como SIE incluyen este atributo que indica la no aplicación de productos fitosanitarios en ellos. Si en la columna apareciera “No válido para SIE” indicaría la aplicación de productos fitosanitarios.

(15)

19. Rotación en producción integrada.- A efectos de inscripción en el Registro de Operadores Productores (ROPPI), los titulares que sean Operadores Productores de Producción Integrada de de Arroz, Tomate parta transformación, Tabaco, Maíz, Pimiento para Pimentón, Cacahuete , Puerro, Girasol, Brócoli y Maíz Forrajero y en la campaña 2018 vayan a rotar parte de su explotación con otro uso agrícola compatible, deberán indicar esta superficie marcando la casilla “Rotación Producción Integrada” habilitada en este Formulario, independientemente de las obligaciones de certificación de ese uso en rotación que el solicitante tenga adquiridas con el Órgano que gestiona su ayuda agroambiental. Si el uso agrícola al que se marca la casilla “Rotación Producción Integrada” se corresponde con una Norma Técnica Específica de Producción Integrada y el titular cuenta con el expediente correspondiente inscrito en ROPPI, este uso agrícola se inscribirá en dicho expediente. Por el contrario, si ese uso agrícola no dispone de Norma Técnica Específica o el titular no cuenta con expediente inscrito en ROPPI en esa Norma Técnica Específica, en los plazos anteriormente indicados, se inscribirá como superficie en rotación sin especificar especie en el expediente de Arroz, Tabaco y/o Tomate para transformación industrial.

20. Variedad agronómica. - Columna que nunca completará el trámite y que se proporciona para que el formulario, una vez impreso, recoja esta información al incorporarlo en el cuaderno de explotación.

Nota aclaratoria sobre el cultivo del Tabaco:

- Las superficies sujetas a compromiso de Producción Integrada de Tabaco de la convocatoria de ayuda 2016 y 2017, que no se cultiven de tabaco por destinarse a superficie en rotación, también se declararán y solicitarán en este formulario. Estas superficies podrán destinarse a la implantación de un cultivo mejorante como mezcla VEZA-AVENA que deberá ser incorporado al terreno como abono en verde, MAÍZ, PIMIENTO PARA PIMENTÓN, TOMATE PARA TRANSFORMACIÓN, CACAHUETE, ARROZ y PUERRO, o para cultivo de otra especie siempre y cuando esta especie posea Norma Técnica de Producción Integrada y cumpla los requisitos de certificación.

SE EXCEPTÚA DE LA DECLARACIÓN DEL FORMULARIOS 2 LAS SIGUIENTES PARCELAS:  Parcelas de pastos en Bienes Comunales (se declaran en el formulario 4)

FORMULARIO 4.- RELACIÓN DE BIENES COMUNALES.

Se establecerá la Superficie NETA del Pasto Común adjudicado por el titular del Bien Comunal al solicitante. La actividad agraria posible en esta superficie siempre será el pastoreo.

Se podrán solicitar en este formulario las siguientes ayudas: - Ayuda a la Ganadería Extensiva de Calidad.

(16)

ANEJO I: HECTÁREAS ADMISIBLES PARA JUSTIFICACIÓN DEL

PAGO BÁSICO Y

PAGO PARA PRÁCTICAS AGRÍCOLAS

BENEFICIOSAS PARA EL CLIMA Y EL MEDIO AMBIENTE (PAGO

VERDE)

SUPERFICIES QUE JUSTIFICAN EL RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO (LAS HECTÁREAS ADMISIBLES TIENEN QUE SERLO DURANTE TODO EL AÑO CIVIL)

1.- PARA JUSTIFICACIÓN DEL RÉGIMEN DE PAGO BÁSICO.

Sirven para justificar los derechos del Régimen de Pago Básico (RPB) los cultivos que se exponen a continuación, deben declararse en los usos SIGPAC expuestos para que sean validados (sin perjuicio de la alegación al SIGPAC correspondiente en función del cultivo y del USO existente):

Los DPB asignados en una región determinada sólo se podrán justificar y cobrar con superficie admisible de recintos que pertenezcan a la misma región.

Los productores incluidos en el régimen de pequeños agricultores y que no renuncien a su pertenencia, deberán declarar en la solicitud única un número de hectáreas admisibles igual o superior al número de DPB que se le asignaron.

1.1.- PRODUCTOS QUE JUSTIFICAN DERECHOS DE PAGO BÁSICO:

Todos los cultivos herbáceos, frutales, incluidos los frutos de cáscara, olivar, viñedo, hortícolas, tanto si se cultivan al aire libre o bajo plástico y viveros.

(Usos admisibles: CI, CV, OC, OV, PA, PR, PS, TA, TH, VI, VO, ZC, CF, FY, OF, VF, CS, FF, FL, FS, FV, IV).

1.2.- SUPERFICIES DE PASTOS PERMANENTES:

Se declararán como pastos permanentes los recintos con usos en SIGPAC de PA, PR y/o PS. Aquellos recintos de pastos permanentes identificados en la capa de pastos medioambientalmente sensibles en el SIGPAC, no podrán roturarse, ni labrarse, ni efectuar un cambio de uso, estando únicamente permitidas las labores propias de mantenimiento.

1.3.- TIERRAS ARABLES UTILIZADAS COMO BARBECHOS: Se declarará con alguno de los productos recogidos para BARBECHO. (Usos admisibles: TA, TH, ZC).

1.4.- SUPERFICIES FORESTALES DE ROTACIÓN CORTA

Especies forestales de crecimiento rápido que cumplan una determinada densidad de plantación y se cultiven a corto plazo, es decir las especies cuyo período de tala es igual o inferior a:

(17)

Se declararán algunos de los siguientes productos sobre las superficies forestadas de conformidad con el Reglamento (CE) 1257/1999 del Consejo, con el Reglamento (CE) 1698/2005, o con arre-glo al Reglamento (UE) 1305/2013.

Cod. Producto Fega Descripción

500 Forestaciones vinculadas al Reglamento nº 1257/1999 600 Forestaciones vinculadas al Reglamento nº 1698/2005

700 Hectáreas de agrosilvicultura que reciban o hayan recibido ayudas del Reglamento nº 1698/2005 y/o del Reglamento nº 1305/2013 800 Forestaciones vinculadas al Reglamento nº 1305/2013

(Usos admisibles: FO y ZC).

SUPERFICIES QUE NO JUSTIFICAN DERECHOS DE PAGO BÁSICO

Las superficies forestales distintas a las de ciclo corto y a las forestaciones de tierras agrarias no validadas para RPU en el año 2008, no son admisibles para la justificación de Derechos de Pago Básico (DPB).

2.- SUPERFICIES PARA JUSTIFICACIÓN DEL PAGO VERDE.

El complemento de ayuda de “Pago para Prácticas Agrícolas Beneficiosas para el Clima y el Medio Ambiente (Pago Verde)” se concederá sobre las superficies que cumplan las condiciones para justificar los derechos del Régimen de Pago Básico (RPB), tengan asignadas Derechos de Pago Básico y además cumplan con las prácticas de:

a) Diversificación de cultivos.

b) Mantenimiento de los pastos permanentes medioambientalmente sensibles existentes.

c) Contar con superficies de interés ecológico en sus explotaciones.

Las superficies dedicadas a cultivos permanentes no tendrán que aplicar las prácticas citadas en el apartado anterior. Aquellas unidades de la explotación que se utilicen para la producción ecológica tendrán derecho inmediato al pago verde.

Los usos SIGPAC admisibles para la validación de los cultivos y superficies a efectos del Régimen del Pago Verde son:

 Para los cultivos que van sobre tierras de cultivo, como por ejemplo: trigo, cebada, avena, maíz, arroz, algodón, etc. son válidos los Usos SIGPAC: TA, TH y ZC.

 Para los cultivos permanentes, como por ejemplo: viña, olivar, almendro, frutales, etc. son válidos los Usos SIGPAC: CI, CV, OC, OV, VI, VO, CF, FY, OF, VF, CS, FF, FL, FS, FV y ZC.  Para los pastos permanentes son válidos los usos SIGPAC: PA, PR y PS.

(18)

ANEJO II. PRODUCTOS Y

USOS SIGPAC COMPATIBLES CON LAS

DISTINTAS AYUDAS.

AYUDA USO SIGPAC CONDICIÓN

PAGO BASICO CI, CV, OC, OV, PA, PR, PS, TA, TH, VI, VO, ZC, CF, FY, OF, VF, CS, FF, FL, FS, FV, IV

PAGO BASICO (en el caso de declarar

superficies forestales de rotación corta) ZC, TA

SUPERFICIE SIE (Forestaciones R

1257/1999, R1698/2005 y R 1305/2013) FO, ZC Tener solicitada y concedida la ayuda a la forestaciónde tierras agrarias y sólo para aquellas superficies validadas para Pago Único en 2008.

Ayuda Asociada ARROZ TA, TH, ZC Sistema de Explotación Regadío Ayuda Asociada CULTIVOS

PROTEICOS

TA, TH, ZC Sistema de Explotación Regadío (o Secano de

Rendimiento >2.000 kg/ha) Ayuda Asociada LEGUMBRE DE

CALIDAD

TA, TH, ZC Superficies inscritas en DOP, IGP, AE.

Ayuda Asociada REMOLACHA AZUCARERA

TA, TH, ZC Ayuda Asociada TOMATE PARA

INDUSTRIA TA, TH, ZC

Ayuda ALGODÓN TA, TH, ZC

Ayuda Asociada a los frutos de cáscara y algarrobas

ALMENDRO,AVELLANO,ALGARROBO

FL, FV, FS, FF , CS Y ZC Sistema de Explotación Secano, excepto para el Avellano que podrá ser en Regadío.

SUBMEDIDA 8.1: FORESTACIÓN DE TIERRAS AGRÍCOLAS Ayuda a la forestación de tierras agrícolas

Forestaciones vinculadas al Reglamento nº 2080/1992. (Convocatoria 1995 y 1996) Forestaciones vinculadas al Reglamento nº 1257/1999. (Convocatoria 2002 y 2005) Forestaciones vinculadas al Reglamento nº 1698/2005. (Convocatoria 2008)

FO, ZC

SUBMEDIDA 10.1 AGROAMBIENTE Y CLIMA Producción integrada. Arroz.

Convocatoria, 2014 y 2017

TA, TH, ZC Sistema de Explotación Regadío

Producción integrada. Tabaco.

Convocatoria 2016 y 2017. TA, TH, ZC Sistema de Explotación Regadío Producción integrada. Tomate.

Convocatoria 2017 TA, TH, ZC Sistema de Explotación Regadío Producción integrada. Frutal de hueso

convocatoria 2017. (melocotonero, paraguayo, nectarino, platerina, albaricoque, cerezo – guindo y ciruelo)

VF, OF, FY, CF, FF, ZC ESPECIES PERÍODO DE TALA DENSIDAD PLANTACIÓN EUCALYPTUS (Eucalipto) 18 AÑOS 3300 plantas/ha

PAULOWNIA 5 AÑOS 1500 plantas/ha

POPULUS SP. (Chopo) 15 AÑOS 1100 plantas/ha

SALIX SP (Sauces y Mimbres) 14 AÑOS 5000 plantas/ha ROBINIA PSEUDOACACIA L. 14 AÑOS 5000 plantas/ha

(19)

haba, altramuz dulce, garbanzo, lenteja, veza, yero, zulla, cártamo, judía, altramuz, almorta, titarros, mezcla veza – avena, mezcla veza – triticale, mezcla veza – trigo, mezcla veza – cebada, mezcla zulla – avena, mezcla zulla – cebada, algarroba, mezcla guisante – cebada, mezcla guisante – avena, mezcla avena – tri-go, mezcla avena – cebada, mezcla avena – triticale, mezcla algarrobas – avena, mezcla algarrobas – cebada, mezcla yeros – cebada, mezcla yeros - cebada)

Agricultura de conservación en cultivos cerealistas. Convocatoria 2017 (trigo bla-do, triticum spelta, trigo duro, cebada, cen-teno, sorgo, avena, alforfón, mijo, alpiste, tranquillón, triticale, teff, girasol, colza, gui-sante, haba, altramuz dulce, garbanzo, lente-ja, veza, yero, zulla, cártamo, judía, altramuz, almorta, titarros, mezcla veza – avena, cla veza – triticale, mezcla veza – trigo, mez-cla veza – cebada, mezmez-cla zulla – avena, mezcla zulla – cebada, algarroba, mezcla gui-sante – cebada, mezcla guigui-sante – avena, mezcla avena – trigo, mezcla avena – cebada, mezcla avena – triticale, mezcla algarrobas – avena, mezcla algarrobas – cebada, mezcla yeros – cebada, mezcla yeros - cebada)

TA, ZC Sistema de Explotación Secano

Ganadería Extensiva de Calidad. Convocatoria 2016

PR, PS, PA ( Pastos permanentes de 5 o más años)

TA, TH, ZC (pastos menores de 5 años y forrajes herbáceos) Agricultura de conservación en

pendientes(olivar, cerezo, castaño, higuera, almendro y nogal). Convocatoria 2014 y 2017.

FL, OF, VO, OV, OC, ZC,

VF , FY, CF, FF, FV, FS, CS, Se puede solicitar en recintos con pendiente  8 %para parcelas acogidas al R 1698/2005 Se puede solicitar en recintos con pendiente  5 % para parcelas acogidas al R 1305/2013

MEDIDA 11: AGRICULTURA ECOLÓGICA Implantación y mantenimiento de Viñedo vinificación. Convocatoria 2017.

FV, VF, VI, VO, CV , ZC Para la ayuda a la implantación el cultivo ha de estar

certificado en Agricultura Ecológica con calificación “sin denominación”(S.D.) o “Reconversión” (R) Implantación y mantenimiento de Frutales

de Secano. Convocatoria 2017 (almendro, nogal, algarrobo, avellano, pistacho, castaño, higuera, granado, perales, nashi, manzano, membrillo, melocotonero, paraguayo, nectarino, platerina, albaricoque, cerezo – guindo, ciruelo, kiwi, caqui o palosanto y níspero)

VF, OF, FY, CF, FF, FL, FV, FS, CS (según la especie solicitada) ,ZC

Sistema de Explotación Secano

Para la ayuda a la implantación el cultivo ha de estar certificado en Agricultura Ecológica con calificación “sin denominación”(S.D.) o “Reconversión” (R)

Implantación y mantenimiento de Frutales de Hueso. Convocatoria 2017. (melocotonero, paraguayo, nectarino, platerina, albaricoque, cerezo – guindo, ciruelo y níspero)

VF, OF, FY, CF, FF, ZC Para la ayuda a la implantación el cultivo ha de estar

certificado en Agricultura Ecológica con calificación “sin denominación”(S.D.) o “Reconversión” (R) Implantación y mantenimiento de Frutal

de pepita. Convocatoria 2017 (perales, nashi, manzano, membrillo, kiwi, granado y caqui o palosanto)

VF, OF, FY, CF, FF, ZC Para la ayuda a la implantación el cultivo ha de estar

certificado en Agricultura Ecológica con calificación “sin denominación”(S.D.) o “Reconversión” (R) Implantación y mantenimiento de Olivar.

Convocatoria 2017 y Olivar ecológico convocatoria 2014.

FL, OF, VO, OV, OC, ZC Para la ayuda a la implantación el cultivo ha de estar

certificado en Agricultura Ecológica con calificación “sin denominación”(S.D.) o “Reconversión” (R) Ganadería ecológica convocatoria 2014. PR, PS, PA ( Pastos permanentes

de 5 o más años)

TA, TH, ZC (pastos menores de 5 años y forrajes herbáceos) TA, TH, ZC (trigo blado, triticum spelta trigo duro, cebada, centeno, sorgo, avena, alforfón, mijo,

(20)

alpiste, tranquillón, triticale, teff, girasol, colza, guisante, haba, altramuz dulce, garbanzo, lenteja, veza, yero, zulla, cártamo, judía, altramuz, almorta, titarros, mezcla veza – avena, mezcla veza – triticale, mezcla veza – trigo, mezcla veza – cebada, mezcla zulla – avena, mezcla zulla – cebada, mezcla guisante – cebada, mezcla guisante – avena, mezcla avena – trigo, mezcla avena – cebada, mezcla avena – triticale) Implantación y mantenimiento de

Ganadería ecológica convocatoria 2017 PR, PS, PA ( Pastos permanentesde 5 o más años) TA, TH, ZC (pastos menores de 5 años y forrajes herbáceos)

Para la ayuda a la implantación el cultivo o el ganado ha de estar certificado en Agricultura Ecológica con calificación “sin denominación”(S.D.) o “Reconversión” (R)

Implantación y mantenimiento de Herbá-ceos de secano convocatoria 2017 (trigo blado, triticum spelta, trigo duro, cebada, centeno, sorgo, avena, alforfón, mijo, alpiste, tranquillón, triticale, teff, girasol, colza, gui-sante, haba, altramuz dulce, garbanzo, lente-ja, veza, yero, zulla, cártamo, judía, altramuz, almorta, titarros, mezcla veza – avena, cla veza – triticale, mezcla veza – trigo, mez-cla veza – cebada, mezmez-cla zulla – avena, mezcla zulla – cebada, algarroba, mezcla gui-sante – cebada, mezcla guigui-sante – avena, mezcla avena – trigo, mezcla avena – cebada, mezcla avena – triticale, mezcla algarrobas – avena, mezcla algarrobas – cebada, mezcla yeros – cebada, mezcla yeros – cebada)

TA, ZC Sistema de Explotación Secano

MEDIDA 13: PAGOS A ZONAS CON LIMITACIONES NATURALES U OTRAS LIMITACIONES ESPECÍFICAS Pagos compensatorios a zonas con

limitaciones naturales u otras limitaciones específicas (Todos los productos susceptibles de Régimen de pago básico a excepción de los que no estén en producción)

CI, CV, OC, OV, PA, PR, PS, TA, TH, VI, VO, CF, FY, OF, VF, CS, FF, FL, FS, FV, IV

AYUDAS ASOCIADAS A LOS AGRICULTORES

AYUDA ASOCIADA AL CULTIVO DEL ARROZ

Los productores que solicitan la ayuda asociada al cultivo del arroz, declararan la variedad sembrada, y marcarán en la columna correspondiente la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2).

El sistema de explotación debe ser regadío. (Usos admisibles: TA, TH, ZC).

(21)

en superficies de secano) esparceta y zulla, mezcla veza y avena mezcla veza-triticale, mezcla veza-trigo, mezcla veza y cebada, mezcla zulla - cebada, mezcla zulla- avena.

 Oleaginosas: girasol, soja, colza, camelina y cártamo

Esta ayuda se concederá en superficies de regadío y en secano con índice de rendimiento comarcal mayor a 2.000 kg/ha.

Se deberá declarar la variedad sembrada para aquellas especies que sea obligatorio (todos los cultivos indicados anteriormente salvo los yeros, algarrobas, titarros, almortas, alverjas y camelinas).

(Usos admisibles: TA, TH, ZC).

AYUDA ASOCIADA A LAS LEGUMBRES DE CALIDAD

Los cultivos susceptibles de recibir esta ayuda son las lentejas, garbanzos y judías, debiendo estar acogidas las superficies declaradas a una DOP, IGP o cultivadas según métodos de producción ecológica. Deberá marcarse en la columna correspondiente a la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2). (Usos admisibles: TA, TH, ZC).

AYUDA AL ALGODÓN

Deberá marcarse en la columna correspondiente a la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2). Se deberá declarar la variedad sembrada.

(Usos admisibles: TA, TH, ZC).

AYUDA ASOCIADA A LA REMOLACHA AZUCARERA

Deberá marcarse en la columna correspondiente a la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2). Se deberá declarar la variedad sembrada.

(Usos admisibles: TA, TH, ZC).

AYUDA ASOCIADA A LOS FRUTOS DE CÁSCARA Y ALGARROBAS

Los cultivos susceptibles de recibir esta ayuda son: almendro, avellano y algarrobo deben ser cultivados en secano, salvo el avellano que también es elegible en regadío. Deberá marcarse en la columna correspondiente a la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2).

(Usos admisibles: FL, FV, FS, FF, CS Y ZC).

AYUDA ASOCIADA AL TOMATE PARA INDUSTRIA

El cultivo susceptible de recibir esta ayuda es Tomate para Transformación. Deberá marcarse en la columna correspondiente a la Ayuda Directa (columna 16 del Formulario 2).

Los solicitantes de esta ayuda deberán identificar además sus datos de referencia en la contratación de tomate que se mostrarán en el Formulario 1.

(22)

AYUDAS ASOCIADAS A LOS GANADEROS

FORMULARIO 6.- AYUDA ASOCIADA PARA LAS EXPLOTACIONES QUE MANTENGAN VACAS NODRIZAS

Lo presentarán los productores que soliciten la ayuda asociada a los ganaderos que mantengan vacas nodrizas.

En el formulario se indicará si en la explotación se comercializa o no leche en el periodo comprendido entre el 1 de octubre del año anterior a la solicitud y el 30 de septiembre del año de solicitud.

Se solicitará por el número máximo de animales que cumplan los requisitos.

No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados.

FORMULARIO 7.- AYUDA ASOCIADA PARA LAS EXPLOTACIONES DE VACUNO DE LECHE

Lo presentarán los ganaderos que soliciten la ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de leche. En el formulario, se indicará si comercializa leche. En caso afirmativo deberá indicar si entrega a compradores, durante al menos seis meses en el periodo comprendido entre el 1 de octubre del año anterior a la solicitud y el 30 de septiembre del año de solicitud o, si realiza entregas directas en este último año.

Se indicará que se solicita por el número máximo de animales que cumplan los requisitos. No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados.

FORMULARIO 8.- AYUDA ASOCIADA PARA LAS EXPLOTACIONES DE VACUNO DE CEBO

Lo presentarán los productores que soliciten la ayuda asociada para las explotaciones de vacuno de cebo. Deberán realizar la solicitud única aunque sólo se solicite esta ayuda.

Se solicitará por el número máximo de animales que cumplan los requisitos.

No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados.

FORMULARIO 8C.- AYUDA ASOCIADA PARA LAS EXPLOTACIONES DE VACUNO DE CEBO (CEBADEROS COMUNITARIOS)

(23)

FORMULARIO 9.- AYUDA ASOCIADA PARA LAS EXPLOTACIONES DE OVINO Y/O CAPRINO.

A cumplimentar por los productores que deseen acogerse a las ayudas ligadas al sector ovino/ caprino, debiendo marcar la casilla correspondiente en función de la solicitud que se desee realizar:

- Ayuda asociada para las explotaciones de ovino. - Ayuda asociada para las explotaciones de caprino. Declarando:

- Su explotación está incluida en el registro general de explotaciones ganaderas (R.E.G.A.).

- Con el fin de evitar la creación artificial de las condiciones para percibir esta ayuda, tener un umbral mínimo de movimientos de salida de la explotación, de al menos 0,6 corderos (animales menores de 12 meses) por hembra elegible y año, en el periodo comprendido entre el 1 de junio de 2017 y el 31 de mayo de 2018. Para el caprino, al menos 0,6 cabritos (animales menores de 12 meses) por hembra elegible en el período comprendido entre el 1 de junio de 2017 y el 31 de mayo de 2018.

- Tiene identificados los animales de acuerdo con lo establecido en el Real Decreto 685/2013 de 16 de Septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de las especies ovina y caprina.

Y comprometiéndose a:

- Informar por escrito de cualquier traslado a explotaciones no declaradas, que se efectúe con posterioridad a la realización de la solicitud.

- Llevar libro de registro actualizado.

FORMULARIO 10.- AYUDA ASOCIADA PARA LOS GANADEROS QUE MANTUVIERON DERECHOS ESPECIALES EN 2014 Y NO DISPONEN DE HECTÁREAS ADMISIBLES PARA LA ACTIVACIÓN DE LOS DERECHOS DE PAGO BÁSICO.

A cumplimentar por aquellos ganaderos de vacuno de cebo, vacuno de leche, ovino y caprino que mantuvieron derechos especiales en 2014 y no disponen de hectáreas admisibles para la activación de los derechos de pago básico.

Deberán realizar la solicitud única aunque sólo se solicite esta ayuda. Declarando:

- Que en la campaña 2014 disponía de derechos especiales de pago único y no disponía de hectáreas admisibles para la activación de derechos de pago básico.

- Que en la campaña 2014 no fue titular de derechos normales y no declaró en dicha campaña una superficie igual o mayor a 0,2 hectáreas, excepto que el hecho de no disponer de hectáreas disponibles sobre las que activar derechos de pago básico se deba a la ausencia de hectáreas admisibles determinadas en la declaración de la solicitud de ayudas del año 2013.

- Que en caso de animales de la especie ovina y/o caprina por los que se solicita ayuda se encuentran identificados y registrados de acuerdo con el Real Decreto 685/2013, de 16 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de los animales de la especie ovina y caprina.

- En caso de animales de la especie bovina por los que se solicita ayuda, se encuentran registrados de acuerdo con el Real Decreto 1980/1998 de 18 de septiembre, por el que se establece un sistema de identificación y registro de animales de la especie bovina.

(24)

- En caso de animales de la especie bovina, si un productor presenta una solicitud a título individual y también figura como socio en la solicitud presentada por un cebadero comunitario, deberá indicar en su solicitud que es socio de un cebadero comunitario que ha solicitado esta ayuda específica, indicando el NIF y nombre de dicho cebadero comunitario.

- Que las explotaciones donde están ubicados los animales cumplen las disposiciones establecidas en el Real Decreto 479/2004, de 26 de marzo, por el que se establece el Registro General de Explotaciones Ganaderas (REGA)

Se solicitará esta ayuda por el número máximo de animales que cumplan los requisitos establecidos en la normativa.

AYUDAS AGROAMBIENTALES Y CLIMÁTICAS Y AYUDA A LA

GANADERÍA ECOLÓGICA

.

FORMULARIO 11.- SOLICITUD DE AYUDA Y/O PAGO A LA APICULTURA PARA LA CONSERVACIÓN DE LA BIODIVERSIDAD O CONVERSIÓN A LA APICULTURA ECOLÓGICA O MANTENIMIENTO A LA APICULTURA ECOLÓGICA.

Se rellenará el formulario para los solicitantes de concesión y pago de primer año de compromiso de la ayuda a la apicultura para la conservación de la biodiversidad, segundo año de compromiso a la implantación o mantenimiento de la apicultura ecológica y solicitantes de ayuda de tercero o quinto año de compromiso para la ayuda a la apicultura para la conservación de la biodiversidad.

Se ha de especificar el número de explotación apícola asignado por Sanidad Animal.

Como novedad en este formulario desaparece el VISOR APÍCOLA, en su defecto, se ofrecerá un informe en PDF reflejando los datos de los asentamientos que el titular tiene declarado en el trámite “Declaración de localización y traslado de colmenas Agroambientales”.

Una vez revisados estos datos y estando de acuerdo con ellos, el solicitante ha de marcar la ayuda que le corresponde, pudiendo ser:

- Apicultura para la conservación de la biodiversidad. Convocatoria 2014, 2016 y 2018. - Implantación apicultura ecológica. Convocatoria 2017.

- Mantenimiento apicultura ecológica. Convocatoria 2017.

En el trámite “Declaración de localización y traslado de colmenas Agroambientales”, la identificación de los asentamientos podrá ser:

- Dentro de la Comunidad Autónoma: se realizará mediante la expresión del municipio y de las coordenadas X e Y en la proyección correspondiente, esto es, el sistema de referencia geodésico oficial para la Península Ibérica ETRS89 (European Terrestrial Reference System 1989), todo ello conforme establece el Real Decreto 1071/2007, de 27 de julio.

(25)

Tendrán prioridad sobre cualquier otro colmenar que pudiera establecerse a una distancia inferior a 1.000 metros, los asentamientos “consolidados”, entendiéndose como tales, a los efectos de las ayudas a la apicultura (“Agroambientales”, “Pagos para compromisos Agroambientales y climáticos” y “Agricultura ecológica”), aquellos que al menos hayan estado durante los dos años anteriores a la presentación de la solicitud en estos asentamientos manteniendo al menos el 70% de sus colmenas. A estos efectos el órgano gestor podrá realizar las correspondientes comprobaciones.

Se deberá tener en cuenta a la hora de rellenar el formulario que habrá que mantener el 20% de las colmenas declaradas dentro de la Comunidad Autónoma.

FORMULARIO 12.- SOLICITUD DE AYUDA AL FOMENTO DE RAZAS AUTÓCTONAS EN PELIGRO DE EXTINCIÓN Y/O GANADERÍA ECOLÓGICA Y/O GANADERÍA EXTENSIVA DE CALIDAD.

Se rellenará el formulario para los solicitantes de pago de segundo año de compromiso para la ayuda a la implantación o mantenimiento de la ganadería ecológica y la ayuda a razas autóctonas puras en peligro de extinción, para los solicitantes de pago de tercera anualidad a la ganadería extensiva de calidad y para los solicitantes de pago de quinto año de compromiso de la ayuda a la ganadería ecológica y razas autóctonas en peligro de extinción.

Deberá indicar el número de animales por los que solicita la ayuda, se diferenciarán por tramo de edad, dicho tramo de edad se entenderá cumplido, si el animal se encuentra dentro de ese tramo el último día del plazo de solicitud de la ayuda.

a) En el caso de solicitar ayuda al fomento de razas autóctonas en peligro de extinción se indicará el código REGA, el nombre de la explotación, la ayuda solicitada en función del año de inicio de compromisos, especie, raza y sexo.

- Las razas sujetas a ayuda para la convocatoria de año de inicio 2014 son:

Bovino: Berreada en negro, Berreada en colorado, Blanca cacereña y Morucha variedad negra. Caprino: Blanca andaluza o Serrana, Retinta y Verata.

Equino: Andaluza.

Ovino: Merina Variedad negra

Porcino: Ibérico variedad lampiño e Ibérico variedad torbiscal.

- Las razas sujetas a ayuda para la convocatoria de año de inicio 2017 son:

Bovino: Berreada en negro, Berreada en colorado, Blanca cacereña, Morucha variedad negra y Cárdena andaluza.

Caprino: Blanca andaluza o Serrana, Retinta y Verata. Equino: Andaluza.

Ovino: Merina Variedad negra

Porcino: Ibérico variedad lampiño e Ibérico variedad torbiscal.

No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados. Se deberá identificar en este formulario el organismo técnico competente que registra y lleva al día el libro genealógico o libro zootécnico de la raza y en el cual tiene inscrito los animales objeto de ayuda en el Libro de Registro Oficial de la Raza.

b) En el caso de solicitar ayuda a la ganadería ecológica, se indicará el código REGA, el nombre de la explotación, la ayuda solicitada en función del año de inicio de compromisos y especie.

(26)

En el caso de solicitar ayuda a la ganadería ecológica el titular de la ayuda deberá incluir en régimen de producción ecológica todos los animales de la misma especie que pertenezca a su explotación. Se entiende por explotación, todas las fincas inscritas a nombre de un mismo titular en el Registro de Explotaciones Agrarias de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio. No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados.

c) En el caso de solicitar ayuda a la ganadería extensiva de calidad, se indicará el código REGA, el nombre de la explotación, la ayuda solicitada y especie.

Las especies elegibles para esta ayuda son bovino, ovino y caprino mayores de 12 meses.

No es necesario que el ganadero indique en la solicitud de ayuda la relación de crotales solicitados.

RESERVA NACIONAL DE PAGO BÁSICO.

FORMULARIO 5.- FORMULARIO DE RESERVA NACIONAL DE PAGO BÁSICO

Se deberá marcar el epígrafe o epígrafes por los que solicita el acceso a la Reserva Nacional y según los casos aportar la documentación que se establece en la Orden de 24 de enero de 2018, por la que se regulan los procedimientos para la solicitud, tramitación y concesión de las ayudas del régimen de pago básico, otros pagos directos a la agricultura, así como derivados de la aplicación del programa de desarrollo rural y actualización de los registros de explotaciones agrarias de Extremadura, operadores-productores integrados, operadores ecológicos y general de la producción agrícola de ámbito nacional, campaña 2018/2019 .

Epígrafes:

a) Agricultores legitimados para recibir derechos de ayuda o para aumentar los derechos existentes por sentencias judiciales firmes o actos administrativos firmes.

b) Los jóvenes agricultores y nuevos agricultores que comiencen su actividad agrícola, aunque hubieran ya percibido una primera asignación de derechos de pago único a través de la reserva nacional de 2014, que cumplan los criterios establecidos en el artículo 24 del Real Decreto 1076/2014, de 19 de diciembre, modificado por el Real Decreto 745/2016, de 30 de diciembre.

c) Agricultores que no hayan tenido acceso a la primera asignación de derechos de pago básico en 2015 por causas de fuerza mayor o circunstancias excepcionales.

AYUDAS AL DESARROLLO RURAL DE OTRA COMUNIDAD

AUTÓNOMA.

Cuando un titular tenga que solicitar una Ayuda de Desarrollo Rural de otra Comunidad Autónoma se procederá de la siguiente manera:

(27)

- Ayudas a zonas con limitaciones naturales u otras limitaciones específicas en otra Comunidad Autónoma.

2º) Solicitar la ayuda en el formulario específico. Si la ayuda no está dada de alta en la aplicación ARADO, hay que ponerse en contacto con el Servicio de Registro de Explotaciones Agrarias a través del correo electrónico [email protected] y se procederá a darla de alta para su posterior declaración.

MODIFICACIÓN DE PARCELAS.

MODIFICACIÓN DE PARCELAS. INSTRUCCIONES PARA CUMPLIMENTAR EL FORMULARIO 13.

Deberán cumplimentarlo todos los productores que deseen realizar modificaciones de las parcelas declaradas hasta el 31 de mayo.

Las modificaciones se cumplimentarán a través de Internet, en el portal oficial de la Consejería de Medio Ambiente y Rural, Políticas Agrarias y Territorio de la Junta de Extremadura.

"http://www.gobex.es/con03/plataformas-arado-laboreo"

http://www.gobex.es/con03/plataformas-arado-y-laboreo

a través del trámite MODIFICACIÓN DE RECINTOS DE SOLICITUD ÚNICA 2017 , de la iniciativa ARADO. El agricultor o su representante deberá imprimirla y presentarla firmada en cualquiera de los lugares previstos en el artículo 7 del Decreto 257/2009, de 18 de diciembre, por el que se implanta un Sistema de Registro Único y se regulan las funciones administrativas del mismo en el ámbito de la Administración de la Comunidad Autónoma de Extremadura, o bien por registro telemático. En el caso de presentarse más de una modificación, se considerará correcta la última presentada, no siendo válidas las anteriores.

A efectos de ROPPI, se podrán modificar los recintos declarados en el Formulario 2 durante el

periodo de modificaciones establecido en la correspondiente orden de Solicitud Única.

En los distintos formularios se indicará lo siguiente:

 SOLICITUD INICIAL.- Todos los datos que en el momento de presentación de su solicitud única declaró en el formulario correspondiente.

 MODIFICACIÓN.- Todos los datos que se correspondan con la nueva situación de la parcela agrícola.

En el caso de las modificaciones solicitadas, a partir del 31 de mayo solamente podrá modificarse una solicitud única, sin aplicar penalizaciones, si se tratase de un error manifiesto.

No se consideran errores manifiestos y supondrán penalización en su caso:

 Renuncias o reducciones de superficies y /o ayudas sin causa justificada adecuada.

 Cambios de referencias SIGPAC que no tienen nada que ver en la numeración o no son limítrofes a la declarada inicialmente o no es una causa justificada adecuada.

 Incremento de superficie en recintos sin causa justificada adecuada.  Inclusión de nuevos recintos.

Referencias

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