UNIVERSIDAD EL BOSQUE
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
PROGRAMA DE CIENCIA POLÍTICA
El VOTO OBLIGATORIO: ¿UNA SOLUCIÓN A ALGUNOS PROBLEMAS DE LA DEMOCRACIA O UNA MEDIDA MÁS
DENTRO DE LAS DINÁMICAS DEMOCRÁTICAS?
AUTOR: JESÚS DAVID SOTO HERNÁNDEZ
Noviembre de 2020
UNIVERSIDAD EL BOSQUE
FACULTAD DE CIENCIAS JURÍDICAS Y POLÍTICAS
PROGRAMA DE CIENCIA POLÍTICA
El VOTO OBLIGATORIO: ¿UNA SOLUCIÓN A ALGUNOS PROBLEMAS DE LA DEMOCRACIA O UNA MEDIDA MÁS
DENTRO DE LAS DINÁMICAS DEMOCRÁTICAS?
AUTOR: JESÚS DAVID SOTO HERNÁNDEZ
DIRECTOR: ANDRÉS FELIPE ORTEGA
Noviembre de 2020
Resumen: El voto obligatorio ha sido una política implementada en varios países del mundo, siendo Latinoamérica la región en donde más países cuentan con dicha medida. En el contexto que se da el voto o sufragio obligatorio influye bastante la percepción o la naturaleza jurídica que cada sistema normativo tenga sobre este mismo, dado que puede ser interpretado como un derecho o como un deber. Dentro del contexto colombiano, la abstención electoral se presenta como uno de los problemas que afectan de cierta forma el desarrollo de la democracia, aunque a ciencia exacta no se conocen los motivos que generan las altas tasas de abstención, algunos sectores políticos y académicos han visto esta medida con buenos ojos, aunque otros no tanto.
Palabras claves: Voto, democracia, cultura política, abstención electoral, participación, ciudadanía.
Abstract: Complusory voting has been a policy implemented in several countries around the world; being Latin America the region where most of the countries have implemented this policy.
In the context of compulsory voting, the perception or legal nature that each normative system has on it shows a significant influence since it can be interpreted as a right or as a duty. Within the colombian context, electoral abstention is presented as one of the problems that, in a certain way, controls the development of democracy, although there are no exact reasons for the high abstention rates, some political sectors and academics have seen it with good eyes or the others not so much.
Keywords: Vote, democracy, political culture, electoral abstention, participation, citizenship.
ÍNDICE:
INTRODUCCIÓN 5
1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA 5
2. HIPÓTESIS 17
3. OBJETIVOS 18
4. METODOLOGÍA 19
ESTADO DEL ARTE 22
MARCO CONCEPTUAL 25
SISTEMA ELECTORAL COLOMBIANO Y EL VOTO 32
ESTATUS DEL VOTO O SUFRAGIO EN MÉXICO Y BRASIL 35
VOTO OBLIGATORIO EN COLOMBIA 40
CONSIDERACIONES SOBRE EL VOTO OBLIGATORIO, LA ABSTENCIÓN
ELECTORAL Y LA DEMOCRACIA EN EL CASO COLOMBIANO 42
CONCLUSIONES 52
LISTA DE REFERENCIAS 55
ANEXOS 61
INTRODUCCIÓN
1. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA
Aunque en la política y otros ámbitos se habla constantemente sobre democracia, no existe hoy en día un concepto universal para definir este concepto, una definición básica, que desde niños conocemos con exactitud es el origen etimológico de esta misma, que como bien es sabido proviene de los vocablos del griego antiguo kratos (poder) y demos (pueblo), por lo que podemos inferir que la palabra en sí misma quiere decir, el poder del pueblo. Por otra parte, a la hora de tener que dar una definición suelen ser tomadas en cuenta cualidades, procedimientos e instituciones que están relacionadas con la democracia moderna (Guillen, Sáenz, Badii, Castillo, 2009).
En la actualidad, la democracia o los gobiernos democráticos tienen que ver más con la representación, aunque en estos tiempos todavía se continúe marcando una diferencia que viene de atrás, entre democracia directa y representativa, lo cierto es que hoy en día impera una democracia representativa que tiene sus cimientos puestos en una serie de instituciones, dentro de las cuales, la más importante es la elección, porque a partir de esta se logra obtener un gobierno representativo (Manin, 1998).
Aunque exista una falta de consenso sobre el concepto, esto no ha deslegitimado en lo absoluto el término democracia, una prueba de esto es el gran reconocimiento que tiene a nivel mundial. Un ejemplo bastante claro para tener en cuenta es que, en 1948, la Declaración Universal de los Derechos Humanos reconoció a la democracia como la única forma de régimen político que resguarda los Derechos Humanos, en la actualidad no hay señales de otro tipo de régimen político que tenga este mismo reconocimiento (Guillen, Sáenz, Badii, Castillo, 2009).
Aunque autores importantes sobre democracia como Norberto Bobbio, Giovanni Sartori y Robert Dahl, tengan perspectivas y formas diferentes de interpretar el concepto, existen apartados en los que coinciden al ser considerados estos, como principios, procedimientos o instituciones fundamentales de lo que llamamos desde hace ya varios siglos democracia.
Por un lado, Dahl ha establecido una serie de ocho garantías para que exista una democracia representativa y otras que deben ser permitidas al ciudadano dentro de una democracia participativa. En una democracia representativa debe existir: 1. Libertad para constituir e integrarse en organizaciones, 2. Libertad de expresión, 3. El derecho a voto, 4. Elegibilidad para cargo público, 5. Derecho de los líderes políticos para competir por el voto, 6. Fuentes alternativas de información, 7. Elecciones libres y limpias, 8. Que las instituciones para hacer política de gobierno dependan del voto y de otros signos de preferencia (Guillen, Sáenz, Badii, Castillo, 2009).
Norberto Bobbio, en su teoría, nos habla sobre una serie de principios universales que caracterizan la democracia. Siendo estos los siguientes: 1. Todos los ciudadanos disfrutarán del derecho a expresar su opinión propia y de elegir a quien la exprese por él, 2. El voto de todos los ciudadanos debe tener el mismo peso, 3. Todos los que disfrutan de los derechos políticos deben ser libres para votar según su propia opinión, 4. Deben ser libres también a la hora de elegir entre soluciones diversas, así como partidos políticos diversos y alternativos, 5. En las elecciones y decisiones colectivas debe valer la regla de la mayoría numérica, 6. Las decisiones tomadas por la mayoría no deben limitar los derechos de las minorías (Guillen, Sáenz, Badii, Castillo, 2009).
En estas dos ideas de lo que es democracia y lo que es democrático, resaltan la importancia del voto o sufragio como uno de los derechos o garantías fundamentales con los que debe contar todo ciudadano que viva en democracia. Tal parece que el derecho al voto o sufragio universal y las elecciones libres son, sin duda alguna, parte del mínimo procedimental de la democracia, como lo señalaban David Collier y Steven Levitsky (1997), donde junto a las libertades cívicas y la participación plena, conformaban una serie de requisitos mínimos (con la posibilidad de ser ampliados) que debe tener la democracia.
El derecho al voto o sufragio (universal y libre) se ha convertido con el paso de los años, quizás en el principio máximo de las democracias modernas, en particular de las democracias representativas. Teniendo en cuenta que son llamadas así aquellas sociedades en las que el poder político procede del pueblo, pero no es ejercido por él en su totalidad, sino por ciertos representantes que son elegidos a través del voto. El antes mencionado Bobbio (1986), que es uno de los autores más destacados sobre democracia, ha señalado que la ampliación del derecho al voto hasta llegar al sufragio universal fue consolidando este modelo a partir de los movimientos constitucionalistas que tuvieron lugar durante las primeras décadas del siglo XIX.
Acercándonos un poco a las concepciones e ideas que existen sobre el sufragio y el voto es importante tener clara la diferencia que existe entre los dos términos. Según Aragón (2007), la diferencia sustancial entre el voto y el sufragio yace en que, este último ha de situarse en la esfera pública, esto teniendo en cuenta que su connotación es netamente política, mientras que el voto, aunque también puede situarse en la esfera pública, se puede hablar con propiedad de el en esferas privadas o ajenas a la política (Aragón, 2007).
El sufragio, como se ha mencionado con anterioridad, es un derecho (aunque también en la normatividad de algunos países es un deber e incluso una obligación), y también una institución que ayuda al funcionamiento y el desarrollo de los sistemas que en la actualidad consideramos democráticos. Para que un Estado pueda tener un sistema político que encaje en la definición moderna de democracia debe celebrar elecciones periódicas y libres, en las cuales los ciudadanos ejerzan su derecho al sufragio y emitan un voto a través del cual eligen a sus representantes o que los hagan partícipes en la toma de decisiones.
Democracia y voto parecen ser conceptos que están adheridos uno al otro, por lo menos en las sociedades contemporáneas. No en vano, las democracias, al menos desde el punto de vista del procedimiento a través del cual se eligen a los gobernantes, se fundamentan en el reconocimiento del sufragio universal, que además también debe ser, sufragio igual, sufragio directo y sufragio secreto (Beltrán, Almada, 2011). Con estos cuatro elementos se puede considerar que unas elecciones son democráticas.
En América Latina, la democracia -por lo menos en la teoría- está bastante extendida y la mayoría de los países de la región se han caracterizado por ostentar históricamente tasas de participación electoral altas (aunque en ciertos momentos sus regímenes hayan sido antidemocráticos). Después de las dictaduras, que durante la segunda mitad del siglo XX afectaron a la región en casi toda su totalidad, se vivió una transición a la democracia. De igual forma, esto ha permitido que se hayan producido grandes avances para garantizar el derecho universal al voto, elecciones libres y transparentes, y el acceso y la permanencia en el poder de los cargos elegidos (Bonometti, Ruiz, 2009).
Para el reconocido politólogo argentino Guillermo O’Donnell, uno de los principales puntos en contra que tiene la democracia o los procesos de democratización en Latinoamérica es la alta heterogeneidad territorial con la que cuenta cada uno de los países de la región, no obstante,
países como Costa Rica y Uruguay que presentan una homogeneidad territorial relativamente alta -en parte gracias a que la extensión territorial de estos y su población es baja-, tienen una tradición democrática más antigua y sólida, mientras que otros países debido a las dificultades que tiene el Estado para llegar a todos los rincones, presentan procesos democráticos más insipientes y en donde la representación estatal probablemente esté centralizada (O’Donnell, 1993).
Latinoamérica, aunque es una región del mundo bastante diversa y heterogénea, cuenta a lo largo de su extensión con algunas características en común, las cuales ponen en vilo el sistema democrático que se ha logrado implementar y fortalecer en los últimos años. Debido a fenómenos como la desigualdad, la pobreza, la corrupción (una de las problemáticas que más han afectado las democracias y a los gobiernos en general en todo el mundo) y la inseguridad, por mencionar algunos, las democracias latinoamericanas son consideradas democracias débiles o que tienden a debilitarse fácilmente (Bonometti, Ruiz, 2009).
Los problemas mencionados pueden estar relacionados con la pérdida del interés en los temas políticos como el voto, por ejemplo. En este contexto, entra a jugar un papel importante, el fenómeno de la abstención electoral, al cual muchos ven como su solución el voto obligatorio.
Josep Vilajosa (1999), hablando sobre las razones del abstencionismo menciona lo siguiente:
“Si la conexión con las instituciones políticas se pierde, el carácter instrumental de la participación dejará de tener significado para la mayoría de los ciudadanos y especialmente para aquellos que están mejor informados y son más activos políticamente”
(Vilajosana, 1999, pp. 172-173).
Que las personas no voten, puede ser una situación altamente preocupante, teniendo en cuenta que la participación política a través del voto es uno de los pilares más importantes de las sociedades democráticas, es más, no podría existir una democracia sin el sufragio universal, secreto y libre. Dado que este elemento precisamente es el que brinda a la ciudadanía la oportunidad de participar en la toma de decisiones, así sea de una forma mínima.
Aunque abstenerse de votar o no emitir un voto, es una práctica legal en la mayor parte del mundo. En contraste con esto, existen 27 países, 10 de ellos latinoamericanos (como se observa en la tabla siguiente), en los que el voto o sufragio es obligatorio, siendo Bélgica (finales del siglo XIX) el precursor de esta idea, seguido por Argentina (1914) y Australia (1924). Otros países en
los que el voto es obligatorio son: Bolivia, Brasil, Bulgaria, Corea del Norte, Costa Rica, República Democrática del Congo, Ecuador, Egipto, Gabón, Grecia, Honduras, Líbano, Libia, Liechtenstein, Luxemburgo, México, Nauru, Panamá, Paraguay, Perú, Singapur, Tailandia, Turquía y Uruguay (El Orden Mundial, 2019).
Ante esta situación y para evitar el abstencionismo, muchos países de Latinoamérica han optado por establecer el voto más que como un derecho, como una obligación, en algunos casos aplicando sanciones para quien no cumpla con esta. A continuación, se presenta una tabla en la cual se puede apreciar la naturaleza del voto en la mayoría de los países de Latinoamérica:
I. Naturaleza del voto en América Latina:
País Naturaleza del voto Art. constitucional o Código electoral Argentina Obligatorio con sanción Arts. 12, 125 y 126, Código Electoral Nacional.
Bolivia Obligatorio con sanción Arts. 195, 237 y 238, Código Electoral.
Brasil Obligatorio con sanción Art. 14 Constitución.
Chile No obligatorio / facultativo Art. 2, Ley 20568.
Colombia No obligatorio / facultativo Art. 258 Constitución.
Costa Rica Obligatorio sin sanción Art. 93 Constitución.
Ecuador Obligatorio con sanción Art. 1, 153 y 181 de la Ley de Elecciones.
El Salvador No obligatorio / facultativo Art. 3 Código Electoral.
Guatemala No obligatorio / facultativo Art. 3 Ley Electoral y de Partidos Políticos.
Honduras Obligatorio con sanción Art. 6, 224 y 244 Ley Electoral.
México Obligatorio sin sanción Art. 4 COFIPE.
Nicaragua No obligatorio / facultativo Art. 30 Ley Electoral.
Panamá No obligatorio / facultativo Art. 135 Constitución.
Paraguay Obligatorio con sanción Arts. 4, 332 y 339 Código Electoral.
Perú Obligatorio con sanción Art. 31 Constitución.
Rep.
Dominicana
No obligatorio / facultativo Art. 9 Constitución.
Uruguay Obligatorio con sanción Arts. 8 y 17, Ley del Voto Obligatorio.
Venezuela No obligatorio / facultativo Art. 63 Constitución.
Fuente: Fernández, Thompson (2007). Chile, datos de Biblioteca del Congreso Nacional.
Conceptualmente, el abstencionismo es presentado como una antítesis de la participación electoral, la teoría liberal no ve a este fenómeno con malos ojos, pues considera que el derecho al voto es una decisión que todo individuo está en su libertad de ejercer o de decidir no hacerlo, en esta lógica es vista la participación política a través del voto netamente como un derecho. Por otro lado, la teoría republicana considera el voto como una función, un deber que todo ciudadano está en la obligación de cumplir y el incumplimiento de este deber es visto como una desobediencia civil (Flórez, 2011).
Según Flórez (2011), serían varias las razones que llevan a una persona a no efectuar su derecho al voto o a caer en la desobediencia de no cumplir esta obligación, desde su punto de vista podemos denominar que existe abstencionismo electoral político, cuando un individuo o la ciudadanía:
“a) rechaza el sistema político existente en su sociedad; b) objeta el acto electoral propiamente dicho; c) no se siente identificado con ninguno de los candidatos y programas que se presentan a
la competición electoral respectiva; d) o quiere sentar posición con respecto al mal desempeño del Gobierno, sobre todo cuando hay posibilidades de reelección” (Flórez, 2011, pp. 162).
Mirando más específicamente el caso colombiano, el primer artículo de la constitución enuncia al país como una democracia participativa y pluralista, gracias a que cuenta con mecanismos de participación ciudadana. Estos mecanismos, brindan la opción a los ciudadanos de poder ser partícipes del poder político, dentro de un contexto democrático. En Colombia son mecanismos de participación ciudadana el plebiscito, el referendo, la consulta popular, el cabildo abierto, la iniciativa legislativa y la revocatoria del mandato (Registraduría Nacional del Estado Civil, 2020).
Pero, por otro lado, también es cierto que el sistema político/democrático puede encajar dentro del concepto de democracia representativa, citando a Bobbio (1986), se entiende por ésta lo siguiente:
“La expresión “democracia representativa” quiere decir que las deliberaciones colectivas, es decir, las deliberaciones que involucran a toda la colectividad no son decididas por todos los que forman parte de ella, sino por personas elegidas para ese fin”
(Bobbio, 1986, pp. 34).
La democracia representativa y la democracia participativa, lejos de tratar de imponerse una sobre la otra, más bien se complementan. Con relación a lo anterior, es válido afirmar que Colombia es un país en el que se combinan tanto democracia participativa, como democracia representativa. La realización de la primera se da gracias a los mecanismos de participación ciudadana y la realización de la segunda se da por el derecho al sufragio que otorga a los habitantes del país la posibilidad de elegir a sus representantes para que estos se encarguen de ejercer el poder y la toma de decisiones. La democracia representativa por lo tanto establece un sistema de democracia indirecta, mientras que la democracia participativa acerca a la sociedad a la toma de decisiones que son asociadas con los mandatarios, esto gracias a los mecanismos de participación.
La Constitución Política de Colombia reconoce que el voto es un derecho y un deber de libre elección, puesto que carece de obligatoriedad. Dentro de la constitución política se ha consagrado el derecho al voto de la siguiente forma:
Artículo 258: “el voto como un derecho y un deber ciudadano, que será ejercido sin ningún tipo de coacción y en forma secreta por los ciudadanos en cubículos individuales instalados en cada mesa de votación sin perjuicio del uso de medios electrónicos o informáticos, y el Estado se encargará de velar que esto suceda así” (Artículo 258, Constitución Política de Colombia).
En Colombia, al igual que en la mayoría de los países de occidente y América Latina, el derecho al voto ha dado la oportunidad a sus habitantes de poder ejercer una democracia indirecta, gozando de “libertad” a la hora de escoger sus representantes políticos, quienes a su vez se encargan de la toma de decisiones. Aunque esto no ha significado que los sistemas democráticos estén funcionando a la perfección, puesto que en muchos casos es normal que el sistema electoral se vea viciado por una amplia variedad de problemas que afectan directamente todo el sistema político y la democracia de un país.
En el contexto nacional, algunos de los problemas que han viciado la democracia han sido, la compra de votos, el clientelismo, la incipiente o escasa cultura política, la corrupción y el abstencionismo electoral, por citar algunos ejemplos, que tal vez sean los más evidentes. Además, de cierta manera es evidente notar cómo entre ellos conforman una red y parecen trabajar todos de la mano.
La corrupción en Colombia tiene varias modalidades, siendo algunas de ellas: El soborno en los servicios públicos, las desviaciones presupuestarias para fines irregulares, compra de posiciones o nombramientos en la administración pública, sobornos por contratos públicos, la captura del Estado a través de la influencia de intereses privados en la formulación de políticas públicas. Sumado a lo anterior, en el contexto nacional se habla de corrupción judicial, administrativa, política, electoral, entre otras (Vicepresidencia de la República de Colombia, 2002).
Otro fenómeno ampliamente difundido en el país y que funciona en conjunto con la corrupción es el clientelismo, gracias a este, es muy poca la meritocracia que existe en Colombia a la hora de obtener nombramientos políticos, vale la pena recalcar que es en las regiones en donde más se observa y es evidente esta práctica. El esquema de funcionamiento del clientelismo es bastante simple, funciona a través de caudillos electorales que ocupan las posiciones de poder y sus aliados (financiadores) se benefician con cargos que obtienen a cambio de respaldo
incondicional, esto se genera a partir de una amistad o relacionamiento entre las partes (Audelo, 2004).
El abstencionismo electoral también es un problema que enfrenta el país, es inevitable no pensar en la influencia que tienen los problemas expuestos en los párrafos anteriores en el desarrollo de este. Si bien la acción de votar o ejercer el derecho al sufragio es un tema de voluntad política, así como también es considerada la abstención una forma de protesta en algunos casos, hay que preguntarse qué peligros puede traer esto para la democracia. Más allá del desinterés en la política que habitualmente tiene más del 50% del censo electoral, deben existir varios motivos que merecen ser estudiados.
Respecto a la cultura política, para G. Almond y S. Verba (1992), cuando se habla de cultura política, se hace referencia al sistema político que informa los conocimientos, sentimientos y valores de su población. Esto en otras palabras quiere decir, el conocimiento que tiene determinada comunidad sobre el sistema político en el que viven y en el cual ha sido inducido cada habitante de esta. En Colombia, aunque existe una cultura política, todavía hay una carencia de ésta en algunos sectores de la población.
Para ejemplificar mejor esta problemática, se tomará en cuenta la Encuesta de Cultura Política (2019), realizada por el Departamento Administrativo Nacional de Estadística, en la que se preguntó a 34.056 personas mayores de edad si conocen o han oído hablar sobre los siguientes mecanismos de participación ciudadana: Revocatorio del mandato, iniciativa legislativa, referendo, plebiscito, consulta popular y cabildo abierto. Los resultados apuntan a que un gran porcentaje dentro de esta muestra no conoce o ha oído sobre dichos mecanismos.
II. Porcentaje de personas de 18 años o más que conocen o han oído hablar sobre los mecanismos de participación ciudadana:
SI: Conoce o ha oído hablar sobre los mecanismos de participación ciudadana. NO: No conoce o ha oído hablar sobre los mecanismos de participación ciudadana.
Fuente: DANE
Siguiendo con el tema de la abstención, en comparación con los demás países de Latinoamérica, entre los años 1978 - 2000, Colombia fue el país que menos tasa de participación electoral tuvo. En relación con lo anterior, no está de más aclarar que algunos de los países analizados en estos años tuvieron una transición a la democracia, posterior a regímenes dictatoriales. Estos datos que constan de hace 2 décadas quizás han variado un poco, pero en Colombia la tasa de participación no ha logrado aumentar, a partir de esto se puede inferir que el abstencionismo en el país no es un tema nuevo, existe desde hace varias décadas, aun cuando se supone que se celebran elecciones libres periódicamente.
III. Participación electoral en América Latina entre 1978 y 2002:
Fuente: Zovatto, 2003
IV. Abstencionismo en las elecciones presidenciales (Colombia) en primera y segunda vuelta, entre 1994 y 2018:
Fuente: Registraduría Nacional del Estado Civil.
En la tabla anterior se muestra el porcentaje de abstención durante las elecciones presidenciales en primera y segunda vuelta, a partir de la existencia de esta última, que se da por primera vez en las elecciones de 1994. Con base en estos resultados podemos ver como la mayoría de las veces la abstención electoral supera el 50%. Siendo 1998 y 2018, los únicos dos años en los que la tasa de participación ha sido más alta que la abstención.
92%
90%
85.30%
83%
81.70%
79.10%
74.70%
74%
73.40%
72.30%
71%
69.40%
67%
65.50%
65%
50.20%
49%
41.10%
71.20%
0% 10% 20% 30% 40% 50% 60% 70% 80% 90% 100%
CHILE URUGUAY BRASIL ARGENTINA NICARAGUA COSTA RICA BOLIVIA PANAMÁ PERÚ HONDURAS VENEZUELA ECUADOR REP. DOMINICANA PARAGUAY MÉXICO EL SALVADOR GUATEMALA COLOMBIA PROMEDIO REGIÓN
56.66% 37.50% 53.53% 55.95% 50.70% 60.07% 46.62%66.23% 45.36% 56% 52.23% 46.96%
1 9 9 4 1 9 9 8 2 0 0 2 2 0 0 6 2 0 1 0 2 0 1 4 2 0 1 8
1ra vuelta 2da vuelta
La participación electoral, aunque constituye sólo un aspecto de la participación política, dentro de un sistema que se entiende como democrático es una función y un derecho del que se vale la ciudadanía en general para influir directamente en asuntos, como la elección de representantes y gobernantes, incluso en algunas ocasiones en políticas públicas y en ciertas decisiones que van a ser tomadas por los elegidos (Flórez, 2011). Precisamente en este poder que obtiene la ciudadanía gracias al derecho al sufragio o voto, reside la importancia de la participación electoral.
Para finalizar, con relación a lo dicho varios párrafos arriba, el voto obligatorio existe en 27 países del mundo, 10 de ellos países latinoamericanos con contexto más o menos parecidos al colombiano, y aunque en Colombia abstenerse de votar es legal, al igual que en casi todos los países, vale la pena poner en discusión el tema del voto o sufragio obligatorio. Por último, y en vista de todo lo anterior es pertinente preguntarse: ¿Es el voto obligatorio una estrategia adecuada para combatir el abstencionismo electoral y fortalecer la democracia en Colombia?
2. HIPÓTESIS
Es de gran importancia para la ciencia política analizar los efectos que podría causar en la cultura política del país la implementación de un sistema o la formulación de una ley que obligue a la ciudadanía a emitir un voto, y si realmente esto trajera como resultado el fin del abstencionismo electoral y una sociedad más democrática.
3. OBJETIVOS
General:
Analizar la viabilidad que podría llegar a tener, en el contexto colombiano, la implementación del sufragio o voto obligatorio como una medida para combatir los altos niveles de abstención electoral.
Específicos:
- Identificar el efecto que tendría el voto obligatorio en la cultura política y la participación democrática.
- Investigar acerca del sufragio obligatorio y entrar en detalle del papel que este tiene en sociedades donde es vigente.
- Conocer los problemas que han afectado la democracia en Colombia, y de igual forma, aquellos que la afectan actualmente.
4. METODOLOGÍA
En busca de algunas respuestas a la pregunta ¿Es el voto obligatorio una estrategia adecuada para combatir el abstencionismo electoral y fortalecer la democracia en Colombia?, en esta investigación se ha optado por el enfoque metodológico cualitativo, de carácter descriptivo.
Esto se considera útil en este caso, puesto que es el indicado para llegar a las respuestas que busca dicha investigación. El análisis que se obtenga a partir de la revisión documental y entrevistas que fueron hechas a personas que han dedicado parte de su tiempo al estudio del tema en cuestión (voto o sufragio obligatorio), nos llevará a cumplir con el objetivo propuesto.
Tipo de estudio:
Como se mencionó anteriormente, el tipo de estudio fue cualitativo, la intención de este mismo es identificar argumentos e ideas que nos puedan acercar a una respuesta frente al tema del voto o sufragio obligatorio, y si un cambio en el sistema electoral en nuestro país referente a esto fortalecerá la democracia y daría fin a un problema como la abstención electoral. Para el desarrollo de la investigación se utilizaron las dos siguientes técnicas:
1. Revisión documental: Desde el inicio de la investigación se realizó una amplia documentación respecto al tema, así como de los conceptos relacionados y el contexto nacional, para dicha investigación se utilizaron herramientas como:
● Revistas académicas y/o científicas
● Artículos académicos
● Normativa interna
● Manuales
● Documentos
● Libros y/o capítulos de libros
● Investigaciones
● Información oficial
● Proyectos educativos institucionales
2. Entrevistas: Teniendo en cuenta que el voto o sufragio obligatorio es un tema de estudio actual, es de suma importancia conocer la opinión de personas que conocen sobre este, se han adentrado en el estudio de este o viven de cerca las dinámicas de la política en el país.
Personas entrevistadas:
● Juan Federico Pino (Entrevista número 1): Politólogo egresado de la Pontificia Universidad Javeriana, con estudios de maestría y doctorado en ciencia política en la Universidad De Los Andes. Se ha desempeñado en el sector académico, donde ha realizado estudios e investigaciones sobre política electoral, política subnacional, comunicación política y procesos de reconciliación. En el sector no gubernamental ha trabajo en campos como los Derechos Humanos y la cooperación internacional.
● María José Pizarro (Entrevista número 2): Profesional en artes plásticas con énfasis en joyería artística, egresada de la Escuela Massana en Barcelona. Se identifica como activista por la paz y la memoria. Hoy en día es representante a la Cámara por Bogotá y hace parte de la coalición Decentes.
● Nadia Jimena Pérez (Entrevista número 3): Politóloga de la Universidad Nacional de Colombia, máster en estudios latinoamericanos y candidata doctorado en la Universidad de Salamanca. Actualmente es docente investigadora del Instituto de Estudios Políticos de la Universidad Autónoma de Bucaramanga, donde es editora de la revista Reflexión Política, y es docente en la Pontificia Universidad Bolivariana sede Bucaramanga
Se tomó la decisión de entrevistar a estas personas puesto que, por un lado, los dos académicos, Nadia Pérez y Juan Federico Pino, han trabajado con temas electorales y de participación, para ellos el tema de la investigación de este proyecto no es desconocido y dado el bagaje investigativo con el cuentan, tienen mucho que aportar a este mismo. En cuanto a la congresista María José Pizarro, quien lleva 2 años ejerciendo su cargo, brindó una perspectiva más real desde su visión como una representante de la rama legislativa, teniendo un amplio conocimiento acerca de los últimos proyectos de acto legislativo que han sido radicados en el Congreso de la República. Por ende, también aportó elementos importantes a la investigación, a través de su entrevista.
Para las entrevistas, se elaboró un guión de 12 preguntas, que fueron realizadas a los tres entrevistados. En estas 12 preguntas se abarcaron temas como la democracia, el voto obligatorio, el abstencionismo electoral y la cultura política, todo esto enmarcado en el contexto colombiano, con la finalidad de buscar respuestas que pudieran ayudar a crear una visión más amplia sobre lo que implicaría para la democracia y el sistema Colombia la implementación de una política electoral como el voto o sufragio obligatorio.
NOTA: El guión de las entrevistas, así como estas mismas, aparecen los anexos.
ESTADO DEL ARTE
El interrogante sobre el origen normativo del voto, es decir, aquella pregunta que busca resolver la incógnita sobre si es un derecho o un deber, es todavía un tema bastante presente en los debates jurídicos y políticos hoy en día. Para entender un poco mejor este debate, debemos tener conocimiento sobre la obligatoriedad que el voto ha adquirido en muchos países, aunque en la inmensa mayoría de las democracias del mundo este carece de obligatoriedad. El caso de Latinoamérica, donde la mayoría de los estados se han caracterizado por una democracia en la cual el voto es legalmente interpretado como un deber ciudadano obligatorio llama bastante la atención.
Esta es de lejos la región del mundo en donde el voto obligatorio ha sido más implementado en el sistema normativo y electoral.
Por otro lado, si abarcamos la discusión sobre el sufragio o voto obligatorio desde las teorías liberal y republicana, nos encontramos con los dos siguientes puntos de vista. La teoría liberal, por su lado, considera al voto como un derecho plenamente, el cual depende de la voluntad que tenga cada ciudadano para hacer uso de él; mientras que la teoría republicana, considera al voto como un deber que, al no ser cumplido por cada ciudadano, este último está cayendo en un acto de desobediencia civil (Flórez, 2011). En vista de lo anterior podemos deducir que la idea del voto obligatorio viene de la concepción republicana de este mismo, en la cual la ciudadanía y la participación ciudadana son una obligación que adquieren los individuos.
La idea presentada por Tomás Chuaqui en su texto Participación electoral obligatoria:
Una defensa (2007), como bien lo dice el título, pretende defender la idea del sufragio obligatorio, aunque el autor va más allá y utiliza el término participación electoral obligatoria. Este autor indica que el problema a combatir es la abstención electoral, que, según sus propias palabras, puede significar un sin número de cosas, más allá de rechazo sobre lo político. Chuaqui defiende la idea de que el mecanismo más eficaz con el que se puede combatir el abstencionismo electoral y aumentar la participación electoral es la obligatoriedad.
Para Chuaqui (2007), defensor de la obligatoriedad del voto, la participación electoral es una de las expresiones más importantes de nuestra condición humana dentro de una democracia participativa, pues es la que nos provee la capacidad de expresar nuestras ideas y preferencias
políticas. Sumado a esto, la obligatoriedad de la participación electoral (forma en la que este autor prefiere referirse) es para él una forma de proteger la libertad individual, aunque esto implique forzar a algunas personas a hacer algo en contra de su voluntad (Chuaqui, 2007).
Lo enunciado anteriormente puede resultar un tanto polémico, pero el autor rápidamente argumenta que los costos en cuanto a restricción de la libertad personal son bajos en comparación con los beneficios de vivir en democracia. Justificando así la protección de un sistema político y una estructura social justa. En esta lógica, defender el sistema con la obligatoriedad del voto o la participación electoral, sería defender la libertad individual. En cuanto a quienes no votan, menciona que en su defecto son free riders o polizones, individuos que se benefician de un sistema democrático que protege sus libertades sin contribuir a la protección de este mismo, aunque los costos sean bajos (Chuaqui, 2007).
En otra línea de pensamiento y con argumentos a favor del voto voluntario encontramos a Lucas Sierra, quien en su texto El voto como derecho: Una cuestión de principios (2007) plantea la pregunta sobre si el voto se trata de un derecho o un deber. Para este autor, el problema frente al voto es que en ciertas ocasiones es visto como una cuestión de principios o moral, lo que ha llevado a la disyuntiva que contrapone dos ideas respecto al voto, una apunta hacia él como derecho y la otra como un deber.
A partir de la pregunta ¿Votar es un derecho o un deber?, Sierra expresa que la importancia de esta misma yace en que los deberes expresan una forma de relación entre los individuos y el Estado muy distinta a la expresada por los derechos, un ejemplo que él pone es que los deberes están a cargo del Estado, y es precisamente él mismo quien dicta la disposición sobre estos, en este sentido, los puede manipular según su conveniencia, no pasa lo mismo con los derechos, dado que estos están dotados de un núcleo intangible frente al Estado (Sierra, 2007).
En su texto, Sierra también plantea la pregunta ¿Por qué voto voluntario?, su argumento para darle respuesta recae en que el voto voluntario es dado por una cuestión de principio, para él es importante alejar la idea de voto del paternalismo democrático y el perfeccionismo moral que supuestamente deben cumplir los ciudadanos (Sierra, 2007). Sumado a esto, el autor no comparte la idea del voto como un deber jurídico, puesto que de esta forma evolucionaría el derecho a votar y se convertiría en un deber, contrariando así el origen histórico liberal del mismo.
Una última idea tomada de este autor es el argumento que él mismo expone como su argumento más poderoso para defender el voto voluntario:
“El voto voluntario refleja en la forma más nítida el carácter del voto como un derecho.
Éste es el origen histórico del sufragio y la razón por la cual es tan valioso para los liberales. El voto es un derecho que se tiene frente al poder políticamente organizado en el Estado e incluso, como todo derecho básico, se puede llegar a tener contra el Estado”
(Sierra, 2007, pp. 168).
MARCO CONCEPTUAL
¿Qué es Democracia?
Hablar sobre democracia implica ahondar en uno de los conceptos políticos (si no el más) más estudiado durante los últimos siglos. El origen etimológico de la palabra proviene de los vocablos del griego antiguo kratos (poder) y demos (pueblo), conociendo esto podemos traducir democracia como el poder del pueblo, pero esto solo nos acerca al origen de la palabra (Sartori, 1993). Algunos de los teóricos más importantes sobre democracia a lo largo de la historia son los siguientes: Jean Jacques Rousseau, James Madison, Alexander Hamilton, Hans Kelsen, Karl Marx, Giovanni Sartori, Norberto Bobbio y Robert Dahl, por mencionar solo unos cuantos.
En un principio, se tiene la amplia creencia de que el modelo de sociedad democrática se gestó en las ciudades-estado o polis que existieron hace varios siglos en la actual Grecia, particularmente en Atenas, donde a mediados del siglo V a.c. empieza a ser empleado el término griego demokrati, para hacer referencia al gobierno (kratos) del pueblo (demos) (Dahl, 2004). En cuanto al funcionamiento de estas, en aquel entonces la premisa más importante era que todos los ciudadanos (quienes conforman la comunidad) iban a poder participar en la toma de decisiones dentro de la ciudad-estado o polis. Vale la pena aclarar que esta noción que existía en la Antigua Grecia de lo que era democracia, dista bastante del concepto moderno que reside y es aceptado en la gran mayoría de las sociedades contemporáneas.
El filósofo y politólogo de origen italiano, Norberto Bobbio (1986) se encarga aquí de resaltar el papel importante que juegan los derechos y el sufragio en las sociedades democráticas.
Bobbio ha definido la democracia en su libro El futuro de la Democracia de la siguiente manera:
“por democracia entendemos, cómo debemos entender, un régimen en el que todos los ciudadanos adultos tienen derechos políticos, donde, en pocas palabras, existe el sufragio universal” (Bobbio, 1986, pp. 35).
A día de hoy, podemos decir que llamamos democracia a los sistemas políticos en los cuales se cuenta con el derecho al voto para escoger los representantes (encargados de la toma de decisiones) periódicamente, pero esto no se ha quedado solo en un tema de reconocimiento electoral, con el paso del tiempo se han incluido en lo que se considera democrático cierto grupo
de derechos y libertades, económicas, sociales y políticas, que a pesar de haber enriquecido el concepto han imposibilitado un poco su realización en la realidad (Rodríguez, 2015).
Teniendo en cuenta la amplia amalgama de autores que han escrito teorías democráticas y han intentado explicar la democracia desde su propia cosmovisión se han creado una serie de conceptos ligados a la democracia o también considerados modelos y/o tipos de democracia.
Sartori por ejemplo establece que la democracia tiene un trasfondo político, pero a su vez este es enriquecido por otros no políticos (industrial, económico y social), que no está de más aclarar, que no reemplazan esa parte política, sino que más bien la complementan (Sartori, 1993). Este autor nos habla sobre democracia política, democracia social, democracia económica y democracia industrial. Pero Sartori va más allá y también habla sobre democracia prescriptiva y descriptiva, una obedeciendo a lo real y la otra a lo ideal (Sartori, 1993).
Al igual que Sartori, otro número amplio de autores han denominado o conceptualizado la democracia, dado que desde la antigüedad existen vestigios de esta, pero su mejor momento llegó con la modernidad y el desarrollo del concepto de democracia moderna. Teniendo en cuenta lo anterior, existen diferentes denominaciones de la democracia a partir de su enfoque: Modo en que participan los ciudadanos (directa, indirecta, semi directa), estructura política (parlamentaria, presidencialista, popular), historia (griega, constitucional, liberal) y fines (social, participativa, sustentable, empírica) (Guillen, Sáenz, Badii, Castillo, 2009). De todas las anteriores, son de mayor interés para la presente investigación, las siguientes denominaciones de la democracia:
● Democracia Liberal: El modelo de democracia liberal se caracteriza principalmente por resaltar apartados como la representación política, mecanismos y límites al poder como la división de poderes, el Estado de Derecho, los derechos y libertades individuales y un asociacionismo pluralista (Baños, 2006). Sumado a lo anterior, la democracia liberal tiene sus orígenes a partir de diferentes percepciones como el republicanismo, ideas de la democracia representativa y el liberalismo.
De igual forma, es sumamente importante mencionar el papel que juegan el sistema de derechos provenientes del liberalismo que abraza este tipo de democracia. Estos son un mecanismo que puede ser utilizado por los ciudadanos cuando el poder, el Estado o el gobierno afecte sus intereses o derechos individuales (Baños, 2006).
● Democracia Radical / Directa: En primera instancia, por esta denominación de democracia, entendemos que hace referencia a la participación de todos los ciudadanos en todas las decisiones que son de interés para una determinada comunidad. Sin embargo, la mejor forma de definir este tipo de democracia es ejemplificando el funcionamiento de las antiguas ciudades-estados (polis) en Grecia, hace ya muchos siglos atrás. La democracia que fue implementada en la Grecia antigua se caracterizaba principalmente por no admitir ningún tipo de intermediario entre los polos del individuo y la sociedad (Bobbio, 1986).
Esto quiere decir que todos ciudadanos por gozar de este privilegio tenían el derecho a participar en la toma de decisiones al interior de la poli.
● Democracia Representativa / Indirecta: Según Bobbio (1986), en términos generales este concepto se define de la siguiente forma:
“Las deliberaciones colectivas, es decir, las deliberaciones que involucran a toda la colectividad no son tomadas directamente por quienes forman parte de ella, si no por personas elegidas para ese fin” (Bobbio, 1986, pp. 34).
En contraste con esto podemos decir que la democracia representativa funciona a través de la delegación de responsabilidades a determinados individuos, que son otorgadas legítimamente por las masas a unos cuantos que se encargaran de la toma de decisiones, estos obtienen tal responsabilidad gracias a que fueron elegidos por los ciudadanos a través del voto.
● Democracia Participativa / Semidirecta: Este concepto sobre democracia, propone la idea de crear o establecer formas de participación directa para que los ciudadanos participen en la toma de decisiones con la finalidad de contrarrestar el carácter representativo, dentro de esta serie de medidas podemos encontrarnos con audiencias públicas, referendos, plebiscitos y otros mecanismos para la participación ciudadana.
En esta lógica, es importante para la democracia participativa la organización colectiva de los ciudadanos, puesto que esta no es más que el poder que logra el pueblo a través de la participación organizada de sus miembros (Guillen, Sáenz, Badii, Castillo, 2009). Además, lejos de excluirse mutuamente con la democracia representativa, se complementan y son capaces de funcionar en completa armonía.
Acerca de los sistemas electorales
Dentro de las democracias representativas, el sistema electoral es una pieza fundamental para el desarrollo de actividades democráticas, tales como las elecciones. Un sistema electoral es un conjunto de medios a través de los que la ciudadanía ejerce su voluntad política, esto claramente tiene que ver con la toma de decisiones y la elección de representantes, de igual forma, los sistemas electorales están compuestos por reglas y procedimientos cuya finalidad es regular diferentes aspectos y etapas de los procesos de votación (Valdés, 2019).
Entonces como podemos ver, el sistema electoral es una estructura legal existente en cada Estado, que tendrá como función regular aspectos como, quién vota, quién puede ser elegido, quién gana las elecciones, cuáles van a ser los distritos electorales, la cantidad de cargos por elección popular, entre otras. Históricamente se han identificado 3 tipos básicos de sistemas electorales:
● Mayoría simple: El candidato con mayor votación gana la elección, incluso si no alcanza la mayoría absoluta.
● Representación proporcional: Este sistema busca igualar el porcentaje de votos obtenidos por un partido o fuerza política con la representación de estos mismo en órganos legislativos y de gobierno.
● Sistemas mixtos: Por lo general se caracterizan por mezclar elementos de los sistemas de mayorías y la representación proporcional.
¿Qué entendemos por ciudadanía?
Al igual que sucede con el concepto o definición de democracia, definir lo que es la ciudadanía o ser ciudadano, puede hacer que nos adentramos en un amplio dilema, pues no hay consenso sobre un concepto único, pero sí existen ciertas instituciones, derechos y libertades que suelen ser asociadas a lo que es la ciudadanía. Para empezar, el concepto de ciudadanía se ha ido edificando a partir de dos vertientes principales: la sociología y la filosofía política (Olvera, 2019).
Por un lado, nos encontramos con la sociología política que no hace otra cosa que preguntarse por el origen histórico del estatuto de ciudadanía, su evolución y desarrollo, así como el de los derechos vinculados al ciudadano; por otro lado, la filosofía política apunta hacia una cuestión sobre el carácter y sentido de la ciudadanía, lo que significa ser ciudadano, el vínculo existente entre el individuo (ciudadano) y el estado, y la relación entre democracia y ciudadanía (Olvera, 2019).
De acuerdo con T.H. Marshall, quien, a partir de una visión liberal, definió la ciudadanía, se debe entender por ésta, el conjunto de derechos que adquiere cada miembro de determinada sociedad, y los cuales deben gozar todos en igualdad de condiciones, desde esta lógica, existen tres tipos de derechos: políticos, sociales y económicos (Marshall, 1997). En las sociedades contemporáneas este concepto expuesto por Marshall, quizás sea el común denominador de lo que se entiende por ciudadanía.
Por su parte, la percepción republicana de ciudadanía apunta hacia otra dirección. Desde la óptica republicana, la ciudadanía es una responsabilidad adquirida que tienen los individuos y que los obliga a participar activamente en asuntos de importancia a través del debate y la toma de decisiones. Si bien, comparte con la visión liberal algunos apartados, como el que pone a la ciudadanía como un conjunto de derechos, lo que hace es ampliar el concepto y convertirlo en un deber que es casi una obligación (Miller, 1997).
¿Qué significa ser ciudadano?
Una definición que podría parecer básica y fácil de entender sobre lo que significa ser ciudadano es aquella que vincula la ciudadanía con el hecho de pertenecer a un Estado-Nación por el simple motivo de haber nacido dentro de su territorio. Pero esto se vuelve un tanto complejo cuando observamos muchos ejemplos en los que no se cumple esta regla. La visión mencionada anteriormente le otorga al ciudadano una serie de derechos ciudadanos, que pueden ser vistos como un privilegio que obtienen al ser miembros de determinada colectividad.
En un principio el origen de esta membresía para pertenecer a determinado Estado-Nación por haber nacido en él, está vinculada a una homogeneidad dentro de la colectividad, pero esto se rompe cuando dentro de las mismas sociedades empiezan a cobrar relevancia la heterogeneidad en filiaciones étnicas, creencias religiosas, etc. y la forma en que estas afectan el conjunto social, estableciendo diferencias extraordinarias (Miller, 1997). Debido a lo anterior, hay personas nacidas en determinado territorio que por su origen étnico no son ciudadanos en el país donde nacieron, como es el caso de muchos turcos en Alemania y los Kurdos en Turquía (Olvera, 2019).
El significado de ser ciudadano puede ser visto de diferentes formas, teniendo conocimiento de las concepciones que tiene el liberalismo y el republicanismo sobre ciudadanía, podemos inferir dos puntos de vista. Mientras que el liberalismo considera al ciudadano como un
sujeto de derechos; políticos, sociales y civiles; que son la recompensa de la búsqueda de un bien común como sociedad, en la concepción republicana por su parte, el ciudadano debe identificarse con la comunidad política a la que pertenece y se debe comprometerse con la búsqueda del bien común por medio de la participación en la política (Miller, 1997).
Un claro ejemplo para evidenciar la diferencia entre estas dos concepciones es el derecho al sufragio, que es uno de los derechos ciudadanos más importantes. Mientras que la teoría liberal considera que el derecho al sufragio es una decisión que todo individuo está en su libertad de ejercer o de decidir no hacerlo, dado que en esta lógica la participación política a través del voto es vista puramente como un derecho. En este mismo caso, la teoría republicana considera el voto como una función, un deber que todo ciudadano está en la obligación de cumplir y el incumplimiento de este deber es visto como una desobediencia civil (Flórez, 2011).
¿Qué relación existe entre ciudadanía y democracia?
Para responder este interrogante es importante saber que, aunque la ciudadanía es una característica importante de la democracia, no es exclusiva de los regímenes democráticos. Los conceptos de democracia y ciudadanía guardan una relación muy estrecha, la teoría democrática supone la existencia de un Estado y una nación, en la que viven ciudadanos que gozan una serie de derechos y libertades, capaces de elegir en total libertad (Olvera, 2019).
Entonces, en vistas de lo anterior podemos intuir que la relación entre ciudadanía y democracia es real y cercana. Democracia, ciudadanía y sufragio o voto, son conceptos que en teoría deberían funcionar juntos convertidos en instituciones políticas que tengan impacto en la sociedad. Todos los mencionados vienen en el paquete democrático, por así decirlo. No hay democracia sin participación ciudadana y no hay participación ciudadana, sin el derecho a elegir.
¿Cuál es el concepto de Cultura Política?
Para Almond y Verba, la cultura política está constituida por la frecuencia de diferentes especies de orientaciones cognitivas, afectivas y evaluativas hacia el sistema político en general, de parte de las personas como miembros activos de dicho sistema (Almond & Verba, 1992). Se podría decir de igual forma, que la cultura política es el conocimiento y la interpretación que tienen sobre el sistema político en el que habitan, los miembros de un Estado, país o nación, y como estos mismo se integran a él y son parte activa a través de la participación política.
Siguiendo con las ideas de estos dos autores, en su texto sobre cultura política también expresan abiertamente la relación que guarda esta, con otros conceptos como el de participación y por supuesto, el concepto de democracia. Ellos mencionan lo siguiente: “Una forma democrática del sistema de participación requiere igualmente una cultura política coordinada con ella”
(Almond & Verba, 1992). Esta afirmación sugiere por consiguiente que, en una democracia, el sistema de participación debe trabajar en conjunto con la cultura política, y que también podemos asumir, que la carencia o falta de una afecta directamente a la otra.
Para finalizar, debemos tener en cuenta que la cultura política es variable según el contexto que presenta cada país, debido a esto, Almond y Verba, en su estudio proponen la idea de que no existe una cultura política, sino más bien que existen culturas políticas. Así las cosa, nos proponen 6 clases de culturas políticas, que, aunque en principio llegan a parecer diferentes, pueden trabajar la una con la otra:
● Cultura política parroquial
● Cultura política de súbdito
● Cultura política de participación
● Cultura parroquial de súbdito
● Cultura de súbdito-participante
● Cultura parroquial-participante
Para entrar de lleno a hablar sobre un tema como lo es el voto obligatorio, es sumamente importante tener conocimiento de los conceptos que han sido definidos con anterioridad. Puesto que, para hablar sobre este mismo, sin duda alguna se debe tener claridad conceptual sobre lo que es democracia, participación electoral, ciudadanía, solo por mencionar algunos. El mismo concepto de lo que se entiende por voto hoy en día, se nutre y se complementa una vez entendemos su relación con todos estos conceptos.
SISTEMA ELECTORAL COLOMBIANO Y EL VOTO
El sistema electoral, en una democracia representativa son una serie de medidas o elementos que establecen las reglas del juego para todo lo relacionado con las elecciones -la preparación, el desarrollo y el resultado de estas mismas-, en Colombia, la Constitución Política establece que la organización electoral está conformada por las siguientes instituciones:
“Artículo 120. La organización electoral está conformada por el Consejo Nacional Electoral, por la Registraduría Nacional del Estado Civil y por los demás organismos que establezca la ley. Tiene a su cargo la organización de las elecciones, su dirección y vigilancia, así como lo relativo a la identidad de las personas” (Constitución Política de Colombia, 1991).
Registraduría Nacional del Estado Civil: Esta institución, es la encargada por orden constitucional de organizar y dirigir en el país, las elecciones, las políticas de registro civil, la identificación de las personas y proteger el ejercicio del derecho al sufragio. La máxima autoridad y quien se encarga de dirigirla es el Registrador Nacional del Estado Civil, funcionario que es escogido por los presidentes de la Corte Constitucional, la Corte Suprema y el Consejo de Estado, mediante un concurso de méritos para que ejerza el cargo por un periodo de 4 años (Registraduría Nacional del Estado Civil, 2020).
Consejo Nacional Electoral: Esta institución está compuesta por 9 miembros que son escogidos por el Congreso de la República entre candidatos de diferentes partidos y movimientos políticos para ejercer como miembro de dicho consejo por un periodo de 4 años. Dentro de sus funciones se encuentran el regular, inspeccionar, vigilar y controlar toda la actividad electoral de los partidos y movimientos políticos y sus representantes, directivos y candidatos, además es la entidad encargada de efectuar el escrutinio general de toda votación nacional, declarar la elección, revisar los escrutinios y documentos electorales para garantizar la verdad de los resultados (Registraduría Nacional del Estado Civil, 2020).
Institución del voto en Colombia: Durante muchas décadas, el derecho al voto en Colombia era algo de los que muy pocos podían gozar. Para participar en las elecciones se exige que el sufragante fuera primero que todo hombre, que supiera leer y escribir, que tuviera
propiedades o determinada renta mensual, que fuera mayor de 21 años (en algún momento mayor de 25), hasta el año 1853 sólo el 5% de los hombres ejercía el derecho al voto, el otro 95% no participaba del sufragio por razones culturales, económicas o de ciudadanía (Registraduría Nacional del Estado Civil, 2020).
Cronológicamente, durante el siglo XX, los tres momentos o cambios más importantes importante que sufrió la institución del voto en el país fueron los siguientes:
1. En 1936, se declara el sufragio como un derecho universal para todos los hombres mayores de 21 años.
2. En 1954, gracias al Acto Legislativo 3 de la Asamblea Nacional Constituyente, el 25 de agosto de ese mismo año, las mujeres mayores de 21 años adquirieron el derecho al voto.
Ejerciendo este derecho por primera vez en 1957.
3. A partir de 1975 se considera como ciudadano a toda persona mayor de 18 años.
Históricamente el voto en Colombia siempre ha sido entendido como un derecho, y eso queda claro en el artículo 258 de la constitución política de 1991. Constitucionalmente el voto en Colombia es universal, igualitario, programático y secreto. En el país las Autoridades Públicas que son elegidas mediante el voto o sufragio directo son las siguientes:
V. Autoridades Públicas elegidas por voto o sufragio directo:
Autoridades electas Cantidad Periodos
Presidente y vicepresidente 2 4 años
Senadores 108 4 años
Representantes a la Cámara 172 4 años
Gobernadores 32 4 años
Diputados 398 4 años
Alcaldes 1103 4 años
Concejales 12243 4 años
Ediles Depende del municipio
4 años
Fuente: Misión de Observación Electoral (2013), Congreso Visible.
ESTATUS DEL VOTO O SUFRAGIO EN MÉXICO Y BRASIL
Dos referentes en Latinoamérica y el mundo de un sistema electoral con votación obligatoria son México y Brasil, estos dos países han optado por esta medida desde hace ya mucho tiempo. Aunque ambos comparten la particularidad de tener sufragio obligatorio, la interpretación de este es diferente en cada país. En México existe el voto obligatorio, pero no es forzado, al no tener ningún tipo de penalidad el no ejercerlo; mientras que en el caso brasileño sí existen medidas para obligar a la población a ejercer este “derecho”, ya que el incumplimiento de este trae consigo penalidades y multas menores.
MÉXICO:
La Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos consagra en los artículos 35 y 36, el derecho al voto y el deber ciudadano de ejercer el voto, este caso llama bastante la atención, pues se refiere al voto como un ente que posee una dualidad conceptual. A este tipo de voto se le ha denominado como voto activo. Lo curioso de este tipo de sufragio es que, al ser un derecho y un deber constitucional al mismo tiempo, su naturaleza es mixta, por lo que para algunas personas puede ser interpretado como obligatorio, mientras que otras consideran que es voluntario.
“Artículo 4: 1. Votar en las elecciones constituye un derecho y una obligación que se ejerce para integrar órganos del Estado de elección popular. También es derecho de los ciudadanos y obligación para los partidos políticos la igualdad de oportunidades y la equidad entre hombres y mujeres para tener acceso a cargos de elección popular. 2. El voto es universal, libre, secreto, directo, personal e intransferible. 3. Quedan prohibidos los actos que generen presión o coacción a los electores.” (Código Federal de Instituciones y Procedimiento Electorales, México).
Teniendo en cuenta lo anterior, se puede evidenciar una ambigüedad en cuanto al concepto que se tiene sobre el voto o sufragio en la constitución mexicana, esto, sin lugar a duda ha generado la pregunta sobre si ¿es el voto un derecho o un deber ciudadano? Aunque en esta materia, la constitución sí ha sido clara, en México el voto es obligatorio, pero teniendo en cuenta que no existen mecanismo para forzar este mismo, sería un voto obligatorio no forzado (Cavalcanti, 2013).
La idea de un voto obligatorio no forzado contrasta con la idea que existe en otros países donde se aplican multas y sanciones a quienes no ejerzan este derecho/deber. A continuación, se presenta un cuadro en el que se puede observar cómo ha sido la participación electoral mexicana durante las elecciones presidenciales, a partir de 1994. Estás en un contexto de voto obligatorio no forzado. Vale la pena aclarar que en México no existe la segunda vuelta como si pasa en Colombia y Brasil, por ejemplo.
VI. Participación electoral en México durante las elecciones presidenciales entre 1994 y 2018:
Fuente: Vidal (2017) e Instituto Nacional Electoral.
BRASIL:
El caso de este país sudamericano es bastante particular, puesto que ha vivido muchas reformas en cuanto a su política electoral a través de los años, desde 1964 hasta las elecciones de 1985, por ejemplo, el presidente era escogido de forma indirecta por un colegio electoral, un modelo muy similar al que se aplica hasta el día de hoy en los Estados Unidos, actualmente en este país dicha elección se realiza de forma directa. Un punto de inflexión que permitió esto fue la transición a la democracia posterior a la dictadura militar instaurada en 1964 y que tuvo su final en 1985, siendo en 1989 las primeras elecciones democráticas post dictadura.
Yendo un poco hacia atrás, en 1934, el que en ese entonces era presidente, Getulio Vargas, introduce por primera vez el voto obligatorio, universal y secreto para hombres y mujeres mayores
0.00%
10.00%
20.00%
30.00%
40.00%
50.00%
60.00%
70.00%
80.00%
90.00%
1994 2000 2006 2012 2018
Participación Abstención
de 18 años, pero excluía a los analfabetos que para ese momento constituían el 75% de la población (Tesio, 2007). Con el paso del tiempo se fueron dando cambios dentro del panorama nacional, como la llegada de la dictadura militar y la creación del colegio electoral, a pesar de que dichos cambios iban encaminados a limitar cada vez más la democracia, el voto siempre se mantuvo y su carácter obligatorio nunca cambió.
En 1988, la Asamblea Nacional Constituyente con la creación de la constitución del 5 de ese mismo año, decidió eliminar el obstáculo constitucional que impedía votar a los analfabetos, otro cambio importante durante este tiempo fue que la edad permitida para participar en las jornadas electorales pasó de ser 18 a 16, desde ese momento, existe la figura del voto facultativo para personas de 16 y 17 años, mayores de 70 años y analfabetos (Tesio, 2007). Pero, para el resto de la población el voto sigue siendo obligatorio.
“Art. 14. La soberanía popular será ejercida por sufragio universal y por voto directo y secreto con valor igual para todos, y, en los términos de la ley mediante: 1. plebiscito; 2.
referéndum; 3. iniciativa popular. 1o. El aislamiento electoral y el voto son: 1. obligatorios para los mayores de dieciocho años; 2. facultativos para: 1. Los analfabetos; 2. los mayores de setenta años; 3. los mayores de dieciséis años y menores de dieciocho años.” (Constitución Política de 1988, Brasil).
A diferencia de México, en Brasil sí existen sanciones para quienes no voten. La multa que el elector tiene que pagar en este caso no es alta, llegando a ser solo de 1,74 dólares americanos, que sí parece insignificante, pero eso no es todo, aquellas personas que no voten tienen un periodo de 30 días después de la elección para normalizar su situación, esto con la finalidad de evitar que sean aplicadas sanciones más fuertes y la pérdida de algunos derechos como: No poder inscribirse en concursos públicos, la no renovación de matrícula en universidad pública, el derecho de solicitar la expedición de su pasaporte y tarjeta de identificación nacional (Cavalcanti, 2013).
VII. Participación electoral en Brasil durante la primera vuelta de las elecciones presidenciales entre 1994 y 2018: