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Ayuntamiento de Plasencia

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Academic year: 2022

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REQUISITOS EXIGIBLES PARA LA CONTRATACIÓN DE 1 MONITOR DE OPERACIONES BASICAS DE RESTAURANTE Y BAR DENTRO DEL CURSO HOTR0208 “OPERACIONES BASICAS DE RESTAURANTE BAR” CON Nº DE REGISTRO 10/0037/2020, SUBVENCIONADO POR EL SEXPE (CONSEJERIA DE EDUCACION Y EMPLEO DE LA JUNTA DE EXTREMADURA) DENTRO DE LAS ACCIONES FORMATIVAS DIRIGIDAS PRIORITARIAMENTE A PERSONAS DESEMPLEADAS, MEDIANTE OFERTA AL SEXPE DE PLASENCIA.

Características de la contratación

CONTRATO: Obra o Servicio ( Impartición del curso de 220 horas).

DURACION DEL CONTRATO: Del 25/10/2021 hasta fin de la impartición del curso de 220 horas.

CATEGORÍA PROFESIONAL: Monitor de CURSO HOTR0208 “OPERACIONES BASICAS DE RESTAURANTE BAR”)- Módulos siguientes:

- Servicio básico de restaurante bar (120 horas)

- Aprovisionamiento, bebidas y comidas rápidas ( 90 horas) - Inserción laboral, medio ambiente e igualdad (10 horas)

PUESTO DE TRABAJO: Escuela Municipal de Cocina

JORNADA DE TRABAJO: Jornada Parcial (80%). A razón de 6 horas diarias.

RETRIBUCIONES: Retribuciones de 25,95 €/hora ( Incluye todos los conceptos salariales: salario bruto, paga extra, indemnización de fin de contrato, vacaciones y cualquier otro día de libre disposición, por lo que no se podrá hacer uso de las mismas durante el período de la contratación).

Total de retribuciones del curso: 5.709,62 €.

Requisitos de la contratación

COMPETENCIA DOCENTE: Para impartir el módulo formativo, según se exige en la ficha del certificado de profesionalidad del área profesional, se requiere cumplir alguna de las dos situaciones:

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TITULACION REQUERIDA EXPERIENCIA PROFESIONAL

REQUERIDA CON TITULACION EXPERIENCIA PROFESIONAL REQUERIDA SIN TITULACION

-Licenciado/Grado en Tecnología de los alimentos.

-Licenciado/Grado en Veterinaria -Técnico Superior en Restauración -Técnico en Cocina

-Certificado de profesionalidad de nivel 3 de la familia profesional del área de restauración.

1 AÑO 3 AÑOS

TITULACION ADICIONAL: Se requiere además estar en posesión del curso de Formador Ocupacional o de Formación en Metodología Docente, o equivalente.

Están excluidos quienes se encuentren en alguna de las situaciones del artículo 6.1-a) del proceso de selección de los formadores: titulaciones universitarias de grado o licenciatura en Pedagogía, Psicopedagogía, Maestro y Psicología. También quienes teniendo una titulación universitaria distinta de las señaladas, disponga del certificado de aptitud pedagógica o de los títulos profesionales de especialización didáctica y el certificado de cualificación pedagógica. Quienes acrediten la posesión del máster universitario habilitante para el ejercicio de las profesiones de profesor de E.S.O. y Bachillerato, Formación Profesional y Escuelas de Idiomas y quienes acrediten la superación de un curso de formación equivalente a la formación pedagógica y didáctica exigida para aquellas personas que, estando en posesión de una titulación declarada equivalente a efectos de docencia, no pueden realizar los estudios de máster.

Quienes acrediten una experiencia docente contrastada, de carácter presencial, de al menos 600 horas en los últimos diez años en formación profesional para el empleo o del sistema educativo.

EXPERIENCIA PROFESIONAL ACREDITADA: Se exige una experiencia de 1 año en el ámbito de la unidad de competencia.

De la aportación de documentos por los preseleccionados por el SEXPE

Quienes sean preseleccionados por el Centro de Empleo, deberán presentar en el Ayuntamiento de Plasencia (Registro General) todos los documentos acreditativos de la titulación y méritos que dispongan, dentro del plazo que se le otorgue y conforme a lo que se dispone a continuación.

En la sede electrónica del Ayuntamiento se publicarán los listados de candidatos preseleccionados y los plazos que disponen para la aportación de documentos.

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Valoración de Méritos

1. EXPERIENCIA PROFESIONAL:

 Experiencia acreditada dentro del área de la unidad de competencia, referida al módulo que se va a impartir. Se computará la experiencia tanto como docencia como cualquier otro tipo de trabajo dentro del módulo. Todo ello, de conformidad con los contenidos del curso que se hacen constar en la Ficha de profesionalidad:

ocupaciones como empleado en establecimientos de restauración, auxiliar de colectividades, camarero, ayudante de bar.

 Sólo se valorará el tiempo que exceda de 1 año exigido como experiencia profesional, para quienes tienen titulación o de 3 años para los que no la ostentan. Se tendrán en cuenta tanto los servicios prestados en las Administraciones Públicas como en la Empresa Privada, a razón de los siguientes puntos:

 0,15 puntos por mes trabajado en la Administración Pública.

 0,05 puntos por mes trabajado en la empresa privada.

Nota: En el caso de trabajos a tiempo parcial, se tomará en consideración el número de días que figuran en la columna correspondiente de la vida laboral del candidato.

Forma de acreditación de la experiencia:

- Para trabajadores asalariados: Contrato de trabajo o certificado oficial de empresa, en el que figure la categoría profesional y el período de contratación. Además de la vida laboral a efectos de cotejo del tiempo de trabajo y otros aspectos que fuesen necesarios.

- Para trabajadores autónomos o por cuenta propia: Certificación de la Tesorería General de la Seguridad Social o Mutualidad en que estuviesen afiliados, especificando los períodos de alta y descripción de la actividad desarrollada e intervalo del tiempo en el que se ha realizado la misma.

-Para trabajadores voluntarios o becarios: Certificación de la organización o empresa donde hayan prestado la asistencia, en la que consten las actividades y funciones realizadas, el año en que se han prestado y el número total de horas dedicadas a las mismas.

2. CURSOS DE FORMACIÓN:

Se valorarán los cursos siempre que hayan sido celebrados por Administraciones públicas, o Entidades u Organismos que actúen bajo la dependencia de aquéllas.

Se tendrán en cuenta los cursos organizados por la Fundación Tripartita y los celebrados por los Colegios Oficiales Profesionales.

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Contenido relacionado con el puesto

Se valorarán aquellos cuyo contenido esté directamente relacionado con las funciones propias del puesto de trabajo, según lo previsto en la base primera de la convocatoria, de acuerdo con la siguiente puntuación:

Número de horas Puntuación

Menos de 10 o no especifica número de horas o créditos 0,10 Seminarios, conferencias, simposiums… de un día 0,10

De 10 a 20 0,15

De 21 a 50 0,20

De 51 a 75 0,25

De 76 a 100 0,30

De 101 a 150 0,40

De 151 a 200 0,50

De más de 200 0,70

Máster oficial o curso de postgrado 1

Cuando el cómputo horario expresado en los documentos que lo justifiquen venga expresado en créditos, se entenderá que cada crédito equivale a 10 horas, excepto si son ECTS que computarán como 25 horas.

En aquellos cursos que contengan formación en orden secuencial (primera y segunda parte; curso básico y avanzado, etc..) se valorarán según la carga lectiva de cada curso, de forma independiente.

Los cursos con distintos módulos o especialidades, así reflejados en el documento aportado, se valorarán exclusivamente en la parte de la carga lectiva relacionada con el puesto de trabajo.

Materias transversales. Puntuación máxima del apartado 0,50 puntos - Cursos en Prevención de Riesgos Laborales: máximo de 0,25 puntos.

- Cursos en Igualdad: máximo de 0,25 puntos

Los Diplomas o Certificados acreditativos de materias transversales, se puntuarán con el mismo criterio establecido para el resto de cursos de formación.

Acreditación de la formación

- Los cursos recibidos serán justificados con fotocopia del correspondiente certificado y/o diploma del curso en el que consten las firmas del secretario, gerente, o coordinador con el visto bueno del responsable de la entidad que imparte el curso, así como el sello de la entidad, con mención expresa del contenido del curso y la duración del mismo expresada en horas.

El tribunal podrá no considerar aquellos documentos que no estén suficientemente claros o induzcan a error.

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Reclamación a la puntuación provisional

Contra la puntuación provisional de la fase de méritos de los candidatos, se otorgará un plazo de 1 día hábil para formular reclamaciones. En esta fase no se podrán nuevos documentos a los inicialmente entregados, a menos que sean aclaratorios de aquellos o solicitados por la Comisión de Valoración.

Puntuación final

La puntuación final vendrá dada por la suma de la obtenida en el apartado de méritos. En caso de empate se resolverá aplicando progresivamente los siguientes criterios:

1º- Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional en las Administraciones Públicas.

2º- Mayor puntuación en el apartado de experiencia profesional en el ámbito privado.

3º- Mayor puntuación en el apartado de cursos.

Si aún así persiste el empate se resolverá mediante sorteo público.

Comisión de Valoración

Estará constituido por un número impar de miembros no inferior a cinco, debiendo designarse el mismo número de suplentes. Se procurará que tengan un perfil profesional, administrativo o académico acorde con las características funcionales del puesto objeto del proceso de selección. No podrán estar formados mayoritariamente por empleados/as públicos/as pertenecientes a la misma especialidad objeto de la selección. Asimismo, la totalidad de sus miembros deberá poseer un nivel de titulación igual o superior al exigido para el ingreso en el Cuerpo o Escala de que se trate.

A iniciativa de cada central sindical podrán estar presentes, durante la totalidad del proceso selectivo, un observador por cada una de las centrales u organizaciones sindicales con representatividad en el ámbito del Ayuntamiento de Plasencia.

44404981P FERNANDO PIZARRO (R: P1015100I) Firma Electronica Alcalde

AYUNTAMIENTO PLASENCIA

-Este documento ha sido firmado digitalmente- 11 de octubre de 2021 13:35:49

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