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El crédito como impulsor para el crecimiento de la empresa INIX S.A. de C.V.

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INSTITUTO POLITÉCNICO NACIONAL ESCUELA SUPERIOR DE COMERCIO Y

ADMINISTRACIÓN

UNIDAD TEPEPAN

SEMINARIO:

ANÁLISIS Y ESTRUCTURA DEL ESTUDIO DE CRÉDITO DIRIGIDO A LAS PEQUEÑAS Y MEDIANAS EMPRESAS

TEMA:

EL CRÉDITO COMO IMPULSOR PARA EL CRECIMIENTO DE LA EMPRESA INIX, S.A. DE C.V.

INFORME FINAL QUE PARA OBTENER EL TÍTULO DE CONTADOR PÚBLICO PRESENTAN:

SONIA ROSA BERNARDINO ALVARADO MARCO ANTONIO REYNOSO MARTÍNEZ

SERGIO VALDIVIEZO LÓPEZ JORGE ALBERTO VALENTÍN SÁNCHEZ

MARLEM VALVERDE TORRES

CONDUCTOR DEL SEMINARIO:

C.P. ISAURO VALLEJO GARCÍA

MÉXICO, D.F. DICIEMBRE DE 2009

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AGRADECIMIENTOS

Al Instituto Politécnico Nacional:

Por la fortuna de haber sido seleccionados para formar parte de su gran institución de profesionales y por regalarnos la satisfacción de llevar siempre en alto el lema:

“LA TÉCNICA AL SERVICIO DE LA PATRIA”

A la E.S.C.A.:

Por ser el centro de enseñanza y aprendizaje durante nuestra formación como profesionales, permitirnos crecer día a día y conocer a nuestros amigos. Por brindarnos la oportunidad de tener excelentes profesores y poder llegar hasta ésta meta.

A los Profesores

Por compartir con nosotros su conocimiento, dedicación y el tiempo necesario para enseñarnos, con paciencia y seriedad, siendo nuestra guía en éste camino, demostrando que en la profesión siempre hay cosas nuevas por aprender.

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Índice

Introducción.

Capítulo I. Generalidades del crédito.

1.1 Origen. 8

1.2 Evolución. 8

1.3 Antecedentes 9

1.4 Concepto. 11

1.5 Características. 14

1.6 Clasificación. 17

1.7 Importancia. 26

Capítulo II. Tipos de crédito

2.1 Descuentos mercantiles. 28

2.2 Préstamo quirografario. 30

2.3 Crédito simple. 33

2.4 Crédito en cuenta corriente. 35

2.5 Préstamo prendario. 39

2.6 Préstamo colateral. 45

2.7 Crédito documentario. 46

2.8 Crédito de habilitación y avío. 52

2.9 Crédito refaccionario. 56

2.10 Crédito hipotecario. 57

Capítulo III. Análisis Cualitativo

3.1 Definición de análisis cualitativo. 61

3.2 Antecedentes de la empresa. 62

3.3 Misión. 64

3.4 Visión. 67

3.5 Administración de la empresa. 70

3.6 Plazos y condiciones de crédito. 77

3.7 Sistemas de distribución. 85

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Capítulo IV. Análisis Cuantitativo.

4.1 Objetivo del análisis cuantitativo. 87

4.2 Concepto de análisis financiero. 87

4.3 Importancia del análisis de los estados financieros. 89

4.4 Características. 94

4.5 Métodos de análisis. 97

4.6 Método de porcientos integrales. 101

4.7 Método de razones simples. 103

4.8 Método de aumentos y disminuciones. 113

4.9 Método de tendencias. 116

Capítulo V. Caso práctico

Inix, S.A. de C.V. 122

Conclusiones 173

Glosario 175

Bibliografía 177

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Abreviaturas.

BANXICO. Banco de México.

C.B. Cifra Base.

CNB. Comisión Nacional Bancaria.

C.P. Cifra Parcial.

F.C. Factor Constante.

LGTOC. Ley General de Títulos y Operaciones de Crédito.

P.I. Porciento Integral.

R.C.C. Razón de Efecto Neto en Cuentas por Cobrar.

R.C.C.C. Rotación de Cuentas por Cobrar a Clientes.

R.C.T. Razón del Capital de Trabajo.

R.I.E. Razón Índice de Estabilidad.

R.I.P.T. Rotación de los Inventarios de Productos Terminados.

R.M.S. Razón de Margen de Seguridad.

R.P. Razón de Proveedores.

R.P.P. Razón de Protección al Pasivo Total.

R.R. Razón de Índice de Rentabilidad.

R.S. Razón de Liquidez o Prueba del Ácido.

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INTRODUCCIÓN

Las medianas y pequeñas empresas son el principal impulsor de crecimiento de la economía del país y también son fuentes de empleo para la mayoría de la población, por lo tanto, es importante que cuenten con personal capaz de asesorarlos para seguir desarrollándose o para mantenerse en la actividad productiva y económica de México.

Por esas razones, el objetivo general del presente trabajo es el estudio y análisis del crédito como fuente de financiamiento para sus actividades productivas y que con la aplicación responsable de estos recursos, vean la oportunidad de crecimiento para sobresalir de entre otras empresas.

La metodología empleada fue la investigación bibliográfico-documental en libros, disposiciones legales de carácter crediticio y las opiniones de autores expertos en la materia.

El presente trabajo se encuentra estructurado en cinco capítulos, como sigue:

En el primer capítulo se estudia las generalidades del crédito, desde su origen, evolución, características y clasificación aplicables para las pequeñas y medianas empresas.

En el segundo capítulo se estudiaron los tipos de créditos a que pueden tener acceso para financiarse a corto y a largo plazo, para afrontar necesidades de capital de trabajo, compra de activo fijo, adquisición de materias primas, etc.

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El tercer capítulo se dedica al estudio del análisis cualitativo en su conjunto, ya que analizamos hacia el interior de la empresa, sus antecedentes, la evolución que ha tenido y hacia dónde se dirige y que representan las fortalezas para la obtención de un crédito.

En el capítulo cuarto se presenta el estudio del análisis cuantitativo y que representa la principal herramienta para la obtención de un crédito, en virtud de que nos permite conocer la verdadera situación económica y financiera de la empresa, para tomar decisiones acertadas para elegir el tipo de financiamiento que necesita la empresa.

En la parte final del presente Informe se resuelve un caso práctico acerca de la solicitud de un crédito para la empresa Inix, S,A, de C.V., realizando un análisis cualitativo y cuantitativo, para determinar si requiere de financiamiento para su crecimiento.

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CAPÍTULO I. GENERALIDADES DEL CRÉDITO.

1.1 Origen.

El crédito es tan antiguo como la civilización. En sus comienzos, el préstamo se efectuaba en especies, y fue hasta la aparición y el empleo de la moneda cuando surgieron los primeros signos crediticios de una manera ya tabulada.

Antes de la era cristiana, en la antigua Roma se encontraron los primeros signos del desarrollo crediticio. Se sabe que sus réditos fluctuaban entre el 40 y el 75%, y aún cuando parezcan elevados, se debe considerar que, por circunstancias de aquella época, el prestamista corría grandes riesgos.

Hay constancia de leyes y decretos que establecían penas corporales para el deudor insolvente o que no cumplía lo pactado con el acreedor; también existen documentos históricos que indican penas variables entre la confiscación de los bienes del deudor, el encarcelamiento, y aun la pena de muerte, aunque el castigo, aunque el castigo más común era su venta en calidad de esclavo.

1.2 Evolución.

Además de los prestamistas se generalizaron los banqueros. Su actividad era distinta. Pues actuaban como cambistas y mercaderes de metales preciosos, cobraban los créditos de sus clientes cuando los deudores radicaban en el extranjero, y se encargaban a su vez de pagar las deudas de sus clientes locales a los acreedores radicados en otros lugares, pero no practicaban operaciones del préstamo. Es en el siglo XII donde aparecen los bancos casi como se conocen en la actualidad.

En el comercio griego se institucionalizó un documento similar a la letra de cambio y a la carta de transferencia, tan utilizadas por los romanos. Los griegos y los romanos utilizaron la letra de crédito para evitar el transporte material del dinero, pues en su caminar de población en población existían graves riesgos de frecuentes asaltos a las caravanas de mercaderes., por ésta razón, cuando un mercader tenía que viajar, depositaba los fondos con

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el banquero de sus ciudad, y éste le extendía un documento que pagaba su corresponsal en el sitio de destino.

El comercio marítimo incrementó tremendamente el proceso evolutivo del uso del crédito.

El movimiento de exportación e importación requirió dinero ajeno para desarrollar las transacciones en ultramar. Por lo tanto se originaron situaciones en las que el comerciante se asociaba con comisionistas, quienes proporcionaban fondos para realizar la travesía, y tenían obligación de acompañar las mercancías durante el viaje para encargarse personalmente de venderlas. Este tipo de comercio se desarrollaba como sociedad mercantil, en la cual prestamista y comerciante se convertían en auténticos socios y dueños de la mercancía. Esta situación llevó a crear una combinación de préstamos de dinero y una especie de seguro, de tal manera que si la embarcación naufragaba, el deudor quedaba exento de la obligación de solventar el crédito recibido.

1.3 Antecedentes del crédito.

Es durante la época renacentista que surgieron las primeras instituciones de crédito, y situándonos en el siglo XX, cuando la segunda guerra mundial finalizó, los países que se habían visto involucrados comenzaron a tener fuertes problemas de liquidez financiera y la vía por medio de la cual pudieron restablecer su comercio y reconstruir sus industrias fueron los préstamos otorgados por el Banco Mundial y el Fondo Monetario Internacional, organismos que habían sido creados en el año de 1944, en la Conferencia Monetaria y Financiera de las Naciones Unidas.

Es muy importante mencionar que gracias a la ampliación de créditos otorgados por el Banco Mundial (entre otros organismos), a países poco industrializados de América Latina, Asia y África; es que estos pudieron crecer económicamente.

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Otra etapa durante la cual se ve reflejada la utilización del crédito, es en los años 70’s y 80’s en el ámbito internacional.

En el año de 1973 se dio un rápido aumento de los precios del petróleo, ocasionando que muchos países solicitaran créditos para poder liquidar sus importaciones de crudo, aunado lo anterior al aumento de los intereses y la caída de los precios de la materia prima (fuente principal de recursos de países poco industrializados), dio como resultado el aumento de la deuda externa de dichos países.

Respecto a México, crisis recurrentes como las de principios de la década de los 80 y la más cercana en 1994 (justo después del término de sexenio del Lic. Salinas de Gortari) han ocasionado cambios importantes dentro de la economía tales como elevación de las tasas de interés que fluctúan según el libre mercado y que restringen la utilización del crédito.

Cambios importantes que se originan al restringir los créditos e incrementar las tasas de interés son por ejemplo:

™ Poca capacidad de consumo.

™ Incapacidad para generar empleos.

™ Mayores costos a las empresas.

™ Incremento de la cartera vencida.

A lo largo de toda la evolución del riesgo crediticio y desde sus inicios el concepto de análisis y criterios utilizados han sido los siguientes: desde principios de 1930 la herramienta clave de análisis ha sido el balance. A principios de 1952, se cambiaron al análisis de los estados de resultados, lo que más importaban eran las utilidades de la

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empresa.

Desde 1952 hasta nuestros tiempos el criterio utilizado ha sido el flujo de efectivo. Se otorga un crédito si un cliente genera suficiente efectivo para pagarlo, ya que los créditos no se pagan con utilidad, ni con inventarios ni menos con buenas intenciones, se pagan con efectivo.

Se tiene el conocimiento que los bancos por excelencia son las instituciones que otorgan diversos tipos de créditos, sin embargo también lo hacen la gran variedad de empresas existentes como industriales, comerciales o de servicios y todo esto con el único fin de captar más clientes y aumentar sus niveles de ventas y con ello obtener utilidad y que la empresa pueda subsistir en el medio en que desarrolla.

Pero también existe un nivel de riesgo en el cual estos entes están inmersos, es el riesgo de morosidad y hasta cierto punto de incobrabilidad de las operaciones al crédito que realizan.

1.4 Concepto del crédito.

La palabra crédito viene del latín Credere, que significa tener fe o confianza en algo;

podemos entender crédito también como la buena reputación de una persona ello en sentido moral o en sentido jurídico nos dice que es el derecho subjetivo que resulta de cualquier obligación oponiéndose ello al débito que corresponde al sujeto pasivo de la relación. El crédito es una pieza fundamental dentro de toda economía.

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Dar crédito en sentido económico, es la transferencia de bienes que da un ente a otro, confiando en que le sean devueltos en un futuro, a un plazo determinado y comúnmente junto con el pago de una cantidad extra por haberlos utilizado.

Utilizamos la palabra crédito cuando una persona cree en otra para brindarle así bienes y/o servicios de los cuales pueda gozar sin tener que realizar pago alguno en el tiempo presente, contando sólo con la promesa de que el deudor pagará en un futuro determinado.

Acreedor y deudor son los protagonistas en la relación de brindar y utilizar el crédito, el primero como la persona que brinda el crédito a solicitud de otro siendo este el deudor, quien mediante su palabra se compromete a pagar en un futuro por el crédito recibido.

A menudo escuchamos “compre a crédito”, “crédito fácil”, y estas frases son empleadas comúnmente por las compañías que buscan depositar su confianza en posibles deudores con la finalidad de incrementar sus ventas.

Y aunque puede sonar sencillo hay entre otros más, un aspecto que no debemos olvidar, el comprador debe demostrar también su capacidad de pago, ya que de no ser así podría enfrentarse a “problemas” de tipos morales, legales y económicos.

En seguida se mencionarán diferentes conceptos de crédito:

“Crédito es el permiso de utilizar el capital de otras personas en provecho propio”

STUART MILL,

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“Crédito es el cambio de una riqueza presente por una riqueza futura” CHARLES GIDE.

“Crédito es la confianza en la posibilidad o voluntad y solvencia de un individuo por lo que se refiere al cumplimiento de una obligación contraída” KLEINWACHTER.

Crédito es un cambio de una prestación presente por una contraprestación futura; es decir, se trata de un cambio en el que una de las partes entrega de inmediato un bien o servicio, y el pago correspondiente más los intereses devengados, los recibe más tarde.

Un crédito también se define como una prerrogativa de comprar ahora y pagar en una fecha futura, en la actualidad es un sistema moderno de comercialización mediante el cual una persona o entidad asume un compromiso de pago futuro (deudor) por la aceptación de un bien o servicio ante otra persona o entidad (acreedor); en cual los pagos de las mercancías se aplazan a través del uso general de documentos negociables. Ej.

Letras de cambio, cartas de crédito, factura conformada, etc.

El crédito flexibiliza los términos de una transacción (plazos, montos, tipo de interés, etc.) facilitando el acuerdo comercial, tanto al cubrir una satisfacción de venta tanto por parte del comerciante, como la necesidad de comprar por parte del consumidor, de acuerdo a la disponibilidad de pago que presenta.

Como se puede observar en las líneas anteriores el crédito ha tenido gran importancia desde tiempos remotos pero en la actualidad se tornan necesario su uso pues en la vida diaria de las empresas gracias a la situación económica que vive nuestro país no se puede trabajar realizando operaciones solo de contado ya que la capacidad de compra de la población es muy baja y solo queda la opción de adquirir bienes pero pagándolos en partes y la entidad que no lo adopte no compite en el mercado.

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Un crédito está compuesto por lo siguiente:

™ Solicitante del crédito (clientes deudores).

™ Otorgante del crédito (acreedores).

™ Documentos a cobrar: facturas, letras, pagares; etc.

™ Deudores morosos.

™ Garantías reales o prendarías.

™ Tasa de interés pactada.

™ Monto del crédito.

™ Plazos y modalidad de pago.

1.5 Características.

El crédito permite que la capacidad de compra de individuos y empresas crezca de manera tal que permita un desarrollo para todos ellos, pero como mencionamos antes la base de ello se encuentra en la confianza.

Es así como el vendedor o acreedor se desprende de sus bienes con la confianza de que le serán devueltos y en la mayoría de los casos con algún beneficio.

Tal vez suene sencillo pero sabemos que en la realidad no siempre resulta de ese modo y es en ocasiones debido a la misma economía en que nos desarrollamos.

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No siempre resulta benéfico otorgar crédito a una persona ya que esta acción conlleva riesgos para el otorgante, sin embargo existen métodos que ayudan a las compañías a evaluar y llevar a cabo estas acciones con un grado mínimo de riesgo.

Es por ello que la presente investigación aborda la importancia de un adecuado otorgamiento de crédito en una empresa.

El crédito, según algunos economistas, es una especie de cambio que actúa en el tiempo en vez de actuar en el espacio. Puede ser definido como "el cambio de una riqueza presente por una riqueza futura". Así, si un molinero vende 100 sacos de trigo a un panadero, a 90 días plazo, significa que confía en que llegada la fecha de dicho plazo le será cancelada la deuda; en este caso se dice que la deuda ha sido "a crédito, a plazo".

En la vida económica y financiera se entiende por crédito, por consiguiente, la confianza que tenemos en la capacidad de cumplir, en la posibilidad, voluntad y solvencia de un individuo, por lo que se refiere al cumplimiento de una obligación contraída.

Llamaremos así, al crédito que presta una entidad o institución financiera, comercial o de consumo a un individuo, siendo este el único responsable de liquidar su adeudo con la institución, partiendo de sus ingresos personales y/o familiares.

La cobranza derivada de este tipo de crédito, implica un trato mas personal pues en él solo una de las partes es una institución, mientras que la parte deudora es un individuo cualquiera, que tiene que cumplir con un compromiso de pago derivado de la adquisición de un crédito.

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Entendamos el proceso de una operación de compraventa como un ciclo, el cual debe repetirse una y otra vez, de tal forma que éste se inicia con la solicitud de determinado insumo por parte de un cliente, el primer paso al recibir el pedido es proceder a su autorización, lo cual lleva a cabo el área de crédito basándose en la verificación del saldo pendiente de pago del cliente, su límite de crédito y en las condiciones actuales de su cuenta, una vez autorizado el pedido se libera y es entregado, paralelamente se inicia el proceso de revisión de la factura para que empiece a correr el plazo del crédito.

Si se tratase de un cliente nuevo, por lo regular el primer pedido va acompañado de la solicitud de crédito y el proceso de autorización es el periodo en el cual el área de crédito investigará y analizará la información y perfil del prospecto a obtener crédito hasta decidir su aprobación o rechazo, si este es aceptado, procede a liberar un primer pedido después de haberle dado de alta en el sistema.

El tramo final es el plazo o periodo de pago, que es cuando finalmente el círculo se cierra y podemos determinar entonces que el ciclo se completa, dicho de otra forma, una venta se ha cerrado de ahí que se derive el popular dicho de que "Una venta no es venta hasta que se cobra".

Lo anterior puede también leerse de otra forma, pues si bien es cierto que un ciclo se cierra con el pago, también es verdad que en ese mismo momento se abre la posibilidad de iniciar un nuevo ciclo, de tal manera que si el cliente paga puntualmente, es sin duda candidato a seguir recibiendo suministros o servicios por parte de nuestra empresa en equivalencia directa al número de ciclos que vayamos cerrando, dicho de otra forma La cobranza es también el inicio de una nueva venta y no solo el final de la anterior.

Para que dicho concepto sea viable, ambas partes deben asumirse como socios de un negocio, donde uno (Proveedor) es el que esta aportando el capital en riesgo y toda la inversión, mientras que el otro (Cliente) aporta sus conocimientos, capacidades e

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infraestructura para transformar, o colocar el producto o servicio recibido y posibilitar así la conversión de éste en un activo monetario con beneficios económicos para las dos partes.

Si se analiza con cuidado, ninguna de las partes esta haciendo un favor al otro, se trata simplemente de una relación de negocios en la cual cada una de las partes aporta su principal valor y fortaleza para obtener los mejores resultados, este es precisamente el fundamento de la sinergia.

Desafortunadamente sucede en ocasiones que este concepto se transforma y tanto cliente como proveedor descuidan este principio y buscan solo su propio beneficio y es ahí donde la operación se complica y se presentan retrasos.

Un retraso en cualquier parte del ciclo de la venta afecta la rentabilidad del mismo pues implica desperdicio de un recurso precioso en los negocios y es el tiempo.

1.6 Clasificación.

Debido a la diversidad de operaciones en que se utiliza el crédito, a las circunstancias y variantes de cada una, y a las múltiples actividades para las que se emplea, se hace necesario establecer clasificaciones que faciliten su investigación, estudio y práctica.

El crédito supone un capital existente por parte del otorgante (prestamistas, acreedores, proveedores), y una garantía de restitución por parte del prestatario, deudor o cliente. Esta garantía puede ser moral (cualidades personales, honradez y trabajo) o real (bienes muebles o inmuebles). De aquí se desprende una clasificación básica del crédito:

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Según su finalidad:

Crédito agrícola: crédito destinado a financiar necesidades de insumos agrícolas y capital de trabajo de pequeños agricultores y campesinos, que estén o no formalizados en ésta actividad. Este tipo de créditos se puede hacer en dos plazos: A corto plazo es utilizado para financiar la producción y compraventa de cosechas y ganado, es visto como una inversión crediticia y a largo plazo se utiliza como financiamiento en la compra de tierras de labranza y efectuar mejoras, es una forma de préstamo bancario.

Es necesario indicar las diversas modalidades que el crédito agrícola tiene:

™ De sostenimiento: satisface en condiciones razonables la necesidad primaria de capital circulante para la producción agrícola. Se encuentra principalmente en los créditos agrícolas de avío, cuando se mantiene las formas tradicionales del cultivo y no se realiza la capitalización.

™ De promoción: trata de modificar progresivamente la estructura económica de la empresa agrícola dotándola de capital necesario para lograr una mayor productividad del trabajo humano aplicado a la tierra tratando de modificar, al mismo tiempo, los métodos tradicionales con el asesoramiento técnico necesario.

™ Dirigido: es realmente una moda del crédito de promoción. Sus objetivos son lograr modificaciones en los métodos de producción o encaminar a las nuevas empresas agrícolas.

Crédito comercial: cuando una compañía compra bienes o servicios a otra sin pagarlos simultáneamente. Tales ventas crean una cuenta por cobrar para el proveedor y una cuenta por pagar para la compañía.

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Tiene su importancia en que es un uso inteligente de los pasivos a corto plazo de la empresa, es la obtención de recursos de la manera menos costosa posible. Por ejemplo las cuentas por pagar constituyen una forma de crédito comercial, ya que son los créditos a corto plazo que los proveedores conceden a la empresa, entre éstos tipos específicos de cuentas por pagar están:

™ La cuenta abierta: la cual permite a la empresa tomar posesión de la mercancía y pagar por ellas en un plazo corto determinado.

™ Las aceptaciones comerciales: son cheques pagaderos al proveedor en el futuro.

™ Los pagarés: reconocimiento formal del crédito recibido; la mercancía se remite a la empresa en el entendido de que ésta la venderá a beneficio del proveedor, retirando únicamente una pequeña comisión por concepto de la utilidad.

Crédito de consumidor: llamado también crédito de venta al detalle, se crea cuando una compañía vende bienes o servicios a un consumidor sin un pago simultáneo.

Es el que una empresa concede a su cliente al entregarle productos o servicios a cambio de recibir su valor, con o sin interés pactado u oculto, en una fecha factura y no en el acto de la entrega del bien o la prestación del servicio.

La operación de éste crédito puede realizarse con un interés pactado u oculto, en otra palabras, el interés que se recibe como consecuencia del aplazamiento del pago puede figurar con toda claridad en el convenio de la venta al crédito, o puede ocultarse bajo la forma de un amento del precio del artículo.

Crédito de inversiones: puede definirse como aquél que se otorga en especial con objeto de colocar capitales en manos de terceros, para recuperarlos en fecha distante de aquélla en que se hizo la prestación, percibiendo adicionalmente un determinado interés. Por lo

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general éste tipo de crédito se origina de la necesidad de colocar capitales excedentes o improductivos cuyo poseedor no quiere ponerlos directamente en producción.

Dentro de éste crédito quedan clasificadas las cantidades entregadas con garantía hipotecaria, las inversiones en bonos, en cuenta corriente con intereses, etc.

La inversión en acciones no se considera crédito de inversión, ya que no señala fecha para la devolución del capital invertido, ni un interés pactado. Este tipo de inversión puede recuperarse o perderse, y generar o no una utilidad.

Es el medio por el que muchas personas de negocios adquieren activos fijos. El dinero para este propósito no se obtiene ordinariamente de los bancos de comercio. Si no puede ser proporcionado por los dueños debe venir de inversionistas externos.

Según su legislación:

Crédito mercantil: es aquel que se usa para asegurar bienes para reventa a cambio de una promesa de pago en un tiempo futuro específico. Los bienes involucrados pueden ser materias primas, productos parcial o totalmente terminados; las personas que intervienen son comerciantes, distribuidores, maquiladores o fabricantes. El crédito mercantil cubre el precio de los artículos.

Según el sujeto:

Crédito público: es para uso del estado. Comprende todos los créditos otorgados a instituciones gubernamentales, a los estados y municipios, y al gobierno federal. En las

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últimas décadas, los gobiernos federales, estatales y municipales se han visto en mayor necesidad de operar con créditos para cumplir con las crecientes inversiones y costos que implican el satisfacer las necesidades públicas (escuelas, carreteras, salubridad, bienestar social, gastos militares, etc.) en todos los casos en que las necesidades de financiamiento sobrepasan los ingresos, el gobierno necesita girar contra su capacidad de crédito. Esto se logra mediante la emisión de bonos y obligaciones de carácter interno o externo.

La emisión de moneda puede en sí considerarse, en cierto sentido, una obligación de crédito del gobierno federal, aún cuando normalmente no suele clasificarse como tal. El crédito público, en cualquier aspecto, por lo general se considera con poco o ningún riesgo.

Así como lo hacen los particulares, el Gobierno también adquiere bienes a crédito, el crédito otorgado a un gobierno estable, afronta reducidos riesgos, los recursos de un gobierno son durables y representan la riqueza de un país, estado o municipio.

Crédito privado: se considera crédito privado el que es otorgado o ejercido por los particulares; su manejo y desarrollo esta reglamentado por la ley , pero bajo las condiciones de mercado y operativas.

Crédito mixto: es la combinación y concurrencia de los tipos de crédito descritos en líneas anteriores.

Según su exigibilidad y plazos de pago:

Créditos a corto plazo: debe amortizarse en menos de cinco años. Los préstamos concedidos por bancos comerciales son el ejemplo más frecuente de deudas a corto plazo.

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Las líneas de crédito de los bancos permiten a una empresa pedir prestado un máximo predeterminado, pero se exige que el saldo esté a cero durante uno o más meses al año.

Estas líneas de crédito no suelen estar respaldadas por una garantía. Los bancos también ofrecen préstamos a dos o tres años, pero éstos suelen estar avalados por los inventarios o los activos exigibles de la empresa si no se devuelven en el plazo determinado.

Existen otros tres tipos de créditos a corto plazo, que son:

™ Los pagarés de empresas: son una deuda emitida por una empresa que tiene un plazo de vencimiento inferior al año. Sólo los emiten grandes empresas, financieramente solventes, y tienen un coste en intereses ligeramente inferior al de los préstamos bancarios concedidos para las inversiones con menores riesgos.

™ La pignoración: es un préstamo garantizado con las cuentas a cobrar a clientes de la empresa.

™ El factoring: es la venta física de las cuentas a cobrar a los clientes.

Los pagarés de empresas La pignoración y el factoring son utilizados por empresas más pequeñas con menor solidez financiera.

Dado que comportan un mayor riesgo, la pignoración y el factoring obligan a la empresa a pagar mayores intereses que los que se pagan por los pagarés de empresa. Con anterioridad a 1965, aproximadamente, todas las emisiones de deuda se vendían en el país en que radicaba la empresa emisora. Desde entonces, la financiación internacional se ha incrementado de manera espectacular. La mayor parte de esta financiación en el orden internacional es a corto plazo, y tiene lugar en lo que se denomina mercado de eurobonos;

su mercado principal está en Londres. El mercado de eurobonos permite que las empresas emitan deudas en divisas extranjeras (principalmente en dólares) al tiempo que evita las

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regulaciones y restricciones de los mercados financieros nacionales. Normalmente, al emitir este tipo de bonos las empresas convierten las divisas en su moneda nacional. En el mercado de eurobonos se emite deuda tanto a corto como a largo plazo. En los últimos años se han llegado a emitir bonos con un plazo de vencimiento de hasta 50 años.

Créditos a mediano plazo: se otorga mediante asignaciones directas, el monto máximo del préstamo será determinado sobre la base del porcentaje equivalente a su participación en el total de colocaciones del sistema financiero con recursos propios, en moneda nacional y extranjera. Para estos efectos, se considerará el mes ante precedente al del otorgamiento de los préstamos o, en su defecto, la última estadística de colocaciones publicada por la Superintendencia de Bancos e Instituciones Financieras. En todo caso, dicha asignación será a lo menos equivalente a un 0,5% sobre el monto total del crédito a otorgar en cada oportunidad.

Créditos a largo plazo: facilita la adquisición de otros negocios o el control de otras empresas, así como hacer mejoras a la planta y la compra de nuevo equipo (como activo fijo). Éste tipo de crédito se concede a un plazo mayor de un año.

Se lleva a cabo mediante la emisión de bonos o mediante arrendamientos con opción de compra. Los bonos que no están avalados por algún activo se suelen denominar obligaciones. Dado el riesgo que comportan, las obligaciones implican una mayor tasa de rendimiento. Las emisiones de bonos garantizados implican que éstos están avalados por algún activo, por lo que rinden menores intereses. El arrendamiento con opción de compra es parecido a la emisión de una deuda, con la diferencia de que el título de propiedad del activo no se cede a la empresa que efectúa el arrendamiento. Este tipo de financiación está aumentando gracias a sus mayores ventajas impositivas, que no poseen los demás medios de financiación.

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En algunas ocasiones, la emisión de bonos a largo plazo permite al comprador adquirir posteriormente acciones ordinarias de la empresa. Estos bonos convertibles permiten que el poseedor de los bonos los intercambie por un determinado número de acciones ordinarias.

Algunas obligaciones permiten que el poseedor de los bonos compre acciones ordinarias a un precio inferior.

Desde el punto de vista de la corporación, los bonos convertibles dan lugar, a su vencimiento, a una ampliación de capital, mientras que las obligaciones preferentes seguirán siendo una deuda pero también supondrán una ampliación de capital en el futuro.

Las acciones preferentes son, de alguna manera, parecidas a los bonos. Se venden con un determinado valor (a la par), se paga una cantidad determinada anualmente y, en caso de quiebra, otorgan el derecho de acudir a la liquidación de los activos por delante de los propietarios de acciones ordinarias. En otros aspectos son análogas a las acciones ordinarias: no hay que pagar dividendos si la empresa no tiene suficiente efectivo, y los dividendos que se pagan pueden ser mayores en caso de que los beneficios de la empresa aumenten. Por su parte, los bonos rinden un cupón fijo y obligatorio todos los años. Los compradores de acciones preferencial.

Según su Origen:

Créditos por ventas: créditos otorgados por operaciones propias del giro de negocio de una empresa, por ejemplo: los créditos comerciales.

Según su naturaleza:

Con garantía: según este sistema, el crédito concedido previo análisis del deudor llega hasta determinado límite, y mientras la cuanta no lo sobrepase, el cobro de la cantidad

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adecuada queda totalmente garantizado. El límite establecido puede ser variable o invariable; si la garantía ofrecida y aceptada es fija, como pudiera ser el resultante de un límite establecido por la intervención de un fiador o de un valor en prenda que sirve para respaldar la cantidad adeudada, el crédito tiene automáticamente el límite señalado por quien se solidariza con el pago de la obligación o el del valor de la prenda entregada en garantía.

Si la garantía reside en el saldo a favorable que el deudor tenga en otra cuenta con el acreedor, si éste se compromete a notificar periódicamente al fiador los saldos mensuales, y el crédito se suspende únicamente cuando quien garantiza la operación así lo solicita y se garantiza el saldo hasta la solicitud, el crédito se denomina variable.

Su objetivo es demostrar que el riesgo de lavado de activos en el mercado financiero se puede presentar tanto en operaciones pasivas (captaciones) como en operaciones activas (colocaciones). El crédito con garantía puede ser:

™ El crédito con letra de cambio avalada: es un título valor que garantiza el cumplimiento el cumplimiento de la obligación.

™ El Crédito con letra simple no avalada: es un titulo valor que carece de la seguridad que da el aval.

Sin garantía: aquí se encuentran los créditos que se otorgan sin alguna garantía de por medio solo con la buena reputación del cliente. Este tipo de crédito es excepcional no es muy común en el mercado.

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Según su modalidad:

Modalidad directa: según el tipo de trato para lograr el crédito. Intervienen el solicitante del crédito y la empresa que va a otorgar dicho crédito.

Modalidad indirecta: en este tipo de crédito interviene una tercera persona, es el caso de los arrendamientos financieros, crédito documentario (la carta de crédito), etc.

1.7 Importancia.

En la actualidad, el crédito es de vital importancia para la economía de todos los países y de todas las empresas, ya que su utilización adecuada produce, entre otros beneficios, los siguientes:

™ Aumento de los volúmenes de venta.

™ Incremento de la producción de bienes y servicios y, como consecuencia, una disminución de los costos unitarios.

™ Evaluación del consumo, al permitir que determinados sectores socioeconómicos adquieren bienes y servicios que no estarían a su alcance si tuvieran que pagarlos de contado.

™ Creación de más fuentes de trabajo, mediante nuevas empresas y ampliación de las ya existentes.

™ Fomento del uso de todo tipo de servicios y adquisición de bienes, con plazos largos para pagarlos.

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™ Desarrollo tecnológico, favorecido indirectamente al incrementarse los volúmenes de venta.

™ Ampliación y apertura de nuevos mercados, al dotar de poder de compra a importantes sectores de la población.

Lo anterior nos proporciona una imagen clara de la importancia del crédito en el desarrollo económico de un país. Su análisis permite entender claramente por qué en los países de libre empresa se utiliza cada día en mayor escala.

En la actualidad, la función de crédito y cobranza se presenta en distintos aspectos; uno de los más importantes es como proceso administrativo básico dentro del marco de la administración moderna. Cada una de las áreas y funciones que integran la empresa, es individualmente un proceso administrativo con sus características, técnicas y procedimientos.

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CAPÍTULO II. TIPOS DE CRÉDITO.

2.1 Descuentos mercantiles.

Son operaciones de crédito a corto plazo en las que el banco adquiere en propiedad títulos de crédito no vencidos, como letras de cambio o pagarés.

Los descuentos mercantiles, o descuento de documentos como más comúnmente se le suelen llamar, se otorgan por los bancos y es una operación muy generalizada sobre todo en aquellas empresas cuyo sistema de ventas es a crédito con documentos.

Es una operación activa de crédito mediante la cual un banco adquiere en propiedad un título de crédito no vencido. El legitimo tenedor entrega y cede los derechos consignados en el título generalmente letra de cambio o pagaré, anticipando su valor. Esta cesión de derechos se hace a través de un endoso del tenedor original a favor de un banco, por medio de ésta operación, los comerciantes y productores generalmente pueden realizar anticipadamente la cobranza de los documentos derivados de los créditos otorgados a sus respectivos clientes.

Este tipo de crédito se denomina descuento porque para obtener ese valor actual deduce del valor nominal del documento una determinada suma equivalente a los intereses que fueron acumulados por el tiempo que transcurría entre la fecha de la transacción y la fecha de pago, o vencimiento del título.

Se llama mercantil porque dicha transacción debe corresponder a una compraventa de mercancías, con exclusión de otro origen. Lógicamente al hacer alusión a éste tipo de

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descuentos es cuando reúne las características esenciales que requiere la liquidez de un banco de depósito en toda operación activa de crédito, esto a colación que en ocasiones los bancos de depósito se encuentran con el riesgo de las operaciones de descuento simuladas.

Esto sucede cuando las letras no provienen de una operación real de comercio, sino del servicio que el aceptante hace al girador de prestarle su firma para que pueda financiarse con el banco por éste medio.

Las características de este tipo de financiamiento es que, los documentos a descontar deberán corresponder a operaciones que establecen una relación mercantil entre el acreditado y el suscriptor. En tanto, por lo general, el plazo máximo de las operaciones es de 180 días.

Su beneficio es apoyar el capital de trabajo a través del descuento de cartera de las empresas antes de la fecha de su vencimiento.

Su otorgamiento al igual que los préstamos directos se sujeta al mismo estudio, y consiste en que la empresa (descontatario) entrega al banco (descontador), documentos a cargo de terceras personas con un vencimiento no superior a un término de 180 días a partir del momento en que son descontados.

Los bancos se reservan el derecho de recibir en descuento los documentos, pues es considerado para ellos la reputación o integridad de los giradores, es decir de las personas a cuyo cargo son los documentos. Factores muy importantes para la determinación de la línea de crédito en los descuentos mercantiles, viene a ser la observación que hace el banco sobre quién es el que cubre los documentos descontados a su vencimiento, porque puede suceder que sea el propio descontatario quien los cubra a su vencimiento o después, originando las sospechas del banco sobre la autenticidad de los documentos.

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Este tipo de operación lejos de tener las ventajas del descuento mercantil, resulta de difícil recuperación, y da lugar, casi siempre, a inmovilizaciones y en ocasiones a quebrantos que en una política sana de créditos debe evitar. Se dice que éste tipo de operación goza de preferencia en los bancos por su característica de autoliquidabilidad, pues al derivarse de una venta de crédito de mercancías, el comprador obtendrá los elementos para el pago mediante la reventa de los efectos comprobados durante el plazo que medie entre la adquisición y el vencimiento de la letra o pagaré que aceptó. Asimismo al cubrir el aceptante con oportunidad su compromiso quedará a salvo su prestigio ante el banco y ante sus proveedores.

Las precauciones a tomar son:

™ Verificar que la operación que le dio origen haya sido de compraventa real de mercancías.

™ Que haya solvencia moral y económica tanto del girador como del cedente.

™ Evitar la acumulación de riesgos a cargo de un solo girador, o a cargo de firmas ligadas con el cedente.

2.2 Préstamo quirografario.

Es la acción de otorgar dinero a una persona física o moral, mediante su firma en un pagaré con fecha de vencimiento determinada, en el que se obliga a devolver la cantidad que recibió más los intereses generados de acuerdo con el plazo; En ocasiones la Institución Bancaria cobra los intereses anticipadamente, es decir, en el momento de ejercer el crédito.

Se utiliza principalmente para cubrir necesidades urgentes o temporales de dinero como capital de trabajo.

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Por lo regular se repone a través de su operación normal, es decir: compraventa, producción y cobranza. Para determinar el tiempo que tardará para reponerlo, es necesario conocer los ciclos de operación de la empresa. La razón financiera más importante para el análisis de este instrumento, es el flujo de efectivo, ya que permite la evaluación de los montos y periodos en que se requiere este recurso y cuándo puede reponerse.

Por oposición a los créditos garantizados con un inmueble o a los créditos cuya garantía es un mueble, el crédito personal no tiene más garantía que la firma del cliente, y es por eso que se denomina quirografario.

En éste tipo de crédito que no tiene garantías reales como las que acabamos de mencionar, evidentemente el banco tendrá mucho cuidado en que la persona beneficiada con un crédito de ésta naturaleza goce de buena reputación, así como de cualidades de solvencia moral y económica. En todo caso, el número de créditos que el cliente puede obtener será siempre en función del cumplimiento de pago del crédito que se haya celebrado previamente entre él y el banco; y el monto obedecerá al límite de la línea de crédito que también el banco le haya establecido con anterioridad.

Cuando se otorga uno de éstos créditos, la operación no se resume en la entrega del dinero, sino que éste es el típico crédito que se documenta con un pagaré suscrito por el cliente a favor del banco, en el que se obliga al pago con su firma.

Por su misma flexibilidad, es frecuente que en ocasiones en este tipo de operaciones el banco exija de su cliente la firma de un aval con objeto de garantizar el pago cambiariamente. En la práctica estos créditos solo se otorgan a personas que el banco conoce suficientemente y ofrecen la seguridad, tanto material como moral, de que el crédito será cubierto, debe existir una relación como cliente del banco, que supone la disminución de riesgos para la institución bancaria.

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Las características generales de éste tipo de crédito, que actualmente pudieran ser la mitad de todos los que otorga la banca mexicana, son las siguientes:

™ La cantidad concedida en préstamo da origen a una obligación estrictamente personal que carece de garantía específica.

™ El plazo, así como las demás características del crédito, son convencionales, pero sometidas a las reglas de Banxico sobre el tema.

™ La operación se entiende renovada cuando el vencimiento se prorroga o cuando se liquida con el producto de otro crédito en el que sea parte del mismo cliente, aunque se haga aparecer la liquidación en efectivo y se amortice la deuda parcialmente. Las opciones bancarias que sean objeto de renovación se computan, teniendo en cuenta el término original, sumando al de la renovación o renovaciones acordadas.

™ En virtud de que no tiene una garantía específica, la cantidad prestada no queda sujeta a ser comprobada sobre el destino que se le dio, es decir, el banco no puede verificar que el dinero se aplicó en lo que el cliente dijo que se aplicaría. Sin embargo, la CNB tiene facultades para verificar la aplicación del crédito.

™ En caso de incumplimiento de pago, el banco tiene facultad para ejercer acción cambiaria contra su cliente y, en su caso, contra el aval con base en el pagaré con el que la deuda se documentó.

™ Debido al corto plazo del crédito, a su flexibilidad en cuanto a que la forma de la garantía es cambiaria y a que los clientes a quienes los bancos conceden el beneficio de este tipo de crédito son generales, éste crédito no necesita de ninguna otra formalidad institucional o legal distinta a las políticas internas de la institución.

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El beneficio que se obtiene por un préstamo quirografario es satisfacer las necesidades en efectivo en forma inmediata, cubriendo eventualidades transitorias a corto plazo y apoyo del capital de trabajo.

2.3 Crédito simple.

Financiamiento a mediano y largo plazo documentado mediante contrato, para personas físicas o morales, con el fin de apoyar su actividad económica.

Es un instrumento crediticio para las empresas industriales, comerciales y de servicios, orientado a financiar a mediano y largo plazo necesidades de capital de trabajo, la compra de activos fijos, construcción, ampliación o remodelación de las instalaciones físicas. Una vez autorizado el crédito, se instrumenta mediante un contrato de crédito simple, la forma de disposición será a partir de la firma del contrato de acuerdo a los términos y condiciones previamente establecidas por ambas partes. Las ministraciones del crédito serán con abono a la cuenta de cheques del Cliente.

Por ejemplo, si el acreditante pone a disposición del acreditado durante un mes, un millón de pesos, durante éste lapso el acreditado podrá exigir cuantas entregas parciales desee hasta que agote el millón, o bien puede pedirlo de una sola vez. Si cumplido el mes el acreditado solicitó entregas por 850 mil, ya no podrá utilizar los 150 mil que restan, porque el plazo durante el cual el acreditante estaba obligado, feneció.

A la inversa, en caso de que el acreditante disponga del millón antes de que venza el contrato, ya no podrá disponer de un peso más, en virtud de que el acreditante estaba obligado sólo por esa cantidad. Hay una excepción a esta regla que deriva de la existencia de dos tipos de contratos de apertura de crédito, el simple y el de cuenta corriente.

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El crédito simple, cuyo financiamiento se acaba de describir, termina cuando se agota la cantidad puesta a disposición, o cuando expira el tiempo durante el cual existía obligación de ponerlo a disposición del cliente; lo que suceda primero.

Se trata de un contrato bilateral cuyos participantes están claramente identificados como acreedor y deudor respectivamente:

™ El acreedor: es el acreditante, persona física o moral obligada durante determinado tiempo a poner cierta cantidad de dinero a disposición de la otra.

™ El deudor: es el acreditado, persona física o moral que disfruta de las cantidades puestas a su disposición durante el tiempo pactado, contra la devolución del principal e intereses en los términos del contrato.

Las obligaciones recíprocas de las partes derivadas del contrato de apertura de crédito simple son, en lo general, convencionales y no tienen, como principio legal, otro límite que la autonomía de la voluntad de éstas, por tal motivo, la forma que el contrato debe revestir es consensual.

El objeto del contrato de apertura de crédito simple es permitir al acreditado disponer de su crédito, no de una sola vez sino de manera diferida y exacta en las cantidades y los momentos en los cuales presupuestó que los va a necesitar, a fin de no pagar más intereses de los necesarios. El objetivo del acreditante es el cobro del interés y accesorios, o ambos, que se estipulen en las clausulas del contrato.

Las aplicaciones y utilidades del contrato de apertura de crédito son innumerables. Como el ejemplo más esclarecido podemos mencionar el funcionamiento de la tarjeta de crédito

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bancario, comercial y de servicios financieros, el cual está sostenido en un contrato de apertura de crédito con modalidad de cuenta corriente.

2.4 Crédito en cuenta corriente.

Es aquél en virtud del cual el término permanece invariable, pero el acreditado, conforme vaya haciendo uso del dinero puesto a su disposición lo puede ir regresando en remesas parciales, de forma que aunque disponga de parte del monto, el límite máximo del crédito nunca se agote. Este sistema de apertura de crédito se denomina también de saldos revolventes.

El contrato de apertura de crédito ha sido absorbido, casi en su totalidad, por los bancos, de manera tal, que incluso gran parte de los créditos personales, conocidos como quirografarios, por oposición a los que garantizan con garantías reales, se instrumentan precisamente mediante un contrato de apertura de crédito, pues el límite del fondo revolvente suele ser la línea de crédito de cada cliente.

Este crédito tiene por objeto que el acreditado pueda disponer permanentemente de una cierta cantidad, la cual nunca se terminará durante la vigencia del contrato, siempre que no se sobrepase del límite autorizado, por lo que el acreditado puede seguir haciendo pagos parciales de sus disposiciones. El objetivo del acreditante es el mismo que en el caso del crédito simple: el cobro del interés y los accesorios.

Es una convención, además de útil, necesaria, en el supuesto de que dos comerciantes, por el tipo de actividad que realizan, adquieran de forma simultánea y recíproca los papeles de deudor y de acreedor, uno respecto del otro.

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Según la LGTOC es aquél en el cual los créditos derivados de las remesas recíprocas de las partes, se anotan como partidas de abono o de cargo en una cuenta, y sólo el saldo que resulte a la clausura de la misma constituye un crédito exigible y disponible.

En este contrato por remesas se entiende todo envío de cualquier mercancía o de dinero, que haga un comerciante a otro, por cualquier conducto, el cual no paga de inmediato sino que anota como crédito en una cuenta abierta especialmente para ello. En éste contrato las remesas no solo son de un comerciante a otro, sino que son todas las que se hagan de manera simultánea en los dos sentidos, y ya que ninguno de los dos paga la remesa sino que la anota como un abono a favor de quien la envió y a cargo suyo, al término del plazo, cada comerciante las suma y el saldo resultante se paga en efectivo o de la forma que se hayan acordado.

Se ha dicho que es un contrato traslativo de dominio porque la propiedad de la mercancía o el dinero se están entregando en cada remesa, de igual forma hay quienes afirman que es un contrato de novación, en tanto que cada nueva remesa significa la creación de una nueva obligación. El contrato de cuenta corriente no es mutuo, ni novación ni mandato, sino un contrato de perfiles propios y de naturaleza jurídica identificable.

La capacidad que deben poseer quienes deseen convertirse en cuentacorrentistas no tienen otro límite que el de no estar disminuidos en sus posibilidades de ejercer el comercio en los términos del derecho mercantil, del bancario y del civil.

En éste contrato deben distinguirse dos grupos de obligaciones:

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™ Las recíprocas: que existen durante la vigencia del contrato, las cuales son idénticas para las dos partes y son vigentes hasta antes de que se obtenga su saldo.

™ Las que se derivan de la fijación del saldo y, por tanto, en la determinación de quién es el acreedor y quién el deudor de la cantidad liquidada.

Por otra parte, si hubiera fiadores o coobligados de un cuentacorrentista respecto de una remesa, aquellos quedan obligados en los términos del contrato por el monto total del saldo resultante a su término, si el saldo resulta en contra del cuentacorrentista del que se es fiador o coobligado.

Las obligaciones que nacen después de la obtención del saldo pueden resumirse de la siguiente forma:

™ El deudor debe cubrir el saldo a la vista, porque al cierre se constituye en un crédito exigible y ejecutable, si bien debe ser reconocido judicialmente por el deudor.

™ En caso de que el cuentacorrentista deudor haya incluido en la cuenta un crédito garantizado con prenda o hipoteca, queda liberado cuando la garantía por el importe del crédito se haga efectiva.

™ Si el saldo es llevado a cuenta nueva, esa cantidad causa interés al tipo convenido para las otras remesas y en caso contrario, al tipo legal, desde la fecha en que se establece el saldo de la cuenta hasta su consideración como la primera remesa de la cuenta siguiente.

™ Cuando el deudor considere que la cuantificación del saldo se debe rectificar porque ha habido omisiones o duplicaciones en los asientos o en las remesas, el reclamo

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debe hacerse dentro de los seis meses que sigan a la clausura de la cuenta, de lo contrario, la acción de rectificación prescribe.

El contrato de cuenta corriente puede terminar por las siguientes causas:

™ Por decisión voluntaria, después de la notificación que haga un tercero a su contraparte para exigir el aseguramiento y adjudicación del saldo eventual de la cuenta corriente.

™ Por vencimiento del plazo pactado en el contrato.

™ Cuando no habiendo plazo expresamente convenido, con diez días de anticipación uno de los cuentacorrentistas denuncie el contrato al otro, lo que producirá diez días más de vigencia, transcurridos los cuales se dará por terminado.

™ Por muerte o incapacidad superveniente de algunos de los cuentacorrentistas, cuando así lo decidan sus herederos, representantes, y además el otro cuentacorrentista.

Para obtener la liquidación del saldo, cuando no se previó en el contrato que ésta se realice en una fecha específica, la clausura de la cuenta se debe operar cada seis meses, sin que esto signifique que necesariamente se termine la cuenta, pues el saldo resultante se puede llevar a nueva cuenta en la cual será considerado como la primera remesa.

En la actualidad el contrato de cuenta corriente es utilizado fundamentalmente por las instituciones de crédito, pero no en operaciones con sus clientes sino en las celebradas con otras instituciones de crédito, sin embargo, también tiene cierta difusión entre los

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comerciantes particulares, principalmente entre los que guardan relación maquilador fabricante.

En conclusión el contrato de cuenta corriente tiene vigencia y utilidad básicamente en las relaciones interbancarias, en las relaciones de industriales y maquiladores, y en una escala menos importante, en los pequeños comercios que intercambian al fiado bienes o servicios, ya sea con otros comerciantes o ya sea con consumidores, no obstante, este contrato presta una utilidad inapreciable a todos aquellos que con alguna frecuencia se ubiquen, simultáneamente, en el papel de deudores y acreedores recíprocos.

2.5 Préstamo prendario.

Para comprender este tipo de préstamo primero analizaremos lo que es el contrato de prenda, en el cual encontramos que es un contrato por el que se entrega una cosa mueble a un acreedor para seguridad de su crédito, otorgándole la facultad de perseguir la cosa empeñada, retenerla en ciertos casos, y pagarse preferentemente con el producto de su realización, si el deudor no cumple la obligación garantizada.

Por lo tanto, la cosa entregada no pasa a ser propiedad del acreedor, sino que su derecho es mucho más limitado.

La prenda es un negocio accesorio de otro principal, pero además, la categoría de su accesoriedad es igual de consistente e inamovible, a saber, no tiene otra función que la de garantizar el cumplimiento de una obligación; y tratándose de una prenda mercantil, precisa y exclusivamente garantiza el cumplimiento de una obligación mercantil.

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Es un contrato de financiamiento mediante el cual una entidad financiera (prestamista) facilita a un cliente (prestatario) una determinada cantidad de dinero (capital del préstamo) equivalente a un porcentaje del valor de un bien mueble que se entrega en garantía.

Durante la vigencia de un contrato prendario, el dueño de los bienes no puede constituir, bajo pena de nulidad, otra prenda sobre éstos, salvo que lo autorice por escrito el acreedor.

Las características principales del crédito prendario son:

™ La regla general es que el contrato de crédito prendario se constituya sobre las bases del bien que queda en prenda.

™ Además del contrato, la deuda como el crédito quirografario, frecuentemente se documenta en un pagaré.

™ El bien dado en garantía se constituye como prenda.

™ En caso de anticipos sobre títulos de la prenda dada o sobre sus frutos o mercancías, los bancos podrán efectuar la venta de los títulos, bienes o mercancía cuando proceda de conformidad con la LGTOC, por medio de corredor o de esos comerciantes de la localidad, conservando en su poder la parte del precio que cubra las responsabilidades del deudor en compensación de su crédito, y guardando a disposición de aquel el sobrante que pueda existir.

™ Se exceptúa de esta regla la prenda que se otorgue con motivo de préstamos concedidos para la adquisición de bienes de consumo duradero, la cual podrá constituirse entregando al banco la factura que acredite la propiedad sobre la cosa comprada, haciendo de ella la anotación respectiva.

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La prenda para éste tipo de crédito puede ser:

™ Fija: se da cuando se constituye sobre bienes muebles o semovientes (es decir, que se mueven por sí mismos, como el ganado) y los frutos o productos, aunque estén pendientes o se encuentren en pie. Las cosas inmuebles por su destino, incorporadas a una finca hipotecada, solo pueden prendarse con la conformidad del acreedor hipotecario.

™ Flotante: se constituye sobre mercaderías y materias primas en general, pertenecientes a un establecimiento comercial o industrial. Este tipo de prenda afecta las cosas originalmente prendadas y las que resulten de su transformación, tanto como las que se adquieran para reemplazarlas, y no restringe la disponibilidad de todas ellas, a los efectos de garantía.

El préstamo prendario es muy útil para las empresas que quieren comprar inventarios o recuperar el dinero invertido en ellos. En estos casos, el banco sólo presta una parte del valor de los inventarios. Los inventarios se entregan como garantía al banco.

Cuando se otorga este tipo de préstamo, se requiere que los inventarios estén depositados en un lugar confiable, como el almacén de la fábrica a la que se le prestó. En otras ocasiones, según lo determine el banco, la mercancía tiene que estar en un almacén de depósito, que es un lugar habilitado para guardar o custodiar mercancías y para expedir documentos que hagan constar que dichas mercancías existen. En este segundo caso, la empresa que recibió el préstamo tendrá que entregarle al banco, como garantía, el bono de prenda, que es el comprobante de que se llevó a cabo el depósito, y un certificado de depósito, con el que se comprueba que la mercancía pertenece a la empresa que recibió el préstamo.

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Con el contrato se constituye un derecho real de crédito sobre la cosa mueble entregada, por el cual el beneficiario puede vender la cosa para satisfacer su crédito sin importar el propietario de la misma (dado que el propietario, desde la constitución de la prenda hasta su ejecución puede haberla vendido).

Como medida de protección a terceros, la prenda establece que el bien pasa a la posesión del acreedor. De esta forma, el deudor no puede venderlo a un tercero que desconociese la situación. Para los casos de prenda sin desplazamiento son necesarios otros requisitos como la inscripción registral.

En materia de comercio la garantía prendaria está prevista para ser constituida sobre tres diferentes tipos de elementos: títulos de crédito, créditos y bienes o mercancías.

Prenda sobre títulos.

Tratándose de títulos de crédito la prenda se entiende constituida cuando se actualice alguno de los siguientes supuestos:

™ Por la entrega al acreedor del título de crédito si éste es al portador.

™ Por el endoso del título de crédito a favor del acreedor si es un título nominativo y por este mismo endoso, y la correspondiente anotación en el registro si el título es registrable.

™ Con el caso de que el título materia de la prenda no sea negociable, con la entrega al acreedor del título y la inscripción del gravamen en el registro de emisión del título;

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o con notificación hecha del deudor si se trata de un título para el cual no se exija tal registro.

™ Por el depósito del título si es al portador, en poder de un tercero que las partes hayan designado y a disposición del acreedor.

™ Por la entrega o endoso del título representativo de los bienes objetos del contrato, o por la emisión o el endoso del bono de prenda relativo.

Prenda sobre créditos.

En caso de que la prenda se constituya sobre créditos a favor del deudor prendario, la prenda se entenderá constituida:

™ Cuando el crédito materia de la prenda no sea negociable, con la entrega al acreedor del documento en que el crédito conste, con notificación hecha al deudor, según que se trate de créditos respecto de los cuales se exija o no registro.

™ Por la inscripción del contrato de crédito refaccionario o de habilitación o avío en los registros correspondientes.

Prenda sobre bienes.

Finalmente cuando la prenda se constituye sobre otros bienes o mercancías se entiende constituida:

™ Con la entrega de los bienes al acreedor.

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™ Con el depósito de los bienes en poder de un tercero, que las partes hayan designado, y a disposición del acreedor.

™ Con el depósito de los bienes a disposición del acreedor, en locales cuyas llaves queden en poder de éste, aún cuando tales locales sean de la propiedad o se encuentren dentro del establecimiento, del deudor.

Sin embargo cuando la prenda se constituye sobre bienes o títulos fungibles, o sobre dinero en efectivo, además de las anteriores, la constitución de la prenda reúne las siguientes características:

™ Se puede pactar que su propiedad se transfiera al acreedor, quien queda obligado, en su caso, a restituir al deudor otros tantos bienes o títulos de la misma especie, caso en el que el pacto debe constar por escrito.

™ Cuando se constituya sobre dinero se entenderá transferida su propiedad salvo convenio en contrario.

™ La prenda subsistirá, aún cuando los títulos o bienes sean sustituidos por otros de la misma especie.

Respecto a las obligaciones y derechos de las partes, cabe mencionar que además de la obligación principal de conservar y guardar los bienes o títulos dados en prenda, el acreedor prendario tiene la obligación de ejercitar todos los derechos inherentes a ellos.

En caso de que la prenda sea un título de crédito, si antes del vencimiento de la prestación garantizada, el título se vence o se amortiza, el acreedor debe ejercitar tales derechos de rescate, y de ser así puede conservar en prenda, en sustitución de los créditos cobrados o amortizados, las cantidades que por estos conceptos reciba.

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2.6 Préstamo colateral.

Se trata de operaciones documentadas en pagarés en las cuales el solicitante otorga (en apoyo a su liquidez y seguridad) como en garantía colateral además de los documentos provenientes de ventas en abonos (contratos de compraventa, facturas, etc.) los títulos de crédito de la cartera de sus clientes.

El préstamo con garantía colateral es un préstamo que tiene un plazo de un año, como máximo. Este tipo de préstamo se otorga con el fin de ayudar a mantener la liquidez de un negocio. Para obtenerlo, se requiere de aval y garantía, ya sea adicional o complementaria.

Los intereses se cobran por adelantado.

En el caso del préstamo colateral, el banco no compra los documentos: sólo los acepta como garantía del préstamo. Por lo tanto, el empresario tiene que cobrarle directamente a sus clientes y devolver el dinero al banco. Para este tipo de préstamo el banco acepta cualquier tipo de documentos por cobrar que estén vigentes: contra recibos, pagarés, letras de cambio, facturas, estimaciones y cheques.

Se instrumenta al amparo de una línea de crédito con duración de un año, período en el cual el acreditado puede hacer disposiciones revolventes que no excedan de 90 días, aún cuando se pueda extender hasta 180 días. El propósito de éste crédito es satisfacer las necesidades de tesorería a corto plazo, ya que se cancelará el ritmo parcial de conversión de las cuentas por pagar.

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Observaciones:

™ Verificar que el pagaré, cumpla con los requisitos necesarios que se establecen para estas operaciones, poniendo especial atención en que aquellas garantías otorgadas como colateral, se encuentren perfectamente definidas en el mismo, así como que éstas, estén acordes con los títulos de crédito a que se refieren.

™ Comprobar que el colateral provenga realmente de operaciones mercantiles y que los títulos se encuentren debidamente endosados.

™ Que las firmas que aparecen en el pagaré sean de personas facultadas para realizar éstos actos y para otorgar las garantías.

™ Que las condiciones del crédito, se apeguen a aquellas en las líneas contenidas en la línea autorizada.

™ El apoyo de los títulos que se dan como colateral, no debe exceder al 70% de su valor.

2.7 Crédito documentario.

Dentro del proceso de globalización y economía de mercado que experimentamos a nivel mundial, resulta imprescindible promover y facilitar el comercio internacional.

La exportación e importación de bienes extranjeros, donde el comprador se sitúa en un país y el vendedor en otro, es motivo de gran preocupación e incertidumbre debido al

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desconocimiento de los contratantes, las diferentes legislaciones mercantiles, los tipos de cambio y el control de divisas, entre otros factores.

Justamente la existencia del crédito documentario o las cartas de crédito, facilitan el intercambio y son utilizadas diariamente en operaciones que representan miles de millones de dólares a nivel mundial.

Es un compromiso asumido por un banco (banco emisor) de poner a disposición del vendedor (beneficiario) por cuenta del comprador (ordenante) una suma convenida de dinero, que podrá cobrar mediante la prestación de ciertos documentos que correspondan estricta y literalmente a los términos y condiciones estipuladas en el crédito.

El crédito documentario se define como una orden condicionada de pago que recibe un banco emisor, la cual consiste en pagar a un beneficiario, en forma directa o a través de un banco corresponsal, por cuenta y orden de un ordenante contra la presentación de ciertos documentos que certifiquen la venta, el embarque, calidad, cantidad y demás condiciones de la mercancía o del servicio realizado.

Una vez que el beneficiario (vendedor o exportador) cuenta con un crédito documentario a su favor, tiene la seguridad de que el pago será efectuado por una parte independiente (esto es, por un banco) y no por el comprador. Así tan pronto reúna y presente el banco los documentos en los términos requeridos por el crédito, recibirá el pago respectivo. Por su parte, el comprador (o importador) tiene la seguridad de que el importe del crédito sólo será dispuesto si los términos y condiciones que estipuló en el crédito documentario se cumplen cabalmente.

Referencias

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