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Propuesta de DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

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COMISIÓN EUROPEA Bruselas, 23.10.2017 COM(2017) 618 final

Propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en respuesta a una solicitud de las autoridades finlandesas - EGF/2017/005 FI/Retail

(2)

EXPOSICIÓN DE MOTIVOS

CONTEXTODELAPROPUESTA

1. Las normas aplicables a las contribuciones financieras del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) se establecen en el Reglamento (UE) n.º 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1927/20061 (el «Reglamento del FEAG»).

El 12 de junio de 2017, Finlandia presentó la solicitud EGF/2017/005 FI/Retail, relativa a una contribución financiera del FEAG, a raíz de los despidos de trabajadores2 en el sector económico clasificado en la división 47 (Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas) de la NACE Rev. 2 en las regiones finlandesas de nivel NUTS 2 de Länsi-Suomi (FI19) (Finlandia Occidental), Helsinki-Uusimaa (FI1B), Etelä-Suomi (FI1C) (Finlandia Meridional) y Pohjois- ja Itä-Suomi (FI1D) (Finlandia Septentrional y Oriental). 2. Tras evaluar la solicitud, la Comisión ha llegado a la conclusión de que, con arreglo a

todas las disposiciones aplicables del Reglamento del FEAG, se cumplen las condiciones para conceder una contribución financiera del FEAG.

RESUMENDELASOLICITUD

Solicitud de ayuda del FEAG «EGF/2017/005 FI/Retail»

Estado miembro Finlandia

Regiones afectadas (NUTS3, nivel 2) Länsi-Suomi (FI19) Helsinki-Uusimaa (FI1B) Etelä-Suomi (FI1C)

Pohjois- ja Itä-Suomi (FI1D) Fecha de presentación de la solicitud 12 de junio de 2017

Fecha de acuse de recibo de la solicitud 12 de junio de 2017 Fecha de solicitud de información adicional 19 de junio de 2017 Plazo para la presentación de la información

adicional

31 de julio de 2017 Plazo para completar la evaluación 23 de octubre de 2017

Criterio de intervención Artículo 4, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG

Número de empresas afectadas 3

1

DO L 347 de 20.12.2013, p. 855.

2

A tenor del artículo 3 del Reglamento del FEAG.

3

Reglamento (UE) n.º 1046/2012 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (CE) n.º 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS), en lo relativo a la transmisión de las

(3)

Sectores de actividad económica (División de la NACE Rev. 2)4

División 47 (Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas)

Período de referencia (nueve meses): del 3 de agosto de 2016 al 3 de mayo de 2017

Número total de despidos 1 660

Número total de beneficiarios admisibles 1 660 Número total de beneficiarios previstos 1 500 Número de jóvenes beneficiarios previstos que

ni trabajan ni siguen estudios o formación (ninis)

0

Presupuesto para servicios personalizados

(EUR) 3 906 600

Presupuesto para la intervención del FEAG5

(EUR) 259 000

Presupuesto total (EUR) 4 165 600

Contribución del FEAG (60 %) (EUR) 2 499 360

EVALUACIÓNDELASOLICITUD

Procedimiento

3. Las autoridades finlandesas presentaron la solicitud EGF/2017/005 FI/Retail el 12 de junio de 2017, dentro del plazo de doce semanas a partir de la fecha en la que se cumplieron los criterios de intervención establecidos en el artículo 4 del Reglamento del FEAG. La Comisión acusó recibo de la solicitud esa misma fecha y pidió información adicional a dichas autoridades el 19 de junio de 2017. La información adicional se facilitó dentro del plazo de seis semanas a partir de la petición. El plazo de doce semanas a partir de la recepción de la solicitud completa en el cual la Comisión debe finalizar su evaluación para determinar si la solicitud cumple las condiciones de concesión de una contribución financiera termina el 23 de octubre de 2017.

Admisibilidad de la solicitud

Empresas y beneficiarios afectados

4. La solicitud se refiere a 1 660 trabajadores despedidos en el sector económico clasificado en la división 47 de la NACE Rev. 2 (Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas). Los despidos tuvieron lugar en las regiones NUTS nivel 2 de Länsi-Suomi (FI19), Helsinki-Uusimaa (FI1B), Etelä-Suomi (FI1C) y Pohjois- ja Itä-Suomi (FI1D) en Finlandia.

4

DO L 393 de 30.12.2006, p. 1.

(4)

Empresas y número de despidos durante el período de referencia

Anttila Oy 1 217 Oy Vallila Collection Ab 26

Stockmann Oy 417

Número total de empresas: 36 Número total de despidos: 1 660 N.º total de trabajadores por cuenta propia cuya actividad ha

cesado: 0

N.º total de trabajadores por cuenta ajena y por cuenta propia

admisibles: 1 660

Criterios de intervención

5. Las autoridades finlandesas presentaron la solicitud con arreglo al criterio de intervención del artículo 4, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG, que requiere que se haya despedido como mínimo a 500 trabajadores durante un período de referencia de nueve meses en empresas que operen en un mismo sector económico definido en una división de la NACE Rev. 2 y estén situadas en una región o en dos regiones contiguas de nivel NUTS 2 de un Estado miembro. Solo en la región de Helsinki-Uusimaa (FI1B) se produjeron 835 despidos.

6. El período de referencia de nueve meses para la solicitud abarca desde el 3 de agosto de 2016 al 3 de mayo de 2017.

Cálculo de los despidos y del cese de actividad

7. Los despidos durante el período de referencia se han calculado de la manera siguiente:

– 1 660 despidos a partir de la fecha en la que el empleador notificó individualmente a los trabajadores su intención de despedirlos o de poner término a su contrato laboral.

Beneficiarios admisibles

8. El número total de beneficiarios admisibles es de 1 660.

Relación entre los despidos y los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial como consecuencia de la globalización

9. Para establecer el vínculo entre los despidos y los grandes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial como consecuencia de la globalización, Finlandia alega que el comercio al por menor está atravesando un período de grandes cambios, debido a la globalización (comercio electrónico). Los patrones cambiantes de los hábitos de los consumidores, la digitalización y la crisis económica también desempeñan un papel en los cambios.

10. Las ventas en línea están aumentando desde hace muchos años. Se prevé que en 2019, el 13 % del comercio al por menor mundial será por medios electrónicos, mientras que en 2014, fue solo del 6,3 %7. Inicialmente, los consumidores se decantaron por las tiendas en línea. Más recientemente, tienden a decantarse por las tiendas virtuales internacionales, basadas en países no pertenecientes a la UE.

6

Los despidos tuvieron lugar en dos de las principales cadenas de grandes almacenes (Anttila y Stockmann) y en una sucursal (Vallila). Anttila y Vallila han cerrado definitivamente.

(5)

11. Las compras en línea tienen un impacto importante en las ventas de los grandes almacenes convencionales. Las principales tiendas virtuales se encuentran en China, la India y los Estados Unidos.

12.

En Finlandia, las ventas en línea de productos al por menor se incrementaron en un 34 % en el período 2010-2015. Los finlandeses tienden a comprar más en tiendas virtuales extranjeras que otros escandinavos8. Como consecuencia de ello, disminuyeron las ventas en los grandes almacenes finlandeses. En 2014, las ventas comerciales en los grandes almacenes bajaron un 4,3 % respecto de 2013, mientras que en 2016 la caída fue del 2,8 % respecto de las ventas de 20159.

13. También hay grandes permutas en el empleo relacionado con la venta al por menor. A la vez que desaparecen los empleos rutinarios a tiempo completo, se crean nuevas oportunidades, en forma de trabajos a tiempo parcial, que requieren nuevas competencias como conocimientos de las TIC, previsiones, análisis de datos, comunicación, conocimiento de los clientes y logística10. El 43 % del personal del comercio al por menor es mayor de 45 años y no tiene las capacidades mencionadas. 14. Hasta ahora, el sector correspondiente a la división 47 de la NACE Rev. 2 (Comercio

al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas) ha sido objeto de ocho solicitudes de intervención del FEAG11.

Hechos que dieron lugar a los despidos y al cese de la actividad

15. El sector del comercio al por menor en Finlandia representa el 7 % de todos los puestos de trabajo, pero está abierto a trabajadores jóvenes con nuevas competencias que trabajen a tiempo parcial. Las compras en tiendas virtuales de países de fuera de la UE pasaron de representar un 6 % de todas las ventas en 2008 a un 19 % en 2016. Un 32 % de las compras en línea se realiza a partir de otros Estados miembros de la UE y el 16 % del comercio electrónico, a partir de países no pertenecientes a la UE. El 23 % del comercio electrónico internacional de Finlandia es con China12.

16. La tendencia es similar en otros países de la UE; las compras en línea a partir de países no pertenecientes a la UE aumentaron en los períodos 2012-2016, pasando de ser un 13 % a representar un 20 % de todas las compras en línea internacionales (fuente: EUROSTAT).

17. Anttila Oy es una empresa de comercio al por menor creada en 1952 como empresa de venta por correo. Se concentraba principalmente en los sectores de la electrónica de consumo, la confección y los artículos del hogar. Anttila tenía grandes almacenes en 23 localidades.

18. Anttila experimentó pérdidas durante varios años, principalmente debido a la caída generalizada de la actividad económica de los grandes almacenes. La empresa intentó

8 http://kauppa.fi/eng/press_releases/e_commerce_of_goods_increasing_despite_recession_24804 http://www.postnord.fi/globalassets/suomi/tutkimukset/e-commerce-in-nordics-2017_eng_low.pdf, 9 http://tilastokeskus.fi/til/klv/2014/12/klv_2014_12_2015-02-12_tie_002_en.html, http://tilastokeskus.fi/til/klv/2016/12/klv_2016_12_2017-02-15_tie_002_en.html 10 http://www.stat.fi/til/tyti/2016/13/tyti_2016_13_2017-04-12_kat_002_en.html 11

EGF/2010/010 CZ/Unilever, EGF/2010/016_ES/Aragon retail, EGF/2011/004 EL/ALDI Hellas, EGF/2014/009 EL/Sprider Stores, EGF/2014/013 EL/Odyssefs Fokas, EGF/2015/011 GR/Supermarket Larissa, EGF/2016/005 NL/Drenthe Overijssel Retail y EGF/2017/003 GR/Attica retail

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restablecer su rentabilidad. Se recapitalizó y cambió de propietario. Anttila también redujo su plantilla (2015)13.

19. A pesar de todos los esfuerzos, el flujo de caja y la rentabilidad de la empresa experimentaron un nuevo descenso, principalmente debido al comercio electrónico internacional. La empresa buscó recursos financieros exteriores, sin éxito14.

20. El número de clientes en los grandes almacenes de Anttila disminuyó cada año entre un 10 % y un 20 %. Las ventas en los sectores de la música, las películas, los juegos y los electrodomésticos se hundieron en los grandes almacenes de Anttila, debido a la digitalización y al comercio electrónico15.

21. En 2016 la empresa tuvo que declararse en quiebra y se notificó el despido a la totalidad de los 1 222 trabajadores. A principios de 2017 Anttila cerró definitivamente. El personal de Oy Vallila, una subsidiaria de Anttila, también perdió sus puestos de trabajo.

22. La recesión en Finlandia también tuvo repercusiones en las ventas de Anttila16. El personal de Anttila trabajaba entre 30 y 35 horas/semana. Las vacantes actuales son de 12 horas/semana.

23. Stockmann es una cadena tradicional finlandesa de grandes almacenes, conocida por vender productos de calidad de gama alta. Stockmann se enfrentó a problemas similares a los de Anttila, pero en menor medida17.

24. La posición financiera y de mercado de Stockmann comenzó a mejorar en 2015. En 2017 se cerró el almacén de Oulu. Actualmente le quedan seis grandes almacenes. Los problemas de Stockmann están parcialmente vinculados al comercio electrónico, unos hábitos de compra cambiantes y una débil confianza de los consumidores en la economía18.

25. El número de clientes de los grandes almacenes de Stockmann disminuyó más de un 40 % entre 2012 y 2016. En el mismo período el volumen de ventas descendió un 38 %. El margen operativo fue negativo19.

Impacto previsto de los despidos en la economía y el empleo a nivel local, regional o nacional

26. Las cuatro regiones NUTS-2 de Finlandia están afectadas. El mayor impacto se da en Helsinki-Uusimaa (835 empleos perdidos). En marzo de 2017, había en Finlandia 317 251 personas desempleadas en busca de empleo. Esto correspondía al 10,3 % de la población activa. El 38 % tenía más de 50 años20. Había seis personas desempleadas por cada vacante. El 4 % de todas las personas desempleadas procedía del sector del comercio21.

13 http://www.helsinkitimes.fi/business/14110-anttila-declares-bankruptcy.html 14 https://www.statista.com/statistics/243872/number-of-employees-in-the-e-commerce-segment-in-china 15 http://www.ifpi.org/downloads/GMR2016.pdf 16 http://www.reuters.com/article/stockmann-seppala-idUSL6N0VC0NQ20150202 17 https://ek.fi/wp-content/uploads/Luottamusindikaattori1412eng.pdf 18 http://tilastokeskus.fi/til/kbar/2016/07/kbar_2016_07_2016-07-27_tie_001_en.html 19 https://fashionunited.uk/news/retail/a-challenging-turnaround-ahead-for-the-owner-of-lindex/2015062216813 20 https://julkaisut.valtioneuvosto.fi/handle/10024/79319 https://julkaisut.valtioneuvosto.fi/handle/10024/79798 21

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Länsi-Suomi

27. En la zona de Pirkanmaa22, el comercio al por mayor y al por menor representa una parte importante del volumen de ventas de todos los sectores, alrededor del 30 %. La economía de la región se está recuperando lentamente debido a las industrias exportadoras y de la construcción.

28. En marzo de 2017, había 31 577 personas desempleadas registradas en el centro ELY (Centro para el Desarrollo Económico, el Transporte y el Medio Ambiente) de Pirkanmaa. Esto equivalía al 12,9 % de la población activa, superior a la media nacional23.

29. La cadena de grandes almacenes Anttila era un empleador importante en la región. Las mayores dificultades para encontrar un nuevo empleo las experimentaron las personas mayores de cincuenta años.

Helsinki-Uusimaa

30. A finales de marzo de 2017, había 86 659 personas desempleadas en busca de empleo en la región de Uusimaa, un número equivalente al 10,3 % de la población activa.

31. El número de personas desempleadas de larga duración en marzo de 2017 era de 34 942. Hasta un 36 % de las personas desempleadas en busca de empleo eran mayores de cincuenta años24.

Etelä-Suomi

32. Anttila era uno de los principales empleadores en el sector minorista de la ciudad de Turku. Con el cierre de Anttila se perdió un número considerable de empleos.

33. Esta región presenta un desempleo del 11,6 %. Las empresas contratan a trabajadores jóvenes para trabajos a tiempo parcial. Muchas de las personas desempleadas son mayores de cincuenta años25.

34. A finales de la primavera de 2017, la zona suroeste de la región contaba con alrededor de 26 224 personas desempleadas. Esto corresponde al 11,6 % de la población activa. Además, otras 10 600 personas participaron en servicios de fomento del empleo26.

Pohjois-ja Itä-Suomi

35. Tanto Stockmann como Anttila eran empleadores importantes en el sector del comercio al por menor en la zona de Oulu. El cese de sus actividades comerciales en la ciudad dio lugar a un número considerable de trabajadores despedidos, muchos de los cuales se encontraban en los grupos de mayor edad.

36. El desempleo en la zona de Oulu sigue siendo elevado; en marzo de 2017 había 25 928 personas desempleadas. Además, las Oficinas de Empleo y Desarrollo Económico (TE) registraban cerca de 9 650 personas en servicios para el fomento del empleo27.

22

En los apartados 28 a 30 y 33 a 38, la expresión «zonas» hace referencia a las regiones de nivel NUTS 3. 23 https://julkaisut.valtioneuvosto.fi/handle/10024/79319 24 https://julkaisut.valtioneuvosto.fi/handle/10024/79798 25 https://www.ammattibarometri.fi 26 https://julkaisut.valtioneuvosto.fi/handle/10024/79319 27

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Beneficiarios previstos y acciones propuestas

Beneficiarios previstos

37. Se calcula que participarán en las medidas 1 500 trabajadores despedidos. El desglose de estos trabajadores por sexo, nacionalidad y grupo de edad es el siguiente:

Categoría Número de beneficiarios previstos Sexo Hombres: 355 (23,7 %) Mujeres: 1 145 (76,3 %) Nacionalidad Nacionales de la UE: 1 495 (99,7 %) Nacionales de terceros países: 5 (0,3 %) Grupo de edad 15-24 años: 103 (6,9 %) 25-29 años: 144 (9,6 %) 30-54 años: 985 (65,7 %) 55-64 años: 263 (17,5 %) Mayores de 64 años: 5 (0,3 %)

Admisibilidad de las acciones propuestas

38. Los servicios personalizados que se prestarán a los trabajadores despedidos consisten en las acciones que figuran a continuación.

– Medidas de asesoramiento y otras medidas preparatorias: se incluye la formación para la búsqueda de empleo dirigida al aumento de la confianza en uno mismo y a la actualización de las competencias para la búsqueda de empleo; también se incluye asesoramiento laboral sobre una base individual. – Empleo y otras medidas empresariales: esta acción consiste en proporcionar información, asesoramiento y servicios especializados para planificar la reinserción laboral de los beneficiarios a través de servicios en línea, asesoramiento profesional y para la búsqueda de empleo, ofertas de trabajo, adaptación de competencias, evaluaciones de la capacidad de trabajo y experiencias laborales de prueba.

– Cursos de formación: esta acción está dirigida a proporcionar formación profesional, formación continua, formación sobre el cambio y cursos de reciclaje e incluye asimismo cursos de formación para apoyar el emprendimiento; los cursos se adaptarán al grupo destinatario.

– Subvención para la creación de empresas: el objetivo de las subvenciones es promover el inicio de una actividad empresarial y la creación de empleo de personas concretas; la subvención para la creación de empresas ayuda al establecimiento gradual de negocios a tiempo completo y se concede por un

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máximo de doce meses; la formación y el asesoramiento también están relacionados con la subvención.

– Proyectos piloto de asesoramiento de carrera profesional: para los beneficiarios mayores de cincuenta años, el proyecto piloto examinará cualquier cuestión física o mental, o cualquier otra incidencia, que pudiera representar un obstáculo a la reinserción laboral; algunos de los beneficiarios podrían necesitar asimismo asesoramiento intensivo.

– Subsidios salariales: este subsidio estará destinado a apoyar el empleo en un nuevo puesto de trabajo mediante la reducción de los costes salariales; equivaldrá a entre un 30 % y un 50 % de los costes salariales y se abonará al empleador; tendrá una duración de entre seis y dieciocho meses, dependiendo de la duración del período de desempleo.

– Asignaciones por gastos de viaje y alojamiento: pueden concederse a los demandantes de empleo para los gastos de viaje y alojamiento incurridos durante la búsqueda de empleo o durante la formación y su objetivo es el fomento del empleo.

39. Las acciones propuestas que aquí se describen constituyen medidas activas de empleo incluidas en las acciones admisibles a tenor del artículo 7 del Reglamento del FEAG. Estas acciones no sustituyen a las medidas pasivas de protección social. 40. Las autoridades finlandesas han proporcionado la información requerida sobre las

acciones que la empresa afectada tiene la obligación de emprender en virtud de la legislación nacional o con arreglo a convenios colectivos. Han confirmado que la contribución financiera del FEAG no sustituirá a esas acciones.

Presupuesto estimado

41. Los costes totales estimados ascienden a 4 165 600 EUR, e incluyen gastos de servicios personalizados por valor de 3 906 600 EUR y gastos de actividades preparatorias, de gestión, de información y publicidad y de control y presentación de informes por valor de 259 000 EUR.

42. La contribución financiera total solicitada del FEAG asciende a 2 499 360 euros (el 60 % del coste total).

Acciones Número estimado de participantes Coste estimado por participante (en EUR) Costes totales estimados (en EUR)

Servicios personalizados [acciones con arreglo al artículo 7, apartado 1, letras a) y c), del Reglamento del FEAG]

Medidas de asesoramiento y otras medidas preparatorias (Valmennukset ja muut

valmentavat toimenpiteet)

315 1 200 378 000

Servicios destinados al empleo y a las

(10)

Cursos de formación (Koulutus) 235 5 000 1 175 000 Subvención para la creación de empresas

(Starttiraha) 18 9 000 162 000

Proyectos piloto de asesoramiento de carrera profesional (Uravalmennuspilotti)

260 5 000 1 300 000

Subtotal (a): Porcentaje del paquete de servicios personalizados:

3 045 000 (77,95 %) Subsidios e incentivos [acciones con arreglo al artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG]

Subsidio salarial 200 4 200 840 000

Asignaciones por gastos de viaje y

alojamiento 180 120 21 600

Subtotal (b): Porcentaje del paquete de servicios personalizados:

861 600 (22,05 %) Acciones con arreglo al artículo 7, apartado 4, del Reglamento del FEAG

1. Actividades preparatorias – 4 000

2. Gestión – 150 000

3. Información y publicidad – 25 000

4. Control y presentación de informes 80 000

Subtotal (c):

Porcentaje de los costes totales: –

259 000 (6,22 %)

Costes totales (a + b + c): – 4 165 600

Contribución del FEAG (60 % de los costes

totales) –

2 499 360 43. El coste de las acciones que figuran en el cuadro anterior como acciones con arreglo

al artículo 7, apartado 1, letra b), del Reglamento del FEAG no supera el 35 % de los costes totales del paquete coordinado de servicios personalizados. Las autoridades finlandesas han confirmado que estas acciones dependen de la participación activa de los beneficiarios previstos en las actividades de búsqueda de empleo o de formación. 44. Las autoridades finlandesas han confirmado asimismo que los costes de las

inversiones para el empleo por cuenta propia, la creación de empresas y la compra de empresas por los trabajadores no excederán de 15 000 EUR por beneficiario.

(11)

Período de admisibilidad de los gastos

45. Las autoridades finlandesas empezaron a ofrecer servicios personalizados a los beneficiarios previstos el 3 de agosto de 2016. Por lo tanto, los gastos de las acciones podrán optar a una contribución financiera del FEAG entre el 3 de agosto de 2016 y el 12 de junio de 2019.

46. Las autoridades finlandesas empezaron a realizar los gastos administrativos de ejecución del FEAG el 3 de agosto de 2016. Por lo tanto, los gastos de preparación, gestión, información y publicidad, control y presentación de informes podrán optar a una contribución financiera del FEAG entre el 3 de agosto de 2016 y el 12 de diciembre de 2019.

Complementariedad con acciones financiadas con fondos nacionales o de la Unión

47. La fuente de prefinanciación o cofinanciación nacional es la partida dedicada a los servicios públicos de empleo de la rama administrativa del Ministerio de Empleo y Economía. Algunos servicios se financiarán también en el marco de los gastos operativos de los Centros ELY y de las Oficinas TE. Las tareas de apoyo técnico se financiarán en el marco de los gastos operativos del Ministerio de Empleo y Economía y los Centros ELY. Se hará un esfuerzo para aportar una prefinanciación nacional a todas las acciones y tareas.

48. Las autoridades finlandesas han confirmado que las medidas descritas anteriormente que reciban una contribución financiera del FEAG no recibirán contribución financiera alguna de otros instrumentos financieros de la Unión.

Procedimientos para consultar a los beneficiarios previstos o sus representantes, o a los interlocutores sociales, así como a las autoridades locales y regionales

49. Las autoridades finlandesas han indicado que el conjunto coordinado de servicios personalizados se ha elaborado en consulta con los representantes de los Centros ELY de Uusimaa, Pirkanmaa, Pohjois-Pohjanmaa, Varsinais-Suomi y la Oficina TE de Uusimaa. Se incluyó asimismo a los representantes de Anttila y de los sindicatos (PAM: sindicatos de servicios reunidos)

50. El Ministerio de Empleo y Economía estableció un grupo de trabajo en el que están incluidas todas las autoridades locales y regionales mencionadas, así como los representantes de Anttila y PAM. El grupo de trabajo aborda los despidos en el sector minorista y participó en la preparación de la solicitud al FEAG.

Sistemas de gestión y control

51. La solicitud contiene una descripción del sistema de gestión y control en la que se especifican las responsabilidades de los organismos implicados.

– Las autoridades finlandesas han notificado a la Comisión que la contribución financiera estará gestionada por el Ministerio de Empleo y Economía, que actúa como autoridad de gestión y certificación para el FEAG, y como organismo intermedio que distribuye los fondos del FEAG. Las funciones de gestión del FEAG se han asignado al Departamento de Empleo y Emprendimiento.

– Las funciones de certificación son competencia de la Unidad de Recursos Humanos y Administración. Los pagos a los beneficiarios se realizan a través de los Centros ELY y las Oficinas TE regionales.

(12)

– Por lo que se refiere a la auditoría, el organismo responsable es la Unidad de Auditoría Interna independiente, que actúa bajo la supervisión de la Secretaría Permanente del Ministerio de Empleo y Economía.

Compromisos contraídos por el Estado miembro afectado

52. Las autoridades finlandesas han proporcionado todas las garantías necesarias con respecto a los compromisos siguientes:

– se respetarán los principios de igualdad de trato y no discriminación en el acceso a las acciones propuestas y su aplicación;

– se han cumplido los requisitos establecidos en la legislación nacional y en la legislación de la UE sobre despidos colectivos;

– las empresas que han efectuado los despidos y que han proseguido con sus actividades después de haberlos llevado a cabo, lo han hecho cumpliendo con sus obligaciones legales en materia de despidos y han atendido en consecuencia a sus trabajadores;

– las acciones propuestas no recibirán apoyo financiero de otros fondos o instrumentos financieros de la Unión, y se evitará cualquier doble financiación; – las acciones propuestas serán complementarias de las acciones financiadas con

cargo a los Fondos Estructurales;

– la contribución financiera del FEAG cumplirá las normas procedimentales y de fondo de la Unión sobre ayudas estatales.

REPERCUSIONESPRESUPUESTARIAS

Propuesta presupuestaria

53. El FEAG no puede superar la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-202028.

54. Tras examinar la solicitud con respecto a las condiciones establecidas en el artículo 13, apartado 1, del Reglamento del FEAG, y teniendo en cuenta el número de beneficiarios previstos, las acciones propuestas y los costes estimados, la Comisión propone movilizar el FEAG por un importe de 2 499 360 EUR, que representa el 60 % de los costes totales de las acciones propuestas, a fin de proporcionar una contribución financiera en respuesta a la solicitud.

55. La Decisión de movilización del FEAG propuesta será adoptada conjuntamente por el Parlamento Europeo y el Consejo, de conformidad con lo establecido en el apartado 13 del Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera29.

Actos conexos

56. Al mismo tiempo que presenta esta propuesta de Decisión de movilización del FEAG, la Comisión presentará al Parlamento Europeo y al Consejo una propuesta de

28

DO L 347 de 20.12.2013, p. 884.

(13)

transferencia a la correspondiente línea presupuestaria por un importe de 2 499 360 EUR.

57. Asimismo, a la vez que adopte esta propuesta de Decisión de movilización del FEAG, la Comisión adoptará una decisión relativa a una contribución financiera, mediante un acto de ejecución, que entrará en vigor en la fecha en que el Parlamento Europeo y el Consejo adopten la propuesta de Decisión de movilización del FEAG.

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Propuesta de

DECISIÓN DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO

relativa a la movilización del Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización en respuesta a una solicitud de las autoridades finlandesas - EGF/2017/005 FI/Retail

EL PARLAMENTO EUROPEO Y EL CONSEJO DE LA UNIÓN EUROPEA, Visto el Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea,

Visto el Reglamento (UE) n.º 1309/2013 del Parlamento Europeo y del Consejo, de 17 de diciembre de 2013, sobre el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (2014-2020) y por el que se deroga el Reglamento (CE) n.º 1927/200630, y en particular su artículo 15, apartado 4,

Visto el Acuerdo interinstitucional, de 2 de diciembre de 2013, entre el Parlamento Europeo, el Consejo y la Comisión sobre disciplina presupuestaria, cooperación en materia presupuestaria y buena gestión financiera31, y en particular su apartado 13,

Vista la propuesta de la Comisión Europea, Considerando lo siguiente:

(1) El Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización (FEAG) tiene por finalidad apoyar a los trabajadores que han sido despedidos y a los trabajadores por cuenta propia que han tenido que poner fin a su actividad como consecuencia de los importantes cambios estructurales en los patrones del comercio mundial provocados por la globalización, de la continuación de la crisis financiera y económica mundial o de una nueva crisis económica y financiera mundial, así como ayudarles a reincorporarse al mercado laboral.

(2) El FEAG no puede superar la cantidad máxima anual de 150 millones EUR (a precios de 2011), de acuerdo con lo establecido en el artículo 12 del Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo32.

(3) El 12 de junio de 2017, las autoridades finlandesas presentaron una solicitud para movilizar el FEAG en relación con los despidos de trabajadores que se habían producido en el sector económico clasificado en la división 47 (Comercio al por menor, excepto de vehículos de motor y motocicletas) de la nomenclatura estadística de actividades económicas en la Comunidad Europea (NACE) Rev. 2, en las regiones de nivel 2 de la nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS)33 de Länsi-Suomi (FI19), Helsinki-Uusimaa (FI1B), Etelä-Suomi (FI1C) y Pohjois- ja Itä-Suomi (FI1D) en Finlandia. Dicha solicitud se completó con información adicional aportada de conformidad con el artículo 8, apartado 3, del Reglamento (UE) 30 DO L 347 de 20.12.2013, p. 855. 31 DO C 373 de 20.12.2013, p. 1. 32

Reglamento (UE, Euratom) n.º 1311/2013 del Consejo, de 2 de diciembre de 2013, por el que se establece el marco financiero plurianual para el período 2014-2020 (DO L 347 de 20.12.2013, p. 884).

33

Reglamento (UE) n.º 1046/2012 de la Comisión, de 8 de noviembre de 2012, por el que se aplica el Reglamento (CE) n.º 1059/2003 del Parlamento Europeo y del Consejo, por el que se establece una nomenclatura común de unidades territoriales estadísticas (NUTS), en lo relativo a la transmisión de las

(15)

n.º 1309/2013. Esta solicitud cumple los requisitos necesarios para fijar una contribución financiera del FEAG, según establece el artículo 13 del Reglamento (UE) n.º 1309/2013.

(4) Procede, por tanto, movilizar el FEAG para proporcionar una contribución financiera de 2 499 360 EUR en respuesta a la solicitud presentada por las autoridades finlandesas.

(5) Con el fin de minimizar el tiempo necesario para movilizar el FEAG, la presente Decisión debe aplicarse a partir de la fecha de su adopción.

HAN ADOPTADO LA PRESENTE DECISIÓN:

Artículo 1

En el marco del presupuesto general de la Unión Europea para el ejercicio 2017, se movilizará el Fondo Europeo de Adaptación a la Globalización para proporcionar la cantidad de 2 499 360 EUR en créditos de compromiso y de pago.

Artículo 2

La presente Decisión entrará en vigor el día de su publicación en el Diario Oficial de la Unión

Europea. Será aplicable a partir del [the date of its adoption]. Hecho en Bruselas, el

Por el Parlamento Europeo Por el Consejo

El Presidente El Presidente

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