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SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE VERACRUZ DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA FEDERALIZADA CAPÍTULO I DISPOSICIONES GENERALES

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Tapachula No. 58, Col. Badillo, Xalapa, Ver./ 812-5069 (con 10 líneas) Página web: www.ces21.edu.mx

1 SECRETARÍA DE EDUCACIÓN DE VERACRUZ

DIRECCIÓN GENERAL DE EDUCACIÓN PRIMARIA FEDERALIZADA REGLAMENTO INTERNO DE LA ESCUELA

PRIMARIA PARTICULAR “CENTRO EDUCATIVO SIGLOXXI, LAS ÁNIMAS, S. C. CLAVE 30PPR3524V

ZONA ESCOLAR 135 SECTOR EDUCATIVO 10 CICLO ESCOLAR 2014 – 2015

CAPÍTULO I

DISPOSICIONES GENERALES

ARTÍCULO 1°. El presente Reglamento rige la organización y el funcionamiento de la Escuela Primaria conforme a la normatividad vigente de la Secretaria de Educación de Veracruz.

ARTÍCULO 2°. La escuela es la institución donde se educa de manera permanente, comprendiendo a cada alumno(a) y a toda la comunidad educativa con aprendizajes centrados en aprender a conocer, aprender a hacer, aprender a vivir juntos y a aprender a ser, en función de un porvenir que conduzca a un éxito educativo.

ARTÍCULO 3°. Corresponde a la Escuela Primaria:

I.- Propiciar que se cumplan los objetivos de la educación primaria, con absoluto apego a lo establecido en el Artículo 3º Constitucional y a los demás principios contenidos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y en a Ley Federal de Educación.

II.- Promover el desarrollo integral del educando, su adaptación al ambiente familiar, escolar y social, y el fortalecimiento de actividades y hábitos tendientes a la conservación y mejoramiento de su salud física y mental, así como a la ampliación de su cultura que sean aplicables en su vida ulterior.

III.- Fomentar el desarrollo de competencias enfocadas a la investigación que les permita a los educandos aprender y reconoce los valores de la Educación, así como su avance dentro del ámbito educativo.

IV.- Proporcionar un servicio educativo basado en un Modelo Pedagógico que responda a las necesidades educativas actuales.

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2 ARTÍCULO 4°. La Educación deberá ajustarse a las normas jurídicas y

pedagógicas, contenidos, planes y programas de estudio aprobados por la Secretaria de Educación Pública.

ARTÍCULO 5°. Será obligatoria la utilización de los libros de texto gratuitos proporcionados por la Secretaria de Educación y en el caso de los libros de inglés, se requerirán a los Padres de Familia.

CAPÍTULO II

DE LA DIRECCIÓN DE PRIMARIA

ARTÍCULO 6°. El director es la persona designada y autorizada por la Secretaria de Educación de Veracruz para coordinar el correcto funcionamiento, organización y operación de la escuela y de todos los anexos existentes.

ARTÍCULO 7°. En la Dirección de Primaria se estudiarán y resolverán los problemas pedagógicos administrativos y de disciplina que se presenten en horario escolar, planteando a las autoridades superiores aquéllos que no sean de su competencia.

ARTÍCULO 8°. El Director de Primaria es quien suscribirá toda documentación oficial manteniéndola actualizada y ajena a todo uso ilegal.

ARTÍCULO 9°. La Dirección de Primaria es la instancia autorizada para proporcionar toda información administrativa, de documentación del alumno y aquella solicitada por cualquier autoridad.

ARTÍCULO 10°. Tramitar ante las autoridades competentes, el permio necesario para la celebración de actividades didácticas, culturales o recreativas que se realicen fuera del plantel.

ARTÍCULO 11°. Autorizar la celebración de eventos y espectáculos públicos relacionados con actividades propias del plantel, previo permiso de la Dirección General de Educación Primaria Federalizada. Los actos a que se refiere este artículo no causarán gravamen económico al alumno.

ARTÍCULO 12°. Aplicar las medidas disciplinarias a las que hace referencia este ordenamiento.

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3 CAPÍTULO III

DEL PERSONAL DOCENTE

ARTÍCULO 13°. El Personal Docente recibirá un trato amable y cordial por parte de los Directivos, Personal Administrativo, Personal de Apoyo, Padres de Familia y Alumnos.

ARTÍCULO 14°. Deberá de presentarse mínimo 20 minutos antes de la hora de entrada al horario escolar correspondiente al turno.

ARTÍCULO 15°. Asistir a los cursos y diplomados de la R.I.E.B. que la Autoridad Educativa convoque para mantenerse actualizado en su perfil académico y así ser competente ante los nuevos retos educativos.

ARTÍCULO 16°. Impartir diariamente a los alumnos los contenidos de aprendizaje con claridad, profesionalismo y amabilidad.

ARTÍCULO 17°. Revisar las tareas y señalar al alumno(a) las deficiencias oportunamente para implementar actividades de reforzamiento en el aprendizaje, así como llevar un registro donde se concentren los aspectos de avance en el aprovechamiento escolar.

ARTÍCULO 18°. Mantener comunicación constante con los padres de familia proporcionándoles la información que éstos le soliciten, expresa autorización por la Dirección de Primaria.

ARTÍCULO 19°. Señalar a la coordinación cuando un alumno presente comportamientos que puedan determinarse como problemas de conducta, de aprendizaje y/o emocionales, para canalizar al alumno al departamento psicopedagógico, en donde se realizará una evaluación y de ser necesario, se le recomendará al Padre de Familia o tutor que solicite apoyo profesional externo.

ARTÍCULO 20°. Cumplir y respetar los acuerdos que se establezcan en Reuniones Técnicas del Colectivo Docente de la Escuela, acorde a la normatividad vigente de la Secretaría de Educación de Veracruz.

ARTÍCULO 21°. El mobiliario, equipo y materiales que existen dentro del salón de clases, son responsabilidad de cada maestro de grupo.

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4 CAPÍTULO IV

DEL ALUMNO

ARTÍCULO 22º. Gozar de los mismos derechos y oportunidades para recibir educación dentro de las prescripciones reglamentarias, planes de estudio y programas de orientación que determine la Secretaria de Educación Pública.

ARTÍCULO 23º. Tener instalaciones adecuadas para satisfacer las necesidades higiénicas, pedagógicas y de seguridad, que garanticen un ambiente propicio para recibir las clases diarias.

ARTÍCULO 24º. Recibir el servicio educativo durante todo el ciclo, como lo marca el calendario escolar vigente, aun en el caso por falta de docente titular.

ARTÍCULO 25º. Ser respetado en su integridad y dignidad personal, así como en sus creencias religiosas.

El alumno puede expresar libre y respetuosamente sus opiniones, así como presentar formalmente propuestas a la coordinación o Dirección individualmente o en grupo, siempre y cuando ayuden al buen funcionamiento de la comunidad escolar.

El alumno puede acudir con los maestros y autoridades del plantel para resolver dudas, plantear problemas y recibir respuestas.

El alumno puede participar en los eventos culturales y deportivos que el plantel organice.

ARTÍCULO 26º. Tener acceso a la revisión de exámenes, trabajos de investigación y demás aspectos que son elementos de su proceso de evaluación en cada una de las asignaturas que conforman el plan de estudios vigentes.

ARTÍCULO 27º. Acatar las disposiciones emitidas por las autoridades y docentes del plantel, que serán acordes con lo establecido en el Artículo 3°. Constitucional y toda la normatividad que establezca la Secretaria de Educación de Veracruz.

ARTÍCULO 28º. Asistir puntualmente a las clases, participando en todas las actividades de carácter educativo, cívico y cultural que se desarrollen en la Institución. El alumno rendirá honores a nuestro lábaro Patrio todos los días que marque el calendario cívico escolar, guardando siempre una actitud respetuosa; así como también deberá entonar el Himno Nacional Mexicano y el Himno a Veracruz.

ARTÍCULO 29º. Queda prohibido introducir al plantel educativo cualquier tipo de sustancias tóxicas, enervantes, estimulantes y en general todo lo que atente contra la moral, integridad y las buenas costumbres.

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5 ARTÍCULO 30º. Toda salida de la escuela, que se suscite en el transcurso del

horario escolar deberá ser únicamente por causas de fuerza mayor, notificándolo en el cuaderno de comunicación desde la entrada a la escuela. Si se trata de una situación imprevista, que no se haya informado, los Padres de Familia deberán esperar en recepción el tiempo necesario para preparar al alumno para su salida.

ARTÍCULO 31º. Evitar cualquier controversia con sus compañeros y en caso de que exista ésta, deberá acudir con su profesor o a la Dirección de Primaria.

ARTÍCULO 32º. Está estrictamente prohibido traer objetos de valor (celulares, alhajas, pulseras, medallas, anillos, Ipod, etc.) que no tengan relación alguna con las actividades escolares y que solo interfieren con el desarrollo de sus clases, el colegio no se hace responsable de su posible pérdida. En caso de que lo haga se le recogerá y se le entregará sólo al Padre de Familia.

ARTÍCULO 33º. Respetar y cuidar las instalaciones, el material del plantel educativo, así como el de sus compañeros. No se permite comer dentro del salón de clase en ningún momento; queda estrictamente prohibido traer chicles.

CAPÍTULO V DISCIPLINA ESCOLAR

ARTÍCULO 34º. Los padres de familia y alumnos deberán sujetarse a las disposiciones reglamentarias oficiales en materia de trámites de inscripción y firmar un documento compromiso de sujeción a la normatividad vigente respetando el derecho de admisión que establecen las Normas de Control Escolar relativa a la Inscripción, Reinscripción, Acreditación, Regularización y Certificación de Educación Básica. El alumno de nuevo ingreso deberá completar el proceso de admisión:

a) Para ser admitido en el Colegio, el alumno deberá presentar una evaluación académica y psicopedagógica.

b) El proceso de admisión y/o reinscripción al Colegio se concluye cuando el alumno ha entregado al área de Control Escolar la documentación solicitada por la SEV y ésta ha sido aceptada.

c) La documentación requerida por la SEV deberá ser presentada por los interesados en tiempo y forma. Cualquier irregularidad en la misma será motivo de baja cancelándose todos los trámites y sin responsabilidad del Colegio.

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6 a) ARTÍCULO 35º. El acceso a la institución durante el horario escolar queda

estrictamente prohibido a toda persona que no sea alumno, maestro o empleado, salvo emergencias, eventos especiales o cuando se tenga cita con los maestros o directivos. En el caso de proveedores y prestadores de servicios, podrán ingresar previa identificación oficial, registro en caseta de vigilancia y notificación en recepción.

ARTÍCULO 36º. El plantel educativo impondrá una disciplina escolar compatible con la dignidad humana de los alumnos por lo que queda prohibido todo tipo de maltrato físico y psicológico en su contra.

Para efectos de este reglamento las faltas se tipifican en:  Leves

 Intermedias  Graves y

 Muy graves (Extraordinarias)

a) Las faltas leves se definen como “una conducta inaceptable pero de consecuencias intrascendentes” (SCHMILL, 2008, p. 248). Se consideran faltas leves del alumno y que serán resueltas por el maestro o maestra en turno:

Retar al docente ignorando, negando o gritando.

Interrumpir la clase si se ha acordado como regla de clase.

Actitud poco cooperativa al trabajo ante las llamadas de atención del docente. Platicar entre ellos con malas palabras.

Maltratar físicamente a un compañero (jalar, empujar, arañar, morder) sin producir daño.

Maltratar moralmente a un compañero minimizándolo o diciendo comentarios negativos.

Salirse del salón durante la clase sin autorización.

Tomar/ usar objetos que no le pertenecen sin pedir permiso a su dueño. Dañar el trabajo propio o ajeno.

Maltratar el mobiliario.

Traer aparatos electrónicos, juegos o juguetes sin que hayan sido solicitados para la clase.

Comer en los salones (Solo en caso de que el docente así lo haya organizado). Otras que surjan de acuerdo a la definición de este tipo de falta.

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7 b)“Las faltas intermedias son las conductas que producen una afectación o daño

moderado, y este es el criterio, no la repetición de una falta” (SCHMILL, 2008, p. 251).En este tipo de faltas las consecuencias las determinará el docente con apoyo de la coordinación académica.

Se consideran faltas intermedias del alumno y se registran en un informe disciplinario:

Retar al docente contestando groseramente y oponerse por completo a las indicaciones.

Dañarse a uno mismo físicamente o a un compañero produciendo lesión moderada (rayarse, cortarse, jalar, empujar, arañar, morder,).

Conspirar para dividir grupos o condicionar relaciones en el salón. Bajarle los pantalones a un compañero.

Tomar/ usar objetos que no le pertenecen sin pedir permiso a su dueño y no reconocerlo.

Plagiar o copiar trabajos o exámenes. Conspirar para dañar el trabajo o ajeno. Destruir el mobiliario.

Otras que surjan de acuerdo a la definición de este tipo de falta. Por reiteración:

Todas las leves, siempre que ocasionen una afectación o daño moderado (seguridad, higiene, convivencia).

ARTÍCULO 37º. Se considerarán como faltas graves del alumno aquellas conductas que producen un daño grave a quien las adopta o a otros, atentando contra los valores de una manera severa.” (SCHMILL, 2008, p. 254):

Maltratar físicamente a un compañero produciendo una lesión que requiere atención médica.

Acoso moral: burlas constantes hacia alguien por sus características físicas, económicas, etc. amenazando o difamando.

Acoso sexual: tratando de tocar a un compañero en sus glúteos, senos o genitales.

Agredir a los docentes así como a cualquier miembro de la comunidad escolar.

Robar dinero u objetos.

Falsificar firmas de los padres.

Salir de la escuela sin un adulto responsable.

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8 Por reiteración tres veces:

Se considera falta muy grave a extraordinaria según la SEV.

Las faltas graves ameritan la presencia inmediata del padre o tutor con la finalidad de notificarle las consecuencias.

ARTÍCULO 38º. Las faltas muy graves (extraordinarias) son aquellas conductas que pongan en peligro real la vida, la salud o la libertad propia o de otras personas. Es decir que atentan no sólo contra los valores, sino que van más allá y afectan principios o derechos fundamentales. Toda conducta que sea considerada delito. Entre las causas a considerar para ello están:

Traer al colegio armas.

Iniciar o ser cómplice de un incendio. Traer alcohol o drogas al colegio.

Tanto las faltas graves como las muy graves (extraordinarias) serán atendidas por el Comité Disciplinario de forma colegiada.

Las faltas muy graves (extraordinarias) ameritan la presencia inmediata del padre o tutor con la finalidad de notificarle las consecuencias.

Reposición de daños.

a) Los gastos ocasionados por destrucción, desperfectos o robos que llegasen a causar al inmueble, equipo del plantel o los objetos personales de sus compañeros correrán por cuenta del alumno o alumnos responsables.

b) Las faltas que atenten contra la integridad de la institución deberán ser juzgadas y sancionadas por el Comité Disciplinario, levantándose un acta administrativa con los datos del lugar, fecha y hora de la junta, nombre de las personas que la integran, motivo de la reunión, relación y testimonio de los hechos y la firma de los integrantes del este Comité.

c)

Se notificará por escrito la consecuencia determinada por el Comité Disciplinario al padre o tutor del alumno.

ARTÍCULO 39º. Las únicas sanciones que podrán imponerse a los alumnos, según la gravedad de estas son:

a) Amonestación verbal en privado por parte de los maestros.

b) Amonestación verbal en privado por parte de la Dirección de la Escuela.

c) Comunicación por escrito a los padres o tutores del menor para su intervención

en la aplicación de medidas disciplinarias.

d) La falta de respeto y las agresiones físicas intencionales a sus compañeros y

personal de la escuela, serán consideradas como faltas graves, por lo que darán origen a un reporte escrito a los padres o tutores el que será integrado a

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su expediente escolar, la acumulación de tres reportes por escrito darán lugar a que se tomen medidas establecidas en el inciso siguiente.

e) Los alumnos que representen problemas graves de disciplina, será motivo de

estudio por parte de la Dirección de la Escuela y/o personal especializado de la Secretaria de Educación de Veracruz, para que en forma conjunta con los padres de familia se adopten las medidas pertinentes, comunicándolas a la Autoridad inmediata superior para resolver en definitiva.

f) En ningún caso la Escuela tiene permitido realizar suspensión o expulsión de

algún alumno(a) implicado en un problema de disciplina.

CAPÍTULO VI UNIFORME ESCOLAR

ARTÍCULO 40º. El alumno deberá asistir diariamente con el uniforme estipulado por la Dirección de Primaria, completamente limpio y planchado, así como calzado lustrado. Esto es con la finalidad de fomentar en el alumno(a) el concepto de igualdad e imagen personal.

ARTÍCULO 41º. El incumplimiento del uniforme escolar generará un aviso a los padres de familia o tutores para recordar la importancia del mismo de acuerdo a los lineamientos establecidos.

CAPÍTULO VII

HORARIO, PUNTUALIDAD Y ASISTENCIA

ARTÍCULO 42º. El alumno deberá estar en el plantel mínimo cinco minutos antes de la hora de entrada.

El alumno deberá presentarse diariamente de acuerdo al calendario y los horarios establecidos para el ciclo escolar. La hora de entrada es a las 8:00 hrs. Los alumnos podrán ingresar de las 7:45 hasta las 8:00 a.m. El alumno que llegue de las 8:01 a las 8:10 se le retendrá en la entrada y se le permitirá el acceso a su salón con retardo.

Para que el alumno se responsabilice, no se podrán recibir de los papás tareas, refrigerios, dinero u otros objetos que hayan olvidado en casa, después del timbre de entrada.

Al inicio del ciclo escolar el padre de familia llenará un formato que será proporcionado por la Dirección de Primaria, en el cual se especificará el nombre de las personas autorizadas para recoger a su hijo(a); es importante incluir en su caso el nombre de los padres, en el entendido de que a nadie más le va a ser entregado el alumno(a) bajo ninguna circunstancia.

Cuando al alumno lo inviten a jugar o comer los amigos, alguna de las personas autorizadas deberá recoger al alumno(a) y entregarlo a los otros padres.

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ARTÍCULO 43º. En caso de que un alumno acumule tres retardos, el padre de familia recibirá un aviso para solicitar que tome las medidas necesarias para llegar a tiempo.

Para aquél alumno que se le presentara una emergencia y tuviera que llegar después de la hora de entrada, el padre de familia tendrá que avisar vía telefónica para que se le autorice el acceso al plantel. Si se trata de una consulta médica será indispensable traer un comprobante.

ARTÍCULO 44º. Cuando por algún motivo de salud o por otra causa el alumno(a) no asista, deberá justificar presentando a la dirección de la escuela certificado médico o escrito signado por el padre o tutor especificando el motivo de la inasistencia.

Las faltas de asistencia se tipifican en: I) justificadas,

II) notificadas e III) injustificadas

a) Las faltas justificadas son las causadas por enfermedad o accidente, muerte de algún familiar cercano, trámite de visa o pasaporte o representación de la Institución en eventos deportivos, culturales o académicos. Deben comprobarse por medio de un escrito de los Padres de Familia (en caso de muerte de familiar, trámite de visa ó pasaporte), reporte médico que prescriba el reposo o constancia correspondiente (en los demás casos) y entregarlo en recepción el día que asista a clases. En este caso se acordará la entrega de tareas y/o trabajos pendientes. Es responsabilidad del alumno(a) preguntar, realizar y entregar las tareas encargadas durante su ausencia.

b) Las faltas notificadas son en las que se avisa la falta por escrito dirigido a la coordinación y se justifica, pero se da el 50% del porcentaje total en el trabajo en clase y 100% del de tareas, siempre y cuando los alumnos entreguen las agendas y tareas solicitadas en el momento que acuerden con los docentes. Por ejemplo: viajes familiares.

c) Las faltas injustificadas son aquéllas en las que no se notifica al colegio y la causa no está prevista en ninguno de los dos apartados anteriores y esto repercute en el porcentaje total de trabajo en clase y tareas.

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11 Notas:

Para tener derecho a presentar examen bimestral, el alumno deberá cubrir, como mínimo el 80% de asistencia a clases.

Cuando el alumno falte a algún examen por causas justificadas, éste podrá aplicársele en la fecha que programe la Coordinación, siempre y cuando no se exceda la fecha de entrega de documentos a la SEV.

Por el carácter procedimental de los talleres, en las faltas justificadas el porcentaje de trabajo en clase equivaldrá al 50% del promedio de las clases a las que haya asistido el alumno, ya que estos se tienen solo una vez por semana. En las faltas notificadas e injustificadas no habrá porcentaje en el trabajo en clase.

En las actividades derivadas de los talleres como festivales, presentaciones, concursos, competencias, etc., la asistencia es obligatoria.

Por actividades deportivas y/o culturales representando al País, al Estado o a cualquier club particular y/o privado, las faltas se justificarán con la presentación de una carta del Órgano deportivo que represente y además es requisito indispensable que el alumno se comprometa a entregar sus actividades y/o tareas en el plazo que la Coordinación establezca.

CAPÍTULO VIII EVALUACIÓN

ARTÍCULO 45º. La evaluación es un proceso continuo, que se sujetará a las nuevas normas establecidas por la Reforma Integral de Educación Básica, implementada por la Secretaría de Educación Pública.

En caso de solicitar una revisión de la evaluación, y si amerita, la Coordinación levantará un acta, donde se especificará el resultado obtenido, la cual se turnará al área de Control Escolar

ARTÍCULO 46º. Los alumnos, maestros y padres de familia deben coordinarse para el cumplimiento cabal de la normatividad sobre el rubro de evaluación como proceso continuo y permanente.

CAPÍTULO IX

DE LOS PADRES DE FAMILIA O TUTORES

ARTÍCULO 47º. Recibir en forma periódica información sobre el aprovechamiento de sus hijos en las reuniones convocadas por los maestros de grupo con las fechas que determine el centro educativo. Se informarán los resultados de la evaluación del alumno en forma bimestral a través de la cartilla, así como la retroalimentación del proceso.

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12 Es necesario que los padres firmen todo escrito o aviso que sea enviado a los

mismos a través del cuaderno de comunicación, notificación de incidentes y que revisen constantemente la información de la página WEB y correo electrónico.

El Colegio tiene la mejor disposición para resolver cualquier problema que pueda surgir en relación con la educación del alumno; por ello en la primera junta se dará a conocer la forma de evaluar. Por lo mismo se requiere de la misma actitud por parte de los padres para beneficio de sus hijos.

ARTÍCULO 48º. Los padres se comprometen a vigilar el cumplimiento de tareas, actividades y desenvolvimiento de sus hijos.

ARTÍCULO 49º. Vigilarán que sus hijos asistan puntualmente a la escuela en el horario correspondiente, así como avisar con oportunidad de las inasistencias justificada, para poder implementar estrategias de atención del alumno para el mejor desarrollo de competencias de sus hijos.

ARTÍCULO 50º. Recogerán puntualmente a sus hijos a la hora de salida del horario escolar o en su caso reportar a la dirección de la escuela el motivo de su tardanza.

Al término de la jornada escolar, el alumno será entregado a los padres de familia o a la persona autorizada solamente en las “casitas”. Allí es necesario limitarse a recoger al alumno y no establecer diálogo con los maestros; en caso de que el padre de familia necesite aclarar alguna situación deberá esperar hasta que el maestro termine de entregar a los demás alumnos a su cargo.

Al llegar y salir en automóvil de la institución, deberá ser a una velocidad máxima de 10 Km. por hora sin música estridente y sin tocar de claxon.

La hora de salida es de 14:50 a 15:15 hrs. El alumno cuyos padres no lo recojan en el horario establecido, permanecerá dentro de las áreas designadas para ello; sin embargo, si los padres de familia reinciden en llegar tarde en más de 3 ocasiones, el personal de la coordinación del nivel enviará un aviso, si esta conducta persiste se enviará una notificación; si a pesar de esto la situación continúa, el padre tendrá que firmar una carta responsiva.

ARTÍCULO 51º. Son obligatorias las reuniones para los padres de familia, la aportación de ideas y la participación a las actividades, así como el apoyo a los eventos escolares y a la integración de la mesa directiva de la asociación de padres de familia.

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13 ARTÍCULO 52 º. Recibir un trato respetuoso por parte del personal docente,

directivo y de apoyo de la institución, así como dar al personal de la escuela tanto docente como administrativo y de apoyo un trato respetuoso y digno.

Ningún padre de familia podrá abordar, reprender o agredir verbalmente a un alumno del Colegio por cuestiones personales, para ello deberá acercarse a la Coordinación o Dirección para tratar la situación específica.

El padre de familia es responsable de la autenticidad de los datos y documentos presentados al Colegio.

Los problemas de tipo personal, observaciones, quejas, dudas o cualquier otro tipo de información que requiera el padre ó tutor, deberán ser tratadas de forma individual ante el docente, la Coordinación y/o Dirección de Primaria.

El padre ó tutor NUNCA deberá tratar asuntos con el profesor pasando los límites del RESPETO.

ARTÍCULO 53 º. Respetar a sus hijos como seres humanos con derechos protegidos por la Ley, evitado todo maltrato dentro y fuera del plantel educativo.

ARTÍCULO 54 º. Justificar ante el maestro de grupo los retardos o inasistencias en que incurran sus hijos.

CAPÍTULO X

OTORGAMIENTO DE BECAS

ARTÍCULO 55º. El otorgamiento de Becas por aprovechamiento escolar será estrictamente y en apego al Acuerdo numero 205, por el que se determinan los lineamientos generales para regular el otorgamiento de Becas en las Instituciones Particulares de Educación Primaria que cuentan con la autorización de estudios con reconocimiento de validez otorgada por la Secretaria de Educación de Publica.

Mtra. María Eloína Jiménez Domínguez Directora

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