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Protocolo de intervención sanitaria en casos de maltrato infantil

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(1)

Protocolo de

intervención sanitaria

en casos de

maltrato infantil

SECRETARIA GENERAL DE CALIDAD, INNOVACIÓN Y SALUD PÚBLICA

Subdirección de Promoción de la Salud

(2)
(3)
(4)

El consejo de Europa ha

definido

la

Parentalidad

Positiva

como:

El comportamiento de los

padres fundamentado en

el interés superior del niño

,

que cuida, desarrolla sus

capacidades , no es violento y

ofrece reconocimiento y

orientación que incluyen el

establecimiento

de

limites

que

permitan

el

pleno

desarrollo del niño

Un comportamiento parental

positivo se rige por los

siguientes principios:

• Respeto

hacia

las

necesidades específicas de

los niños y las niñas

• Fortalecimiento de vínculos

afectivos seguros

• Resolución de conflictos no

violenta

(5)

Y ANTE EL FALLO DE LA SOCIEDAD,

PROFESIONALES Y FAMILIA …

ES CUANDO HABLAMOS DE ABORDAJE

DEL MALTRATO INFANTIL.

SIEMPRE COMO UN FRACASO DE TODOS/AS,

UN NO SABER PREVENIR, RECONOCER,

(6)

Maltrato infantil : Nociones básicas

Es un

grave problema

de salud pública, y es de escasa visibilidad

Su

detección

es

difícil

Los profesionales sanitarios son fundamentales en el proceso de

detección, protección y cuidados

Su

abordaje

exige

coordinación

entre

distintos

profesionales e intersectorial

, máxima prioridad y celeridad y

respeto al superior interés del menor

Todas las actuaciones se inscriben en una perspectiva de

buen

trato y derechos

de la infancia y en el fomento de la

(7)

¿ Qué hacer desde los servicios sanitarios?

 El SSPA es un observatorio privilegiado

para la detección

 Se basa

en identificar indicadores de sospecha

:

 físicos, emocionales o conductuales, del menor,

 verbalizaciones del menor o de otras personas,

 comportamiento de los padres o cuidadores

(8)

Factores

De

riesgo

Factores

Compensadores

Protectores

Conducta paterna

Se produce el maltrato por…..

(9)

Primera atención

Potenciar factores protectores

Promoción del buen trato

Prevención primaria

no

si

Factores de riesgo de maltrato infantil

Potenciar factores protectores

Promoción del buen trato

Prevención secundaria

Vigilancia y seguimiento

Información a la UTS

Abordaje de factores de riesgo social

Existencia de indicadores

de sospecha de maltrato infantil

Inicio del

procedimiento asistencial

(10)

• Primacía del interés superior del menor

(sobre cualquier otro interés legítimo)

• Asegurar la protección del menor

, con hospitalización si fuese necesario

Ra

pidez

en la exploración física (evitar que

desaparezcan muestra biológicas), recogida de

muestras ( semen , pelos , sangre … ), fotografías

siempre que se pueda.

Asistencia coordinada.

LIMITAR EXPLORACIONES Y

PRUEBAS (evitar victimización secundaria)

(11)

ENTREVISTA

del menor/padres o cuidadores

Escuchar (estado alerta)

:

ofrecer confianza

realizar preguntas abiertas

adaptar comunicación a la edad del menor

respetar intimidad

evitar juicios de valor–culpabilizar

Observar

:

el estado emocional del menor

la relación del menor con sus familiares

la actitud de los progenitores ante el problema

Buscar una explicación

(considerar , sospechar o descartar Maltrato)

Registrar

:

A

notar literalmente los comentarios de los menores .

Las contradicciones de los padres.

(12)

Criterios que definen la GRAVEDAD del maltrato

La gravedad del maltrato se puede expresar a corto, a

medio o a largo plazo

.

1.

Frecuencia e intensidad de los indicadores

.:

Gravedad de las lesiones y de las enfermedades derivadas de la situación de maltrato.

2

.

Grado de

vulnerabilidad

Cronicidad

y frecuencia del maltrato

Acceso del perpetrador

al menor y tipo de relación que

mantienen

Características de los padres o cuidadores

principales:

capacidad, integración social, recursos personales y

materiales, actitud ante el menor y ante el problema.

Características y condiciones de su entorno

familiar y

social.

Solicitud de ayuda previa

por reiteración del maltrato

(13)

Inicio del procedimiento asistencial

Valoración inicial

Anamnesis, exploración de indicadores de sospecha, de la situación clínica

¿Se trata de una situación urgente?

Sí. ¿Hay riesgo vital, de desprotección o se precisa valoración urgente?

Procedimiento de urgencia

No

Procedimiento ordinario

Tratamiento lesiones y medidas de protección inmediata

Valorar traslado a centro de referencia hospitalario e ingreso

Valorar la necesidad de evaluación por otros especialistas

.

(médicos o médicas forenses a través de Juzgado de Guardia )

Información a la U.T.S.

Notificación urgente con Parte al Juzgado de Guardia

Hoja de detección y notificación SIMIA que se enviara al Servicio de

Protección Menores

Información a la U.T.S.

Trabajo de equipo interdisciplinar :

Evaluación de indicadores, entorno, repercusiones.

Hoja de detección y notificación de maltrato infantil, como

leve o moderado. Enviar a los Servicios Sociales

Comunitarios de la localidad de residencia del menor.

Si lesiones: Parte al Juzgado de Guardia

Seguimiento

Servicios Sociales y Centros Sanitarios

Comisiones Provinciales de Medidas de Protección

Comisión Local de Infancia

(14)
(15)

la notificación, aunque suponga una

valoración inicial del posible caso de maltrato

por personal profesional que lo detecte

no representa

un diagnóstico de la situación, que deberá

ser efectuada por los profesionales con

competencias para ello.

(16)

Asistencia

Tratamiento

de

lesiones

físicas

o

complicaciones derivadas del maltrato

Tratamiento del

daño psicológico

(17)

 Necesidad de protección de la víctima

- gran afectación psicológica

- necesidad de observación y pruebas

complementaria

Solicitud de ayuda

previa por reiteración del

maltrato

(18)

En

coordinación

con profesionales de Salud Mental y

Servicios Sociales.

Asegurada la protección del menor

, promover un entorno

seguro

Promover la

elaboración afectiva

de la experiencia sufrida

Recuperar la

autoestima

, la

confianza

, la

identidad

positiva y la

dignidad

Fomentar al autonomía

y la capacidad de autoprotección

Incentivar al empatía

y los valores éticos

Promover el valor de la palabra y del apego

(19)

Servicios Sociales

comunitarios

Programa de Tratamiento Familiar

Servicio de Protección

de Menores

Detecciones previas de Salud..

(20)

La

Hoja de Detección y Notificación

es el instrumento principal para la

comunicación de los casos y la obtención de los datos que integrarán el Sistema

del Maltrato Infantil

.

REGISTRO SIMIA - SIEMPRE

Es el

documento oficial

para comunicar casos, situaciones y hechos

Se transmite

información sobre

:

o Datos identificación del menor.

o Datos del centro que ha detectado el maltrato.

o Tipología e indicadores y valoración del maltrato.

o Instancia a la que se ha comunicado el caso.

o Origen del maltrato.

o Observaciones

supone una

valoración inicial

del posible caso de maltrato,

no representando un diagnóstico

firme de la situación.

no exime de las intervenciones que se deban realizar desde su propio ámbito de

actuación.

Consta de tres hojas, la segunda es autocopiativa y la tercera la cumplimenta los

SS.SS.CC ó SPM cuando se confirma el diagnóstico.

(21)

Enlaces a documentos de notificación de

maltrato infantil y derivación al programa de abusos

1. Hoja SIMIA (hoja de detección y notificación de

maltrato infantil). Modelo BOJA

1. http://juntadeandalucia.es/boja/2006/130/d4.pdf

2. Hoja SIMIA (hoja de detección y notificación de

maltrato infantil).

Acceso electrónico con certificado digital

https://ws058.juntadeandalucia.es/simia/

Acceso al Manuel para rellenar la hoja

www.pediatrasandalucia.org/simia.pdf

3. Protocolo de derivación al programa de evaluación,

diagnóstico y tratamiento de caso de de abusos

sexuales a menores en Andalucía

1.

http://juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Infancia_Familia_archivo

s_PROTOCOLO_ABUSOS_SEXUALES.pdf

(22)
(23)
(24)
(25)

REGISTRO

VALÓRAME:

Instrumento para la Valoración de la Gravedad de las

Situaciones de Riesgo, Desprotección y Desamparo de

Andalucía.

OPCIONAL

Información más detallada de la situación a estudio.

Requiere valoración interdisciplinar

Se recoge información sobre

1.-

El menor y sus circunstancias.

Valoramos daños reales y potenciales del menor

2.-

las conductas de los padres relacionadas con el daño del menor

.

Valoramos si existe relación entre los daños del menor y la

conducta de los padres.

3.- Realizamos la

valoración de gravedad

referidos a los 6 meses

anteriores.

4.- Identificamos el

tipo de desprotección

y sus diversas

especificidades en razón de indicadores gradientes

5.- Decidimos

un nivel global de gravedad

. Necesario para activar las

(26)
(27)
(28)
(29)

29

LEY 1/1998 de los Derechos y Atención al Menor (Capítulo I)

Intervención en los casos que

requieran actuaciones en el

propio medio.

Apreciar, intervenir y aplicar

medidas oportunas en las

situaciones de riesgo*.

CORPORACIONES

LOCALES

Servicios Sociales Comunitarios

Equipos de Tratamiento Familiar

JUNTA DE

ANDALUCÍA

Ejercicio de la

funciones de protección

que implican

separación del medio

familiar.

(Desamparo*)

Servicios de Protección de

Menores

MALTRATO

LEVE/MODERADO

MALTRATO

GRAVE

DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS

(30)

30

SITUACIÓN DE DESAMPARO

Sª Prevención y Apoyo a la Familia.D. Gral Infancia y Familias

La que se produce de hecho a causa del

incumplimiento, o del imposible o inadecuado

ejercicio de los deberes de protección establecidos

por las leyes para la guarda de los menores,

cuando éstos queden privados de la necesaria

asistencia moral o material.

(Art. 172.1 Código Civil y Art. 23.1 Ley 1/1998).

Adopción de

una medida de protección

por el órgano

competente, que implica separación del núcleo

familiar.

Intervención a nivel sociofamiliar que facilite la

(31)

Propuesta de

Inscripción a la

D.G.I.F

CUMPLIMENTAR HOJA

Maltrato

Grave

Maltrato

Leve/Moderado

Determinar

“Nivel de Gravedad”

del maltrato

Servicio de Protección

de Menores

Intervención por

S.S.C.C. ó E.T.F

Servicios Sociales de la

Corporación Local

¿Se Confirma el maltrato?

¿Está Completa la

Documentación?

ARCHIVO

PETICIÓN

DOCUMENTACIÓN

COMPLEMENTARIA

TRÁMITE DE

ADUCIENCIA

Comunicación

S.S.C.C.L.L.

Serv. De protección

interesados

NO

ACUERDO DE

INSCRIPCIÓN

NO

(32)
(33)

INTERVENCIÓN EN ATENCIÓN PRIMARIA ANTE EL MALTRATO INFANTIL INTRAFAMILIAR

MALTRATO

LEVE

MALTRATO

MODERADO

MALTRATO

GRAVE

MALTRATO

MUY GRAVE

(34)

Se constata la necesidad de intervención por riesgo para la salud o para la

seguridad del menor.

El o la menor no tiene quien lo cuide

CASOS DE ESPECIAL CONSIDERACIÓN

AMBITO HOSPITALARIO SERVICIO DE PROTECCIÓN DE

MENORES DETECTADO ANTES DEL MALTRATO PRENATAL

NACIMIENTO

RENUNCIAS

ACCIONES: * Atención Sanitaria.

* Comunicación y envío de Hoja SIMIA e informe socio sanitario al SPM

* Recepción de documentos enviados por el SPM

* Separación del menor de sus padres

* Colaboración en la retirada del menor de la institución sanitaria. * Elaboración del informe de alta. * Habilitación de una sala para la notificación a los padres de las medidas adoptadas.

ACCIONES: * Recepción de la demanda y apertura de expediente. * Valoración de la gravedad. * Coordinación con otras instituciones.

* Solicitud dirigida al Director del Hospital para la permanencia del menor en el Hospital, vía Fax (Anexo )

* Oficio dirigido a los padres ( Anexo )

* Notificación de la Resolución acordad0 ( Plazo máx. 3 días ). *Ejecución de la Resolución Administrativa, aportando: Acta de retirada, Certificado de la medida adoptada, Documento de

notificación y citación a los padres en el SPM, si no estuvieran presentes ( Anexo )

DETECTADO EN EL ÁMBITO SANITARIO ACCIONES:

* La institución sanitaria notificará por escrito la situación de riesgo prenatal una vez detectado, antes del nacimiento. * El SPM tras la recepción y valorada la situación de intervención, enviará a los Hospitales Materno-Infantiles la solicitud de colaboración para la permanencia del menor en el Hospital, tras su nacimiento, activándose el protocolo general. DETECTADO POR EL S.P.M. ACCIONES.

* Si la situación de riesgo prenatal ó cualquier otro es conocido por el SPM antes del nacimiento del menor. El SPM enviará a los Hospitales Materno-Infantiles la solicitud para la

permanencia del menor en el Hospital, tras su nacimiento. Activándose el protocolo general.

Dejar constancia en la historia de la madre para activar el protocolo en el momento del parto, según medidas adoptadas por el SPM

ACCIONES:

* Todos los Centros Hospitalarios y Centros de Atención Primaria, contarán con el documento de renuncia (Anexo ), y lo pondrán a disposición de la madre antes y/ó después del nacimiento del menor. * Se notificará al SPM de forma verbal y se enviará por escrito dicho escrito,

acompañando un informe de la situación socio-familiar, si se puede recabar, para la elaboración posterior de la Historia de Vida. *Se activará el protocolo general

( en caso de renuncia se activa el protocolo de actuación en el centro:

-Ingreso de la madre en ginecología, no en tocología.

-Siempre que sea posible, dormir a la madre para que no vea al recién nacido.

-Administración de medicación para retirada de lactancia.

-Ingreso de recién nacido en servicio de neonatología

* Además se facilitará al SPM documento para la inscripción registral.

1.-Plan de seguimiento sanitario. 2.- Plan de tratamiento social continuado para reducción de

indicadores de riesgo y coordinación con otras instituciones.

(35)

Se contrasta la necesidad de intervención por riesgo para la salud

física o psicológica y/o para la seguridad del menor

Cualquier comportamiento en el que el menor es utilizado por un adulto u otro menor como medio para obtener estimulación o gratificación sexual. Se incluye: la explotación sexual, el tráfico y

turismo sexual, la pornografía yla prostitución

infantil

LEVE

No hay contacto físico, está producido por una persona ajena a la familia del menor, ha tenido lugar en una sola ocasión y el niño dispone de apoyo de padres o tutores.

NIVELES DE GRAVEDAD

MODERADO

Sin contacto físico, por persona ajena a la

familia del menor, ha tenido lugar en varias

ocasiones, y dispone de apoyo de padres ó

tutores

GRAVE

Incesto con o sin contacto físico.

Abuso extrafamiliar con contacto físico

ACCIONES

ATENCIÓN SANITARIA. NOTIFICACIÓN:

(Siempre A TS DEL CENTRO):

1.- Parte al juzgado de Guardia y/o Fiscalía para la comunicación de

asistencia sanitaria por lesiones

2.-Comunicar a atención primaria 3.- Comunicar a SS.SS.CC el caso con

Hoja SIMIA

4.- Derivación al Servicio de

Prevención y Apoyo a la Familia

(SPAF)

ACCIONES

ATENCIÓN SANITARIA

NOTIFICACIÓN:

(Siempre a TS DEL CENTRO)

1.-Parte al juzgado de Guardia y/o Fiscalía para la

comunicación de asistencia sanitaria por lesiones.

2.- Comunicar a SS.SS.CC el caso con Hoja SIMIA e

Informe socio-sanitario

3.- A atención primaria

4.- Derivación al Servicio de Prevención y Apoyo a

la Familia (SPAF) mediante documento

ACCIONES

ATENCIÓN SANITARIA

(Se contemplará la necesidad de atención y

valoración conjunta, por otros profesionales

Forense, Ginecolog@)

- VALORACIÓN DE INGRESO

- Solicitar si es preciso la intervención de la

policía

- Apoyo psicológico/emocional.

NOTIFICACIÓN:

1.- Comunicación, INMEDIATA, a Menores (SPM)

y/o FiscalÍa (según horario) para tomar medidas

de protección (Intrafamiliar)

2.-Parte al juzgado de Guardia para la

comunicación de asistencia sanitaria por lesiones.

INMEDIATO.

3.- Enviar documento SIMIA e Informe

socio-sanitario al servicio de Protección de Menores

(Intrafamiliar)

4. SIEMPRE derivación al Servicio de Prevención

y Apoyo a la Familia (SPAF) con

REGISTRO (En Hª Clínica y Social)

SEGUIMIENTO:

1.-Plan de seguimiento sanitario.

2.- Plan de tratamiento social continuado para

reducción de indicadores de riesgo.

EN TODOS LOS

CASOS

Referencias

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