Protocolo de
intervención sanitaria
en casos de
maltrato infantil
SECRETARIA GENERAL DE CALIDAD, INNOVACIÓN Y SALUD PÚBLICA
Subdirección de Promoción de la Salud
El consejo de Europa ha
definido
la
Parentalidad
Positiva
como:
El comportamiento de los
padres fundamentado en
el interés superior del niño
,
que cuida, desarrolla sus
capacidades , no es violento y
ofrece reconocimiento y
orientación que incluyen el
establecimiento
de
limites
que
permitan
el
pleno
desarrollo del niño
Un comportamiento parental
positivo se rige por los
siguientes principios:
• Respeto
hacia
las
necesidades específicas de
los niños y las niñas
• Fortalecimiento de vínculos
afectivos seguros
• Resolución de conflictos no
violenta
Y ANTE EL FALLO DE LA SOCIEDAD,
PROFESIONALES Y FAMILIA …
ES CUANDO HABLAMOS DE ABORDAJE
DEL MALTRATO INFANTIL.
SIEMPRE COMO UN FRACASO DE TODOS/AS,
UN NO SABER PREVENIR, RECONOCER,
Maltrato infantil : Nociones básicas
Es un
grave problema
de salud pública, y es de escasa visibilidad
Su
detección
es
difícil
Los profesionales sanitarios son fundamentales en el proceso de
detección, protección y cuidados
Su
abordaje
exige
coordinación
entre
distintos
profesionales e intersectorial
, máxima prioridad y celeridad y
respeto al superior interés del menor
Todas las actuaciones se inscriben en una perspectiva de
buen
trato y derechos
de la infancia y en el fomento de la
¿ Qué hacer desde los servicios sanitarios?
El SSPA es un observatorio privilegiado
para la detección
Se basa
en identificar indicadores de sospecha
:
físicos, emocionales o conductuales, del menor,
verbalizaciones del menor o de otras personas,
comportamiento de los padres o cuidadores
Factores
De
riesgo
Factores
Compensadores
Protectores
Conducta paterna
Se produce el maltrato por…..
Primera atención
Potenciar factores protectores
Promoción del buen trato
Prevención primaria
no
si
Factores de riesgo de maltrato infantil
Potenciar factores protectores
Promoción del buen trato
Prevención secundaria
Vigilancia y seguimiento
Información a la UTS
Abordaje de factores de riesgo social
Existencia de indicadores
de sospecha de maltrato infantil
Inicio del
procedimiento asistencial
• Primacía del interés superior del menor
(sobre cualquier otro interés legítimo)
• Asegurar la protección del menor
, con hospitalización si fuese necesario
Ra
pidez
en la exploración física (evitar que
desaparezcan muestra biológicas), recogida de
muestras ( semen , pelos , sangre … ), fotografías
siempre que se pueda.
Asistencia coordinada.
LIMITAR EXPLORACIONES Y
PRUEBAS (evitar victimización secundaria)
ENTREVISTA
del menor/padres o cuidadores
Escuchar (estado alerta)
:
ofrecer confianza
realizar preguntas abiertas
adaptar comunicación a la edad del menor
respetar intimidad
evitar juicios de valor–culpabilizar
Observar
:
el estado emocional del menor
la relación del menor con sus familiares
la actitud de los progenitores ante el problema
Buscar una explicación
(considerar , sospechar o descartar Maltrato)
Registrar
:
A
notar literalmente los comentarios de los menores .
Las contradicciones de los padres.
Criterios que definen la GRAVEDAD del maltrato
La gravedad del maltrato se puede expresar a corto, a
medio o a largo plazo
.
1.
Frecuencia e intensidad de los indicadores
.:
Gravedad de las lesiones y de las enfermedades derivadas de la situación de maltrato.
2
.
Grado de
vulnerabilidad
Cronicidad
y frecuencia del maltrato
Acceso del perpetrador
al menor y tipo de relación que
mantienen
Características de los padres o cuidadores
principales:
capacidad, integración social, recursos personales y
materiales, actitud ante el menor y ante el problema.
Características y condiciones de su entorno
familiar y
social.
Solicitud de ayuda previa
por reiteración del maltrato
Inicio del procedimiento asistencial
Valoración inicial
Anamnesis, exploración de indicadores de sospecha, de la situación clínica
¿Se trata de una situación urgente?
Sí. ¿Hay riesgo vital, de desprotección o se precisa valoración urgente?
Sí
Procedimiento de urgencia
No
Procedimiento ordinario
Tratamiento lesiones y medidas de protección inmediata
Valorar traslado a centro de referencia hospitalario e ingreso
Valorar la necesidad de evaluación por otros especialistas
.
(médicos o médicas forenses a través de Juzgado de Guardia )
Información a la U.T.S.
Notificación urgente con Parte al Juzgado de Guardia
Hoja de detección y notificación SIMIA que se enviara al Servicio de
Protección Menores
Información a la U.T.S.
Trabajo de equipo interdisciplinar :
Evaluación de indicadores, entorno, repercusiones.
Hoja de detección y notificación de maltrato infantil, como
leve o moderado. Enviar a los Servicios Sociales
Comunitarios de la localidad de residencia del menor.
Si lesiones: Parte al Juzgado de Guardia
Seguimiento
Servicios Sociales y Centros Sanitarios
Comisiones Provinciales de Medidas de Protección
Comisión Local de Infancia
la notificación, aunque suponga una
valoración inicial del posible caso de maltrato
por personal profesional que lo detecte
no representa
un diagnóstico de la situación, que deberá
ser efectuada por los profesionales con
competencias para ello.
Asistencia
Tratamiento
de
lesiones
físicas
o
complicaciones derivadas del maltrato
Tratamiento del
daño psicológico
Necesidad de protección de la víctima
- gran afectación psicológica
- necesidad de observación y pruebas
complementaria
Solicitud de ayuda
previa por reiteración del
maltrato
En
coordinación
con profesionales de Salud Mental y
Servicios Sociales.
Asegurada la protección del menor
, promover un entorno
seguro
Promover la
elaboración afectiva
de la experiencia sufrida
Recuperar la
autoestima
, la
confianza
, la
identidad
positiva y la
dignidad
Fomentar al autonomía
y la capacidad de autoprotección
Incentivar al empatía
y los valores éticos
Promover el valor de la palabra y del apego
Servicios Sociales
comunitarios
Programa de Tratamiento Familiar
Servicio de Protección
de Menores
Detecciones previas de Salud..
La
Hoja de Detección y Notificación
es el instrumento principal para la
comunicación de los casos y la obtención de los datos que integrarán el Sistema
del Maltrato Infantil
.
REGISTRO SIMIA - SIEMPRE
Es el
documento oficial
para comunicar casos, situaciones y hechos
Se transmite
información sobre
:
o Datos identificación del menor.
o Datos del centro que ha detectado el maltrato.
o Tipología e indicadores y valoración del maltrato.
o Instancia a la que se ha comunicado el caso.
o Origen del maltrato.
o Observaciones
supone una
valoración inicial
del posible caso de maltrato,
no representando un diagnóstico
firme de la situación.
no exime de las intervenciones que se deban realizar desde su propio ámbito de
actuación.
Consta de tres hojas, la segunda es autocopiativa y la tercera la cumplimenta los
SS.SS.CC ó SPM cuando se confirma el diagnóstico.
Enlaces a documentos de notificación de
maltrato infantil y derivación al programa de abusos
1. Hoja SIMIA (hoja de detección y notificación de
maltrato infantil). Modelo BOJA
1. http://juntadeandalucia.es/boja/2006/130/d4.pdf
2. Hoja SIMIA (hoja de detección y notificación de
maltrato infantil).
Acceso electrónico con certificado digital
https://ws058.juntadeandalucia.es/simia/
Acceso al Manuel para rellenar la hoja
www.pediatrasandalucia.org/simia.pdf
3. Protocolo de derivación al programa de evaluación,
diagnóstico y tratamiento de caso de de abusos
sexuales a menores en Andalucía
1.
http://juntadeandalucia.es/export/drupaljda/Infancia_Familia_archivo
s_PROTOCOLO_ABUSOS_SEXUALES.pdf
REGISTRO
VALÓRAME:
Instrumento para la Valoración de la Gravedad de las
Situaciones de Riesgo, Desprotección y Desamparo de
Andalucía.
OPCIONAL
Información más detallada de la situación a estudio.
Requiere valoración interdisciplinar
Se recoge información sobre
1.-
El menor y sus circunstancias.
Valoramos daños reales y potenciales del menor
2.-
las conductas de los padres relacionadas con el daño del menor
.
Valoramos si existe relación entre los daños del menor y la
conducta de los padres.
3.- Realizamos la
valoración de gravedad
referidos a los 6 meses
anteriores.
4.- Identificamos el
tipo de desprotección
y sus diversas
especificidades en razón de indicadores gradientes
5.- Decidimos
un nivel global de gravedad
. Necesario para activar las
29
LEY 1/1998 de los Derechos y Atención al Menor (Capítulo I)
Intervención en los casos que
requieran actuaciones en el
propio medio.
Apreciar, intervenir y aplicar
medidas oportunas en las
situaciones de riesgo*.
CORPORACIONES
LOCALES
Servicios Sociales Comunitarios
Equipos de Tratamiento Familiar
JUNTA DE
ANDALUCÍA
Ejercicio de la
funciones de protección
que implican
separación del medio
familiar.
(Desamparo*)
Servicios de Protección de
Menores
MALTRATO
LEVE/MODERADO
MALTRATO
GRAVE
DISTRIBUCIÓN DE COMPETENCIAS
30
SITUACIÓN DE DESAMPARO
Sª Prevención y Apoyo a la Familia.D. Gral Infancia y Familias
La que se produce de hecho a causa del
incumplimiento, o del imposible o inadecuado
ejercicio de los deberes de protección establecidos
por las leyes para la guarda de los menores,
cuando éstos queden privados de la necesaria
asistencia moral o material.
(Art. 172.1 Código Civil y Art. 23.1 Ley 1/1998).
Adopción de
una medida de protección
por el órgano
competente, que implica separación del núcleo
familiar.
Intervención a nivel sociofamiliar que facilite la
Propuesta de
Inscripción a la
D.G.I.F
CUMPLIMENTAR HOJA
Maltrato
Grave
Maltrato
Leve/Moderado
Determinar
“Nivel de Gravedad”
del maltrato
Servicio de Protección
de Menores
Intervención por
S.S.C.C. ó E.T.F
Servicios Sociales de la
Corporación Local
¿Se Confirma el maltrato?
¿Está Completa la
Documentación?
ARCHIVO
PETICIÓN
DOCUMENTACIÓN
COMPLEMENTARIA
TRÁMITE DE
ADUCIENCIA
Comunicación
S.S.C.C.L.L.
Serv. De protección
interesados
sí
NO
ACUERDO DE
INSCRIPCIÓN
sí
NO
INTERVENCIÓN EN ATENCIÓN PRIMARIA ANTE EL MALTRATO INFANTIL INTRAFAMILIAR
MALTRATO
LEVE
MALTRATO
MODERADO
MALTRATO
GRAVE
MALTRATO
MUY GRAVE
Se constata la necesidad de intervención por riesgo para la salud o para la
seguridad del menor.
El o la menor no tiene quien lo cuide
CASOS DE ESPECIAL CONSIDERACIÓN
AMBITO HOSPITALARIO SERVICIO DE PROTECCIÓN DE
MENORES DETECTADO ANTES DEL MALTRATO PRENATAL
NACIMIENTO
RENUNCIAS
ACCIONES: * Atención Sanitaria.
* Comunicación y envío de Hoja SIMIA e informe socio sanitario al SPM
* Recepción de documentos enviados por el SPM
* Separación del menor de sus padres
* Colaboración en la retirada del menor de la institución sanitaria. * Elaboración del informe de alta. * Habilitación de una sala para la notificación a los padres de las medidas adoptadas.
ACCIONES: * Recepción de la demanda y apertura de expediente. * Valoración de la gravedad. * Coordinación con otras instituciones.
* Solicitud dirigida al Director del Hospital para la permanencia del menor en el Hospital, vía Fax (Anexo )
* Oficio dirigido a los padres ( Anexo )
* Notificación de la Resolución acordad0 ( Plazo máx. 3 días ). *Ejecución de la Resolución Administrativa, aportando: Acta de retirada, Certificado de la medida adoptada, Documento de
notificación y citación a los padres en el SPM, si no estuvieran presentes ( Anexo )
DETECTADO EN EL ÁMBITO SANITARIO ACCIONES:
* La institución sanitaria notificará por escrito la situación de riesgo prenatal una vez detectado, antes del nacimiento. * El SPM tras la recepción y valorada la situación de intervención, enviará a los Hospitales Materno-Infantiles la solicitud de colaboración para la permanencia del menor en el Hospital, tras su nacimiento, activándose el protocolo general. DETECTADO POR EL S.P.M. ACCIONES.
* Si la situación de riesgo prenatal ó cualquier otro es conocido por el SPM antes del nacimiento del menor. El SPM enviará a los Hospitales Materno-Infantiles la solicitud para la
permanencia del menor en el Hospital, tras su nacimiento. Activándose el protocolo general.
Dejar constancia en la historia de la madre para activar el protocolo en el momento del parto, según medidas adoptadas por el SPM
ACCIONES:
* Todos los Centros Hospitalarios y Centros de Atención Primaria, contarán con el documento de renuncia (Anexo ), y lo pondrán a disposición de la madre antes y/ó después del nacimiento del menor. * Se notificará al SPM de forma verbal y se enviará por escrito dicho escrito,
acompañando un informe de la situación socio-familiar, si se puede recabar, para la elaboración posterior de la Historia de Vida. *Se activará el protocolo general
( en caso de renuncia se activa el protocolo de actuación en el centro:
-Ingreso de la madre en ginecología, no en tocología.
-Siempre que sea posible, dormir a la madre para que no vea al recién nacido.
-Administración de medicación para retirada de lactancia.
-Ingreso de recién nacido en servicio de neonatología
* Además se facilitará al SPM documento para la inscripción registral.
1.-Plan de seguimiento sanitario. 2.- Plan de tratamiento social continuado para reducción de
indicadores de riesgo y coordinación con otras instituciones.
Se contrasta la necesidad de intervención por riesgo para la salud
física o psicológica y/o para la seguridad del menor
Cualquier comportamiento en el que el menor es utilizado por un adulto u otro menor como medio para obtener estimulación o gratificación sexual. Se incluye: la explotación sexual, el tráfico y
turismo sexual, la pornografía yla prostitución
infantil
LEVE
No hay contacto físico, está producido por una persona ajena a la familia del menor, ha tenido lugar en una sola ocasión y el niño dispone de apoyo de padres o tutores.
NIVELES DE GRAVEDAD
MODERADO
Sin contacto físico, por persona ajena a la
familia del menor, ha tenido lugar en varias
ocasiones, y dispone de apoyo de padres ó
tutores
GRAVE
Incesto con o sin contacto físico.
Abuso extrafamiliar con contacto físico
ACCIONES
ATENCIÓN SANITARIA. NOTIFICACIÓN:
(Siempre A TS DEL CENTRO):
1.- Parte al juzgado de Guardia y/o Fiscalía para la comunicación de
asistencia sanitaria por lesiones
2.-Comunicar a atención primaria 3.- Comunicar a SS.SS.CC el caso con
Hoja SIMIA
4.- Derivación al Servicio de
Prevención y Apoyo a la Familia
(SPAF)