cada riesgo.
7.2 Análisis de vectores ambientales
7.2.1 Gestión de residuosLa gestión y el tratamiento de residuos en la zona del presente PSIS (Decathlon Berriozar) y en el propio municipio lo lleva a cabo la Mancomunidad de la comarca de Navarra, tal y como se ha mencionado en apartados anteriores (en el Plan Integrado de Gestión de Residuos de Navarra 2010-2017).
La Mancomunidad de la Comarca de Pamplona recogió durante 2011 un total de 141.801 toneladas de r esiduos, lo que supone un descenso del 4,32% respecto a las 148.209 toneladas recogidas durante el año anterior. Como se puede observar en el gráfico, continúa la tendencia decreciente de este valor iniciada en 2009.
Fig.9. Evolución de la producción de residuos. Fuente: Mancomunidad comarca de Pamplona
El tratamiento de residuos se lleva a cabo en el centro de Tratamiento de residuos de Góngora, donde se combina la selección de env ases con el vertido controlado de materia orgánica y restos no reciclables; además, se realiza un apr ovechamiento energético de los gases que se generan en la zona de vertido.
recogida selectiva de env ases, que se recuperan como materias primas para posteriores procesos de producción. En dicha selección se combinan sistemas electrónicos, mecánicos y manuales.
Los residuos orgánicos y restos no reciclables son trasladados a las celdas de vertido donde son compactados y cubiertos con tierra. Las celdas están impermeabilizadas y cuentan con las medidas de protección que aseguran el menor impacto ambiental. Una vez llenas, son selladas a l a espera de su revegetación.
Gestión de residuos del centro Decathlon
Todos los residuos que se recogen en todas las instalaciones que tiene la compañía DECATHLON ESPAÑA, S.A. son transportados a nuestra planta para su tratamiento y gestión adecuada conforme a la legislación vigente.
El proceso que se sigue es el de separación y clasificación de los residuos valorizables para su posterior reciclaje.
Para cada fracción:
- Papel y cartón: clasificación y embalaje para su destino a fábricas de papel.
- Chatarra: clasificación para su destino a fundiciones de hierro.
- Madera: Separación y trituración para su destino a fábrica de tratamiento
para reutilización de madera.
- Plásticos: clasificación y embalaje para su destino a fábricas de material plástico.
El resto de r esiduos no r ecuperables se transportaran a plantas de vertedero sanitariamente controlado para su tratamiento.
7.2.2 Consumo de agua
En el centro Decathlon Berriozar los consumos de agua procederán de los servicios sanitarios, tareas de limpieza y de los equipos de climatización (aires
acondicionados), quedando el edificio conectado a l a red municipal de abastecimiento.
Las evacuaciones de las aguas residuales del local quedaran conectadas a la red de alcantarillado público.
7.2.3 Energía
Los consumos eléctricos del Decathlon Berrizar procederán principalmente de las instalaciones de climatización, alumbrado y fuerza.
7.2.4 Contaminación lumínica
La contaminación lumínica puede definirse como la emisión de flujo luminoso de fuentes artificiales nocturnas en intensidades, direcciones, rangos espectrales u horarios innecesarios para la realización de las actividades previstas en la zona en la que se instalan las luces.
La comarca de Pamplona se halla dentro de una enorme campana de luz visible desde decenas de kilómetros a la redonda. Este hecho se está agravando de manera notable en los últimos años, debido a la creciente demanda de viviendas unifamiliares en los alrededores de la ciudad que extienden y amplían la mancha de luz más allá incluso de las montañas que rodean la comarca. Incluso en los mapas de luminosidad artificial del cielo de Cinzano y Falchi de 1997, aparece el color blanco en Pamplona (luminosidad del cielo nocturno 27 veces superior a la luminosidad natural.
7.2.5 Calidad acústica
La legislación acústica viene definida principalmente por la Directiva 2002/49/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 25 de junio de 2002 para la evaluación y la gestión del ruido ambiental y la ley 37/2003 de 17 d e noviembre a nivel estatal.
Dicha Ley en s u art. 4 establece que es la administración de la comunidad autonómica la administración competente para la elaboración, aprobación y revisión de los mapas de ruido. También se especifica en art. 16 que la revisión de los mapas de ruido habrá de revisarse y/o modificarse cada cinco años a partir de la fecha de su aprobación.
Posteriormente se elaboró el Real Decreto 1513/2005 de 16 de diciembre por el que establece como primera fase de aplicación de la Directiva 2002/49/CE que se debería elaborar y aprobar por las autoridades competentes, mapas estratégicos de ruido correspondientes a todas las aglomeraciones con más de 250.000 habitantes, y a todos los grandes ejes viarios cuyo tráfico superase los seis millones de vehículos al año, grandes ejes ferroviarios cuyo tráfico superase los 60.000 trenes al año, y grandes aeropuertos existentes en su territorio.
Mediante la resolución 1355/2008 de 22 de julio, del Director General de Medio Ambiente y Agua, se aprobaron los Mapas Estratégicos de Ruido de Navarra correspondientes a las unidades identificadas en la primera fase de aplicación de la Directiva 2002/49/CE, entre las que se incluía la Aglomeración Urbana de la Comarca de Pamplona.
La Ley del ruido, en su artículo 16 establece que los mapas de ruido habrán de revisarse y/o modificarse cada cinco años a partir de la fecha de su aprobación. El Real Decreto del 1513/2005 de 16 de diciembre establece la obligación de que, antes del 30 de junio de 2012, deberán elaborarse y aprobarse los mapas estratégicos de r uido de t odas las aglomeraciones urbanas, es decir, los municipios con población superior a 100.000 habitantes.
En la Comunidad Foral Navarra es únicamente el municipio de pamplona que cumple la condición anterior. Es decir, el único municipio que se ha procedido a ejecutar la Revisión del Mapa estratégico del Ruido, el cual debe aportar información sobre los niveles de ruido originados por las infraestructuras y los existentes en las aglomeraciones urbanas evaluando la población expuesta a diferentes intervalos de niveles de ruido.
El contexto geográfico donde se encuentra ubicado el centro comercial Decathlon Berriozar se caracteriza principalmente por dos infraestructuras viarias de gran capacidad que son las que r epercuten directamente en l a calidad sonora de la zona del estudio.
Según lo establecido en la revisión del Mapa Estratégico del Ruido de la Aglomeración Urbana de la Comarca de Pamplona, los niveles registrados en el entorno del centro comercial Decathlon Berriozar son:
Fig.11. Mapa de ruido de la zona del estudio. Fuente: SIUN Navarra
A nivel municipal, el 7 de julio de 2003 Berriozar aprobó la ordenanza municipal de protección contra la contaminación acústica a pes ar de no superar los 10.000 habitantes.
No obstante, el objeto del presente PSIS es la ampliación de 1.000 m2 de superficie comercial, cuyo impacto acústico no se verá incrementado por dicha actuación en el zona del estudio, teniendo los niveles sonoros que actualmente presenta y que cumplen con lo establecido en l a Ordenanza de protección