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Estructura y organización del sistema educativo en la LOMCE

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Los antecedentes fundamentales de esta Ley Orgánica son la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE), que ha sido modificada por la LOMCE en determinados aspectos me-diante un artículo único y las leyes orgánicas 6/2001, de 21 de diciembre, de Universidades, la 39/2007, de 19 de noviembre, de la Carrera Militar, y la 8/1995, de 3 de julio, reguladora del Derecho a la Educación (LODE), que se modifican con menor intensidad.

La LOMCE ha modificado la LOE pero no la ha derogado, si-gue en vigor para todo lo que no se haya modificado, como:

• Educación Infantil.

• Régimen jurídico aplicable al profesorado.

• Régimen jurídico aplicable a los centros docentes.

• Medidas generales de atención al alumnado con necesidad específica de apoyo educativo.

• Sistema general de becas y ayudas al estudio.

• Inspección educativa.

IMPLANTACIÓN

Las modificaciones en el sistema se implantarán:

• En el curso escolar 2014-2015

• En el currículo, la organización, objetivos, promoción y eva-luaciones para los cursos primero, tercero y quinto de Educación Primaria.

• El primer curso de los ciclos de Formación Profesional Básica.

• En el curso escolar 2015-2016

• En el currículo, la organización, objetivos, promoción y eva-luaciones para los cursos segundo, cuarto y sexto de Educación Primaria.

• El segundo curso de los ciclos de Formación Profesional Básica.

• En el currículo, la organización, objetivos, requisitos para la obtención de certificados y títulos, programas, promo-ción y evaluaciones de Educapromo-ción Secundaria Obligatoria para los cursos primero y tercero. En el Bachillerato para el primer curso.

• En el currículo de los ciclos formativos de grado medio de la Formación Profesional se implantarán únicamente al ini-cio de los ciclos.

• En el curso escolar 2016-2017

• En las condiciones de acceso y admisión a las enseñanzas reguladas en la LOMCE.

• En el currículo, la organización, objetivos, requisitos para la obtención de certificados y títulos, programas, promoción y evaluaciones de Educación Secundaria Obligatoria para los cursos segundo y cuarto. En el Bachillerato para el segundo curso.

– La evaluación final de Educación Secundaria Obligatoria correspondiente al año 2017 no tendrá efectos académi-cos y solo se realizará una única convocatoria.

– La evaluación final de Bachillerato correspondiente a las dos convocatorias del año 2017 únicamente se tendrá en cuenta para el acceso a la Universidad, pero su supera-ción no será necesaria para obtener el título de Bachiller.

• El resto de modificaciones curriculares establecidas en esta Ley Orgánica se podrán implantar a partir del curso esco-lar 2014-2015.

LAS ENSEÑANZAS

Las enseñanzas que ofrece el sistema educativo son las siguientes:

• Educación infantil • Educación primaria • ESO • Bachillerato • Formación profesional • Enseñanza de idiomas • Enseñanzas artísticas • Enseñanzas deportivas

• Educación de personas adultas

• Enseñanza universitaria

La enseñanza básicacomprende la Educación Primaria y la

Educación Secundaria Obligatoria. La escolarización es

obli-gatoria y gratuita desde los 6 hasta los 16 años de edad, con de-recho a permanecer en régimen ordinario hasta los 18 años.

La enseñanza secundaria postobligatoria comprende el

Bachillerato, la Formación Profesional de Grado Medio, las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño de Grado Medio y las Enseñanzas Deportivas de Grado Medio.

La enseñanza superior comprende la Enseñanza Universitaria,

las Enseñanzas Artísticas Superiores, la FP de Grado Superior, las Enseñanzas Profesionales de Artes Plásticas y Diseño de Grado Superior y las Enseñanzas Deportivas de Grado Superior.

Las enseñanzas de régimen especialcomprende las enseñanzas

artísticas, las enseñanzas de idiomas y las deportivas.

Estructura y organización del sistema educativo en la LOMCE

El Congreso de los Diputados aprobó el día 28 de noviembre la Ley Orgánica de Mejora de la

Calidad Educativa (LOMCE), que ha sido publicada en el Boletín Oficial del Estado del 10 de

diciembre como Ley Orgánica 8/2013, de 9 de diciembre. Séptima Ley Orgánica de Educación

de la democracia española que comenzará a aplicarse, de forma gradual, en el curso académico

2014-2015.

(2)

LAS ASIGNATURAS

En la enseñanza básica y el Bachillerato se establecen los siguien-tes bloques de asignaturas:

Troncales: deben ser comunes en todo el territorio. Horario

mínimo (50%). Contenidos regulados por el Gobierno.

Específicas: mayor autonomía a Administraciones

educa-tivas y centros docentes para fijar horarios y contenidos.

De libre configuración autonómica: el mayor nivel de

au-tonomía: Lengua Cooficial y Literatura, asignaturas de di-seño propio, etc..

EDUCACIÓN INFANTIL

Etapa educativa hasta los seis años de edad.

Se ordena en dos ciclos con carácter educativo: El primero

hasta los tres años, y el segundo, desde los tres a los seis años. El segundo ciclo se organiza en áreas correspondientes a ám-bitos propios de la experiencia y del desarrollo infantil.

Carácter voluntariopara los padres. El segundo ciclo tiene

carácter gratuito y voluntario.

• Garantía de puestos escolares gratuitos en centros públicos o privados concertados.

• Su finalidad es la de contribuir al desarrollo físico, afectivo, so-cial e intelectual de los niños;

• Impartida en el primer ciclo por Maestros de Educación Infantil o con el título de Grado equivalente y profesionales cualificados. En el segundo ciclo por Maestros de Educación Infantil.

Actividades globalizadasque tengan interés y significado para

los niños, basadas en experiencias, juegos, actividades..., apli-cada en un ambiente de afecto y confianza.

• Las administraciones educativas fomentarán una primera aproximación a la lecto-escritura y al aprendizaje de una

lengua extranjeraen el segundo ciclo, asimismo, a la

inicia-ción temprana en habilidades numéricas básicas, en las TICs y en la expresión visual y musical.

Atención temprana y respuesta apropiada y adaptada al

alumno de carácter compensador y no discriminatorio.

EDUCACIÓN PRIMARIA

Seis cursos académicos,de 6 a 12 años.

• Carácter gratuito y obligatorio.

Maestros con la especialización correspondiente o el título

de Grado equivalente, con competencia en todas las áreas y

tutorías de la etapa.

Se organizaen áreas, que tendrán un carácter global e

inte-grador:

• La acción tutorialorientará el proceso educativo individual y

colectivo del alumnado.

• La comprensión lectora, la expresión oral y escrita, la comu-nicación audiovisual, las Tecnologías de la Información y la Comunicación, el emprendimiento y la educación cívica y constitucional se trabajarán en todas las áreas.

• El área Conocimiento del Medio Natural, Social y Cultural se divide en Ciencias de la Naturaleza y Ciencias Sociales. • Se introduce el área Valores Sociales y Cívicos como

alter-nativa al área de Religión, en lugar de las medidas de atención educativa del centro que no permitían el aprendizaje de con-tenidos curriculares. La Lengua Castellana o la Lengua Cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de apren-dizaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la comprensión

y la expresión oral.

• Evaluación interna en 3º de Primaria: se comprobará el grado de dominio de las destrezas, capacidades y habilidades en expresión y comprensión oral y escrita, cálculo y resolu-ción de problemas en relaresolu-ción con el grado de adquisiresolu-ción de la competencia en comunicación lingüística y de la compe-tencia matemática. El equipo docente podrá adoptar las me-didas más adecuadas.

Evaluación final: se comprobará el grado de

adquisi-ción de la competencia en comunicaadquisi-ción lingüística, de la competencia matemática y de las competencias básicas en ciencia y tecnología, sin efectos académicos. El Gobierno, previa consulta a las Comunidades Autónomas, establecerá los criterios de evaluación y las características generales de las pruebas para todo el Sistema Educativo Español con el fin de asegurar unos criterios y características de evaluación comu-nes a todo el territorio. Se entregará un informe con el

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(3)

resultado obtenido a familias y centros de Primaria y ESO, y se podrán poner en marcha medidas de apoyo al alumnado y planes de me-jora de centros.

EDUCACIÓN SECUNDARIA OBLIGATORIA

4 cursos académicos, de 12 a 16 años. (Dere

-cho a escolarización hasta los 18 años).

• Carácter gratuito y obligatorio.

Impartida por Licenciados, Ingenieros o

Arquitectos, o con el título de Grado

equiva-lente, además de la formación didáctica de

ni-vel de Postgrado.

• La etapa de Educación Secundaria Obligatoria

se organiza en materias y comprende dos ci-clos, el primero de tres cursos escolares y el segundo de uno. El segundo ciclo o cuarto curso de la Educación Secundaria Obligatoria tendrá un carácter fundamentalmente prope-déutico.

Evaluación continua y diferenciadasegún las

asignaturas del currículo.

• Posibilidad de agrupar las materias en

ámbi-tos de conocimiento en 1º de ESO, para

faci-litar el tránsito entre Primaria y ESO.

• Nuevos Programas de Mejora del Aprendizaje

y del Rendimiento: se implantarán en los

cur-sos 2º y 3º de ESO. El alumnado se incorporará a estos programas a propuesta del equipo do-cente a los padres, madres o tutores legales. Irán dirigidos preferentemente al alumnado que pre-sente dificultades relevantes de aprendizaje no imputables a falta de estudio o esfuerzo, y com-prenderán adaptaciones organizativas y curricu-lares: agrupación de materias en ámbitos, meto-dología específica, actividades prácticas, etc.

• Opciones de enseñanzas académicas (para la iniciación al Bachillerato) y aplicadas (para la iniciación a la Formación Profesional): a partir de 3º de ESO.

• Se introduce la materia Valores Éticos como al-ternativa al área de Religión, en lugar de las me-didas de atención educativa del centro que no permitían el aprendizaje de contenidos curricu-lares.

• La lengua castellana o la lengua cooficial sólo se utilizarán como apoyo en el proceso de aprendi-zaje de la lengua extranjera. Se priorizarán la

comprensión y la expresión oral.

• Limitación de la promoción en ESO con asig-naturas suspensas: no deben ser simultánea-mente Matemáticas y Lengua Castellana o Cooficial.

• Se entregará al alumnado un certificado de es-tudios cursados al finalizar el primer ciclo

(1º-                      •  •                                 > 15 años > 17 años y prueba acceso > de 15 años y haber repetido curso                                                                                         repetido haber años y > de 15                                                           curso  repetido   años       > 15   años                                                                        acceso y prueba > 17 años        acceso y prueba > 17 años  

Referencias

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