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Creación de una tabla de pensión de subsistencia a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar

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Academic year: 2020

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UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES

UNIANDES

FACULTAD DE JURISPRUDENCIA

CARRERA DE DERECHO

TESIS DE GRADO PREVIO A LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA

TEMA:

CREACIÓN DE UNA TABLA DE PENSIÓN DE SUBSISTENCIA A LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR

AUTORA:

VANESSA VALERIA CAJAMARCA CASTRO

ASESOR:

AB. JULIÁN RODOLFO SANTILLÁN ANDRADE. Mgs.

SANTO DOMINGO – ECUADOR

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IV

DEDICATORIA

La presente tesis la dedico:

Primeramente a Dios por concederme la vida, y protegerme en todo momento, dándome fortaleza para continuar adelante en los obstáculos que se prestan a diario.

En forma especial a mi madre CARMEN CASTRO y a mi padre OSWALDO CAJAMARCA por el apoyo absoluto comprensión paciencia que me ha brindado demostrando su entera confianza, le doy gracias por sus esfuerzos ya que han velado por mi bienestar y educación siendo ellos mi apoyo incondicional en todo momento, en especial para la culminación de mi carrera Universitaria, meta que la he logrado con sacrificio, esfuerzo, perseverancia, dentro de las aulas Universitarias.

A mis hermanos SULEMAN DANILO, ROBINSON ROLANDO y SHIRLEY

ARELY CAJAMARCA CASTRO quienes los quiero mucho por estar apoyándome en cada momento, ya que sin la ayuda de ellos tanto económica como emocionalmente y los aminos que me han dado en todos los momento de mi vida no hubiera sido posible esta meta.

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V

AGRADECIMIENTO

Al culminar esta investigación quiero dejar constancia de mi agradecimiento sincero a quienes de una u otra forma contribuyeron a llevar a delante esta aspiración,

Quienes durante estos cinco años de estudios me han brindado su ayuda a mi madre, padre y hermanos quienes han sido el eje fundamental para continuar adelante en mi carrera universitaria, ya que me han brindado todo su apoyo moral, comprensión cada vez que decía seguir preparándome.

A mis amigos que estuvieron siempre al pendiente dándome ánimos y fuerzas para que todo saliera con éxito.

A la universidad Regional Autónoma De Los Andes “UNIANDES”, por brindarme la oportunidad de descubrir que cada día hay nuevos caminos que enfrentar en la educación, y permitió recibir el conocimiento necesario para enfrentar los retos de esta profesión, los docentes que supieron compartir todo su conocimiento y experiencia con nosotros, a nuestro asesor de tesis: Ab. Julián Rodolfo Santillán Andrade. Mgs, por toda la colaboración que ha prestado en ser nuestro guía en el desarrollo de este proyecto.

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VI

ÍNDICE GENERAL

PORTADA ... I Certificado de asesor ... II Declaración de autoría de tesis ... III Dedicatoria ... IV Agradecimiento ... V Índice general ... VI Resumen ejecutivo ... X Executive summary ... XI

Introducción... 1

Antecedentes de la investigación. ... 1

Planteamiento del problema... 1

Formulación del problema. ... 4

Objeto de investigación y campo de acción ... 5

Identificación de la línea de investigación ... 5

Objetivos: ... 5

Objetivo general. ... 5

Objetivos específicos. ... 5

Idea a Defender y variables independiente y dependiente ... 6

Justificación del tema ... 7

Breve explicación de la metodología investigativa empleada. ... 7

Métodos y Técnicas ... 7-8 Resumen De La Estructura De La Tesis ... 8

Aporte teórico, significación práctica y novedad científica ... 10

CAPÍTULO I ... 11

1.- Marco teórico ... 11

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VII

1.1.- Origen y evolución del Objeto de investigaciòn ... 11

Caracteristicas de las victimasde violencia intrafamiliar ... 12

Epígrafe. 2 y 3 ... 12

1.2.- Análisis y valoraciòn crítica de las distintas posiciones teoricas sobre el objeto de investigación ... 12

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer, “CONVENCION DE BELENDO PARA ... 13

1.2.1.- Formas de violencia contra la mujer, Derecho a una vida libre de violencia, Otros derechos de la mujer ... 13

La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer ... 15

1.2.2.- Políticas para eliminar la violencia contra la mujer, medidas para segurar el desarrollo, eliminaciòn de prejuicios y garantias de la educacion familiar ... 15

Declaraciòn universal de los derechos humanos. ... 17

1.2.3.- Algunas disposiciones que tratan sobre la igualdad entre hombres, mujeres y sobre la no violencia contra la mujer.. ... 17

1.2.4.- Los principios de la aplicación de los derechos ... 19

1.2.5.-Sobre los derechos de libertad ... 19

1.2.6.- Las formas de violencia intrafamiliar . ... 21

1.2.7.- Supremacía de las normas de protección contra la violencia . ... 22

1.2.8.- Competencia y jurisdicciòn.. ... 22

1.2.9.- Medidas de amparo.. ... 23

1.3.- Infraccion flagrante ... 24

1.3.1.- Proteccion de los derechos de las vìctimas ... 25

1.3.2.-Pago de indemnizaciòn. ... 25

1.3.3.- Fijaciòn de pensiòn de subsistencia ... 26

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VIII

1.2.4.- Violencia contra la mujer en el ámbito familiar: si no le gusta porque

aguanta, para la atencion a las victimas, Magnitud del problema ... 27

Fundamentacion según las diferentes doctrinas ... 29

1.2.5.- Violencia intrafamiliar en el Ecuador: A quien afecta, Quien es el agresor, La magnitud del problema:.. ... 29

1.3.6.- El Femicidio: Raices de la violencia intrafamiliar, violencia intrafamiliar y el tema de gènero.. ... 32

1.3.7.- Violencia intrafamiliar en el Ordenamiento Juridico Venezolano: violencia en la familia y la sociedad, violencia simetrica y complementaria, violencia intrafamiliar... 37

Epígrafe. 4 ... 38

1.4.- Conclusiones parciales del capítulo: ... 38

CAPÍTULO II. ... 39

Marco metodológico e institución investigada. ... 39

2.- Institución investigada. ... 39

2.1.-Caracterización de la instituciòn en la cual se va a realizarla investigación…39 2.2.-Descripción del procedimiento metodológico utilizado en la investigación……… ... ……….41

2.2.1.-Metodología a emplear: Inductivo, deductivo, historico, sintetico. ... 41

2.2.2.-Tipos de Investigació: De campo y bibliográfica ... 42

2.2.3.-Población y muetra de la Investigación ... 42

2.2.4.-Técnicas, encuesta y entrevista ... 43

2.2.5.-Instrumentos utilizados en la tesis: Cuestionario ... 49

2.3.-Interpretaciòn de resultados porcentuales de las preguntas de la encuesta. 49 2.3.1.- Interpretaciòn cuantitativa. ... 49

2.3.2.- Interpretaciòn cualitativa. ... 50

2.3.3.- Interpretación de cada pregunta. ... 51

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IX

CAPÍTULO III ... 55

3.- Validación y planteamiento de la propuesta ... 55

3.1.- Informe jurídico ... 55

Proyecto de ley reformatorio al Reglamento General de la ley 103 ... 58

3.2.-Certificado de validación de la propuesta. ... 61

3.3.- Conclusiones del capítulo. ... 62

CONCLUSIONES GENERALES. ... 63

RECOMENDACIONES. ... 64 BIBLIOGRAFÍA ... ANEXOS. ... Formulario de la encuesta. ... tramite del juicio de violencia intrafamiliar. ... Expediente 0376-2013 de un caso de violencia intrafamiliar donde se establece la

pensión de subsistencia………....

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X

RESUMEN EJECUTIVO

Es de mera importancia este trabajo en la sociedad, porque es necesario en los hogares a favor de las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar porque en la actualidad las mujeres agredidas necesitan más apoyo de las autoridades en el tema de fijación de pensión de subsistencia, es decir en la actualidad las pensiones de subsistencia que le fijan no les alcanza para poder subsistir económicamente.

Por eso es imprescindible de poder establecer un mecanismo viable a favor de ellas, tomando en cuenta la metodología a emplear para el desarrollo del presente problema social será meramente de campo para poder evidenciar la problemática de cuáles son las causas, consecuencias y de esa manera determinar el mecanismo para su solución.

la línea de investigación para el presente trabajo será la protección de Derechos y Garantías Constitucionales, ya que la Constitución lo garantiza por serla Ley Suprema y estar por encima de las demás leyes ordinarias; como resultado después de haber podido palpar la problemática se va a establecer concretamente culés son las causa que afectan a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, repercutiendo en ellas y afectándoles tanto física como emocionalmente y las consecuencias que ocasiona a los demás miembros del núcleo familiar.

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XI

EXECUTIVE SUMMARY

It is merely important this work in society, and necessary household for women victims of domestic violence because currently the assaulted women need more support from the authorities on the issue of setting subsistence figure, ie currently subsistence pensions set you cannot afford to make ends meet financially.

Therefore it is essential to be able to establish a viable mechanism for them, taking into account the methodology used for the development of this social problem will merely field to highlight the problem of what are the causes, consequences and thus determine mechanism for resolution.

the research for this work will be the protection of Rights and Constitutional Guarantees, as the Constitution guarantees it to be the supreme law and be above other ordinary laws and as a result having been able to feel the problem is to specifically set Catalans are the causes affecting women victims of domestic violence , affecting them and affect them both physically and emotionally and the consequences that brings are the other members of the family.

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INTRODUCCIÓN

Antecedentes de la Investigación.

El presente trabajo de investigación, tiene como propósito general el estudio de los casos en la fijación inadecuada de pensiones de subsistencia a las mujeres víctimas de agresiones intrafamiliares. Percibiendo que en los procesos no se efectúe primeramente un estudio socioeconómico del agresor ni de las víctimas lo que se ha convertido en un problema al momento de hacer efectivo el cobro de dichas pensiones porque no cuentan con los elementos jurídicos apropiados, es por esa razón que he visto la necesidad imperiosa de tratar esta problemática en un tema determinado de la siguiente manera: "Establecer una tabla de pensión de subsistencia a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar”. Esto frente al grave problema social que afecta al núcleo de la sociedad como es la familia, fenómeno que no distingue esferas sociales, edad o sexo; cuyos efectos colaterales se reflejan en una sociedad sin valores morales con baja autoestima debiendo constituirse en una verdadera política de estado, la erradicación de la violencia intrafamiliar. Lo cual produce secuelas irreversibles demostrando su vulnerabilidad frente a sus agresores, inconveniente que debe de ser erradicado desde sus causas más determinantes.

Luego de la búsqueda intensiva efectuada en el CEDIC (Centro de Documentación e Información Científica) de la Universidad Regional Autónoma de los Andes “UNIANDES” a través de su página virtual a nivel nacional, no se ha llegado a determinar alguna similitud o relación con la existencia de un proyecto investigativo o tesis de pre grado ya desarrollada vinculada de forma directa a la problemática a estudiar, de acuerdo al tema por lo cual en el presente proyecto de tesis manifiesto la autoría propia de quien lo expone.

Planteamiento del problema.

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minimizar este fenómeno. Todo tipo de agresión genera secuelas de orden físico y psicológico convirtiéndose en un grave problema de salud para el sujeto pasivo (víctima), factores que son determinantes y limitan su crecimiento personal, intelectual en su desenvolvimiento a la sociedad como seres productivos en plena posición de sus capacidades. En nuestro país la violencia intrafamiliar está protegida por una legislación especial llamada Ley Ciento Tres que se instauro precisamente para combatir esta dificultad.

Esto no es un hecho aislado por consecuencia forma parte de un sistema "macro" que establece un conjunto de relaciones sociales y valores culturales que ubican a las agredidas en situación de sumisión respecto de su agresor, esta situación atraviesa todas las fronteras, raciales, religiosas, educativas y socioeconómicas. Se constituye por agresión más frecuente la psicológica, se manifiesta que la mayoría de las mujeres padecen este tipo de violencia. Es la actualidad, un setenta por ciento en el mundo han vivido en carne propia estos acometimientos que van desde insultos, descalificaciones, humillaciones hasta burlas, teniendo como referencia que son medios de dominación el cual utiliza el agresor para controlar tiempo, libertad, movimiento y los contactos sociales de sus víctimas. “Erradicar la violencia contra la mujer debe convertirse en un objetivo central en las agendas de las autoridades por ser aquel una complicación constituida en un obstáculo para el desarrollo del estado.

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establezca, la obligación de determinar montos a pagarse rigiéndose en una tabla donde dichos valores se justifiquen en base al salario básico unificado.

Se fija en la actualidad una pensión de subsistencia provisional mientras duren las medidas de amparo, pero no existe un monto establecido para su fijación. Cabe recalcar que estas medidas a favor de las víctimas no son permanentes son de carácter provisional, independiente de demandar la pensión de alimentos en caso de haber hijos menores. Por consiguiente, el cálculo inicial básico de las pensiones de subsistencia se las debe establecer de acuerdo al salario básico unificado o de acuerdo a cuanto perciba el agresor; Lo cual se tendrá que hacer conocer al agresor para que pueda proporcionar el monto a pagar que el juez dispuso, la agredida-(victima) tiene que probar y justificar con documentos la posibilidad económica de cuanto percibe el agresor y sus necesidades, para establecer la pensión de subsistencia de acuerdo a la escala de porcentajes, los cuales son los siguientes:

NIVELES CON INGRESOS DESDE PORCENTAJES VALORES

NIVEL – 1 SBU 340,00 HASTA 436,00 25,00%. 85,00

NIVEL – 2 437,00 HASTA 1090,00 30,00%. 131,1

NIVEL – 3 1091,00 HASTA EN ADELANTE 35,00%. 381,85

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Vamos a centrarnos en los procesos de esta provincia de Santo Domino de los Tsáchilas, muchas mujeres son discriminadas tanto física como psicológicamente, no lo ponen en conocimiento a las autoridades competentes por diferentes factores como por ejemplo, el caso más común el miedo de sus agresores que las puedan volver a agredir, sin duda esto está afectando a gran parte de la colectividad y a miles de mujeres que viven diariamente en silencio degradaciones. En esta ciudad hay casos alarmantes donde las autoridades fijaron montos de subsistencias denigrantes de cuarenta y treinta dólares, verdaderamente esto es impresionante como una persona va a poder subsistir con esa cantidad estrafalaria tomando en cuenta, que no hay la tipificación de una norma donde pueda permitir al juez establecer una pensión acorde a la necesidad social de las lesionadas, considero imprescindible la instauración de una tabla con cuantías de pensión mínima de subsistencia al Reglamento General a la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, por esa razón se bebería poner un alto a este abuso.

Considerando que toda persona tiene derechos, en especial a llevar una vida digna sin violencia, la cual los encontramos consagrados en la Constitución de la República del Ecuador en su artículo 11 numeral 2, en su parte pertinente manifiesta “todas las personas son iguales no podrán ser discriminadas por identidad de género”. En el actual reglamento General a la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia en su artículo 36 manifiesta sobre la fijación de una pensión de subsistencia que se la aplicara solo en los casos que se otorgue las medidas de amparo contempladas en el artículo 13 numerales 2 y 3. Esta pensión se hará conocer al agresor para que deba satisfacerlas. Nos damos cuenta en la ley el artículo pertinente a la subsistencia no determina montos los cuales se deban pagar, es por esa razón que veo la necesidad de realizar un cambio, al beneficio de las mujeres que están siendo afectadas.

Formulación del problema

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Delimitación del problema

Objeto de investigación: El reglamento General a la ley contra la violencia a la mujer y la familia.

El campo de acción: Procesos judiciales referentes a la Familia y la mujer. Lugar: Santo Domingo de los Tsáchilas.

Año: 2013.

Identificación de la Línea de Investigación.

La línea de investigación jurídica se enmarca a las establecidas por la Dirección de Investigación de UNIANDES para la carrera de derecho, basadas en los derechos de protección y garantías constitucionales, sobre las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar en lo pertinente a las pensiones de subsistencias ya que hoy en día son improcedentes en su fijación. “PROTECCIÓN DE DERECHOS Y GARANTÍAS CONSTITUCIONALES”

Objetivo General:

Elaborar un informe jurídico en el que se determinar de qué manera afecta a la administración de justicia la falta de una tabla de pensión de subsistencia a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar; y a su vez, elaborar una tabla en el Reglamento General a la ley contra la violencia a la mujer y la familia, con montos requeridos para satisfacer en parte sus necesidades básicas.

Objetivos Específicos:

 Fundamentar jurídica y doctrinariamente la necesidad de la

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 Conocer la actual aplicación de las autoridades que imparten justicia en cuanto a la fijación de pensiones de subsistencias a mujeres agredidas por motivo de violentica intrafamiliar.

 Establecer los componentes jurídicos tendientes a vincular en el Reglamento General a la ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia una tabla de valores que proteja a las mujeres víctima de violencia intrafamiliar.

 Determinar los elementos básicos y la problemática para luego diagnosticar que está causando el menoscabo de una normativa en el Reglamento General a la ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia en cuestión de una fijación de pensión de subsistencia a las mujeres víctima de violencia intrafamiliar.

 Validar la propuesta por expertos.

Idea a Defender

Con el informe jurídico en el que se determine la necesidad de crear una tabla adecuada en la fijación de pensiones de subsistencias a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar, se pondrá en conocimiento de las autoridades correspondientes, para que a través de su implementación se garantice el cumplimiento de sus derechos tanto sociales como económicos.

Variable Independiente

Con el informe jurídico en el que se determine la necesidad de crear una tabla adecuada en la fijación de pensiones de subsistencias a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar.

Variable Dependiente

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Justificación del Tema

Una vez puesta en práctica la presente propuesta investigativa, en el trabajo de tesis a desarrollarse se establecerá un método eficaz para evitar que dentro de los procesos de violencia intrafamiliar se siga violentado los derechos de las víctimas en tener una vida digna, referente a la fijación de pensión de subsistencia a las mujeres víctimas de agresión intrafamiliar. Se pondrá en conocimiento de las autoridades correspondientes, para que a través de su implementación se garantice el cumplimiento de sus derechos tanto sociales como económicos, hecho por el cual sería lo más factible a la aplicación del presente proyecto.

Métodos a emplear: Métodos, técnicas y herramientas empleadas en la investigación.

La presente investigación será de carácter Descriptivo y Bibliográfico, porque está dirigido a como es y cómo está la situación de las variables, a la vez que será de aplicación al ofrecer propuestas factibles para la situación del problema.

Métodos: Se aplicaran los siguientes métodos:

Inductivo, Deductivo.- que nos permitirá lograr los objetivos propuestos y nos ayudara a verificar las variables planteadas.

Deductivo, porque detallaremos toda la estructura del perfil de investigación, para su futura aplicación.

Analítico-Sintético, porque este método hará posible la comparación de todo hecho, fenómeno, idea, caso, etc.

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Descriptivo-Sistemático, porque se hará una observación actual de los fenómenos y casos, en los que se procuró la interpretación nacional.

Técnicas:

Observación Directa.- se la utilizara con mayor importancia porque se realizara un trabajo de campo continuo determinándose las influencias que intervienen en este fenómeno.

Encuestas.- se aplicaran a los Jueces, personas perjudicadas, abogados en el libre ejercicio profesional, que se crean afectados con estas normas.

Entrevistas.- se las realizara a Jueces, personas perjudicadas, abogados en el libre ejercicio profesional, personas que se crean afectados con estas normas.

Resumen de la estructura de la tesis.

La violencia intrafamiliar es un problema que afecta a todos los integrantes del sistema familiar. Su naturaleza comprende 4 modalidades: física, sexual, psicológica y económica, estos acometimientos coexiste en toda acción u omisión cometida por algún miembro de la familia en relación de poder, sin importar el espacio físico donde ocurra pudiendo de esa forma perjudicar el bienestar, la integridad o la libertad en el derecho al pleno desarrollo de las mujeres.

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Introducción

La violencia de genero constituye una verdadera problemática social porque afecta directamente al núcleo familiar, como consecuencia para realizar este estudio jurídico me basaría en la actuación de un análisis explícito al momento que las autoridades fijen las pensiones de subsistencia para que mediante el resultado obtenido se decrete que existe la falta de la implementación de una tabla de pensión de subsistencia ya que no se encuentra tipificado en la norma legal.

Capítulo I: Marco Teórico.

La investigación acerca de la incorporación de una tabla que regule los montos de pensiones de subsistencia tendría un acogimiento positivo por la existencia de una norma legislativa en que basarse las autoridades, y no lo realizarían a la sana crítica como lo hacen hoy en día. La evolución de este avance jurídico generaría cambios beneficiosos a la colectividad y al sistema de justicia.

Capítulo II: Marco Metodológico y Planteamiento de la propuesta

El enfoque jurídico lo voy a encaminar basándome sobre los problemas que a diario viven las mujeres en sus hogares con esto lograría determinar las causas y consecuencias, para poder crear concientización en las autoridades y la posible solución a través de la creación de una tabla de pensiones de subsistencia a las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar.

Capítulo III: Validación y Evaluación de los resultados de su aplicación.

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Aporte Teórico, Significación Práctica, novedad científica.

Se puede señalar como aporte teórico los diversos fenómenos que se desenlazan al momento de fijar una subsistencia para las mujeres agredidas, la falta de legislación en donde compruebe la existencia de una tabla que establezca montos paralelos. Tanta es la preocupación sobre este tema y por ello he analizado sus aportes, opiniones y criterios, por lo tanto he concluido que la propuesta sobre instaurar un mecanismo para proponer la implementación de una tabla de pensión de subsistencia donde no se vulnere los derechos de las víctimas de agresiones intrafamiliares.

A través de la propuesta de este trabajo investigativo se lograría una solución factible, al actual problema que aqueja a la sociedad, precautelando los derechos y garantías de todas las mujeres vulneradas, ya que miles de mujeres son agredidas por sus parejas de acuerdo a datos recopilados una mujer es maltratada por su pareja cada quince minutos, por ejemplo por diez casos hay ocho que no se hacen públicos, sería lo más factible la fijación de pensiones de manutención de acuerdo a un atabla en la cual sea coherente a la situación existente que se atraviesa en la sociedad. En lo referente al marco jurídico sería beneficioso que los jueces tengan en cuenta este tema a desarrollarse y no quede en omisión por quienes son competentes en conocer estos procesos.

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CAPITULO I

MARCO TEÓRICO

“CREACIÓN DE UNA TABLA DE PENSIÓN DE SUBSISTENCIA A LAS MUJERES VÍCTIMAS DE VIOLENCIA INTRAFAMILIAR”

EPÍGRAFE.N°1

1.1 ORIGEN Y EVOLUCIÓN DEL OBJETO DE LA INVESTIGACIÓN.

Para determinar el origen de la violencia intrafamiliar es necesario comprender la cultura como herencia del hombre, ya que se trata de un fenómeno del que hoy se tiene múltiples referencias o quizás también experiencias de manifestaciones constantes, persistentes de la sociedad, “la violencia intrafamiliar no es un problema aislado ya que existe y ha existido a través de la historia de la humanidad se ha evidenciado desde épocas muy remotas desde el génesis de la Biblia cuando Dios en su creación del paraíso creo a Adán y a Eva más tarde aparecen las tribus.

La historia demuestra que han existido diferentes tipos de violencia contra la mujer que no solo repercuten en las condiciones de su propia salud, si no también tiene consecuencia negativa en sus hijos. Desde el punto de vista jurídico en el Ecuador, la mujer ha logrado mejorar sus derechos, en relación a su pareja y a la familia sin embargo, los avances legales no han logrado superar un sistema cultural tradicionalmente machista.

En la actual constitución del dos mil ocho; Se reconoce la familia en sus diversos tipos y el Estado la Protegerá como núcleo fundamental de la sociedad y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes.

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medio de la divulgación de los derechos humanos de las mujeres, niños, niñas, mayores adultos y discapacitados, así como también las propuestas a la legislación Ecuatoriana, y otros medios utilizados para prevenir la violencia intrafamiliar, no se ve mucho resultado; como por ejemplo, los victimarios o agresores son personas de confianza que conviven bajo el mismo techo, el silencio y ocultamiento ha sido la conducta de miles de mujeres, que en muchos casos culmina con la muerte de alguna de las víctimas o de su agresor por tanta violencia ejercida.

Características de las víctimas de violencia intrafamiliar son las siguientes:

* Baja Autoestima, acepta la responsabilidad de las agresiones, sufre sentimientos de culpa.

* No se creen merecedores del cariño de sus parejas y sienten un temor constante al abandono. Han sido formados con un aislamiento emocional.

EPÍGRAFE. N° 2 y 3.

1.2 ANÁLISIS Y VALORACIÓN CRÍTICA DE LAS DISTINTAS POSICIONES TEÓRICAS SOBRE EL OBJETO DE INVESTIGACIÓN.

Familia.- La constituye el conjunto de ascendientes y colaterales con un tronco común, y los cónyuges de los parientes casados, familia es la inmediata parentela de uno; por lo general, el cónyuge, los padres, hijos y hermanos solteros. (Cabanellas, 2012)

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Violencia contra la mujer: Debe entenderse por violencia contra la mujer

cualquier acción o conducta, basada en su género, que cause muerte, daño o sufrimiento físico, sexual o psicológico a la mujer tanto en el ámbito público como el privado. (Convención de Belem Do Pará, 1995)

Es un acto fuera del orden psicológico coherente del ser humano, las agresiones físicas, psicológicas, descalificaciones, insultos y agresión física afecta al victima produciéndole un estado de vulnerabilidad en los miembros que no solo les afecta psicológicamente ya que la agresiones físicas le causa a la víctima dolor o daño físico; conductas que limitan el ejercicio de sus derechos en el ámbito público y privado.

Violencia Intrafamiliar.- es todo acto de violencia realizado por un miembro o miembros de una familia, realizado contra uno u otros miembros de la misma familia y tenga como consecuencia un daño psicológico o físico.(Violencia Intrafamiliar en el Ecuador Dr. Ramirro Lopez)

Este es un acto que debería dar vergüenza al ser humano porque no se debería permitir la violencia de género y violencia intrafamiliar ya que afecta directamente a la psiquis de las personas y si tiene hijos y presencian la violencia entre sus padres en lo posterior reproducirán estas conductas y más aún produce bajo nivel escolar y rebeldía; vulnerabilidad de igual forma sus derechos a una vida libre de violencia y crecer en un ambiente sano.

La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y erradicar la Violencia Contra la Mujer. “CONVENCIÒN DE BELENDO PARÁ”

1.2.1.- Formas de violencia contra la mujer:

Artículo 2.-“Se entenderá que la violencia contra la mujer incluye la violencia,

física, sexual y psicológica.

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mismo domicilio que la mujer, y que comprende, entre otros, violación, maltrato y abuso sexual.(La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer. “CONVENCIÒN DE BELENDO PARÁ”, 1995)

b).- que tenga lugar en la comunidad y sea perpetrado por cualquier persona y que comprende, entre otros, violación, abuso sexual… en el lugar de trabajo así

como en instituciones educativas o en cualquier otro lugar.(La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer. “CONVENCIÒN DE BELENDO PARÁ”, 1995)

c).- que sea perpetrada o tolerada por el Estado o sus agentes, donde quiera que ocurra.(La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer. “CONVENCIÒN DE BELENDO PARÁ”, 1995)

La violencia intrafamiliar tiene tres características como se las puede utilizar para agredir a una mujer todas estas afectan de forma tanto física, psicológica o emocional a la persona convirtiéndola en un ente inseguro en la sociedad para su pleno desarrollo intelectual o personal.

Derecho a una vida libre de violencia:

Artículo 3.- “Toda mujer tiene derecho a una vida libre de violencia, tanto en el

ámbito público como en el privado.”(La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer. “CONVENCIÒN DE BELENDO PARÁ”, 1995)

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Otros derechos de la mujer:

Artículo 6.- “El derecho a toda mujer a una vida libre de violencia incluye entre

otros: a).- el derecho a la mujer a ser libre de toda forma de discriminación; b).- el derecho a la mujer a ser valorada y educada libre de patrones estereotipados de comportamiento y práctica sociales y culturales basadas en conceptos de inferioridad o subordinación.” (La Convención Interamericana para Prevenir, Sancionar y Erradicar la Violencia Contra la Mujer. “CONVENCIÒN DE BELENDO PARÁ”, 1995)

Esta convención establece todas las formas en que una persona debe ser protegida de la violencia en especial la mujer por ser un ser vulnerable ante el hogar y muchas veces en la sociedad, el derecho de ser libre de toda forma de discriminación, esto concuerda con la Constitución en garantizar una vida libre sin violencia; Las relaciones entre hombres y mujeres han sido históricamente siempre desiguales por ese motivo tiende a darse la violencia intrafamiliar.

La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de

Discriminación Contra la Mujer.

1.2.2.-Políticas para eliminar la violencia contra la mujer:

“Art. 2 dice: El estado parte condena la discriminación contra la mujer, en todas

sus formas, sin delaciones, una política encaminada a eliminar la discriminación contra la mujer y, con tal objeto, se comprometen a:

Literal a: Adoptar medidas adecuadas, legislativas en sus constituciones nacionales… y asegurar por ley… la realización practica de ese principio.

Literal b: Adoptar medidas adecuadas, legislativas y de otro carácter con las sanciones correspondientes que prohíben toda discriminación contra la mujer.

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Literal d: Obtenerse de incurrir en todo acto o práctica de discriminación contra la mujer y velar por que las autoridades e instituciones públicas actúen de conformidad con esta obligación.

Literal e: Tomar todas las medidas apropiadas para eliminar la discriminación contra la mujer practicada por cualquier persona, organización o empresa.

Literal f: Adoptar todas las medidas adecuadas incluso de carácter legislativo, para modificar o derogar leyes, reglamentos, uso, y prácticas que constituyan discriminación contra la mujer.

Literal g: Derogar todas las disposiciones penales nacionales que constituyan discriminación contra la mujer.”(La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer., 1981)

Se debe brindar las medidas necesarias para la protección de las mujeres víctimas de violencia intrafamiliar con el fin de eliminar dicha violencia, adoptando medidas legislativas y Constitucionales. Para garantizar su pleno desarrollo intelectual, personal y no se fomente la discriminación.

Medidas para asegurar el desarrollo y adelanto de la mujer:

“Art. 3: Los estados partes tomaran, en todas las esferas y en Particular las esferas políticas, social, económica y cultural, todas las medidas apropiadas, incluso de carácter legislativo, para asegurar el pleno desarrollo y adelanto de la mujer con el objeto de garantizar el ejercicio y goce de los derechos humanos y de las libertades fundamentales en igualdad de condición con el hombre.”(La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer., 1981)

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política expresada en acciones y búsqueda de resultados y políticas concretas para su desarrollo equitativo tanto como el hombre y la mujer.

Eliminación de prejuicios y garantías de la educación familiar:

“Art. 5: los estos partes tomaran todas las medidas apropiadas para: a) Modificar

los patrones socio culturales de conducta del hombres y mujeres, con mira a alcanzar la eliminación de los prejuicios y las prácticas consuetudinarias…

basados en la idea de la inferioridad o superioridad de cualquiera de los sexos o en función estereotipadas de hombres y mujeres” (La Convención sobre la Eliminación de todas las Formas de Discriminación Contra la Mujer, 1981)

La Convención impone obligaciones legales con todas las consecuencias que de esto se desprende, en particular para el orden jurídico de cada uno de los estados partes; fomenta la igualdad entre la discriminación contra la mujer, cuya eliminación es la meta final hacia la cual se tiene que orientar la política de los Estados Partes. El caso del maltrato conyugal contra la mujer constituye una situación de desventaja de desigualdad y de subordinación frente al hombre, al ser una violencia silenciada por las mujeres.

Declaración universal de los derechos humanos.

1.2.3.- Algunas disposiciones que tratan sobre la igualdad entre hombres,

mujeres y sobre la no violencia contra la mujer son:

Art. 1: “Todos los seres humanos nacen libres e iguales en dignidad y derechos y,

dotados como están de razón y conciencia, deben comportarse fraternalmente los unos con los otros”(Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Mujeres, Debate Feminista, 1994)

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Art. 2: “Toda persona tiene todos los derechos y libertades proclamado en esta declaración sin distinción alguna de raza, color, sexo, idioma, religión…”(Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Mujeres, Debate Feminista, 1994)

Toda persona debe desarrollarse en un ambiente libre de violencia con un entorno familiar lleno de amor cariño para tener como resultado personas con valores morales que se puedan desenvolver en la sociedad como personas productivas; Además, se debe proporcionar lo medios afectivos necesarios para una convivencia armónica en el hogar.

Art. 3: “Todo individuo tiene derecho a la vida seguridad de su persona”(Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Mujeres, Debate Feminista, 1994)

Todo individuo tiene derechos a la protección, al cuidado y a la asistencia necesaria para logara un adecuado desarrollo físico, mental, moral, social y estos derechos se reconocen desde la concepción.

Art. 7: “Todos son iguales ante la ley y tienen, sin distinción, derecho al igual protección dela ley…”(Declaración Universal de los Derechos Humanos de las Mujeres, Debate Feminista, 1994)

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1.2.4.- Los Principios de Aplicación de los Derechos.

“La Constitución nos manifiesta en su “Art. 11.- EI ejercicio de los derechos se regirá por los siguientes principios: de acuerdo al numera 2. Todas las personas son iguales y gozaran de los mismos derechos, deberes y oportunidades. Nadie podrá ser discriminado por razones de etnia, lugar de nacimiento, edad, sexo, identidad de género, identidad cultural, estado civil, idioma, pasado judicial, condición socio-económica. La ley sancionará toda forma de discriminación. El Estado adoptará medidas de acción afirmativa que promuevan la igualdad real en favor de los titulares de derechos que se encuentren en situación de desigualdad”(Constitución de la República del Ecuador, 2013)

Hay que tener en cuenta que la Constitución actual es garantista de los derechos a las personas, para brindarles una vida sin discriminación promoviendo de esa manera la igualdad de todos los seres humanos tal como hace referencia el artículo de la Constitución que antecede, los Tratados y Convenios Internacionales ratificados por el Ecuador.

1.2.5.- Sobre los Derechos de libertad.

El Art. 66. NUMERAL 3 literal. B).- Se reconoce y garantiza a las personas: una vida libre de violencia en el ámbito público y privado. El Estado adoptara las medidas necesarias para prevenir, eliminar y sancionar toda forma de violencia, en especial la ejercida contra las mujeres.”(Constitución de la República del Ecuador, 2013)

Todas las personas tiene el derecho a tener una vida libre de violencia por la razón que el estado es el máximo garantista de los derechos que se encuentran consagrados en la Constitución; esto es en todos los ámbitos y adoptara las medidas necesarias para prevenir y sancionar todo acto de violencia intrafamiliar.

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favorezcan integralmente la consecución de sus fines. Estas se constituirán por vínculos jurídicos o de hecho y se basarán en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes. El matrimonio es la unión entre hombre y mujer, se fundará en el libre consentimiento de las personas contrayentes y en la igualdad de sus derechos, obligaciones y capacidad legal”(Constitución de la República del Ecuador, 2013)

El Estado ecuatoriano protege y reconoce las diferentes formas de familias por ser este el ente fundamental de la sociedad ya que se basa en la igualdad de derechos y oportunidades de sus integrantes, ya que constituye por un vínculo jurídico o también por un vínculo de hecho que tiene los mismos deberes y obligaciones.

“Art. 69.-Para proteger los derechos de las personas integrantes de la familia: Se promoverá la maternidad y paternidad responsable; la madre y el padre estarán obligados al cuidado, crianza, educación, alimentación, desarrollo integral y protección de los derechos de sus hijas e hijos, en particular cuando se encuentren separados de ellos por cualquier motivo. El Estado protegerá a las madres, a los padres y a quienes sean jefas y jefes de familia, en el ejercicio de sus obligaciones, y prestará especial atención a las familias disgregadas por cualquier causa.

El Estado promoverá la corresponsabilidad materna y paterna y vigilará el cumplimiento de los deberes y derechos recíprocos entre madres, padres, hijas e hijos” (Constitución de la República del Ecuador, 2013)

“Art. 70.- El Estado formulará y ejecutará políticas para alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres, a través del mecanismo especializado de acuerdo con la ley, e incorporará el enfoque de género en planes y programas, y brindará asistencia técnica para su obligatoria aplicación en el sector público”.(Constitución de la República del Ecuador, 2013)

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es el eje fundamental de la sociedad. Existe un índice mayor de violencia en las familias por el mayor consumo de drogas y bebidas alcohólicas y la falta de educación, por este motivo sería necesario promover programas en atención de forma prioritaria para tratar de minimizar estos actos errados de violencia que se ejercen en el núcleo familiar; debiendo poner fin a tan acto vergonzoso, para poder desarrollarse en un ambiente libre y sano, hay que tomar en cuenta que a todo nivel existe la violencia de género y violencia intrafamiliar, debido a la Construcción socio cultural que se trasmite de generación en generación a través del sistema patriarcal donde se ha impuesto una conducta y patrones en que la mujer tiene que estar subordinada y dominada por el hombre.

1.2.6.- Las formas de violencia intrafamiliar. Para los efectos de esta ley, se

considera:

a) Violencia física.- Todo acto de fuerza que cause daño, dolor o sufrimiento físico en las personas agredidas cualquiera que sea el medio empleado y sus consecuencias, sin considerarse el tiempo que se requiera para su recuperación.

b) Violencia psicológica.- Constituye toda acción u omisión que cause daño, dolor, perturbación emocional, alteración psicológica o disminución de la autoestima de la mujer o el familiar agredido. Es también la intimidación o amenaza mediante la utilización del apremio moral sobre otro miembro de la familia infundiendo miedo o temor a sufrir un mal grave o inminente en su persona o en la de sus descendientes o afines hasta el segundo grado.

c) Violencia sexual.- Sin perjuicio de los casos de violación y otros delitos contra la libertad sexual, se considera violencia sexual todo maltrato que constituya imposición en el ejercicio de la sexualidad de una persona, y que la obligue a tener relaciones u otras prácticas sexuales con el agresor o con terceros, mediante el uso de la fuerza física, amenazas o cualquier otro medio coercitivo.(Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, 2013)

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relaciones de poder que ejerce el agresor contra la victima; las formas de violencia intrafamiliar que se ejercen contra la mujer la ponen en una situación de desventaja por que la afecta emocionalmente considerando que se debería crear concientización en los agresores para tratar de eliminar las agresiones que se realizan a las mujeres en el ámbito familiar.

1.2.7.- Supremacía de las normas de protección contra la violencia.

“Nos manifiesta la ley Ciento tres en su Artículo 5.- Las disposiciones de esta Ley

prevalecerán sobre otras normas generales o especiales que se las opongan. Los derechos que se consagran en esta Ley son irrenunciables”. (Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, 2013)

Cabe indicar que esta norma está por encima de otras es decir que toda persona que ejerza algún tipo de agresión contra otro miembro de su familia, será denunciado y puesto a órdenes de las autoridades correspondientes, si se diera el caso de personas que tengan fuero especial de igual forma serán puestos a órdenes de las autoridades correspondientes.

1.2.8.- Competencia y jurisdicción.

“Manifiesta el art. 8.- El juzgamiento por las infracciones previstas en esta ley corresponderá a: los jueces de la familia y a los jueces y tribunales de lo penal.”(Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, 2013)

Las autoridades competentes para el juzgamiento por infracciones cometidas por violencia intrafamiliar serán los jueces de familia y en caso de constituirse un delito esto corresponderá a órdenes de los jueces de lo penal, porque atento contra su integridad física y psicológica y su incapacidad fue mayor de tres días.

“Nos dice el Artículo. 9.- De las personas que pueden ejercer la acción.- Sin

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en esta Ley. Y las infracciones previstas en esta Ley son pesquisables de oficio, sin perjuicio de admitirse acusación particular.”(Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, 2013)

Cualquier persona podrá ejercer la acción o denunciar si conociera de un acto de violencia intrafamiliar de ser el caso de tener conocimiento deberá hacer conocer a las autoridades correspondientes, también se podrá esta acción seguir de oficio para tramitarla.

“Manifiesta el Artículo.10.- Los que deben denunciar.- Estarán obligados a

denunciar los hechos punibles de violencia intrafamiliar, en un plazo máximo de cuarenta y ocho horas de haber llegado a su conocimiento, bajo pena de encubrimiento:

1. Los agentes de la Policía Nacional;

2. El Ministerio Público; y,

3. Los profesionales de la salud, pertenecientes a instituciones hospitalarias o casas de salud públicas o privadas, que tuvieren conocimiento de los casos de agresión.”(Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, 2013)

De acuerdo a lo tipificado en la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia establece pueden ejercer la acción y denunciar cualquier persona si conociera del hecho de violencia intrafamiliar dentro de las cuarenta y ocho horas del que conoció del caso y dar a conocer a las autoridades correspondientes para que tomen las medidas necesarias en defensa de la persona que está siendo victimizada y garantizarle protección.

1.2.9.- Medidas de Amparo.

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2. Ordenar la salida del agresor de la vivienda, si la convivencia implica un riesgo para la seguridad física, psíquica o la libertad sexual de la familia;

3. Imponer al agresor la prohibición de acercarse a la agredida en su lugar de trabajo o de estudio;

4. Prohibir y restringir al agresor el acceso a la persona violentada;

5. Evitar que el agresor, por sí mismo o a través de terceras personas, realice actos de persecución o de intimidación a la víctima o algún miembro de su familia;

6. Reintegrar al domicilio a la persona agredida disponiendo la salida simultánea del agresor, cuando se tratare de una vivienda común, impidiéndole que retire los enseres de uso de la familia;

7. Otorgar la custodia de la víctima menor de edad o incapaz a persona idónea siguiendo lo dispuesto en el Artículo N° 107, regla 6° del Código Civil y las disposiciones del Código de menores ; y,

8. Ordenar el tratamiento al que deben someterse las partes y los hijos menores de edad si fuere el caso.”(Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, 2013)

En los casos de violencia intrafamiliar se otorgan a las victimas las diferentes medidas de amparo cuando acuden a la entidad correspondiente a denunciar el acto que han sido víctimas, buscando protección para no volver a ser sujeto de otro acto de violencia ejercido en su contra estas medidas otorgadas son de carácter preventivo y buscan de una manera u otra frenar el acto de violencia que están siendo a víctimas.

1.3.- Infracción flagrante

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para ingresar al inmueble en auxilio de la víctima.”(Reglamento General a la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, 2013)

Esta disposición es imperativa la ejerciendo una “sorpresa” por cuanto no hay planificación anterior por parte de los agentes del orden. Cuando en una situación de violencia familiar, la autoridad actúa en el momento que se lleva a cabo dicha infracción, aprendiendo al infractor y conduciéndolo ante la autoridad competente para su juzgamiento. Hay que tener en cuenta que para que sea flagrancia se cuenta dentro de las veinticuatro horas que se cometió la infracción.

1.3.1.- Protección de los derechos de las víctimas

Art. 31.- Antes durante y después de la audiencia de conciliación la autoridad dará a la víctima el máximo de seguridad para evitar nuevas agresiones y velara por que los acuerdos sean justos y no vulneren los derechos de las víctimas. Los acuerdos serán por voluntad de las partes. Si la víctima experimenta miedo o coacción de cualquier clase, se deberá suspender o poner fin a la diligencia, la misma que se realizara dentro de un periodo de hasta cinco días laborables inmediatamente posteriores.”(Reglamento General a la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, 2013)

Se hace referencia a la protección de la víctima para que durante la audiencia se proteja a la agredida de que no sea vulnerada por ese motivo se le brindara toda la seguridad, y si la victima tuviere miedo o se sintiera o estuviera siendo coaccionada por el agresor se suspenderá la audiencia de inmediato; en la audiencia las partes tienen la voluntad de llegar a un acuerdo en lo que creyeren conveniente.

1.3.2.- Pago de indemnizaciones.

“Art. 33.- Para el pago de indemnizaciones previstas en el Art. 22 de la Ley contra

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Código de Procedimiento Civil, para lo cual se asegurará que su resolución cumpla con las condiciones para que la obligación sea ejecutiva.”(Reglamento General a la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, 2013)

Para el pago de indemnización si se probarse la responsabilidad se sancionará al agresor con el pago de indemnización de acuerdo con la gravedad de los resultados, si se hubiere ocasionado pérdida o destrucción de bienes, el agresor tendrá la obligación de reponerlos; en caso que se incumpliere con la orden dada se ordenara se sean cobradas por la vía de apremio real de acuerdo a lo que establece el Código de Procedimiento Civil en su Art. 925 por lo cual la resolución debe ser un título ejecutivo para que pueda ser cobrada.

1.3.3.- Fijación de pensión de subsistencia

Art. 36.- si se aplicaren las medidas de amparo previstas en los numerales 2 y 3 del artículo 13 de la Ley contra la Violencia a la Mujer y la Familia, el juez fijara la pensión correspondiente mientras dure la medida de amparo… En caso de incumplimiento la autoridad que dicto la medida ordenara su cobro mediante apremio real. (Reglamento General a la Ley Contra la Violencia a la Mujer y la Familia, 2013)

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las indemnizaciones son estrictamente las que el agresor tiene que cumplir por las lesiones que ha causado los daños que provoco hacia la victima sea de forma material o emocional.

Manual de Nada Justifica la Violencia.

1.3.4.- Violencia contra la mujer en el ámbito familiar.

“La violencia intrafamiliar, sobre todo la que ejerce el Marido contra la mujer, es

un problema que ha permanecido silenciado o que ha sido minimizado por la sociedad. La percepción de que todo lo que ocurre en el ámbito doméstico es privado ha contribuido a que este tipo de violencia no se considere un problema social sino individual y que, por lo tanto, nadie está autorizado a intervenir.

Esta indiferencia social es una actitud cómplice que permite y propicia la permanencia de este grave problema. La violencia en la relación de pareja afecta a las mujeres de distintos grupos socio-económicos y culturales. Es una realidad que vive tanto las mujeres campesinas como las de la ciudad, las mujeres de sectores acomodados como las de los sectores populares, las amas de casa como las profesionales, es decir, sobrepasa factores de clase, etnias, raza, religiosos y filiación política. Además, la violencia contra la mujer dentro del hogar, alcanza cifras verdaderamente alarmantes, que ponen en evidencia que esta es la más frecuente violación de los derechos humanos.”(Camacho, Elsie Aguilar y Gloria)

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“SI NO LE GUSTA” ¿PORQUE AGUANTA?

“Esta expresión sugiere que la mujer que continúa en una relación violenta es

porque le gustan los golpes, porque así se siente tomada en cuenta y que se trata de una personalidad masoquista. Detrás de esta afirmación se está nuevamente tratando de minimizar el carácter delictivo de la agresión de la que ha sido víctima una mujer, a la vez que se le está negando su condición como sujeto de derecho. Si una mujer “aguanta” no significa que este conforme con la situación sino

porque existe una serie de obstáculos familiares, sociales, económicos, ideológicos y, sobre todos emocionales, que le impiden enfrentar todas las consecuencias que le pueden acarrear el denunciar la violencia o el romper con su pareja.”(Camacho, Elsie Aguilar y Gloria)

Este tema llena de mucha indignación porque la mujer sigue en el hogar donde se encuentra siendo maltratada no porque le gusta serlo si no por el miedo a su agresor en que pueda tomar represalias contra ella por querer denunciarlo o por miedo a que sus hijos no se críen en un hogar claro referencial mente diciendo hogar, sin duda con maltrato no se forma ningún hogar

Para la atención a las víctimas.

“Hay que tener presente que la mujer que va a denunciar es sujeto de derechos y

que su voluntad de poner fin a la violencia que sufre ella o sus hijos e hijas es legítima y descartar prejuicios, como por ejemplo, que lo hace por venganza:

* Comprende que es imposible que una mujer que ha denunciado violencia se retracte, ya que está sometido a presiones y contradicciones. Por ejemplo: miedo a las amenazas, presiones familiares y sociales, temor a quedarse sin sustento para los hijos e hijas, esperanza de que el agresor cumpla su ofrecimiento de cambio.

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* Cuando una mujer indígena acude a la autoridad, ésta deberá ser tratada preferencialmente, pues al denunciar maltrato, está rompiendo barreras y costumbres muy arraigadas, por lo cual requiere de un apoyo especial.”(Camacho, Elsie Aguilar y Gloria)

Al realizar la respectiva denuncia se le debe brindar seguridad a la persona afectada para que no se retracte y pueda excusar a su agresor por las agresiones hechas, en especial a las mujeres indígenas se les debe dar un trato más prioritario por el motivo de que están rompiendo el silencio y barreras de su cultura.

Magnitud del problema: “Ha llegado a constituirse en una forma de

relacionarse, en un mecanismo de los conflictos. En un comportamiento cotidiano que, como afirmamos en nuestro programa educativo, se ha convertido en “la más frecuente y callada violación de los derechos humanos”; pues atenta contra principios básicos como la libertad, la integridad personal, la voluntad y la dignidad de las mujeres.” (Camacho, Elsie Aguilar y Gloria)

Se puede establecer que este problema afecta a las mujeres de distintos grupos socio-económicos y culturales, es decir no distingue esferas sociales, tengamos en cuenta que las raíces donde nace la violencia intrafamiliar comienza desde el propio hogar, si los padres son agresivos tendremos como resultado hijos agresivos es decir lo que se siembra se cosecha, los hijos son como una esponja que todo lo que ven absorben, hay que tener en cuenta que la violencia es un comportamiento que se aprende y a la misma vez se trasmite en el entorno familiar.

Fundamentación Según las Diferentes Doctrinas.

1.3.5.- La Violencia Intrafamiliar en el Ecuador

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mujer y de los hijos… En nuestro estudio investigativo hemos cristalizado la violencia intrafamiliar como factor de la crisis democrática actual que vive el ecuador.

Sin embargo vale la pena aclarar, que las muestras estudiada a nivel de familia y en base a denuncias puestas por violencia intrafamiliar fueron compuestas mayoritariamente por mujeres, es decir que son mujeres quienes sufren más actos de violencia doméstica, como parece en la sociedad ecuatoriana es una violencia institucionaliza, pues jurídicamente la familia se considera una institución social, pero no bajo el control del estado, si no es una violencia privada, perpetrada en el núcleo familiar y legitimada por el autoritarismo cultural del género masculino”(Dr. MSc. Ramiro Garces Lopez, 2011)

En el Ecuador el mayor índice de denuncias las realizan las mujeres por ser las más vulnerables; este fenómeno está afectando a la sociedad y a su vez al estado por que genera un desbalance en las mujeres tanto emocional como psicológico, la realidad de las personas que más sufren violencia intrafamiliar son las mujeres frente al hombre que es siempre más fuerte que ellas. Referentemente las madres son las principales trasmisoras de violencia a su hijos por motivo de que pasan el mayor tiempo en el hogar con ellos afectándoles de esa manera psicológicamente de forma directa a la psiquis de los hijos que está presenciando o recibiendo de forma directa las agresiones.

A quien afecta.

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condición: impotencia, frustración, depresión, soledad. Un factor que tiene mucha incidencia en la producción de la violencia por parte de las mujeres hacia sus hijos es que ella dedica mayor tiempo a sus hijos que el padre.

Existen cuatro posibles situaciones de violencia contra los hijos en la familia.

Que el hombre maltrate a su esposa e hijos.

Que la mujer maltratada golpee a su vez a sus hijos.

Que los hijos intervengan y sufran lesiones directas.

Que los hijos, testigos de estos actos de violencia, repitan este comportamiento en el futuro.”(Dr. MSc. Ramiro Garces Lopez, 2011)

Al maltratar a la mujer no solamente se le hace daño a ella sino también a los hijos por presenciar estos actos irracionales hacia su madre que está siendo víctima para luego ellos adquirí cambios de forma violenta y ser reflejado en el estudio con bajo rendimiento o falta de concentración por lo presenciando repercutiendo en su conducta; por estos actos en que los hijos son los espectadores principales de tales abusos ejercidos en el seno de su hogar.

Quien es el agresor.

“Son todos aquellos hombres que ejercen algunas de las formas de abuso físico,

psicológico-emocional o sexual contra su esposa o compañera. Según algunas investigaciones el 81% de los hombres golpeadores se criaron en hogares violentos. Vieron que su madre fue maltratada e incluso ellos pudieron haber sido víctimas de esa violencia. Sin embargo los factores sociales y económicos no son los determinantes de un hombre golpeador, son factores influyentes que activan conductas agresivas y violentas. Lo que si determina este tipo de conductas son los factores ideológico-culturales.”(Dr. MSc. Ramiro Garces Lopez, 2011)

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quien mantiene un vínculo íntimo; hay que considerar que las personas agresivas golpeadoras se criaron en un ambiente hostil o en hogares que se ejerce la agresividad por eso motivo son los que trasmiten esa conducta violenta en su familia.

La magnitud del problema.

“la violencia doméstica contra la mujer es un problema que alcanza magnitudes

insospechadas porque afecta a un gran número de mujeres, lo cual se consta a pesar del ocultamiento del problema y su falta de reconocimiento por parte de las afectadas. Por lo tanto, no es un problema individual ni aislado, es un problema social por las mismas características que presenta. Atraviesa todos los estratos sociales, económicos, étnicos, de edad y religiosos. Tiene serios efectos físicos y psíquicos sobre la mujer y demás miembros de la familia, poniendo en peligro la salud y la supervivencia de la unidad familiar.”

“Los efectos de la violencia domestica contra la mujer se multiplican, al reproducirse en otras unidades familiares o extra familiares puesto que el comportamiento violento se aprende y se trasmite”(Dr. MSc. Ramiro Garces Lopez, 2011)

Al leer más del tema tratado en el libro La Violencia Intrafamiliar en el Ecuador debe ser considerado un acto vergonzoso, ya que no es justificado tengamos en cuenta que nada justifica la violencia, porque es un acto irracional del género humano, que vulnera los derechos de la persona que está siendo agredida o del núcleo familiar que lo está presenciando, los más afectados siempre son los hijos por ser los más vulnerable en el hogar, esto puede convertirse en un trauma, en especial en edades tempranas acareando secuelas psicológicas que pueden causar traumas irreversibles dificultando el desarrollo personal como social.

1.3.6.- El Femicidio manifiesta.

“En el Ecuador la problemática se evidencia con mucha claridad, a tal punto que

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erradicar la violencia en contra de la mujer. Los procesos de concientización, asume el hecho de que la violencia en contra de la mujer ha crecido de manera alarmante en los últimos años. Muchas investigaciones apuntan al hecho de que esta se manifiesta con mayor claridad, a partir de que las mujeres han levantado su voz para protestar en contra de un fenómeno, que había sido ignorado por la sociedad”

“Desde la óptica se debe crear un consenso acerca de que la violencia

intrafamiliar, especialmente contra la mujer, no puede seguir siendo un tabú invisible para la sociedad y para los estados, y que debe constituirse seriamente en un hecho vergonzoso socialmente y reconocerse en su dimensión de violación de derechos humano… ¿Si el Estado Ecuatoriano propone condenar la violencia

contra la mujer, colocándola como un delito que debe ser judicializado, los índices de violencia intrafamiliar bajarían en el país?” … en el presente libro se analizara el procedimiento jurídico que se aplica en el país, en relación a la violencia intrafamiliar, para que sea judicializada. El endurecimiento de la pena en relación a este fenómeno, tiene como fin, disminuir los índices de Violencia en contra de la mujer y la familia.”(Soto, Luis Oswaldo Trujillo, 2011)

El tema de violencia intrafamiliar cada día crece de manera alarmante una forma para tarare de disminuir este acto violento es promoviendo y fomentando a través del estado programan de concientización para tratar de erradicar la violencia o por lo menos para minimizar este acto en contra de las mujeres, en la actual sociedad todavía vive con el tema de machismo teniendo un acto de conciencia errado de que la mujer solo debe estar en el hogar y hacerse cargo de los hijos.

Raíces de la violencia intrafamiliar.

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“La violencia es un signo desintegrador de la familia. En ella se reproducen las relaciones de subordinación del con texto general entre los más débiles y desprotegidos y los más fuertes. El machismo, tan arraigado entre los deformados valores sociales, instrumentaliza a la mujer y los hijos”(Soto, Luis Oswaldo Trujillo, 2011)

Se considera a la violencia intrafamiliar como una contravención, tal como lo establece la ley contra la violencia a la mujer y la familia, minimizar esta problemática de lo que esto representa es de gran magnitud y responsabilidad para el estado; este hecho sin duda debe ser erradicado debiéndose respetarse los derechos de las víctimas a vivir en una vida libre de violencia y discriminación de género, debiendo comprender que la violencia intrafamiliar es una forma de abuso que se da entre las personas que tienen o que tuvieron un vínculo íntimo de pareja con el agresor y se sienten estas personas con la potestad de poder ejercer violencia.

Violencia intrafamiliar y el tema de género:

“El termino violencia de género en realidad se refiere a un tipo de violencia caracterizada por ser una acción u omisión llevada por un apersona hacia otra de diferente sexo.”

“…Dado que la violencia a la mujer es mayoritariamente ejercida por los hombres

respondiendo a condicionamientos Sexistas, se usa el término " violencia machista" para referirse al tipo de violencia de género dirigida específicamente hacía la mujer.”(Soto, Luis Oswaldo Trujillo, 2011)

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