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Tema 1 El Estado la división de poderes. Funciones

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(Tema 1 El Estado español)

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EL ESTADO. CONCEPTO. ELEMENTOS. LA DIVISION DE PODERES. FUNCIONES. ORGANIZACIÓN DEL ESTADO

EL ESTADO. CONCEPTO. ELEMENTOS. LA DIVISION DE PODERES. FUNCIONES. ORGANIZACIÓN DEL ESTADO

ESPAÑOL. ANTECEDENTES CONSTITUCIONALES EN ESPAÑA. LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. ESTRUCTURA

ESPAÑOL. ANTECEDENTES CONSTITUCIONALES EN ESPAÑA. LA CONSTITUCION ESPAÑOLA DE 1978. ESTRUCTURA

Y CONTENIDO. LA REFORMA DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA. EL ESTADO ESPAÑOL COMO ESTADO SOCIAL Y

Y CONTENIDO. LA REFORMA DE LA CONSTITUCION ESPAÑOLA. EL ESTADO ESPAÑOL COMO ESTADO SOCIAL Y

DEMOCRATICO DE DERECHO. DERECHOS Y DEBERES CONSTITUCIONALES; CLASIFICACION Y DIFERENCIACION.

DEMOCRATICO DE DERECHO. DERECHOS Y DEBERES CONSTITUCIONALES; CLASIFICACION Y DIFERENCIACION.

La existencia de un Estado constitucionalista implica que esté presidida por un documento

La existencia de un Estado constitucionalista implica que esté presidida por un documento

solemne y formal, al que generalmente se le da el nombre de Constitución. Se entiende por tal: “

solemne y formal, al que generalmente se le da el nombre de Constitución. Se entiende por tal: “La

La

norma fundamental de un Estado, escrita o no, que organiza, limita y racionaliza las

norma fundamental de un Estado, escrita o no, que organiza, limita y racionaliza las

relaciones entre los poderes del Estado (legislativo, ejecutivo y judicial) y por lo tanto el

relaciones entre los poderes del Estado (legislativo, ejecutivo y judicial) y por lo tanto el

gobierno y sus instituciones, garantizando con ello los derechos y libertades de los

gobierno y sus instituciones, garantizando con ello los derechos y libertades de los

ciudadanos”.

ciudadanos”.

Para que una Constitución se entienda como tal es necesario que se den 3 rasgos:

Para que una Constitución se entienda como tal es necesario que se den 3 rasgos: formación

formación

democrática, carácter solemne, y finalidad de ser tutela efectiva y re

democrática, carácter solemne, y finalidad de ser tutela efectiva y re al de

al de

la libertad.

la libertad.

La historia de España se ve jalonada en los 2 últimos siglos por un elevado

La historia de España se ve jalonada en los 2 últimos siglos por un elevado

número de Constituciones, de las que podemos destacar las siguientes, dejando

número de Constituciones, de las que podemos destacar las siguientes, dejando

aparte el Estatuto de Bayona de 1808, carta otorgada por José Bonaparte sin

aparte el Estatuto de Bayona de 1808, carta otorgada por José Bonaparte sin

vigencia política en España

vigencia política en España

(organizando a España de forma que el Monarca era(organizando a España de forma que el Monarca era el que ocupaba el centro del poder político)

el que ocupaba el centro del poder político)

• Constitución de Cádiz de 1812Constitución de Cádiz de 1812, progresista, aprobada por las cortes d, progresista, aprobada por las cortes de Cádiz.e Cádiz.

También denominada

También denominada La Pepa.La Pepa. Consagra el princiConsagra el principio de separación de pio de separación de poderes pero poderes pero no contiene unno contiene unaa

explícita declaración de los derechos de

explícita declaración de los derechos de los ciudadanos.los ciudadanos.

• Estatuto Real de 1834Estatuto Real de 1834, también es una carta otorgada. Tras la muerte de Fernando VII, Maria Cristina, también es una carta otorgada. Tras la muerte de Fernando VII, Maria Cristina

accede al trono en calidad de regente ante la minoría de edad de su hija Isabel II

accede al trono en calidad de regente ante la minoría de edad de su hija Isabel II (futura Reina). Se(futura Reina). Se conceden los poderes al monarca y ya

conceden los poderes al monarca y ya no hay división de poderes no hay división de poderes ni derechos de los cni derechos de los c iudadanoiudadanos.s.

• Constitución de 1837Constitución de 1837. Se mantuvo en vigor hasta 1945. Sabemos de ella que es una Constitución de. Se mantuvo en vigor hasta 1945. Sabemos de ella que es una Constitución de

carácter PROGRES

carácter PROGRESISTA, semejante a la de 1ISTA, semejante a la de 1812. Se produjo durante el Reinado de Isabel 812. Se produjo durante el Reinado de Isabel II.II.

• Constitución de 1845Constitución de 1845, de carácter c, de carácter conservador o moderadoonservador o moderado. Se diferencia . Se diferencia de la anterior en de la anterior en su basesu base

doctrinal. Se pasa de la

doctrinal. Se pasa de la Soberanía NacionalSoberanía Nacional(Poder recae en el Rey)(Poder recae en el Rey)a una Soberanía Compartida (a una Soberanía Compartida (el poderel poder se comparte entre el Rey y las Cortes).

se comparte entre el Rey y las Cortes).

Las 4 constituciones anteriormente mencionadas, son liberales, ya que en ellas no se recogen derechos

Las 4 constituciones anteriormente mencionadas, son liberales, ya que en ellas no se recogen derechos

de los ciudadanos. Tampoco se pueden considerar Estados, hablándose de Naciones o Reinos.

de los ciudadanos. Tampoco se pueden considerar Estados, hablándose de Naciones o Reinos.

La Constitución de 1956.

La Constitución de 1956. Conocida comúnmente como la “nonnata” ya que no llegó a ser

Conocida comúnmente como la “nonnata” ya que no llegó a ser

promulgada.

promulgada.

• Constitución de 1869,Constitución de 1869, progresista. Se crea durante la 1ª Revolución que progresista. Se crea durante la 1ª Revolución que se inicia en 1868. Esse inicia en 1868. Es

considerada como la 1ª

considerada como la 1ª Constitución democrática en España y aunque había Constitución democrática en España y aunque había SUFRAGIO UNIVERSALSUFRAGIO UNIVERSAL solamente era Masculino.

solamente era Masculino.

• Constitución de 1876Constitución de 1876, moderada. De Alfonso XII a la 2ª República., moderada. De Alfonso XII a la 2ª República. (Regencia de Mª(Regencia de MªCristina Cristina y y AlfonsoAlfonso

XIII) Fue suspendida por la dictadura del Dictador

XIII) Fue suspendida por la dictadura del Dictador General Primo de RiveraGeneral Primo de Rivera..

• Constitución de 1931Constitución de 1931, progresista. Será suprimida en 1939 por las leyes fundamentales. Vigente, progresista. Será suprimida en 1939 por las leyes fundamentales. Vigente

durante la 2ª República perderá su vigencia al

durante la 2ª República perderá su vigencia al comienzo de la Guerra Civil y comienzo de la Guerra Civil y será suprimida en 1939.será suprimida en 1939.

• Leyes Fundamentales del antiguo RégimenLeyes Fundamentales del antiguo Régimen. Abarca el periodo de 1939-1975, siete textos de. Abarca el periodo de 1939-1975, siete textos de

carácter no democrático o autoritario, juntas suponen una constitución “sui géneris” 

carácter no democrático o autoritario, juntas suponen una constitución “sui géneris”  (propio de su(propio de su género o especie).

(3)

A este vaivén constitucional se conoce con el

A este vaivén constitucional se conoce con el nombre de “efecto pendular del nombre de “efecto pendular del constitucionaliconstitucionalismo español”.smo español”. La Constitución de 1978 pertenece a las cons

La Constitución de 1978 pertenece a las constituciones surgidas tituciones surgidas por la resurrección de la democracia tpor la resurrección de la democracia trasras periodos autoritarios o totalitarios.

periodos autoritarios o totalitarios.

GÉNESIS

GÉNESIS: Después de la muerte de Franco

: Después de la muerte de Franco (20/11/75)

(20/11/75), se restaura la Monarquía española en

, se restaura la Monarquía española en

Nombre de S. Majestad el Rey D. Juan Carlos I de Borbón. El Rey y el Gobierno de Adolfo Suárez,

Nombre de S. Majestad el Rey D. Juan Carlos I de Borbón. El Rey y el Gobierno de Adolfo Suárez,

impulsaron bajo el respeto a las leyes fundamentales del antiguo régimen, la transición democrática,

impulsaron bajo el respeto a las leyes fundamentales del antiguo régimen, la transición democrática,

instrumento fundamental para ello fue LA LEY de REFORMA POLITICA (4/1/1977), aprobada mediante

instrumento fundamental para ello fue LA LEY de REFORMA POLITICA (4/1/1977), aprobada mediante

referéndum el 15/12/1976, que abre el camino para el restablecimiento de un régimen constitucional.

referéndum el 15/12/1976, que abre el camino para el restablecimiento de un régimen constitucional.

PROCESO CONSTITUYENTE:

PROCESO CONSTITUYENTE: ElEl 15/6/197715/6/1977 se celebran las primeras elecciones libres a Cortesse celebran las primeras elecciones libres a Cortes Constituyentes, cuya función será elaborar la vigente Constitución. El Congreso de los Diputados, en uso de la Constituyentes, cuya función será elaborar la vigente Constitución. El Congreso de los Diputados, en uso de la iniciativa constitucional que preveía el art.3 de la LRP (Ley de Reforma Política) nombró una comisión de Asuntos iniciativa constitucional que preveía el art.3 de la LRP (Ley de Reforma Política) nombró una comisión de Asuntos Constitucionales y

Constitucionales y Libertades Públicas Libertades Públicas compuesta por 3compuesta por 36 miembros elegidos ent6 miembros elegidos entre re los principales los principales partidospartidos políticos. La comisión nombró una ponencia de 7 miembros

políticos. La comisión nombró una ponencia de 7 miembros (Gabriel CISNEROS LABORDA, Manuel FRAGA IRIBARNE,(Gabriel CISNEROS LABORDA, Manuel FRAGA IRIBARNE, Miguel HERRERO RODRÍUEZ DE MIÑON, Gregorio PECES-BARBA, José Pedro PÉREZ-LLORCA, Miguel ROCA I JUNYENT, y Jordi Miguel HERRERO RODRÍUEZ DE MIÑON, Gregorio PECES-BARBA, José Pedro PÉREZ-LLORCA, Miguel ROCA I JUNYENT, y Jordi SOLÉ TURA).

SOLÉ TURA). La ponencia redactó el anteproyecto, que pasó a la comisión y después al Pleno del Congreso y de allí La ponencia redactó el anteproyecto, que pasó a la comisión y después al Pleno del Congreso y de allí  siguió el mismo camino en el Senado, como éste introdujo modificaciones, el texto final fue revisado por una siguió el mismo camino en el Senado, como éste introdujo modificaciones, el texto final fue revisado por una Comisión Mixta entre Congreso-Senado que resolvió las discrepancias, siendo aprobado en sesión plenaria Comisión Mixta entre Congreso-Senado que resolvió las discrepancias, siendo aprobado en sesión plenaria separada por ambas Cámaras el

separada por ambas Cámaras el 31/10/1978.31/10/1978. Sometida a Referéndum el

Sometida a Referéndum el 6/12/19786/12/1978 fue ratificada por elfue ratificada por el 87.78%87.78% de los votantes, siendo sancionadade los votantes, siendo sancionada por el Rey el

por el Rey el 27/12/197827/12/1978, publicada en el BOE el, publicada en el BOE el 29/12/197829/12/1978, fecha en la que entró en vigor., fecha en la que entró en vigor.

ESTRUCTURA DE LA

ESTRUCTURA DE LA CONSTITUCIÓN

CONSTITUCIÓN

ESTRUCTURA FORMAL

ESTRUCTURA FORMAL

1

1 preámbulo

preámbulo

11

11 Títulos. De los cuales 1 es el Título preliminar y los demás (10) con denominación propia.

Títulos. De los cuales 1 es el Título preliminar y los demás (10) con denominación propia.

Compuesta por

Compuesta por 169 Art

169 Art.. 4

4 disposiciones Adicionales,

disposiciones Adicionales, 9

9 transitorias,

transitorias, 1

1 Derogativa y

Derogativa y 1

1 final.

final.

La denominación de los títulos es la siguiente

La denominación de los títulos es la siguiente

La denominación de los títulos es la siguiente

La denominación de los títulos es la siguiente

Título

Título I:

I:

De

De los

los derechos

derechos y

y Deberes

Deberes Fundamentales.

Fundamentales.

Título

Título II:

II:

De

De la

la Corona.

Corona.

Título

Título III:

III:

De las

De

las Cortes

Cortes Generales.

Generales.

Título

Título IV:

IV:

Del

Del gobierno

gobierno y

y la

la Administración.

Administración.

Título

Título V:

V:

De

De la

la relación

relación entre

entre el

el Gobierno

Gobierno y

y las

las Cortes

Cortes Generales.

Generales.

Título

Título VI:

VI:

Del

Del Poder

Poder Judicial.

Judicial.

Título

Título VII:

VII:

Economía

Economía y

y Hacienda.

Hacienda.

Título

Título VIII:

VIII:

De

De la

la organización

organización Territorial

Territorial del

del Estado.

Estado.

Título

Título IX:

IX:

Del

Del Tribunal

Tribunal Constitucional.

Constitucional.

Título

(4)

ESTRUCTURA MATERIAL

ESTRUCTURA MATERIAL

1. PREÁMBULO.

1. PREÁMBULO. En la que se hace una declaración solemne de intenciones. (Sin fuerza

En la que se hace una declaración solemne de intenciones. (Sin fuerza

 jurídica alguna)

 jurídica alguna)

2.

2. PARTE

PARTE DOGMÁTICA

DOGMÁTICA Titulo preliminar y titulo 1. De los derechos y deberes. Principios

Titulo preliminar y titulo 1. De los derechos y deberes. Principios

Pragmáticos.

Pragmáticos.

3.

3. PARTE

PARTE ORGÁNICA

ORGÁNICA Títulos 2 al 9 Regula y establece l

Títulos 2 al 9 Regula y establece la organización política y jurídica d

a organización política y jurídica del

el

Estado.

Estado.

4.

4. PARTE

PARTE DEDICADA

DEDICADA A

A REFORMA.

REFORMA. Titulo 10. Proceso de Reforma Constitucional

Titulo 10. Proceso de Reforma Constitucional

..

CARACTERÍSTICAS

CARACTERÍSTICAS::

La Constitución Española es

La Constitución Española es escrita

escrita (característica del constitucionalismo

(característica del constitucionalismo

español) en contra de las consuetudinarias (como la británica). Es

español) en contra de las consuetudinarias (como la británica). Es extensa

extensa con 169 artículos, la

con 169 artículos, la

más lar

más larga de las co

ga de las constituciones españolas, exceptuando

nstituciones españolas, exceptuando la Constitución de C

la Constitución de Cádiz de 1812.

ádiz de 1812. No

No es

es el

el

resultado de la voluntad del partido mayoritario sino fruto del

resultado de la voluntad del partido mayoritario sino fruto del consenso político

consenso político, por ello a veces

, por ello a veces

es ambigua e imprecisa de forma deliberada, a fin de servir de marco político para cualquier partido

es ambigua e imprecisa de forma deliberada, a fin de servir de marco político para cualquier partido

que alcance el poder, sin necesidad de

que alcance el poder, sin necesidad de modificación o sustitución.

modificación o sustitución.

Es una Constitución

Es una Constitución rígida

rígida, estableciendo un proceso de reforma general u ordinaria y otro más

, estableciendo un proceso de reforma general u ordinaria y otro más

agravado cuando afecte a determinadas partes consideradas. Solo ha tenido una modificación a lo

agravado cuando afecte a determinadas partes consideradas. Solo ha tenido una modificación a lo

largo de su historia, en el Art 13.2.

largo de su historia, en el Art 13.2.

INFLUENCIAS:

INFLUENCIAS:

Se pueden destacar como principales influencias foráneas: La Ley Fundamental de

Se pueden destacar como principales influencias foráneas: La Ley Fundamental de

Bonn (1949), la Constitución italiana (1947), la Constitución francesa (1958), y la portuguesa (1976),

Bonn (1949), la Constitución italiana (1947), la Constitución francesa (1958), y la portuguesa (1976),

así como la sueca y la holandesa en lo relativo a la configuración de la Corona y Defensor del Pueblo.

así como la sueca y la holandesa en lo relativo a la configuración de la Corona y Defensor del Pueblo.

Como influencias nacionales, recibe todas las constituciones anteriores, sobre todo de la de 1931.

Como influencias nacionales, recibe todas las constituciones anteriores, sobre todo de la de 1931.

TÍTULO PRELIMINAR 

TÍTULO PRELIMINAR 

Principios básicos y valores superiores:

Principios básicos y valores superiores: La CE en el

La CE en el art 1.1

art 1.1 recoge los principios básicos y los

recoge los principios básicos y los

valores superiores del Estado español: “España está constituida en un Estado

valores superiores del Estado español: “España está constituida en un Estado social y democrático

social y democrático

de derecho, en el que propugna como valores superiores,

de derecho, en el que propugna como valores superiores, la igualdad, la justicia, la libertad y el

la igualdad, la justicia, la libertad y el

pluralismo político

pluralismo político”.

”.

La Constitución se

La Constitución se fundamenta en

fundamenta en la indisoluble unidad

la indisoluble unidad de la Nación

de la Nación española

española

(art.2 CE),(art.2 CE),

patria común

patria común

e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las

e indivisible de todos los españoles, y reconoce y garantiza el derecho a la autonomía de las

nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”.

nacionalidades y regiones que la integran y la solidaridad entre todas ellas”.

En su

En su ((

art 3)art 3)

establece el castellano como lengua española oficial del Estado.

establece el castellano como lengua española oficial del Estado.

La bandera de España y las banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas se regulan en

La bandera de España y las banderas y enseñas propias de las Comunidades Autónomas se regulan en

el

el ((

art. 4)art. 4)

Establece a la ciudad de

Establece a la ciudad de Madrid

Madrid

(art. 5)(art. 5)

como capital del Estado.

como capital del Estado.

En cuanto a los partidos políticos

En cuanto a los partidos políticos

(art. 6)(art. 6)

concurren a la formación y manifestación de la voluntad

concurren a la formación y manifestación de la voluntad

popular y son instrumento fundamental para la

popular y son instrumento fundamental para la participación política.

participación política.

Los Sindicatos contribuyen a la defensa de los intereses que le son propios

Los Sindicatos contribuyen a la defensa de los intereses que le son propios

(art.7)(art.7)

Las Fuerzas Armadas

Las Fuerzas Armadas

(art.8)(art.8)

garantizan la soberanía e independencia de España y el ordenamiento

garantizan la soberanía e independencia de España y el ordenamiento

constitucional. Estando todos los ciudadanos y la Administración sometidos a la ley conforme al

constitucional. Estando todos los ciudadanos y la Administración sometidos a la ley conforme al

 “principio de legalidad” regulado por el

 “principio de legalidad” regulado por el ((

art.9)art.9)

de la CE

de la CE

LA REFORMA CONSTITUCIONAL:

LA REFORMA CONSTITUCIONAL:

El proceso de reforma constitucional está regulado por el

El proceso de reforma constitucional está regulado por el

titulo X

titulo X de la Constitución bajo la denominación de

de la Constitución bajo la denominación de “Reforma Constitucional”.

“Reforma Constitucional”.

En el, se distinguen 2 tipos de procedimientos para su reforma, uno

(5)

REFORMA ORDINARIA: Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por

REFORMA ORDINARIA: Los proyectos de reforma constitucional deberán ser aprobados por

una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se

una mayoría de tres quintos de cada una de las Cámaras. Si no hubiera acuerdo entre ambas, se

intentará obtenerlo mediante la creación de una

intentará obtenerlo mediante la creación de una Comisión de composición paritaria

Comisión de composición paritaria de Diputados y

de Diputados y

Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado. De no lograrse la

Senadores, que presentará un texto que será votado por el Congreso y el Senado. De no lograrse la

aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido

aprobación mediante el procedimiento del apartado anterior, y siempre que el texto hubiere obtenido

el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá

el voto favorable de la mayoría absoluta del Senado, el Congreso, por mayoría de dos tercios, podrá

aprobar la reforma.

aprobar la reforma.

Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando

Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación cuando

así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los

así lo soliciten, dentro de los quince días siguientes a su aprobación, una décima parte de los

miembros de cualquiera de las Cámaras

miembros de cualquiera de las Cámaras

REFORMA EXTRAORDINARIA: Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o

REFORMA EXTRAORDINARIA: Cuando se propusiere la revisión total de la Constitución o

una parcial que afecte al

una parcial que afecte al Titulo preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o

Titulo preliminar, al Capítulo segundo, Sección primera del Título I, o

al Título II

al Título II, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y

, se procederá a la aprobación del principio por mayoría de dos tercios de cada Cámara, y

a la disolución inmediata de las Cortes.

a la disolución inmediata de las Cortes.

Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto Constitucional,

Las Cámaras elegidas deberán ratificar la decisión y proceder al estudio del nuevo texto Constitucional,

que deberá ser a

que deberá ser aprobado por mayoría

probado por mayoría de dos tercios de

de dos tercios de ambas

ambas Cámaras.

Cámaras.

Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.

Aprobada la reforma por las Cortes Generales, será sometida a referéndum para su ratificación.

No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de Guerra o de vigencia de alguno de los

No podrá iniciarse la reforma constitucional en tiempo de Guerra o de vigencia de alguno de los

estados previstos en el

estados previstos en el artículo 116

artículo 116. (Estados de Alarma, Excepción y Sitio).

. (Estados de Alarma, Excepción y Sitio).

Ley

Ley Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio.

Orgánica 4/1981, de 1 de junio, de los Estados de Alarma, Excepción y Sitio.

El Estado de Alarma.

El Estado de Alarma.

Causas.

Causas.

Se podrá declarar el Estado de Alarma (Art.4 LO 4/81), cuando se produzca alguna de lasSe podrá declarar el Estado de Alarma (Art.4 LO 4/81), cuando se produzca alguna de las siguientes alteraciones graves de la normalidad:

siguientes alteraciones graves de la normalidad:

Catástrofes, calamidades o desgracias públicas

Catástrofes, calamidades o desgracias públicas, tales como terremotos, inundaciones, incendios, tales como terremotos, inundaciones, incendios urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud.

urbanos y forestales o accidentes de gran magnitud. Crisis sanitarias

Crisis sanitarias, tales como epidemias y , tales como epidemias y situaciones de contaminación graves.situaciones de contaminación graves. Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad

Paralización de servicios públicos esenciales para la comunidad, cuando no se garantice lo, cuando no se garantice lo dispuesto en los artículos

dispuesto en los artículos 28.2 y 37.228.2 y 37.2 de la Constitución, y concurra alguna de las demásde la Constitución, y concurra alguna de las demás circunstancias o situaciones contenidas en este artículo y situaciones de desabastecimiento de circunstancias o situaciones contenidas en este artículo y situaciones de desabastecimiento de productos de primera necesidad.

productos de primera necesidad.

Autoridad Competente.

Autoridad Competente.

El GobiernoEl Gobierno, en uso de las facultades que le otorga el artículo, en uso de las facultades que le otorga el artículo 116.2116.2 de lade la Constitución puede declarar en todo o parte del

Constitución puede declarar en todo o parte del territorio nacional, el Estado de Alarma.territorio nacional, el Estado de Alarma.

Si se diera alguna de las causas anteriormente vistas y afecten exclusivamente a todo o parte del ámbito Si se diera alguna de las causas anteriormente vistas y afecten exclusivamente a todo o parte del ámbito territorial de una Comunidad Autónoma (Art.5),

territorial de una Comunidad Autónoma (Art.5), el Presidenteel Presidente de la misma podrá solicitar del Gobierno lade la misma podrá solicitar del Gobierno la declaración de Estado de Alarma.

declaración de Estado de Alarma.

A los efectos del Estado de Alarma la

A los efectos del Estado de Alarma la autoridad competenteautoridad competente (Art.7) será el(Art.7) será el GobiernoGobierno o, por delegación deo, por delegación de éste, el Presidente de

éste, el Presidente de la Comunidad Autónomala Comunidad Autónoma

Procedimiento.

Procedimiento.

La declaración del Estado de Alarma se llevará a cabo medianteLa declaración del Estado de Alarma se llevará a cabo mediante DecretoDecreto acordado enacordado en Consejo de Ministros.

Consejo de Ministros.

Duración máxima.

Duración máxima.

En el Decreto se En el Decreto se determinará el ámbito territorial, la duración y los determinará el ámbito territorial, la duración y los efectos del Estadoefectos del Estado de Alarma, que no podrá exceder de

de Alarma, que no podrá exceder de 15 días15 días. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de. Sólo se podrá prorrogar con autorización expresa del Congreso de los Diputados.

(6)

El Estado de Excepción.

El Estado de Excepción.

Causas.

Causas.

Son causas de solicitud de autorización del Estado de Son causas de solicitud de autorización del Estado de excepción (Art. 13 LO 4/81) , por parte delexcepción (Art. 13 LO 4/81) , por parte del Gobierno al Congreso de los Diputados (Art. 116.3 CE).

Gobierno al Congreso de los Diputados (Art. 116.3 CE). “Cuando el libre ejercicio de los derechos y “Cuando el libre ejercicio de los derechos y  libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los libertades de los ciudadanos, el normal funcionamiento de las instituciones democráticas, el de los Servicios Públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten Servicios Públicos esenciales para la comunidad, o cualquier otro aspecto del orden público, resulten tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para

tan gravemente alterados que el ejercicio de las potestades ordinarias fuera insuficiente para restablecerlo y mantenerlo”.

restablecerlo y mantenerlo”.

Procedimiento.

Procedimiento.

El Gobierno remitirá al Congreso de El Gobierno remitirá al Congreso de los Diputados una solicitud de autorización quelos Diputados una solicitud de autorización que deberá contener los siguientes extremos:

deberá contener los siguientes extremos: a. Determinación de los efectos del

a. Determinación de los efectos del Estado de Excepción, con mención de los dEstado de Excepción, con mención de los derechos cuya suspensión se solicita,erechos cuya suspensión se solicita, que no serán otros que

que no serán otros que los enumerados en el Art. 55..1 de la los enumerados en el Art. 55..1 de la Constitución.Constitución. b. Relación de las medidas a

b. Relación de las medidas a adoptar referidas a los derechos cuya suspensión específicamente se solicita.adoptar referidas a los derechos cuya suspensión específicamente se solicita. c. Ámbito territorial del Estado de Excepción, así

c. Ámbito territorial del Estado de Excepción, así como duración del mismo, que no podrá excomo duración del mismo, que no podrá exceder deceder de 30 días30 días.. d. La cuantía máxima de las sanciones pecuniarias que la Autoridad Gubernativa este autorizada para imponer, en d. La cuantía máxima de las sanciones pecuniarias que la Autoridad Gubernativa este autorizada para imponer, en su caso, a quienes contravengan las disposiciones que dicte durante el Estado de Excepción.

su caso, a quienes contravengan las disposiciones que dicte durante el Estado de Excepción. El Congreso debatirá la solicitud de autorización, pudiendo aprobarla por completo o

El Congreso debatirá la solicitud de autorización, pudiendo aprobarla por completo o introducir algunaintroducir alguna modificación.

modificación.

Autoridad Competente.

Autoridad Competente.

El Gobierno, obtenida la autorización del Congreso, procederá a declarar elEl Gobierno, obtenida la autorización del Congreso, procederá a declarar el Estado de Excepción, acordando en Consejo de Ministros un Decreto con el

Estado de Excepción, acordando en Consejo de Ministros un Decreto con el contenido autorizado por el Congresocontenido autorizado por el Congreso de los Diputados.

de los Diputados.

Duración máxima.

Duración máxima.

El estado de El estado de excepción tendrá una duración máxima deexcepción tendrá una duración máxima de 30 días30 días. El Gobierno,. El Gobierno, mediante Decreto acordado en Consejo de Ministros, podrá poner fin al

mediante Decreto acordado en Consejo de Ministros, podrá poner fin al Estado de Excepción antes de que finaliceEstado de Excepción antes de que finalice el periodo, dando cuenta de e

el periodo, dando cuenta de ello inmediatamente al Congreso de los Diputados.llo inmediatamente al Congreso de los Diputados.

Si persistieran las circunstancias que dieron lugar a la declaración del Estado de Excepción, el Gobierno Si persistieran las circunstancias que dieron lugar a la declaración del Estado de Excepción, el Gobierno podrá solicitar del Congreso de los Diputados la

podrá solicitar del Congreso de los Diputados la prórroga de aquel, que no podrá exceder de prórroga de aquel, que no podrá exceder de 30 días.30 días.

Privación de derechos.

Privación de derechos.

PRIVACIÓN DEL DERECHO A LA LIBERTAD. La Autoridad podrá detener aPRIVACIÓN DEL DERECHO A LA LIBERTAD. La Autoridad podrá detener a cualquier persona para la conservación del orden, siempre que, existan fundadas sospechas de que vaya a cualquier persona para la conservación del orden, siempre que, existan fundadas sospechas de que vaya a provocar alteraciones del orden público (Art. 16).

provocar alteraciones del orden público (Art. 16). La detenciónLa detención no podrá exceder deno podrá exceder de diez díasdiez días y los detenidosy los detenidos disfrutarán de los derechos que les reconoce el a

disfrutarán de los derechos que les reconoce el artículo 17.3, de la Constitución.rtículo 17.3, de la Constitución.

La detención deberá de ser comunicada al juez competente en el plazo de 24 horas. Durante la detención, el juez La detención deberá de ser comunicada al juez competente en el plazo de 24 horas. Durante la detención, el juez podrá, en todo momento, requerir información y conocer personalmente, la situación de este.

podrá, en todo momento, requerir información y conocer personalmente, la situación de este.

PRIVACIÓN A LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO. La autoridad podrá hacer registros e inspecciones PRIVACIÓN A LA INVIOLABILIDAD DEL DOMICILIO. La autoridad podrá hacer registros e inspecciones (Art.17) si lo considera necesario para el esclarecimiento de los hechos presuntamente delictivos o para el (Art.17) si lo considera necesario para el esclarecimiento de los hechos presuntamente delictivos o para el mantenimiento del orden público.

mantenimiento del orden público. La inspección o el registroLa inspección o el registro se llevarán a cabo por la propiase llevarán a cabo por la propia autoridad o porautoridad o por sus agentes

sus agentes, a los que proveerá de orden formal y escrita., a los que proveerá de orden formal y escrita. El reconocimiento de la casa, papeles y

El reconocimiento de la casa, papeles y efectos, podrá ser presenciado por el titular de efectos, podrá ser presenciado por el titular de la misma o por 1 la misma o por 1 oo más individuos de su familia (+18 años) y,

más individuos de su familia (+18 años) y, en todo caso, por 2 vecinos en todo caso, por 2 vecinos de la casa o de de la casa o de las inmediaciones, o, en sulas inmediaciones, o, en su defecto, por dos vecinos del mismo pueblo o del pueblo o pueblos limítrofes.

defecto, por dos vecinos del mismo pueblo o del pueblo o pueblos limítrofes. No hallándose en ella al

No hallándose en ella al titular o encargado de la casa ni a titular o encargado de la casa ni a ningún individuo de la familia, se hará ningún individuo de la familia, se hará elel reconocimiento en presencia únicamente de los 2 vecinos indicados.

reconocimiento en presencia únicamente de los 2 vecinos indicados. La asistencia de los vecinosLa asistencia de los vecinos requeridosrequeridos será obligatoria y

(7)

asistieren y las circunstancias que concurriesen, así como las incidencias a que diere lugar. El

asistieren y las circunstancias que concurriesen, así como las incidencias a que diere lugar. El acta será firmadaacta será firmada por la autoridad o el agente que efectuare el reconocimiento y por el dueño o familiares y vecinos. Si no supieran por la autoridad o el agente que efectuare el reconocimiento y por el dueño o familiares y vecinos. Si no supieran o no quisiesen firmar se anotará también esta incidencia.

o no quisiesen firmar se anotará también esta incidencia.

La Autoridad Gubernativa comunicará inmediatamente al juez competente

La Autoridad Gubernativa comunicará inmediatamente al juez competente las inspecciones y registroslas inspecciones y registros efectuados, las causas que los motivaron y los resultados de los

efectuados, las causas que los motivaron y los resultados de los mismos, remitiéndole copia del acta levantada.mismos, remitiéndole copia del acta levantada. PRIVACIÓN DE SECRETO A LAS COMUNICACIONES. La Autoridad podrá

PRIVACIÓN DE SECRETO A LAS COMUNICACIONES. La Autoridad podrá intervenir toda clase deintervenir toda clase de comunicaciones, incluidas las postales, telegráficas y telefónicas. Dicha

comunicaciones, incluidas las postales, telegráficas y telefónicas. Dicha intervención solo podrá ser realizada siintervención solo podrá ser realizada si ello resulta necesario para el esclarecimiento de los hechos

ello resulta necesario para el esclarecimiento de los hechos presuntamente delictivos o el mantenimiento delpresuntamente delictivos o el mantenimiento del orden público. La

orden público. La intervención decretada será comunicada inmediatamente al juez competente.intervención decretada será comunicada inmediatamente al juez competente. La Autoridad podrá intervenir y controlar toda clase de transportes, y la carga de

La Autoridad podrá intervenir y controlar toda clase de transportes, y la carga de los mismos.los mismos.

PRIVACION DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE RESIDENCIA Y CIRCULACIÓN. La Autoridad podrá prohibir la PRIVACION DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE RESIDENCIA Y CIRCULACIÓN. La Autoridad podrá prohibir la circulación de personas y vehículos en las horas y

circulación de personas y vehículos en las horas y lugares que se determine, y exigir lugares que se determine, y exigir a quienes se desplacen de una quienes se desplacen de un lugar a otro que acrediten su identidad, señalándoles el

lugar a otro que acrediten su identidad, señalándoles el itinerario a seguir.itinerario a seguir. Igualmente podrá delimitar zonas de protección o seguridad y dictar las

Igualmente podrá delimitar zonas de protección o seguridad y dictar las condiciones de permanencia en lascondiciones de permanencia en las mismas y prohibir en lugares determinados la presencia de

mismas y prohibir en lugares determinados la presencia de personas que puedan dificultar la acción de la fuerzapersonas que puedan dificultar la acción de la fuerza pública.

pública.

PRIVACION DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION. La Autoridad podrá suspender todo tipo de PRIVACION DEL DERECHO A LA LIBERTAD DE EXPRESION. La Autoridad podrá suspender todo tipo de publicaciones, emisiones de radio

publicaciones, emisiones de radio y televisión, proyecciones cinematográficas y representaciones teatrales.y televisión, proyecciones cinematográficas y representaciones teatrales. Igualmente podrá ordenar el secuestro de publicaciones.

Igualmente podrá ordenar el secuestro de publicaciones.

PRIVACION DEL DERECHO DE REUNION, MANIFESTACION, HUELGA E INCAUTACION DE ARMAS. PRIVACION DEL DERECHO DE REUNION, MANIFESTACION, HUELGA E INCAUTACION DE ARMAS. LaLa Autoridad podrá someter a autorización previa o prohibir la celebración de

Autoridad podrá someter a autorización previa o prohibir la celebración de reuniones y manifestaciones. Tambiénreuniones y manifestaciones. También podrá prohibir las huelgas y la adopción de

podrá prohibir las huelgas y la adopción de medidas de conflicto colectivo y proceder a la medidas de conflicto colectivo y proceder a la incautación de todaincautación de toda clase de armas, municiones o

clase de armas, municiones o sustancias explosivas.sustancias explosivas.

El Estado de Sitio.

El Estado de Sitio.

Causas y autoridad competente.

Causas y autoridad competente.

Conforme el Art. 116.4 de la Conforme el Art. 116.4 de la CE, el Gobierno podrá proponer al CongresoCE, el Gobierno podrá proponer al Congreso de los Diputados la declaración de Estado de

de los Diputados la declaración de Estado de Sitio cuando seSitio cuando se produzcaproduzca o amenace producirseo amenace producirse una insurrecciónuna insurrección o acto de fuerza

o acto de fuerza contra la soberaníacontra la soberanía o independencia de España, que no pueda resolverse por o independencia de España, que no pueda resolverse por otros medios,otros medios,

Duración

Duración..

La correspondiente declaración determinará el ámbito territorial, duración y condiciones del Estado deLa correspondiente declaración determinará el ámbito territorial, duración y condiciones del Estado de Sitio

Sitio

Privación de derechos

Privación de derechos..

La declaración de Estado de sitio podrá autorizar, además de lo previsto para losLa declaración de Estado de sitio podrá autorizar, además de lo previsto para los Estados de Alarma y Excepción, la suspensión temporal de las garantías jurídicas del detenido recogidas en el Art Estados de Alarma y Excepción, la suspensión temporal de las garantías jurídicas del detenido recogidas en el Art 17.3 de la CE (Información de

(8)

EL ESTADO ESPAÑOL COMO ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DEREC

EL ESTADO ESPAÑOL COMO ESTADO SOCIAL Y DEMOCRÁTICO DE DERECHO

HO

Como

Como manifestaciones del Estado de Derecho

manifestaciones del Estado de Derecho recogidas en la CE, deben señalarse:

recogidas en la CE, deben señalarse:

La CE en el

La CE en el art 1.1

art 1.1 recoge los principios básicos y los valores superiores del Estado español: “España

recoge los principios básicos y los valores superiores del Estado español: “España

está constituida en un Estado

está constituida en un Estado social y democrático

social y democrático de derecho, en el que propugna como valores

de derecho, en el que propugna como valores

superiores,

superiores, la igualdad, la justicia, la libertad y el pluralismo político

la igualdad, la justicia, la libertad y el pluralismo político”.

”.

a) El imperio de la Ley a) El imperio de la Ley b) La división de poderes b) La división de poderes c) El principio de

c) El principio de legalidad en la actuación administrativalegalidad en la actuación administrativa d) El reconocimiento formal de los

d) El reconocimiento formal de los derechos y libertadesderechos y libertades

Por su parte, como

Por su parte, como manifestaciones del Estado Social de Derecho

manifestaciones del Estado Social de Derecho, deben citarse, además

, deben citarse, además

del principio de igualdad, los llamados derechos económicos y sociales.

del principio de igualdad, los llamados derechos económicos y sociales.

Finalmente, como

Finalmente, como expresión del Estado Democrático de Derecho

expresión del Estado Democrático de Derecho , debe hacerse mención al

, debe hacerse mención al

reconocimiento de la soberanía popular. Asimismo, debe citarse la aceptación del pluralismo político y

reconocimiento de la soberanía popular. Asimismo, debe citarse la aceptación del pluralismo político y

social, la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos.

social, la participación de los ciudadanos en los asuntos públicos.

En cuanto a los

En cuanto a los valores superiores del ordenamiento jurídico

valores superiores del ordenamiento jurídico, constituyen la meta del

, constituyen la meta del

Estado y del Derecho, suponen el marco, el límite y el objetivo a alcanzar por el ordenamiento, al que

Estado y del Derecho, suponen el marco, el límite y el objetivo a alcanzar por el ordenamiento, al que

tienen que acoplarse todas las demás normas y al que tienen que ajustar su actuación todos los

tienen que acoplarse todas las demás normas y al que tienen que ajustar su actuación todos los

operadores jurídicos. Estos valores son:

operadores jurídicos. Estos valores son:

a) El valor libertad a) El valor libertad b) El valor justicia b) El valor justicia c) El valor igualdad c) El valor igualdad d) El valor pluralismo d) El valor pluralismo

De los derechos y deberes fundamentales

De los derechos y deberes fundamentales

La CE consagra un extenso Título I desde Art. 10 al 55, de los derechos y deberes de los españoles

La CE consagra un extenso Título I desde Art. 10 al 55, de los derechos y deberes de los españoles

recogiéndose en 5 capítulos de forma completa y detallada.

recogiéndose en 5 capítulos de forma completa y detallada.

La CE hace una ordenación de los mismos según el distinto grado de protección y garantía del que

La CE hace una ordenación de los mismos según el distinto grado de protección y garantía del que

gozan, distinguiendo entre:

gozan, distinguiendo entre:

Artículo

Artículo 14

14

Principio

Principio de

de Igualdad

Igualdad ante

ante la

la ley.

ley.

Sec.

Sec. 1ª.

1ª. Cap.

Cap. 2º

2º del

del T.I

T.I .

.

De

De los

los derechos

derechos y

y libertades

libertades públicas.

públicas.

Sec.

Sec. 2ª.

2ª. Cap.

Cap. 2º

2º del

del T.I

T.I .

.

Derechos

Derechos y

y deberes

deberes de

de los

los ciudadanos

ciudadanos

(9)

DERECHOS Y DEBERES CONSTITUCIONALES; CLASIFICACIÓN Y DIFERENCIACIÓN

DERECHOS Y DEBERES CONSTITUCIONALES; CLASIFICACIÓN Y DIFERENCIACIÓN

Los derechos y deberes de todos los españoles vienen recogidos en el Título I de la CE bajo el

Los derechos y deberes de todos los españoles vienen recogidos en el Título I de la CE bajo el

epígrafe:

epígrafe:

“De los derechos y deberes fundamentales” “De los derechos y deberes fundamentales” 

y, señaladamente, en los Capítulos:

y, señaladamente, en los Capítulos:

a) Primero:

a) Primero:

“De los españoles y “De los españoles y extranjeros”extranjeros”

a) Segundo:

a) Segundo:

“De los derechos y libertades”“De los derechos y libertades”

b) Tercero:

b) Tercero:

“De los principios rectores de la política social y económica” “De los principios rectores de la política social y económica” 

, consagrando los

, consagrando los

llamados derechos sociales.

llamados derechos sociales.

c) Cuarto:

c) Cuarto:

“De las garantías de las libertades y derechos fundamentales“De las garantías de las libertades y derechos fundamentales” ” 

, regulando la figura del

, regulando la figura del

Defensor del Pueblo.

Defensor del Pueblo.

d) Quinto:

d) Quinto:

“De la suspensión de los derechos y libertades”.“De la suspensión de los derechos y libertades”.

En definitiva, conforme el art. 53, la Constitución viene a distinguir entre:

En definitiva, conforme el art. 53, la Constitución viene a distinguir entre:

a)

a) Unos derechos fundamentales y libertades públicas (arts. 14 a 29) especialmente protegidos, cuyo

Unos derechos fundamentales y libertades públicas (arts. 14 a 29) especialmente protegidos, cuyo

ejercicio ha de ser regulado por Ley orgánica, contra la que, en su caso, puede presentarse el

ejercicio ha de ser regulado por Ley orgánica, contra la que, en su caso, puede presentarse el

correspondiente recurso de inconstitucionalidad, y cuya tutela puede recabarse ante los Tribunales

correspondiente recurso de inconstitucionalidad, y cuya tutela puede recabarse ante los Tribunales

Ordinarios.

Ordinarios.

b)

b) Los restantes derechos (arts. 30 a 38) cuyo ejercicio también ha de ser regulados por Ley

Los restantes derechos (arts. 30 a 38) cuyo ejercicio también ha de ser regulados por Ley

orgánica, contra la que, en su caso, puede presentarse el correspondiente recurso de

orgánica, contra la que, en su caso, puede presentarse el correspondiente recurso de

inconstitucionalidad.

inconstitucionalidad.

c)

c) Los llamados derechos sociales (arts. 39 a 52) cuyo ejercicio se supedita a las leyes que los

Los llamados derechos sociales (arts. 39 a 52) cuyo ejercicio se supedita a las leyes que los

desarrollen, sin que puedan ser invocados directamente ante los Tribunales, a diferencia de los

desarrollen, sin que puedan ser invocados directamente ante los Tribunales, a diferencia de los

anteriores, sino de acuerdo con las leyes que lo desarrollen.

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