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Los derechos del buen vivir del ciudadano frente a los derechos de la naturaleza en la explotación petrolera del Yasuní ITT.

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Academic year: 2020

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(1)UNIVERSIDAD REGIONAL AUTÓNOMA DE LOS ANDES. “UNIANDES”. FACULTAD DE JURISPRUDENCIA CARRERA DE DERECHO TESIS PREVIA LA OBTENCIÓN DEL TÍTULO DE ABOGADA DE LOS TRIBUNALES DE LA REPÚBLICA. TEMA: LOS DERECHOS DEL BUEN VIVIR DEL CIUDADANO FRENTE A LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA EN LA EXPLOTACIÓN PETROLERA DEL YASUNÍ ITT.. AUTOR: VIVIANA MARILÚ MORALES GUEVARA. ASESOR: AB. FERNANDO CAICEDO BANDERAS. AMBATO - ECUADOR 2015. i.

(2) CERTIFICACIÓN DEL TUTOR. AB. FERNANDO CAICEDO BANDERAS, en mi calidad de tutor del presente trabajo de tesis, certifico: que el tema “LOS DERECHOS DEL BUEN VIVIR DEL CIUDADANO FRENTE A LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA EN LA EXPLOTACIÓN PETROLERA DEL YASUNÍ ITT.”, elaborado por: VIVIANA MARILÚ MORALES GUEVARA, previo a la obtención del Título de Abogada de los Tribunales de la República, fue revisado y aprobado, al haber cumplido con las normas legales y reglamentarias de la institución universitaria, en consecuencia autorizo su sustentación.. Ambato, 03 de uniandes. uniandes.

(3) DECLARACIÓN DE AUTORÍA. Yo, VIVIANA MARILÚ MORALES GUEVARA, por mis propios derechos y en pleno goce de mis facultades, declaro que el contenido del presente trabajo de tesis titulado : “Los derechos del buen vivir del ciudadano frente a los derechos de la naturaleza en la explotación petrolera del Yasuní ITT”, es de mi absoluta responsabilidad realizarlo, respetando las normas legales y reglamentos correspondientes, en tal virtud expreso que los conceptos, conclusiones, ideas, opiniones y recomendaciones del mismo, son creación plena de la autora.. uniandes.

(4) DEDICATORIA. Dedico la presente tesis a Dios por quien ha sido mi principal apoyo y guía, para poder realizar este trabajo que con paciencia, sabiduría y dedicación, día a día lucho por mis objetivos que deseo alcanzar. A mi madre, a mi padre, a mis hermanos y a mi esposo quienes siempre han estado en las buenas y en las malas apoyándome en toda mi vida estudiantil; y, me siento orgullosa de saber que cuento con el apoyo incondicional de cada uno de ellos y siempre tuvieron una palabra de aliento en aquellos momentos difíciles que pasaba y cuando me rendía ahí estaban ellos para darme la mano, para que siga luchando por lo que amo, esto es mi carrera de Derecho..

(5) AGRADECIMIENTO. Al Abogado Fernando Caicedo Banderas, asesor de mi tesis quién con sus conocimientos y apoyo supo guiarme en el desarrollo de la presente tesis desde el inicio hasta su culminación. A mis maestros por haberme impartido cada conocimiento con el fin de formarme en cada aspecto de mi vida como ser humano y como profesional. A la Universidad Regional Autónoma de los Andes, que me abrió sus puertas para impartir todo el saber necesario y me ha dado uno de los mejores recuerdos de mi vida. en. mi. etapa. universitaria..

(6) ÍNDICE GENERAL. Carátula Certificación de asesoría Declaración de autoría Dedicatoria Agradecimiento Índice Resumen ejecutivo Executive summary. INTRODUCCIÓN ........................................................................................................ 1 Antecedentes de la investigación. .................................................................................. 1 Situación problemática .................................................................................................. 3 Problema científico ....................................................................................................... 4 Objeto de investigación y campo de acción ................................................................... 4 Objeto de la investigación ............................................................................................. 4 OBJETIVOS ................................................................................................................. 4 OBJETIVO GENERAL: ............................................................................................... 4 OBJETIVOS ESPECÍFICOS ........................................................................................ 4 IDEA A DEFENDER ................................................................................................... 5 VARIABLES DE LA INVESTIGACIÓN ..................................................................... 5 JUSTIFICACIÓN DEL TEMA ..................................................................................... 5 METODOLOGÍA A EMPLEAR: MÉTODOS TÉCNICAS Y HERRAMIENTAS EMPLEADAS EN LA INVESTIGACIÓN ................................................................... 6 MÉTODOS ................................................................................................................... 6 ESTRUCTURA DE LA TESIS ..................................................................................... 7 APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD CIENTÍFICA. ... 9 CAPÍTULO I .............................................................................................................. 10.

(7) MARCO TEÓRICO.................................................................................................... 10 EPÍGRAFE I ............................................................................................................... 10 EL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHOS Y JUSTICIA, Y LOS DERECHOS DEL BUEN VIVIR SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR ........................................................................................................ 10 1.1. Introducción. .................................................................................................... 10 1.1.1. Definición de Derechos. ................................................................................. 11 1.1.2. Estado constitucional de Derechos. ................................................................ 14 1.1.3. Titulares de los derechos. ............................................................................... 15 1.1.4. Clasificación de los Derechos. ...................................................................... 16 1.1.5. El buen vivir como principio normativo en la nueva Constitución de la República del Ecuador. ............................................................................................ 16 1.1.5.1. Antecedentes históricos de los derechos del buen vivir. .............................. 17 1.1.5.2. Definición del Buen Vivir. .......................................................................... 19 1.1.5.3. Los Derechos del Buen Vivir que se encuentran establecidos en la Constitución de la República del Ecuador. ............................................................... 20 EPÍGRAFE II ............................................................................................................. 23 LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA ................................................................ 23 1.1.2. Introducción................................................................................................... 23 1.1.2.1. Antecedentes. .............................................................................................. 24 1.1.2.2. Definición de derecho a la naturaleza. ........................................................ 25 1.1.2.3. Los Derechos de la Naturaleza según la Constitución de la República del Ecuador. .................................................................................................................. 26 1.1.2.4. Los derechos de la naturaleza y la construcción de una justicia ambiental y ecológica en Ecuador. .............................................................................................. 29 EPÍGRAFE III ............................................................................................................ 33 LA EXPLOTACIÓN PETROLERA DEL YASUNÍ ITT ............................................ 33 1.1.3. Historia del petróleo en el Ecuador. ............................................................... 33.

(8) 1.1.3.1. Antecedentes de la explotación petrolera en el Ecuador. .............................. 34 1.1.3.2. Definición de explotación. .......................................................................... 36 1.1.3.4. Explotación petrolera. ................................................................................. 37 1.1.3.5. ¿Cómo se extrae el petróleo? ....................................................................... 38 1.1.3.7. ¿Qué beneficios directos tiene el Proyecto Yasuní - ITT?............................ 41 1.1.3.8. La realidad actual del problema de investigación......................................... 42 1.1.3.9.Yasuní: complejidad socio – económico - ecológico y estructura del poder. . 43 1.1.3.10. El Yasuní ITT como reserva natural y la situación económica actual del Estado Ecuatoriano. ................................................................................................. 44 EPÍGRAFE IV ............................................................................................................ 45 LEGISLACIÓN COMPARADA ................................................................................ 45 1.1.4. Historia del Petróleo en Latinoamérica. .......................................................... 45 1.1.4.1. La OPEP (Organización de los países exportadores del petróleo) ................ 46 1.1.4.2. Principales países extractores de petróleo a nivel de latinoamerica. ............. 47 1.1.4.3. La legislación comparada referente al tema propuesto para que se viabilice y se garantice el derecho del buen vivir de los ciudadanos. .................................... 52 CONCLUSIONES PARCIALES. ............................................................................... 56 CAPÍTULO II.- MARCO METODOLÓGICO Y PLANTEAMIENTO DE LA PROPUESTA ............................................................................................................. 57 Caracterización del sector seleccionado para la investigación .................................. 57 PROCEDIMIENTO METODOLÓGICO PARA EL DESARROLLO DE LA INVESTIGACIÓN. .................................................................................................... 58 MÉTODOS. ............................................................................................................ 58 TÉCNICAS DE LA INVESTIGACIÓN .................................................................. 58 INSTRUMENTOS DE LA INVESTIGACIÓN ....................................................... 59 DISEÑO DE LA INVESTIGACIÓN DE CAMPO .................................................. 59 Muestra de la investigación ..................................................................................... 59 INTERPRETACIÓN DE RESULTADOS ............................................................... 61.

(9) 2.3.- CONCLUSIONES PARCIALES ..................................................................... 67 CAPÍTULO III ........................................................................................................... 68 1.. DESARROLLO DE LA PROPUESTA ............................................................ 68. 3.2.- Desarrollo del cuerpo central ........................................................................... 69 3.3.- Conclusión ...................................................................................................... 71 CONCLUSIONES ...................................................................................................... 72 RECOMENDACIONES: ............................................................................................ 73 BIBLIOGRAFÌA. ÍNDICE DE GRÁFICOS. GRAFICO 1....................................................................................................................... 61 GRAFICO 2....................................................................................................................... 62 GRAFICO 3....................................................................................................................... 63 GRAFICO 4....................................................................................................................... 64 GRAFICO 5....................................................................................................................... 65 GRAFICO 6....................................................................................................................... 66. ÍNDICE DE TABLAS TABLA 1............................................................................................................................ 59 TABLA 2............................................................................................................................ 61 TABLA 3............................................................................................................................ 62 TABLA 4............................................................................................................................ 63 TABLA 5............................................................................................................................ 64 TABLA 6............................................................................................................................ 65 TABLA 7............................................................................................................................ 66.

(10) RESUMEN EJECUTIVO. Al referirme acerca de los derechos del buen vivir, es hablar de cada uno de los derechos que tienen todos los ciudadanos, los mismos que se encuentran consagrados desde el Art. 12 al Art.34 de la Constitución de la República del Ecuador, por lo que en el presente trabajo se analizarán cada uno de ellos y a su vez se los garantizará. El gobierno lo que realmente propone es que todos los ciudadanos tengan conocimiento de los derechos del buen vivir, según la Constitución de la República del Ecuador de 1998 éramos un estado social de derecho, en cambio ahora según la Constitución de la República del Ecuador del 2008, somos un estado Constitucional de derechos y justicia, pero es necesario recalcar que con la nueva Constitución se está tomando en cuenta todos los derechos, ya que es necesario manifestar que ningún derecho es más que otro y todos los derechos son iguales, tienen el mismo peso y valor, pero en este caso los derechos del buen vivir sobresalen un poco más por el hecho de que si se explota petróleo en el Yasuní ITT, es para beneficio de toda la sociedad ecuatoriana, ya que el estado es el encargado de garantizar los mismos. Una vez realizada la investigación bibliográfica y documental sobre esta problemática, se analizó los criterios de los ciudadanos de la provincia de Tungurahua del cantón Ambato, para así poder diseñar un documento de análisis crítico a fin de demostrar que la extracción petrolera del Yasuní ITT si garantiza los derechos del buen vivir de los ciudadanos. Finalmente, este trabajo reunirá todos los aspectos referentes a este tema planteado y la necesidad de diseñar un documento de análisis crítico que se propone..

(11) EXECUTIVE SUMMARY. In speaking about the rights of the good life, is to speak of each of the rights of all citizens, who are consecrated themselves from Art. 12 to Art.34 of the Constitution of the Republic of Ecuador, so in this paper will analyze each of them and in turn they are guaranteed. The government really proposing is that all citizens are aware of the rights of the good life, according to the Constitution of the Republic of Ecuador in 1998 we were a social rule of law, whereas now under the Constitution of the Republic of Ecuador, 2008 We are a constitutional state of rights and justice, but it should be stressed that the new Constitution is taking into account all rights, since it is necessary to state that no right is more than another and all rights are equal, have the same weight and value, but in this case the rights of the good life stand out a bit more for the fact that if oil extraction in Yasuní ITT, is for the benefit of all Ecuadorian society, because the state is responsible for ensuring the same. After the bibliographical and documentary research on this problem, the criteria of the citizens of the province of Tungurahua Ambato Canton, in order to design a critical analysis paper to demonstrate analyzed the Yasuní ITT oil drilling if warranted the rights of the good life of citizens. Finally, this work will bring together all aspects of this question asked and the need to design a document critical analysis is proposed..

(12) INTRODUCCIÓN Antecedentes de la investigación.. La idea del Buen Vivir ganó amplia difusión en los últimos años, representa tanto la disconformidad con la marcha del desarrollo convencional, como la búsqueda de cambios sustantivos bajo nuevos compromisos con la calidad de vida y la protección de la Naturaleza. El Buen Vivir es un viejo - nuevo paradigma, que se construye desde la experiencia de cinco siglos de resistencia a la imposición del modo de vida occidental. Aunque el origen del pensamiento del Buen Vivir se encuentra en la región andino amazónica de Suramérica, ésta filosofía se extiende por el continente y el mundo, pues se refiere a la plenitud de la vida desde una perspectiva práctica y viable que se aplica en otras culturas y civilizaciones censuradas por el pensamiento oficial. La sociedad civil a nivel nacional e internacional ha empezado a reclamar mayores espacios de participación, y como no, de decisión respecto a los paradigmas de desarrollo que alteran sus condiciones ambientales de existencia, en un contexto en el que el proceso de destrucción de la naturaleza se ha profundizado y aparece como irreversible, lo que amenaza a la humanidad. En ese orden de ideas, el Estado ecuatoriano concordante con el despertar de la conciencia ecológica a nivel mundial, empezó a desarrollar propuestas innovadoras para proteger el ambiente, y a la vez garantizar la existencia de recursos naturales para las futuras generaciones. Así, en el marco de una nueva política ambiental nacional, las autoridades ecuatorianas dieron a conocer globalmente la Iniciativa Yasuní ITT (Ishpingo, Tiputini, Tambococha) como respuesta práctica a la actual crisis ecológica, la misma que despertó el interés de la comunidad internacional respecto a los impactos que dicha propuesta generaría en el sistema económico al cuestionar el clásico sistema extractivista de los países en vías de desarrollo. Paralelamente y en el marco de la construcción de una nueva Constitución para el Ecuador, al interior del país se empezó a discutir un nuevo modelo de desarrollo que permitiera la unidad en lo diverso y reconociera la experiencia histórica de los pueblos originarios de nuestra sociedad. Así se sentaron los derechos del Buen Vivir, dirigidos a armonizar la equidad social, el. 1.

(13) crecimiento económico y la sostenibilidad ambiental, y que servirían como sustento para que se reconociera a la naturaleza como una entidad con derechos. El derecho al buen vivir, está basado en principios y valores ancestrales, de tal manera que la sociedad ecuatoriana en este contexto, debe generar espacios para la expresión tanto de lo material como de lo mental, lo emocional y lo espiritual, a partir de la identidad, en u n contexto no solamente individual antropocéntrico sino comunitario, que integra a todas las formas de existencia que son parte de la comunidad. “El vivir bien está ligado a la espiritualidad y esto emerge de un equilibrio entre el pensar y el sentir”. 1 Ecuador tiene su Constitución vigente desde el 20 Octubre de 2008 y está fundamentada en la teoría del Neo constitucionalismo, en la que todos los ciudadanos y ciudadanas, e instituciones públicas o privadas están sujetos a la misma. Por ende los sujetos y la naturaleza tienen rango constitucional y que las leyes antes de la expedición de la misma que no estén acordes a la nueva Constitucionalidad carecerán de validez jurídica, las que fueron aprobadas después del 2008 y se siguen dictando, deberán sujetarse al nuevo marco Constitucional de derechos y justicia. Se aceptó como primera opción la de dejar el crudo represado en tierra, a fin de no afectar un área de extraordinaria biodiversidad y no poner en riesgo la existencia de varios pueblos en aislamiento voluntario o pueblos no contactados. Esta medida será considerada siempre y cuando la comunidad internacional entregue al menos la mitad de los recursos que se generarían si se opta por la explotación del petróleo; recursos que requiere la economía ecuatoriana para su desarrollo. Como segunda posibilidad se dejó abierta la puerta para que la empresa estatal desarrolle el campo ITT con sus propios recursos. Petroecuador cuenta con un equipo multidisciplinario de profesionales que ha trabajado en el tema de manera sistemática a partir del descubrimiento del campo realizado por la propia empresa estatal.. 1. http://www.gudynas.com/publicaciones/capitulos/GudynasAcostaDisolucionProgresoMx1 1r.pdf año 2011. 2.

(14) Esta propuesta deberá considerar la posibilidad de emplear una metodología que permita una extracción anticipada del crudo pesado, cuya comercialización serviría para financiar la totalidad del proyecto de la iniciativa del Yasuní ITT. Situación problemática Existe la prohibición de extracción en áreas protegidas e intangibles pero sin embargo se le da la facultad al Gobierno Nacional de explotar o no una zona protegida y que de ellos estimarlo a consulta popular, lo cual es objetable porque si bien es cierto la explotación del petróleo generara desarrollo para la sociedad ecuatoriana también es verdad el impacto ambiental que se ocasionaría por muchas medidas que se tomen en detrimento de la naturaleza y de las comunidades no contactadas que habitan allí, no nos olvidemos de lo que paso con la Texaco actualmente Chevron que dejaron una amarga experiencia en la Amazonía ecuatoriana por lo que fueron demandadas por los daños ambientales, ecológicos y humanos que han tenido repercusión hasta después de veinte años que se fueron.. El compromiso que desea adquirir el Gobierno Nacional de explotar esta reserva, a más de estar establecido en la Constitución genera una gran responsabilidad, ya que no solo será su deber, sino que. generará obligaciones con la comunidad Internacional, quienes al. aportar recursos exigirán el cumplimiento de las necesidades adquiridas.. Los ingresos obtenidos de la explotación petrolera en el Parque Nacional Yasuní ITT deberán ser destinados para la satisfacción de los derechos en el marco del Buen Vivir, como:agua, alimentación, ambiente sano, comunicación e información, cultura y ciencia, educación, vivienda, salud, trabajo y seguridad social además de los derechos específicos de las comunidades, pueblos y nacionalidades, garantizando los derechos de los pueblos en aislamiento voluntario y en cumplimiento de las garantías ambientales establecidas en nuestra Constitución.. En base a estas consideraciones la Asamblea resolvió declarar de interés nacional la explotación de los bloques 31 y 43 en una extensión no mayor del 1 x 1000 de la superficie actual del Parque Nacional Yasuní, con el propósito de cumplir con los deberes primordiales del Estado, garantizar los derechos de las personas, colectividades y de la naturaleza, para 3.

(15) alcanzar el Buen Vivir. Este dinero se necesita para carreteras, para hospitales, para escuelas, para desarrollo agrícola, energías limpias, producción entre otros, el principal contribuyente de la iniciativa Yasuní ITT es el Ecuador esto significa renunciar a millones de dólares que bien los necesita todos los ciudadanos hablando constitucionalmente. Problema científico. ¿Cómo afecta los derechos de la naturaleza en la explotación petrolera del Yasuní ITT, frente a los derechos del buen vivir de los ciudadanos? Objeto de investigación y campo de acción Objeto de la investigación. Los Derechos Constitucionales. Campo de acción Explotación Petrolera. Identificación de la línea de investigación Protección de Derechos y Garantías Constitucionales. OBJETIVOS OBJETIVO GENERAL:. Elaborar un documento de análisis crítico sobre la explotación petrolera del Yasuní ITT.. OBJETIVOS ESPECÍFICOS. . Fundamentar doctrinariamente los derechos del buen vivir del ciudadano.. 4.

(16) . Demostrar que con la explotación petrolera del Yasuní ITT, si se garantiza los derechos del buen vivir del ciudadano.. . Diseñar las bases para la elaboración de un documento de análisis crítico a fin de demostrar que su extracción garantiza los derechos del buen vivir del ciudadano.. IDEA A DEFENDER Mediante la elaboración de un documento de análisis crítico sobre la explotación petrolera del Yasuní ITT, a fin de demostrar que su extracción garantiza los derechos del buen vivir del ciudadano. VARIABLES DE LA INVESTIGACIÓN. Variable independiente Un documento de análisis crítico sobre la explotación petrolera del Yasuní ITT. Variable dependiente. Garantiza los derechos del buen vivir del ciudadano.. JUSTIFICACIÓN DEL TEMA. El tema a tratar acerca de la explotación petrolera del Yasuní ITT ,conlleva una relevancia jurídica, además la Constitución de la República del Ecuador se encarga de proteger y precautelar todos los derechos que se encuentran consagrados en nuestra Constitución, pero en este caso los derechos del cual voy a tratar son acerca de los derechos del buen vivir los mismos que se encuentran establecidos en el Art.12 al Art.34 de la C.R.E., es muy importante dar a conocer a los ciudadanos de cuáles son estos derechos y que al explotar petróleo en el Yasuní ITT se estará garantizado sus derechos, es por ello que es necesario diseñar las bases para la elaboración de un documento de análisis crítico a fin de demostrar que su extracción garantiza los derechos del buen vivir de los ciudadanos.. 5.

(17) Esta idea es presentada como los “Derechos del Buen Vivir”, dentro de los cuales se incluye una amplia variedad de derechos (tales como la alimentación, ambiente sano, agua, comunicación, educación, salud, entre otros). De esta manera queda en claro que el Buen Vivir está directamente vinculada con el conjunto de derechos, y que éstos necesitan de cambios sustanciales en las estrategias de desarrollo. El presente trabajo investigativo a desarrollarse tiene plena vigencia y connotación social con el fin de que se garanticen los derechos del buen vivir de los ciudadanos y para beneficio de toda la sociedad. METODOLOGÍA A EMPLEAR: MÉTODOS TÉCNICAS Y HERRAMIENTAS EMPLEADAS EN LA INVESTIGACIÓN. Siendo que es un trabajo de investigación jurídico-social se empleará los siguientes métodos: MÉTODOS. La presente investigación está encaminada a investigar hechos sobre. la explotación. petrolera del Yasuní ITT, frente a los derechos del buen vivir de los ciudadanos. El método deductivo, nos permitirá establecer si los derechos del buen vivir deben ser aplicados para los ciudadanos como una regla general, permitiendo inferir cuales son los derechos que los ciudadanos tienen frente a la explotación petrolera del Yasuní ITT. Empleamos el método inductivo, porque nos permitirá realizar un análisis exhaustivo de lo que sucede al explotar el Yasuní ITT, y de esta forma establecer que si se garantiza los derechos del buen vivir del ciudadano. Mediante el método analítico, este método es fundamental para el desarrollo de la tesis, por cuanto es la base fundamental para realizar un análisis jurídico, es decir una descripción de todas las circunstancias que conlleva a la existencia de vulnerar los derechos de la naturaleza pese a garantizar los derechos del buen vivir del ciudadano. Mediante el método sintético, luego de realizar el análisis respetivo es necesario realizar una conclusión concreta sobre el problema a fin de proporcionar información más oportuna 6.

(18) y veraz, que al ser expresado en un documento de análisis crítico se puede detectar el problema de la investigación. Mediante el método histórico se analizará la trayectoria concreta del campo teórico sobre los derechos del buen vivir del ciudadano frente a los derechos de la naturaleza en la explotación petrolera del Yasuní ITT, su condicionamiento a los diferentes períodos de la historia hasta la actualidad y alcanzar una mejor visión de esta problemática para encontrar su solución. Con la aplicación del método documental se procesarán documentos, archivos, material bibliográfico, estadístico, histórico, que contenga información sobre los derechos del buen vivir del ciudadano frente a los derechos de la naturaleza en la explotación petrolera del Yasuní ITT, y así redactar un informe final de fácil entendimiento y de utilidad práctica. Técnicas La técnica que se utilizará para el desarrollo de la investigación fue: . La Encuesta.- Se preparará cuestionarios dirigidos a los ciudadanos que se encuentran domiciliados en el cantón Ambato provincia de Tungurahua.. Herramientas En cuanto a las herramientas se cuenta con: Cuestionarios.- A través de estos se podrá obtener conclusiones válidas para sustentar los resultados y propuesta de la investigación.. 7.

(19) ESTRUCTURA DE LA TESIS En el capítulo uno del denominado marco teórico que contiene cuatro epígrafes se abordara los siguientes temas: el estado constitucional de derechos y justicia, y los derechos del buen vivir según la Constitución de la República del Ecuador, introducción, definición de derechos, estado constitucional de derechos, la noción de derechos, los sujetos de derechos, titulares de los derechos, clasificación de derechos, el buen vivir como principio normativo en la nueva constitución de la república del ecuador, antecedentes históricos de los derechos del buen vivir, definición del buen vivir, los derechos del buen vivir que se encuentran establecidos en la Constitución de la República del Ecuador, los derechos de la naturaleza, introducción, antecedentes, definición de derecho a la naturaleza, los Derechos de la Naturaleza según la Constitución de la República del Ecuador, los derechos de la naturaleza y la construcción de una justicia ambiental y ecológica en Ecuador, la explotación petrolera del Yasuní ITT, historia del petróleo en el Ecuador, Antecedentes de la explotación petrolera en el Ecuador, definición de explotación, definición de petróleo, explotación petrolera, cómo se extrae el petróleo, la explotación petrolera en el Yasuní ITT, qué beneficios directos tiene el Proyecto Yasuní ITT, La realidad actual del problema de investigación, Yasuní: complejidad socio-económico-ecológico y estructura del poder, el Yasuní ITT como reserva natural y la situación económica actual del Estado Ecuatoriano, y la legislación comparada referente al tema propuesto.. En el capítulo dos llamado marco metodológico y planteamiento de la propuesta, constará de tres temas: métodos y técnicas de la investigación realizada, descripción de procedimiento metodológico, propuesta. En el capítulo tres se realizara la validación y/o evaluación de resultados de la investigación a través de: encuesta dirigida a los ciudadanos del cantón Ambato. Cada capítulo además contendrá conclusiones parciales. De las que surgirán las conclusiones y recomendaciones finales. Por último está la bibliografía y anexos, que sustenta la investigación.. 8.

(20) APORTE TEÓRICO, SIGNIFICACIÓN PRÁCTICA Y NOVEDAD CIENTÍFICA.. Aporte teórico El aporte teórico de esta investigación se origina del análisis e investigación veraz que se realizara para entender si hay la existencia de la vulneración de derechos a la naturaleza, partiendo de conceptos básicos como es el de naturaleza, los derechos que se ha establecido en la Constitución de la República del Ecuador, es importante entender además todo lo que tiene que ver con la explotación petrolera del Yasuní ITT pues de ahí radica nuestro problema para de esta manera llegar a un conclusión y así mismo poder realizar el documento de análisis crítico que nos proporcionara una respuesta al problema de esta investigación.. Significación práctica La significación práctica se ve reflejada en el hecho de que la investigación será realizada con un gran sentido de responsabilidad con todos los medios de instrumentos y técnicas pertinentes para de esta manera proporcionar resultados que permitirán desarrollar el tema para llegar a la determinación de que si se garantizará el derecho del buen vivir o se vulnera el derecho de la naturaleza. Novedad científica Por último la novedad científica es el análisis oportuno que lo haremos enfocándonos en los derechos y garantías constitucionales de los que está revestido el derecho del buen vivir, para de esta manera tener claro si se está vulnerando el derecho de la naturaleza y dar un análisis veraz por medio de la mencionada investigación.. 9.

(21) CAPÍTULO I MARCO TEÓRICO. EPÍGRAFE I. EL ESTADO CONSTITUCIONAL DE DERECHOS Y JUSTICIA, Y LOS DERECHOS DEL BUEN VIVIR SEGÚN LA CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR 1.1. Introducción.. La Constitución de la República del Ecuador de 1998 se regía bajo una concepción ideológica de un Estado social de derecho, vale decir, en que el poder público actúa conforme a la ley, donde desaparece la voluntad del gobernante como manifestación y sede de la soberanía, que es la expresión de la voluntad del pueblo, el soberano; y, desde esa Constitución, nace el Estado ideologicamente llamado constitucional como elementos del atual Estado garantista: la vinculación a los derechos fundamentales de todo el Estado: poderes,órganos y personas, su eficacia directa e inmediata ,un sistema de garantías normativas y judiciales idóneo, por su carente judicialización de la interpretación constitucional, se mantiene con un fuerte rezago de la concepción legislativa del Estado. En este modelo la ley quedaba excluída de todo control, dado que siendo expresión de la soberanía, era poder legibus solutus y no podia ser objeto de control alguno. Con está concepción ideológica vigente hasta la Constitución del año de 1998 en el Ecuador se construye el Estado en el cual la ley, concebida en su esencial generalidad y abstracción, alejada de casos concretos, era garantía de la justicia para todos y de la voluntaria sujeción de todos a ella. La ley en sentido formal era el distintivo del Estado, en este paradigma estatal las constituciones “terminaron siendo meras cartas políticas y los proclamados derechos constitucionales sólo tendrian eficacia jurídica en la medida en que. 10.

(22) la ley los reconociera y como el alcance que les diera, de manera que no constituían un límite a la legislación”. 2 Cabe recalcar que desde mi punto de vista jurídico que la Constitución de la Republica del Ecuador de 1998 reconoce que el Ecuador es un estado social de derecho (Art.1). La concepción de Estado Social de Derecho es una categoría creada hace muchos años para significar, fundamentalmente, dos cosas: 1. - Que un país está sometido al dictado de la ley (y no al capricho de un individuo o grupo de). Por eso es Estado de Derecho. 2. - Que ese país tiene un gobierno orientado a satisfacer las necessidades de la sociedad (vivienda, salud, educación). Por eso es Social. En cambio ahora en la actualidad se pude decir que la definición de Estado Social de Derecho es reemplazada por Estado Constitucional de Derechos y justicia. Esta definición se encuentra en la Constitución Venezolana y en el proyecto boliviano aun pendiente de aprobación.Ya no se define al Estado junto al concepto de Derecho como ´´norma´´ sino junto al concepto Derechos como ´´atribución o garantía´´. Además el Estado es constitucional de justicia. Se supone que la justicia se alcanza por los medios establecidos en el Derecho (como norma), pues no sería racional creer que uno puede lograr la justicia por mano propia. 1.1.1. Definición de Derechos. Los derechos son aquellas facultades que se constituyen en los límites básicos al poder y a la acción del Estado. Además los derechos de las personas son, a la vez, límites del poder y vínculos. Límites porque ningún poder los puede violentar, aún si proviene de mayorías parlamentarias y lo que se pretende es minimizar la posibilidad de violación de derechos, y vínculos porque los poderes de los estados están obligados a efectivizarlos, y lo que se procura es la maximización del ejercicio de los derechos.. 2. ZAVALA EGAS JORGE, Derecho Constitucional, Tomo Editorial Edino, Guayaquil,. 1999.. 11.

(23) La Constitución vigente segùn el (R.O.499 de 20 de octrubre del 2008) en nuestro país seleccionó las siguientes opciones: 1.- La construcción de un Estado constitucional de derechos y justicia, social, democrático, soberano, independiente, unitario, intercultural, plurinacional y laico (Art.1 C.R.E); 2.- La definición de este Estado como República; 3.Con un gobierno descentralizado y, 4.- Proclive y favorecedor de la integración supranacional, en los términos y objetivos que prescriben las normas del Capítulo tercero del título VIII de la misma Constitución. Además la Constitución del 2008 reconoce que el Ecuador es un Estado constitucional de derechos y justicia (Art.1). La concepción del Estado garantista es característica del Estado constitucional de derechos, construyéndose sobre la base de los derechos fundamentales de la persona al asumir el rol del garantismo, vincula los derechos fundamentales consagrados en la Constitución con todos los poderes públicos debidamente constituídos. En un Estado constitucional de derechos, el Derecho crea un sistema de garantías que la constitución pre - ordena para el amparo y respeto de los derechos fundamentales. Además la Constitución de la Republica del Ecuador del 2008 establece una nueva forma de Estado Constitucional de Derechos y justicia, cuyos rasgos básicos son: 1). - El reconocimiento del carácter normativo superior de la Constitución, 2). - La aplicación directa de la Constitución como norma jurídica y, 3). - El reconocimiento de la jurisprudencia constitucional como fuente primaria del derecho. Sin embargo, las características apuntadas solo hacen referencia parcial a la nueva versiòn del Estado constitucional adoptada por nuestro país en el que la Constitución es la norma jerárquicamente superior, cuya eficacia vinculante es directa y que tiene garantía jurisdicional para el control de su aplicación. Todo esto implica la supremacía del poder de los asociados (pueblo), llamado constituyente, sobre el poder del legislador, al cuàl le impone murallas que delimitan ámbitos donde no puede intervenir por ningún concepto: restricción del contenido esencial de los derechos, contradecir las normas programáticas, retrotraer el desarrollo progresivo de los derechos, entre otros.. 12.

(24) Esta es una versiòn del constitucionalismo norteamericano originario, el mismo que termina resolviéndose en un judicialismo, pero uno estrictamente limitado a controlar y vigilar el respeto hacia las reglas básicas de la organización política.. 3. La significación de ser un Estado constitucional de derechos es una superación a nuestra construcción como un Estado social de derecho realizada en la Constitución de 1998, como este lo fue del simple Estado soberano que fuimos antes. Este último caracterizado por contener una serie de prohibiciones y limitaciones al poder público estatal para garantizar los derechos individuales, mientras que el Estado social de derecho contiene la demanda de la satisfacción de los derechos sociales mediante prestaciones, obligaciones de hacer por parte del poder público; sin embargo, tan solo mediante la inclusión de normas programáticas, caracterizadas por su discresionalidad y no vinculadas por el principio de legalidad. Hemos construído al Ecuador como Estado constitucional de derechos, su característica es la vinculación de los órganos de la administración pública a los derechos fundamentales, el Derecho crea un sistema de garantías que la Constitución preordena para el amparo de los derechos fundamentales, su deber de respetarlos y garantizarlos, así lo prescribe el artículo 3 cuando señala como ¨ deber primordial del Estado¨ garantizar sin discriminación alguna el efectivo goce de los derechos establecidos en la Constitución y en los instrumentos internacionales,en particular la educación, la salud ,la alimentación,la seguridad social y el agua.4 Es decir que son derechos de las personas que el estado assume como una acción principal para reconocer, proteger y desarrollar las mismas a favor de todos los ecuatorianos.. 3. ZAVALA EGAS JORGE, Derecho Constitucional, Tomo Editorial Edino, Guayaquil,. 1999. 4. CONSTITUCIÓN DE LA REPÚBLICA DEL ECUADOR, (2009), Corporación de. Estudios y Publicaciones, Quito.. 13.

(25) 1.1.2. Estado Constitucional de Derechos.. Al referirme acerca del Estado Constitucional de Derechos partimos de dos esquemas que son: •. Eje y centro de la constitución: los derechos de las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades y naturaleza.. •. Reconocimiento de los derechos de manera amplia, no solo los que están en la Constitución, sino también los contenidos en instrumentos internacionales a través del “Bloque de constitucionalidad”.. -. Obligaciones. Respetar los derechos: Todos/as incluido el Estado. Garantizar su cumplimiento: El Estado •. Ofrecer las condiciones para su cumplimiento. •. Evitar su violación. •. Reparar en caso de que se haya producido una violación. -. La noción de derechos.. Los Derechos son concebidos como facultades o poderes subjetivos que se constituyen en los límites básicos al poder y a la acción del Estado.. Derecho Objetivo: Es el conjunto de ordenamientos imperativos creados por el Estado para mantener el orden social. Ejemplo: Constitución de la República del Ecuador. Derecho Subjetivo: Es la facultad propia que tiene el individuo para realizar o no determinada actividad. Ejemplo: Derecho a la vestimenta.. 14.

(26) -. Los sujetos de derechos son:. Personas: todo miembro de la especie humana apto para ser titular de derechos atado a tres características: razón, voluntad y capacidad.. Comunidades, pueblos y nacionalidades: - Titular es sujeto colectivo autónomo Ej. Territorio. - Titulares individuales. Colectivos: -Asociaciones, grupos, agregaciones. Ej. Consumidores. Naturaleza: - No medio ambiente.. 1.1.3. Titulares de los derechos. Son titulares de los derechos y gozarán de los mismos: las personas, comunidades, pueblos, nacionalidades, cabe recalcar que en la Constitución del 2008, todos los derechos humanos tienen una doble dimensión: la individual y la colectiva, y se denominará doctrinariamente como derecho fundamental (no subjetivo). Los derechos subjetivos son derechos de carácter personalísimo en las relaciones horizontales; solo el titular de un derecho tiene acción ante la justicia. A continuación realizaré una diferencia entre los derechos de la Constitución de 1998 y con los derechos de la Constitución del 2008; y, finalmente analizaremos el contenido de los derechos del buen vivir para verificar si existe un cambio sustancial.. 15.

(27) 1.1.4. Clasificación de los Derechos.. CUADRO N° 1. CONSTITUCIÓN 1998. CONSTITUCIÓN 2008. Derechos civiles. Derechos de libertad (art. 66-70). Derechos políticos. Derechos de participación (art. 61-65). Derechos. sociales,. económicos. y Derechos del buen vivir (art. 12-34). culturales Derechos colectivos. Derechos de las comunidades, pueblos y nacionalidades (art. 56-70) Derechos de la naturaleza (art. 71-74) Derechos de protección (art. 75-82) Derechos de los grupos de atención prioritaria (art. 35-55) Elaborado por: Viviana Morales. 1.1.5. El buen vivir como principio normativo en la nueva Constitución de la República del Ecuador.. Ahora nos toca analizar al buen vivir como principio normativo en la Constitución, cómo señalamos con anterioridad, el sumak kawsay es un principio filosófico amplio que abarca a la realidad en sus diferentes ámbitos. El buen vivir es un nuevo principio constitucional, cuyo origen no corresponde a las tradicionales fuentes del derecho (es decir a las prescripciones normativas de la modernidad), esto significa que se introdujo un nuevo paradigma conceptual o saber para interpretar a la Constitución. Si el saber tiene el poder de crear derecho, la introducción del buen vivir tiene que reflejarse en nuevas normas constitucionales que reflejen esa alteración del paradigma constitucional de 1998.. 16.

(28) 1.1.5.1. Antecedentes históricos de los derechos del buen vivir.. Toda Constitución sintetiza un momento histórico, se cristalizan procesos sociales acumulados y se plasma una determinada forma de entender la vida. Sin embargo, una Constitución no hace a una sociedad, es la sociedad la que elabora la Constitución y la adopta casi como una hoja de ruta. Cabe indicar que una Constitución no puede ser simplemente el resultado de un ejercicio de jurisprudencia clásica, visto desde la lógica de los entendidos en materia constitucional. Tampoco una Constitución es el producto de la inspiración de un gobierno o de un grupo de individuos iluminados. Una Constitución, más allá de su indudable trascendencia jurídica, tiene que ser un proyecto político de vida en común, elaborado y puesto en vigencia con el concurso activo de la sociedad. Desde esta perspectiva, la Constitución de la Republica del Ecuador del 2008 aprobada mayoritariamente por el pueblo ecuatoriano, redactada en Montecristi y fiel a las demandas acumuladas en la sociedad ecuatoriana, consecuente con las expectativas creadas, responsable con los problemas globales, se proyecta como medio e incluso como un fin para dar paso a cambios estructurales. En su contenido afloran múltiples propuestas para impulsar transformaciones de fondo, construídas a lo largo de muchas décadas de resistencias y de luchas sociales, que articularon diversas agendas desde los trabajadores, los maestros, los indígenas, los campesinos, los pobladores urbanos, los estudiantes, los ecologistas, las mujeres, los ancianos, los jóvenes, empresarios y otros. Justamente en estas luchas de resistencia y de propuesta se fueron construyendo alternativas de desarrollo e incluso alternativas al desarrollo, como lo es el Buen Vivir o sumak kawsay.. 5. http://asambleablog.wordpress.com/2008/06/03/sumak-kawsay. 17. 5.

(29) La Constitución de la Republica del Ecuador, con sus 444 artículos, rompe con la concepción clásica de los derechos, que priorizaba a unos derechos sobre otros. Muy por el contrário enfatiza el carácter integral de los mismos, al reconocerlos como interdependientes y de igual jerarquía el (Art. 11, numeral 6). Por lo tanto los derechos del Buen Vivir ocupan la misma jerarquía que otros conjuntos de derechos, los que se refieren a derechos de personas y grupos de atención prioritaria, comunidades, pueblos y nacionalidades, participación, libertad, de la Naturaleza, y protección. A su vez, este conjunto de derechos tiene un correlato en una sección dedicada a las responsabilidades. Seguidamente se indican dos campos principales de acción en un mismo nivel de jerarquía: por un lado el “régimen del Buen Vivir”, y por el otro, el “régimen de desarrollo”. Este último es definido como “el conjunto organizado, sostenible y dinámico de los sistemas económicos, políticos, socio-culturales y ambientales, que garantizan la realización del Buen Vivir, del sumak kawsay” (art. 275). Además se postula una directa vinculación entre las estratégias de desarrollo a seguir y todos los derechos. En concreto, el “Buen Vivir requerirá que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades gocen efectivamente de sus derechos, y ejerzan responsabilidades en el marco de la interculturalidad, del respeto a sus diversidades, y de la convivencia armónica con la Naturaleza” (art. 275 de la C.R.E.). Este régimen de desarrollo debe darse con una planificación participativa, y se expresa en las áreas del trabajo, tanto como de las soberanías alimentaria, económica y energética. En paralelo, el régimen del Buen Vivir incluye las cuestiones de inclusión y equidad (por ejemplo, educación, salud, vivienda, cultura, entre otros). De esta manera, en el caso ecuatoriano queda en claro que el Buen Vivir está directamente vinculada con el conjunto de derechos, y que éstos para cristalizarse exigen cambios sustanciales de las tradicionales estratégias de desarrollo, las que, en realidad, deben ser conceptual y estructuralmente superadas. Todo lo referente al derecho del Buen Vivir se plasmaron en 99 artículos específicos de la Constitución ecuatoriana que abordan expresamente dicha cuestión. Los derechos del Buen Vivir forman parte de una larga búsqueda de alternativas y se presentan como una oportunidad para construir colectivamente una nueva forma de vida, además no es un recetario plasmado en unos cuantos artículos constitucionales y tampoco se trata simplemente de un nuevo régimen de desarrollo. El buen vivir o los derechos del buen vivir, de todas maneras, constituye un paso cualitativo importante al pasar del 18.

(30) tradicional concepto del progreso y del desarrollo y sus múltiples sinónimos, a una visión diferente, y mucho más compleja. 1.1.5.2. Definición del Buen Vivir.. El Estado es el llamado a crear las condiciones para que el sumak kawsay sea posible, uno de cuyos componentes es el ejercicio y goce de los derechos económicos, sociales y culturales que, por eso vendrían a ser derechos del buen vivir, lo cual no ha de significar la negación de los otros derechos tan fundamentales como estos, ni de las demás condiciones materiales, morales y espirituales, científicas y tecnológicas, desde y con todos los saberes, que permitan la vida en armonía con todo y con todos. Cabe indicar que el Buen Vivir expresa un proceso, una construcción paulatina donde intervienen una amplia variedad de voces. Por lo tanto existen distintas versiones, cada una de ellas con sus énfasis y respondiendo a coyunturas específicas. La definición de “buen vivir” ha cobrado notoriedad a partir de los debates en América del Sur, y en especial por sus recientes formulaciones constitucionales. Es justamente desde la visión de los marginados por la historia, desde los pueblos y nacionalidades indígenas, desde donde se plantea el Buen Vivir como una oportunidad para construir otra sociedad sustentada en la convivencia del ser humano en diversidad y armonía con la naturaleza, a partir del reconocimiento de los diversos valores culturales existentes en cada país y en el mundo. 6 Esta idea en Ecuador se expresa como Buen Vivir o sumak kawsay en kichwa, En la construcción del concepto se desnudan los errores y limitaciones de las diversas teorías del llamado desarrollo, se cuestionan algunas de sus bases fundamentales ancladas en la idea de progreso, y a la vez se abren las puertas a otras opciones alternativas.. 6. ÁVILA SANTAMARÍA, RAMIRO, edit., Constitución del 2008 en el contexto andino:. análisis de la doctrina y el Derecho comparado, Quito, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2008. Constitución de Ecuador de 1998. Constitución de Ecuador de 2008.. 19.

(31) El Buen Vivir no es, entonces, un desarrollo alternativo más dentro de una larga lista de opciones, sino que se presenta como una alternativa a todas esas posturas. Sus avances más importantes han tenido lugar en Bolivia y Ecuador.. 1.1.5.3. Los Derechos del Buen Vivir que se encuentran establecidos en la Constitución de la República del Ecuador.. CONSTITUCIÓN. esquema garantista. dos tipos de responsabilidades:. a) La responsabilidad de proteger, promover y asegurar la plena vigencia y reconocimiento de los derechos es del Estado. b) La responsabilidad de garantizar esos derechos es un “pacto de la sociedad”.. La Constitución de la República del Ecuador, manifiesta que los derechos del buen vivir son los que se encuentran establecidos desde el Art.12 al Art.34 de la C.R.E., los mismos que involucran aspectos sustanciales necesarios para una vida con condiciones adecuadas para la creación y el progreso de la humanidad. Los derechos del buen vivir son los siguientes:. 20.

(32) Agua y alimentación (Arts.12 y 13 C.R.E). Trabajo y seguridad social. Ambiente sano (Arts.14 y 15 C.R.E). (Arts.33 y 34 C.R.E). Salud (Art.32 C.R.E). LOS DERECHOS DEL BUEN VIVIR SON:. Comunicación e información (Arts.16, 17, 18,19 y 20 C.R.E). Hábitat y vivienda (Arts.30 y 31 C.R.E). Educación (Arts.26, 27,28 y 29 C.R.E). Cultura y ciencia (Arts.21, 22, 23,24 y 25 C.R.E). Se considera a este grupo de derechos como base fundamental para el desarrollo de los pueblos y como pilar de la creación de la nueva Constitución de la República del Ecuador. Además de enumerar este grupo de derechos, se garantiza la efectiva realización y eficacia a través de las garantías jurisdiccionales que nos permiten reclamar en cualquier momento el eficaz ejercicio de estos derechos. La expresión sumak kawsay traducida al castellano como buen vivir proviene del kiwchua y forma parte del legado conceptual y vital de pueblos andinos originarios; existiendo también en otras lenguas de la misma región conceptos que hacen referencia a contenidos similares.. En general, su contenido da cuenta de una forma armónica de conducción de la vida entre los seres humanos y la naturaleza; cabe indicar que todas las personas tienen por igual derecho a una vida digna, es aquella en la cual una persona valora sus derechos, así como sus deberes para con la sociedad y todos estos derechos, para su cumplimiento.. Los derechos del buen vivir, que para algunos ha sido asimilado como un cambio de denominación de derechos sociales a derechos del buen vivir, es un concepto que se ha venido desarrollando a lo largo de los últimos años dentro del ecuador, modificando la antigua idea del desarrollo por separado entre la sociedad y la naturaleza. Esta nueva idea nos trae como premisa fundamental el desarrollo de los pueblos armonizando sus 21.

(33) actividades diarias con la naturaleza para vivir en un equilibrio que nos permita un avance simultaneo con ella y que no perjudique por ningún motivo la armonía que debe existir entre medio ambiente y persona.7. Como es de conocimiento general, el Preámbulo de la Constitución de la República del Ecuador, publicada en el Registro Oficial No. 449 de 20 de octubre de 2008, señala el derecho al buen vivir; y más aún este derecho está regulado en los Arts. 12 al 34 de la C.R.E; y sobre el régimen del buen vivir desde el Art. 340 al 415 de la C.R.E, además de otras disposiciones constitucionales y legales contenidas en varios códigos y leyes, especialmente en el Plan Nacional de Desarrollo del Buen Vivir del gobierno del presidente Rafael Correa Delgado 2009-2013, el mismo que contiene nueve programas; y en último de ellos trata sobre la justicia. La elaboración de este Plan supuso enfrentar cuatro grandes desafíos: articular la planificación al nuevo marco constitucional, al reforzar la planificación por Objetivos Nacionales para el Buen Vivir; generar procesos de articulación y retroalimentación interestatal que integren la gestión por resultados; incorporar de manera efectiva la planificación y el ordenamiento territorial; e impulsar un proceso de participación social.. Según la disposición constitucional contenida en el Art. 280 de la C.R.E., el Plan Nacional de Desarrollo es el instrumento al que se sujetarán las políticas, programas y proyectos públicos; la programación y ejecución del presupuesto del Estado; y la inversión y la asignación de los recursos públicos; y coordinará las competencias exclusivas entre el Estado central y los gobiernos autónomos descentralizados. Su observancia será de carácter obligatorio para el sector público e indicativo para los demás sectores.. 7. DÁVALOS PABLO, “El Sumak Kawsay” ( Buen vivir ) y las censuras del desarrollo.. 22.

(34) EPÍGRAFE II LOS DERECHOS DE LA NATURALEZA 1.1.2. Introducción.. Los derechos de la “naturaleza” o Pachamama, como lo denomina la Constitución ecuatoriana, pueden ser vistos desde varias visiones, hay un sector que sostiene que únicamente las personas individuales tienen el carácter de sujeto de derecho por tanto se negaría toda posibilidad de reconocimiento de derechos a la naturaleza. Otro sector, en cambio, sustenta que la naturaleza siempre fue sujeto de derecho y recuerda que en alguna época se castigaba a las plantas, a las piedras y a los animales. Una tercera posición sostiene que el ser humano no es simplemente una construcción antropocéntrica y social, sino que además tiene una base material que viene dada por la naturaleza, por tanto el ser humano no es ajeno a la naturaleza y en esa dimensión se debe reconocer los derechos a la naturaleza. Una cuarta posición, parte de que el sistema capitalista ha llevado a una explotación indiscriminada de los recursos naturales y el deterioro del ambiente, el que debe ser frenado, para lo cual es justo reconocer derechos a la naturaleza. Finalmente, la filosofía andina tiene principios que son aplicables en todos los ámbitos, incluido la naturaleza o Pachamama. En este artículo pretendemos realizar un pequeño bosquejo de cómo entender a la Naturaleza desde la filosofía andina que tiene íntima relación con el sumak kawsay, que de alguna manera propiciará redescubrir. los caminos de la plurinacionalidad e. interculturalidad. Consecuente con lo referido, en la primera parte para efectos didácticos realizaremos una breve mirada de la concepción de la naturaleza desde la visión occidental; mientras que en la segunda parte abordaremos el tema de la naturaleza o Pachamama desde la filosofía andina, en la que desarrollaremos los principios de la filosofía indígena, el sumak kawsay y la Naturaleza; en la tercera parte trataremos de hacer una breve mirada de los derechos de la Naturaleza en la Constitución vigente; finalmente presentaremos algunas conclusiones generales.. 23.

(35) 1.1.2.1. Antecedentes.. Los Derechos de la Naturaleza se ve reflejada en la historia y en el ámbito internacional así como en todas las acciones que se ha venido desarrollando a través de proyectos factibles y tangibles en pro del ambiente, además los Derechos de la Naturaleza se reflejan en la Constitución de Montecristi, lo que demuestra la iniciativa y la acción que toma el Estado por medio de la Constitución en garantizar la protección del Medio Ambiente.. Los Derechos de la Naturaleza se reconocen como valores y principios rectores de todos los seres vivos, representa un conjunto vivo, dentro del cual el hombre es un elemento clave. La consagración de estos derechos surge de la interrelación directa del ser humano con el medio ambiente, y marcan un hito en la defensa de los movimientos sociales y de las comunidades, en el cambio del modelo de desarrollo en la explotación indiscriminada de los recursos y en una relación activa de respeto mutuo.. Son precisamente los países y poblaciones humanas de menor desarrollo económico en donde se concentra la mayor biodiversidad de la Tierra, las más vulnerables y con menos condiciones para enfrentar los impactos sociales y económicos del cambio climático. Ecuador pertenece a este grupo de países, en donde los sistemas de la naturaleza como es el caso de la Amazonía ecuatoriana, están en peligro grave, al igual que otras regiones similares del planeta. Lo más dramático de este fenómeno son las afectaciones a los grupos indígenas ancestrales, a los cuales el Estado ecuatoriano tiene la obligación de precautelar la observancia de sus derechos. 8. Los organismos del Estado ecuatoriano deben actuar sin dilaciones en cumplimiento del mandato constitucional sobre los Derechos de la Naturaleza vinculado a los Derechos Humanos, con visión preferencial hacia los ecosistemas y grupos humanos más vulnerables del Ecuador, impulsando una Agenda Nacional sobre el Cambio Climático y desarrollando el marco jurídico necesario para la exigibilidad, aplicabilidad y justiciabilidad integral de derechos. De igual forma es imprescindible que se garantice el cumplimiento efectivo de los instrumentos internacionales sobre derechos al medio ambiente de los cuales es signatario el Estado ecuatoriano. Es necesario y urgente que las competencias de los 8. http://www.monografias.com/trabajos96/derechos-naturaleza-ecuador/derechos 24.

(36) organismos de gobierno nacional, seccionales y más organismos de desarrollo, relacionadas con los Derechos de la Naturaleza, sean reguladas para su aplicación de manera que confluyan en programas estratégicos interinstitucionales para la protección, prevención, y restauración de la naturaleza afectada por el cambio climático (Dr. Fernando Gutiérrez Vera). Es fundamental también que el Plan de Desarrollo Nacional del Ecuador, incorpore en forma expresa y completa el cumplimiento de los 84 artículos de la Constitución de la República del Ecuador, relacionados con los derechos de la naturaleza, a través de programas y proyectos a mediano y largo plazo, orientados a mitigar y prevenir las afectaciones que produce el cambio climático a los sistemas naturales y humanos del Ecuador. En este marco destacamos y respaldamos la política del Gobierno del Ecuador, sobre la innovadora “Iniciativa Yasuní - ITT”, que busca mantener el petróleo de un campo amazónico en tierra a través de aportes económicos internacionales.. 1.1.2.2. Definición de derecho a la naturaleza.. A los Derechos de la Naturaleza se los llama derechos ecológicos para diferenciarlos de los derechos ambientales, en la nueva Constitución de la República del Ecuador estos derechos aparecen en forma explícita como Derechos de la Naturaleza, así como derechos para proteger las especies amenazadas y las áreas naturales o restaurar las áreas degradadas. También es trascendente la incorporación del término Pachamama, como sinónimo de Naturaleza, en tanto reconocimiento de interculturalidad y plurinacionalidad.. La Naturaleza, es un término conceptualizado por los seres humanos, debe ser reinterpretada y revisada íntegramente. Los ecuatorianos y ecuatorianas, somos parte de la humanidad que asumimos impulsar el cumplimiento de “una nueva forma de convivencia ciudadana, en diversidad y armonía con la naturaleza, para alcanzar el buen vivir, el sumak kawsay”; así está enunciado en el Preámbulo de la nueva Constitución de la República del Ecuador, aprobada el año 2008 en Consulta Popular Nacional y que consignó por primera vez en el mundo, en su Art. 10 de la C.R.E., que la naturaleza es sujeto de Derechos. En consecuencia, a más de sus atribuciones fortalecidas de promoción y protección de los derechos humanos, asumió también los de derechos de la naturaleza, que están desarrollados en 84 artículos de los 444 que tiene la Constitución de la República del. 25.

(37) Ecuador, este mandato constitucional integra y vincula en su enunciado, los derechos de la naturaleza con los derechos humanos, en todos sus ámbitos doctrinarios y normativos.. Para el Ecuador, la dimensión de aplicabilidad vinculada al cambio climático, tiene un soporte constitucional determinante en el siguiente enunciado: Art. 414 de la C.R.E.- "El Estado adoptará medidas adecuadas y transversales para la mitigación del cambio climático, mediante la limitación de las emisiones de gases de efecto de invernadero, de la deforestación, y de la contaminación atmosférica; tomará medidas para la conservación de los bosques y la vegetación, y protegerá a la población en riesgo”. En consecuencia se deriva la exigibilidad y justiciabilidad de los Derechos de la Naturaleza.. 9. 1.1.2.3. Los Derechos de la Naturaleza según la Constitución de la República del Ecuador. Los Constitución ecuatoriana, en el capítulo séptimo del título II, sobre los derechos, reconoce explícitamente en cuatro artículos los derechos de la naturaleza que son desde el Art.71 al Art.74 de la C.R.E. Además la Constitución de la República del Ecuador del 2008 considera a la Pachamama como sinónimo de Naturaleza, a la que le reconoce derechos. Este reconocimiento fue, de acuerdo con las discusiones sostenidas por los asambleístas, un reconocimiento de la visión y lucha indígena que nunca fue abandonada, consistente en el reconocimiento de la naturaleza como la “madre naturaleza” o, en kichwa, la Pachamama. La Pachamama es la denominación que se le da a la tierra como base o fuente de la vida, pero además desde esta visión no existen seres inertes y al mismo tiempo todos están. regidos. por. los. subprincipios. de. la. relacionalidad:. correspondencia,. complementariedad y reciprocidad. En este sentido, al parecer el Estado ecuatoriano habría dado un giro total y estaría adoptado el sistema de vida de sumak kawsay, que es totalmente opuesto al sistema capitalista y desarrollista. Por otro lado, la Constitución determina que El buen vivir requerirá que las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades gocen efectivamente de sus derechos, y ejerzan responsabilidades en el marco de la interculturalidad, del respeto a sus diversidades, y a la convivencia armónica con la naturaleza. 9. CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, (2009), Corporación de. Estudios y Publicaciones, Quito.. 26.

(38) La Constitución no prohíbe la explotación con fines comerciales, lo que hace es reservar para el Estado la administración, regulación, control y gestión de los mismos. Pero la explotación o aprovechamiento de esos “sectores estratégicos”, la puede delegar a la empresa pública y privada, pero en ningún caso se está violando los derechos, toda vez que las personas y colectivos no tienen el derecho de explotar y aprovechar de la naturaleza, sino únicamente de beneficiarse pero para satisfacer las necesidades elementales manteniendo su integridad, que no incluye fines comerciales. 10 En cuanto a la explotación petrolera del Yasuní ITT en relación con los derechos de la naturaleza debemos tomar en cuenta estos puntos que son:. -Respecto a su existencia, mantenimiento y recuperación. -Restauración. -El Estado deberá tomar medidas de restricción de actividades que conduzcan a la eliminación de especies.. Nuestra Constitución de la República del Ecuador detalla los siguientes. artículos. referentes a los Derechos de la Naturaleza, que a continuación mencionaremos según el: Art. 14.- Se reconoce el derecho de la población a vivir en un ambiente sano y ecológicamente equilibrado, que garantice la sostenibilidad y el buen vivir, Sumak Kawsay.. Art. 71.- La naturaleza o Pachamama, donde se reproduce y realiza la vida, tiene derecho a que se respete integralmente su existencia y el mantenimiento y regeneración de sus ciclos vitales, estructura, funciones y procesos evolutivos.. 10. ÁVILA SANTAMARÍA, RAMIRO, edit., Constitución del 2008 en el contexto andino:. análisis de la doctrina y el Derecho comparado, Quito, Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, 2008. Constitución de Ecuador de 1998. Constitución de Ecuador de 2008.. 27.

(39) Toda persona, comunidad, pueblo o nacionalidad podrá exigir a la autoridad pública el cumplimiento de los derechos de la naturaleza. Para aplicar e interpretar estos derechos se observaran los principios establecidos en la Constitución, en lo que proceda.. El Estado incentivará a las personas naturales y jurídicas, y a los colectivos, para que protejan la naturaleza, y promoverá el respeto a todos los elementos que forman un ecosistema.. Art. 72.- La naturaleza tiene derecho a la restauración. Esta restauración será independiente de la obligación que tienen el Estado y las personas naturales o jurídicas de Indemnizar a los individuos y colectivos que dependan de los sistemas naturales afectados. En los casos de impacto ambiental grave o permanente, incluidos los ocasionados por la explotación de los recursos naturales no renovables, el Estado establecerá los mecanismos más eficaces para alcanzar la restauración, y adoptará las medidas adecuadas para eliminar o mitigar las consecuencias ambientales nocivas.. Art. 73.- EI Estado aplicará medidas de precaución y restricción para las actividades que puedan conducir a la extinción de especies, la destrucción de ecosistemas o la alteración permanente de los ciclos naturales. Se prohíbe la introducción de organismos y material orgánico e inorgánico que puedan alterar de manera definitiva el patrimonio genético nacional.. Art. 74.- Las personas, comunidades, pueblos y nacionalidades tendrán derecho a beneficiarse del ambiente y de las riquezas naturales que les permitan el buen vivir. Los servicios ambientales no serán susceptibles de apropiación; su producción, prestación, uso y aprovechamiento serán regulados por el Estado. 11 Cabe recalcar que el reconocimiento constitucional de los derechos de la “naturaleza” o Pachamama es un punto de partida fundamental hacia un nuevo modelo de vida, que la misma Constitución deja de alguna manera enunciado: el sumak kawsay. Este cambio. 11. CONSTITUCIÓN DE LA REPUBLICA DEL ECUADOR, (2009), Corporación de. Estudios y Publicaciones, Quito.. 28.

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