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Borrador reglamento de concursos para acceder a funciones, que deberá ser aprobado por Resolución General

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Borrador reglamento de concursos para acceder a funciones, que deberá ser aprobado por Resolución General

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Borrador - Reglamento de concursos DNA 2

-ÍNDICE

I. CONSIDERACIONES GENERALES ... 3

II. PERFILES DE LAS FUNCIONES A CONCURSAR ... 4

III. PROCEDIMIENTO ... 4

III.1. Inscripción ... 4

III.2. Publicaciones y notificaciones... 4

III.3. Procedimiento ... 5

III.4. Constancias de prueba realizada ... 5

III.5. Empate ... 5

III.6. Validez de la lista de prelación ... 6

III.7. Concursos desiertos ... 6

IV. ETAPAS Y FACTORES ... 7

IV.1. Etapas ... 7 IV.2. Factores ... 9 V. TRIBUNALES DE CONCURSO ... 10 V.1. Integración ... 10 V.2. Cometidos ... 11 V.3. Actas ... 12

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I. CONSIDERACIONES GENERALES

De acuerdo a lo establecido en los artículos xxxxxxx del Decreto Nº xxxxxx de xxxxxxx, la asignación de las funciones de los Departamentos, Divisiones, Asesorías y Áreas en la Dirección Nacional de Aduanas se realizará por concurso.

Los concursos se clasifican según los niveles organizativos de las funciones a concursar, en dos tipos:

1) Oposición y Méritos: para las funciones a ocupar en Divisiones y Departamentos.

2) Oposición, Presentación de Proyecto y Méritos: para las funciones a ocupar en Áreas y Asesorías.

Los concursos para ocupar funciones de División y Departamento en el área “Gestión Operativa Aduanera”, se podrán realizar de forma genérica, no siendo necesario especificar la ubicación geográfica.

Los requisitos mínimos de acceso a las funciones a concursar estarán determinados por los perfiles de las funciones.

El principio de igualdad entre los postulantes durante el proceso de selección y evaluación deberá ser estrictamente tutelado por el Tribunal bajo su responsabilidad.

Aquellos funcionarios con título universitario que ocupen a la fecha de cierre de la inscripción, funciones que se hayan definido con perfil no profesional, podrán concursar para la función. Sin embargo, no recibirán mayor puntaje por ser profesional universitario.

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Borrador - Reglamento de concursos DNA 4

-II. PERFILES DE LAS FUNCIONES A CONCURSAR

Los perfiles de las funciones a concursar se aprobarán por resolución del Director Nacional de Aduanas previamente al llamado a concurso.

Los mismos describen la ubicación organizacional, objetivos, tareas, requisitos académicos y/o formación mínima, competencias laborales y área de especialización de la/s función/es a concursar.

III. PROCEDIMIENTO

III.1. Inscripción

Para inscribirse se deberá presentar:

- Formulario de inscripción, el cual contará con las Bases del concurso, el que se firmará como aceptación de las mismas.

- Curriculum vitae

- Constancias de estudio, escolaridad, asistencia a cursos, diplomas, docencia, experiencia laboral interna o externa, entre otros.

- Sobre cerrado incluyendo el voto para la elección del representante de los concursantes en el Tribunal, según lo establecido en el artículo N° 8, del Decreto N° xxxxxx de fecha xxxxxx.

III.2. Publicaciones y notificaciones

Todas las publicaciones que deban realizarse (llamado, integración del tribunal, bases del concurso, resultados, etc.) deberán efectuarse a través de la web (intranet) de la Dirección Nacional de Aduanas por el plazo de 30 (treinta) días corrientes a través de lo cual se dará por notificado a los concursantes.

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Una vez confeccionada la lista de prelación final según lo establece el punto “Etapas y Factores”, se notificará a cada interesado en forma personal por parte de la División Gestión Humana. Posteriormente a la notificación de todos los interesados se publicará la lista de prelación en la Intranet de la Dirección Nacional de Aduanas.

III.3. Procedimiento

Para la puesta en vigencia del sistema de asignación de funciones mediante concursos de “ oposición y méritos”, y “oposición, presentación de proyecto y méritos”, se publicará la fecha de inicio y sus sucesivas etapas, a través del medio mencionado anteriormente (intranet).

El Tribunal establecerá para ambos tipos de concurso un plazo mínimo no menor a 20 (veinte) días corrientes, para publicación de materiales, preparación de la prueba y elaboración de proyecto, respectivamente.

III.4. Constancias de prueba realizada

Se entregará a cada concursante en oportunidad de participar de las instancias de prueba (conocimientos, presentación de proyecto, defensa, etc.), una constancia de realización de la misma por parte del Tribunal.

III.5. Empate

En caso de empate entre dos o más postulantes, el Tribunal procederá a:

a) Concurso de oposición y méritos: el que haya obtenido el mayor puntaje en la prueba de conocimientos.

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Borrador - Reglamento de concursos DNA 6

-b) Concurso de oposición, presentación de proyecto y méritos: el que haya obtenido el mayor puntaje en la defensa del Proyecto ante el Tribunal.

c) De persistir el empate; en ambos casos, se procederá a la realización de un sorteo entre dichos postulantes.

III.6. Validez de la lista de prelación

El tribunal deberá entregar la lista de prelación de los concursantes que hayan completado la totalidad de las pruebas a la División de Gestión Humana, la cual tendrá una validez de dos años.

En los casos de interrupción previstos en el artículo N° 18 del Decreto xxx de fecha xxxx, el Director Nacional de Aduanas tomará como referencia para la asignación de un nuevo funcionario, la lista de prelación que surja del último concurso realizado, siempre y cuando se encuentre vigente.

En caso de no encontrarse vigente la lista de prelación, se deberá realizar un concurso para la asignación de la función.

III.7. Concursos desiertos

Se consideran concursos desiertos aquellos en que no hay concursantes o de haberlos, no alcanzan los mínimos requeridos en el concurso.

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IV. ETAPAS Y FACTORES

IV.1. Etapas

Para los tipos de concursos definidos en este Reglamento, la evaluación se llevará a cabo en etapas sucesivas, por lo que la puntuación mínima por etapa determinará el paso a las etapas posteriores.

En primer lugar, se realizará la verificación del cumplimiento de los requisitos establecidos como excluyentes y cuyo incumplimiento determinará la exclusión del postulante. Los factores serán evaluados en forma sucesiva. El puntaje mínimo de aprobación que determinará el paso de la etapa I a la etapa II será el 70% de la sumatoria de factores de la etapa I.

En la etapa II los postulantes que hayan superado la etapa I, y obtengan como mínimo el 70% de la etapa II, formarán parte de una lista de prelación, elaborada en forma decreciente, a partir de la sumatoria de los puntajes de la etapa I y II.

Pasarán a la etapa III, los 10 (diez) primeros postulantes de la lista de prelación, o quienes integren la lista en caso de ser menor a diez. En caso de empate entre dos o más postulantes para la 10° posición, se define:

a) Concurso de oposición y méritos: el que haya obtenido el mayor puntaje en la prueba de oposición.

b) Concurso de oposición, presentación proyecto y méritos: el que haya obtenido el mayor puntaje en la defensa del proyecto.

c) De persistir el empate; en ambos casos, se procederá a la realización de un sorteo entre dichos postulantes.

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Borrador - Reglamento de concursos DNA 8

-Las etapas de evaluación de los postulantes y su puntaje correspondiente, según la clasificación de concursos son:

Etapa Factor Componente Puntaje

máximo Cursos menores a 20 hs. relacionados a la función, según el perfil 5 Cursos mayores a 20 hs. relacionados a la función, según el perfil 8

Idiomas 1

Herramientas informáticas 5

Docencia en temas relacionados a la función 1

Total Méritos 20

Antigüedad prestando funciones en DNA 5

Experiencia en el cargos de similar responsabilidad y cometidos, según el perfil 15

Total Antecedentes 20

Total Etapa I 40

Resultado final de la prueba 30

Total Etapa II 30

Sumatoria de Evaluación psicolaboral y Entrevista 30

Total Etapa III 30

100 CONCURSOS CON OPOSICIÓN Y MÉRITOS

Méritos y antecedentes I TOTAL GENERAL II Prueba de conocimientos III Evaluación psicolaboral con entrevista

Etapa Factor Componente Puntaje máximo

Cursos menores a 20 hs. relacionados a la función, según el perfil 5 Cursos mayores a 20 hs. relacionados a la función, según el perfil 8

Idiomas 1

Herramientas informáticas 5

Docencia en temas relacionados a la función 1

Total Méritos 20

Antigüedad prestando funciones en DNA 5

Experiencia en el cargos de similar responsabilidad y cometidos, según el perfil 15

Total Antecedentes 20

Total Etapa I 40

Resultado final de la prueba 10

Total Etapa II 10

Adecuación del proyecto a los objetivos estratégicos de la DNA 5

Adaptación a la realidad de Uruguay, de la DNA y de la unidad 5

Estimación de recursos 5

Identificación y plan de gestión de riesgos 5

Total Presentación de proyecto 20

Claridad en la exposición 10

Uso correcto de complementos (multimedia, materiales, pizarra) 5

Comunicación no verbal 5

Conocimiento de las temáticas presentadas 10

Total Defensa ante tribunal 30

Total Etapa III 50

100 CONCURSOS OPOSICIÓN, PRESENTACIÓN DE PROYECTO Y MÉRITOS

TOTAL GENERAL I Méritos y antecedentes III Presentación de proyecto y defensa ante tribunal II Prueba de conocimientos

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IV.2. Factores

Méritos y Antecedentes

Este factor mide la formación académica y general del concursante.

Cursos: se discriminan entre cursos con carga horaria menor y mayor a 20 hs. Se incluyen tanto los cursos en el país como en el exterior, que puedan ser tomados en cuenta, a juicio del Tribunal interviniente. No se computarán los cursos de Inducción dictados por la Dirección Nacional de Aduanas.

Herramientas informáticas: los conocimientos se acreditarán con los certificados correspondientes o mediante prueba a implementar por la Dirección Nacional de Aduanas, que podrá efectuarse en forma previa al inicio de las inscripciones. En esta última modalidad se librará una constancia por parte de la División Gestión Humana, que podrá presentarse ante otros concursos.

La División de Gestión Humana documentará el período que el concursante haya desempeñado en cada área, a fin de que el Tribunal pueda computar el mismo.

La experiencia determinada en cada perfil respecto a tareas, podrá justificarse a través de una constancia elaborada por el Jefe superior inmediato, explicitando los períodos correspondientes.

Prueba de conocimientos

Este factor mide los conocimientos generales y específicos del concursante en relación a la función que se concursa.

El tribunal deberá dar a conocer los temas y bibliografía sobre los que se tomará la prueba, dentro del plazo establecido en este reglamento.

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Borrador - Reglamento de concursos DNA 10

-Psicolaboral y Entrevista

Este factor mide el desarrollo del concursante para cada una de las competencias definidas para la función que se concursa. La misma se aplicará por parte de un técnico o equipo de técnicos externos, cuya designación será efectuada por la Dirección Nacional de Aduanas.

Presentación de Proyecto y Defensa

Este factor mide la capacidad del postulante en la elaboración de planes de mediano y largo plazo, alineado con las políticas y estrategias definidas para la Dirección Nacional de Aduanas. Durante la defensa del proyecto el Tribunal actuante verificará la presencia y manejo de las competencias personales y técnicas orientadas a la función a la que se aspira, y los aspectos conceptuales y comunicacionales en relación al proyecto presentado. El postulante deberá ser claro y conciso en su presentación al Tribunal.

V. TRIBUNALES DE CONCURSO

V.1. Integración

El Tribunal se integrará con 3 (tres) miembros titulares y sus respectivos suplentes:

a. Un miembro designado por el Director Nacional de Aduanas, que lo presidirá. Deberá contar con idoneidad técnica en el área de conocimiento vinculada a la función a ser concursada y podrá no ser funcionario público.

b. Un representante de los funcionarios, que deberá ser funcionario de la Dirección Nacional de Aduanas y ocupar un nivel de responsabilidad igual o superior al de la función a concursar y será elegido por los inscriptos al concurso respectivo mediante voto secreto. En caso que dicha convocatoria resulte desierta, el Tribunal se integrará con quien designe el Director Nacional.

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c. Un miembro elegido de común acuerdo por los otros dos miembros. Deberá contar con idoneidad técnica en el área de conocimiento vinculada a la función a ser concursada

Se consideran inhabilitantes para integrar los Tribunales las siguientes causas: a. Ser postulante al concurso

b. Ser cónyuge, concubino y/o tener relación familiar hasta el tercer grado de consanguinidad o segundo por afinidad, de cualquier otro designado y con los concursantes inscriptos.

Los integrantes de los Tribunales de Concurso, firmarán en División de Gestión Humana una declaración jurada estableciendo que no poseen causas inhabilitantes.

V.2. Cometidos

Serán cometidos del Tribunal del Concurso:

a. Evaluar el factor I (méritos y antecedentes) del concurso b. Informar los criterios de valoración de las etapas aplicadas c. Elaborar la prueba de conocimientos y sus bases de corrección d. Aplicar y corregir la prueba de conocimientos.

e. Calificar el proyecto y realizar la puntuación de la defensa.

f. El principio de igualdad entre los postulantes durante el proceso de selección y evaluación deberá ser estrictamente tutelado por el Tribunal bajo su responsabilidad.

g. Elaborar la lista de prelación en orden decreciente de los resultados de los concursantes que hayan alcanzado o superado el mínimo establecido en cada etapa.

h. Informar a los concursantes que no lograron el mínimo establecido en cada etapa.

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Borrador - Reglamento de concursos DNA 12

-j. Documentar cualquier situación que se plantee ante el tribunal por un postulante en el proceso del concurso. El Tribunal deberá expedirse en un plazo máximo de 2 (dos) días hábiles de planteada. Dicho documento formará parte de los antecedentes del concurso.

V.3. Actas

El Tribunal del Concurso desde su constitución y hasta el cierre del concurso, deberá levantar actas en cada una de sus sesiones, en las que dejará constancia de lo actuado. Las actas deberán contener la información necesaria para que cada concursante pueda verificar el cabal cumplimiento de las bases y pertinencia, en cuanto a su relación con los requerimientos para la función y de los antecedentes tomados en consideración.

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