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operaciones de almacenaje

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(1)

ISBN 84-9771-398-2 9 7 8 8 4 9 7 7 1 3 9 8 6

operaciones

de almacenaje

oper

aciones

de almac

ena

je

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aciones

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Comer

cio y mark

e

ting

Comer

cio y mark

e

ting

Comer

cio y mark

e

ting

DOCUMENTOS

(2)

GUÍA DE DOCUMENTOS

© Editorial Editex. Prohibida la repro

ducción total o parcial

N.º UNIDAD APARTADO PÁG. DESCRIPCIÓN

1 3 3.2 2 Esquema de la estructura de una carta de petición de ofertas

2 3 3.2 AR 3 Carta de petición de oferta según los datos de la actividad resuelta

3 3 4.1 4 Esquema de un registro de entrada de mercancías

4 4 2 AP_1 5 Formulario de pedido de la empresa Servicios Logísticos del Norte, S.A. 5 4 3 AP_2 6 Formulario de albarán de la empresa Suministros Martínez, S.L.

6 4 4 AP_5 7 Formulario de hoja de recepción de la empresa Servicios Logísticos del Norte, S.A.

7 4 5AP_7 8 Formulario de factura de la empresa Suministros Martínez, S.L.

8 4 Para practicar 9 Formulario de pedido

9 4 Para practicar 10 Formulario de albarán

10 4 Para practicar 11 Formulario de hoja de recepción

11 4 Para practicar 12 Formulario de factura

12 4 Para practicar 13 Formulario de carta de portes de la empresa Transmancha 13 8 Consolidación 14 Ficha de almacén. Ficha de control de existencias

14 9 Actividad p. 4 15 Formulario para confeccionar el inventario valorado 15 9 Para practicar 16 Formulario de inventario por sectores

16 9 Para practicar 17 Formulario de inventario por secciones 17 9 Para practicar 18 Formulario de inventario por productos

18 9 Para practicar 19 Formulario para confeccionar el inventario valorado

19 10 Para practicar 20 Formulario de pedido de la empresa Servicios Logísticos del Norte, S.A. 20 10 Para practicar 21 Registro de pedidos recibidos

21 10 Para practicar 22 Orden de extracción de mercancías

22 10 Para practicar 23 Formulario de albarán de la empresa Servicios Logísticos del Norte, S.A. 23 10 Para practicar 24 Registro de albaranes emitidos

24 10 Para practicar 25 Formulario de carta de portes de la empresa Transmancha, S.A.

25 13 Ladillo 2 26 Colores de seguridad

26 13 Ladillo 2 27, 28, 29 Señales en forma de panel 27 13 Ladillo 2 30, 31 Señales luminosas y acústicas 28 13 Ladillo 2 32, 33, 34 Señales gestuales

29 13 Ladillo 2 35, 36 Disposiciones mínimas relativas a señalizaciones

30 13 4.2_ AP_4 37 Iluminación de los lugares de trabajo

31 13 AF_4 Consolidación 38, 39 Condiciones mínimas de los equipos de trabajo que incluyen pantallas de visualización

˘

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Documento 1. Esquema de la estructura de una carta de petición de ofertas.

MEMBRETE

Nombre, dirección, teléfono, correo electrónico, etc. del emisor.

DESTINATARIO

Nombre, dirección, teléfono, correo electrónico, etc. del receptor.

LOCALIDAD Y FECHA

SALUDO

SALUDO

Se suele añadir al saludo la espera de respuesta.

FIRMA

Nombre de la empresa. Rúbrica.

Nombre, apellidos y cargo del firmante. TEXTO

En el primer párrafo se debe presentar la empresa emisora indicando el motivo que le lleva a escribir la carta. En el segundo párrafo se explica la petición de oferta de forma clara y concisa.

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Documento 2. Carta de petición de oferta según los datos de la actividad resuelta.

Plaza de la Constitución, 35 24004 León

Tel.: 987 11 11 11 correo@mondus.com

Fábricas de Metales, S.A. C/ Príncipe de Viana, 37 48007 Bilbao

León, 23 de septiembre de 2006

Señores:

Nuestra empresa se dedica al desarrollo de montajes industriales de todo tipo. En los últimos tiempos ha cre-cido nuestra actividad, siendo necesaria la utilización de nueva maquinaria industrial para prestar un mejor servicio a los clientes.

Por tanto precisamos la adquisición de una máquina laminadora para metal. Nos ponemos en contacto con Vds. para pedirles que nos envíen, lo antes posible, información sobre este tipo de maquinaria: carac-terísticas técnicas, precios, forma de pago, asistencia técnica, etc. Por otra parte agradeceríamos la visita de uno de sus vendedores, previo contacto telefónico, para concretar la visita.

Esperando su respuesta, les saluda atentamente,

Montajes Industriales, S.L.

Jacinto García Gómez Director Gerente

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Documento 3. Esquema de un registro de entrada de mercancías.

REGISTRO DE ENTRADA DE MERCANCIAS

Entrada de mer cancías Almacén ________________________________________________ Nº ENTRADA FECHA ENTRADA PROVEEDOR CÓDIGO DE MERCANCÍA CANTIDAD DE MERCANCÍA NÚMERO DEL LOTE NÚMERO DEBUL TOS VALOR UNIT ARIO VALOR TOT AL OBSER VACIONES

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Documento 4. Formulario de pedido de la empresa Servicios Logísticos del Norte, S.A.

Servicios Logísticos del Norte, S.A. Avda. de Portugal, 23 33201 Gijón (Asturias) Tel.: 985 00 34 00 CIF: A-33901276 Número: __________________________ Condiciones Fecha: ____________________________

Fecha de entrega: Descuentos:

Lugar de entrega: Forma de pago:

Forma de entrega: Otros gastos:

Observaciones:

Firma del comprador

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Documento 5. Formulario de albarán de la empresa Suministros Martínez, S.L.

Suministros Martínez, S.L. c/ 28 de septiembre, 26 37700 Béjar (Salamanca) Tel.: 923 00 40 12 CIF: B-37982143 Número de documento: _______________ Número de su pedido: _________________ Condiciones de entrega Fecha: ____________________________ Transportista: Bultos:

Lugar de entrega: Observaciones:

Conforme,

Fecha:

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Documento 6. Formulario de hoja de recepción de la empresa Servicios Logísticos del Norte, S.A.

Servicios Logísticos del Norte, S.A. Avda. de Portugal, 23 33201 Gijón (Asturias) Tel.: 985 00 34 00 CIF: A-33901276 Número de documento: ___________ Número de su pedido: _____________ Fecha: _____________________________ Número de albarán: _______________

Código Descripción Unidades

pedidas Unidades recibidas Unidades pendientes Observaciones: Productos a devolver:

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Documento 7. Formulario de factura de la empresa Suministros Martínez, S.L.

Suministros Martínez, S.L. c/ 28 de septiembre, 26 37700 Béjar (Salamanca) Tel.: 923 00 40 12 CIF: B-37982143 Lugar y fecha: _____________________ Número de factura: ________________ Su pedido n.º: _____________________ Albarán n.º: _______________________

Código Cantidad Descripción Precio unitario Precio total

Total parcial:

Base imponible Tipo de IVA

4% 7% 16% Cuota de IVA Recargo de equivalencia: Fecha de pago: ____________________________________ Forma de pago: ___________________________________ Total factura:

(10)

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Documento 8. Formulario de pedido.

Número: __________________________

Condiciones

Fecha: ____________________________

Fecha de entrega: Descuentos:

Lugar de entrega: Forma de pago:

Forma de entrega: Otros gastos:

Observaciones:

Firma del comprador

(11)

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Documento 9. Formulario de albarán.

Número de documento: _______________

Número de su pedido: _________________

Condiciones de entrega

Fecha: ____________________________

Transportista: Bultos:

Lugar de entrega: Observaciones:

Conforme,

Fecha:

(12)

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Documento 10. Formulario de hoja de recepción.

Número de documento: ___________

Número de su pedido: _____________

Fecha: _____________________________

Número de albarán: _______________

Código Descripción Unidades

pedidas Unidades recibidas Unidades pendientes Observaciones: Productos a devolver:

(13)

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Documento 11. Formulario de factura.

Lugar y fecha: _____________________ Número de factura: ________________

Su pedido n.º: _____________________ Albarán n.º: _______________________

Código Cantidad Descripción Precio unitario Precio total

Total parcial:

Base imponible Tipo de IVA

4% 7% 16% Cuota de IVA Recargo de equivalencia: Fecha de pago: ____________________________________ Forma de pago: ___________________________________ Total factura:

(14)

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Documento 12. Formulario de carta de portes de la empresa Transmancha.

TRANSMANCHA, S. A. Ronda de San Francisco, 32 13270 Almagro (Ciudad Real) Tel.: 926 00 22 11

Fax: 926 00 22 12 NIF: A-13982681

Registro Mercantil de Ciudad Real, tomo 56, sección 3ª, folio 24, hoja 36.

Remitente:

Nombre, dirección y NIF

Destinatario:

Nombre, dirección y NIF

Carta n.º: ________ Lugar y fecha: ________ A pagar en ___________

Origen o destino

Bulto n.º Peso (kg) Volumen (m3) Tipo de mercancía

Conceptos

Portes Seguro Carga y D. Ot. Gastos Base Imp. T. IVA C. IVA TOTAL

16% Control Salida Lugar: Fecha: Hora: Conductor:

Firma del cargador

Llegada

Lugar: Fecha: Hora:

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Documento 13. Ficha de almacén. Ficha de control de existencias.

FECHA OPERA-CIÓN

ENTRADAS SALIDAS EXISTENCIAS

Unidades Precio Importe Unidades Precio Importe Unidades Precio Importe

FICHA DE CONTROL DE EXISTENCIAS

Número: ____________ Método de valoración: _____________________________________________

(16)

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Documento 14. Formulario para confeccionar el inventario valorado.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN CANTIDAD COSTE DE ENTRADA PRECIO DE MERCADO VALOR UNITARIO IMPORTE TOTAL INVENTARIO VALORADO Familia de productos: ________________________________________________ Cuenta: _______________________________________________________________ Fecha: a _______ de ________________ de 200X

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Documento 15. Formulario para realizar el inventario por sectores.

CÓDIGO PRODUCTO CANTIDAD PRECIO PRECIO

ENTRADAS VARIACIÓN

Entradas Salidas

INVENTARIO POR SECTORES

Inventario a _______ de ________________ de 200X

(18)

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Documento 16. Formulario para realizar el inventario por secciones.

CÓDIGO PRODUCTO CANTIDAD PRECIO

INVENTARIO POR SECCIONES

Inventario a _______ de ________________ de 200X

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Documento 17. Formulario para realizar el inventario por productos.

DENOMINACIÓN TALLAS

CÓDIGO

A B C D E F

INVENTARIO POR PRODUCTOS

Inventario a _______ de ________________ de 200X

(20)

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Documento 18. Formulario para confeccionar el inventario valorado.

CÓDIGO DESCRIPCIÓN CANTIDAD COSTE DE ENTRADA PRECIO DE MERCADO VALOR UNITARIO IMPORTE TOTAL INVENTARIO VALORADO Familia de productos: ________________________________________________ Cuenta: _______________________________________________________________ Fecha: a _______ de ________________ de 200X

(21)

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Documento 19. Formulario de pedido de la empresa Servicios Logísticos del Norte, S.A.

Servicios Logísticos del Norte, S.A. Avda. de Portugal, 23 33201 Gijón (Asturias) Tel.: 985 00 34 00 CIF: A-33901276 Número: __________________________ Condiciones Fecha: ____________________________

Fecha de entrega: Descuentos:

Lugar de entrega: Forma de pago:

Forma de entrega: Otros gastos:

Observaciones:

Firma del comprador

(22)

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Documento 20. Registro de pedidos recibidos.

FECHA

DOCUMENTO CLIENTE MERCANCÍA UNIDADES

FECHA DE

ENTREGA OBSERVACIONES

(23)

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Documento 21. Orden de extracción de mercancías.

UBICACIÓN PRODUCTO

Pasillo Estantería Código Descripción UNIDADES EXISTENCIAS

ORDEN DE EXTRACCIÓN DE MERCANCÍAS

Documento: _____________ Fecha: ____________________ Operario: ________________ Almacén: ________________

(24)

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Documento 22. Formulario de albarán de la empresa Servicios Logísticos del Norte, S.A.

Servicios Logísticos del Norte, S.A. Avda. de Portugal, 23 33201 Gijón (Asturias) Tel.: 985 00 34 00 CIF: A-33901276 Número de documento: _______________ Número de su pedido: _________________ Condiciones de entrega Fecha: ____________________________ Transportista: Bultos:

Lugar de entrega: Observaciones:

Conforme,

Fecha:

(25)

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Documento 23. Registro de albaranes emitidos.

FECHA

DOCUMENTO CLIENTE BULTOS TRANSPORTISTA

FECHA

DE ENTREGA OBSERVACIONES

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Documento 24. Formulario de carta de portes de la empresa Transmancha, S.A.

TRANSMANCHA, S. A. Ronda de San Francisco, 32 13270 Almagro (Ciudad Real) Tel.: 926 00 22 11

Fax: 926 00 22 12 NIF: A-13982681

Registro Mercantil de Ciudad Real, tomo 56, sección 3ª, folio 24, hoja 36.

Remitente:

Nombre, dirección y NIF

Destinatario:

Nombre, dirección y NIF

Carta número ________ Lugar y fecha: ________ A pagar en ___________

Origen o destino

Bulto n.º Peso (kg) Volumen (m3) Tipo de mercancía

Conceptos

Portes Seguro Carga y D. Ot. Gastos Base Imp. T. IVA C. IVA TOTAL

16% Control Salida Lugar: Fecha: Hora: Conductor:

Firma del cargador

Llegada

Lugar: Fecha: Hora:

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REAL DECRETO 485/1997, 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia

de señalización de seguridad y salud en el trabajo. BOE núm. 97 de 23 de abril.

Anexo II: colores de seguridad

1. Los colores de seguridad podrán formar parte de una señalización de seguridad o constituirla por sí mismos. En el

si-guiente cuadro se muestran los colores de seguridad, su significado y otras indicaciones sobre su uso:

2. Cuando el color de fondo sobre el que tenga que aplicarse el color de seguridad pueda dificultar la percepción de

este último, se utilizará un color de contraste que enmarque o se alterne con el de seguridad, de acuerdo con la si-guiente tabla:

Rojo

Amarillo, o amarillo anaranjado

Azul

Verde

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ducción total o parcial

Documento 25. Colores de seguridad.

Señal de prohibición. Peligro-alarma.

Material y equipos de lucha contra incendios.

Señal de advertencia.

Señal de obligación.

Señal de salvamento o de auxilio.

Situación de seguridad.

Comportamientos peligrosos. Alto, parada, dispositivos de desconexión de emergencia. Evacuación.

Identificación y localización.

Atención, precaución. Verificación.

Comportamiento o acción específica. Obligación de utilizar un equipo de protección individual.

Puertas, salidas, pasajes, material, puestos de salvamento o de socorro, locales.

Vuelta a la normalidad.

COLOR SIGNIFICADO INDICACIONES Y PRECISIONES

Rojo Blanco

Amarillo o amarillo anaranjado Negro

Azul Blanco

Verde Blanco

COLOR DE SEGURIDAD COLOR DE CONTRASTE

3. Cuando la señalización de un elemento se realice mediante un color de seguridad, las dimensiones de la superficie

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ducción total o parcial

Documento 26. Señales en forma de panel. Página 1.

REAL DECRETO 485/1997, 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia

de señalización de seguridad y salud en el trabajo. BOE núm. 97 de 23 de abril

Anexo III: señales en forma de panel 1. Características intrínsecas

1.1. La forma y colores de estas señales se definen en el apartado 3 de este Anexo, en función del tipo de señal de que se trate. 1.2. Los pictogramas serán lo más sencillos posible, evitándose detalles inútiles para su comprensión. Podrán variar ligeramente o ser más detallados que los indicados en el apartado 3, siempre que su significado sea equivalente y no existan diferencias o adaptaciones que impidan percibir claramente su significado.

1.3. Las señales serán de un material que resista lo mejor posible los golpes, las inclemencias del tiempo y las agresio-nes medioambientales.

1.4. Las dimensiones de las señales, así como sus características colorimétricas y fotométricas, garantizarán su buena visibilidad y comprensión

2. Requisitos de utilización

2.1. Las señales se instalarán preferentemente en la proximidad inmediata del riesgo u objeto que deba señalizarse a una altura y en una posición apropiadas en relación al ángulo visual y teniendo en cuenta posibles obstáculos, o, cuando se trate de un riesgo general, en el acceso a la zona de riesgo.

2.2. El emplazamiento de la señal deberá estar bien iluminado, ser accesible y fácilmente visible. Si la iluminación general es insuficiente, se empleará una iluminación adicional o se utilizarán colores fosforescentes o materiales fluorescentes.

2.3. A fin de evitar la disminución de la eficacia de la señalización no se utilizarán señales demasiado próximas entre sí. 2.4. Las señales deberán retirarse cuando deje de existir la situación que las justificaba.

3. Tipos de señales

3.1. Señales de advertencia

Forma triangular. Pictograma negro sobre fondo amarillo (el amarillo deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal) y bordes negros.

Como excepción, el fondo de la señal sobre materias nocivas o irritantes será de color naranja en lugar de amari-llo, para evitar confusiones con otras señales similares utilizadas para la regulación del tráfico por carretera.

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ducción total o parcial

Documento 26. Señales en forma de panel. Página 2.

3.2. Señales de prohibición

Forma redonda. Pictograma negro sobre fondo blanco, bordes y banda (transversal descendente de izquierda a derecha atravesando el pictograma a 45° respecto a la horizontal) rojos (el rojo deberá cubrir como mínimo el 35% de la superficie de la señal).

3.3. Señales de obligación

Forma redonda. Pictograma blanco sobre fondo azul (el azul deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).

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Documento 26. Señales en forma de panel. Página 3.

3.5. Señales de salvamento o socorro

Forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco sobre fondo verde (el verde deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).

3.4. Señales relativas a los equipos de lucha contra incendios

Forma rectangular o cuadrada. Pictograma blanco sobre fondo rojo (el rojo deberá cubrir como mínimo el 50% de la superficie de la señal).

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ducción total o parcial

Documento 27. Señales luminosas y acústicas. Página 1.

REAL DECRETO 485/1997, 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia

de señalización de seguridad y salud en el trabajo. BOE núm. 97 de 23 de abril.

Anexo IV: señales luminosas y acústicas

1. Características y requisitos de las señales luminosas

1.1. La luz emitida por la señal deberá provocar un contraste luminoso apropiado respecto a su entorno, en fun-ción de las condiciones de uso previstas. Su intensidad deberá asegurar su percepfun-ción sin llegar a producir deslumbramientos.

1.2. La superficie luminosa que emita una señal podrá ser de color uniforme, o llevar un pictograma sobre un fondo determinado. En el primer caso, el color deberá ajustarse a lo dispuesto en el apartado 1 del Anexo II;en el segundo caso, el pictograma deberá respetar las reglas aplicables a las señales en forma de panel definidas en

el Anexo III.

1.3. Si un dispositivo puede emitir una señal tanto continua como intermitente, la señal intermitente se utilizará para indicar, con respecto a la señal continua, un mayor grado de peligro o una mayor urgencia de la acción requerida.

1.4. No se utilizarán al mismo tiempo dos señales luminosas que puedan dar lugar a confusión, ni una señal luminosa cerca de otra emisión luminosa apenas diferente.

Cuando se utilice una señal luminosa intermitente, la duración y frecuencia de los destellos deberán permitir la correcta identificación del mensaje, evitando que pueda ser percibida como continua o confundida con otras se-ñales luminosas.

1.5. Los dispositivos de emisión de señales luminosas para uso en caso de peligro grave deberán ser objeto de revisio-nes especiales o ir provistos de una bombilla auxiliar.

2. Características y requisitos de uso de las señales acústicas

2.1. La señal acústica deberá tener un nivel sonoro superior al nivel de ruido ambiental, de forma que sea claramente audible sin llegar a ser excesivamente molesto. No deberá utilizarse una señal acústica cuando el ruido ambien-tal sea demasiado intenso.

2.2. El tono de la señal acústica o, cuando se trate de señales intermitentes, la duración, intervalo y agrupación de los impulsos, deberá permitir su correcta identificación y clara distinción frente a otras señales acústicas o rui-dos ambientales.

No deberán utilizarse dos señales acústicas simultáneamente.

2.3. Si un dispositivo puede emitir señales acústicas con un tono o intensidad variables o intermitentes, o con un tono o intensidad continuos, se utilizarán las primeras para indicar, por contraste con las segundas, un mayor grado de peligro o una mayor urgencia de la acción requerida.

El sonido de una señal de evacuación deberá ser continuo.

3. Disposiciones comunes

3.1. Una señal luminosa o acústica indicará, al ponerse en marcha, la necesidad de realizar una determinada acción, y se mantendrá mientras persista tal necesidad.

Al finalizar la emisión de una señal luminosa o acústica se adoptarán de inmediato las medidas que permitan vol-ver a utilizarlas en caso de necesidad.

3.2. La eficacia y buen funcionamiento de las señales luminosas y acústicas se comprobará antes de su entrada en ser-vicio y posteriormente, mediante las pruebas periódicas necesarias.

3.3. Las señales luminosas y acústicas intermitentes previstas para su utilización alterna o complementaria deberán emplear idéntico código.

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ducción total o parcial

Documento 27. Señales luminosas y acústicas. Página 2.

Anexo V: comunicaciones verbales 1. Características intrínsecas

1.1. La comunicación verbal se establece entre un locutor o emisor y uno o varios oyentes, en un lenguaje formado por textos cortos, frases, grupos de palabras o palabras aisladas, eventualmente codificados.

1.2. Los mensajes verbales serán tan cortos, simples y claros como sea posible; la aptitud verbal del locutor y las fa-cultades auditivas del o de los oyentes deberán bastar para garantizar una comunicación verbal segura.

1.3. La comunicación verbal será directa (utilización de la voz humana) o indirecta (voz humana o sintética, difun-dida por un medio apropiado).

2. Reglas particulares de utilización

2.1. Las personas afectadas deberán conocer bien el lenguaje utilizado, a fin de poder pronunciar y comprender co-rrectamente el mensaje verbal y adoptar, en función de este, el comportamiento apropiado en el ámbito de la se-guridad y la salud.

2.2. Si la comunicación verbal se utiliza en lugar o como complemento de señales gestuales, habrá que utilizar pala-bras tales como, por ejemplo:

a) Comienzo: para indicar la toma de mando. b) Alto: para interrumpir o finalizar un movimiento. c) Fin: para finalizar las operaciones.

d) Izar: para izar una carga. e) Bajar: para bajar una carga.

f) Avanzar, retroceder, a la derecha, a la izquierda, etc.: para indicar el sentido de un movimiento (el sentido de estos movimientos debe, en su caso, coordinarse con los correspondientes códigos gestuales).

g) Peligro: para efectuar una parada de emergencia.

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Documento 28. Señales gestuales. Página 1.

REAL DECRETO 485/1997, 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia

de señalización de seguridad y salud en el trabajo. BOE núm. 97 de 23 de abril.

Anexo VI: señales gestuales 1. Características

Una señal gestual deberá ser precisa, simple, amplia, fácil de realizar y comprender y claramente distinguible de cual-quier otra señal gestual.

La utilización de los dos brazos al mismo tiempo se hará de forma simétrica y para una sola señal gestual. Los gestos utilizados, por lo que respecta a las características indicadas anteriormente, podrán variar o ser más deta-llados que las representaciones recogidas en el apartado 3, a condición de que su significado y comprensión sean, por lo menos, equivalentes.

2. Reglas particulares de utilización

2.1. La persona que emite las señales, denominada «encargado de las señales», dará las instrucciones de maniobra me-diante señales gestuales al destinatario de las mismas, denominado «operador».

2.2. El encargado de las señales deberá poder seguir visualmente el desarrollo de las maniobras sin estar amenazado por ellas.

2.3. El encargado de las señales deberá dedicarse exclusivamente a dirigir las maniobras y a la seguridad de los traba-jadores situados en las proximidades.

2.4. Si no se dan las condiciones previstas en el punto 2.2., se recurrirá a uno o varios encargados de las señales su-plementarias.

2.5. El operador deberá suspender la maniobra que esté realizando para solicitar nuevas instrucciones cuando no pueda ejecutar las órdenes recibidas con las garantías de seguridad necesarias.

2.6. Accesorios de señalización gestual:

• El encargado de las señales deberá ser fácilmente reconocido por el operador.

• El encargado de las señales llevará uno o varios elementos de identificación apropiados tales como chaqueta, manguitos, brazal o casco y, cuando sea necesario, raquetas.

• Los elementos de identificación indicados serán de colores vivos, a ser posible iguales para todos los elemen-tos, y serán utilizados exclusivamente por el encargado de las señales.

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Documento 28. Señales gestuales. Página 2.

3. Gestos codificados Consideración previa

El conjunto de gestos codificados que se incluye no impide que puedan emplearse otros códigos, en particular en deter-minados sectores de actividad, aplicables a nivel comunitario e indicadores de idénticas maniobras.

A) Gestos generales

Comienzo • Atención • Toma de mando

Los dos brazos extendidos de forma horizontal, las palmas de las manos hacia delante.

Alto

• Interrupción • Fin de movimiento

El brazo derecho extendido hacia arriba, la palma de la mano hacia de-lante.

Fin de las operaciones Las dos manos juntas a la altura del

pecho.

SIGNIFICADO DESCRIPCIÓN ILUSTRACIÓN

B) Movimientos verticales

Izar Brazo derecho extendido hacia arriba,

la palma de la mano derecha hacia adelante, describiendo lentamente un círculo.

Bajar Brazo derecho extendido hacia abajo,

palma de la mano derecha hacia el in-terior, describiendo lentamente un círculo.

Distancia vertical Las manos indican la distancia.

(35)

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ducción total o parcial

Documento 28. Señales gestuales. Página 3.

C) Movimientos horizontales

Avanzar Los dos brazos doblados, las palmas

de las manos hacia el interior, los an-tebrazos se mueven lentamente hacia el cuerpo.

Retroceder Los dos brazos doblados, las palmas

de las manos hacia el exterior, los an-tebrazos se mueven lentamente ale-jándose del cuerpo.

Hacia la derecha

(con respecto al encargado de las señales)

El brazo derecho extendido más o menos en horizontal, la palma de la mano derecha hacia abajo, hace pe-queños movimientos lentos indicando la dirección.

Hacia la izquierda

(con respecto al encargado de las señales)

El brazo izquierdo extendido más o menos en horizontal, la palma de la mano izquierda hacia abajo, hace pe-queños movimientos lentos indicando la dirección.

SIGNIFICADO DESCRIPCIÓN ILUSTRACIÓN

D) Peligro

Peligro

• Alto o parada de emergencia

Los dos brazos extendidos hacia arriba, las palmas de las manos hacia delante.

Rápido Los gestos codificados referidos a los

movimientos se hacen con rapidez.

Lento Los gestos codificados referidos a los

movimientos se hacen muy lentamente.

SIGNIFICADO DESCRIPCIÓN ILUSTRACIÓN

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ducción total o parcial

Documento 29. Disposiciones mínimas relativas a señalizaciones. Página 1.

REAL DECRETO 485/1997, 14 de abril, sobre disposiciones mínimas en materia

de señalización de seguridad y salud en el trabajo. BOE núm. 97 de 23 de abril.

Anexo VII: disposiciones mínimas relativas a diversas señalizaciones 1. Riesgos, prohibiciones y obligaciones

2. La señalización dirigida a advertir a los trabajadores de la presencia de un riesgo, o a recordarles la existencia de una prohibición u obligación, se realizará mediante señales en forma de panel que se ajusten a lo dispuesto para cada caso.

3. Riesgos de caídas, choques y golpes

3.1. Para la señalización de desniveles, obstáculos u otros elementos que originen riesgos de caídas de personas, cho-ques o golpes podrá optarse, a igualdad de eficacia, por el panel que corresponda según lo dispuesto en el apar-tado anterior, o por un color de seguridad, o bien podrán utilizarse ambos complementariamente.

3.2. La delimitación de aquellas zonas de los locales de trabajo a las que el trabajador tenga acceso con ocasión de este, en las que se presenten riesgos de caída de personas, caída de objetos, choques o golpes, se realizará mediante un color de seguridad.

3.3. La señalización por color referida en los dos apartados anteriores se efectuará mediante franjas alternas amarillas y negras. Las franjas deberán tener una inclinación aproximada de 45° y ser de dimensiones similares, de acuerdo con el siguiente modelo:

4. Vías de circulación

4.1. Cuando sea necesario para la protección de los trabajadores, las vías de circulación de vehículos deberán estar delimitadas con claridad mediante franjas continuas de un color bien visible, preferentemente blanco o amari-llo, teniendo en cuenta el color del suelo. La delimitación deberá respetar las necesarias distancias de seguridad entre vehículos y objetos próximos, y entre peatones y vehículos.

4.2. Las vías exteriores permanentes que se encuentren en los alrededores inmediatos de zonas edificadas deberán es-tar delimitadas cuando resulte necesario, salvo que dispongan de barreras o que el propio tipo de pavimento sirva como delimitación.

5. Tuberías, recipientes y áreas de almacenamiento de sustancias y preparados peligrosos

5.1. Los recipientes y tuberías visibles que contengan o puedan contener productos a los que sea de aplicación la nor-mativa sobre comercialización de sustancias o preparados peligrosos deberán ser etiquetados según lo dispuesto en la misma. Se podrán exceptuar los recipientes utilizados durante corto tiempo y aquellos cuyo contenido cam-bie a menudo, siempre que se tomen medidas alternativas adecuadas, fundamentalmente de formación e infor-mación, que garanticen un nivel de protección equivalente.

5.2. Las etiquetas se pegarán, fijarán o pintarán en sitios visibles de los recipientes o tuberías. En el caso de estas, las eti-quetas se colocarán a lo largo de la tubería en número suficiente, y siempre que existan puntos de especial riesgo, como válvulas o conexiones, en su proximidad. Las características intrínsecas y condiciones de utilización de las eti-quetas deberán ajustarse, cuando proceda, a lo dispuesto para los paneles en los apartados 1.3.y 2 del Anexo III.

La información de la etiqueta podrá complementarse con otros datos tales como el nombre o fórmula de la sus-tancia o preparado peligroso o detalles adicionales sobre el riesgo.

5.3. El etiquetado podrá ser sustituido por las señales de advertencia contempladas en el Anexo IIIcon el mismo pic-tograma o símbolo; en el caso del transporte de recipientes dentro del lugar de trabajo, podrá sustituirse o com-plementarse por señales en forma de panel de uso reconocido en el ámbito comunitario, para el transporte de sus-tancias o preparados peligrosos.

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Documento 29. Disposiciones mínimas relativas a señalizaciones. Página 2.

5.4. Las zonas, locales o recintos utilizados para almacenar cantidades importantes de sustancias o preparados peligro-sos deberán identificarse mediante la señal de advertencia apropiada de entre las indicadas en el Anexo IIIo mediante la etiqueta que corresponda, de acuerdo con la normativa mencionada en el apartado 4.1., colocadas, según el caso, cerca del lugar de almacenamiento o en la puerta de acceso al mismo. Ello no será necesario cuando las etiquetas de los distintos embalajes y recipientes, habida cuenta de su tamaño, hagan posible por sí mismas dicha identificación.

El almacenamiento de diversas sustancias o preparados peligrosos puede indicarse mediante la señal de adverten-cia «peligro en general».

6. Equipos de protección contra incendios

6.1. Los equipos de protección contra incendios deberán ser de color rojo o predominantemente rojo, de forma que se puedan identificar fácilmente por su color propio.

6.2. El emplazamiento de los equipos de protección contra incendios se señalizará mediante el color rojo o por una señal en forma de panel de las indicadas en el apartado 3.4. del Anexo III.Cuando sea necesario, las vías de ac-ceso a los equipos se mostrarán mediante las señales indicativas adicionales especificadas en dicho Anexo.

7. Medios y equipos de salvamento y socorro. La señalización para la localización e identificación de las vías

de evacuación y de los equipos de salvamento o socorro se realizará mediante señales en forma de panel de las indicadas en el apartado 3.5. del Anexo III.

8. Situaciones de emergencia. La señalización dirigida a alertar a los trabajadores o a terceros de la aparición

de una situación de peligro y de la consiguiente y urgente necesidad de actuar de una forma determinada o de evacuar la zona de peligro, se realizará mediante una señal luminosa, una señal acústica o una comunicación verbal. A igualdad de eficacia podrá optarse por una cualquiera de las tres; también podrá emplearse la combinación de una señal luminosa con una señal acústica o con una comunicación verbal.

9. Maniobras peligrosas. La señalización que tenga por objeto orientar o guiar a los trabajadores durante la

realización de maniobras peligrosas que supongan un riesgo para ellos mismos o para terceros se realizará mediante señales gestuales o comunicaciones verbales. A igualdad de eficacia podrá optarse por cualquiera de ellas, o podrán emplearse de forma combinada.

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Documento 30. Iluminación de los lugares de trabajo.

Anexo IV: iluminación en los lugares de trabajo

1. La iluminación de cada zona o parte de un lugar de trabajo deberá adaptarse a las características de la actividad que

se efectúe en ella, teniendo en cuenta:

a) Los riesgos para la seguridad y salud de los trabajadores dependientes de las condiciones de visibilidad. b) Las exigencias visuales de las tareas desarrolladas.

2. Siempre que sea posible, los lugares de trabajo tendrán una iluminación natural, que deberá complementarse con una

iluminación artificial cuando la primera, por sí sola, no garantice las condiciones de visibilidad adecuadas. En tales casos se utilizará preferentemente la iluminación artificial general, complementada a su vez con una localizada cuando se requieran niveles de iluminación elevados en zonas concretas.

3. Los niveles mínimos de iluminación de los lugares de trabajo serán los establecidos en la siguiente tabla:

Estos niveles mínimos deberán duplicarse cuando concurran las siguientes circunstancias:

a) En las áreas o locales de uso general y en las vías de circulación, cuando por sus características, estado u ocupación, existan riesgos apreciables de caídas, choques u otros accidentes.

b) En las zonas donde se efectúen tareas, cuando un error de apreciación visual durante la realización de las mismas pueda suponer un peligro para el trabajador que las ejecuta o para terceros o cuando el contraste de luminancias o de color entre el objeto a visualizar y el fondo sobre el que se encuentra sea muy débil.

No obstante lo señalado en los párrafos anteriores, estos límites no serán aplicables en aquellas actividades cuya na-turaleza lo impida.

4. La iluminación de los lugares de trabajo deberá cumplir además, en cuanto a su distribución y otras características, las

siguientes condiciones:

a) La distribución de los niveles de iluminación será lo más uniforme posible.

b) Se procurará mantener unos niveles y contrastes de luminancia adecuados a las exigencias visuales de la tarea, evi-tando variaciones bruscas de luminancia dentro de la zona de operación y entre esta y sus alrededores.

c) Se evitarán los deslumbramientos directos producidos por la luz solar o por fuentes de luz artificial de alta lumi-nancia. En ningún caso estas se colocarán sin protección en el campo visual del trabajador.

d) Se evitarán, asimismo, los deslumbramientos indirectos producidos por superficies reflectantes situadas en la zona de operación o sus proximidades.

e) No se utilizarán sistemas o fuentes de luz que perjudiquen la percepción de los contrastes, de la profundidad o de la distancia entre objetos en la zona de trabajo, que produzcan una impresión visual de intermitencia o que pue-dan dar lugar a efectos estroboscópicos.

5. Los lugares de trabajo, o parte de los mismos, en los que un fallo del alumbrado normal suponga un riesgo para la

se-guridad de los trabajadores dispondrán de un alumbrado de emergencia de evacuación y de sese-guridad.

6. Los sistemas de iluminación utilizados no deben originar riesgos eléctricos de incendio o de explosión, cumpliendo,

a tal efecto, lo dispuesto en la normativa específica vigente.

Zonas donde se ejecuten tareas con: 1. Bajas exigencias visuales

2. Exigencias visuales moderadas 3. Exigencias visuales altas 4. Exigencias visuales muy altas Áreas o locales de uso ocasional Áreas o locales de uso habitual Vías de circulación de uso ocasional Vías de circulación de uso habitual

(*) El nivel de iluminación de una zona en la que se ejecute una tarea se medirá a la altura en que esta se realice; en el caso de zonas de uso general,

a 85 cm del suelo, y en el de las vías de circulación, a nivel del suelo.

ZONA O PARTE DEL LUGAR DE TRABAJO (*) NIVEL MÍNIMO DE ILUMINACIÓN (LUX)

100 200 500 1.000 50 100 25 50

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Documento 31. Condiciones mínimas de los equipos de trabajo que incluyen pantallas de visualización. Página 1.

REAL DECRETO 488/1997, de 14 de abril, sobre disposiciones mínimas de seguridad

y salud relativas al trabajo con equipos que incluyen pantallas de visualización.

Anexo: Disposiciones mínimas Observación preliminar

Las obligaciones que se establecen en el presente Anexo se aplicarán para alcanzar los objetivos del presente Real De-creto en la medida en que, por una parte, los elementos considerados existan en el puesto de trabajo y, por otra, las exi-gencias o características intrínsecas de la tarea no se opongan a ello.

En la aplicación de lo dispuesto en el presente Anexo se tendrán en cuenta, en su caso, los métodos o criterios a que se refiere el apartado 3 del artículo 5del Real Decreto de los Servicios de Prevención.

1. Equipo 2. Entorno

3. Interconexión ordenador/persona 1. Equipo

a) Observación general

La utilización en sí misma del equipo no debe ser una fuente de riesgo para los trabajadores.

b) Pantalla

Los caracteres de la pantalla deberán estar bien definidos y configurados de forma clara, y tener una dimensión su-ficiente, disponiendo de un espacio adecuado entre los caracteres y los renglones.

La imagen de la pantalla deberá ser estable, sin fenómenos de destellos, centelleos u otras formas de inestabilidad. El usuario de terminales con pantalla deberá poder ajustar fácilmente la luminosidad y el contraste entre los ca-racteres y el fondo de la pantalla, y adaptarlos fácilmente a las condiciones del entorno.

La pantalla deberá ser orientable e inclinable a voluntad, con facilidad para adaptarse a las necesidades del usuario. Podrá utilizarse un pedestal independiente o una mesa regulable para la pantalla.

La pantalla no deberá tener reflejos ni reverberaciones que puedan molestar al usuario.

c) Teclado

El teclado deberá ser inclinable e independiente de la pantalla para permitir que el trabajador adopte una postura cómoda que no provoque cansancio en los brazos o las manos.

Tendrá que haber espacio suficiente delante del teclado para que el usuario pueda apoyar los brazos y las manos. La superficie del teclado deberá ser mate para evitar los reflejos.

La disposición del teclado y las características de las teclas deberán tender a facilitar su utilización.

Los símbolos de las teclas deberán resaltar suficientemente y ser legibles desde la posición normal de trabajo.

d) Mesa o superficie de trabajo

Las mesas o superficies de trabajo deberán ser poco reflectantes, tener dimensiones suficientes y permitir una co-locación flexible de la pantalla, del teclado, de los documentos y del material accesorio.

El soporte de los documentos deberá ser estable y regulable, y estará colocado de tal modo que se reduzcan al mí-nimo los movimientos incómodos de la cabeza y los ojos.

El espacio deberá ser suficiente para permitir a los trabajadores una posición cómoda.

e) Asiento de trabajo

El asiento de trabajo deberá ser estable, proporcionando al usuario libertad de movimiento y procurándole una pos-tura confortable.

La altura del mismo deberá ser regulable.

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Documento 31. Condiciones mínimas de los equipos de trabajo que incluyen pantallas de visualización. Página 2.

2. Entorno a) Espacio

El puesto de trabajo deberá tener una dimensión suficiente y estar acondicionado de tal manera que haya espacio para permitir los cambios de postura y movimientos de trabajo.

b) Iluminación

La iluminación general y la iluminación especial (lámparas de trabajo), cuando sea necesaria, deberán garantizar unos niveles adecuados de iluminación y unas relaciones adecuadas de luminancias entre la pantalla y su entorno, habida cuenta del carácter del trabajo, de las necesidades visuales del usuario y del tipo de pantalla utilizado. El acondicionamiento del lugar de trabajo y del puesto de trabajo, así como la situación y las características técni-cas de las fuentes de luz artificial, deberán coordinarse de tal manera que se eviten los deslumbramientos y los re-flejos molestos en la pantalla u otras partes del equipo.

c) Reflejos y deslumbramientos

Los puestos de trabajo deberán instalarse de tal forma que las fuentes de luz tales como ventanas y otras aberturas, los tabiques transparentes o translúcidos y los equipos o tabiques de color claro, no provoquen deslumbramiento directo ni produzcan reflejos molestos en la pantalla.

Las ventanas deberán ir equipadas con un dispositivo de cobertura adecuado y regulable para atenuar la luz del día que ilumine el puesto de trabajo.

d) Ruido

El ruido producido por los equipos instalados en el puesto de trabajo deberá tenerse en cuenta al diseñar el mismo, en especial para que no se perturbe la atención ni la comunicación.

e) Calor

Los equipos instalados en el puesto de trabajo no deberán producir un calor adicional que pueda ocasionar moles-tias a los trabajadores.

f) Emisiones

Toda radiación, excepción hecha de la parte visible del espectro electromagnético, deberá reducirse a niveles in-significantes desde el punto de vista de la protección de la seguridad y de la salud de los trabajadores.

g) Humedad

Deberá crearse y mantenerse una humedad aceptable.

3. Interconexión ordenador/persona

Para la elaboración, la elección, la compra y la modificación de programas, así como para la definición de las tareas que requieran pantallas de visualización, el empresario tendrá en cuenta los siguientes factores:

a) El programa habrá de estar adaptado a la tarea que deba realizarse.

b) El programa habrá de ser fácil de utilizar y deberá, en su caso, poder adaptarse al nivel de conocimientos y de ex-periencia del usuario; no deberá utilizarse ningún dispositivo cuantitativo o cualitativo de control sin que los tra-bajadores hayan sido informados y previa consulta con sus representantes. Los sistemas deberán proporcionar a los trabajadores indicaciones sobre su desarrollo.

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