PROCESO DE SELECCIÓN LICITACION PÚBLICA No. SC-101-SAF-005-2013
ADENDA NUMERO 1
LA SUBDIRECTORA ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA ( E ) DE LA ESCUELA SUPERIOR DE ADMINISTRACIÓN PÚBLICA – ESAP
En ejercicio de sus facultades legales, en especial las conferidas en el artículo 12 de la Ley 80 de 1993, Resolución No. 2042 del 3 de Noviembre de 2009, y
considerando,
Que de conformidad con lo establecido en los Pliegos de Condiciones y con sujeción a las normas que rigen la contratación pública, la ESAP podrá modificar los Pliegos de Condiciones y/o Aviso de Invitación antes del vencimiento del plazo para el cierre de la invitación, mediante adenda que se publicará en la página Web www.esap.edu.co y en el SECOP, realiza las siguientes modificaciones a los Pliegos de Condiciones de la Licitación Pública No. SC-101-SAF-005-2013, cuyo objeto es:”Suministro de Tiquetes de transporte aéreo nacional e internacional para los funcionarios, contratistas y demás personal que requiera la ESAP, para el desarrollo de la misión de la Entidad :
PRIMERO: Modificar parcialmente el numeral 2.1.2.1. CAPACIDAD FINANCIERA, el cual quedará así:
“Las personas naturales, jurídicas nacionales o extranjeras, y los consorcios o uniones temporales, que deseen participar presentando propuesta, deberán presentar los Estados Financieros a 31 de Diciembre de 2012, comparados con 2011, certificados por Contador Público y Representante legal y dictaminado por el Revisor Fiscal cuando corresponda y diligenciar y cumplir con los siguientes Índices Financieros
RESUMEN ESTADOS FINANCIEROS
RAZON SOCIAL O APELLIDOS Y
NOMBRE (S):
NIT/CC No:
ACTIVO 2012 2011
1. TOTAL ACTIVO CORRIENTE
2. TOTAL ACTIVO FIJO
3. TOTAL OTROS ACTIVOS
TOTAL ACTIVO (1+2+3)
PASIVO 2012 2011
1. TOTAL PASIVO CORRIENTE
2. TOTAL PASIVO LARGO PLAZO
TOTAL PASIVO (1+2) PATRIMONIO 2012 2011 CAPITAL PAGADO SUPERAVIT DE CAPITAL RESERVAS REVALORIZACIÓN DEL PATRIMONIO UTILIDAD DEL EJERCICIO
UTILIDADES ACUMULADAS
TOTAL PATRIMONIO
TOTAL PASIVO + PATRIMONIO
SEGUNDO: (…)” Modificar el numeral 2.1.4.3. CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN, inciso 2) el cual quedará así:
La capacidad de organización para consorcios o uniones temporales, será el resultado de la sumatoria de las capacidades de organización individuales de cada uno de los integrantes del consorcio o unión temporal; en todo caso, la capacidad de Organización de los consorcios o uniones temporales deberá ser igual o superior a 6.000 SMMLV. ….”
TERCERO: (…)”3.- El numeral 2.2.1.4. CAPACIDAD DE ORGANIZACIÓN, inciso 2),
el cual quedará así:
El Ofrecimiento de 15 tiquetes gratuitos para el personal de la ESAP en cualquier ruta a nivel nacional:
El proponente deberá ofrecer a la Escuela 15 tiquetes gratuitos en tarifa flexi, para el personal de la ESAP en cualquier ruta y/o aerolínea a nivel nacional, incluyendo impuestos, tasas y cargos administrativos; la ESAP definirá́ durante la ejecución del contrato en qué momento y en que rutas desea los tiquetes.
A quien lo ofrezca se asignará cinco (5) puntos. Si no se cumple con la totalidad de esta exigencia el puntaje será cero (0).
Si no se allega esta manifestación no se obtendrá puntaje por este aspecto, sin que esto constituya causal de rechazo.
CUARTO: Modificar parcialmente el numeral 2.3 FACTORES DE EVALUACION, en
el inciso 3), l cual quedará así:
“Para lo cual a continuación la ESAP, determina la distribución de costos y penalidades:
TABLA DE DISTRIBUCIÓN DE COSTOS Y PENALIDADES ESTABLECIDA POR LA ESAP
Descripción ESAP CONTRATISTA
Cambio de reserva Asume el costo del
revisado o la diferencia de tarifa clase
Asumen la penalidad Tiquete devuelto y
reasignado Asume el costo del revisado o la diferencia de tarifa clase
Asumen la penalidad
QUINTO:- Modificar el numeral 2.7. CRITERIOS DE DESEMPATE, el cual quedará
así:
En caso de existir empate se adjudicará el contrato, aplicando en su orden los criterios de desempate establecidos en el artículo 4.2.5. del decreto 0734 de 2012, de conformidad con los reglas sucesivas y excluyentes establecidas en dichas norma. 1.- En caso de que se presente igualdad en el puntaje total de las ofertas evaluadas, se aplicarán los criterios de desempate previstos en los pliegos de condiciones, mediante la priorización de los factores de escogencia y calificación que hayan sido
utilizados en el proceso de selección, de conformidad con el artículo 5 de la Ley 1150 de 2007. Si después de aplicar esta regla persiste el empate, se entenderá que las ofertas se encuentran en igualdad de condiciones.
2.- En caso de igualdad de condiciones, se preferirá la oferta de bienes o servicios nacionales frente a la oferta de bienes o servicios extranjeros.
3.- Si se presenta empate o éste persiste y entre los empatados se encuentren Mipymes, se preferirá la Mipyme nacional, sea proponente singular, o consorcio, unión temporal o promesa de sociedad futura, conformada únicamente por Mypimes nacionales.
4.- Si no lugar a la hipótesis prevista en el numeral anterior y entre los empatados se encuentran consorcios, uniones temporales o promesas de sociedad futura en los que tenga participación al menos una Mipyme, éste se preferirá.
5.- Si persiste el empate, se preferirá el proponente singular que acredite tener vinculado laboralmente por lo menos un mínimo del 10% de sus empleados en las condiciones de discapacidad y el cumplimiento de los presupuestos contenidos en la Ley 361 de 1997, debidamente certificadas por la Oficina del Trabajo de la respectiva zona, que hayan sido contratados con por lo menos un año de anterioridad y que certifique adicionalmente que mantendrá dicho personal por un lapso igual al de la contratación.
6.- En caso de que no proceda la hipótesis anterior, y entre los proponentes se encuentren proponentes singulares o plurales conformados por Consorcios, uniones Temporales o promesas de sociedad futura conformados con al menos un integrante que acredite las circunstancias establecidas en la Ley 361 de 1997, referidas en el numeral anterior, será preferido frente a los demás.
7.- Un sorteo (con balotas) en presencia de los representantes legales o delegados de los oferentes, y allí se definirá el orden de elegibilidad. Si no hubiese representantes o delegados al sorteo se realizará en presencia de testigos.
Nota: Se entiende por empate cuando el puntaje total de dos o más proponentes sea igual numéricamente, tomando en cuenta los dos (2) primeros decimales que resulten por aproximación de la hoja de cálculo.
De esta audiencia se levantará un acta y se elevará el acto administrativo debidamente motivado.
De conformidad con lo dispuesto en el Parágrafo 1º del artículo 77 de la Ley 80 de 1993, el acto de adjudicación es irrevocable y no tendrá recursos por la vía gubernativa. Su impugnación procede mediante el ejercicio de las acciones judiciales que correspondan.
SEXTO: Modificar el Anexo No. 2, ALCANCE Y DESCRIPCION DEL OBJETO,
en el ítem No. 4, el cual quedará de la siguiente manera:
Íte m Concepto Requisitos 4 Persona encargada de la atención dentro de las instalaciones de la ESAP
Asignar sin costos adicionales para la ESAP, una persona con experiencia mínima de 3 años de la misma agencia en atención a usuarios, tarifas y rutas nacionales e internacionales, para que atienda en las instalaciones de la ESAP, el suministro de tiquetes de transporte aéreo nacional e internacional. Así́ mismo, se deberá́ garantizar la atención del contrato en horario no hábil de la ESAP y los días sábado, domingos y festivos, prestando el servicio vía telefónica y otros medios de comunicación inmediata las 24 horas del día, para reservas para la expedición de los pasajes nacionales e internacionales. En todos los casos se deberá́ enviar por correo electrónico al supervisor del contrato, la confirmación de la reserva, indicando la clase de pasaje reservado, fecha límite de la confirmación del tiquete, hora de vuelo, itinerario o como lo indique la ESAP. Igualmente, una vez autorizada la expedición del tiquete por parte de la ESAP, se deberá́ remitir el mismo vía correo electrónico al supervisor del contrato o como lo indique la Entidad, para ello el contratista deberá adecuar una oficina dentro de las instalaciones de la sede central de la ESAP en Bogotá́, la cual deberá contar con los sistemas de comunicación que se requieran para la eficiente prestación del servicio, esto es línea telefónica fija, fax y celular. El servicios deberá prestarse así: a. Atención Personalizada en la oficina adecuada en las instalaciones de la ESAP, de lunes a viernes en horario de 8:00 AM a 6:00 PM y b. Servicio Telefónico –
Celular – Fax – Internet (mail) las veinticuatro (24) horas del día,
incluidos sábados, domingos y festivos, sin generar costo adicional para la Entidad. …”
En igual sentido, el numeral 4) de las OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA, queda en la minuta del contrato, señalada en el Anexo 7 de los Pliegos de Condiciones.
SEPTIMO: Incluir en los Pliegos de Condiciones el Anexo No. 9, de la siguiente
manera:
REGISTRO DE PROVEEDORES
Versión: 01 Fecha: 04/12/2008 Página: 1 de 1 Código: RE-A-GF-04
GRUPO DE TESORERIA Y CUENTAS -- MODULO DE PROVEEDORES
DATOS BÁSICOS DEL PROVEEDOR
FAVOR DILIGENCIAR COMPLETAMENTE CADA UNA DE LAS CASILLAS QUE SE INCLUYEN A CONTINUACIÓN. ESTA
INFORMACIÓN ES INDISPENSABLE PARA INGRESAR DE MANERA EXACTA Y CONFIABLE LOS DATOS A NUESTRO SISTEMA ADMINISTRATIVO Y FINANCIERO -SEVEN-
NOMBRES: APELLIDOS: C.C. RAZÓN SOCIAL: NIT: DV- DIRECCIÓN: CORREO ELECTRÓNICO: TELÉFONO: FAX:
PERSONA NATURAL PERSONA JURÍDICA
GRAN CONTRIBUYENTE AUTORRETENEDOR
IVA REGIMEN COMÚN ENTIDAD SIN ÁNIMO DE LUCRO
IVA REGIMEN SIMPLIFICADO
TIPO DE SERVICIO QUE PRESTA
(INDUSTRIA Y COMERCIO)
INFORMACIÓN BANCARIA DEL PROVEEDOR
No. CTA BANCARIA
CLASE DE CUENTA: AHORROS CORRIENTE
BANCO/CORPORACIÓN SUCURSAL:
ESTA INFORMACIÓN DEBE IR ACOMPAÑADA DE LA CERTIFICACIÓN EXPEDIDA POR EL BANCO EN DONDE EL
PROVEEDOR POSEE LA CUENTA.
FIRMA DEL PROVEEDOR
Los demás términos, especificaciones, procedimientos y condiciones establecidos en los pliegos permanecen iguales.
Se expide la presente el 04 de marzo de 2013.
MARIA FERNANDA MORENO HERNANDEZ
Subdirectora Administrativa y Financiera ( E )
APROBO: Olga Liliana Sandoval Rodriguez JEFE OFICINA ASESORA JURIDICA REVISO: Carmen Rosa Avila Robles Coordinación Grupo de Contratación PROYECTO: Nubia Libreros Valencia Abogada – Grupo de Contratación RADICADO: 087 04-03-2013