• No se han encontrado resultados

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

N/A
N/A
Protected

Academic year: 2021

Share "PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS"

Copied!
16
0
0

Texto completo

(1)

PLIEGO DE PRESCRIPCIONES TÉCNICAS

PARA LA CONTRATACIÓN DEL SERVICIO DE LIMPIEZA EN LA SEDE DE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DE LA

TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE ALICANTE Y SUS ADMINISTRACIONES.

EXPTE. 14000312

(2)

ÍNDICE

Cláusula

Rúbrica

pág

1

OBJETO DEL CONTRATO

3

2

ÁMBITO DE APLICACIÓN

3

3

CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO

3

3.1 ACTUACIONES Y FRECUENCIAS 3

- SERVICIO DE LIMPIEZA

- SERVICIO DE DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESINFECCIÓN

3.2 HORARIOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO 8

3.3 MATERIALES, PRODUCTOS, MAQUINARIA 8

4

RECURSOS HUMANOS

10

4.1 PLANTILLAS OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN 10 4.2 PRESENCIA DEL PERSONAL EN LAS INSTALACIONES 10

4.3 VESTUARIO 10

4.4 PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES 10

5

COORDINACIÓN DEL SERVICIO Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO

12

5.1 DELEGADO O COORDINADOR TÉCNICO. ENCARGADOS EN CADA CENTRO 12

5.2 CONTROL DE LA EJECUCIÓN 13

5.3 SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD 13

6

NORMAS DE SEGURIDAD Y CONTROL. SEGURIDAD DEL PERSONAL

13

7

MEDIO AMBIENTE

14

(3)

MINISTERIO

1 OBJETO DEL CONTRATO

El objeto del presente contrato es la prestación del servicio de limpieza integral en los locales y edificios pertenecientes a la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Alicante así como el servicio de desratización, desinsectación y desinfección. El servicio irá referido, no sólo a los espacios y zonas mencionadas, sino también a los incrementos que se puedan producir durante la vigencia del contrato.

2 ÁMBITO DE APLICACIÓN

El ámbito de aplicación del servicio corresponde a la totalidad de locales y edificios de la Tesorería General de la Seguridad Social especificados en el Anexo I.

3 CONDICIONES GENERALES DEL SERVICIO

Los servicios a ofertar por el adjudicatario son, fundamentalmente, la limpieza integral de los edificios y los locales enumerados en el Anexo I junto con todos sus enseres, por lo que serán objeto de tratamiento todas las zonas, elementos u objetos de la Tesorería General de la Seguridad Social que formen parte de los mismos aunque no se mencionen expresamente sitos en las dependencias que se relacionan.

Dentro del equipamiento de limpieza se incluyen la maquinaria, útiles y herramientas necesarios para realizar el servicio de limpieza tales como aspiradoras, hidro-limpiadoras, fregadoras, carros, escaleras, etc. Dicho material lo proveerá la empresa y se listará y describirá dentro del Plan de trabajo. Ha de ser adecuado a la instalación, zona y elemento a limpiar. También se incluirán en esta sección los Equipos de Protección Individual (EPI) que usarán los empleados de acuerdo con la Normativa actual de Riesgos Laborales.

Para la realización del servicio de desratización, desinsectación y desinfección, las empresas licitadoras deberán presentar en su oferta una memoria técnica de los tratamientos a realizar, productos que se utilizarán, etc., autorizados e inscritos en los correspondientes registros, de conformidad con lo que establezca la normativa.

La Tesorería General de la Seguridad Social podrá ejercer la inspección y vigilancia de todos los trabajos, para lo que el adjudicatario facilitará los medios necesarios para el examen de cualquier proceso o fase del servicio a las personas designadas a tal efecto.

3.1 ACTUACIONES Y FRECUENCIAS

SERVICIO DE LIMPIEZA a) SUELOS.

Diario: Limpieza y lavado de suelos (incluidos los de las escaleras interiores). Los detergentes utilizados serán neutros y se limpiarán los pavimentos situados debajo del mobiliario, cerca de las paredes y rincones y, en general, de cualquier obstáculo. Limpieza de pasamanos de las escaleras, barandillas, rodapiés y elementos metálicos.

(4)

b) MOBILIARIO Y ENSERES.

Diario: Limpieza con año seco en mobiliario, perfiles y superficies situadas a una altura inferior a 1,80 m. del suelo, con especial atención a las zonas no visibles, rincones, etc. Limpieza con paño húmedo y producto neutro en sobremesas de formica o plastificadas de madera, cristales de mesas y demás superficies metálicas.

Limpieza con paño seco de máquinas de informática, teléfonos, mesas, sillas, carteles de sobremesa, objetos de escritorio, etc.

Vaciado y limpieza de papeleras.

Trimestral: Limpieza general de todos los elementos situados a una altura superior a 1,80 m., como paredes, paneles de madera y metálicos, archivo, etc.

c) INSTALACIONES SANITARIAS.

Diario: Limpieza y desinfección de todos los elementos sanitarios, etc., con productos clorados y/o amoniacales, y reposición (y/o dotación para los aseos en que no existan) de ambientadores bactericidas para W.C. a medida que vayan perdiendo efectividad.

Limpieza de espejos, grifos, jaboneras y resto de accesorios o elementos de los cuartos de aseo.

Rondas periódicas para la reposición de jabón, papel, toallitas seca-manos, etc. Semanal: Colocación en los aseos femeninos de contenedores higiénico-sanitarios y su

retirada e higienización.

Mensual: Limpieza con paño húmedo y producto neutro de todas las paredes alicatadas hasta la altura en que exista ésta.

d) PUERTAS.

Diario: Repaso general y limpieza de las puertas que presenten suciedad, manchas, polvo, huellas, etc.

Mensual: Limpieza de todas las superficies de puertas, con paño húmedo y productos neutros. e) PAREDES Y TECHOS.

Trimestral: Se efectuará una limpieza general de todas las dependencias con aspirado de paredes y techos, escaleras, persianas y mobiliario no especificado.

Igualmente se realizará un lavado y desinfectado de las rejillas de aire acondicionado, así como una limpieza de claraboyas en aquellas dependencias en que existan estos elementos

f) PLACAS DE SEÑALIZACIÓN.

Diario: Se limpiarán de polvo todas las placas de señalización. g) CRISTALES.

(5)

MINISTERIO

Quincenal: Se limpiarán el resto de los cristales, incluso los de difícil acceso, utilizando los medios o herramientas adecuados.

Semestral: Se limpiarán los cristales por la cara exterior. En los de difícil acceso se utilizarán los medios, herramientas o maquinaria o el sistema que sea necesario, pértigas, plataformas elevadoras, sistema de góndolas, o el que sea más adecuado en función de su ubicación.

h) PERSIANAS.

Mensual: Las persianas de lamas o de cualquier otro modelo, se limpiarán por ambas caras durante la primera semana de cada mes.

i) SALAS DE REUNIÓN

Diario: Se realizará la limpieza ordinaria en la forma indicada en los apartados anteriores. Y además, se realizará una limpieza extraordinaria después de cada utilización. Las maderas se aspirarán y limpiarán cuantas veces sea conveniente.

j) PUERTA PRINCIPAL Y OTROS ACCESOS. Diario: Limpieza de aceras.

Semanal: Se fregarán los espacios y elementos que conforman los accesos a la propiedad con cepillos y productos adecuados.

k) TERRAZAS Y CUBIERTAS.

1. Terraza 6º planta Dirección Provincial:

Semanal: Limpieza general de esta superficie. 2. Cubierta del edificio de la Dirección Provincial:

Mensual: Limpieza general de esta superficie.

3. Cubierta del edificio de la nave-archivo:

Mensual: Limpieza general de canalones y espacios anejos para evitar posibles atascos. l) SALA DE MÁQUINAS.

Mensual: Se aspirará mensualmente para eliminar el polvo superficial. m) SALAS DE INFORMÁTICA

Semanal: Se aspirará el polvo superficial, con especial atención y cuidado del cableado y armario del material o elementos informáticos.

n) ARCHIVOS GENERALES Y ALMACENES.

Semanal: Se efectuará una limpieza con fregado de suelos y aspiración del polvo superficial. Mensual: Se quitará el polvo de las carpetas de archivo definitivo y estanterías.

ñ) PUNTOS DE LUZ.

Trimestral: Se limpiarán pantallas, lámparas y tubos fluorescentes con paños humedecidos con detergentes.

(6)

o) LIMPIEZA DE FACHADAS Y ELEMENTOS INSTALADOS EN LAS MISMAS (UNIDADES EXTERIORES DE LOS EQUIPOS DE AIRE ACONDICIONADO)

Se realizarán los trabajos ordinarios de limpieza de la superficie de las fachadas y de los elementos del sistema de aire acondicionado instalados en el exterior, 4 veces al año, durante el primer mes de cada trimestre.

Tratamiento especial de fachadas anti-grafitis en el primer trimestre y su posterior mantenimiento mensual.

Los trabajos extraordinarios que ocasionen las pintadas tipo grafiti, se acometerán tan pronto aparezcan las mismas.

El material necesario para la limpieza anti-grafitis también correrá a cargo de la empresa adjudicataria.

p) ASCENSORES Y MONTACARGAS.

Diario: Limpieza del suelo, paredes y puertas. q) BANDERAS.

Lavado y planchado de las banderas, mínimo una vez cada semestre y cuando su estado lo exija.

r) PISO DE LINÓLEO.

En la Dirección Provincial el mantenimiento del piso de linóleo en perfecto estado y con brillo uniforme se realizará permanentemente, de forma que su tratamiento, con los materiales y productos adecuados, comenzará el primer día de vigencia del contrato en la 6ª planta, y así sucesivamente hasta completar todas las plantas del edificio, momento en que comenzará de nuevo el ciclo sin solución de continuidad. En las Administraciones en que exista este tipo de suelo se realizará una limpieza diaria y un abrillantado cada seis meses.

s) VENTILACIÓN DEL EDIFICIO.

Se realizará una ventilación diaria del edificio. t) CORRECTA GESTIÓN DE RESIDUOS.

Diario: El personal encargado del servicio deberá proceder, para su correcta gestión, a la retirada diaria de los distintos residuos de los recipientes, papeleras, destructoras de papel, instalados en los centros, y su depósito en los correspondientes contenedores. (vidrio, papel, cartón, plástico, restos orgánicos, o punto limpio, según proceda). El reciclado del papel lo gestionará la empresa adjudicataria según instrucciones de la Dirección Provincial.

La Dirección Provincial podrá establecer otro procedimiento para la gestión de estos productos, indicando los puntos de depósito, periodicidad, etc., y de obligado cumplimiento por la empresa adjudicataria del servicio, y a su cargo.

Bimensual: Retirada y reposición del contenedor de objetos punzantes situado en el despacho del Servicio Médico para su tratamiento por empresa especializada y entrega a esta Dirección Provincial del correspondiente justificante .

(7)

MINISTERIO

u) SERVICIO DE PREVENCIÓN Y SALUD LABORAL

Quincenal: Lavado quincenal, y cuando las necesidades del Servicio lo requieran, de batas y lencería del vestuario de trabajo del personal sanitario. La empresa adjudicataria proporcionará los recipientes adecuados y etiquetados con las advertencias precisas, para depositar las citadas prendas una vez hayan sido utilizadas, y las trasladará a la empresa encargada de la lavandería. Se repondrán limpias y planchadas.

v) OTRAS OPERACIONES

Se realizarán en cualquier momento trabajos imprevistos, tales como la recogida de líquidos por rotura o vertido de recipientes o tuberías, retirada de cristales rotos, etc. Se efectuarán los trabajos de limpieza necesarios después de las obras o trabajos de pintura que se realicen en cualquier dependencia.

En caso de traslado se realizará la limpieza a fondo de los locales afectados, incluso aunque ya se hubiese realizado dentro del periodo establecido

SERVICIO DE DESRATIZACIÓN, DESINSECTACIÓN Y DESINFECCIÓN

La empresa adjudicataria deberá elaborar un programa de control estructurado en distintas etapas, que comprenderá la inspección preliminar, la adopción de medidas preventivas, los correspondientes tratamientos y la vigilancia, evaluación e informe sobre la situación.

El servicio deberá realizarse con material de última generación y personal cualificado, utilizando productos con la mínima toxicidad para el ser humano y el medio ambiente.

El personal del servicio de limpieza deberá informar a la empresa de manera inmediata, así como a esta Dirección Provincial de la presencia de plagas, ya sean insectos o roedores, permitiendo la intervención urgente fuera de las actuaciones preestablecidas.

DESRATIZACIÓN

Se aplicará un plan básico de actuación con la frecuencia que sea necesaria, con el fin de eliminar cualquier presencia de roedores; dicho plan podrá ser modificado en función de plagas o eventos concretos, mediante tratamientos de choque y controles sucesivos.

DESINSECTACIÓN

Se realizarán desinsectaciones mensuales, coordinándose con los encargados de los centros, en aquellos días que se indiquen por la Dirección Provincial, que en principio serían los viernes por la tarde, sábados o en aquel horario que ocasione menos molestias, dejando pasar el tiempo que sea preceptivo desde la aplicación, para evitar intoxicaciones.

En época de reproducción se realizará el tratamiento cuantas veces sea necesario, hasta erradicar la plaga.

DESINFECCIÓN

Se realizará una desinfección de baños y aseos mensualmente, con el fin de garantizar la eliminación de las colonias de gérmenes resistentes.

En las zonas de alto riesgo se desinfectará todos los días.

Las dependencias tratadas deberán cerrarse si fuere necesario, indicando mediante un cartel la fecha, hora de tratamiento y plazo de seguridad que el local tratado debe permanecer cerrado. En cada tratamiento se entregará la documentación con la información de los tratamientos realizados, la descripción de niveles poblacionales, lista de revisiones, parte de acciones correctoras, productos utilizados, y plazo de seguridad (si fuese necesario).

(8)

.3.2 HORARIOS DE EJECUCIÓN DEL CONTRATO.

Todas las actuaciones deberán ser realizadas de forma que interfieran lo menos posible en la actividad ordinaria de la TGSS, minimizándose las molestias o incomodidades que pudieran producirse al personal que trabaja en el Centro.

La TGSS podrá exigir a la empresa adjudicataria que, aquellas operaciones que pudieran generar molestias importantes o afectar a áreas críticas del edificio, se realicen en horas o días determinados con el fin de minimizar su efecto.

3.3 MATERIALES, PRODUCTOS, MAQUINARIA.

La Tesorería General de la Seguridad Social facilitará al contratista agua, alumbrado y energía eléctrica para el cumplimiento de su cometido, exigiendo el compromiso de un uso adecuado y razonable de suministros.

Será por cuenta del adjudicatario la aportación de productos de limpieza, materiales, maquinaria, repuestos, accesorios (cubos, mangueras, carros, etc.), herramientas, andamios, elementos especiales de seguridad y en general cualquier elemento que se precise para la correcta prestación del servicio aunque no se mencione expresamente en el pliego.

3.3.1. PRODUCTOS DE LIMPIEZA

Todos los materiales de limpieza serán de primera calidad y podrán ser rechazados si no ofrecen las debidas garantías. A estos efectos, la empresa adjudicataria, una vez firmado el contrato, aportará una relación de los productos utilizados para su aprobación por el Servicio de Prevención y Salud Laboral de la TGSS.

La empresa adjudicataria será responsable de la reposición de productos, garantizando en todo momento su existencia.

Los productos y materiales para la limpieza han de presentar las siguientes características:

 Estar adecuadamente envasados y llevar impresa la marca correspondiente, deben ser de reconocida calidad para la limpieza de las instalaciones objeto de este contrato, en cuanto a tipos de suelo, mobiliario y accesorios varios que se encuentran en las mismas.

 Llevar impreso, en lugar visible, el procedimiento de uso correcto, modo de aplicación y condiciones de manejo, así como las condiciones de seguridad que le son propias a los envases y el grado de peligrosidad de cada uno de los productos, debidamente indicado según los iconos estándar.

 Dentro de las posibilidades del mercado, los productos materiales y procedimientos deben garantizar el respeto al medio ambiente (uso de productos reciclables y no contaminantes, uso de procedimientos que minimicen la generación de residuos, etc.).

En todo caso los productos de limpieza a utilizar han de reunir las condiciones que marca la legislación específica.

(9)

MINISTERIO

3.3.2. MATERIALES DE HIGIENE Y ASEO. CONSUMIBLES DE ASEOS.

Dentro de este punto se incluyen los consumibles para aseos o materiales de higiene y aseo, por ejemplo, jabones y celulosas.

Para cada instalación la empresa adjudicataria se hará cargo del suministro de los materiales consumibles de higiene y aseo.

Igualmente será por cuenta del contratista:

El suministro y reposición inmediata en los aseos de:

- Portarrollos y dispensadores de papel, y sustitución de los deteriorados o en mal estado. - Papel higiénico, así como papel y toallitas seca-manos.

- Dosificadores de gel de manos, sustitución de los deteriorados o en mal estado, y del jabón líquido.

- Colocación en los aseos femeninos de contenedores higiénico-sanitarios y su retirada e higienización, con frecuencias programadas según necesidades.

-

Ambientadores bactericidas para W.C. en todos los aseos, recarga y sustitución de los deteriorados.

La empresa adjudicataria será responsable de la colocación y reposición diaria de celulosas y jabones en los dispositivos habilitados al efecto, garantizando en todo momento su existencia. El coste para la TGSS de dicho material estará incluido en el precio de servicio que se utilizará para evaluar la oferta económica.

Los productos químicos de aseo han de presentar las siguientes características:

 Los productos y materiales a utilizar han de estar adecuadamente envasados y llevar impresa la marca correspondiente, deben ser de reconocida calidad.

 Los productos y materiales a utilizar han de llevar impreso, en lugar visible, el procedimiento de uso correcto, modo de aplicación y condiciones de manejo, así como las condiciones de seguridad que le son propias a los envases y grado de peligrosidad de cada uno de los productos, debidamente indicado según los iconos estándar.

 Dentro de las posibilidades del mercado, los productos, materiales y procedimientos deben garantizar el respeto al medio ambiente (uso de productos reciclables y no contaminantes, uso de procedimientos que minimicen la generación de residuos, etc.).

En todo caso los productos han de reunir las condiciones que marca la legislación específica, al igual que los productos de limpieza mencionados en el punto 3.3.1 Productos de limpieza.

En cuanto a las celulosas, han de ser 100% de origen reciclado, preferiblemente eco-etiquetado. Deberán ser limpias y libres de manchas, agujeros, grumos o cualquier material extraño a su composición normal, de doble capa. Podrán ser blancas, de color, con o sin impresión, con o sin aroma.

Igualmente será por cuenta del contratista: El suministro y colocación de bolsas adecuadas y la retirada de viruta de papel de las trituradoras, así como de los productos o residuos depositados en los contendedores habilitados para ello por la Dirección Provincial, para su tratamiento adecuado (reciclado), y sustitución de estos contenedores cuando estén deteriorados.

(10)

4 RECURSOS HUMANOS

4.1. PLANTILLAS OBJETO DE LA PRESENTE CONTRATACIÓN.

Se designará a una persona encargada de la plantilla de trabajadores cuyo cometido será la organización y coordinación del trabajo, de conformidad con lo previsto en la Cláusula 22.9 del Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares.

Una vez adjudicado el contrato, la adjudicataria presentará la plantilla asignada al servicio con especificación de categorías profesionales y jornadas de cada trabajador. A los efectos previstos en el Convenio de Limpieza de Edificios y Locales aplicable según normativa vigente, se acompaña al Pliego de Cláusulas Administrativas Particulares relación innominada del personal que, actualmente, realiza el servicio de limpieza (Anexo 2: Relación de personal).

4.2. PRESENCIA DEL PERSONAL EN LAS INSTALACIONES.

La empresa adjudicataria distribuirá el equipo humano necesario en cada una de las instalaciones objeto del contrato, según las categorías que consideren necesarias para la realización de los diferentes trabajos, de acuerdo a su oferta.

La empresa mantendrá el horario del personal que sea necesario para la realización de los trabajos que se precisen.

Los servicios ordinarios objeto del presente Acuerdo se prestará preferentemente en días laborables, si bien cuando un edificio o local permanezca cerrado, podrá resolverse la no prestación del servicio en estas instalaciones, adecuándose y reduciéndose conforme a los periodos de actividad en las mismas. El horario será preferentemente en horario de oficina.

El personal destinado a la prestación del servicio, deberá cumplir las funciones y horarios propuestos por la empresa, siendo la misma la responsable del cumplimiento y control de presencia física de los trabajadores, con el apoyo del responsable del servicio en las instalaciones de la TGSS.

En el periodo de vacaciones la empresa adjudicataria organizará las mismas teniendo en cuenta las necesidades de cada instalación, de acuerdo con el plan de trabajo definido en su oferta.

4.3. VESTUARIO

Será obligación del adjudicatario uniformar adecuadamente y dotar de los elementos de seguridad necesarios a todo el personal de trabajo de acuerdo con la normativa vigente de Prevención de Riesgos Laborales. En el uniforme debe figurar una marca, logo o etiqueta que permita identificar a la empresa adjudicataria.

4.4. PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES

La empresa adjudicataria que desarrolle el servicio de limpieza de la instalación, deberá ajustarse a lo concretado en materia de Prevención de Riesgos Laborales, tal y como dispone la norma general, Ley 31/1995, de 8 de Noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y el Capítulo III del Real Decreto 171/2004, sobre las siguientes materias:

 Planificación de la prevención en riesgos y salud laborales, así como la evaluación periódica de la misma.

 Ordenación de un conjunto coherente y general de medidas preventivas y control de la efectividad de las mismas.

(11)

MINISTERIO

participación, comunicación, formación e información sobre materia de riesgos laborales.

 Asimismo, se tendrán en buena cuenta las directivas europeas que tienen un claro carácter armonizador de la variada legislación existente en los países comunitarios, y en especial la Directiva del Consejo 8913911CEE, de 12 de Junio, relativa a la aplicación de las medidas para promover la mejora de la seguridad y de la salud de los trabajadores en el trabajo. En el seno de la Unión Europea, ésta es considerada como marco normativo, y según la cual “la prevención se planificará desde la misma concepción del proceso productivo, el diseño de los puestos de trabajo y la organización y métodos del propio trabajo, adaptándolo a la persona y procurando sustituir lo peligroso por lo que no sea o entrañe menor riesgos. Se antepondrán las medidas de protección colectiva a las de protección individual”.

 La empresa adjudicataria realizará el control de accidentes.

 La empresa adjudicataria efectuará reconocimientos médicos a sus trabajadores de acuerdo a las disposiciones legales vigentes.

 La empresa adjudicataria adoptará las medidas necesarias para utilizar cualquier máquina, aparato, instrumento o instalación durante el desempeño del trabajo. La empresa asimismo facilitará los EPIs, así como instruirá a los empleados en el uso de los mismos.

 El contratista designará un trabajador por instalación que se encargue de la Prevención durante el tiempo de vigencia de los

La empresa adjudicataria también deberá aportar el Plan de Prevención de Riesgos laborales específico para este contrato adecuado a cada una de las instalaciones, en el plazo de un mes desde el comienzo del mismo, y establecer la formación adecuada a las tareas del personal asignado. En él especificará los riesgos y medidas planificadas para evitarlos. Dicho plan se entregará al técnico de Prevención de Riesgos laborales de la TGSS y contendrá al menos los siguientes datos y documentación:

– Modelo de organización preventiva adoptado y personas de contacto, a efectos de coordinación de actividades empresariales. Se aportarán los datos de contacto de dicha persona.

– Relación nominal de los trabajadores, así como el horario de permanencia de dichos trabajadores en el centro.

– Información sobre los riesgos que la realización de las actividades contratadas pueden generar a los trabajadores propios de los centros de trabajo y/o a los de otras empresas que concurran en el mismo.

– Justificación documental de haber realizado la evaluación de riesgos laborales de la actividad a desarrollar y, si procede, planificación de actividades preventivas según los riesgos detectados en la evaluación.

– Acreditación de que los trabajadores han recibido la información y formación necesaria tanto sobre los riesgos de su puesto de trabajo y las medidas preventivas a adoptar, así como la formación o capacitación específica para la actividad a desarrollar, si así está estipulado reglamentariamente.

– Si procede, relación de Equipos de Protección Individual (EPIs) puestos a disposición de los trabajadores, así como acreditación de que éstos los han recibido junto con la información y formación necesaria para su correcta utilización.

– Relación nominal de los trabajadores que han efectuado reconocimiento médico y su aptitud para el trabajo a realizar.

– Existencia, en su caso, de personal especialmente sensible para las actividades contratadas, de acuerdo con los artículos 25 y 26 de Prevención de Riesgos Laborales.

(12)

Por otra parte los responsables del servicio de la TGSS deberán comunicar a los supervisores o personas encargadas del servicio de la empresa adjudicataria para que éste lo traslade a sus trabajadores:

 Los riesgos derivados de las instalaciones y actividades que se realizan en los centros de trabajo que puedan afectar a los trabajadores de la empresa contratada y, en su caso, las medidas de prevención que se pueden adoptar.

 Las instrucciones de actuación en un caso de emergencia.

5 COORDINACIÓN DEL SERVICIO Y SEGUIMIENTO DEL CONTRATO

5.1 COORDINACIÓN DEL SERVICIO

La empresa adjudicataria dispondrá durante la ejecución del presente contrato del personal que a continuación se indica y con las siguientes funciones:

Delegado o coordinador técnico

Tal como se establece en el apartado 22.9 del Pliego de cláusulas administrativas particulares, el contratista deberá designar al menos un coordinador técnico, que será el encargado de llevar a cabo la dirección de los servicios e impartir las instrucciones de trabajo al personal que emplee en la ejecución del contrato.

Encargados del servicio en cada centro:

– Las personas encargadas de la instalación o supervisores por parte de la empresa, sean o no, personal de limpieza, deberán conocer las instalaciones y las condiciones y características en las que se desenvuelve el servicio de limpieza

– Deberán cumplir y controlar las prioridades asignadas al personal de limpieza, especialmente de acuerdo al plan de trabajo.

– Aplicar las acciones correctivas necesarias para solventar los problemas detectados de falta de limpieza o limpieza no adecuada.

– Aplicar las medidas necesarias para la correcta aplicación del Plan de Prevención de Riesgos Laborales de la empresa.

– Coordinar las tareas, horarios y presencia del personal a su cargo. Por lo tanto serán los puntos de contactos de los trabajadores de limpieza.

– Gestionar las existencias de material, para que en todo momento se disponga de materiales y productos. Deberán recopilar información mensual sobre cantidades de consumo de productos de limpieza y material de aseo. Posteriormente han de procurar la optimización del consumo manteniendo los estándares de limpieza.

– Revisar cada mes el servicio realizado informando de las incidencias ocurridas en el periodo al delegado del contratista.

– Proponer variaciones, modificaciones, etc… relativas al contrato o al personal siempre que sean necesarias, remitiéndolas, en su momento, al responsable del contrato de la TGSS para su aprobación.

– Realizar en cada instalación los Informes o actas de control de calidad durante la vigencia del contrato.

(13)

MINISTERIO

5.2 CONTROL DE LA EJECUCIÓN

El personal del servicio de limpieza deberá encontrarse en el lugar de trabajo asignado durante el horario establecido. La empresa adjudicataria controlará la presencia física y la hora de entrada y salida de los trabajadores, a través del supervisor en cada instalación (empresa).

El adjudicatario responderá ante el responsable del contrato (TGSS), de las incidencias que surjan durante la prestación del servicio de limpieza en cada una de las instalaciones afectadas por el contrato, así como la falta de suplencias o cualquier otra deficiencia que impida el correcto desarrollo de lo establecido en este contrato.

El responsable del contrato, (TGSS) podrá solicitar de forma motivada la sustitución de personal de la empresa adjudicataria.

5.3 SISTEMA DE CONTROL DE CALIDAD

Sin perjuicio de los mecanismos que pueda establecer cada instalación para garantizar la correcta prestación del servicio, se establecerá un sistema de control de calidad para identificar la calidad del servicio de limpieza e inspeccionar los materiales o equipos utilizados. El órgano de contratación se reserva el derecho de participar en las pruebas, ensayos y demás comprobaciones que realice el contratista, limitándose a supervisarlas, sin que en ningún caso estas actuaciones exoneren de su responsabilidad al contratista, sea cual fuere el resultado de las mismas.

La TGSS, si lo estima conveniente, podrá inspeccionar los trabajos de limpieza, tanto durante su ejecución como a su terminación, a fin de:

 Comprobar que se encuentra trabajando el mismo número de operarios previstos en el plan de trabajo presentado por la adjudicataria.

 Comprobar que los productos utilizados son los aceptados por la TGSS y que se emplean en la forma adecuada.

 Comprobar el correcto funcionamiento de las máquinas precisas para la ejecución del trabajo.  Comprobar que la calidad final obtenida corresponde, como mínimo, a lo exigido en el Pliego de

Prescripciones Técnicas.

Del resultado de la inspección podrá levantarse un Acta que firmarán los respectivos representantes de la adjudicataria y de la TGSS. Siempre se levantará un Acta cuando el resultado de la inspección sea negativo.

6 NORMAS DE SEGURIDAD Y CONTROL

Todo el personal que, por parte del adjudicatario, intervenga en los trabajos de limpieza, deberá someterse a las normas de seguridad, control y régimen interior de las instalaciones de tal forma que:

 Durante el periodo comprendido entre la adjudicación y la firma del contrato la empresa adjudicataria entregará al responsable del contrato de la TGSS, la relación nominal del personal a su servicio, con los respectivos D.N.I., lugares y horarios de trabajo, a fin de que quede constancia de la distribución horaria y de zonas de trabajo. Dicha relación deberá ser autorizada por el responsable del contrato de la TGSS.

 Cualquier propuesta de modificación que consolide un cambio definitivo o provisional de la persona asignada inicialmente, deberá hacerse por escrito, y con anterioridad a dicha modificación con el fin de recibir la correspondiente autorización por parte del responsable del contrato de la TGSS. Estos cambios se justificarán debidamente.

(14)

 La empresa adjudicataria deberá presentar por escrito cualquier propuesta de cambio de los planes de trabajo previstos para la instalación, que deberá ser al responsable del contrato para su autorización.

Todo el personal empleado en los trabajos será considerado como perteneciente exclusivamente a la plantilla del contratista, quedando eximida la Administración de toda responsabilidad laboral al respecto.

El personal del contratista deberá encontrarse debidamente asegurado según la Legislación Laboral Vigente.

7 MEDIO AMBIENTE

El servicio de limpieza que se menciona en este pliego ha de ser respetuoso con el entorno.

El adjudicatario se compromete a cumplir estrictamente la normativa del sistema de gestión medioambiental vigente y aquella que en un futuro pueda dictarse dentro del mismo ámbito, como ampliación, desarrollo o actualización del citado sistema; consecuentemente se atenderá a todas las directrices que en tal sentido formule la TGSS.

El adjudicatario se compromete a:

 Promover el ahorro de recursos naturales (agua, luz, etc.)

 Limitar la aplicación de productos especialmente tóxicos o ambientalmente problemáticas.  Identificar y corregir consumos excesivos

 Realizar formación continua del personal para garantizar una correcta manipulación, dosificación y uso de los productos de limpieza y maquinaria, así como de los procedimientos de limpieza y gestión de residuos.

 Utilizar maquinaria respetuosa con el medio ambiente y la salud laboral

 Reducir la generación de residuos durante el servicio y hacer una correcta gestión de los mismos, respetando la recogida selectiva existente en la instalación

 Utilizar productos que no dañen el ambiente y de productos reciclados, según se ha mencionado en 3.3 Productos de limpieza.

El adjudicatario deberá poner, sin coste económico adicional para la TGSS, los medios necesarios para la retirada, y traslado al punto limpio y almacenamiento selectivo de los residuos que se generen como consecuencia de la ejecución del servicio. Todos los residuos retirados deberán ser manipulados y gestionados de conformidad con lo dispuesto en la Ley 10/1998.

La empresa adjudicataria contemplará en estricto cumplimiento de los requisitos medioambientales legales que le aplican. En todo caso, la mencionada empresa será responsable de cualquier incumplimiento legal que se pueda derivar de la mala gestión de los residuos peligrosos.

En caso de incumplimientos de la normativa legal o requisitos medioambientales por parte de la empresa adjudicataria, la TGSS ostenta el derecho de adoptar las medidas adecuadas para resolver dicha situación, en función de la reiteración o gravedad de la infracción, a cuyo efecto un incumplimiento de la normativa legal, requisitos medioambientales o de cláusulas medioambientales del presente contrato, serán considerados como infracción grave. La empresa adjudicataria estará obligada a asumir los costes derivados de las acciones de control, mediación, gestión, prevención y corrección, originados por los citados incumplimientos.

(15)

MINISTERIO

La TGSS podrá efectuar inspecciones sobre los aspectos medioambientales de las actividades a realizar, al inicio de los trabajos, al finalizar y de carácter súbito durante el desarrollo de los mismos, debiendo la empresa adjudicataria facilitar las labores al personal encargado de realizar la inspección. Queda prohibido realizar cualquier vertido o abandono de residuos en lugares no habilitados para ello. La empresa adjudicataria está obligada a la recogida y gestión de sus RTP (Residuos Tóxicos Peligrosos). Queda terminantemente prohibida la mezcla entre RTP de distinta naturaleza y la dilución de residuos líquidos calificados RTP con agua o con cualquier otro efluente para su vertido.

Cuando se vaya a realizar algún trabajo que lleve aparejado el riesgo de vertido, derrame o salpicaduras o cuando trabaje con RTP, se tomarán las medidas precisas para impedir su incorporación al medio o a la red de drenajes.

La empresa adjudicataria tendrá la obligación de gestionar a su costa todos sus residuos especiales y/o peligrosos de forma independiente y siempre de acuerdo con la legislación vigente. La TGSS podrá solicitar a la empresa adjudicataria una copia de los documentos de control y seguimientos de sus residuos peligrosos o cualquier otra información que se considere oportuna referida a los mismos. La empresa adjudicataria arbitrará las advertencias o instrucciones especiales respecto de la señalización e identificación de los contenedores de almacenamiento. El adjudicatario presentará las certificaciones de las que disponga la empresa que acrediten el cumplimiento de la legislación y la ejecución del servicio con buenas prácticas ambientales.

8.- OTROS

En lo que se refiere a los servicios periódicos, el contratista estará obligado a entregar mensualmente a la Dirección Provincial (Sección de Contratación Administrativa y Régimen Interior), sellados y visados por la Unidad correspondiente de cada centro, los partes de trabajo que acrediten el cumplimiento de las tareas detalladas en el punto 3 del presente Pliego.

APROBACIÓN:

Visto el presente Pliego de Prescripciones Técnicas correspondiente al procedimiento abierto nº 14000312 para la contratación del “servicio de limpieza en la sede de la Dirección Provincial de la Tesorería General de la Seguridad Social de Alicante y sus Administraciones” para el período del 1 de abril de 2015 al 30 de junio de 2016, este órgano de contratación da su aprobación, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 116.1 del texto refundido de la Ley de Contratos del Sector Público.

Alicante, a 4 de diciembre de 2014 LA DIRECTORA PROVINCIAL,

(16)

ANEXO I

CENTRO DIRECCIÓN POBLACIÓN

CÓDIGO POSTAL

Dirección Provincial C/ Enriqueta Ortega, 2 03005 - Alicante

Administración 03/03 C/ Ingeniero Vilaplana nº 22 03803 - Alcoy

Administración 03/04 Avda. L’Aigüera nº 1 accesorio 03500 - Benidorm

Administración 03/06 C/ Ramón Gorgé nº 5 03600 - Elda

Administración 03/07 Paseo del Saladar nº 41 03700 - Denia

Administración 03/08 Avda. de Santa Pola, 1 03203 - Elche

Administración 03/09 C/ Obispo Rocamora nº 43 03300 - Orihuela

Oficina de la S. Social C/ Mayor nº 3 03002 - Alicante

Oficina de la S. Social C/ Urbano Arregui nº 8 03185 - Torrevieja

Archivo-nave C/ Fortuny, 8 03009 - Alicante

Local * C/ Berenguer de Marquina, 7 03004 - Alicante

Local * C/ Angel Lozano, 12 03001 - Alicante

Local * C/ Médico Pascual Pérez, 28-30 03001 - Alicante

Local * Plaza San Antonio, 3 03004 - Alicante

Local * Avda. de Ifach nº 9 03710- Calpe

Referencias

Documento similar