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Estatutos de la Sociedad de Estudios Templarios Soberana Orden Ecuestre

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Academic year: 2021

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“Al principio no fueron más que 9… y durante 9 años se vistieron con ropas seculares… y como no

tenían iglesia ni lugar en que habitar… el rey les alojó en su palacio…”

Jacobo de Vitry. Obispo de Acre.

Toda Orden religiosa, monástica, ecuestre, caballeresca, etc. Fraternidad o Asociación, tiene su modelo de estatutos propios, que se ajustan o adaptan a las necesidades actuales o un formato establecido y aprobado con anterioridad, por alguna institución o autoridad competente. Por tanto, luego de consultar y analizar varios ejemplos, determinamos y aprobamos la estructura y el modelo a seguir, para la confección de nuestros ESTATUTOS FUNDACIONALES.

El Capítulo Templario en Cuba, se constituye como una Sociedad de Estudios Templarios, con carácter vitalicio. Este proyecto se concibió en 2019, en medio de la situación pandémica internacional ocasionada por el COVID-19. En 2020 comienza la preparación de su documentación, para el proceso de reconocimiento por parte del o de los órganos competentes del estado, en base a nuestra Constitución de la República, como Sociedad o Asociación Fraternal de acuerdo a las leyes establecidas.

Nos erigimos como una Cofradía u Orden Soberana bajo los preceptos y prerrogativas que nos impone o permite la ley en nuestra nación. Para hacer el bien y agrupar entre nos, a personas humildes, íntegras, responsables, que saben o desean llevar una vida inteligente y austera en medio de la situación actual, evitando el estrés y las malas costumbres, y las modas. Los malos hábitos y los vicios.

Tenemos derecho a organizarnos jerárquicamente para dirigir y reconocer el esfuerzo realizado por nuestros hermanos, y de otorgar los cargos y diplomas, por méritos y resultados. No estamos jugando a ser caballeros y templarios. Sino que sentimos el temple en nuestro interior, y elegimos este camino para nuestras vidas.

La SOET no reúne o agrupa otras órdenes, sino que admite o acepta miembros afiliados a estas. Somos una Sociedad de estudios e investigaciones, no una agrupación o asamblea de organizaciones templarias. Debemos señalar la SOET tiene una clara vinculación y comunicación con otras organizaciones hermanas, que siguen la línea caballeresca y cristiana en el mundo. Sobre todo, con la AIT.1

El Temple es la máxima expresión de la cristiandad, y representa, en todo momento y lugar, a toda la humanidad. No defendemos un solo credo, pero tenemos una sola bandera. Y una sola fe. Seguir el camino trazado por nuestros ancestros, en la búsqueda de la verdad y el amor fraterno que nos legaron los primeros hermanos fundadores, y las enseñanzas que nos hacen merecedores de ser hijos de dios.

Como fraternidad, fomentamos el estudio y el crecimiento espiritual, individual y colectivo, y esto genera valores, pero no somos masones. No buscamos y no tenemos por qué parecernos a la masonería. Aunque, respetamos todo credo y religión. Nos consideramos verdaderos cristianos y templarios. Buscamos la unidad. El conocimiento ancestral. Amamos la historia universal. La paz y la fraternidad entre los pueblos y organizaciones.

Si te gusta el silencio y no el hablar a gritos o el escándalo que hacen los demás, incluso cuando escuchan su música o la televisión. Si te gusta leer y aprender, meditar y no perder tu tiempo en las banalidades que se distraen otros. Si eres de los que luchan toda la vida y no se rinden. Si te importa crecer y enriquecer tu lado espiritual. Si te identificas con los pobres y con los humildes. Entonces, esta es tu casa. Somos tus hermanos de siempre.

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Nuestro señor ha dispuesto que tengas esta experiencia, que conozcas los nuevos guerreros y soldados de la blanca milicia del temple, que hay esparcidos por todo el mundo. Trabajando por un futuro mejor y llevando este mensaje a toda la humanidad. Comprometidos con la Orden, y reuniendo a los elegidos para mayor gloria de dios. En definitiva, TEMPLECUBA es un grupo de personas con intereses afines e inclinación por el mundo espiritual. Aunque somos parte de la sociedad, del mundo, de la materia, buscamos el conocimiento a través de la investigación y el crecimiento individual y colectivo.

Somos un grupo de estudio, donde las mujeres y hombres que lo integran comparten un interés común. El amor por la lectura, el conocimiento, la historia. Somos muchos en todo el mundo y aquí cada día somos más. Pero hay que tener en cuenta que buscamos calidad, no cantidad.

No somos perfectos, sino que buscamos mejorarnos cada día y trabajar unidos por el mejoramiento humano, partiendo de nosotros mismos como Sociedad o Asociación de carácter caballeresco. Nos une el amor o la admiración por el Temple, y los mejores valores y saberes místicos o esotéricos que nos legaron nuestros antecesores. La Orden del Temple va más allá de lo que cuentan, y es más que un cuerpo de guerreros, monjes o santos, que participaron en las Cruzadas Medievales.

La SOET y el Capítulo Templario en su conjunto, convocan a todos los interesados en formar parte de nuestra Hermandad, para lo cual deben hacer una solicitud por escrito y enviar una foto de su carnet o documento de identidad permanente, y una foto (tipo carnet) actualizada, en formato digital.

Todo aquel que desee y reúna los requisitos, es decir, compromiso y conocimientos, podrá ser investido en su momento, previa coordinación con las otras órdenes que realizan ceremonias o actos de cruzamiento y rituales caballerescos. Y que se puedan llevar a cabo en nuestra nación.

Si está de acuerdo con todo esto, le enviaremos los documentos previos y temas de estudio que deberá conocer, y luego recibirá la respuesta oportuna si tiene dudas o desea formular alguna pregunta adicional o hacer sugerencias.

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Estatutos de la Sociedad de Estudios Templarios

Soberana Orden Ecuestre

TITULO I. DENOMINACIÓN. NATURALEZA. SEDE Y ÁMBITO TERRITORIAL ORÍGENES HISTÓRICOS. LEGADO ESPIRITUAL

La Sociedad de Estudios Templarios, por sus siglas, SOET o Soberana Orden Ecuestre, conocida en internet como TEMPLECUBA, es una fraternidad con carisma de Orden caballeresca, que se inspira en la disciplina, religiosidad, valores humanos, humildad, búsqueda del conocimiento y longevidad, de la antigua Orden del Temple. También llamados los pobres caballeros de Cristo del Templo de Jerusalén.

Su regente o representante, no asume el título de Gran Maestre o Gran Prior/Comendador, como sucede con las demás órdenes o asociaciones que operan en el mundo. Sino que forma parte de un Consejo de 9 miembros fundadores, llamado así de esta manera: el Consejo de los 9. Siendo alguno de carácter privado a solicitud personal y por voluntad propia, para preservar su identidad.

De ahí nuestro más sincero deseo de honrar la memoria de aquellos hermanos que consagraron sus vidas a un propósito mayor y un ideal que va más allá del entendimiento y la razón actuales, y de su misión como defensores de los peregrinos que acudían a la Ciudad Santa: ser custodios de un saber antiquísimo, de reliquias sagradas, y de lugares santos. De ahí nuestro infinito amor por la sabiduría y el padre eterno y verdadero, de toda luz o emanación divina.

Como Sociedad o Asociación de carácter público, también es privada, por el hecho de haberse constituido por la iniciativa de sus fundadores, y no por designio y/o interés del Estado y/o alguna autoridad en el ámbito de la política, la religión, la cultura o la educación. Cuba, como estado laico, posee autonomía en todos esos aspectos, así como nuestra Asociación, basándonos en los artículos: 15, 56, 572 de la ley constitucional. Como templarios,

respetamos la jerarquía y estructura de nuestros líderes, las leyes y las disposiciones que se emiten, por la máxima dirección de nuestra organización y de la nación.

En tanto que no tenemos una sede oficial, nos reuniremos de manera temporal en cualquier residencia que ocupen sus miembros, con el consentimiento de estos. La gestión y/o construcción de una edificación para los fines previstos en este reglamento, se encuentra limitada por la carencia de fondos monetarios y de materiales, además de la autorización para adquirir un terreno y obtener su titulación.

Como no tenemos lugar de reunión oficial, hasta el día de hoy, podemos realizar reuniones o capítulos en cualquier hogar de la nación, con la previa invitación de su anfitrión. Los gastos van por cuenta nuestra, o sea, de cada cual. Mientras que la Asociación no cuente con fondos para sufragar los gastos de sus actividades. La misma tiene carácter vitalicio desde su fundación.

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A nuestra organización le interesa la dimensión espiritual del ser humano y su modo de actuar, basado en una forma de vida asceta y austera.3

TEMPLECUBA es un grupo de personas con intereses afines e inclinación por el mundo espiritual. Aunque somos parte de la sociedad, del mundo, de la materia, buscamos el conocimiento profundo a través de la investigación y el crecimiento individual y colectivo.

Estimulamos todo crecimiento humano, siempre que se respete nuestra visión y puntos de vista compartidos. Nuestro fin es puramente investigativo, de estudio constante y superación. Búsqueda de conocimiento y fraternidad entre los miembros.

Luego de conocer y profundizar en la historia oficial de la Orden del Temple, nos adentramos en el estudio de otras órdenes, culturas antiguas, y religiones. No mezclamos la política con nuestra labor social. No alentaremos ni se permitirán campañas que atenten o vayan en contra del Orden establecido, la seguridad ciudadana, y el sistema político económico de la nación.

Aunque nos caracterizamos por ser una Sociedad Investigativa, más que una Asociación Caritativa, ayudamos a nuestros miembros en la medida que lo permitan nuestros ingresos, y brindamos ayuda en todos los ámbitos posibles a otras personas.

Nuestros objetivos son claros, y nuestra forma de actuar también. Como lo prescribe el presente manifiesto y estatuto. Nada hay fuera de este que deba ser revelado y todo lo que concebimos se encuentra en él. Solo basta leer y analizar con mente positiva lo que expresamos o exponemos aquí.

No hay más que buscar. Aunque pueden sugerir o proponer lo que suponen pueda sernos de utilidad o ayuda, para llevar a efecto nuestra labor investigativa, el crecimiento espiritual individual, y colectivo, lejos del prisma o la ideología de una sola persona u organización.

TITULO III. MIEMBROS O ASOCIADOS. DEBERES Y DERECHOS. SUSPENSIÓN Y EXPULSIÓN Para ingresar deben llenar el siguiente formulario: templecuba.simplesite.com

O contactar por la vía de WhatsApp al número (53) 52 83 82 31

Enviar una foto de su carnet o documento de identidad permanente, y una foto en formato digital (tipo carnet) a nuestra dirección de correo: templecuba@gmail.com

Conocer nuestro sitio en internet: templecuba.site123.me Ser mayor de edad y persona de buenas costumbres

Inclinación por el estudio y la investigación, la lectura, la historia, el mundo antiguo y medieval INGRESOS

No tenemos cuotas o pagos. No exigimos dádivas o prebendas. No se requiere cuota o cotización por la membresía, pero aceptamos cualquier donación o transferencia bancaria para la formación de fondos. Estos serán destinados, con el consentimiento de todos los miembros, para la realización de actividades afines y reuniones, impresión de documentos, etc.

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Cualquier organización que se respete debe tener autonomía económica y esta solo puede lograrse con el apoyo desinteresado de todos los miembros. A menos que posea una vasta extensión territorial y bienes inmuebles, como la antigua Orden medieval obtuvo de todas las donaciones que recibió en sus inicios.

LOS MIEMBROS

No puede ser miembro profeso de nuestra Orden el que no se compromete y no siente por esta, aunque pertenezca a otra Organización o Asociación.

Nuestros miembros pueden pertenecer a organizaciones de cualquier índole, siempre que se cumpla con el estatuto y requisitos previos de ingreso. No se prohíbe a nadie militar en otras instituciones y/o ser parte de proyectos y grupos con fines lícitos y encaminados para hacer el bien individual y colectivo.

Aunque somos hombres y mujeres humildes, de orígenes diversos en cuanto a procedencia social o credo, tenemos en Jesús el paradigma de hombre piadoso, recto y justo, defensor de los derechos de la mujer y de lo femenino, y como hijos de dios que decimos ser, por nuestra alma inmortal. Por cuanto necesitamos ese acercamiento a la divinidad que se encuentra no solo en la fe, sino en sus enseñanzas originales y sin alteración. EL CARNET Y DIPLOMA

Comenzamos con un diseño austero de color negro. En campo de sable un pendón bifurcado con la cruz de gules en campo de plata. Al margen izquierdo. Este color negro simboliza la iniciación. El inicio del camino en la Orden del Temple. Representa el comienzo del caballero seglar que va en busca de la luz. De la sabiduría y el conocimiento ancestral. Así cada hermano que pase por este tránsito y etapa del quinto al cuarto nivel, en nuestro sistema de grados, podrá experimentar la transformación al convertirse en un caballero profeso y miembro oficial de nuestra Orden.

En igual medida y disposición el diseño del carnet o credencial de identificación de la Orden, presenta un tono de color negro por el anverso y blanco por detrás o viceversa. Que simboliza o representa el baussant.

El carnet o credencial de miembro será gestionado por la autoridad de esta, y tendrá un carácter nacional. Su costo de impresión se ajustará a las normas vigentes en el sector privado (PVC). Por lo que cada uno debe aportar el mismo, hasta que la Hermandad cuente con los fondos suficientes.

No se le impone u obliga a ningún miembro que lo posea. Sino que debe regirse por el principio de voluntariedad, cumpliendo los requisitos que implica ser parte de esta Sociedad o grupo de estudio, y poseer un carnet, firmado por su representante, que los identifique ante cualquier situación legal que se le presente y que compete o involucre a la Orden del Temple, en todo el territorio nacional.

Este documento no supone una identificación para las autoridades de la nación, por lo que deben mostrar siempre su carnet de identidad en caso que se requiera. Sin embargo, los avala como personas de bien y ciudadanos integrados a una organización que respeta y cumple las leyes establecidas.

Así como la impresión de su diploma acreditativo, para los miembros profesos. Cada miembro debe imprimir sus diplomas cuando sean enviados en formato digital (PDF).

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Obediencia: compromiso de cumplir con los Estatutos de la Hermandad. Los miembros deben llevar una vida disciplinada, en lo físico y espiritual, desechando las costumbres poco saludables y realizar una adecuada actividad física.

Las indisciplinas y actitudes cuestionables en el actuar de un templario, serán tratadas con la debida atención, y la proposición de medidas a cumplir, dentro de la Hermandad o fuera de esta, en el caso de la suspensión temporal de sus deberes y derechos o la pérdida de su rango, desde un mes hasta un año.

Y en el caso de la expulsión, quedando a disposición del Consejo y su regente, el derecho de exigir la separación definitiva de sus miembros por causas graves, y la invalidez o anulación de sus nombramientos, credenciales y diplomas.

LA SUSPENSIÓN

El regente, podrá suspender a un miembro por las siguientes causas: los Caballeros y las Damas del Temple, y todos los miembros profesos, no se complacen en escuchar a todo volumen, la música urbana o popular. Que molesta y daña el oído propio, y el de los demás. Que es vulgar y obscena, repetitiva y de un bajo nivel educativo. Así como el hablar a gritos o vociferar, dando muestras de una mala educación.

Esto es contrario a las buenas costumbres y principios, y a los fundamentos que rigen la vida de un cristiano, y a los miembros de esta Orden. Por tanto, Ordenamos que todos los interesados en pertenecer a nuestra Hermandad, se guarden de oír esta música, que es lo mismo que el vicio de fumar o de beber. Todo lo cual denigra, empobrece y perjudica la salud, la pureza, y la imagen del ser humano.

Se prohíbe estrictamente, para los miembros profesos de nuestra Hermandad, la ingestión de bebidas alcohólicas, y el mal hábito de fumar, tan extendido en nuestra sociedad. Que es molesto y nocivo para la salud de todos a su alrededor.

LA EXPULSIÓN

La salida o expulsión de un miembro adscrito, que no ha sido incorporado definitivamente, se rige por los estatutos y esta misma regla. En caso de grave escándalo que amenace a la Orden, este miembro puede ser expulsado inmediatamente y en primera instancia por el regente, y si hay demora, por el Comendador provincial, con el consentimiento de este.

Se consideran faltas graves que derivan en la expulsión: Mentir o engañar a los representantes legales de la Orden, sobre su condición o militancia y participación en otras órdenes, sectas, organizaciones y asociaciones, cuyo carácter, objetivos y programa, contradigan la doctrina y las enseñanzas de nuestra Hermandad.

Realizar actividades o publicar, divulgar, editar, emitir, anunciar, comunicar, generar o promulgar, falsos rumores o informaciones de carácter esencial, trascendental, indispensable, valioso y significativo, que puedan perjudicar, deteriorar, lesionar o afectar, la imagen de Nuestra Orden, y de sus miembros.

Infringir, vulnerar, quebrantar, incumplir u oponerse, a las orientaciones, disposición, instrucción, directriz o indicación, emitidas, aprobadas y autorizadas, por los representantes legales, el Capítulo y el Consejo de la Orden. Otras de similar naturaleza y que vayan en contra de la buena voluntad, iniciativa, anhelo, afán, propósitos y deseos de mantener, proteger, conservar, desarrollar y perfeccionar, el trabajo, prestigio, autoridad, importancia,

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nombradía, popularidad, predicamento, prominencia, respeto, y la existencia de nuestra Hermandad en la región, provincia y nación.

LA ESTRUCTURA INTERNA

Nuestra Sociedad o Asociación contará además con una estructura especializada, donde cada miembro, según su profesión y nivel académico, será juez y parte de nuestra labor en cada aspecto que se analice.

Comisión médica, para los médicos y técnicos del sector de la salud.

Comisión económica, para los contadores y funcionarios del sistema bancario de la nación. Comisión examinadora, para los profesores y técnicos del sector educacional.

Comisión disciplinaria, paramilitares y miembros de las fuerzas armadas. Asuntos internos, auditores y funcionarios de control interno.

Asuntos legales, juristas y miembros de este sector. TITULO IV. DISTINTIVOS. IMÁGENES TITULARES

El escudo de la Asociación se presenta como un manto de gules con la imagen de un templo (del mismo color) en su parte superior, y está orlado por dos estandartes (uno a cada lado) con una cruz roja sobre campo de plata. En su interior y centro, una cruz octogonal de gules cargada con un escudo cuartelado: (1® una cruz patee de gules sobre campo de plata. 2® sobre campo de sable la letra T. 3® una cruz patee de gules sobre campo de plata. 4® sobre campo de sable la letra C). Seguido por dos tenantes (caballeros) delimitando la Isla de Cuba, donde tiene su rango de actuación nuestra Hermandad. Debajo, las siglas en rojo y mayúsculas TEMPLECUBA.

Podemos usar pendones horizontales, y el estandarte con el escudo de la Orden o Asociación sobre campo de plata. Se llama pendón a la divisa o insignia que tienen las cofradías para guiar las procesiones. Estos pueden colgar también de una asta horizontal que a su vez cuelga del mástil vertical, como los confalones. El paño suele estar rematado en dos puntas con sus borlas.

LOS GRADOS

Nuestro sistema de grados y rangos está estructurado de manera que los miembros puedan identificar a los que tienen la responsabilidad y el deber de organizar cada tarea o actividad, y trabajar por el mejoramiento de la Hermandad.

El regente, debe usar como insignia de su rango, un anillo con el sello de la Orden. Este puede ser personalizado, con el escudo de la SOET o el sello que usaron nuestros hermanos: dos jinetes sobre una montura, en representación de la pobreza y humildad o la dualidad de monjes y guerreros, etc.

El regente, puede usar 3 cruces rojas patee, al cuello del manto, que significan los 3 votos sagrados tomados por nuestros hermanos fundadores, y el ejemplo a seguir por las generaciones de caballeros y damas del temple. Sus oficiales usarán de 1 a 2 cruces en igual disposición y lugar, según su rango.

Será insignia y rango del regente, 3 estrellas de 5 puntas, surmontadas en el sello de la hermandad, alineadas y con un tamaño de hasta 1 cm. Igual como sigue para sus oficiales: 2 estrellas, para el Maestro de Ceremonias. 1

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estrella, para el Canciller Secretario. 3 estrellas de sable para el Senescal. 2 estrellas de sable para el Consejero (Mariscales). 1 estrella de sable para el Comendador (Preceptores). Cada una representa las regiones o provincias que están bajo su rango de actuación.

El sello de la hermandad se llevará impreso en pulóver o blusa de mangas, para todos los miembros de la Asociación. Centrado (o en el pectoral izquierdo, si tiene cuello).

El escudo se llevará impreso en el hombro derecho del manto blanco, si en el izquierdo está la cruz octogonal o patee de gules, para los caballeros y las damas investidas.

EL VESTUARIO

La vestimenta de ceremonia o investidura es un manto blanco, túnica y sobrevesta del mismo color, con una cruz patee u octogonal de gules. De manera excepcional podemos usar mantos negros, con la venia del regente y según proceda por el rango y cargo.

Los miembros profesos vestirán acorde a sus posibilidades económicas, pero con austeridad. Recomendamos usar en las ceremonias, pulóver blanco, rojo, negro, con pantalón negro de corte recto, no ajustado, con zapatos de tacón bajo. El que no posea esta, debe informar al regente, para que le autorice otra vestimenta o se busque una solución alterna, en ese caso.

Evitar los adornos superfluos: collares o cadenas en exceso de cantidad y tamaño, pircing y anillos que difieren de los que usamos o ajenos a la Orden del Temple Moderno. Siendo de entender que esas cosas no tienen nada que ver con el espíritu que les inculcamos.

Quien quiera usarlas, debe hacerlo fuera de nuestra Sede o Capítulo, y esto incluye también a las damas de esta Asociación. Que deben usar en las ceremonias de la Orden, vestidos o faldas de una longitud apropiada, de color entero, con blusa o pulóver de mangas y escote normal.

No somos un club deportivo, ni tenemos plataformas o revistas de modas y/o pasarelas. Para mayor información ponerse en contacto con el regente o los miembros del Consejo de nuestra organización. Pueden preguntar y esclarecer sus dudas en todo momento y lugar.

TITULO V. ÓRGANOS DE GOBIERNO. CARGOS. GRADOS. RANGOS. FUNCIONES. EL CAPÍTULO

El Capítulo general está compuesto por todos los miembros en calidad de damas y caballeros, a partir del cuarto nivel, representado en nuestro sistema de grados y rangos. Sesionará de manera ordinaria una vez anual, y se analizarán y aprobarán los asuntos propuestos para el Orden del día.

Los acuerdos tomados en cada sesión deben ser válidamente aprobados por la mitad más uno de los votos. Se analizará cada punto, y presentaremos las modificaciones que se incluyan en el presente documento, que entrará en vigor a partir de la fecha de su rúbrica y aprobación.

De manera excepcional y por situaciones específicas, el Capítulo general sesionará de forma virtual, por la vía más adecuada que permita o garantice la participación de la mayoría de miembros que pertenezcan a este nivel, y posean el derecho a voz y voto dentro de la Hermandad.

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Para ello se creará un grupo en la plataforma de WhatsApp. El regente, emitirá una convocatoria previa, con varios días de antelación, y procederá en la fecha prevista, a la apertura de la primera sesión dando a conocer el asunto u Orden del día.

El Capítulo general contará con varias sesiones de trabajo, y tendrá una duración de hasta nueve días, para analizar y aprobar cada punto, y tomar los acuerdos que se requieran.

Por Orden y designación del regente, pueden y deben dirigir las sesiones del Capítulo general, los miembros del Consejo nacional con el rango de Consejeros.

Los miembros del Capítulo provincial y Hermanos Comendadores, dirigen las sesiones de su región. Siendo este el segundo Capítulo que se deriva del anterior, y que se ocupa de comprobar el cumplimiento de los acuerdos tomados, y las disposiciones o instrucciones emitidas por el Consejo nacional y el regente.

El Capítulo provincial contará con varias sesiones de trabajo y tendrá una duración de tres días para analizar cada punto y tomar los acuerdos que se requieran. Sesionará de manera ordinaria trimestral, y se analizarán y aprobarán los asuntos propuestos para el Orden del día.

UNIPERSONALES

Los rangos y cargos que se otorgan hoy no tienen validez para ningún estado sino para nuestra institución y para un mejor funcionamiento de nuestra estructura interna. Los cargos en la Hermandad se denominan:

Presidente Vicepresidente Secretario

Nuestro sistema de grados está dividido en niveles o sectores. En el primero, segundo y tercer nivel, se encuentran y ascienden aquellos hermanos que han demostrado su valía, dando a entender que se unieron a la Orden, conscientes de que no somos un grupo de personas que se comunican y/o reúnen para tratar sobre temas banales y carentes de todo interés o rigor histórico.

Esta disposición de cargos y grados puede ser objeto de modificaciones, para un mejor funcionamiento de la Hermandad. Con la venia y beneplácito del regente.

Nivel I. Senescales (pueden ser a título honorífico) y regentes de la Asociación o Hermandad.

El rango de regente se otorgará de forma vitalicia (ad hoc). Es el presidente de la Asociación y representa la Hermandad en la nación, y fuera de esta, en giras o eventos internacionales.

El regente cesa sus funciones en caso de muerte o incapacidad psicológica. En este caso, el Consejo tiene la potestad de elegir y llevar sus propuestas al Capítulo general.

El regente puede y tiene la facultad de elegir a los Consejeros para el rango de Senescal. El rango de Senescal será elegido y removido por el regente, y se otorgará de forma honorífica también a los miembros distinguidos de otras órdenes o asociaciones que lo meriten.

El rango de Senescal es superior en grado al de Consejero, por tanto, se le debe su correspondiente cortesía, pero el Consejo estará subordinado al regente que también forma parte de este.

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Un Senescal es de por vida o por el tiempo que se determine, un alto funcionario, oficial o ayudante personal del regente, según sea el caso, que asciende a su mismo nivel o jerarquía. Por tanto, el Senescal, es como un regente simbólico, pero no forma parte del Consejo, y no toma decisiones sobre este y sus miembros.

Un Senescal debe ser miembro investido por otra Orden, y nombrado por el regente. Un Senescal debe ser miembro investido por nuestra Orden, y nombrado por el regente. En la Hermandad pueden existir hasta 12 miembros con rango de Senescal y 9 Consejeros. Nivel II. Miembros titulares (Consejo Nacional) Consejeros y Maestro de Ceremonias. El Consejo Nacional se compone de 9 miembros fundadores, con el regente.

El Consejo Nacional tiene la función de controlar los asuntos internos relacionados con la Hermandad.

El Consejo Nacional debe crear un grupo de trabajo en una plataforma virtual, donde sesionará su Capítulo en casos excepcionales, cuando por alguna razón no se pueda reunir de manera presencial.

Los miembros del Consejo Nacional serán elegidos y removidos por el regente. Los Consejeros realizan la función de Mariscales y están subordinados al regente.

En la Hermandad pueden existir hasta 9 miembros en el Consejo Nacional y 3 en el Consejo Provincial.

Son hermanos que se comprometen a servir y apoyar a nuestra organización de por vida, y jamás dejar de ser ejemplo ante la sociedad como hombres y mujeres de bien, con mucho celo por el estudio, el trabajo en equipo, y un crecimiento espiritual constante. A pesar de los obstáculos y el esfuerzo cotidiano por sobrevivir en medio de los problemas y carencias materiales.

El Maestro de Ceremonias, es el vicepresidente de la Asociación y la representa en ausencia del regente, dentro de la nación, y fuera de esta, en giras o eventos internacionales. No pertenece al Consejo Nacional, sino que será elegido por el regente y se subordina exclusivamente a este.

El Maestro de Ceremonias, se encarga de organizar y velar que todas las actividades de la Hermandad se realicen como está previsto, y es el máximo responsable de la disciplina en cada una de estas. Cuenta con varios ayudantes para ejercer sus obligaciones.

Nivel III. Miembros adjuntos (Consejo Provincial) Comendadores y Secretarios (Canciller).

Los miembros del Consejo Provincial serán elegidos por el Consejo Nacional. Así como hay 12 senescales y 9 consejeros, habrá 3 comendadores: 1 por cada región (oriente, centro y occidente).

El Consejo Provincial debe crear un grupo de trabajo en una plataforma virtual, donde sesionará su Capítulo en casos excepcionales, cuando por alguna razón no se pueda reunir de manera presencial.

El Consejo Provincial está compuesto por el tesorero, el preceptor y el propio comendador. El tesorero y el preceptor usarán las mismas armas o insignias que los comendadores.

El Comendador es presidente del Consejo Provincial y representa la Hermandad en su región. Dirige el Capítulo Provincial y sus actividades. Se elige o sustituye por acuerdo y aprobación del Consejo Nacional.

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El Preceptor es vicepresidente del Consejo Provincial. Le corresponde la formación y reclutamiento de los nuevos miembros en su región. Su elección y sustitución es Ordenada por el Comendador.

El Tesorero es miembro del Consejo Provincial. Lleva el estado de cuentas y donaciones que recibe la Hermandad en su región, y la ingresa en una cuenta única. Su elección y sustitución es Ordenada por el Comendador. El secretario realiza la función de Canciller. Escribe las memorias y se encarga de reflejar por escrito los acuerdos en cada Ceremonia y todas las actividades que participa. Cuenta con varios ayudantes para ejercer sus obligaciones.

El Canciller no pertenece al Consejo Nacional, sino que será elegido por el regente y se subordina exclusivamente a este. Representa la Hermandad en ausencia del regente, dentro de la nación, y fuera de esta, en giras o eventos internacionales.

Nivel IV. Miembros adscritos (Damas y Caballeros).

Se encuentran en calidad y condición de hermanos o asociados que ingresan por voluntad propia, y que desean seguir nuestras normas y conductas, estudiando e investigando, a la par que trabajan y estudian en la sociedad civil de nuestra nación.

Nivel V. Invitados.

El estatuto es de obligatorio cumplimiento para todos los miembros profesos de la hermandad. No así para los invitados que solicitan su adhesión en busca de conocimientos.

Se afilian a nuestra organización en calidad de invitados, aquellas personas que no desean formar parte de la Hermandad en calidad de miembros profesos, y los que residen fuera de la nación.

Estos hermanos constituyen una fuente de virtudes y conocimientos invaluables, en el mejor de los casos, y representan los más genuinos valores de fraternidad e internacionalismo que nos identifican como pueblo y sociedad. Pueden alcanzar el mérito y distinción de invitados de honor.

TITULO VI. ADMINISTRACION DE BIENES. MODIFICACION DE LOS ESTATUTOS.

La Hermandad puede adquirir, retener, administrar y enajenar bienes temporales para alcanzar sus fines, de acuerdo con las leyes establecidas en la nación.

Ningún miembro de la Cofradía que la abandone o sea expulsado podrá reclamar alguna indemnización financiera, ni solicitar los bienes depositados en ella, a no ser que haya sido establecida por escrito en el momento de su entrega, otra disposición contraria a este artículo.

El Capítulo General aprobará la propuesta de modificación de los Estatutos en la sesión ordinaria o extraordinaria, convocada para tal efecto. Entrará en vigor inmediatamente.

DISPOSICION ESPECIAL

Se crearán varios grupos en las plataformas virtuales de internet para propiciar el diálogo y la comunicación entre los miembros, pero estos no constituyen la Orden o la Hermandad, y su pertenencia o afiliación a los mismos no garantiza la membresía en la fraternidad. Pueden permanecer como invitados, aquellos que no sean elegidos para ascender en rango y cargo. Los tiempos se aceleran. Los objetivos se afianzan. Las decisiones no admiten

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dilación o demora. Es hora de elegir. Solo quien siente que esta es de por vida, su camino y su vocación, será miembro profeso de nuestra Orden. Los elegidos, pueden permanecer en el grupo virtual, y serán notificados de su condición en base a su lealtad y sus conocimientos. Y el interés de estudiar los temas y textos publicados en el sitio web.

DISPOSICION TRANSITORIA

Nos reservamos el derecho de informar sobre la cantidad de miembros activos que tenemos o sus datos personales e identidad. Salvo que lo requiera la autoridad competente, por escrito y de conformidad con la ley vigente y establecida. Solo daremos a conocer los invitados de honor y los miembros fundadores.

DISPOSICIONES FINALES

Se derogan todas las copias que hemos publicado y compartido con anterioridad, sobre la presente y desde la fecha y hora que se aprueba el estatuto vigente.

Se derogan o pierden su validez y vigencia todos aquellos diplomas y nombramientos que se otorgaron antes de la fecha y hora señaladas a continuación.

Firmado en Camagüey 21 de febrero de 2021. Sociedad de Estudios Templarios, TEMPLECUBA, Soberana Orden Ecuestre. Miembro de la Asamblea Internacional Templaria, y del Consejo Ejecutivo Permanente, de la Federación Internacional Templaria, desde el mes de noviembre de 2020.

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SOET (ORDEN DEL TEMPLE) FUNDADORES

NOMBRES 1® APELLIDO 2® APELLIDO RANGO

YASSER LEODAN RODRIGUEZ ACOSTA ✠✠✠

ALEXANDER ACOSTA AZAHARES ✠

EDUVINO RODRIGUEZ MATOS ✠

MARICELIS BACALLAO BROWN ✠

ALEXIS MORALES VILLALBA ✠

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Esquema que muestra la posición de nuestro sistema de grados, sobre el escudo de la SOET. En pulóver de cuello a la izquierda, sobre el pectoral. Podemos usar también el logo de la AIT.

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1

Certificamos y rubricamos que la ORDEN SOET+TC TEMPLECUBA con su Representante, Presidente, Regente, Don YASSER LEODAN RODRIGUEZ ACOSTA, y Vicepresidente, Don EDUVINO RODRIGUEZ MATOS, pertenecen al CONSEJO EJECUTIVO PERMANENTE de la FEDERACIÓN INTERNACIONAL TEMPLARIA (FIT). Con derecho y voto en todas las decisiones que tome dicho Consejo Ejecutivo. Tiene la propiedad de presentar proyectos y enmiendas a los documentos, manifiestos y proyectos de la Federación. Secretario General AIT.

2

ARTÍCULO 15. El Estado reconoce, respeta y garantiza la libertad religiosa. El Estado cubano es laico. En la República de Cuba las instituciones religiosas y asociaciones fraternales están separadas del Estado y todas tienen los mismos derechos y deberes. Las distintas creencias y religiones gozan de igual consideración. ARTÍCULO 56.

Los derechos de reunión, manifestación y Asociación, con fines lícitos y pacíficos, se reconocen por el Estado siempre que se ejerzan con respeto al Orden público y el acatamiento a las preceptivas establecidas en la ley.

ARTÍCULO 57. Toda persona tiene derecho a profesar o no creencias religiosas, a cambiarlas y a practicar la religión de su preferencia, con el debido respeto a las demás y de conformidad con la ley.

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Asceta: Que es sencillo y sin alardes, ni adornos superfluos. Que es estricto en el cumplimiento de las normas morales. Que pretende conseguir (si es posible) la perfección moral y espiritual a través del ascetismo. Ejercicio y práctica de un estilo de vida austero y de renuncia a placeres materiales, con el fin de adquirir unos hábitos que conduzcan a la perfección moral y espiritual. Doctrina que propone alcanzar la perfección moral y espiritual, mediante este estilo de vida.

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AIT Oficial Registrada en el Registro Nacional de Asociaciones Grupo 1 Sección 1 Número 602896 España

REGLAS DE LA ASAMBLEA INTERNACIONAL TEMPLARIA (AIT) REGLA Nº 1

Asamblea Internacional Templaria es una organización unitaria, democrática y trasversal. Que está constituida por hombres y mujeres, mayores de edad que buscan la realización individual de su templo interior desarrollando esta búsqueda por medio de la vía asociativa e iniciática.

REGLA Nº 2

La Asamblea Internacional Templaria no se considera heredera legal de la Orden del Temple, desaparecida en 1312. Única y especialmente recibe el sentimiento espiritual y humanitario de aquellos que ejemplarizaron unos ideales que hoy día perviven en los corazones de todos los miembros de la Asamblea.

REGLA Nº 3

La Asamblea Internacional Templaria basa su creencia en la existencia de Dios, considerado como la Suprema Energía del Universo. Podrán pertenecer a la AIT aquellas personas que creen en un Principio Superior y Ordenador del Universo, al que llamamos Dios. La AIT nace libre e independiente, sin adscripción o sujeción a iglesia alguna. Pero con un concepto muy claro de la dimensión espiritual, de su legado y de la misión que le corresponde.

REGLA Nº 4

La AIT tiene como principios fundamentales la Hermandad y la Solidaridad de los seres humanos. La conjunción y búsqueda de estos valores conducen al Ideal Supremo que es la Hermandad Universal.

REGLA Nº 5

La Asamblea Internacional Templaria tiene como objetivo la unificación de todos los templarios, que trabajan para la unión de todos los templarios, y crear un movimiento a nivel internacional como consecuencia, es crear la Orden del Temple Actual. La Asamblea es y actúa como intermediaria entre cada una de las organizaciones que se han adherido, exponiendo sus conceptos, siendo capaz de ponerlas en contacto para el intercambio de experiencias y/o incluso de proyectos conjuntos.

REGLA Nº 6

La Asamblea Internacional Templaria establece la vía iniciática para el desarrollo espiritual de sus miembros llamados Pobres Caballeros de Cristo, que llevan la cruz en sus logos. Aunque, respeta los sentimientos religiosos y espirituales que sus miembros profesan.

REGLA Nº 7

La Asamblea invita a sus miembros a evitar las discusiones políticas o religiosas en el interior de las encomiendas, mostrando el máximo respeto y tolerancia a esos ideales.

REGLA Nº 8

La Asamblea Internacional Templaria no descansará en la lucha por la Solidaridad Universal. Que une a todos los seres vivos de la tierra. Es decir, la consecución de la llamada Sinarquía.

REGLA Nº 9

Los Templarios están aquí de nuevo para reanimar un mundo que se derrumba, para proponer la proliferación de los ideales del renacimiento sin distinción de religión, sexo, nacionalidad o condición social. Es nuestro deseo que el Temple de la Posmodernidad se constituya por hombres y mujeres de todo origen, capaces de conectar con las esencias por encima de las apariencias, defensores de los derechos humanos y de las libertades individuales y colectivas, admiradores y cuidadores respetuosos de la Naturaleza y del Medio Ambiente, con mentalidad planetaria y universal estrechamente conjuradas para la construcción de una Nueva Civilización.

Referencias

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