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INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL TALLER DE INSTRUMENTOS

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Academic year: 2021

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INSTRUCTIVO PARA EL USO DEL TALLER

DE INSTRUMENTOS

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ELABORADO POR: REVISADO POR: APROBADO POR:

CONTROL DE ACTUALIZACIONES

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ELABORADO POR: REVISADO POR: APROBADO POR:

1. OBJETIVO

Establecer unas instrucciones específicas para el uso, cuidado y mantenimiento del taller de instrumentos y para poder realizar las prácticas debidamente orientadas.

2. ALCANCE

Este documento es principalmente para los estudiantes e instructores, quienes son los que utilizan permanentemente el taller de instrumentos y demás miembros de la comunidad educativa que deseen hacer uso del mismo.

3. RESPONSABLES

Es responsabilidad de los Directivos Académicos (Director y Coordinador Académico) con el apoyo del Coordinador de Talleres y Hangar y los auxiliares de talleres y laboratorios junto con salud ocupacional; velar por el cumplimiento del instructivo, asegurar la implementación, divulgación, entrenamiento, evaluación y actualización de este documento.

4. DEFINICIONES DE LOS ELEMENTOS DEL TALLER O LABORATORIO

Instrumentos: de control de un avión, consisten en una serie de mandos e indicadores, mediante los cuales el piloto, no sólo ejerce un control seguro de la aeronave en caso de no contar con referencia visual exterior (Vuelo Visual), sino que se mantiene informado sobre el resultado de la actuación de aquellos mandos, y pudiendo así desarrollar con ellos un Vuelo por Instrumentos.

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Indicador de actitud: muestra la actitud relación del eje longitudinal del avión con respecto al horizonte natural, es decir: si está girando, si está con el morro levantado, bajado o ambas cosas. Sirve de gran ayuda en condiciones que la visibilidad es poca o nula, con el indicador de actitud se puede saber si se va recto y nivelado. El indicador de actitud, está

compuesto por una figurita que tiene forma de avión, si esa figurita está girada, el avión está girando,

Indicador de rumboo giroscopio direccional, proporciona al piloto la dirección del avión en grados magnéticos. Antiguamente también se usaba la brújula pero ya no actualmente debido a que ésta se ve afectada por las variaciones magnéticas y, si el viento es turbulento, se vuelve aún menos precisa. En cambio, el indicador de rumbo es muy preciso (aunque se ve afectado por la Precesión) y da al piloto una indicación mucho más fácil de interpretar

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Altímetro: da, en pies o en metros, la lectura de la altitud a la cual está volando el avión. En el altímetro hay dos agujas: La pequeña indica los millares y la larga las centenas. Teniendo esto en cuenta, cuando la aguja pequeña se encuentre en los mil pies y la larga en los 300 pies, se vuela a 1300 pies. Algunos aviones tienen una aguja más que indica las décimas, pero la mayoría de aviones ligeros tienen las dos agujas con forma de punta.

5. DESCRIPCIÓN

El instructivo debe ejecutarse cada vez que se utilice el Taller de instrumentos para la realización de prácticas o clase teórica. A continuación se hará una descripción de los elementos con los que cuenta el taller y las instrucciones básicas que debe seguir tanto el instructor, el estudiante y demás miembros de la comunidad educativa:

a. El Taller de instrumentos está compuesto por varios instrumentos que no están en uso de un avión solo sirven de instrucción como el altímetro, velocímetro, horizonte artificial, indicador RPM, palo bola.

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b. El instructor debe apartar el taller mediante el formato GA3-REG034 Reserva de Talleres y lo diligencia reportando el Taller que va a solicitar, la Fecha en que se va a utilizar, la Hora aproximada de ingreso y de salida en que se va a realizar la práctica, el Curso con el que va a ingresar, el Instructor responsable y la Firma de aceptación del préstamo (este procedimiento se debe realizar con mínimo 24 horas antes de la práctica e identificándose con el carné de la institución).

c. Cuando los estudiantes de cualquier programa hagan uso del taller por primera vez, el Instructor está en la obligación de darle a conocer o recordar los compromisos adquiridos sobre las normas de seguridad y las responsabilidades de estudiantes e Instructores

Parágrafo: Esto aplica para todas aquellas personas o usuarios que hagan uso de los talleres, donde se hace referencia en el Manual de Reglamentos Internos, Capítulo VI “Reglamento de Talleres y Laboratorios”, en el Capítulo “VI” (De las sanciones) del Articulo “10”, punto “5”.

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• Después del tiempo estimado para la reserva no se garantiza que el taller o laboratorio esté disponible.

• El instructor que reserve y no cumpla o llegue tarde, inicialmente se le hará un llamado de atención verbal y si es reincidente con la falta se le realizara un llamado de atención por escrito y se le suspenderá el préstamo de talleres por 3 días hábiles; a la tercera falta o incumplimiento de la misma se le suspenderá por el resto del periodo académico (En caso de que la falta sea justificada con autorización de Dirección y Coordinación Académica o Coordinación de Talleres no se le realizara el llamado de atención, pero no se permitirá el ingreso de los estudiantes al taller).

• La reserva que realice el instructor o cualquier miembro de la comunidad educativa que no sea estudiante debe ser personal e intransferible.

d. De acuerdo a la práctica que se vaya a realizar el estudiante puede solicitar al auxiliar de talleres y laboratorios la herramienta adecuada autorizada para préstamo, diligenciando el formato GA3-REG031 y entregando el carné institucional (el cual es personal e intransferible y que se encuentre actualizado y vigente); .

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Nota:

• El estudiante debe conformar su caja básica de herramientas para utilizar en los talleres y hangar. Capítulo V “De los derechos y deberes de los usuarios” Articulo “9”, punto “11”.

• Ver Anexo de Herramienta Básica de estudiantes.

Parágrafo: Esto aplica para todas aquellas personas o usuarios que hagan uso de los talleres, donde se hace referencia en el Manual de Reglamentos Internos, Capítulo VI “Reglamento de Talleres y Laboratorios”, en el Capítulo “II” (De los servicios) del Articulo “3”, punto “6”.

e. El instructor debe solicitar la apertura del taller al auxiliar de talleres y laboratorios con 10 minutos de anticipación a la hora y fecha programada para realizar la práctica y adicionalmente firmar el formato de Préstamo de Talleres GA3-REG033.

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f. NO se permite el retiro de las herramientas, equipos, maquetas, sustancias químicas de los talleres y laboratorios sin previa autorización, ya que esto tiene sanción.

g. Para ingresar al Taller, los estudiantes deben utilizar el overol de color azul oscuro con logo institucional en la espalda principalmente, sin cremallera metálica y colocado en su totalidad. NO se permite el ingreso de accesorios que dificulten la práctica tales como anillos, manillas, relojes o pulseras. Parágrafo: para los literales “e” y “f” se tiene en cuenta que aplica para todas aquellas personas o usuarios que hagan uso de los talleres, donde se hace referencia en el Manual de Reglamentos Internos, Capítulo VI “Reglamento de Talleres y Laboratorios”, en el Capítulo “III” (De los requisitos para hacer uso de los servicios) del Articulo “6”, punto “5 y 7”.

h. Las prácticas realizadas en el taller deben ser guiadas por el instructor a cargo, siguiendo el plan de lección o la directiva de instrucción.

i. El Instructor avisa al auxiliar de talleres y laboratorios la terminación de la clase e inmediatamente se recibe el taller, verificando que los elementos y el aula de trabajo se encuentre completo y en las óptimas condiciones de aseo en que fue entregado.

j. El Taller de instrumentos tiene una capacidad para 18 estudiantes.

k. No se permite el ingreso de maletas ni el consumo de alimentos o de sustancias psicoactivas (cigarrillo, alcohol, café, marihuana, etc.) en el taller.

Parágrafo: Esto aplica para todas aquellas personas o usuarios que hagan uso de los talleres, donde se hace referencia en el Manual de Reglamentos Internos, Capítulo VI “Reglamento de Talleres y Laboratorios”, en el Capítulo “V” (De los derechos y deberes de los usuarios) del Articulo “9” (deberes de los usuarios).

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6. DOCUMENTOS SOPORTE

• Reserva de Talleres. GA3-REG034.

• Préstamo de Libros, Herramientas y Equipos a Estudiantes GA3-REG031

• Préstamo Laboratorio o Talleres. GA3-REG033.

7. ANEXOS

• Reserva de Talleres. GA3-REG034.

• Préstamo de Libros, Herramientas y Equipos a Estudiantes GA3-REG031

• Préstamo Laboratorio o Talleres. GA3-REG033.

• Listado de Herramientas Básicas para estudiantes.

Nota:

Toda las normas y sanciones están estipuladas en el Reglamento

Talleres y Laboratorios.

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