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LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 PARA LA “ADQUISICIÓN, INSTALACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE EQUIPOS DE BALANCEADORES DE CARGA Y SERVICIOS CONEXOS”
La Suprema Corte de Justicia de la Nación, con fundamento en lo dispuesto en el artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos; en el Acuerdo General de Administración VI/2008, del veinticinco de septiembre de dos mil ocho, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, por el que se regulan los procedimientos para la adquisición, administración y desincorporación de bienes y la contratación de obras, usos y servicios requeridos por este Tribunal; así como en el artículo tercero transitorio del Reglamento Interior en Materia de Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación; convoca a las personas físicas y morales que satisfagan los requisitos de las bases, a participar en la presente licitación pública nacional, para la “Adquisición, instalación y puesta en marcha de equipos de balanceadores de carga y servicios conexos”, la cual se regirá por las siguientes:
B A S E S 1. CONSULTA Y VENTA DE BASES
Las bases y sus anexos estarán a disposición de los interesados, para su consulta y adquisición, en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales, de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicadas en Calle 16 de Septiembre No. 38, 7º piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, del XX al XX de XXXXX de 2013, en días hábiles, de 9:00 a 14:00 horas, documento que también estará disponible para consulta, en la página de Internet de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en la dirección electrónica:
http://www.scjn.gob.mx/Transparencia/Paginas/trans_int_adq.aspx
Las bases tendrán un costo de $2,800.00 (dos mil ochocientos pesos 00/100
moneda nacional), cantidad que no será reembolsable y podrá ser cubierta
mediante depósito en la cuenta de cheques número: 4047451505 con Clave Bancaria Estandarizada (CLABE) número 021180040474515051, de la institución bancaria HSBC México, S.A., sucursal 835 Plaza de la Constitución en favor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Una vez efectuado el depósito, los interesados deberán presentarse en la Dirección General de Recursos Materiales, del XX al XX de XXXXX de 2013, de 9:00 a 14:00 horas, para recibir las bases y sus anexos, además de un comprobante por la venta de las bases, toda vez que no se
permitirá su participación sin el comprobante de pago de bases en el periodo señalado.
En caso de adquirir las bases y no participar, se agradecerá se presente carta disculpa en la que se informen las razones. El documento de referencia deberá dirigirse a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, Dirección General de
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No se aceptarán pagos a través del sistema electrónico de compras gubernamentales “COMPRANET”.
2. OBSERVADORES
Cualquier persona podrá asistir a los diferentes actos públicos de la licitación, en calidad de observador, sin necesidad de haber adquirido las bases, siempre y cuando se registre dentro de los 30 minutos previos a la celebración de los actos públicos, absteniéndose de intervenir, en cualquier forma, en los referidos actos de la licitación. 3. CALENDARIO DE EVENTOS Periodo de venta de bases Fecha límite de entrega de pliego de preguntas Junta de aclaraciones Sesión pública de entrega de documentación legal y financiera, presentación y apertura de propuestas técnica y económica Del XX al XX de XXXXX de 2013, de 9:00 a 14:00 horas El XX de XXXXX de 2013, 12:00 horas El XX de XXXXX de 2013, 11:00 horas El XX de XXXXX de 2013, 11:00 horas
4. DESCRIPCIÓN GENERAL DE LOS BIENES Y SERVICIOS
Partida Subpartida Descripción corta
Unidad de medida Cantidad Única 1.1
EQUIPOS CON SISTEMAS DE BALANCEADORES DE CARGA F5 EN ALTA DISPONIBILIDAD PARA PROXYS, A LA VERSIÓN MÁS RECIENTE DEL MODELO LTM 3600, VERSIÓN QUE ESTA VALIDADA POR EL FABRICANTE.
Equipo 6
1.2
EQUIPOS BALANCEADORES DE CARGA F5 EN ALTA DISPONIBILIDAD, CON LA VERSIÓN MÁS RECIENTE DEL MODELO LTM 6900 ENTERPRISE, VERSIÓN QUE ESTA VALIDADA POR EL FABRICANTE.
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Partida Subpartida Descripción corta
Unidad de medida Cantidad Única 1.3
EQUIPOS BALANCEADORES DE CARGA F5 EN ALTA DISPONIBILIDAD GEOGRÁFICA, (1 POR SITIO REMOTO), CON LA VERSIÓN MÁS RECIENTE DEL MODELO GTM 1600, VERSIÓN QUE ESTE VALIDADA POR EL FABRICANTE.
Equipo 2
2.1
INSTALACIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE LOS EQUIPOS F5 3600 GTM
Servicio 1
2.2
INSTALACIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE LOS EQUIPOS F5 6900 LTM ENTERPRISE
Servicio 1
2.3
INSTALACIÓN, IMPLEMENTACIÓN Y PUESTA EN MARCHA DE LOS EQUIPOS F5 1600 GTM
Servicio 1
3.1
PÓLIZA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA LOS EQUIPOS DE NUEVA ADQUISICIÓN SUBPARTIDA 1.1:
EQUIPO F5 LTM 3600
Póliza extendida de mantenimiento preventivo y correctivo con soporte por 36 meses.
Mes 36
3.2
PÓLIZA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA LOS EQUIPOS DE NUEVA ADQUISICIÓN SUBPARTIDA 1.2:
F5 6900 LTM ENTERPRISE
Póliza extendida de mantenimiento preventivo y correctivo con soporte por 36 meses.
Mes 36
3.3
PÓLIZA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA LOS EQUIPOS DE NUEVA ADQUISICIÓN SUBPARTIDA 1.3:
F5 1600 GTM
Póliza extendida de mantenimiento preventivo y correctivo con soporte por 36 meses.
Mes 36
4.1
PÓLIZA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA LOS EQUIPOS CON SOPORTE TÉCNICO SOBRE LA BASE INSTALADA DEL SIGUIENTE EQUIPO:
F5-BIG-LTM-3600-4GR (N/S F5-FNWP-VJQF).
Póliza extendida de mantenimiento preventivo y correctivo con soporte por 36 meses.
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Partida Subpartida Descripción corta
Unidad de medida Cantidad Única 4.2 PÓLIZA DE MANTENIMIENTO PREVENTIVO Y CORRECTIVO PARA LOS EQUIPOS CON SOPORTE TÉCNICO SOBRE LA BASE INSTALADA DEL SIGUIENTE EQUIPO:
F5-ADD-BIG-WBA-3600 (N/S F5-FBYV-VPAF)
Póliza extendida de mantenimiento preventivo y correctivo con soporte por 36 meses.
Mes 36
Los bienes deberán ser nuevos y originales. Las especificaciones de los bienes y servicios a contratar se describen en el Anexo 2a “Requerimiento Técnico” de estas bases.
MODIFICACION DE LAS BASES
Las bases se podrán modificar cuando lo autorice la Dirección General de Recursos Materiales o el representante que esta designe, debiendo notificarse el contenido de la modificación a todos los licitantes por los mismos medios que se usaron para difundir la respectiva convocatoria, lo que deberá realizarse, cuando menos, cinco días hábiles previos a la fecha de presentación de las propuestas técnicas y económicas.
No será necesario hacer la notificación indicada, cuando las modificaciones que se realicen en la junta de aclaraciones consten en el acta respectiva y, copia de esta, se haya entregado a los asistentes a dicha junta.
En ningún caso, las modificaciones podrán consistir en la sustitución o variación sustancial de la adquisición de bienes originalmente convocados.
5. JUNTA DE ACLARACIONES
5.1 Tendrá lugar una junta de aclaraciones, de carácter obligatorio, a la que deberán acudir los interesados por conducto de las personas que designen, en la fecha y horario señalados en el apartado 3 de estas bases, existiendo una tolerancia de diez minutos para incorporarse a dicho evento; transcurrido dicho plazo, no se registrará a los licitantes que se presenten y serán descalificados.
Este evento se llevará a cabo en el Auditorio “José Vicente Aguinaco Alemán”, ubicado en Calle 16 de Septiembre No. 38, 7º piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06000, México, Distrito Federal.
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 5 de 28 5.2 Los pliegos de preguntas y, en su caso, las observaciones de los licitantes
que obtengan las bases, deberán ser presentados por escrito, en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales ubicadas en Calle 16 de Septiembre No. 38, 7º piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, en un horario de 9:00 a 12:00 horas, del XX al XX de XXXXX de 2013; o enviados por correo electrónico a las direcciones [email protected] o [email protected] en formato Microsoft Word 2003-2007, a más tardar a las 12:00 horas del XX de XXXXX de 2013, en caso de optar por esta última vía, es obligación de los licitantes cerciorarse de que las preguntas fueron recibidas en tiempo, comunicándose al teléfono 4113-1000, extensiones 5716 o 5704, con el C. Rogelio Carmona Delgado.
5.3 Las preguntas referidas en el párrafo anterior, deberán estar relacionadas con el procedimiento licitatorio.
5.4 Los interesados que acudan a la junta de aclaraciones deberán entregar copia de una identificación oficial (credencial del Instituto Federal Electoral, Cédula Profesional o Pasaporte); si acuden en nombre de una persona moral, cualquier documento que los identifique como trabajador(es) de esta o como
su(s) representante(s). 5.5 Se levantará acta de la junta de aclaraciones, en la cual, de ser el caso, se
asentarán las modificaciones de las bases; al término de dicho acto se entregará copia a todos los licitantes que hubiesen asistido. La falta de firma de algún licitante no invalidará su contenido y efectos.
5.6 En la junta de aclaraciones se atenderán las preguntas y observaciones enviadas en el plazo establecido. Se permitirá realizar, de manera verbal, repreguntas relacionadas con las respuestas producidas; pero estas deberán ser calificadas de procedentes por el representante de la Dirección General de Recursos Materiales y del Área Técnica (representante de la Dirección General de Tecnologías de la Información). Excepcionalmente, podrán responderse nuevas preguntas cuando el representante del Área Técnica lo estime procedente.
5.7 Tomando en consideración las respuestas de la junta de aclaraciones, estas bases, sus anexos y las cláusulas del proyecto de contrato, podrán ser modificados siempre que se haga constar expresamente en la parte final del acta respectiva y, copia de esta, se haya entregado a los licitantes que asistan a dicha junta.
5.8 Es responsabilidad del licitante revisar los requisitos solicitados en las presentes bases, así como las precisiones que se hagan en la junta de aclaraciones, por lo que su propuesta deberá considerar, incluso, las modificaciones de las bases y sus anexos derivadas de dicha junta, y las efectuadas en los términos señalados en los párrafos que anteceden; en el
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 6 de 28 entendido de que, cualquier modificación o aclaración de las bases y sus anexos, será considerada como parte integrante de las propias bases.
5.9 Las bases de la licitación podrán ser modificadas en la junta de aclaraciones por la Dirección General de Recursos Materiales, con base en la opinión de los representantes de la Direcciones Generales de Tecnologías de la Información y de Asuntos Jurídicos, en el ámbito de sus responsabilidades, debiendo hacerse constar en el acta respectiva.
Dichas modificaciones serán parte integrante de las bases para todos los efectos legales.
En ningún caso, las modificaciones podrán consistir en la sustitución o variación sustancial del objeto originalmente convocado.
6. DOCUMENTACIÓN LEGAL Y FINANCIERA (SOBRES ABIERTOS NÚMEROS 1 Y 2)
Los licitantes en este procedimiento deberán presentar en la sesión pública indicada en el apartado 10 de estas bases, la siguiente documentación legal y financiera, en idioma español, en original o copia certificada ante fedatario público y copia simple, para su revisión, cotejo y posterior devolución de los originales que así corresponda. 6.1 Documentación legal. En el sobre número 1, para efectos de la
elaboración del respectivo dictamen resolutivo legal, se deberán acompañar:
6.1.1 Testimonios de los instrumentos notariales debidamente inscritos ante los registros que determine la ley, en que consten su constitución, representante legal y reformas. (Original o copia certificada y copia simple). En el caso de personas físicas, una identificación oficial, entre las cuales podrá exhibirse la credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral, pasaporte vigente, cédula profesional o cualquier otro documento con fotografía, expedido por un órgano del Estado Mexicano. (Original o copia certificada y copia simple).
6.1.2 Testimonio en el que conste el acto jurídico en virtud del cual, se haya conferido al apoderado de la empresa licitante, la capacidad legal para actuar en su nombre en procedimientos de contratación, e incluso, en cualquiera de los actos relacionados con el vínculo contractual que pudiere establecerse. (Original o copia certificada y copia simple).
6.1.3 Documento expedido durante el último semestre por algún órgano del Estado Mexicano en el cual conste el domicilio del licitante para efectos tanto del procedimiento de contratación como de la relación contractual que, en su caso, llegue a establecerse; (predial, agua, CFE), no se aceptarán recibos
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 7 de 28 expedidos por compañías telefónicas y departamentales. (Original o copia certificada y copia simple).
Si dicho documento fue expedido a nombre de una persona diversa al licitante que acude al presente procedimiento, para cumplir con este requisito, será necesario que este acredite la existencia del acto jurídico, en virtud del cual, tiene la propiedad o posesión derivada del inmueble correspondiente. (Original o copia certificada y copia simple).
6.1.4 Cédula de Identificación Fiscal y Registro Federal de Causantes expedida por el Servicio de Administración Tributaria de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público. (Original o copia certificada y copia simple).
La siguiente documentación deberá entregarse en idioma español, en original, en papel membretado del licitante y requisitada en su totalidad con el nombre de la persona física o moral, fecha de elaboración, nombre y firma del representante o apoderado legal:
6.1.5 Escrito en el cual manifieste que, en el domicilio al que se refiere el numeral 6.1.3, recibirá toda clase de notificaciones de los actos del procedimiento, incluyendo los derivados de la adjudicación correspondiente, e incluso, todos los relacionados con la contratación que, en su caso, llegue a celebrarse, conforme al formato que consta en el Anexo 1a.
6.1.6 Escrito debidamente firmado por el representante legal o por el respectivo apoderado legal del licitante, persona física o moral, de conformidad con el formato del Anexo 1b de estas bases.
6.1.7 Respecto del formato del Anexo 1c de estas bases, carta de confidencialidad firmada por el representante legal o por el respectivo apoderado legal del licitante, o de la persona física.
6.2 Documentos financieros. En el sobre número 2, para efectos de la elaboración del respectivo dictamen resolutivo financiero, se deberán acompañar en idioma español, originales o copias certificadas ante fedatario público y copia simple, para su revisión, cotejo y posterior devolución de los documentos siguientes:
6.2.1 Estados Financieros dictaminados del ejercicio 2011.
Los Estados Financieros a los que se refiere este punto se tendrán por no presentados cuando el auditor externo emita opinión negativa, o bien, haya indicado la imposibilidad de emitir su dictamen.
En el caso de licitantes que conforme a la legislación vigente no están obligados a dictaminar sus Estados Financieros, deberán presentar Estados Financieros con cifras al 31 de diciembre de 2011, en el entendido de que esta información deberá contener, cuando menos, el balance general y el estado de resultados, documentos que deberán ser suscritos por contador
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 8 de 28 público, quien acreditará su calidad acompañando la información financiera con copia fotostática de su cédula profesional.
6.2.2 Estados Financieros con cifras al 31 de diciembre del ejercicio 2012, en el entendido de que esa información deberá contener, cuando menos, el balance general y el estado de resultados, documentos que deberán estar suscritos por contador público, quien acreditará su calidad acompañando la información financiera con copia fotostática de su cédula profesional.
6.2.3 Estados Financieros parciales correspondientes al ejercicio 2013, en el entendido de que al menos se entregará el balance general y el estado de resultados y las cifras serán al mes de febrero de 2013, debiendo estar firmados por contador público, quien acreditará su calidad acompañando a la información financiera copia fotostática de su cédula profesional.
6.2.4 Las declaraciones anuales del Impuesto Sobre la Renta de los años 2011 y 2012, con sus respectivos anexos y la declaración de pago provisional de febrero de 2013.
Los documentos presentados en copia simple sin exhibir original o copia certificada por fedatario público para su cotejo, se tendrán por no presentados.
Los licitantes podrán indicar si han participado en un procedimiento de contratación convocado por la Suprema Corte de Justicia de la Nación en los doce meses inmediatos anteriores a la fecha de la convocatoria de la presente licitación, identificando los datos del procedimiento conforme el Anexo 1d.
7. REQUISITOS GENERALES PARA LA PRESENTACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS
7.1 Las propuestas técnica y económica deberán ser dirigidas a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con atención a la Dirección General de Recursos Materiales, en idioma español.
7.2 En cada sobre la documentación deberá colocarse en el orden señalado en los apartados 8 y 9 de estas bases, en papelería membretada del licitante, en forma completa y firmada por el apoderado o representante legal en todas sus hojas, sin tachaduras ni enmendaduras y, preferentemente, foliadas en forma consecutiva de manera visible (esto último no implica que su incumplimiento sea motivo de descalificación).
7.3 Las propuestas deberán presentarse, cada una de ellas, en sus respectivos sobres cerrados en forma inviolable, protegidos con cinta adhesiva transparente, cruzando la solapa con la firma de la persona física o del representante de la persona moral licitante. En el exterior de cada sobre se deberá señalar claramente a qué propuesta corresponde, número del procedimiento y el nombre del proveedor que la presenta.
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 9 de 28 7.4 No se aceptan propuestas alternativas ni parciales; solo se aceptará una
propuesta por licitante conteniendo la partida única completa.
7.5 Cada una de las hojas de los formatos anexos de las bases deberá ser requisitada en su totalidad con los siguientes datos:
a. Nombre de la persona física o moral. b. Fecha de elaboración.
c. Nombre y firma del representante legal.
7.6 A la entrega de las propuestas, los licitantes se sujetan a las condiciones establecidas en las presentes bases.
8. PROPUESTA TÉCNICA (SOBRE CERRADO NÚMERO 3)
Los participantes en esta licitación deberán presentar su propuesta técnica, en la sesión pública indicada en el numeral 10 de estas bases, la cual deberá contener: 8.1 Descripción completa, detallada y ordenada de la partida, la cual debe incluir
el mínimo de requisitos técnicos especificados en los Anexos 2a
“Requerimiento Técnico”. No se aceptarán propuestas alternativas, por lo
que cada licitante deberá efectuar una sola propuesta por toda la partida. 8.2 Copia simple legible de los certificados vigentes por el fabricante que
acredite al personal técnico, (al menos tres personas integradas al proyecto); es indispensable que todo el personal asignado cuente con Certificado System Engineer LTM y de manera adicional, se requiere que al menos un recurso cuente con certificado System Engineer GTM , o en su caso, carta membretada del fabricante donde se especifique que el personal de la empresa licitante cuenta con la certificación y que están técnicamente capacitados para atender cualquier solicitud relacionada con los equipos. 8.3 Carta del licitante en papel membretado, dirigida a la Suprema Corte de
Justicia de la Nación, firmada por el representante legal, donde manifieste que en caso de resultar adjudicado, el equipo de trabajo se obliga a mantener la certificación vigente durante el tiempo que preste sus servicios a este Alto Tribunal.
8.4 Carta del licitante en papel membretado, dirigida a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, firmada por el representante legal, en la que manifieste que en caso de resultar adjudicado, se obliga a que los profesionales del equipo de trabajo propuesto para implementar la solución permanecerán asignados al proyecto hasta su entrega al 100% a entera satisfacción de este Alto Tribunal.
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 10 de 28 8.5 Carta y referencia de Internet en el portal del fabricante que acredita al
licitante como GOLD PARTNER o superior, emitida por el fabricante.
8.6 Carta garantía en papel membretado del fabricante de los bienes cotizados que cubra la vigencia del contrato.
A la entrega de los bienes, el licitante adjudicado deberá entregar la carta garantía de los bienes suministrados, por la vigencia del contrato. Exponiendo los términos de la garantía, así como el mecanismo para hacerla efectiva, que cubra los requisitos a que se refiere el capítulo IX de la Ley Federal de Protección al Consumidor.
La fecha de inicio de la garantía será a partir de la puesta en operación de los equipos, lo cual será notificado por la Dirección General de Tecnologías de la Información.
8.7 Con el fin de acreditar la experiencia, relación de mínimo tres contratos de ventas en los años 2010, 2011 y 2012 (cualquier año) de bienes y servicios similares de la presente licitación, firmados por el licitante y debidamente identificados, acompañando carátula de los mismos.
Los documentos que se exhiban deberán identificar, cuando menos, los siguientes datos:
a. Nombre o razón social del contratante b. Objeto del contrato
c. Vigencia del contrato d. Monto del contrato
e. Domicilio del contratante, números telefónicos y persona de contacto 8.8 Carta bajo protesta de decir verdad de que los bienes y servicios por los que
participa (equipos y accesorios) son nuevos, originales, garantiza su vigencia comercial en el mercado por lo menos los siguientes seis meses a partir de la fecha de adjudicación y se entregarán en las condiciones necesarias que permitan su correcto funcionamiento.
8.9 Carta bajo protesta de decir verdad sobre el cumplimiento de las normas nacionales e internacionales respecto de los bienes y servicios, objeto de la presente licitación, conforme a la Ley Federal de Metrología y Normalización, así como las demás disposiciones aplicables en la materia. (Anexo 2b).
9. PROPUESTA ECONÓMICA (SOBRE CERRADO NÚMERO 4)
Los participantes en esta licitación deberán presentar su propuesta económica, en la sesión pública indicada en el apartado 10 de estas bases, para efectos de la elaboración del respectivo dictamen resolutivo económico, la cual deberá contener:
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 11 de 28 9.1 En el formato de propuesta económica Anexo 3 se asentará en moneda
nacional o en dólares americanos (con número y letra): el precio unitario, descuentos, Impuesto al Valor Agregado (IVA) u otros, y precio total, en forma desglosada de cada una de las subpartidas que integran la partida, señalando también el importe total de la propuesta económica.
9.2 Los precios ofertados deberán estar protegidos con cinta adhesiva transparente.
9.3 El Anexo 3 “Formato de Propuesta Económica” debidamente requisitado,
especificando:
a) Plazo de entrega de los bienes: dentro de los 15 días naturales contados a partir del día siguiente de la notificación del fallo, se aceptarán entregas parciales dentro del plazo estipulado.
El plazo de la instalación no será mayor a 15 días naturales después de la entrega de los equipos.
b) Lugar de entrega:
Equipo Cantidad Lugar de entrega
LTM 3600 4 Almacén de Zaragoza. Calzada Ignacio Zaragoza número 1340, esquina Eulogio Parra, Colonia Juan Escutia, Código Postal 09100, Delegación Iztapalapa, México, Distrito Federal.
LTM 6900
ENTERPRISE 2
GTM 1600 2
LTM 3600 2
Centro de cómputo Espejo Guadalajara: Francisco Javier Gamboa número 98, esquina López Cotilla en Guadalajara, Jalisco.
La instalación se llevará a cabo en:
Equipo Cantidad Lugar de entrega
LTM 6900
ENTERPRISE 2
Edificio Sede: José María Pino Suárez número 2, Colonia Centro de la Ciudad de México, código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.
GTM 1600 1
LTM 3600 2
Edificio 16 de Septiembre: Calle 16 de Septiembre número 38, Colonia Centro de la Ciudad de México, código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal.
LTM 3600 2
Edificio Revolución: Revolución número 1508, Colonia Guadalupe Inn, Código Postal 01020, Delegación Álvaro Obregón, México, Distrito Federal.
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LTM 3600 2
Centro de cómputo Espejo Guadalajara: Francisco Javier Gamboa número 98, esquina López Cotilla en Guadalajara, Jalisco.
GTM 1600 1
INFOTEC. Av. San Fernando número 37, Colonia Toriello Guerra, Código Postal 14050, Delegación Tlalpán, México, Distrito Federal.
El traslado de todos los equipos a su lugar de instalación correrá a cargo del proveedor y se realizará en el día y la hora que establezca la Dirección General de Tecnologías de la Información.
c) Forma y Plazo de pago: El pago se realizará dentro de los 8 días hábiles siguientes a la entrega de la factura y evidencias de la entrega recepción de los bienes o prestación de servicios correspondientes, en la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad, previa verificación mediante oficio de validación de la Dirección General de Tecnologías de la Información de que, la entrega recepción de los bienes o prestación de los servicios, se realizó a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. Primer pago en una sola exhibición por el 100% del monto total de los equipos, instalación configuración y puesta en marcha. (Sub partidas 1.1 a la 1.3 y 2.1 a la 2.3).
El pago de los servicios de mantenimiento preventivo y correctivo (Sub partidas 3.1, 3.2 y 3.3), se realizará en mensualidades vencidas, previa validación de los servicios a entera satisfacción de la Dirección General de Tecnologías de la Información.
Las propuestas presentadas en dólares americanos se pagarán en moneda nacional, al tipo de cambio publicado en el Diario Oficial de la Federación el día de su pago.
d) Vigencia de la cotización: no podrá ser menor de 90 días naturales, contados a partir del día siguiente a la fecha de entrega de la propuesta.
e) Nombre y firma del representante o apoderado legal, o persona física.
9.4 Los precios se entenderán como fijos y firmes hasta el cumplimiento total del contrato.
9.5 No se pagará ningún costo adicional por concepto de flete, seguro o cualquier concepto análogo, por lo que estos correrán a cargo del proveedor hasta el destino final.
9.6 Los impuestos y derechos que se causen con motivo de la adquisición de los bienes y servicios, serán pagados por el licitante adjudicado, salvo los que por disposición legal deba cubrir la Suprema Corte de Justicia de la Nación. 9.7 No se otorgarán anticipos.
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 13 de 28 9.8 Según lo dispuesto en el artículo 35 del Acuerdo General de Administración
VI/2008 y el artículo 50 de la Ley de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria, este Alto Tribunal puede celebrar un contrato plurianual para este servicio en virtud de que los pagos por los servicios prestados en los ejercicios 2014, 2015 y 2016 estarán sujetos a la disponibilidad presupuestal de éstos.
10. SESIÓN DE PRESENTACIÓN DE DOCUMENTACIÓN LEGAL Y FINANCIERA Y APERTURA DE PROPUESTAS TÉCNICAS Y ECONÓMICAS.
10.1 La presentación de la documentación legal, financiera, propuestas técnica y económica y, su apertura respectiva, se efectuará conforme lo siguiente: SOBRE ABIERTO NÚMERO 1. Documentación Legal
SOBRE ABIERTO NÚMERO 2. Documentación Financiera SOBRE CERRADO NÚMERO 3. Propuesta Técnica
SOBRE CERRADO NÚMERO 4. Propuesta Económica
Fecha y hora: xxx de xxxxxx de 2013, a las 11:00 horas.
Lugar: Auditorio “José Vicente Aguinaco Alemán”, ubicado en Calle 16 de Septiembre No. 38, 7° piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06000, México, Distrito Federal.
La tolerancia para asistir será de diez minutos posteriores a la hora señalada en el calendario de actividades. Transcurrido dicho plazo no se permitirá el acceso a ningún licitante, ni la presentación de sus propuestas y serán descalificados, por lo que no podrán continuar en el procedimiento. Los licitantes que hayan ingresado oportunamente deberán permanecer en dicho acto hasta su conclusión.
10.2 La sesión será conducida por el representante de la Dirección General de Recursos Materiales, con la participación de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y del Área Técnica.
10.3 El licitante o el representante legal que asista deberá exhibir para cotejo, el original y copia de su identificación oficial, entregando la copia (Credencial del Instituto Federal Electoral, Cédula Profesional, Pasaporte vigente o cualquier otra credencial con fotografía expedida por un órgano del Estado Mexicano) y, en el caso de los que acudan en nombre de una persona moral, cualquier documento que los identifique como trabajador de esta o como su representante.
10.4 Los licitantes entregarán al inicio del acto la documentación legal y financiera, sus propuestas técnica y económica. La Suprema Corte de Justicia de la Nación conservará toda la documentación e información comprobatoria de los actos materia de este procedimiento.
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 14 de 28 10.5 El servidor público de la Dirección General de Recursos Materiales
designado para la recepción de la documentación legal y financiera, propuestas técnica y económica, funcionará como Oficialía de Partes y expedirá un recibo por los cuatro sobres que presente cada uno de los licitantes. Una vez entregados los sobres no se recibirá documentación adicional alguna. Las propuestas que sean presentadas fuera de la fecha y hora señaladas no serán consideradas en el presente procedimiento.
10.6 La persona que materialmente presente los sobres deberá firmar de recibido el documento de acuse correspondiente y la propia Dirección General de Recursos Materiales conservará una copia del mismo.
10.7 La apertura de los sobres que contengan la documentación legal y financiera, así como las propuestas técnica y económica, se realizará en el propio acto. Iniciada la sesión, no podrá suspenderse hasta en tanto no se hubiesen abierto todos los sobres y hayan sido selladas y rubricadas las hojas. En casos fortuitos o excepcionales, se podrá suspender la sesión determinándose en dicho acto la fecha programada de conclusión.
10.8 El representante de la Dirección General de Recursos Materiales leerá, en voz alta, el nombre del licitante al que corresponda cada propuesta técnica, que incluye la descripción de los bienes y servicios, verificará que se encuentren debidamente firmadas por el licitante y foliadas las hojas de las propuestas, indicará el número de hojas que la componen, las sellará y rubricará en compañía del representante del Área Técnica.
10.9 Concluida la apertura de las propuestas técnicas, de inmediato, el representante de la Dirección General de Recursos Materiales, procederá a la apertura de las propuestas económicas, dando lectura en voz alta, el nombre del licitante y al monto total de la oferta económica, incluidos los descuentos y los impuestos que correspondan; asimismo, verificará que los precios estén protegidos, sellará y rubricará cada una de las hojas de la propuesta.
10.10 Las fojas de las propuestas económicas en las que se indiquen las cotizaciones se rubricarán por dos licitantes, cuando menos, salvo en el supuesto de que solo se haya presentado una propuesta.
10.11 De la sesión pública se levantará acta circunstanciada que deberá ser firmada por los licitantes en el evento y agregarse la lista de asistencia, proporcionando a cada uno de ellos copia del acta. La falta de firma por parte de algún licitante no invalidará su contenido y efectos.
10.12 La documentación será remitida a los órganos competentes para la emisión de los dictámenes resolutivos legal y financiero respectivamente. Se entregarán las propuestas técnicas al Área Técnica respectiva y, las propuestas económicas serán conservadas por la Dirección General de Recursos Materiales, para que se emitan los dictámenes correspondientes.
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 15 de 28 10.13 La omisión de los requisitos de forma no será motivo de descalificación, en
caso de detectarse deficiencias en el foliado de las propuestas técnica y económica, el servidor público que presida el acto procederá a foliarlas en presencia de los asistentes al procedimiento.
11. CRITERIOS DE EVALUACIÓN 11.1 CRITERIOS GENERALES:
11.1.1 Ninguna de las condiciones establecidas en las presentes bases, así como las propuestas presentadas por los licitantes, podrán ser negociadas y, su incumplimiento, será causa de descalificación o, en su caso, de rescisión del instrumento contractual, haciéndose efectiva la garantía correspondiente. 11.1.2 Se considerará que una propuesta es solvente cuando se obtengan los
dictámenes resolutivos legal, financiero, técnico y económico, favorables. Para tal efecto, los documentos presentados por cada uno de los licitantes se someterán a los criterios de evaluación legales, financieros, técnicos y económicos que se precisan en los puntos 11.2, 11.3, 11.4 y 11.5 de las presentes bases.
El resultado de dicha evaluación se plasmará, respectivamente, en los dictámenes resolutivos de mérito, en la inteligencia que estos serán desfavorables cuando no se presente alguno de los documentos solicitados en estas bases.
11.1.3 No serán objeto de evaluación las condiciones establecidas en estas bases que tengan como propósito facilitar la presentación de las proposiciones y agilizar la conducción de los actos de la licitación; así como cualquier otro requisito, cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecte la solvencia de las propuestas. La inobservancia por parte de los licitantes respecto de dichas condiciones o requisitos, no será motivo para desechar sus propuestas. Quedan comprendidos entre los requisitos cuyo incumplimiento, por sí mismo, no afecta la solvencia de la propuesta, el omitir señalar o proponer un plazo de entrega menor al solicitado, en cuyo caso, prevalecerá el estipulado en las bases de la licitación; el omitir aspectos que puedan ser cubiertos con información contenida en la propia propuesta técnica o económica; el no observar los formatos establecidos, si se proporciona de manera clara la información requerida; o cualquier otro cuyo propósito no sea determinar, objetivamente, la solvencia de la propuesta presentada. En ningún caso podrán suplirse las deficiencias sustanciales de las propuestas presentadas.
La evaluación se realizará con la documentación presentada.
11.1.4 Las personas físicas y morales interesadas deberán participar por el total de la partida solicitada y, esta, no podrá fraccionarse. La adjudicación será por
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 16 de 28 la partida completa a un solo licitante y se llevará a cabo tomando en cuenta la propuesta que resulte satisfactoria porque reúne, conforme los criterios de evaluación establecidos en las presentes bases, las condiciones legales, financieras, técnicas y económicas requeridas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación y, garantiza satisfactoriamente el cumplimiento de las obligaciones respectivas, con el costo más bajo en el total de la partida. 11.1.5 Queda estrictamente prohibido realizar cualquier subcontratación, para la
adquisición de los bienes y servicios motivo del presente procedimiento; cualquier incumplimiento de este numeral será causa de rescisión por el órgano competente de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con las penalizaciones que correspondan y, en su caso, daños y perjuicios, así como los procedimientos administrativos correspondientes.
11.1.6 Para el análisis y determinación del cumplimiento de las propuestas, se considerará la correcta y suficiente presentación de los documentos solicitados en estas bases. Las propuestas que no cumplan con los requisitos establecidos en estas bases, serán descalificadas, atendiendo los criterios del apartado 13 “Causas de descalificación” y, con base en la determinación del Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones.
11.2 EVALUACIÓN DE LA DOCUMENTACIÓN LEGAL:
En el dictamen resolutivo legal se verificará que:
11.2.1 Se haya presentado completa la documentación legal solicitada.
11.2.2 La adecuada constitución de la persona moral licitante, así como su vigencia y regularidad.
11.2.3 En su caso, la adecuada relación entre el objeto social del licitante y la materia de contratación.
11.2.4 En su caso, la capacidad del representante legal o apoderado del licitante para actuar en su nombre.
11.2.5 Que se haya presentado, en los términos solicitados en el numeral 6.1.6 de estas bases, la respectiva declaración firmada por el representante legal o por el apoderado legal del licitante, persona física o moral.
11.2.6 La comprobación del domicilio legal del licitante y la presentación de la declaración a la que se refiere el numeral 6.1.5 de estas bases en relación con dicho domicilio; y,
11.2.7 Si con base en el análisis de los referidos elementos se advierte que un licitante cumplió con todos los requisitos exigidos, se emitirá dictamen resolutivo legal favorable. El incumplimiento de cualquiera de ellos dará lugar a un dictamen desfavorable.
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11.3 EVALUACIÓN DE DOCUMENTACIÓN FINANCIERA
En el dictamen resolutivo financiero se verificará que:
11.3.1 Que la información financiera disponible más reciente de la entregada por el licitante, obtenga los siguientes resultados, con base en la aplicación de las razones financieras que a continuación se indican:
Razón Fórmula de medición Resultado requerido Índice de Liquidez plazo corto a Pasivo Circulante Activo mayor o igual a 1.0
11.3.2 En el supuesto de que el licitante no alcance la puntuación señalada en el índice anterior, se aplicará dicho índice a la información financiera de cada uno de los ejercicios que presentó el licitante y se aplicará un promedio, el cual para ser satisfactorio deberá cumplir con la condición señalada. En caso de mantenerse la situación no satisfactoria, se emitirá dictamen resolutivo financiero “No favorable”.
11.3.3 Los estados financieros se tendrán por no presentados, cuando el auditor externo emita opinión negativa, o bien haya indicado la imposibilidad de emitir su dictamen.
El cálculo se hará tomando como base la información presentada. 11.4 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS TÉCNICAS
En el dictamen resolutivo técnico se verificará que:
11.4.1 Los bienes y servicios ofertados cumplan con la totalidad de las especificaciones indicadas en el Anexo 2a “Requerimiento Técnico” de estas bases.
11.4.2 Las propuestas técnicas incluyan la información, los documentos y los requisitos solicitados en el apartado 8 de las bases, por lo que el incumplimiento en cualquiera de los requisitos establecidos, será causa de descalificación, con base en los criterios señalados en el apartado 13 “Causas de descalificación”.
11.5 EVALUACIÓN DE PROPUESTAS ECONÓMICAS
En el dictamen resolutivo económico se verificará que:
11.5.1 Se cotice la cantidad total de los bienes y servicios requeridos en la partida; no se considerarán las propuestas que coticen parcialmente los bienes y servicios que integran la partida solicitada.
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 18 de 28 11.5.2 Cada licitante cumpla con los requisitos solicitados para la contratación,
relativos a plazo de entrega, prestación de los servicios y forma de pago. 11.5.3 La evaluación de las propuestas económicas se realizará mediante un
análisis comparativo de los precios y condiciones ofertadas por los licitantes, contra el presupuesto base y, en su caso, otras referencias que disponga la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinando con ello la solvencia de las propuestas, o conveniencia del precio. .
11.5.4 La base para evaluar la propuesta económica sea el precio total de la partida, antes de considerar impuestos; incluyendo, en su caso, descuentos. 11.5.5 En la evaluación de los precios cotizados, se rechazarán las propuestas
cuyo costo sea superior en un 20% respecto del presupuesto base, y otras referencias con las que cuente la convocante.
11.5.6 Si se presentan propuestas en dólares, el tipo de cambio que se considerará para fines de la evaluación de las propuestas será el publicado en el Diario Oficial de la Federación en la fecha de presentación de documentación legal y financiera, apertura de propuestas técnica y económica.
11.5.7 Los precios ofertados en la propuesta económica no serán sujetos a ningún ajuste y, cualquier error en los mismos, será de la estricta responsabilidad del licitante. En caso de encontrarse errores numéricos en las operaciones aritméticas o en los precios, se reconocerá como correcto el precio identificado como precio unitario (sin considerar descuentos e impuestos). En el caso de que las operaciones aritméticas contengan errores, la Suprema Corte de Justicia de la Nación efectuará las correcciones correspondientes y, el monto correcto será el que se considerará para el análisis comparativo de las proposiciones, por lo que únicamente habrá lugar a la corrección en las operaciones aritméticas cuando se presente un error de cálculo en las cantidades solicitados.
11.5.8 En el caso de que se presenten diferencias en las operaciones aritméticas de su propuesta económica, el licitante acepta las correcciones que realice la Suprema Corte de Justicia de la Nación, como se indica en el numeral anterior.
12. GARANTÍAS
El licitante que resulte adjudicado deberá otorgar en favor de la Suprema Corte de Justicia de la Nación:
12.1 Fianza expedida por institución debidamente autorizada por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público, correspondiente al 10% del monto total contratado, sin incluir el Impuesto al Valor Agregado, para garantizar el cumplimiento del contrato y, hasta un 20% más del contrato, en el supuesto de que por algún motivo llegue a incrementarse el costo de los bienes y servicios adquiridos, conforme al formato del Anexo 4a.
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 19 de 28 12.2 La garantía deberá ser presentada dentro de los diez días hábiles siguientes a la fecha en que se hubiere firmado el instrumento contractual respectivo, en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales de la Suprema Corte de Justicia de la Nación. En caso de que dicha fianza no se presente dentro del plazo estipulado, queda a consideración de este Alto Tribunal la rescisión del contrato, sin que medie declaración judicial.
12.3 La fianza permanecerá vigente desde la fecha de su expedición y hasta que los bienes y servicios, materia del contrato que en su oportunidad llegue a subscribirse, hayan sido recibidos en su totalidad, a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
12.4 A la entrega e instalación del equipamiento, el proveedor adjudicado deberá presentar la carta garantía de los bienes suministrados, con la cobertura ofertada en el numeral 8.7 de estas bases, exponiendo los términos de las garantías, así como el mecanismo para hacerlas efectivas, que cubran los requisitos a que se refiere el capítulo IX de la Ley Federal de Protección al Consumidor. Dicha garantía aplicará a partir de la fecha en que la Suprema Corte de Justicia de la Nación reciba a entera satisfacción.
13. CAUSAS DE DESCALIFICACIÓN
Serán causas de descalificación las siguientes:
13.1 Acordar con otro licitante fijar el monto de la propuesta, algún precio o condiciones de contratación respecto de los bienes y servicios materia de esta licitación.
13.2 Proporcionar información falsa para participar en el presente procedimiento. 13.3 Cuando el licitante esté inhabilitado por los órganos de la Administración
Pública Federal, Poder Legislativo, o impedido para celebrar contratos con el Poder Judicial de la Federación, o por cualquier otra disposición legal, previo a la emisión del fallo.
13.4 Cuando exista incongruencia en la información presentada entre la propuesta técnica y la económica.
13.5 Cuando algún licitante durante el desarrollo del procedimiento y antes de la emisión del fallo, sea objeto de embargo, huelga estallada, concurso mercantil o liquidación.
13.6 Cuando exista incumplimiento de las condiciones establecidas en las bases y la contravención de lo dispuesto por el Acuerdo General de Administración VI/2008 por parte de algún licitante, lo cual se hará de su conocimiento en cualquiera de las etapas del procedimiento, debiéndose fundar y motivar la causa para desechar su propuesta.
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 20 de 28 13.7 Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación obtenga información
fehaciente de que algún licitante se ubica en alguno de los supuestos respecto de los cuales, bajo protesta de decir verdad, manifestó no encontrarse, en el documento legal al que se refiere el numeral 6.1.6 de estas bases.
13.8 Cuando el licitante presente propuesta alternativa o parcial, de conformidad con lo señalado en el numeral 7.4 de las presentes bases.
13.9 Cuando algún licitante subcontrate los bienes o servicios requeridos.
13.10 Cuando los licitantes no asistan a la junta de aclaraciones prevista en las presentes bases.
14. SUSPENSIÓN, CANCELACIÓN, REPOSICIÓN O DECLARACIÓN DE LICITACIÓN DESIERTA
14.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá cancelar o suspender, en todo o en parte el presente procedimiento en cualquiera de sus etapas, siempre y cuando existan razones suficientes que lo motiven, o en caso de que se pudiera ocasionar un daño a este Alto Tribunal.
14.2 La Suprema Corte notificará cualquier resolución de cancelación o suspensión a todos los licitantes por escrito y a través de publicación en la página de Internet.
14.3 Una vez analizadas las causas que dieron origen a la suspensión, la Suprema Corte de Justicia de la Nación instruirá para subsanarlas en caso de ser posible y, efectuado ello, continuará con el procedimiento.
14.4 La cancelación del presente procedimiento procederá cuando no puedan subsanarse las causas que dieron origen a la suspensión, cuando existan causas debidamente justificadas que extingan la necesidad de realizar la contratación respectiva, o bien, cuando de continuarse con el procedimiento se pudiera ocasionar un daño o perjuicio a la Suprema Corte de Justicia de la Nación. La cancelación del procedimiento se notificará a todos los licitantes por escrito.
14.5 Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación advierta algún vicio en el procedimiento, podrá ordenar su reposición, tomando en cuenta los principios del artículo 134 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.
14.6 En caso de que no se registre ningún licitante; si no se presenta ninguna propuesta, si ninguna propuesta obtiene resultado favorable en todos los dictámenes resolutivos; o si los precios propuestos no fueran aceptables de conformidad con la información disponible, la Suprema Corte de Justicia de la Nación declarará desierto el procedimiento.
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15. CRITERIOS DE ADJUDICACIÓN
15.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación, con base en el resultado de la valoración de los dictámenes resolutivos legal, financiero, técnico y económico; adjudicará la partida completa, a quien presente la propuesta solvente, esto es, que haya obtenido todos los dictámenes favorables y su precio sea el más bajo.
15.2 En este procedimiento bastará con solo una propuesta que resulte viable para adjudicarse.
15.3 Si derivado de la evaluación de las proposiciones se obtuviera un empate en el precio de dos o más de ellas, la adjudicación se efectuará en favor del licitante que resulte ganador del sorteo manual por insaculación que celebre la Suprema Corte de Justicia de la Nación en el propio acto de emisión de fallo, el cual consistirá en la participación de un boleto por cada propuesta que resulte empatada y depositados en una urna, de la que se extraerá, en primer lugar, el boleto del licitante ganador y, posteriormente, los demás boletos empatados, con lo que se determinarán los subsecuentes lugares que ocuparán tales proposiciones.
16. NOTIFICACIÓN DEL FALLO
16.1 El Comité de Adquisiciones y Servicios, Obras y Desincorporaciones, previa recepción de todos los dictámenes resolutivos, emitirá por escrito, debidamente fundado y motivado, el fallo correspondiente, en el que se adjudicará la partida completa, al licitante que habiendo presentado propuesta solvente haya ofertado el precio más bajo en el total de la partida. 16.2 En dicho fallo, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, podrá declarar
desierta la licitación, si no se presentan propuestas; si ninguna propuesta reúne los requisitos señalados en las bases; si ninguna obtiene resultado favorable en todos los dictámenes resolutivos; o si los precios no fueran aceptables de conformidad con la información disponible, con base en el dictamen resolutivo correspondiente.
16.3 El fallo se notificará a los licitantes en sesión pública a celebrarse en la hora, fecha y lugar que previamente se notifique. El extracto del fallo se publicará
en la página de Internet http://www.scjn.gob.mx/Transparencia/Paginas/trans_int_adq.aspx, y hará
los efectos de notificación respecto de los licitantes que no acudan a la referida sesión pública, sin perjuicio de que la documentación respectiva quedará a su disposición, para consulta, en las oficinas de la Dirección General de Recursos Materiales.
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 22 de 28 16.4 Las propuestas que no obtengan resolución favorable, así como todos sus
anexos podrán ser devueltos a los licitantes que lo soliciten, una vez transcurridos sesenta días naturales contados a partir de la fecha en que se formalice el contrato respectivo, o se notifique la cancelación o se declare desierta la licitación, salvo que exista alguna inconformidad en trámite, en cuyo caso, las propuestas deberán conservarse hasta la total conclusión de la inconformidad e instancias subsecuentes, por lo que, una vez agotados dichos plazos, la Suprema Corte de Justicia de la Nación procederá a su devolución o destrucción.
17. PROPIEDAD INTELECTUAL
El licitante adjudicado asumirá la responsabilidad total en el caso que al suministrar los bienes y servicios adjudicados infrinja o viole derechos de propiedad intelectual; así como respecto de su procedencia; y, por tanto, libera a la Suprema Corte de Justicia de la Nación de toda responsabilidad de carácter civil, penal, fiscal o de cualquier otra índole.
18. FORMALIZACIÓN DEL INSTRUMENTO CONTRACTUAL
18.1 El licitante adjudicado deberá firmar el contrato respectivo dentro de los quince días hábiles siguientes a la fecha de notificación del fallo, por lo que el ganador o su representante, se deberá presentar a firmar el instrumento contractual respectivo, en la Dirección General de Recursos Materiales, sita en Calle 16 de Septiembre No. 38, séptimo piso, Colonia Centro de la Ciudad de México, Delegación Cuauhtémoc, Código Postal 06000, México, Distrito Federal, en horario de lunes a viernes, de 9:00 a 17:00 horas. En caso de no hacerlo dentro del plazo determinado, por causas imputables a él, será impedido temporalmente para participar en procedimientos de contratación o celebrar contratos, en términos de lo dispuesto en los artículos 48, fracción V, inciso c y 188, del Acuerdo General de Administración VI/2008. Como
Anexo 5, se presenta, para su conocimiento, proyecto del instrumento
contractual a suscribir.
18.2 De no presentarse el licitante adjudicado, se podrá adjudicar de manera directa al licitante que hubiere ofertado la siguiente mejor propuesta, siempre que el precio de su oferta no supere el 20% del monto de la oferta ganadora. 18.3 Si se autoriza la adjudicación a la segunda propuesta, se notificará por
escrito dirigido al licitante que la ofertó.
18.4 Los derechos y obligaciones que el proveedor adquiera con la firma del contrato correspondiente no podrán cederse en forma total o parcial, gravarse, transferirse o afectar bajo cualquier título en favor de otra persona.
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19. ENTREGA, CONDICIONES DE PAGO Y OTRAS CONSIDERACIONES. ENTREGA
19.1 La empresa adjudicada será responsable de la integridad de los bienes adquiridos por este Tribunal, hasta que sean entregados y recibidos a entera satisfacción, en las instalaciones de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el domicilio identificado como lugar de entrega en el apartado 9.3, inciso b, de las presentes bases, por lo que, el riesgo correrá a cargo del licitante hasta ese momento, bajo los siguientes términos:
I. El tipo de transporte a utilizar será aquel que el licitante considere conveniente y que garantice la entrega oportuna, así como que los bienes sean entregados en óptimo estado, con el empaque necesario para evitar daños al transportarlo y soportar las maniobras a las que estarán sujetos, a prueba de humedad y polvo; de forma que preserven su calidad y condiciones óptimas durante el transporte, manejo y almacenaje, sin merma de su vida útil.
II. El licitante será responsable de cubrir los costos de traslado y seguro de los bienes, desde sus instalaciones, hasta el lugar de destino final. Para la entrega de los bienes deberá presentarse la información y documentación necesaria para su identificación, así como una copia de la factura o remisión correspondiente y, copia del contrato.
III. No será aceptada condición alguna en cuanto a cargos adicionales por concepto de fletes, maniobras de carga y descarga, seguros y otros costos adicionales para la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
19.2 Responsabilidad objetiva: el licitante que resulte adjudicado, responderá por los daños que se causen a las personas o bienes con motivo de la contratación que derive del presente procedimiento aun cuando no exista negligencia. La reparación del daño consistirá, a elección de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en el restablecimiento de la situación anterior, cuando ello sea posible, o en el pago de daños y perjuicios, con independencia de ejercer las acciones legales a que haya lugar.
19.3 La Suprema Corte de Justicia de la Nación no recibirá los bienes en mal estado por causas imputables al licitante o su transportista, por lo que, la aceptación de los bienes solicitados, será a entera satisfacción de la convocante, de acuerdo con las especificaciones descritas en el Anexo 2a de estas bases y de conformidad con la propuesta técnica presentada por el licitante.
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 24 de 28 19.4 Se extenderá al licitante adjudicado la constancia de entrega-recepción de
conformidad de los bienes, o la solicitud de entrega de los bienes faltantes y, en su caso, la reposición de los que se encuentren defectuosos.
DEVOLUCIONES
19.5 La Suprema Corte de Justicia de la Nación, podrá hacer devoluciones de bienes cuando:
I. Se compruebe que no son de la calidad solicitada.
II. Presenten defectos de fabricación o deficiencias durante su uso por causas imputables al licitante.
III. Cuando los bienes entregados no cumplan con las características técnicas solicitadas por la convocante.
IV. En estos casos el proveedor se obliga a restituir, sin condición alguna a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, los bienes devueltos, dentro de los 10 días naturales siguientes a la presentación de la reclamación.
19.6 Cuando la Suprema Corte de Justicia de la Nación requiera hacer la devolución de los bienes por causas distintas a las indicadas, estas se efectuarán previo acuerdo por escrito de ambas partes, en cuyo caso se deberá efectuar la devolución de los recursos efectivamente pagados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, en un plazo que no exceda de 15 días hábiles, mediante depósito o cheque certificado a nombre de la institución, así como los intereses que se generen hasta la fecha en que se pongan efectivamente a disposición de este Alto Tribunal, los que se computarán por días calendario.
PLAZO Y FORMA DE PAGO
El licitante adjudicado, deberá considerar como requisito previo para iniciar el trámite de pago, contar con las facturas correspondientes que reúnan los requisitos fiscales aplicables, validadas por la Dirección General de Tecnologías de la Información, así como con la fianza de cumplimiento con dictamen favorable emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos. Los pagos procedentes se realizarán mediante transferencia electrónica, dentro de los 8 días hábiles siguientes a la presentación de las facturas previamente validadas por el área respectiva, en la Dirección General de Presupuesto y Contabilidad de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, ubicada en Calle 16 de Septiembre No. 38, planta baja, Colonia Centro de la Ciudad de México, Código Postal 06000, Delegación Cuauhtémoc, México, Distrito Federal, los lunes y miércoles de 8:30 a 14:00 horas; para lo cual, el licitante que resulte adjudicado, deberá entregar la siguiente documentación:
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 25 de 28 1. Carta membretada en la que se indiquen sus datos bancarios (original):
a. Cuenta
b. Clave bancaria estandarizada a 18 posiciones (CLABE) c. Banco
d. Sucursal e. Beneficiario
I. Factura a nombre de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, con número de Registro Federal de Contribuyentes SCJ 950204 6P5, que cumpla con los requisitos fiscales establecidos por la legislación en la materia, con el Impuesto al Valor Agregado desglosado (original).
II. En el caso de bienes, entrada al Almacén, emitida por la Dirección de Almacenes, debidamente sellada y firmada, en donde conste el registro de dicha recepción a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (original).
III. Copia del instrumento contractual para efectos de pago.
IV. Copia de la póliza de fianza de cumplimiento del instrumento contractual dictaminada.
V. En el caso de servicios, oficio de validación del Área Técnica de que los servicios se prestaron en los términos contratados.
No se realizará el pago de facturas de bienes y servicios que no se hayan recibido o prestado en su totalidad y a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
20. PENAS CONVENCIONALES
Las penas convencionales, en caso de incumplimiento de las obligaciones pactadas en el instrumento contractual, serán determinadas por la Suprema Corte de Justicia de la Nación, conforme lo siguiente:
20.1 Se aplicará al proveedor una pena convencional hasta por un 10% del monto que corresponda al valor de los bienes o prestación de servicios (sin incluir Impuestos) que no se hayan entregado, o bien, no se hayan prestado a entera satisfacción de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
20.2 Se aplicará una pena convencional por los atrasos que le sean imputables en la entrega de los bienes equivalente al monto que resulte de aplicar el 10 al millar por cada día natural de retraso, a la cantidad que importen los bienes pendientes de entrega, pena que no podrá exceder del 10% del monto total del contrato, sin incluir impuestos.
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LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 26 de 28 En el caso de la instalación y puesta en marcha, se aplicará una penalización correspondiente al 10 al millar diario sobre el monto total de los bienes no instalados, aun cuando se hubiere entregado el equipo en tiempo, hasta un máximo del 10% del monto total del contrato.
Para la prestación de los servicios, en caso de incumplir, la Suprema Corte de Justicia de la Nación, aplicará al proveedor una pena convencional del 1% (uno por ciento) por cada día de retraso, del cargo mensual del contrato de mantenimiento correctivo en sitio, hasta un máximo del 10% del monto total del periodo.
20.3 El proveedor responsable del incumplimiento se hará acreedor a las sanciones previstas en los numerales anteriores, con independencia de que se hagan efectivas las garantías otorgadas.
20.4 Las penas podrán descontarse de los montos pendientes de cubrir por parte de la Suprema Corte, al proveedor.
21. MODIFICACIÓN DEL CONTRATO
21.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá autorizar el incremento o disminución en la cantidad de los bienes y/o servicios, mediante modificaciones al contrato vigente, siempre que el precio de los bienes y/o servicios sea igual al pactado originalmente.
21.2 En casos excepcionales podrán realizarse convenios aclaratorios, cuando no impliquen modificar lo originalmente pactado y únicamente busquen precisar las condiciones de contratación, para lo cual se atenderá a los antecedentes que revelen fehacientemente el error entre el contrato acto jurídico y el contrato como documento.
21.3 La Suprema Corte de Justicia de la Nación se abstendrá de hacer modificaciones en los contratos en lo que se refiera a precios, pagos progresivos, especificaciones y, en general, cualquier cambio que implique otorgar condiciones ventajosas al licitante adjudicado, comparadas con las establecidas originalmente.
21.4 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá, dentro de un plazo que no exceda de diez meses posteriores a la publicación del fallo, autorizar la ampliación de los bienes o servicios adjudicados, siempre que por la cuantía a contratar no rebasen el 30% del monto total adjudicado en la licitación pública, incluyendo impuestos, descuentos y gastos de instalación, y el licitante ganador sostenga los mismos precios de la licitación, en moneda nacional, o su equivalente en moneda extranjera.
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22. SUSPENSIÓN Y TERMINACIÓN DE LA RELACIÓN CONTRACTUAL
22.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá suspender el plazo de ejecución del contrato cuando existan causas de interés general, por necesidades del servicio público, o, en caso de irregularidades en el cumplimiento del objeto del contrato, señalando la interrupción del plazo de ejecución, así como los hechos que motivan la suspensión.
22.2 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá dar por terminado el contrato por el cumplimiento de su objeto o, de manera anticipada, cuando existan causas justificadas o razones de interés general como lo son:
A. Por nulidad. B. Por rescisión.
C. Por sobrevenir caso fortuito o fuerza mayor. D. Por mutuo consentimiento.
23. RESCISIÓN
23.1 La Suprema Corte de Justicia de la Nación podrá determinar, de manera unilateral, la rescisión de las relaciones contractuales, sin necesidad de declaración judicial, en caso de incumplimiento de las obligaciones a cargo del proveedor, por causas imputables a él.
23.2 En caso de rescindir de pleno derecho el contrato, parcialmente o en su totalidad, se podrá adjudicar al licitante que conforme a su propuesta técnica y económica, represente la segunda mejor oferta y así sucesivamente, siempre que la diferencia en el precio con respecto a la propuesta que inicialmente haya resultado ganadora, no sea superior al 20% (veinte por ciento).
23.3 Si la Suprema Corte de Justicia de la Nación no firmare el contrato respectivo o cambiara las condiciones de las bases de la licitación pública nacional, el licitante ganador, sin incurrir en responsabilidad, no estará obligado a proporcionar el bien o prestar el servicio; en este supuesto tendrán derecho los licitantes, previa solicitud escrita, al pago por los gastos no recuperables en que hubieren incurrido para elaborar y preparar su propuesta, siempre que estos sean razonables, estén debidamente comprobados, se relacionen directamente con la licitación y, no rebasen el 15% del monto estimado de la propuesta.
24. INCONFORMIDADES
Los licitantes que acrediten su interés jurídico podrán interponer el recurso de inconformidad en los términos previstos en los artículos 189 a 195 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
OFICIALÍA MAYOR DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES
LPN/SCJN/DGRM-DABI/003/2013 Página 28 de 28
25. CONCILIACIÓN
Cuando se suscite alguna controversia respecto de lo pactado en el contrato que se llegase a celebrar con motivo de este procedimiento, el proveedor podrá presentar su solicitud de conciliación en los términos previstos en los artículos 196 a 201 del Acuerdo General de Administración VI/2008, del Comité de Gobierno y Administración de la Suprema Corte de Justicia de la Nación.
26. TRIBUNAL COMPETENTE
Para la interpretación y cumplimiento del instrumento derivado de este procedimiento, las partes se someten a las decisiones del Tribunal Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, renunciando en forma expresa a cualquier fuero que, en razón de su domicilio o vecindad, tengan o llegaren a tener; lo anterior, con fundamento en el artículo 11, fracción XX, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.
27. ANEXOS
Anexo 1a Carta de domicilio legal de la empresa.
Anexo 1b Carta protesta de no impedimentos para contratar. Anexo 1c Carta de confidencialidad.
Anexo 1d Carta de antecedentes de participación. Anexo 2a Requerimiento técnico.
Anexo 2b Carta de cumplimiento de normas. Anexo 3 Formato de propuesta económica.
Anexo 4 Formato de fianza de garantía de cumplimiento de contrato. Anexo 5 Proyecto de contrato.
ATENTAMENTE
SUPREMA CORTE DE JUSTICIA DE LA NACIÓN
_________________________________ LIC. MARÍA ESTHER HERNÁNDEZ
Y CHÁVEZ
DIRECCIÓN GENERAL DE RECURSOS MATERIALES
_____________________________________ LIC. OTILIO ESTEBAN HERNÁNDEZ
PÉREZ
DIRECCIÓN GENERAL
DE TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN