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martes, 29 de junio de 2021 | Monterrey, Nuevo León

EDICTOS

EDICTO

122315

Martín Orozco Guadián y Rosa María Guadián Ramírez, domicilio ignorado. En fecha 13 trece de agosto de 2020 dos mil veinte, se admitió a trámite el expediente judicial número 426/2020, tramitado ante este Juzgado Segundo de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, relativo a las diligencias de jurisdicción voluntaria sobre notificación e interpelación judicial, promovidas por José Luis Flores Moyar, respecto de Martín Orozco Guadián y Rosa María Guadián Ramírez, al haberse realizado la búsqueda de la interpelada en cita, no fue posible localizar su domicilio, por lo que mediante auto de fecha 24 veinticuatro de mayo del año 2021 dos mil veintiuno, se ordenó notificar a los ciudadanos Martín Orozco Guadián y Rosa María Guadián Ramírez, por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por 03 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en cualquiera de los periódicos El Porvenir, El Norte o Milenio que se editan en esta Ciudad a elección del actor, publicación que igualmente se hará por medio del Boletín Judicial, a fin de hacerles del conocimiento sobre los conceptos precisados en el escrito inicial, por lo que quedan a su disposición las copias de traslado, debidamente selladas y rubricadas que lo sean por la secretaría de este juzgado. En la inteligencia de que la notificación realizada de esta manera surtirá sus efectos a los 10 diez días contados a partir de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Doy fe.

LICENCIADO ISAAC TIJERINA ALVIZO

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL

EDICTO

122638

A la ciudadana Luz María Cabriales González Domicilio ignorado. En el Juzgado Primero de Juicio Familiar Oral del Segundo Distrito Judicial en el Estado, dentro el expediente judicial número 344/2021, relativo al juicio oral sobre divorcio incausado, promovido por Rolando Flores Charles en contra de Luz María Cabriales González.

Dado el desconocimiento del domicilio donde pueda ser ubicada la ciudadana Luz María Cabriiales González, se le ordenó notificar por medio de edictos que se publicarán por 03-tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial y en cualesquiera de los siguientes periódicos de mayor circulación a elección del interesado, pudiendo ser ello en el Periódico EL Norte, Periódico Milenio Diario de Monterrey, o bien el Periódico el Porvenir editados en esta ciudad, a fin, dentro del término de 9 nueve días, comparezca ante este tribunal a dar contestación por escrito, conforme lo establece el artículo 1045 del Compendio Adjetivo Civil;

así también, para que en dicho término señale domicilio para oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las notificaciones personales que se verifiquen en el presente trámite se le harán por medio de la tabla de

avisos que se lleva en este tribunal, de conformidad con el numeral 68 de la codificación adjetiva en comento. En el entendido de que el domicilio de este juzgado se encuentra ubicado en el primer piso el Palacio de Justicia, sito en la calle Plutarco Elías Calles y Lázaro Cárdenas, sin número, colonia Ignacio Zaragoza, en Guadalupe, Nuevo León, lo anterior para los efectos legales a que haya lugar.

Aclaración hecha de que la notificación realizada así surtirá sus efectos a los 10-diez días contados desde el siguiente al de la última publicación del edicto que se ordena, quedando en la Secretaría del Juzgado a disposición de la parte reo, las copias de traslado de la demanda de inicial, y documentos acompañados a la misma, así como demás constancias de autos, debidamente sellados y rubricados por la Secretaría de este Juzgado, para que ocurra a éste Tribunal por escrito, a desahogar la vista ordenada.

PATRICIA EUGENIA MARES REYNA

C. SECRETARIO ADSCRITO A LA COORDINACIóN DE GESTIóN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL

EDICTO

122748

Juan Meraz Mata, domicilio ignorado. En fecha 08 ocho de marzo de 2021 dos mil veintiuno, se admitió a trámite el expediente judicial número 255/2021, tramitado ante este Juzgado Segundo de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, relativo al juicio ordinario civil, promovido por María del Carmen Tovar Acosta, en su carácter de apoderada general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Juan Meraz Mata, al haberse realizado la búsqueda de la demandada en cita, no fue posible localizar su domicilio, por lo que mediante auto de fecha 10 diez de junio del año 2021 dos mil veintiuno, se ordenó emplazar al ciudadano Juan Meraz Mata, por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por 03 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en cualquiera de los periódicos El Porvenir, El Norte o Milenio que se editan en esta Ciudad a elección del actor, publicación que igualmente se hará por medio del Boletín Judicial, a fin de que dentro del término de 09 nueve días ocurra a producir su contestación a la demanda instaurada en su contra si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer, por lo que quedan a su disposición las copias de traslado, debidamente selladas y rubricadas que lo sean por la secretaría de este juzgado. En la inteligencia de que la notificación realizada de esta manera surtirá sus efectos a los 10 diez días contados a partir de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Asimismo, prevéngase al citado demandado, para que dentro del término para contestar la demanda señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García o Santa Catarina, todos del estado de Nuevo León, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se coloque en la tabla de avisos de este Juzgado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Doy fe. LICENCIADO ISAAC TIJERINA ALVIZO. SECRETARIO ADSCRITA AL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL DEL PRIMER DISTRITO JUDICIAL DEL ESTADO.

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ISAAC TIJERINA ALVIZO

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO DE LO CIVIL

EDICTO

122781

A Helios Aquino Fernández Domicilio: Ignorado. Que dentro de los autos que integran el expediente judicial número 1174/2020, relativo al juicio ordinario civil sobre recisión de contrato promovido por Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Helios Aquino Fernández, del índice de este Juzgado Quinto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, en fecha 8 ocho de enero de 2021 dos mil veintiuno, se admitió a trámite la demanda propuesta, cuyas prestaciones se advierten del escrito inicial, el cual se encuentra a su disposición en el local de este juzgado para los efectos legales correspondientes en las copias de traslado respectivo. Por lo que se hace constar que por auto de fecha 14 catorce de junio del 2021 dos mil veintiuno, se ordenó el emplazamiento de Helios Aquino Fernández, por medio de edictos que se deberán publicar por 3 tres veces consecutivas en el periódico oficial de Estado, en el Boletín Judicial, así como por el periódico de los de mayor circulación, quedando a elección del interesado esto último para el efecto de hacer la publicación en el diario el Porvenir, en el Periódico el Norte, Periódico Milenio Diario o en el ABC de Monterrey, publicación la anterior que surtirá sus efectos a los 10 diez días contados al día siguiente en que se haga la última, concediéndose un término de 9 nueve días a fin de que ocurra a producir su contestación a la demanda y a oponer las excepciones de su intención si las tuviere; debiéndose prevenir para que señale domicilio en esta Ciudad para el efecto de oír y recibir notificaciones;

bajo el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las posteriores notificaciones que deban realizarse, aun las de carácter personal, se le harán conforme a las reglas para las notificaciones no personales, de conformidad con lo dispuesto por el numeral 68 del Código de Procedimientos Civiles en el Estado. Por lo que como se dijera quedan a disposición de la parte demandada las copias de traslado correspondientes en la Secretaría de este Juzgado.- Doy Fe.

LICENCIADO ROLANDO EDUARDO GUTIÉRREZ ROBLES C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO CIVIL

EDICTO

122818

Dentro de los autos del expediente 1136/2019, relativo al juicio ordinario civil promovido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de JUAN MANUEL TIRADO SANDOVAL, ordena se proceda sacar a remate en pública subasta y primera almoneda del bien inmueble embargado en autos y propiedad de la parte demandada, registrado bajo el Número de inscripción 4830, Volumen 62, Libro 97, Sección Propiedad, Unidad Escobedo, con fecha 30 de noviembre del año 2000, mismo que se describe a continuación: Lote de terreno marcado con el número (32) treinta y dos, de la manzana número (80) ochenta, ubicado en el Fraccionamiento la Unidad, Segundo Sector, en el Municipio de Escobedo, Nuevo León, el cual tiene una superficie total de (91.00 M2) noventa y un metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: AL SUROESTE mide (7.00) siete metros a colindar con la calle Unidad Natural, con la que da frente; AL SURESTE mide (13.00) trece metros, a colindar con el lote número (31) treinta y uno;

AL NORESTE mide (7.00) siete metros, a colindar con el lote número (11) once; y AL NOROESTE mide (13.00) trece metros, a colindar con el lote número (33) treinta y tres. La manzana de referencia se encuentra circundada por las siguientes calles: al Suroeste, Unidad Natural; al Sureste Unidad Popular; al Noreste, Unidad Orgánica; y al Noroeste, Área Municipal. El inmueble antes descrito reporta como mejoras la finca marcada con el número (620) seiscientos veinte de la calle Unidad Natural, del fraccionamiento citado. Así, con el propósito de convocar a postores, anúnciese la venta del referido inmueble por medio de edictos, los cuales deberán publicarse 2 dos

veces, una cada 3 tres días, en el Boletín Judicial, en el periódico de mayor circulación (a elección del ejecutante), siendo estos "El Norte",

"El Porvenir", "Milenio" o “ABC”, que se editan en esta Ciudad, así como en los estrados de este órgano jurisdiccional, acorde al artículo 468 de la legislación adjetiva civil, lo anterior para convocar por éste medio a postores. Siendo el valor del inmueble la cantidad de

$238,000.00 (doscientos treinta y ocho mil pesos 00/100 moneda nacional), de acuerdo al avalúo rendido por el perito designado por la parte actora y, como postura legal la suma de

$158,666.66 (ciento cincuenta y ocho mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional).Por último, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 5°, 37, 38, 39, 42 y 47 del Acuerdo General 13/2020-II, para el desarrollo de la presente audiencia resulta fundamental que los postores que en su caso comparezcan, en términos del artículo 535 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, exhiban hasta un día antes y mediante escrito, el certificado de depósito por el monto que corresponda al 10% diez por ciento del valor del precio del inmueble objeto de la venta, pues en caso de no hacerlo así dará como consecuencia que no se les tenga compareciendo a la audiencia. Debiéndose llevar a cabo la Audiencia de Remate en el local de este Juzgado a las 10:30 diez horas con treinta minutos del 30 treinta de agosto del 2021 dos mil veintiuno, para lo cual en la secretaría de este juzgado se les proporcionará mayor información a los interesados, acorde con los artículos 468, 534 y 535 del código procesal civil del Estado.

DOY FE. -

JENARO ABNER LUNA CERVANTES

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

EDICTO

122824

Dentro de los autos del expediente 638/2018, relativo al juicio ordinario civil promovido por María del Carmen Tovar Acosta, apoderada general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Lydia Martínez Tovar, se procede a sacar a Remate en Pública Subasta y Primer Almoneda el bien inmueble objeto de la garantía hipotecaria, el cual se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, a nombre de la parte demandada bajo los siguientes datos: Número inscripción número 2121, volumen 103, libro 85, Sección Propiedad, Unidad Escobedo, de fecha 26 de mayo de 2014, mismo que se describe a continuación: Vivienda B, ubicado en calle Circuito Golondrina, marcado con el nuero oficial 942-B (novecientos cuarenta y dos B) en la Colonia Privadas de Camino Real ll, en la ciudad de Escobedo, Nuevo León. La manzana de referencia se encuentra circundada por las siguientes calles: al Sureste con calle Avenida Paseo de las Aves; al Noroeste con Avenida Constitución, al Noreste con calle Articulo 72 y al Sureste con calle Circuito Golondrina. Localizado en el lado derecho y consta de sala, comedor, cocina, 2 recamaras y baño, con un área de construcción total de 53.21 m2 (cincuenta y tres metros veintiún centímetros cuadrados) y patio descubierto exclusivo con una superficie total de 7.91 m2 (siete metros noventa y un centímetros cuadrados), y cajón de estacionamiento de uso exclusivo con una superficie de 15.755 m2 (quince metros setecientos cincuenta y cinco milímetros cuadrados) dando un total de área privada de 76.875 m2 (setenta y seis metros ochocientos setenta y cinco milímetros cuadrados). Medidas y colindancias de la vivienda, al NOROESTE mide 2.98 m (dos metros noventa y ocho centímetros) a colindar con patio descubierto B; al SUROESTE mide una línea quebrada en tres tramos, el primer tramo de Sureste a Noroeste 3.15 m (tres metros quince centímetros), el segundo tramo al Norte 1.43 m (un metro cuarenta y tres centímetros), y el tercer tramo a Noroeste 3.11 m (tres metros once centímetros) a colindar con vivienda A; al SURESTE mide en cinco tramos, el primer tramo de Noreste a Suroeste 1.35 m (un metro treinta y cinco centímetros), el segundo tramo a Sureste 0.60 m (sesenta centímetros), el tercer tramo a Suroeste 1.70 m ( un metro setenta centímetros) a colindar con cajón de estacionamiento B, el cuarto tramo a Noroeste 0.60 m (sesenta centímetros) y el quinto tramo a Suroeste 0.98 m (noventa y ocho

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centímetros) colindan con área común; y al NORESTE mide 7.24 m (siete metros veinticuatro centímetros) a colindar con lote 24. Patio descubierto B, se ubica en la parte posterior de la vivienda B con una superficie de 7.91 m2 (siete metros noventa y un centímetros cuadrados), el cual tiene las siguientes medidas y colindancias:

al NOROESTE, mide 3.50 m (tres metros cincuenta centímetros), a colindar con lote 1; al NORESTE mide 2.26 m (dos metros veintiséis centímetros) y colinda con lote 24; al SUROESTE mide 2.26 m (dos metros veintiséis centímetros) y colinda con patio descubierto A; y al SURESTE mide 3.50 m (tres metros cincuenta centímetros), a colindar con la vivienda B y parte de la vivienda A. Cajón de estacionamiento de uso exclusivo B. El cajón de estacionamiento de uso exclusivo identificado con la letra B, cuenta con una superficie de 15.755 m2 (quince metros setecientos cincuenta y cinco milímetros cuadrados), el cual tiene las siguientes medidas y colindancias: al NOROESTE mide en tres tramos, el primer tramo mide de Suroeste a Noreste 1.70 m (un metro setenta centímetros), el segundo tramo a Noroeste mide 0.60 m (sesenta centímetros), y el tercero a Noreste mide 1.35 m (un metro treinta y cinco centímetros) a colindar con la vivienda B; al SUROESTE mide 4.90 m (cuatro metros noventa centímetros) a colindar a área común; al SURESTE mide 3.05 m (tres metros cinco centímetros) a colindar con la calle Circuito Golondrina;

al NORESTE, mide 5.50 m ( cinco metros cincuenta centímetros) a colindar con lote 24. A dicho inmueble le corresponde un indiviso para bienes de uso común de 50%. Áreas de uso común. El condominio cuenta con un total de 4.95 m2 (cuatro metros noventa y cinco centímetros cuadrados) que será destinado para uso de acceso a las viviendas con las siguientes medidas y colindancias: al SUROESTE mide 5.50 m (cinco metros cincuenta centímetros) y colinda con cajón de estacionamiento A y parte de la vivienda A; al NOROESTE mide 0.90 m (noventa centímetros) y colinda con vivienda B; al NORESTE 5.50 m (cinco metros cincuenta centímetros) y colinda con cajón de estacionamiento B y parte de la vivienda B y al SURESTE 0.90 m (noventa centímetros) y colinda con calle Circuito Golondrina. Áreas comunes; dentro de este apartado se encuentran comprendidas las áreas de: desplantes. Así, con el propósito de convocar a postores, anúnciese la venta del referido inmueble por medio de edictos, los cuales deberán publicarse 2 dos veces, una cada 3 tres días, en el Boletín Judicial, en el periódico de mayor circulación (a elección del ejecutante), siendo estos

"El Norte", "El Porvenir", "Milenio" o “ABC”, que se editan en esta Ciudad, así como en los estrados de este órgano jurisdiccional, acorde al artículo 468 de la legislación adjetiva civil. Siendo el valor del inmueble la cantidad de $299,000.00 (doscientos noventa y nueve mil pesos 00/100 moneda nacional), de acuerdo al avalúo rendido por el perito designado por la parte actora, y como postura legal la cantidad de $199,333.33 (ciento noventa y nueve mil trescientos treinta y tres pesos 33/100 moneda nacional).

Debiéndose llevar a cabo la Audiencia de Remate a las 11:30 once horas con treinta minutos del 31 treinta y uno de agosto del 2021 dos mil veintiuno, para lo cual en la secretaría de este juzgado se les proporcionará mayor información a los interesados, acorde con los artículos 468, 534 y 535 del código procesal civil del Estado. Modalidad de celebración de la audiencia Infórmese a las partes y/o interesados que la audiencia de remate se celebrará a distancia por videoconferencia, como una de las acciones extraordinarias para retornar, de manera gradual, las funciones y el servicio de impartición de justicia, como actividad esencial, haciendo uso para ello de la tecnología e infraestructura informática con que cuenta esta institución, para la reactivación total de las funciones en el contexto de la nueva normalidad, debido al fenómeno de salud pública generado por la pandemia del virus Sars- CoV2(COVID-19). Esto con fundamento en el artículo 4° del Acuerdo General número 13/2020-II de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado. Por ende, se exhorta a los interesados a descargar en su aparato celular, computadora o dispositivo electrónico la aplicación gratuita denominada Microsoft Teams, a través de la cual tendrá verificativo el desahogo de la audiencia, al ser la aplicación oficial que ha habilitado el Poder Judicial del Estado para comunicación entre sus empleados y para este tipo de videoconferencias con los usuarios. En términos de los artículos 8°, 9° y 10° del referido acuerdo general, se establece que la audiencia de remate se deberá celebrar con interviniente en sedes virtuales, habilitándose el uso de

las herramientas tecnológicas necesarias para tal fin. En caso de que los interesados no se encuentren en posibilidad de enlazarse para el desahogo de la audiencia desde su casa u oficina, ya sea por no contar con las herramientas tecnológicas referidas con antelación, o por cualquier otra circunstancia, deberán informarlo a esta autoridad “bajo protesta de decir verdad”, cuando menos 3 tres días hábiles previos a la fecha programada. Lo anterior, con la finalidad de adoptar las medidas necesarias para el desahogo de

la audiencia de manera presencial

en sede judicial, como sería la disposición del equipo y área necesaria para su participación en la misma; en el entendido que de no informarlo en el plazo referido, quedarán obligados a incorporarse a la audiencia por sus propios medios. No será causa de justificación para dejar de asistir presencialmente a la sede judicial para la celebración de la audiencia, el hecho de que se les

haya negado o impedido el acceso a las

instalaciones por encontrarse en alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 71 y 75 del referido Acuerdo General Conjunto 13/2020-II. También, infórmese a las partes y/o interesados que deberán proporcionar los números de teléfono celular y correo electrónico que servirán para el enlace virtual, al correo oficial de este juzgado: [email protected], donde podrán ser atendidas las dudas o aclaraciones que resulten; a su vez, podrán comunicarse con la secretaria de este juzgado en el número telefónico 20-20-23-96 en un horario de 9:00 nueve a las 15:00 quince horas, de lunes a viernes. Atendiendo a lo dispuesto en los artículos 5°, 37, 38, 39, 42 y 47 del Acuerdo General 13/2020-II, para el desarrollo de la presente audiencia resulta fundamental que los postores que en su caso comparezcan, en términos del artículo 535 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, exhiban hasta un día antes y mediante escrito, el certificado de depósito por el monto que corresponda al 10% diez por ciento del valor del precio del inmueble objeto de la venta, pues en caso de no hacerlo así dará como consecuencia que no se les tenga compareciendo a la audiencia.

JENARO ABNER LUNA CERVANTES

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

EDICTO

122825

Dentro del expediente judicial 662/2014, relativo al juicio ordinario civil promovido en contra de Sandra Ornelas Mendoza y Carlos Cortez Solís, se procede a sacar a Remate en Pública Subasta y Primer Almoneda el bien inmueble objeto de la garantía hipotecaria, el cual se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, a nombre de la parte demandada bajo los siguientes datos: Número de inscripción 1667, Volumen 106, Libro 34, Sección Propiedad, Unidad Santa Catarina, de fecha 20 de septiembre de 2001,mismo que se describe a continuación: Lote de terreno marcado con el numero 25 veinticinco, de la manzana numero 55 cincuenta y cinco, del Fraccionamiento Residencial Santa Catarina, 4° Sector, ubicado en el Municipio de Santa Catarina, Nuevo León, el cual tiene una superficie de 90.00 m2 noventa metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: al NORTE mide 15.00 quince metros y colinda con el lote numero 24 veinticuatro; al SUR mide 15.00 quince metros y colinda con el lote numero 26 veintiseis; al ORIENTE mide 6.00 seis metros y colinda con la calle Sierra Peña Nevada; y al PONIENTE mide 6.00 seis metros y colinda con el lote numero 15 quince. La manzana de referencia se encuentra circundada por las siguientes calles, al Norte, Cerro de la Silla; al Sur, Sierra Santa Clara; al Oriente, Sierra Peña Nevada; y al Poniente, Sierra Minas Viejas. El terreno ates descrito tiene como mejoras que le pertenecen y forman partes integrante del mismo, la finca marcada con el número 1129- mil ciento veintinueve, de la calle Sierra Peña Nevada, del mencionado Fraccionamiento y comprende todo cuanto le corresponde y se encuentre dentro de los linderos de dicho terreno.

Así, con el propósito de convocar a postores, anúnciese la venta del referido inmueble por medio de edictos, los cuales deberán publicarse 2 dos veces, una cada 3 tres días, en el

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Boletín Judicial, en el periódico de mayor circulación(a elección del ejecutante), siendo estos "El Norte", "El Porvenir", "Milenio" o

“ABC”, que se editan en esta Ciudad, así como en los estrados de este órgano jurisdiccional, acorde al artículo 468 del Código de

Procedimientos Civiles del Estado.

Siendo el valor del inmueble la cantidad de $637,000.00 (seiscientos treinta y siete mil pesos 00/100 moneda nacional), de acuerdo al avalúo rendido por el perito designado por la par te actora y, como postura legal la suma de $424,666.66 (cuatrocientos veinticuatro mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional). Debiéndose llevar a cabo la Audiencia de Remate en el local de este Juzgado a las 11:30 once horas con treinta minutos del 28 veintiocho de julio de 2021 dos mil veintiuno, para lo cual en la secretaría de este juzgado se les proporcionará mayor información a los interesados, acorde con los artículos 468, 534 y 535 del Código Procesal Civil del Estado. Modalidad de celebración de la audiencia.

Infórmese a las partes y/o interesados que la audiencia de remate se celebrará a distancia por videoconferencia, como una de las acciones extraordinarias para retornar, de manera gradual, las funciones y el servicio de impartición de justicia, como actividad esencial, haciendo uso para ello de la tecnología e infraestructu ra informática con que cuenta esta institución, para la reactivación total de las funciones en el contexto de la nueva normalidad, debido al fenómeno de salud pública generado por la pandemia del virus Sars-CoV2 (COVID- 19).Esto con fundamento en el artículo 4° del Acuerdo General número 13/2020-II de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado.

Por ende, se exhorta a los interesados a descargar en su aparato celular, computadora o dispositivo electrónico la aplicaci

ón gratuita denominada

Microsoft Teams, a través de la cual tendrá verificativo el desahogo de la audiencia, al ser la aplicación oficial que ha habilitado el Poder Judicial del Estado para comunicació n

entre sus empleados y para este tipo de videoconferencias con los usuarios. En términos de los artículos 8°, 9° y 10° del referido acuerdo general, se establece que la audiencia de remate se deberá celebrar

con intervinientes en sedes virtuales, habilitándose el uso de las herramientas tecnológicas necesarias para tal fin. En caso de que los interesados no se encuentren en posibilidad de enlazarse para el desahogo de la audiencia desde su casa u oficina, ya sea por no contar con las herramientas tecnológicas referidas con antelación, o por cualquier otr a circunstancia, deberán informarlo a esta autoridad “bajo protesta de decir verdad”, cuando menos 3 tres días hábiles previos a la fecha programada. Lo anterior, con la finalidad de adoptar las me didas

necesarias para el desahogo de la audiencia de manera presen cial

en sede judicial, como sería la disposición del equipo y área necesaria para su participación en la misma; en el entendido que de no informarlo en el plazo referido, quedarán obligados a incorporarse

a la audiencia por sus propios medios.

No será causa de justificación para dejar de asistir presencialmente a la sede judicial para la celebración de l a audiencia, el hecho de que se les haya negado o impedido el acceso a las instalaciones por encontrarse en alguno de los

supuestos a que

se refieren los artículos 71 y 75 del referido Acuerdo General Conjunto 13/2020-II. También, infórmese a las partes y/o interesados

que deberán

proporcionar los números de teléfono celular y correo electrónic o que servirán para el enlace virtual, al correo oficial de este juzgado:

[email protected], donde podrán ser atendidas las dudas o aclaraciones que resulten; a su vez, podrán comunicarse con la secretaria de este juzgado en el número telefónico 20-20-23-

96 en

un horario de 9:00 nueve a las 15:00 quince horas, de lunes a viernes. Por último, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 5°, 37, 38, 39, 42 y 47 del Acuerdo General 13/2020-II,para el

desarrollo de la presente audiencia

resulta fundamental que los postores

que en su caso comparezcan, en términos del artículo 535 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, exhiban hasta un día antes y mediante escrito, el certificado de depósito por el monto que corresponda al 10% diez por ciento del valor del precio del inmueble objeto de la venta, pues en caso de no hacerlo así dará como consecuencia que no se les tenga compareciendo a la audiencia.

JENARO ABNER LUNA CERVANTES

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

EDICTO

122827

Dentro de los autos del expediente 1426/2008, relativo al juicio ordinario civil promovido por MARIA DEL CARMEN TOVAR ACOSTA, apoderado general para pleitos y cobranzas del Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de JOSE ENRIQUE VAZQUEZ GUERRERO Y LIZETH MAYELA ROJAS RODRIGUEZ DE VAZQUEZ, se procede a sacar a Remate en Pública Subasta y Primer Almoneda el bien inmueble objeto de la garantía hipotecaria, el cual se encuentra inscrito en el Registro Público de la Propiedad y del Comercio, a nombre de la parte demandada bajo los siguientes datos: Número inscripción número 1397, volumen 75, libro 28, Sección I Propiedad, Unidad Apodaca, de fecha 06 de Febrero de 2003, mismo que se describe a continuación: Lote de terreno marcado con el número 16 dieciséis, de la manzana número 81 ochenta y uno, del Fraccionamiento Jardines de Monterrey, Tercer Sector ubicado en el Municipio de Apodaca, Nuevo León, el cual tiene una superficie total de 90.00 metros cuadrados y las siguientes medidas y colindancias: al NORESTE mide 15.00 quince metros a colindar con el lote numero 17 diecisiete, al SUROESTE mide 15.00 quince metros a colindar con el lote numero 15 quince; al SURESTE mide 6.00 seis metros a colindar con Limite de Fraccionamiento; y al NOROESTE mide 6.00 seis metros a dar frente a la calle Jardines del Valle. La manzana se encuentra circundada por las siguientes calles: al NORESTE calle Jardines de la Primavera; al SUROESTE calle Jardines del Roble; al SURESTE Limite de Fraccionamiento; y al NOROESTE calle Jardines del Valle. Que sobre el mencionado lote de terreno se constituyo la vivienda que se identifica con el numero 240 doscientos cuarenta de la calle Jardines del Valle, del citado Fraccionamiento, y comprende todo cuanto le corresponda y se encuentre dentro de los linderos de dicho terreno. Así, con el propósito de convocar a postores, anúnciese la venta del referido inmueble por medio de edictos, los cuales deberán publicarse 2 dos veces, una cada 3 tres días, en el Boletín Judicial, en el periódico de mayor circulación (a elección del ejecutante), siendo estos "El Norte", "El Porvenir", "Milenio" o “ABC”, que se editan en esta Ciudad, así como en los estrados de este órgano jurisdiccional, acorde al artículo 468 de la legislación adjetiva civil. Siendo el valor del inmueble la cantidad de $470,000.00 (cuatrocientos setenta mil pesos 00/100 moneda nacional), de acuerdo al avalúo rendido por el perito designado por la parte actora, y como postura legal la cantidad de

$313,333.33 (trescientos trece mil trescientos treinta y tres pesos 33/100 moneda nacional). Debiéndose llevar a cabo la Audiencia de Remate en el local de este Juzgado a las 10:30 diez horas con treinta minutos del 29 veintinueve de julio del 2021 dos mil veintiuno, para lo cual en la secretaría de este juzgado se les proporcionará mayor información a los interesados, acorde con los artículos 468, 534 y 535 del código procesal civil del Estado. Modalidad de celebración de la audiencia Infórmese a las partes y/o interesados que la audiencia de remate se celebrará a distancia por videoconferencia, como una de las acciones extraordinarias para retornar, de manera gradual, las funciones y el servicio de impartición de justicia, como actividad esencial, haciendo uso para ello de la tecnología e infraestructura informática con que cuenta esta institución, para la reactivación total de las funciones en el contexto de la nueva normalidad, debido al fenómeno de salud pública generado por la pandemia del virus Sars- CoV2 (COVID-19). Esto con fundamento en el artículo 4° del Acuerdo

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General número 13/2020-II de los Plenos del Tribunal Superior de Justicia y del Consejo de la Judicatura del Estado. Por ende, se exhorta a los interesados a descargar en su aparato celular, computadora o dispositivo electrónico la aplicación gratuita denominada Microsoft Teams, a través de la cual tendrá verificativo el desahogo de la audiencia, al ser la aplicación oficial que ha habilitado el Poder Judicial del Estado para comunicación entre sus empleados y para este tipo de videoconferencias con los usuarios. En términos de los artículos 8°, 9° y 10° del referido acuerdo general, se establece que la audiencia de remate se deberá celebrar con intervinientes en sedes virtuales, habilitándose el uso de las herramientas tecnológicas necesarias para tal fin. En caso de que los interesados no se encuentren en posibilidad de enlazarse para el desahogo de la audiencia desde su casa u oficina, ya sea por no contar con las herramientas tecnológicas referidas con antelación, o por cualquier otra circunstancia, deberán informarlo a esta autoridad

“bajo protesta de decir verdad”, cuando menos 3 tres días hábiles previos a la fecha programada. Lo anterior, con la finalidad de adoptar las medidas necesarias para el desahogo de la audiencia de manera presencial en sede judicial, como sería la disposición del equipo y área necesaria para su participación en la misma; en el entendido que de no informarlo en el plazo referido, quedarán obligados a incorporarse a la audiencia por sus propios medios. No será causa de justificación para dejar de asistir presencialmente a la sede judicial para la celebración de la audiencia, el hecho de que se les haya negado o impedido el acceso a las instalaciones por encontrarse en alguno de los supuestos a que se refieren los artículos 71 y 75 del referido Acuerdo General Conjunto 13/2020-II.

También, infórmese a las partes y/o interesados que deberán proporcionar los números de teléfono celular y correo electrónico que servirán para el enlace virtual, al correo oficial de este juzgado:

[email protected], donde podrán ser atendidas las dudas o aclaraciones que resulten; a su vez, podrán comunicarse con la secretaria de este juzgado en el número telefónico 20-20-23-96 en un horario de 9:00 nueve a las 15:00 quince horas, de lunes a viernes.

Por último, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 5°, 37, 38, 39, 42 y 47 del Acuerdo General 13/2020-II, para el desarrollo de la presente audiencia resulta fundamental que los postores que en su caso comparezcan, en términos del artículo 535 del Código de Procedimientos Civiles del Estado, exhiban hasta un día antes y mediante escrito, el certificado de depósito por el monto que corresponda al 10% diez por ciento del valor del precio del inmueble objeto de la venta, pues en caso de no hacerlo así dará como consecuencia que no se les tenga compareciendo a la audiencia.

JENARO ABNER LUNA CERVANTES

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

EDICTO

122828

Con fecha 25 veinticinco de mayo de 2021 dos mil veintiuno, se radicó en este juzgado el juicio sucesorio de intestado a bienes de Francisca Luna González, promovido por Aurora Rosales Luna, quien falleciera el día 16 dieciséis de enero de 1997 mil novecientos noventa y siete, el lugar en Galeana, Nuevo León, a causas naturales, bajo el expediente judicial número 141/2021, promovido por Aurora Rosales Luna, ordenándose publicar por una sola vez el presente edicto, en el Boletín Judicial, Periódico Oficial y el Periódico el Porvenir que se edita en la ciudad de Monterrey, Nuevo León, mediante el cual se convoca a todas aquellas personas que se consideren con derecho a la masa hereditaria, a fin de que acudan a deducirlo al local de este juzgado, dentro del término de 30 treinta días contados desde la fecha de la publicación del edicto que se ordena, lo anterior de conformidad con lo dispuesto por el artículo 819 del Código de Procedimientos Civiles vigente del Estado. Doy fe.

Galeana, N. L., a 17 diecisiete de junio de 2021 CRISANTA PASTRANA SÁNCHEZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL UNDECIMO DISTRITO

JUDICIAL

EDICTO

122829

Dentro de los autos del expediente 1106/2019, relativo al juicio ordinario civil promovido por el Instituto del Fondo Nacional de la Vivienda para los Trabajadores, en contra de Javier Rayas Tovar, ordena se proceda sacar a remate en pública subasta y primera almoneda del bien inmueble embargado en autos y propiedad de la parte demandada, registrado bajo el Número de inscripción 3063, volumen 69, libro 123, Sección Propiedad, Unidad Zuazua, de fecha 11 de agosto del 2006, mismo que se describe a continuación: Lote de terreno marcado con el numero 43 (cuarenta y tres), de la manzana número 152 (ciento cincuenta y dos), del Fraccionamiento Real de Palmas, Sector Palmas Reales, ubicado en el municipio de General Zuazua, Nuevo León, con una superficie total de 90.00 M2 (noventa metros cuadrados) con las siguientes medidas y colindancias: Al Suroeste mide 6.00 mts (seis metros), a dar frente con la calle Palma Enana; al Noreste mide 6.00 mts (seis metros), a colindar con el lote número 2 (dos); al Noroeste mide 15.00 mts (quince metros), a colindar con el lote número 44 (cuarenta y cuatro);

y al Sureste mide 15.00 mts (quince metros), a colindar con el lote número 42 (cuarenta y dos). La manzana de referencia se encuentra circundada por las siguientes calles: Al Noreste, con la calle Palma Bambu; Al Suroeste, con la calle Palma Enana; Al Noroeste, con la calle Palma Datilera; y al Sureste, con la calle Palma de Alejandría.

Teniendo como mejoras la finca marcada con el número 1841 (mil ochocientos cuarenta y uno) de la calle Palma Enana del mencionado Fraccionamiento. Así, con el propósito de convocar postores, anúnciese la venta del referido inmueble por medio de edictos, los cuales deberán publicarse 2 dos veces, una cada 3 tres días, en el Boletín Judicial, en el periódico de mayor circulación (a elección del ejecutante), siendo estos “El Norte”, “El Porvenir”, “Milenio” o

“ABC”, que se editan en esta Ciudad, así como en los estrados de este órgano jurisdiccional, acorde al artículo 468 de la legislación adjetiva civil, lo anterior para convocar por éste medio a postores.

Siendo el valor del inmueble la cantidad de $338,000.00 (trescientos treinta y ocho mil pesos 00/100 moneda nacional), de acuerdo al avaluó rendido por el perito designado por la parte actora y, como postura legal la suma de $225,333.33 (doscientos veinticinco mil trescientos treinta y tres pesos 33/100 moneda nacional). Por último, atendiendo a lo dispuesto en los artículos 5°, 37, 38, 39, 42 y 47 del Acuerdo General 13/200-ll, para el desarrollo de la audiencia resulta fundamental que los postores que en su caso comparezcan, en términos del artículo 535 del Código de Procedimientos civiles del Estado, exhiban hasta un día antes y mediante escrito, el certificado de depósito por el monto que corresponda al 10% diez por ciento del valor del precio del inmueble objeto de la venta, pues en caso de no hacerlo así dará como consecuencia que no se les tenga compareciendo a la audiencia. Debiéndose llevar a cabo la Audiencia de Remate en el local de este Juzgado a las 11:00 once horas del 25 veinticinco de agosto del 2021 dos mil veintiuno, para lo cual en la secretaria de este juzgado se les proporcionará mayor información a los interesados, acorde con los artículos 468, 534 y 535 del código procesal civil del Estado. DOY FE.

JENARO ABNER LUNA CERVANTES

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO CIVIL

EDICTO

122845

Al ciudadano Guillermo Raya Salgado. Domicilio: Desconocido. En fecha 22-veintidós de enero del año 2021-dos mil veintiuno se admitió a trámite el expediente número 1930/2020, relativo a las diligencias de jurisdicción voluntaria sobre información ad perpetuam promovidas por Abiel García Rodríguez. Luego, por acuerdo del 17- diecisiete de junio del año actual, se ordenó notificar a Guillermo Raya Salgado, en su calidad de representante legítimo del menor Guillermo Mauricio Raya de León, por medio de edictos que se

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publicarán por 3 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el periódico “El Porvenir” así como en el Boletín Judicial, a fin de que dentro del término legal de 3 tres días manifieste lo que a sus derechos convenga. En el entendido de que dicha notificación surtirá sus efectos a los 10-diez días, contados desde el siguiente al de la última publicación efectuada. Asimismo, prevéngase a Guillermo Raya Salgado a fin de que señale domicilio convencional para efecto de oír y recibir todo tipo de notificaciones, mismo que podrá estar ubicado en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, apercibiéndole que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal, se le realizarán por medio de instructivo que será fijado en la tabla de avisos que para tal efecto se lleva en este juzgado; lo anterior de conformidad con lo dispuesto por los artículos 68 y 73 del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado.- Doy fe.- Guadalupe, Nuevo León, a 23-veintitrés de junio del 2021-dos mil veintiuno.

Licenciada Gloria María Mayela García Sánchez.

Secretario adscrita al Juzgado Primero de lo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado.

EDICTO

122846

E D I C T O El 25 veinticinco de mayo de 2021 dos mil veintiuno, se admitió a trámite el juicio sucesorio de intestado a bienes de Marco Antonio De Jesús Ochoa Medina promovido por María Teresa Pérez Jiménez, quien comparece por sus propios derechos y en representación de su menor hijo de iniciales M.D.O.P, bajo el número de expediente 422/2021; ordenándose la publicación de un edicto por una sola vez en el Boletín Judicial, Periódico Oficial y en el periódico de elección de la parte actora, pudiendo ser en su caso “Milenio Diario”, “El Porvenir” o “El Norte”, que se edita en la capital del Estado, mediante el cual se convoque a todas aquellas personas que se consideren tener derecho a la masa hereditaria, a fin de que acudan a deducirlo al local de este juzgado, dentro del término de 30 treinta días, contados a partir del siguiente al de la última publicación del edicto ordenado.

BERTHA MARÍA SERNA CISNEROS

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO SEGUNDO MIXTO DE LO CIVIL Y FAMILIAR DE PRIMERA INSTANCIA DEL QUINTO

DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

122854

E D I C T O A la ciudadana Arestby Yaneth Vela Cueto. Con domicilio: Desconocido En cumplimiento al auto dictado por esta autoridad el día 27 veintisiete de abril del año 2021 dos mil veintiuno, dictado dentro de los autos del expediente judicial 1070/2020 relativo al juicio ordinario civil sobre pérdida de la patria potestad, promovido por Emilio Lagunes Hernández en contra de la señora Arestby Yaneth Vela Cueto, respecto de las menores Emily Yaneth y Karla Itzae de apellidos Lagunes Vela, se ordenó emplazar a la ciudadana Arestby Yaneth Vela Cueto, el presente procedimiento, por medio de edictos que se publicarán por tres veces consecutivas tanto en el Periódico Oficial del Estado, Boletín Judicial del Estado y Periódico El Porvenir, a fin de que dentro del improrrogable término de 9 nueve días, contados a partir del día siguiente al en que quede notificada del presente proveído, acuda al local de éste Juzgado a producir su contestación y a oponer excepciones de su intención si las tuviere.

Aclaración hecha de que la notificación realizada en tal forma surtirá sus efectos a los diez días contados desde el siguiente al de la última publicación, quedando en la Secretaría del Juzgado a su disposición, las copias simples de la demanda y demás documentos acompañados los cuales constan en 2 actas de nacimiento, copia simple de egreso al hospital, 5 copias simple de laboratorio, estado de cuenta de hospital, copia simple de 3 credenciales, copia simple

de escrito de escuela, 12 impresiones fotográficas, para su debida instrucción. Ahora bien y de conformidad con lo dispuesto por el artículo 68 del código de procedimientos de la materia, prevéngase a Arestby Yaneth Vela Cueto, a fin de que dentro del término de tres días, señale domicilio para oír y recibir notificaciones, apercibida de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se harán por medio de la tabla de avisos que para tal efecto se lleva en éste Juzgado.

LILIANA YADIRA BERLANGA HERNÁNDEZ C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO QUINTO DE LO

FAMILIAR

EDICTO

122864

EDICTO En fecha nueve de abril de dos mil veintiuno, dentro del expediente número 356/2021, relativo al juicio sucesorio de intestado acumulado a bienes de Emilio Martinez Acevedo, Concepción Acevedo Gómez y Emilio Martinez Acevedo, se ordenó la publicación de un edicto por una sola vez, tanto en el Boletín Judicial del Estado como en el Periódico “El Porvenir” que se edita en esta Entidad, mediante el cual se convoque a todas aquellas personas que se consideren con derecho a la masa hereditaria, para que acudan a deducirlo al local de este Juzgado, dentro del termino de treinta días contados a partir del dia de la publicación del edicto ordenado.- Doy Fe.-

ELIA CELESTINA MENDOZA RODRÍGUEZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO PRIMERO DE LO FAMILIAR DEL TERCER DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

122866

C. GUSTAVO TIRNIDAD MARCELO DOMICILIO IGNORADO En el Juzgado Primero de Juicio Familiar Oral del Cuarto Distrito Judicial en el Estado por auto de fecha 10 de Septiembre del 2020, se admitió a trámite de conformidad con lo dispuesto por los artículos 98,99,111, fracción XV, 612,614,989 fracción II, 990, 1040, y 1041del Código de Procedimientos Civiles vigente en el Estado, el expediente judicial número 712/2020 relativo al Procedimiento Oral sobre Divorcio Incausado promovido por Rocío Mayorga Castillo en contra de Gustavo Trinidad Marcelo, Ahora bien, dado el desconocimiento del domicilio donde pueda ser emplazado al demandado y con fundamento en el artículo 73 del Código Procesal Civil, mediante proveído dictado el 27 de Enero de 2021 se ordenó emplazar al ciudadano Gustavo Trinidad Marcelo por medio de edictos que se publicarían por 3 veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Periódico El Porvenir, asi como en el Boletín Judicial a fin, dentro del término de 9 días, ocurra ante ese Tribunal a producir su contestación, debiendo hacer valer las excepciones de sub intención si las tuviera, haciéndole saber, quedan a su disposición en el local de este juzgado las copias de la demanda de mérito y documentos acompañados para que se imponga de ellos. En la inteligencia la notificación realizada de esta forma surtirá sus efectos a los 10 días contados desde el siguiente al de la última publicación, igualmente prevéngase al enjuiciado del presente juicio para efecto, designe domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los Municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás, de los Garza, San Pedro, Garza García y Santa Catarina, bajo el apercibimiento en caso de no hacerlo asi, las notificaciones personales subsecuentes se practicaran por medio de instructivo que se fije en la Tabla de Avisos, que para tal se lleva en este Juzgado, lo anterior de conformidad con el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles Vigente en el Estado.

SERGIO ARTEMIO GARZA MIRELES

C. SECRETARIO ADSCRITO A LA COORDINACIóN DE GESTIóN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO FAMILIAR ORAL

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EDICTO

122867

A la persona moral Impulsora El Canadá, Sociedad Anónima de Capital Variable, con domicilio ignorado. En fecha 5 cinco de agosto de 2020 dos mil veinte, se admitió en este Juzgado Cuarto de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, con el expediente judicial número 413/2020, relativo al juicio ordinario civil, promovido por Víctor Serrato Cortes y Luz Margarita Arias Quintana, en contra de Impulsora El Canadá, Sociedad Anónima de Capital Variable, y mediante auto de fecha 11 once de junio de 2021 dos mil veintiuno, se ordenó emplazar a Impulsora El Canadá, Sociedad Anónima de Capital Variable, por medio de edictos que deberán de publicarse por tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en el Boletín Judicial, así como en cualquiera de los periódicos El Norte, El Porvenir, Milenio Diario o Periódico ABC, a elección de la parte actora. Quedando a su disposición en este juzgado las correspondientes copias de traslado. En la inteligencia que el emplazamiento hecho de esta manera surtirá sus efectos diez días después contados desde el siguiente de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles del Estado de Nuevo León. Asimismo, prevéngase a Impulsora El Canadá, Sociedad Anónima de Capital Variable, para que señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García y Santa Catarina, Nuevo León, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones, las pendientes y de carácter personal, se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se fijará en la tabla de avisos de este juzgado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 68 del código de procedimientos civiles.

ADÁN ISSAÍ CORTEZ DE LA CRUZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO CUARTO DE LO CIVIL

EDICTO

122891

En el Juzgado Primero de Juicio Civil Oral del Primer Distrito Judicial del Estado, dentro del expediente judicial 328/2018, promovido por Jesús Adolfo Góngora Castro, en su carácter de apoderado general para pleitos y cobranzas de Cervezas Cuauhtémoc Moctezuma, S.A.

de C.V. en contra de Promotora de Eventos Culturales y Artísticos de México, S.A. de C.V., y Ricardo Gerónimo Flores Villarreal, se ordenó proceder al remate en pública subasta y primera almoneda respecto del 50% cincuenta y 100% ciento por ciento de los derechos que le correspondan al codemandado Ricardo Gerónimo Flores Villarreal, respecto de los siguientes inmuebles consistente en: Son dueños y legítimos propietarios en un 50% cincuenta por ciento cada uno de ellas y actuales poseedoras del lote de terreno marcado con el número 2, de la manzana 35 treinta y cinco, del Tercer Sector, del Fraccionamiento BOSQUES DE LA PASTORA, ubicado en el Municipio de Guadalupe, Nuevo León, el cual tiene una superficie de 175.00 CIENTO SETENTA Y CINCO METROS CUADRADOS, y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE mide 17.50 mts diecisiete punto cincuenta metros al lindar con el lote 3 tres AL SUR mide 17.50 mts diecisiete metros cincuenta centímetros a lindar con el lote 1 uno; AL PONIENTE mide 10.00 mts diez metros, a dar frente a la calle Bosques de los Fresnos; AL ORIENTE mide 10.00 mts diez metros al lindar con el lote número 45 cuarenta y cinco. La manzana de referencia se encuentra circundada por las siguientes calles: AL NORTE, límite de propiedad, AL SUR, Bosques de los Olmos; AL PONIENTE, Bosques de los Fresnos; AL ORIENTE, Bosques de la Loma. Cuyos datos de registro son: número 882, volumen 95, libro 18, Sección I Propiedad, Unidad Guadalupe, Nuevo León, de fecha 26 de febrero de 1992.Descripción general de departamento número 20 (Edificio Sur): Departamento consta de Sala, comedor, cocina, 2 recámaras, cuarto de sirvientes, patio de servicio, dos baños y pasillo con un área de (96.20 m2) noventa y seis metros veinte decímetros

cuadrados, y las siguientes medidas y colindancias: AL NORTE: lo forman 3 LINEAS: la primera DE Poniente a Oriente 3.50 metros y colina con vacío; LA SEGUNDA: de Sur a Norte 1.00 metro y colinda con vacío; LA TERCERA de Poniente a Oriente 9.15 metros y colinda con vacío, al Sur: lo forman 5 líneas: LA PRIMERA de Poniente a Oriente 6.55 metros y colinda con comedor y cocina del Departamento Número 19; LA SEGUNDA de Sur a Norte1.00 metros y colinda con vacío; LA TERCERA de Poniente a Oriente 2.80 y colinda con vacío; LA CUARTA de Norte a Sur 1.00 metros y colinda con vacío; LA QUINTA de Poniente a Oriente 3.30 metros y colinda con baño del Departamento Número 19; AL ORIENTE: mide y colinda con vacío; AL PONIENTE: 7.075 metros y colinda con escalera y circulación Horizontal. En la parte inferior colinda con Departamento Número 16. En la parte superior colinda con área recreativa en azotea. DESCRIPCION GENERAL DE LA PROPIEDAD COMUN PARA USO EXCLUSIVO DE LOS DEPARTAMENTOS DEL EDIFICIO SUR: Estacionamiento sin techar y con techo, terrero, circulaciones horizontales y verticales, elevadores, área de recreación, área libre y área recreativa en azotea. Cuyos datos de registro son: número 800, volumen 270, libro 32, Sección I Propiedad, Unidad Monterrey, Nuevo León, de fecha 23 de enero de 2008. Sirviendo como postura legal respecto del primer bien señalado se estima para remate el 50% cincuenta por ciento del mismo, por tanto, servirá como postura legal la cantidad de

$939,000.00 (novecientos treinta y nueve mil pesos 00/100 moneda nacional) que corresponde a las dos terceras partes del 50%

cincuenta por ciento del valor pericial, correspondiente al valor del citado inmueble, el cual asciende a la cantidad de $2,817,000.00 (dos millones ochocientos diecisiete mil pesos 00/100 moneda nacional), respecto al dictamen rendido por el perito designado por la parte actora, y respecto al segundo inmueble, servirá como postura legal la cantidad de $928,666.66 (novecientos veintiocho mil seiscientos sesenta y seis pesos 66/100 moneda nacional), que corresponde a las dos terceras partes del valor del inmueble, el cual asciende a la cantidad de $1,393,000.00 (un millón trescientos noventa y tres pesos 00/100 moneda nacional), respecto al dictamen rendido por el perito designado por la parte actora. Por lo que, convóquese a postores por medio de edictos los cuales deberán publicarse dos veces, una cada tres días en el periódico de mayor circulación en el Estado, el cual puede ser a su elección en cualesquiera de uno de los siguientes El Porvenir, El Norte o Milenio, que se edita en esta ciudad, así como en el Boletín Judicial y en los estrados que para tal efecto se lleva en la Coordinación de la Gestión Judicial. La diligencia de remate se efectuará el próximo día 10 diez de agosto de 2021 dos mil veintiuno, a las 10:00 diez horas, en el local de la Coordinación de Gestión Judicial de los Juzgados de Juicio Civil Oral del Primer Distrito Judicial del Estado ubicación es en el Área Mezzanine del edificio situado en la calle Matamoros, número 347, esquina con Pino Suarez, en el centro de Monterrey, Nuevo León. Asimismo, se hace del conocimiento que aquella persona que desee intervenir como postor al remate deberá consignar el 10%-diez por ciento de la suma que sirvió como valor total de los inmuebles conforme a los avalúos rendidos; consignación que se ha de realizar mediante certificado de depósito que deberá ser expedido por la Secretaría de Finanzas y Tesorería General del Estado, sin cuyos requisitos no serán admitidos en dicha subasta.

SAN JUANA ARACELY ENCINAS NAVARRO

C. SECRETARIO ADSCRITO A LA COORDINACIóN DE GESTIóN JUDICIAL DE LOS JUZGADOS DE JUICIO CIVIL ORAL

EDICTO

122895

En fecha 08-ocho de junio del año 2021-dos mil veintiuno, se admitió en el Juzgado Cuarto Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, bajo el expediente número 825/2021, relativo al Juicio Sucesorio de Intestado a bienes de Severo Alcantar González y/o Severo Alcantar, quien falleciera en fecha 20-veinte de julio del año 2020-dos mil veinte; ordenándose la publicación de un edicto por una sola vez en el periódico El Porvenir, así como en el Boletín Judicial del Estado, ambos que se editan en ésta Ciudad, por medio del cual

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se convoque a todas aquellas personas que se crean con derecho a la herencia, para que comparezcan a deducirlo al local de éste Juzgado dentro del término de 30-treinta días contados a partir del día de la publicación del edicto ordenado.- Monterrey, Nuevo León a 24-veinticuatro de junio del año 2021-dos mil veintiuno.

ELDA PATRICIA PUENTES CANTÚ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR

EDICTO

122898

En fecha 21-veintiuno de junio del año 2021-dos mil veintiuno, se admitió en el Juzgado Cuarto Familiar del Primer Distrito Judicial en el Estado, bajo el expediente número 896/2021, relativo al Juicio Sucesorio de Intestado a bienes de Victoria Torres Guerrero y/o Victoria Torres y/o Victoria Torres de Torres, quien falleciera en fecha 29-veintinueve de octubre del año 2020-dos mil veinte; ordenándose la publicación de un edicto por una sola vez en el periódico El Porvenir, así como en el Boletín Judicial del Estado, ambos que se editan en ésta Ciudad, por medio del cual se convoque a todas aquellas personas que se crean con derecho a la herencia, para que comparezcan a deducirlo al local de éste Juzgado dentro del término de 30-treinta días contados a partir del día de la publicación del edicto ordenado.- Monterrey, Nuevo León a 25-veinticinco de junio del año 2021-dos mil veintiuno.

ALEJANDRO JOSÉ RANGEL FLORES

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO CUARTO DE LO FAMILIAR

EDICTO

122899

CON FECHA CATORCE DE MAYO DEL DOS MIL VEINTIUNO, SEORDENO EN EL EXPEDIENTE JUDICIAL 332/2021, EN RELACION AL JUICIO SUCESORIO DE INTESTADO A BIENES DE RICARDO TELLEZ CARRILLO, PROMOVIDO POR HERMINIA ESTRADA SALAZAR,PUBLICAR POR UNA SOLA VEZ UN EDICTO EN EL PERIODICO EL PORVENIR, MILENIO, DIARIO DE MONTERREY O EL NORTE A ELECION DE LOS INTERESADOS, EN EL PERIODICO OFICIAL Y EL BOLETIN JUDICIAL, QUE SE EDITA EN LA CAPITAL DEL ESADO, CONVOCANDO A LAS PERSONAS QUE SE CREAN CON DERECHO A HEREDAR, PARA QUE COMPAREZCAN A DEDUCIR EL MISMO DENTRO DEL TERMINO DE TREINTA DIAS, CONTADOS A PARTIR DE LA PUBLICACION DEL EDICTO ORDENADO. VILLLALDAMA, N.L. A 8 DE JUNIO DEL 2021 LICENCIADO ISMAEL PUENTES SANCHEZ SECRETARIO DEL JUZGADO MIXTO DEL NOVENO DISTRITO JUDICIAL EN EL ESTDO

ISMAEL PUENTES SÁNCHEZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO MIXTO DEL NOVENO DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

122900

Edicto. Con fecha seis de mayo de dos mil vintiuno se ordeno en el expediente judicial 265/2021, formado con motivo del juicio sicesorio de intestadoa bienes de Maria Teresa Flores Silva, denunciado por Ricardo Varela Folores, publicar por una sola vez, en el Periodico el Porvenir, Periodico Oficial del Estado, asi como el Boletin Judicial, que se editan en la capital del estado, convocando a las personas qeu se crean con derecho a la herencia a fin de que acudan a deducirlo dentro del termino de treinta dias, contados apartir del siguiente de su publicacion. Villaldama Nuevo Leon, a 15 de junio de 2021. El ciudadano Secretario del Juzgado Mixto del Noveno distrito Judicial del Estado. Licenciado Ismael Puentes Sanchez.

ISMAEL PUENTES SÁNCHEZ

C. SECRETARIO ADSCRITO AL JUZGADO MIXTO DEL NOVENO DISTRITO JUDICIAL

EDICTO

122905

En fecha 15 quince de junio del 2021-dos mil veintiuno se admitió a trámite el expediente judicial número 1236/2021, relativo al juicio sucesorio de intestado acumulado a bienes de Alberto Ávila Silva y Francisca Estrada Gómez, ordenando la publicación de un edicto por una sola vez tanto en el Boletín Judicial como en el periódico El Porvenir que se edita en la capital del Estado, convocando a los que se crean con derecho a la masa hereditaria, a fin de que acudan a deducirlo ante esta autoridad dentro del término de 30-treinta días, contados a partir del siguiente al de la publicación del edicto ordenado.- Doy fe.- Guadalupe, Nuevo León, a 25 veinticinco de junio del 2021-dos mil veintiuno.-

Licenciada Gloria María Mayela García Sánchez.

Secretario adscrita al Juzgado Primero de lo Familiar del Segundo Distrito Judicial del Estado.

EDICTO

122913

Policarpo Elizondo Gutiérrez, domicilio ignorado. En fecha 29 veintinueve de marzo del año 2019 dos mil diecinueve, se admitió a trámite el expediente judicial número 832/2020, actualmente tramitado ante este Juzgado Segundo de lo Civil del Primer Distrito Judicial del Estado, relativo al juicio ordinario civil, promovido por José Juan Casas Alonso, en contra de Empacadora Treviño, Sociedad Anónima de Capital Variable; Procesadora y Comercializadora CONAGRO, Sociedad Anónima de Capital Variable; Consorcio Agroindustrial Regiomontano, Sociedad Anónima de Capital Variable, Rastro y Empacadora Treviño, Sociedad Anónima de Capital Variable; así como de los ciudadanos Gerardo de San Juan Cárdenas Agüero, Policarpo Elizondo Gutiérrez, Gerardo Garza Vázquez y Jorge Alberto Garza Vázquez, al haberse realizado la búsqueda del codemandado Policarpo Elizondo Gutiérrez, no fue posible localizar su domicilio, por lo que mediante auto de fecha 31 treinta y uno de mayo del año 2021 dos mil veintiuno, se ordenó emplazar al referido codemandado, por medio de edictos, los cuales deberán publicarse por 03 tres veces consecutivas en el Periódico Oficial del Estado, en cualquiera de los periódicos El Porvenir, El Norte o Milenio que se editan en esta Ciudad a elección del actor, publicación que igualmente se hará por medio del Boletín Judicial, a fin de que dentro del término de 09 nueve días ocurra a producir su contestación a la demanda instaurada en su contra si para ello tuviere excepciones legales que hacer valer, por lo que quedan a su disposición las copias de traslado, debidamente selladas y rubricadas que lo sean por la secretaría de este juzgado. En la inteligencia de que la notificación realizada de esta manera surtirá sus efectos a los 10 diez días contados a partir de la última publicación, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 73 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Asimismo, prevéngase al citado demandado, para que dentro del término para contestar la demanda señale domicilio para los efectos de oír y recibir notificaciones en cualquiera de los municipios de Apodaca, General Escobedo, Guadalupe, Monterrey, San Nicolás de los Garza, San Pedro Garza García o Santa Catarina, todos del estado de Nuevo León, con el apercibimiento de que en caso de no hacerlo así, las subsecuentes notificaciones de carácter personal se le harán por medio de instructivo que para tal efecto se coloque en la tabla de avisos de este Juzgado, lo anterior con fundamento en lo dispuesto por el artículo 68 del Código de Procedimientos Civiles para el Estado de Nuevo León. Doy fe.

LICENCIADO ISAAC TIJERINA ALVIZO

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