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INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

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La Gaceta Nº 108 — Martes 5 de junio del 2012 Pág 87

BANCO HIPOTECARIO DE LA VIVIENDA REQUISITOS PARA ALQUILER

1. Carta suscrita por los dueños de la propiedad solicitando el permiso de alquiler, explicando claramente los motivos e indicando a donde se trasladarán a vivir. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Si es por motivos de salud, adjuntar documentos de respaldo del hospital que corresponda y ubicación del mismo.

3. Si es por motivos de trabajo, adjuntar carta de la empresa correspondiente que lo avale y ubicación geográfica de la misma.

4. Si hay hijos menores de edad, adjuntar documentos que demuestren el traslado escuela o colegio y ubicación del centro escolar.

5. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

6. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA ANULACIÓN

OPERACIONES CUYO PROPÓSITO ES: CONSTRUCCIÓN EN LOTE PROPIO Y MEJORAS DE VIVIENDA.

1. Carta suscrita por los dueños de la propiedad solicitando la anulación del caso. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. En caso de que el gravamen de habitación familiar este a favor de menores, solicitar formato de escritura que el notario deberá usar a fin de no realizar las diligencias de utilidad y necesidad.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA ANULACIÓN

OPERACIONES CON PROPÓSITO DE: COMPRA DE LOTE, COMPRA DE LOTE Y CONSTRUCCIÓN, COMPRA DE VIVIENDA EXISTENTE.

1. Carta suscrita por los beneficiarios del bono solicitando la anulación del caso. La carta debe venir firmada por los dueños actuales de la propiedad y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Copia de microfilm del documento en el cual se formalizó la operación del bono. Solo mediante este documento se puede determinar quién es el vendedor de la propiedad pues el Banco no lleva ese registro.

5. Carta del vendedor donde manifieste que está de acuerdo con la anulación del bono e indique si la venta debe ser rescindida, de tal forma que el inmueble vuelva a ser de su propiedad pues no se le ha pagado el precio de venta o si por el contrario está de acuerdo en que el inmueble continúe siendo propiedad del beneficiario pues ya recibió el pago por la venta.

6. Fotocopia de la cédula de identidad, legible, del vendedor o la firma autenticada por un abogado.

7. En caso de que el gravamen de habitación familiar este a favor de menores, solicitar formato de escritura que el notario deberá usar a fin de no realizar las diligencias de utilidad y necesidad.

INSTITUCIONES DESCENTRALIZADAS

BANCO CENTRAL DE COSTA RICA SISTEMA DE BONOS FISCALES Número de bonos fiscales favorecidos

Lista de Bonos Fiscales favorecidos en el sorteo celebrado el 11-05-2012, correspondiente a la amortización del 01-06-2012.

CLASE 355 DESCRIPCIÓN

BONOS CANCELACIÓN DEUDAS INVU-CCSS 20% 1994 I.E.

NÚMERO SORTEO 35

Títulos sorteados Denominación M o n t o total sorteado

70, 35, 72, 58 y 31 ¢1.000,00 ¢5.000,00

4 ¢5.000,00 ¢5.000,00

10 ¢25.000,00 ¢ 25.000,00

17 ¢100.000,00 ¢100.000,00

9 ¢500.000,00 ¢500.000,00

82 ¢1.000.000,00 ¢1.000.000,00

19, 14, 17, 39 y 11 ¢20.000.000,00 ¢100.000.000,00 Monto Total para la clase: ¢101.635.000,00

San José, 1º de junio del 2012.—Departamento de Tesorería.—Lic. Marvin Alvarado Quesada, Director.—1 vez.—

(IN2012043772).

BANCO NACIONAL DE COSTA RICA AVISO

PUBLICACIÓN DE SEGUNDA VEZ

Por este medio hago saber que se extravió el certificado a plazo número 400-01-084-010877-0, por un monto de ¢2.000.000,00 (dos millones de colones) y su respectivo cupón por ¢120.264,45 (ciento veinte mil doscientos sesenta y cuatro colones con cuarenta y cinco céntimos), emitido el 30 de agosto del 2007, con fecha de vencimiento del 1° de setiembre del 2008, a nombre de Rodolfo Molina Cruz, cédula 104720259, contra el Banco Nacional de Costa Rica.—Rodolfo Molina Cruz.—(2012043090).

SUCURSAL CORONADO AVISO

PUBLICACIÓN DE TERCERA VEZ

Yo, Carmen Barrantes Mora, cédula de identidad Nº 1-0163- 0272, solicitante del Certificado de Depósito a Plazo, emitido por el Banco Nacional de Costa Rica, Oficina de Coronado, que se detalla a continuación:

C.D.P MONTO EMISIÓN VENCIMIENTO

400-01-053-025916-6 ¢2.775.000,00 26-10-2011 26-04-2012

CUPÓN MONTO EMISIÓN VENCIMIENTO

01 ¢14.573,38 26-10-2011 26-11-2011

02 ¢14.573,38 26-10-2011 26-12-2011

03 ¢14.573,38 26-10-2011 26-01-2012

04 ¢14.573,38 26-10-2011 26-02-2012

05 ¢14.573,38 26-10-2011 26-03-2012

06 ¢14.573,38 26-10-2011 26-04-2012

Títulos emitidos a la orden, a una tasa de interés del 6.85%.

Solicito reposición de este documento por causa de extravío.

Se publica este anuncio por tres veces consecutivas para oír reclamos de terceros, por el término de quince días.

San José, 14 de mayo del 2012.—Plataforma de Servicios.—

Pamela Chacón Ortiz.—RP2012294799.—(IN2012042027).

(FIRMA) FISICA, ou=CIUDADANO, cn=JORGE LUIS VARGAS ESPINOZA (FIRMA)

Fecha: 2012.06.04 14:26:03 -06'00'

(2)

– Liquidación VIVIENDACOOP R. L., donde certifique que no se les ha girado ningún desembolso del bono pagado.

5. En caso de que el gravamen de habitación familiar este a favor de menores, solicitar formato de escritura que el notario deberá usar a fin de no realizar las diligencias de utilidad y necesidad.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA CORRECCIÓN DE NÚMERO DE CÉDULA QUE POR ERROR SE LE IMPUSO

A OTRA PERSONA

1. Carta suscrita por la persona afectada explicando el error e indicando el número de cédula incorrecto y el correcto.

2. Si la persona afectada es mayor de edad, debe aportar fotocopia de la cédula de identidad, legible.

3. Si la persona afectada es menor de edad, debe aportar constancia de nacimiento que indique el número de cédula.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA CORRECCIÓN DE NÚMERO DE CÉDULA DE MENORES DE EDAD (PARA

CASOS DE COMPRA DE LOTE)

1. Carta suscrita por los beneficiarios solicitando la corrección en la digitación del número de cédula de los hijos.

2. Si la corrección es de un hijo mayor de edad, debe aportar fotocopia de la cédula de identidad, legible.

3. Si la corrección es de un menor de edad, debe aportar constancia de nacimiento que indique el número de cédula.

4. FÓRMULA BANHVI, la cual se adjunta, con la información completa y actualizada de los miembros del núcleo familiar que habitan la vivienda.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA ANULACIÓN

OPERACIONES DE CRÉDITO SIN SUBSIDIO CUYA PROPIEDAD FUE REMATADA O VENDIDA

1. Carta suscrita por los interesados solicitando la anulación del caso. La carta debe venir firmada por las personas a las que en su momento se les otorgo el crédito.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopia de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Copia de microfilm de la escritura en la cual se formalizó la venta o el remate de la propiedad. Solo mediante este documento se puede determinar quién es el dueño actual.

5. Informe registral de la propiedad actualizado.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA ANULACIÓN EN LOS CASOS DE BONOS PAGADOS PERO NO GIRADOS DE VIVIENDACOOP R. L., EN EL AÑO 1998

OPERACIONES CUYO PROPÓSITO ES: CONSTRUCCIÓN EN LOTE PROPIO Y MEJORAS DE VIVIENDA.

1. Carta suscrita por los dueños de la propiedad solicitando la anulación, explicando la razón. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Aportar oficio del Lic. Manuel Estrada Mora, Administrador

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REQUISITOS PARA DONACIÓN

Carta suscrita por los beneficiarios solicitando autorización para donar, explicando claramente los motivos. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

1. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

2. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de ambos cónyuges o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

3. De estar la propiedad en derechos, indicar el derecho a donar.

Si la donación es entre cónyuges por divorcio o separación judicial, se deberá aportar:

4. En caso de divorcio o separación judicial se debe aportar la respectiva sentencia emitida por el Juzgado de Familia competente.

5. Si la unión de hecho no está declarada, se deberá realizar el trámite ante el Juez de Familia competente para proceder con la liquidación de bienes en común.

6. Si la propiedad tiene constituida actualmente una hipoteca por un crédito que se encuentra activo, donde el deudor es el cónyuge que dona y que ya no habitará la vivienda, deberán aportar carta de la institución acreedora donde indique que está de acuerdo con la gestión y con el respectivo cambio de deudor.

7. Si el cónyuge que dona y que ya no habitará la vivienda, era el jefe de familia y el que aportaba los ingresos, deben presentar la FÓRMULA BANHVI, la cual se adjunta, con la información completa y actualizada de los miembros del núcleo familiar que habitan la vivienda.

Si la donación es de padres a hijos para poner a derecho la propiedad, se deberá aportar:

8. Si son mayores de edad, aportar copia de la cédula de identidad de cada uno.

9. Si son menores de edad, aportar constancia de nacimiento de cada uno.

10. Los padres donan la nuda propiedad a favor de los hijos y mantienen para sí el derecho de usufructo, uso y habitación en partes iguales.

11. Si la propiedad tiene constituida actualmente una hipoteca por un crédito que se encuentra activo, deberán aportar carta de la institución acreedora donde indique que está de acuerdo con esta gestión.

12. Las donaciones solo pueden darse entre miembros del mismo núcleo familiar.

Nota: De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA EXCLUSIÓN

1. Carta suscrita por los dueños de la propiedad solicitando la exclusión del miembro, explicando las razones. Debe estar firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad y principal y obligatoriamente por el miembro a excluir.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

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4. En caso de divorcio o separación judicial se debe aportar la respectiva sentencia emitida por el Juzgado de Familia competente. En la misma se debe indicar quien se quedará con el inmueble.

5. Si la unión de hecho no está declarada, se deberá realizar el trámite ante el Juez de Familia competente para proceder con la liquidación de bienes en común.

6. Si la exclusión es de hijos(as) con descendientes o otros miembros del núcleo familiar no jefe de familia, se deberá demostrar la necesidad de vivienda documentando para ello como ha solucionado actualmente su problema de vivienda (1) así como la capacidad económica para conformar un núcleo familiar independiente de sus progenitores o parientes. Lo anterior, mediante certificaciones de nacimiento de los descendientes y certificación de ingresos reportados a la CCSS en caso de asalariados o Contador Público o Privado en caso de actividades propias.

7. Si la propiedad tiene constituida actualmente una hipoteca por un crédito que se encuentra activo, donde el deudor es la persona a excluir, deberán aportar carta de la institución acreedora donde indique que está de acuerdo con la gestión y con el respectivo cambio de deudor.

8. Copia de la escritura de traspaso del inmueble mediante donación.

9. FÓRMULA BANHVI, la cual se adjunta, con la información completa y actualizada de los miembros del núcleo familiar que habitan la vivienda.

10. Constancia de matrimonio del hijo (s) a excluir, si esta casado.

11. En caso de unión de hecho debe ser por medio de declaración jurada.

12. Si el miembro a excluir es un de los cónyuges o compañero, deberán aportar documento que demuestre la conformación de un nuevo núcleo familiar ajeno al anterior, sea constancia de matrimonio o declaración jurada en escritura pública de la unión de hecho.

(1) Donde vive y con quien, si paga alquiler, si la vivienda es prestada, si existe hacinamiento con sus progenitores o parientes, etc.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS DE HIPOTECA EN COLONES

1. Carta suscrita por los dueños del inmueble solicitando el permiso, explicando claramente en que se invertirán los recursos. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. En caso de ser asalariado, constancia salarial emitida por la empresa para la que labora especificando el salario bruto y neto y la fecha en que ingreso a laborar.

5. En caso de no ser asalariado, certificación de ingresos (puede ser copia) de los miembros del grupo familiar, que cubra como mínimo un periodo de tres meses. Emitido por un Contador Público o Contador Privado y en ambos casos especificar el salario bruto y neto.

6. Carta de la Entidad o Institución que va a dar el crédito en la cual se debe indicar:

Nombre y número de cédula del deudor (s) Monto del Préstamo

Grado de la hipoteca Tasa de interés Plazo

Cuota mensual Monto de las pólizas

Destino de los recursos (bien especificado) según el plan de inversión.

Nivel de endeudamiento (calculado sobre el ingreso neto).

7. Si la propiedad tiene constituida actualmente una hipoteca por un crédito que se encuentra activo, deben aportar copia del último recibo cancelado que indique el saldo y la cuota.

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8. Si la propiedad tiene constituida actualmente una hipoteca por un crédito que ya se canceló pero que no han realizado el trámite de deshipoteca, deben aportar copia del recibo de cancelación de la operación.

9. Solo podrán hipotecar la vivienda cuando el deudor sea el propietario del inmueble o un miembro activo del núcleo familiar.

10. Si la hipoteca es en segundo grado solo podrá ser a favor del acreedor actual o bien a favor de una entidad financiera supervisada por la SUGEF.

Si la hipoteca es para refundir deudas, además deberán aportar lo siguiente:

11. De pagarse los créditos rebajándolos del salario, deben aportar constancia salarial donde se evidencie claramente el desglose de las cuotas del pago mensual por concepto de las deudas a refundir. Estos montos se sumarán al salario neto.

12. De no rebajarse del salario el pago de los créditos, deben aportar el último recibo cancelado de cada una de las deudas a refundir, que indique el monto actual y cuota que se paga.

13. Si la deuda es a favor de una persona física, deben aportar carta de esa persona indicando el monto que le adeudan a la fecha. Debe estar firmada por el acreedor y copia de la cédula de identidad, legible, del mismo.

Nota: De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

REQUISITOS DE HIPOTECA EN DOLARES O UNIDADES DE DESARROLLO

Plan de inversión: construcción en lote propio, compra de lote y construcción, compra de vivienda existente, ampliación y mejoras de la vivienda o cancelación de hipoteca del mismo deudor.

1. Carta suscrita por los dueños del inmueble solicitando el permiso, explicando claramente en que se invertirán los recursos. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. En caso de ser asalariado, constancia salarial emitida por la empresa para la que labora especificando el salario bruto y neto y la fecha en que ingreso a laborar.

5. En caso de no ser asalariado, certificación de ingresos (puede ser copia) de los miembros del grupo familiar, que cubra como mínimo un periodo de tres meses. Emitido por un Contador Público o Contador Privado y en ambos casos especificar el salario bruto y neto.

6. Si los ingresos percibos son en colones se deberá aportar un análisis de riesgo cambiario de cada uno de los deudores elaborado por la entidad que otorgará el crédito y firmado por el funcionario o instancia que para tal efecto designe la Gerencia de la entidad acreedora.

7. Carta de la Entidad o Institución que va a dar el crédito en la cual se debe indicar:

Nombre y número de cédula del deudor (s) Monto del Préstamo

Grado de la hipoteca Tasa de interés Plazo

Cuota mensual Monto de las pólizas

Destino de los recursos (bien especificado) según el plan de inversión.

Nivel de endeudamiento (calculado sobre el ingreso neto).

8. Si la propiedad tiene constituida actualmente una hipoteca por un crédito que se encuentra activo, deben aportar copia del último recibo cancelado que indique el saldo y la cuota.

9. Si la propiedad tiene constituida actualmente una hipoteca por un crédito que ya se canceló pero que no han realizado el trámite de deshipoteca, deben aportar copia del recibo de cancelación de la operación.

10. Solo podrán hipotecar la vivienda cuando el deudor sea el propietario del inmueble o un miembro activo del núcleo familiar.

11. Si la hipoteca es en segundo grado solo podrá ser a favor del acreedor actual o bien a favor de una entidad financiera supervisada por la SUGEF.

12. Para estos créditos la relación cuota – ingreso permitida será de un 25%.

Nota: De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

REQUISITOS PARA INCLUSIÓN

1. Carta suscrita por los dueños del inmueble solicitando la inclusión de la persona, indicando las razones y en caso de que la persona a incluir siempre haya sido parte del núcleo familiar, deberán explicar en forma convincente porque no se incluyó al momento de la postulación. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. FÓRMULA BANHVI, la cual se adjunta, con la información completa y actualizada de los miembros del núcleo familiar que habitan la vivienda.

5. Si la persona a incluir es mayor de edad, deben presentar fotocopia de la cédula de identidad, legible.

6. Si la persona a incluir es menor de edad, deben presentar constancia de nacimiento que indique el número de cédula de identidad.

7. Constancia de ingresos, únicamente, cuando a quien se incluye sustituye al jefe de familia que aportaba los ingresos.

De tratarse la inclusión de un cónyuge o compañero (a), deben aportar lo siguiente:

8. Constancia de matrimonio.

9. En caso de unión de hecho debe ser por medio de declaración jurada.

10. Certificación de estado civil de ambos (en los casos de unión de hecho).

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

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REQUISITOS PARA PERMUTA

1. Carta suscrita por los dueños de ambas fincas solicitando el permiso y explicando las razones. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad, de ambas propiedades.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Estudio técnico comparativo para determinar la suficiencia de garantía (de ambas propiedades).

5. Indicar en la carta el número de folio real de las propiedades que se van a permutar.

6. Planos catastrados de ambas propiedades.

7. Si las dos propiedades tienen limitaciones de las Leyes 7052 y 7208, se deberá pedir permiso en las dos Entidades involucradas.

8. En caso de que existan hipotecas vigentes en una o ambas propiedades, deberán aportar carta del acreedor aceptando el cambio de garantía. De estar canceladas presentar último recibo que lo evidencie.

Nota: De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA REUNIÓN DE FINCAS

1. Carta suscrita por los dueños de ambas propiedades solicitando el permiso, indicando cual es el área a reunir con la finca existente y que mantiene las limitaciones de Ley. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad, de ambas fincas.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Indicar en la carta el número de folio real de ambas propiedades.

5. Planos catastrados de ambas propiedades.

6. Si las dos propiedades tienen limitaciones de las Leyes 7052 y 7208, se deberá pedir permiso en las dos Entidades involucradas.

7. Si la propiedad a la que se le disminuirá el área esta como garantía de una hipoteca que se encuentra vigente, deberán aportar carta del acreedor aceptando el cambio de garantía.

Si la deuda esta cancelada, presentar último recibo que lo evidencie.

8. Si la propiedad a la que se le disminuirá el área, fue adquirida por medio del bono y existen menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA RECTIFICACIÓN DE CABIDA DE LOTE

1. Carta suscrita por los dueños de la propiedad solicitando el permiso. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Copia de plano catastrado.

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Nota: De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA VENTA DE VIVIENDA CON REINTEGRO DEL MONTO DEL BONO

1. Carta suscrita por los dueños de la propiedad solicitando permiso de venta; explicando las razones e indicando que ya reintegraron el monto del bono. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Copia del depósito del reintegro del monto del bono. Este deberá depositarse en la cuenta corriente Nº 176608-2 del Banco de Costa Rica.

Importante: si la persona que va a comprar la propiedad lo hará por medio de un bono familiar, el vendedor además deberá aportar lo siguiente:

a) Indicar cómo su núcleo familiar (propietario-vendedor) va a solucionar su necesidad de vivienda, bajo los siguientes supuestos:

i. Si posee otra(s) propiedad(es), deberá adjuntar el historial de la finca, indicando fecha de adquisición del bien inmueble.

ii. Caso contrario, si no posee inmuebles y con la venta del inmueble subsidiado se va ha adquirir un nuevo inmueble, debe indicar el folio real de la propiedad nueva, así como adjuntar copia de la opción de compra- venta de la nueva solución. Es importante aclarar que en aquellos casos que el vendedor no posea una opción para habitar una vivienda no podrá realizarse el trámite de venta de inmuebles con subsidio.

b) Indicar si realizó algún aporte para obtener la vivienda y de qué tipo.

Nota: De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA VENTA ENTRE CÓNYUGES CON REINTEGRO DEL 50% DEL MONTO DEL BONO

1. Carta suscrita por ambos cónyuges solicitando el permiso de venta, explicando las razones, indicando que ya reintegraron el 50% del monto del bono y si el subsidio fue solo para compra de lote, manifestar que renuncian al remanente (esto en caso de no haberse utilizado), de haberse utilizado deberán reintegrar también el 50% del monto del remanente. La carta debe venir firmada por los dueños de la propiedad y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Si el subsidio fue solo para compra de lote y el trámite se formalizó a partir de julio del 2000, se deberá reintegrar el 50% del monto de los intereses que estos recursos hubiesen devengado si hubieran estado invertidos.

5. Copia del deposito del reintegro del 50% del monto del bono.

Este deberá depositarse en la cuenta corriente Nº 176608-2 del Banco de Costa Rica.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA SEGREGACIÓN

1. Carta suscrita por los dueños de la propiedad solicitando el permiso, indicar claramente cual será el área que mantendrá las limitaciones y cual el área a segregar. La carta debe venir firmada por los dueños del inmueble y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Plano catastrado del lote que quedará soportando las limitaciones y el gravamen hipotecario (cuando haya). En el debe estar construida la vivienda.

5. En caso contrario el plano del lote a segregar.

6. En aquellos casos en que en la propiedad no haya casa construida, el plano debe venir con el visado de la Municipalidad respectiva.

7. El área mínima para un lote en zona Urbana es de 120 m2, si la superficie del lote a segregar es menor a esa medida, se debe aportar el plano visado por la respectiva municipalidad.

8. El área mínima para un lote en zona Rural es de 150 m2, si la superficie del lote a segregar es menor a esa medida, se debe aportar el plano visado por la respectiva municipalidad.

Nota: De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA SERVIDUMBRE

1. Carta suscrita por los dueños de la propiedad solicitando el permiso. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar de la finca, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Plano catastrado de la servidumbre o bien plano catastrado de la propiedad que indique la servidumbre.

Nota: De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA SUSTITUCIÓN DE GARANTÍA 1. Carta suscrita por los dueños de las propiedades solicitando el

cambio de garantía y explicando claramente las razones. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad, de ambas propiedades.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Carta de la entidad solicitando el cambio de garantía.

5. Indicar en la carta el número de folio real de las dos propiedades a sustituir.

6. Plano catastrado con visado municipal de la nueva propiedad.

7. Tasación de terreno con criterio técnico.

8. Si las dos propiedades tienen limitaciones de las Leyes 7052 y 7208, se deberá pedir permiso en las dos Entidades involucradas.

(8)

6. En caso de divorcio o separación judicial se debe aportar la respectiva sentencia emitida por el Juzgado de Familia competente.

7. En caso de separación de hecho debe ser por medio de declaración jurada.

8. Si la propiedad tiene constituida actualmente una hipoteca por un crédito que se encuentra activo, donde el deudor es el cónyuge que vende y que ya no habitará la vivienda, deberán aportar carta de la institución acreedora donde indique que está de acuerdo con la gestión y con el respectivo cambio de deudor.

9. Si el cónyuge que vende y que ya no habitará la vivienda, era el jefe de familia y el que aportaba los ingresos, deben presentar la FÓRMULA BANHVI, la cual se adjunta, con la información completa y actualizada de los miembros del núcleo familiar que habitan la vivienda.

10. Constancia de ingresos de la persona que quedará como jefe de familia y dueño total de la propiedad.

Nota: De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA VENTA DE LOTE CON REINTEGRO DEL BONO

1. Carta suscrita por los dueños de la propiedad solicitando el permiso de venta, explicando las razones, indicando que ya reintegraron el monto del bono y que renuncian al remanente (esto en caso de no haberse utilizado), de haberse utilizado también deberán reintegrar el monto del remanente. La carta debe venir firmada por los dueños de la propiedad y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Si el subsidio se formalizó a partir de julio del 2000, se deberá reintegrar el monto de los intereses que estos recursos hubiesen devengado si hubieran estado invertidos, según lo estipulado en La Gaceta Nº 131 del 07/07/2000.

5. Copia del deposito del reintegro del monto del bono por la suma de ¢0.000.000,00. Este deberá depositarse en la cuenta corriente Nº 176608-2 del Banco de Costa Rica.

Importante: si la persona que va a comprar está propiedad lo hará por medio de un crédito deberá solicitar los requisitos de permiso de hipoteca.

Nota: De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS PARA VENTA SIN REINTEGRO DEL BONO EN CASOS DE EXTREMA NECESIDAD

1. Carta suscrita por los dueños de la propiedad solicitando el permiso de venta, explicando las razones y el porqué de la imposibilidad material de devolver el monto del bono.

Si el subsidio fue solo para compra de lote, manifestar que renuncian al remanente (esto en caso de no haberse utilizado), de haberse utilizado indicar el porqué de la imposibilidad material de devolver el monto del remanente. La carta debe venir firmada por los dueños y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

(9)

3. Carta del vendedor indicando que no ve problema con el trámite que realiza la familia y donde manifiesta que está de acuerdo con que el inmueble continúe siendo propiedad de ellos pues ya recibió el pago por la venta.

4. Fotocopia de la cédula de identidad, legible, del vendedor o la firma autenticada por un abogado.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

Requisitos adicionales a los que se deben aportar para cualquier tipo de permiso en los casos de bonos

DESVIADOS trasladados a BANCA PROMÉRICA Y COOPEALIANZA que aún no se les ha

desembolsado el segundo bono

1. Oficio emitido por BANCOOP o UNIVICOOP, donde certifique que a la familia que tramito el subsidio no se le ha girado ningún desembolso.

2. Carta de desistimiento suscrita entre los beneficiarios y BANCOOP R. L.

3. Cuando el propósito es compra de lote, compra de lote y construcción o compra de vivienda existente, se debe aportar copia de microfilm del documento en el cual se formalizó la operación del bono. Solo mediante este documento se puede determinar quién es el vendedor de la propiedad pues el Banco no lleva ese registro.

4. Carta del vendedor indicando que no ve problema con el trámite que realiza la familia y donde manifiesta que está de acuerdo con que el inmueble continúe siendo propiedad de ellos pues ya recibió el pago por la venta.

5. Fotocopia de la cédula de identidad, legible, del vendedor o la firma autenticada por un abogado.

6. Si el permiso es para levantar limitaciones, se procederá si lo girado fue únicamente para los gastos de formalización y en la carta el beneficiario renuncia explícitamente al derecho de tramitar el desembolso del bono pendiente (ante Banca Promérica o Coopealianza) a futuro por no estar interesado.

7. Lo mismo aplica si la autorización es para hipotecar con el propósito de construir.

ENTIDADES SUPERVISADAS POR LA SUGEF BANCOS COMERCIALES DEL ESTADO

Banco Crédito Agrícola de Cartago Banco de Costa Rica

Banco Nacional de Costa Rica

Banco Popular y de Desarrollo Comunal BANCOS PRIVADOS Y COOPERATIVOS

Banca Promérica S. A.

Banco BAC San José S. A.

Banco Banex S. A.

Banco BCT S. A.

Banco Cathay de Costa Rica S. A.

Banco Cuscatlán de Costa Rica S. A.

Banco Improsa S. A.

Banco Interfin S.A Banco Lafise S. A.

Banco Uno S. A.

Citibank (Costa Rica) S. A.

Scotiabank de Costa Rica S. A.

ENTIDADES AUTORIZADAS DEL SISTEMA FINANCIERO NACIONAL PARA LA VIVIENDA

La Vivienda Mutual de Ahorro y Préstamo Mutual Alajuela de Ahorro y Préstamo Mutual Cartago de Ahorro y Préstamo OTRAS ENTIDADES FINANCIERAS

Caja de Ahorro y Préstamos de la ANDE 2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las

cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Constancia salarial de los miembros del núcleo familiar que perciban ingresos emitida por la empresa para la que laboran, especificando el salario bruto y neto y la fecha en que ingresaron a laborar.

5. En caso de no ser asalariados, certificación de ingresos (puede ser copia) de los miembros del grupo familiar, que cubra como mínimo un periodo de tres meses, emitida por un Contador Publico o Contador Privado. En ambos casos especificar el salario bruto y neto.

6. Estudio técnico comparativo de ambas propiedades para determinar la suficiencia de garantía (entre la propiedad a vender y la propiedad a comprar).

7. Opción de venta del inmueble financiado con el bono.

8. Opción de compra de la nueva solución.

9. Estudio socioeconómico, emitido por el profesional que corresponda, de la familia que obtuvo el bono y que ahora vende.

10. Indicar en la carta el número de folio real de la propiedad a ser comprada.

Importante: si la persona que va a comprar está propiedad lo hará por medio de un crédito deberá solicitar los requisitos de permiso de hipoteca.

Nota: De existir menores de edad con derechos sobre la habitación familiar, deberán realizar las diligencias de utilidad previstas en el Código de Familia.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS ADICIONALES A LOS QUE SE DEBEN APORTAR PARA CUALQUIER TIPO DE PERMISO

CUANDO ES SOLICITADO POR EL ALBACEA DEL BENEFICIARIO

1. Carta suscrita por el albacea solicitando autorización para el respectivo permiso, explicando claramente los motivos. La carta debe venir firmada por el albacea y los beneficiarios de la habitación familiar, mayores de edad.

2. Las firmas en la carta deben ser idénticas a las firmas de las cédulas.

3. Fotocopias de las cédulas de identidad, legibles, de quienes suscriben la solicitud o solicitud con las firmas autenticadas por un abogado.

4. Certificado de defunción.

5. Copia de la escritura o documento emitido por el Juez competente donde se indica el nombre de la persona designada como albacea del beneficiario fallecido.

6. Declaratoria de apertura de proceso sucesorio.

7. Declaratoria de aceptación de los herederos.

8. Aportar copia de las cédulas de identidad, legibles, de cada uno de los herederos.

9. Si los herederos son menores de edad, aportar constancias de nacimiento.

10. Copia del edicto.

11. Copia del boletín Judicial donde se publicó el edicto.

12. Copia de la resolución del juicio sucesorio, emitido por el Juzgado competente.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

REQUISITOS ADICIONALES A LOS QUE SE DEBEN APORTAR PARA CUALQUIER TIPO DE PERMISO

EN LOS CASOS DE BONOS PARCIALMENTE GIRADOS DE VIVIENDACOOP R. L.,

EN EL AÑO 1998

OPERACIONES CON PROPÓSITO DE: COMPRA DE LOTE, COMPRA DE LOTE Y CONSTRUCCIÓN,

COMPRA DE VIVIENDA EXISTENTE

1. Oficio del Lic. Manuel Estrada Mora, Administrador – Liquidación VIVIENDACOOP R. L., donde certifique los montos de los desembolsos pagados a la familia que obtuvo el subsidio.

2. Copia de microfilm del documento en el cual se formalizó la operación del bono. Solo mediante este documento se puede determinar quién es el vendedor de la propiedad pues el Banco no lleva ese registro.

(10)

caso de existir donaciones se debe indicar con exactitud quién es el donante, documento de identificación (físico o jurídico), domicilio exacto y las razones por las cuales estas donaciones se originan.

• Certificación extendida por un notario público con vista en el libro de accionistas con un plazo no mayor a tres meses al momento de la vinculación, en la que se detalle el nombre de los accionistas y porcentaje de participación para aquellos que posean más del 10% de las acciones o en su defecto, el accionista mayoritario. En el caso de que los socios sean personas jurídicas con una participación igual o superior al diez por ciento del capital social (10%), debe suministrarse información sobre todos los socios que figuran en la estructura de propiedad hasta el nivel final de persona física; a saber: Nombre completo, nacionalidad, fecha y lugar de nacimiento (indicando el país), estado civil, sexo, dirección exacta de la residencia permanente, (indicada con puntos cardinales, incluyendo provincia, cantón, distrito y otras señas específicas como características físicas del domicilio). Se excluye de este último requerimiento cuando la persona jurídica o sus socios sean una institución pública o gubernamental, o entidad financiera sujeta a la fiscalización de las Superintendencias en materia de legitimación de capitales y financiamiento al terrorismo, un organismo intergubernamental (organismo internacional gubernamental) o empresas cuya totalidad de sus acciones se coticen en un mercado organizado nacional o extranjero.

B. Requisitos Clientes Deudores.

a. Información básica para el análisis del crédito: La Dirección FONAVI requerirá de la Entidad Autorizada, el envío de la información que a continuación se indica, a excepción de aquella que ya se encuentre en el BANHVI por haber sido remitida con anterioridad como parte de la información suministrada periódicamente a este Banco por su condición de órgano garante o acreedor:

• Solicitud formal de financiamiento debidamente suscrita por la Gerencia General o Subgerencia General de la Entidad Autorizada, acompañada del acuerdo de Junta Directiva, Directorio o Consejo de Administración, en el que conste la aprobación para solicitar el financiamiento al BANHVI, con referencia al monto máximo que podrá ser solicitado.

• Estados Financieros Auditados de la Entidad Autorizada para los últimos tres períodos fiscales.

• Estados Financieros de la Entidad Autorizada con corte al último mes calendario.

• Flujo de caja proyectado para un periodo de doce meses, con el detalle de los supuestos utilizados en la proyección; en el caso de financiamiento de proyectos específicos, el periodo proyectado debe contemplar el plazo total del crédito, con proyección mensual para los primeros 12 meses y anual para el periodo restante.

Las proyecciones efectuadas deberán proporcionarse además en medios electrónicos y con formatos que permitan la sensibilización de los valores proyectados.

• Para el caso de Entidades supervisadas por SUGEF, ficha CAMELS emitida por esa Superintendencia para los últimos dos trimestres.

• Formulario e información complementaria requerida para la aplicación de la Política Conozca a su Cliente, según el detalle que se presenta en el apartado previo.

• Último informe disponible de una agencia calificadora de riesgo autorizada por la Superintendencia General de Valores, cuando exista.

• Clasificación de la Cartera de Crédito de la Entidad Autorizada a la última fecha de corte, según las categorías establecidas por la normativa de la SUGEF o por rangos de morosidad en el caso de Entidades no supervisadas; así como la distribución de esta cartera crediticia por zona geográfica, por actividad económica, por tipo de garantía y por moneda.

ORGANIZACIONES COOPERATIVAS DE AHORRO Y CRÉDITO

COOCIQUE R. L.

COOPEGRECIA R. L.

COOPAVEGRA R. L.

COOPEJUDICIAL R. L.

COOPE A Y A R. L.

COOPEMAPRO R. L.

COOPEAMISTAD R. L.

COOPEMEP R. L.

COOPE SAN MARCOS R. L.

COOPEMEX R. L.

COOPEACOSTA R. L.

COOPENAE R. L.

COOPEALIANZA R. L.

COOPEOROTINA R. L.

COOPE-ANDE Nº 1 R. L.

COOPESANRAMÓN R. L.

COOPEANDE Nº 7 R. L.

COOPESERVIDORES R. L.

COOPEASERRÍ R. L.

COOPESPARTA R. L.

COOPEBANPO R. L.

COOPETACARES R. L.

COOPECAJA R. L.

COOPEUNA R. L.

COOPECAR R. L.

CREDECOOP R. L.

COOPEFYL R. L.

SERVICOOP R. L.

REQUISITOS PARA CAMBIO DE PROPÓSITO 1. Carta suscrita por el o los dueños de la propiedad solicitando

el cambio de propósito.

2. Fotocopias de las cédulas de identidad, de quienes suscriben la solicitud.

3. Certificación emitida por Viviendacoop (Teléfono de Viviendacoop 253-4133)

4. Número de teléfono del solicitante o número de fax.

PARA SU RESPECTIVO PERMISO ES NECESARIO CUMPLIR CON LA TOTALIDAD DE LOS REQUISITOS SOLICITADOS ANTERIORMENTE.

MBA. Martha Camacho Murillo, Dirección FOSUVI.—1 vez.—O. C. Nº 20973.—Solicitud Nº 48074.—C-1854620.—

(IN2012047141).

REQUISITOS SOLICITADOS POR LA DIRECCIÓN FONAVI A. Requisitos Clientes Inversionistas.

Formulario e información complementaria requerida para la aplicación de la Política Conozca a su Cliente.

• Fotocopia de la cédula de identidad del Representante Legal y persona autorizada (si aplica en este último caso).

• Original de la certificación de personería jurídica expedida por el Registro Nacional o por un notario público, con un plazo de expedición no mayor a tres meses al momento de la vinculación.

• Certificación sobre la composición de la Junta Directiva actual, u oficios de instituciones gubernamentales o bien algún otro donde se pueda evidenciar esa composición.

• Estados financieros del último período fiscal auditados o estados financieros internos debidamente refrendados por el contador y representante legal. Se puede prescindir de solicitar la documentación que respalde el origen de los fondos, cuando los clientes realicen transacciones mensuales por ingresos inferiores a dos salarios base en colones o su equivalente en otra moneda.

• Cuando se trate de organizaciones sin fines de lucro debe aportar una declaración Jurada autenticada por un abogado, indicando cuál es el objetivo de la organización y de donde se originan o provienen los recursos de la Entidad. En

(11)

d) Las fundaciones constituidas con fondos donados en el extranjero, que excedan la suma de diez millones de dólares, moneda de los Estados Unidos de Norteamérica y que se dediquen a programas de vivienda.

e) Otros organismos públicos especializados en el financiamiento de viviendas de acuerdo con el artículo 99- 101 d la LSFNV.

f) Las asociaciones solidaristas, conforme a las limitaciones que establezca el BANHVI.

1. Requisitos Generales:

a) Contar con un fondo inicial no menor de diez millones de colones, constituido en ahorros en efectivo. Este fondo deberá aumentarse en la misma proporción que aumente el índice de precios aprobado por el ministerio de economía y comercio.

b) Cumplir con los requisitos técnicos para la aplicación del Sistema de Vivienda según requerimientos de Tecnología de Información.

c) Disponer de personal especializado para el avalúo y fiscalización de las obras a financiar con especialidad en el área de vivienda según los requerimientos del FOSUVI.

2. Requisitos Adicionales para Asociaciones Solidaristas:

a) Contar con un mínimo de 500 asociados.

b) Tener al menos 5 años de fundada.

c) Auditar anualmente sus estados financieros por parte de un Despacho de Contadores Públicos autorizados.

Las asociaciones solidaristas que deseen administrar recursos del FOSUVI deberán además cumplir con las siguientes disposiciones:

a) Contar con la estructura administrativa y tecnológica adecuada para integrar el trámite de bono familiar a sus operaciones, de tal forma que los procesos de registro, seguimiento y control se encuentren integrados.

b) Contar con mecanismos adecuados, internos o externos, que les permita fiscalizar los procesos constructivos y hacer valoraciones.

c) Garantizar el debido control de los recursos públicos, principalmente por medio de una correcta fiscalización de la inversión de los mismos de acuerdo con los lineamientos que, para todas las entidades autorizadas, emitan la Contraloría General de la República y el BANHVI.

Las asociaciones solidaristas que una vez adquirida la condición de entidad autorizada del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda deseen administrar recursos del FONAVI deberán además cumplir con las siguientes disposiciones:

a) Tener identificada una demanda potencial de crédito de al menos ¢250 millones.

b) Contar con un plan y su respectivo cronograma que asegure la implementación en un plazo no mayor a un año de buenas prácticas, conforme lineamientos que emitirá la Gerencia General, en materia de:

i. Cumplimiento de la Ley 8204 Ley sobre Estupefacientes, Sustancias Psicotrópicas, Drogas de uso no Autorizado, Legitimación de Capitales y Actividades Conexas.

ii. Aplicación de las políticas y lineamientos de Gobierno Corporativo y Administración Integral de Riesgos dictados por la Superintendencia General de Entidades Financieras.

iii. Gestión de crédito, según lineamientos que emitirá la Gerencia General del BANHVI a efectos de la valoración de potenciales deudores.

iv. Contar con una calificación de riesgo, realizada por una calificadora de riesgo debidamente autorizada, calificación que en caso de que la entidad reciba el crédito, deberá mantenerse actualizada durante el plazo de la operación; sumando esto, a la remisión periódica de información sobre una serie de indicadores

• Detalle de las obligaciones con Entidades Financieras a la última fecha de corte y desglose de captaciones con el público por moneda.

• Autorización al BANHVI para solicitar información de la Entidad ante el Centro de Información Crediticia de la SUGEF mediante el formulario denominado

“Autorización para Solicitar y Entregar Información Crediticia”.

• Información sobre la conformación de grupos de interés económico mediante el formulario denominado

“Grupos de Interés Económico”.

• Plan de inversión de los recursos solicitados, indicando el número de soluciones de vivienda que se estima colocar y el monto promedio de los créditos que serán otorgados.

• Cronograma programado para el desembolso de los recursos del crédito solicitado.

• Características de las garantías que serán otorgadas en respaldo del crédito solicitado, acordes con lo dispuesto en estos Lineamientos.

• Nombre completo del gerente, los directores y representantes legales. Certificación de los poderes del apoderado(s) generalísimo(s) de la Entidad con no más de 30 días de haber sido emitida, a la fecha de formalización de la operación de crédito.

• Estudio de la Entidad en el Registro Mercantil o personería jurídica que indique las citas de inscripción de la Entidad Autorizada.

• Información sobre el grado académico y años de experiencia en la Entidad y en la actividad, del gerente de la Entidad Autorizada y los miembros del órgano directivo.

• Detalle de deudores que de manera individual representan el 20% o más de la cartera de crédito de la Entidad Autorizada.

• Detalle de inversionistas o acreedores que de manera individual representan el 20% o más de los pasivos de la Entidad Autorizada.

• Listado con información de los saldos adeudados y montos de inversión de los principales 20 deudores y principales 20 inversionistas de la Entidad Autorizada, respectivamente, a la última fecha de corte.

• Para el caso de las Entidades Autorizadas que a su vez son instituciones del Sector Público, debe presentarse la documentación que permita evidenciar la existencia de contenido presupuestario para la atención de las obligaciones que se generarían a partir del otorgamiento del crédito, debidamente autorizado por la Contraloría General de la República.

2. Otra información requerida: A partir del análisis de la información remitida por la Entidad Autorizada, el BANHVI podrá solicitar la información adicional que estime necesaria a fin de ampliar, aclarar o profundizar cualquier aspecto que considere relevante. A partir de la fecha de comunicación de la solicitud de información adicional, la Entidad Autorizada dispondrá de un plazo de diez días hábiles para la entrega de lo requerido o bien para la corrección de cualquier deficiencia detectada en la información básica remitida; de no cumplirse con los requisitos solicitados dentro de ese plazo, el BANHVI podrá dar por declinada la solicitud de crédito, circunstancia que será comunicada formalmente a la Entidad Autorizada por la Dirección FONAVI.

C. Requisitos para ser Entidad Autorizada

De conformidad con la Ley 7052, las Entidades que pueden optar por la condición de Entidad Autorizada son las siguientes:

a) Las asociaciones mutualistas de ahorro y préstamo.

b) Los bancos del Estado y los privados, así como el Banco Popular y de Desarrollo Comunal.

c) Las cooperativas conforme al artículo 102 y 103 de la Ley del Sistema Financiero Nacional para la Vivienda (LSFNV)

(12)

2. Observaciones para la Entidad Autorizada:

La Entidad Autorizada deberá informar sobre el requerimiento de cancelación del crédito directamente al correo electrónico: vanmorales@banhvi.fi.cr o milgarbanzo@banhvi.fi.cr de la Dirección FONAVI, solicitando la autorización correspondiente a efecto de que el BANHVI, en calidad de cesionario, realice la cancelación del gravamen respectivo.

Este correo debe ser remitido únicamente por los funcionarios autorizados en cada Entidad Autorizada para tal procedimiento indicando:

• Número de operación de crédito

• Nombre del deudor

• Cédula de identidad

• Folio real

• Citas de inscripción.

La Dirección FONAVI verificará los datos de la operación y si procede comunicará a la Asesoría Legal del BANHVI que se autoriza la tramitación de la respectiva escritura de cancelación hipotecaria.

3. Observaciones para el Notario:

El notario contratado por el Deudor interesado deberá verificar que la Entidad Autorizada ha comunicado a la Dirección FONAVI del BANHVI la solicitud de cancelación del crédito y, posteriormente, solicitar una cita en la Asesoría Legal del BANHVI, para la revisión y firma de la escritura de cancelación hipotecaria, la cual deberá elaborarse de conformidad con el formato definido por el BANHVI. En caso de que la escritura no se ajuste a los parámetros establecidos o contenga algún defecto, no será autorizada y deberá solicitarse una nueva cita. Para la obtención de citas puede llamarse al teléfono 2527-7651.

Requisitos documentales:

• Presentar escritura (protocolo).

• Original del estudio de registro de la propiedad con no más de 8 días de emitido.

MSc. Tricia Hernández Brenes, Dirección FONAVI.—1 vez.—O. C. Nº 20973.—Solicitud Nº 48074.—C-283900.—

(IN2012047147).

financieros, según lo determine la Administración de este Banco, para darle un adecuado seguimiento a la condición financiera de la Entidad.

3. Contenido de la Solicitud

Para obtener la condición de Entidad Autorizada los interesados deberán presentar una solicitud por escrito a la Junta Directiva, que contendrá:

a) Nombre razón social o denominación y domicilio.

b) Objetivos que persigue el ente relacionados con el financiamiento de viviendas.

c) Monto del capital social. Las fundaciones deberán demostrar el monto de los fondos donados a que hace referencia el inciso ch) del artículo 66 de la d) Presupuesto con que cuenta para destinar al Sistema.Ley.

e) Forma de administración y facultades de los administradores o gerentes.

f) Nombre y apellidos, calidades de los socios si los hay y monto de los aportes.

g) Certificación registral o notarial del acta constitutiva o de los estatutos.

h) Certificación del Registro Público o notarial en que conste la personería jurídica y el vencimiento de la misma.

i) Copia de la cédula jurídica.

j) Cualquier otra información o documento que requiera el Banco.

La solicitud debe presentarse con tres copias, una de las cuales se le devolverá al interesado con fecha y hora de recibido”.

Además en una sola copia, se deberá aportar la siguiente documentación:

1. Estados Financieros Auditados de los últimos dos períodos.

2. Estados Financieros para los últimos seis meses.

3. Reseña histórica de la entidad, así como el detalle y ubicación de su oficina central, agencias o sucursales.

4. Mercado meta en lo que se refiere a recursos de vivienda de la entidad adjuntando estudios realizados recientes.

D. Procedimiento para ser Levantamiento de Gravamen sobre Operaciones Cedidas al BANHVI

1. Observaciones para el deudor solicitante:

El deudor interesado debe solicitar a la Entidad Autorizada la remisión del correo electrónico a la Dirección Fondo Nacional para la Vivienda (FONAVI) indicando la cancelación de la operación inscrita a favor del BANHVI.

Formulario BANHVI 1-99

REQUISITOS POSTULACIÓN BONO FAMILIAR VIVIENDA PROGRAMA ADULTO MAYOR

PROPÓSITO

DESCRIPCIÓN LOTE

CONST. CONST. VIVIENDA EXISTENTE

REPAR.

AMPLIAC.

MEJOR.

Formulario Declaración Jurada (Formulario BANHVI 2-99) para uso exclusivo de

la Entidad Autorizada. si si si si

Certificación de Bienes (Registro Nacional de la Propiedad, o bien, estudio registral

obtenido vía modem con el criterio legal respectivo. si si si si

Estudio Registral de la Propiedad a ser ofrecida en garantía (Registro Nacional de la Propiedad), o bien, estudio registral obtenido vía modem con el criterio legal respectivo.

si si si si

Estudios Registrales de otras propiedades (si existen) si si si si

Estudio Técnico de otras propiedades (si existen) si si si si

Avalúo de Terreno (Formato Banhvi) si si si si

Avalúo de vivienda (Formato Banhvi) NA NA si si

Plano Catastrado de la Propiedad. si si si si

Certificación de ingresos reportados a la CCSS de los últimos tres meses, para los componentes del núcleo familiar mayores de edad. Si no cotizan deben presentar además Constancia de salario por Contador.

si si si si

Presupuesto Construcción firmado por un profesional responsable (Ingeniero

Civil, Arquitecto). Formato Banhvi SI si NA si

(13)

Plano Construcción o croquis si es reparación, ampliación o mejoras, firmado por

un Ingeniero Civil o Arquitecto debidamente inscrito en el CFIA. SI SI NA SI

Opción de Compra-venta (dación-traspaso) SI NA SI NA

Fotocopias Cédulas de Identidad (todos los mayores de edad del núcleo familiar). SI SI SI SI

Certificado Estado Civil, mayores de edad ( Registro Civil) SI SI SI SI

Declaración Jurada de Separado de Hecho, en caso de que corresponda. ( ante

notario público ) SI SI SI SI

Carta de Aporte, cuando corresponda SI SI SI si

Certificación Adulto Mayor Conapam SI SI SI SI

Ficha trabajador Social SI SI SI si

Califican para este programa las personas con edad de 65 años o más, que no tengan núcleo familiar y su “modus viviendi” esté basado en la manutención propia y la auto asistencia, cuyos ingresos sean iguales o inferiores a dos salarios mínimos.

Formulario BANHVI 1-99

REQUISITOS POSTULACIÓN BONO FAMILIAR VIVIENDA PROGRAMA IMPEDIMENTO FÍSICO

PROPÓSITO

DESCRIPCIÓN LOTE

CONST. CONST. VIVIENDA EXISTENTE

REPAR.

AMPLIAC.

MEJOR.

1. Formulario Declaración Jurada (Formulario BANHVI 2-99) para uso

exclusivo de la Entidad Autorizada. si si si si

2. Certificación de Bienes (Registro Nacional de la Propiedad) o bien, estudio

registral obtenido vía modem con el criterio legal respectivo. si si si si

3. Estudio Registral de la Propiedad a ser ofrecida en garantía (Registro Nacional de la Propiedad), o bien, estudio registral obtenido vía modem con el criterio legal respectivo.

si si si si

4. Estudios Registrales de otras propiedades (si existen) si si si si

5. Estudio Técnico de otras propiedades (si existen) si si si si

6. Avalúo de Terreno (Formato Banhvi) si si si si

7. Avalúo de vivienda (Formato Banhvi) Indicar si es apta para la discapacidad

de la persona. NA NA si si adecuarla a

las necesidades

8. Plano Catastrado de la Propiedad. si si si si

9. Certificación de ingresos reportados a la CCSS de los últimos tres meses, para los componentes del núcleo familiar mayores de edad. Si no cotizan deben presentar además Constancia de salario por Contador.

si si si si

10. Presupuesto Construcción firmado por un profesional responsable (Ingeniero

Civil, Arquitecto).Formato Banhvi SI si NA si

11. Plano Construcción o croquis si es reparación, ampliación o mejoras, firmado

por un Ingeniero Civil o Arquitecto debidamente inscrito en el CFIA. SI SI NA SI

12. Opción de Compra-venta (dación-traspaso) SI NA SI NA

13. Fotocopias Cédulas de Identidad (todos los mayores de edad del núcleo

familiar). SI SI SI SI

14. Constancia Original de Nacimiento Menores de Edad (si existen) o fotocopia

certificada. SI SI SI SI

15. Certificado Estado Civil, mayores de edad ( Registro Civil) SI SI SI SI

16. Cuando el núcleo familiar es atípico, certificación del PANI, ó Juzgado de

Familia, ó estudio de un Trabajador Social cuando se considere necesario. SI SI SI si 17. Declaración Jurada de Separado de Hecho o de Unión libre, según corresponda.

( ante notario público ) SI SI SI SI

18. Carta de Aporte, cuando corresponda. SI SI SI si

19. Carta del beneficiario indicando si la vivienda requiere o no adecuaciones

especiales según la discapacidad. SI SI SI si

20. Certificación Minusvalía CCSS SI SI SI si

21. Ficha trabajador Social SI SI SI si

Califican para este programa las familias que cuenten entre sus miembros con una o más personas que sufran impedimento físico total y permanente, cuyos ingresos sean iguales o menores a dos salarios mínimos.

PROPÓSITO

DESCRIPCIÓN LOTE

CONST. CONST. VIVIENDA EXISTENTE

REPAR.

AMPLIAC.

MEJOR.

(14)

Formulario BANHVI 1-99

REQUISITOS POSTULACIÓN BONO FAMILIAR VIVIENDA PROGRAMA INDÍGENA

PROPÓSITO

DESCRIPCIÓN CONST. RAMT

1. Formulario Declaración Jurada (Formulario BANHVI 2-99) para uso exclusivo de la Entidad Autorizada. si si

2. Estudio de bienes. Impresión de pantalla certificada. si si

3. Declaración de Asociación de Desarrollo de que la familia vive en dentro de la Reserva Indígena si si 4. Estudios Registrales de otras propiedades (si existen). Impresión de pantalla certificada si si

5. Avalúo de vivienda (Formato Banhvi) NA si

6. Croquis con la ubicación de la propiedad si si

7. Declaración jurada donde se indican los ingresos percibidos y el concepto de los mismos. si si 8. Declaración jurada en la que indique no tener ingresos reportables a la CCSS. si si 9. Presupuesto Construcción firmado por un profesional responsable (Ingeniero Civil, Arquitecto). Formato

Banhvi si Si

10. Plano Construcción o croquis si es reparación, ampliación o mejoras, firmado por un Ingeniero Civil o

Arquitecto debidamente inscrito en el CFIA. SI si

11. Fotocopias Cédulas de Identidad (todos los mayores de edad del núcleo familiar). SI SI 12. Constancia Original de Nacimiento Menores de Edad (si existen) o fotocopia certificada. SI SI 13. Declaración Jurada de estado civil ( no ante notario público , si no en presencia de dos testigos ) SI SI 14. Declaración Jurada de Separado de Hecho o de Unión libre, según corresponda. ( no ante notario público , si

no en presencia de dos testigos ) SI SI

15. Carta de Aporte, cuando corresponda. SI SI

Califican para este programa las familias que habitan en áreas declaradas como Reservas Indígenas.

Formulario BANHVI 1-99

REQUISITOS POSTULACIÓN BONO FAMILIAR VIVIENDA PROGRAMA AHORRO BONO CRÉDITO

DESCRIPCIÓN PROPÓSITO

LOTE

CONST. CONST. VIVIENDA EXISTENTE Formulario Declaración Jurada (Formulario BANHVI 2-99) para uso exclusivo de la Entidad

Autorizada. si si si

Certificación de Bienes (Registro Nacional de la Propiedad) mayores de edad, o bien, estudio

registral obtenido vía modem con el criterio legal respectivo. si si si

Estudio Registral de la Propiedad a ser ofrecida en garantía (Registro Nacional de la Propiedad),

o bien, estudio registral obtenido vía modem con el criterio legal respectivo. si si si

Estudios Registrales de otras propiedades (si existen) si si si

Estudio Técnico de otras propiedades (si existen) si si si

Avalúo de Terreno (Formato Banhvi) si si si

Avalúo de vivienda (Formato Banhvi) NA NA si

Plano Catastrado de la Propiedad. si si si

Certificación de ingresos reportados a la CCSS de los últimos tres meses, para los componentes del núcleo familiar mayores de edad. Si no cotizan deben presentar además Constancia de

salario por Contador. si si si

Presupuesto Construcción firmado por un profesional responsable (Ingeniero Civil, Arquitecto).

Formato Banhvi SI si NA

Plano Construcción, firmado por un Ingeniero Civil o Arquitecto debidamente inscrito en el CFIA. SI SI NA

Opción de Compra-venta (dación-traspaso) SI NA SI

Fotocopias Cédulas de Identidad (todos los mayores de edad del núcleo familiar). SI SI SI Constancia Original de Nacimiento Menores de Edad (si existen) o fotocopia certificada. SI SI SI

Certificado Estado Civil, mayores de edad (Registro Civil) SI SI SI

Cuando el núcleo familiar es atípico, certificación del PANI, o Juzgado de Familia, o estudio de

un Trabajador Social cuando se considere necesario. SI SI SI

Declaración Jurada de Separado de Hecho o de Unión libre, según corresponda (ante notario

público ) SI SI SI

Contrato de ahorro, bono, crédito entre el beneficiario y la Entidad Autorizada. SI SI SI Para este programa se suscribe un contrato entre el beneficiario y la Entidad Autorizada, en el cual el postulante se compromete a ahorrar una cantidad establecida en un plazo de 3, 6, 9, 12 ó 18 meses, la Entidad Autorizada otorga el crédito respectivo y una vez completado el ahorro, o un mes antes, se procede a confeccionar el expediente para el trámite del Bono Familiar.

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