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Estudio de seguridad y salud para la ejecución de un edificio plurifamiliar de 30 viviendas en Salou.

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Estudio de seguridad y salud para la ejecución de un edificio plurifamiliar de 30 viviendas en

Salou.

ANEXO A: Pliego de condiciones particulares ANEXO B: Identificación de riesgos laborales

Autor: Samuel Molero Malo Director: Pere Alavedra Ribot Convocatòria: Abril 2005 (pla 94)

Escola Tècnica Superior

d’Enginyeria Industrial de Barcelona Escola Tècnica Superior

d’Enginyeria Industrial de Barcelona

(2)
(3)

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES...61

A.1. OBJETIVOS ...61

A.2. IDENTIFICACIÓN DE LA OBRA ...61

A.3. DEFINICIONES Y FUNCIONES DE LAS FIGURAS PARTICIPANTES EN EL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN. ...61

A.3.1. Promotor...62

A.3.2. Proyectista...62

A.3.3. Contratista ...63

A.3.4. Subcontratista...63

A.3.5. Dirección facultativa ...64

A.4. LEGISLACIÓN APLICABLE A LA OBRA...67

A.5. CONDICIONES TÉCNICAS Y DE SEGURIDAD...67

A.5.1. De las actividades de la obra. ...67

A.5.2. De los oficios que intervienen en la obra...67

A.5.3. De los medios auxiliares, máquinas y equipo. ...68

A.5.4. De los equipos de protección colectiva. ...68

A.5.5. De los equipos de protección individual. ...70

A.5.6. De las instalaciones provisionales para los trabajadores...70

A.5.7. Del instalaciones de la obra. ...71

A.5.8. Del Suministro eléctrico...71

A.5.9. Del suministro de agua...74

A.5.10. De señalización vial ...74

A.5.11. De la señalización de los riesgos en el trabajo...74

A.5.12. De la prevención de incendios en la obra...74

A.5.13. Extintores de incendios...75

A.5.14. Mantenimiento de los extintores de incendios ...75

A.5.15. Normas de seguridad para la instalación y uso de los extintores de incendios...75

A.5.16. De los trabajos de mantenimiento de lo edificado. ...76

A.6. MANTENIMIENTO, CAMBIOS DE POSICIÓN, REPARACIÓN Y SUSTITUCIÓN DE LA PROTECCIÓN COLECTIVA Y DE LOS EQUIPOS DE PROTECCIÓN INDIVIDUAL. ...76

A.7. FORMACIÓN E INFORMACIÓN A LOS TRABAJADORES...77

A.7.1. Cronograma formativo...77

A.8. ACCIONES A SEGUIR EN CASO DE ACCIDENTE LABORAL ...77

A.8.1. Acciones a seguir ...77

A.8.2. Itinerario más adecuado a seguir durante las posibles evacuaciones de accidentados...78

A.8.3. Comunicaciones inmediatas en caso de accidente laboral...78

A.9. PROCEDIMIENTO SANCIONADOR POR INCUMPLIMIENTO DEL ESTUDIO DE SEGURIDAD Y SALUD. ..79

A.9.1. Toma de decisiones ...79

A.9.2. Evaluación continua de los riesgos ...79

A.9.3. Controles periódicos...80

A.9.4. Adecuación de medidas preventivas y adopción de medidas correctoras...80

A.9.5. Paralización de los trabajos...81

A.9.6. Libro de incidencias...81

A.9.7. Rescisión del contrato ...82

A.10. DOCUMENTACIÓN DE CONTROL DE LA EJECUCIÓN. ...82

A.10.1. Control de entrega de los equipos de protección individual...82

A.10.2. Aceptación de responsabilidades del personal de prevención ...82

A.10.3. Autorización de la utilización de maquinas y máquinas herramienta...83

A.11. MISIÓN Y PERFIL HUMANO...83

A.11.1. Encargado de seguridad...83

A.11.2. Técnico De seguridad y salud...84

A.12. OBLIGACIONES DEL CONTRATISTA CON RELACIÓN AL CONTENIDO DE ESTE ESTUDIO DE

SEGURIDAD Y SALUD. ...84

(4)

A.13. EL PLAN DE SEGURIDAD Y SALUD EN EL TRABAJO...87

A.13.1. Sistema de evaluación y decisión sobre las alternativas del plan de seguridad y salud. ...88

A.14. AVISO PREVIO ...89

B. IDENTIFICACIÓN DE RIESGOS LABORALES...91

B.1. R

ELACIÓN DE RIESGOS LABORALES QUE NO SE HAN PODIDO ELIMINAR

...91

B.2. I

DENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS PROTECCIONES DECIDIDAS LAS ACTIVIDADES DE LA OBRA

¡E

RROR

! M

ARCADOR NO DEFINIDO

. B.2.1. Actividad: Acometidas para servicios provisionales (fuerza, agua, alcantarillado). ...93

B.2.2. Actividad: Albañilería...93

B.2.3. Actividad: Alicatados. ...94

B.2.4. Actividad: Arquetas de saneamiento...94

B.2.5. Actividad: Carpintería de encofrados. ...95

B.2.6. Actividad: Carpintería de madera...96

B.2.7. Actividad: Carpintería metálica y cerrajería...96

B.2.8. Actividad: Construcción y demolición de la valla de obra. ...97

B.2.9. Actividad: Cubierta plana asfáltica, remate de gravilla...98

B.2.10. Actividad: Encofrado y desencofrado de forjado bidierccionales...98

B.2.11. Actividad: Encofrado y desencofrado de muros de trasdós...99

B.2.12. Actividad: Enfoscados...100

B.2.13. Actividad: Enlucidos...100

B.2.14. Actividad: Excavación de tierras a cielo abierto...101

B.2.15. Actividad: Falsos techos de escayola. ...102

B.2.16. Actividad: Hormigonado de losas armadas. ...102

B.2.17. Actividad: Hormigonado de pilares, vigas y jácenas...103

B.2.18. Actividad: Instalación de Ascensores o montacargas del proyecto. ...104

B.2.19. Actividad: Instalaciones provisionales para los trabajadores (vagones prefabricados)...105

B.2.20. Actividad: Limpieza de fábricas de ladrillo. ...106

B.2.21. Actividad: Manipulación, armado y puesta en obra de la ferralla. ...106

B.2.22. Actividad: Montaje de barandillas de edificios. ...107

B.2.23. Actividad: Montaje de cargaderos de ventanas y puertas. ...108

B.2.24. Actividad: Montaje de muebles de cocina...108

B.2.25. Actividad: Montaje de persianas de aluminio...109

B.2.26. Actividad: Montaje de vidrio sobre carpinterías metálicas ...109

B.2.27. Actividad: Organización en el solar o zona de obra...110

B.2.28. Actividad: Pintura al plástico ...111

B.2.29. Actividad: Pintura y barnizado. ...111

B.2.30. Actividad: Piscinas. ...112

B.2.31. Actividad: Plantaciones de jardinería...113

B.2.32. Actividad: Recepción de maquinaria, medios auxiliares y montajes. ...113

B.2.33. Actividad: Rellenos de tierras en general. ...114

B.2.34. Actividad: Solado de hormigón pulido...115

B.2.35. Actividad: Solados con madera (parquet, tarimas, mamperlanes). ...115

B.2.36. Actividad: Solados con mármoles, terrazos, plaquetas y similares (interiores). ...116

B.2.37. Actividad: Vertido de hormigones mediante cubos a gancho de grúa...116

B.2.38. Actividad: Vertido directo de hormigones mediante canaleta. ...117

B.3. I

DENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS PROTECCIONES DECIDIDAS DE LOS OFICIOS QUE INTERVIENEN EN LA OBRA

...119

B.3.1. Actividad: Albañil. ...119

B.3.2. Actividad: Alicatador...120

B.3.3. Actividad: Ascensoristas. ...120

B.3.4. Actividad: Capataz o jefe de equipo...121

B.3.5. Actividad: Carpintero encofrador...122

(5)

B.3.6. Actividad: Carpintero. ...122

B.3.7. Actividad: Cerrajero...123

B.3.8. Actividad: Conductor de camión bañera...124

B.3.9. Actividad: Conductor de pala excavadora y cargadora...125

B.3.10. Actividad: Conductor de retroexcavadora...126

B.3.11. Actividad: Electricista. ...126

B.3.12. Actividad: Encargado de obra...127

B.3.13. Actividad: Enlucidor (yesaire)...128

B.3.14. Actividad: Escayolista. ...128

B.3.15. Actividad: Ferrallista...129

B.3.16. Actividad: Fontanero. ...130

B.3.17. Actividad: Gruista...131

B.3.18. Actividad: Jardinero...131

B.3.19. Actividad: Limpiador de fachadas cerámicas...132

B.3.20. Actividad: Marmolista...133

B.3.21. Actividad: Montador de aire acondicionado. ...133

B.3.22. Actividad: Montador de andamios colgados. ...134

B.3.23. Actividad: Montador de andamios modulares...135

B.3.24. Actividad: Montador de ascensores y montacargas. ...136

B.3.25. Actividad: Montador de barandillas de seguridad. ...136

B.3.26. Actividad: Montador de cubiertas asfálticas...137

B.3.27. Actividad: Montador de grúas torre...138

B.3.28. Actividad: Montador de impermeabilizaciones asfálticas...138

B.3.29. Actividad: Montador de muebles de cocina. ...139

B.3.30. Actividad: Montador de persianas...140

B.3.31. Actividad: Montador de redes de seguridad...141

B.3.32. Actividad: Operador con martillo neumático. ...141

B.3.33. Actividad: Operador del maquinillo. ...142

B.3.34. Actividad: Peón especialista. ...143

B.3.35. Actividad: Peón suelto...143

B.3.36. Actividad: Pintor. ...144

B.3.37. Actividad: Señalista...145

B.3.38. Actividad: Solador con madera (parquet, tarimas)...145

B.3.39. Actividad: Solador con materiales hidráulicos...146

B.4. I

DENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS PROTECCIONES DECIDIDAS DE LOS MEDIOS AUXILIARES A UTILIZAR EN LA OBRA

...147

B.4.1. Actividad: Andamios colgados...147

B.4.2. Actividad: Andamios metálicos modulares...147

B.4.3. Actividad: Andamios sobre borriquetas...148

B.4.4. Actividad: Banco de trabajo con mordazas o aprietos. ...149

B.4.5. Actividad: Carretón o carretilla de mano (chino). ...149

B.4.6. Actividad: Contenedor de escombros...149

B.4.7. Actividad: Cubilote de hormigonado para gancho de grúa...150

B.4.8. Actividad: Encofrado con barandilla perimetral (forjados o losas)...150

B.4.9. Actividad: Encofrados metálicos para pilares y pilas...151

B.4.10. Actividad: Escalera de andamio metálico modular. ...152

B.4.11. Actividad: Escalera de mano...152

B.4.12. Actividad: Eslinga de acero (hondillas, bragas). ...153

B.4.13. Actividad: Espuertas para pastas hidráulicas o herramientas manuales...153

B.4.14. Actividad: Herramientas de albañilería (paletas, paletines, llanas, plomadas). ...153

B.4.15. Actividad: Herramientas de carpintería (formones, buriles, martillos, etc)...154

B.4.16. Actividad: Herramientas manuales (palas, martillos, mazos, tenazas, uñas palanca). ...154

B.4.17. Actividad: Jaulones para transporte de materiales sueltos...155

B.4.18. Actividad: Peldaños metálicos encadenados...155

(6)

B.4.19. Actividad: Plataforma de descarga en altura. ...156

B.4.20. Actividad: Puntales metálicos. ...156

B.4.21. Actividad: Reglas, terrajas, miras. ...157

B.4.22. Actividad: Torreta metálica sobre ruedas. ...157

B.4.23. Actividad: Trompa de vertido de escombros...157

B.5. I

DENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS PROTECCIONES DECIDIDAS DE LA MAQUINARIA A INTERVENIR EN LA OBRA

...159

B.5.1. Actividad: Alisadoras eléctricas (helicópteros). ...159

B.5.2. Actividad: Batidora mezcladora de pinturas o barnices. ...159

B.5.3. Actividad: Bomba eléctrica para achiques. ...160

B.5.4. Actividad: Camión bomba, de brazo articulado para vertido de hormigón...160

B.5.5. Actividad: Camión con grúa para autocarga. ...161

B.5.6. Actividad: Camión cuba hormigonera. ...162

B.5.7. Actividad: Camión de transporte (bañera)...162

B.5.8. Actividad: Camión de transporte de materiales...163

B.5.9. Actividad: Camión dumper para movimiento de tierras...164

B.5.10. Actividad: Compresor...165

B.5.11. Actividad: Equipo para soldadura oxiacetilénica y oxicorte. ...166

B.5.12. Actividad: Grúa autotransportada. ...167

B.5.13. Actividad: Grúa torre, fija o sobre carriles...168

B.5.14. Actividad: Gunitadora...169

B.5.15. Actividad: Hormigonera eléctrica (pastera)...169

B.5.16. Actividad: Maquinaria para movimiento de tierras (en general)...170

B.5.17. Actividad: Maquinillo, (cabrestante mecánico acodalado entre suelo y techo)...171

B.5.18. Actividad: Martillo neumático (rompedor o taladrador para bulones). ...171

B.5.19. Actividad: Motoniveladora...172

B.5.20. Actividad: Pala cargadora sobre neumáticos...173

B.5.21. Actividad: Pistola hinca clavos...173

B.5.22. Actividad: Pistola para limpieza de fachadas...174

B.5.23. Actividad: Retroexcavadora con equipo de martillo rompedor. ...174

B.5.24. Actividad: Rodillo compactador de patas de cabra...175

B.5.25. Actividad: Rozadora radial eléctrica...176

B.5.26. Actividad: Radiales, cizallas, cortadoras y similares...176

B.5.27. Actividad: Segadora rotatoria de látigo. ...177

B.5.28. Actividad: Sierra circular de mesa, para madera. ...177

B.5.29. Actividad: Sierra circular de mesa, para material cerámico...178

B.5.30. Actividad: Soplete de fundido para mantas asfálticas. ...178

B.5.31. Actividad: Taladro eléctrico portátil (atornillador de tirafondos). ...179

B.5.32. Actividad: Vibradores eléctricos para hormigones...179

B.6. I

DENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS PROTECCIONES DECIDIDAS DE LAS INSTALACIONES DE LA OBRA

. ...181

B.6.1. Actividad: Aire acondicionado. ...181

B.6.2. Actividad: Antenas parabólicas. ...181

B.6.3. Actividad: Ascensores o montacargas del proyecto...182

B.6.4. Actividad: Cableados sobre cubiertas y azoteas...183

B.6.5. Actividad: Eléctrica del proyecto. ...184

B.6.6. Actividad: Eléctrica provisional de obra...184

B.6.7. Actividad: Fontanería. ...185

B.6.8. Actividad: Guindola de limpieza de fachadas...186

B.6.9. Actividad: Instalación arquetas, armarios instalaciones exteriores (telefonía, TV) ...186

B.6.10. Actividad: Saneamiento y desagües...187

B.6.11. Actividad: Telefonía y cables coaxiales. ...187

B.6.12. Actividad: Ventilación...188

(7)

B.7. I

DENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS PROTECCIONES DECIDIDAS DEL MONTAJE

,

CONSTRUCCIÓN

,

RETIRADA O DEMOLICIÓN DE LAS INSTALACIONES PROVISIONALES PARA LOS TRABAJADORES Y ÁREAS

AUXILIARES DE EMPRESA

...191

B.7.1. Actividad: Montaje, mantenimiento y retirada con carga sobre camión de las instalaciones provisionales para los trabajadores de módulos prefabricados metálicos...191

B.8. I

DENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS PROTECCIONES DECIDIDAS POR LA UTILIZACIÓN DE PROTECCIÓN COLECTIVA

...193

B.8.1. Actividad: Anclajes calculados para cinturones de seguridad...193

B.8.2. Actividad: Anclajes para cinturones de seguridad...193

B.8.3. Actividad: Andamio metálico tubular apoyado...193

B.8.4. Actividad: Balizamiento lateral de rampas...194

B.8.5. Actividad: Barandilla para huecos de ventana. ...195

B.8.6. Actividad: Barandilla red tenis para huecos de ascensor...195

B.8.7. Actividad: Barandilla red tenis, pies derechos por hinca en terrenos...196

B.8.8. Actividad: Barandilla: madera pies derechos aprieto tipo carpintero...196

B.8.9. Actividad: Barandilla: madera pies derechos hinca en cazoleta. ...197

B.8.10. Actividad: Barandilla: madera sobre pies derechos hinca en terrenos. ...197

B.8.11. Actividad: Cuerdas auxiliares, guía segura de cargas...198

B.8.12. Actividad: Cuerdas fiadoras para cinturones de seguridad...198

B.8.13. Actividad: Entablado cuajado de seguridad para forjados de montaje inseguro. ...199

B.8.14. Actividad: Escaleras de andamio metálico modular (evacuación de emergencia) ...199

B.8.15. Actividad: Escaleras de mano con capacidad de desplazamiento. ...200

B.8.16. Actividad: Eslingas de seguridad. ...200

B.8.17. Actividad: Extintores de incendios. ...201

B.8.18. Actividad: Interruptor diferencial de 30 mA Calibrado selectivo...201

B.8.19. Actividad: Interruptor diferencial de 30 mA. ...201

B.8.20. Actividad: Interruptor diferencial de 300 mA. ...202

B.8.21. Actividad: Oclusión de hueco horizontal con tapa de madera. ...202

B.8.22. Actividad: Palastro de acero. ...203

B.8.23. Actividad: Pasarela de andamio de puentes volados. ...203

B.8.24. Actividad: Pasarelas voladas de seguridad sobre torretas de apuntalamiento...204

B.8.25. Actividad: Plataforma para descarga en altura. ...204

B.8.26. Actividad: Portáti para iluminación eléctrica...205

B.8.27. Actividad: Redes de horca. ...205

B.8.28. Actividad: Teléfono inalámbrico. ...206

B.8.29. Actividad: Toma de tierra general de la obra. ...206

B.8.30. Actividad: Valla de PVC cierre de la obra, (todos los componentes)...207

B.8.31. Actividad: Visera chapa metálica sobre perfilería. ...207

B.9. I

DENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS PROTECCIONES DECIDIDAS DE INCENDIOS DE LA OBRA

...209

B.10. I

DENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS PROTECCIONES DECIDIDAS DE RIESGOS HIGIÉNICOS DE LA OBRA

. ...211

B.11. I

DENTIFICACIÓN DE RIESGOS Y EVALUACIÓN DE LA EFICACIA DE LAS PROTECCIONES DECIDIDAS PARA LA REALIZACIÓN DE LOS TRABAJOS POSTERIORES DE MANTENIMIENTO

...213

B.11.1. Actividad: Limpieza, conservación y repintado de fachadas, patios y medianeras y sus componentes: carpintería, barandillas, canalones, tuberías, etc...213

B.11.2. Actividad: Limpieza y mantenimiento de cubiertas, sus desagües y las instalaciones técnicas que se encuentren en ellas...213

B.11.3. Actividad: Limpieza y mantenimiento de falsos techos, cielos rasos, luminarias, instalaciones y otros elementos situados a una altura considerable...214

B.11.4. Actividad: Mantenimiento de locales con instalaciones o productos peligrosos ...215

(8)
(9)

PLIEGO DE CONDICIONES PARTICULARES

A.1. OBJETIVOS

Este pliego de condiciones particulares, es un documento contractual de esta obra que tiene por objeto:

1. Exponer todas las obligaciones del Contratista, subcontratistas y trabajadores autónomos con respecto a este estudio de seguridad y salud.

2. Concretar la calidad de la prevención decidida y su montaje correcto.

3. Exponer los procedimientos de seguridad y salud en el trabajo de obligado cumplimiento en determinados casos o exigir al Contratista que incorpore a su plan de seguridad y salud, aquellos que son propios de su sistema de construcción para esta obra.

4. Definir la calidad de la prevención e información útiles, elaboradas para los previsibles trabajos posteriores.

5. Definir el sistema de evaluación de las alternativas o propuestas hechas por el plan de seguridad y salud, a la prevención contenida en este estudio de seguridad y salud.

6. Fijar unos determinados niveles de calidad de toda la prevención que se prevé utilizar, con el fin de garantizar su éxito.

7. Definir las formas de efectuar el control de la puesta en obra de la prevención decidida y su administración.

8. Propiciar un determinado programa formativo e informativo en materia de Seguridad y Salud, que sirva para implantar con éxito la prevención diseñada.

Todo ello con el objetivo global de conseguir la realización de esta obra, sin accidentes ni enfermedades profesionales, al cumplir los objetivos fijados en la memoria de este estudio de seguridad y salud, que no se reproducen por economía documental, pero que deben entenderse como transcritos a norma fundamental de este documento contractual.

A.2. IDENTIFICACIÓN DE LA OBRA

Este pliego de condiciones de seguridad y salud se elabora para el proyecto de la obra: Edificio Plurifamiliar de 30 viviendas en Salou. cuyo promotor titular del futuro centro de trabajo es:

MAREA CARIBE, SL., que se construirá según el proyecto elaborado por: Olga Tarragó Pàmies, Arquitecta., siendo el coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del Proyecto: Samuel Molero Malo, Ingeniero Industrial.

Los documentos que componen este estudio de seguridad y salud se entienden documentos contractuales para la ejecución de la obra Edificio Plurifamiliar de 30 viviendas en Salou. Todos los documentos que integran este estudio de seguridad y salud son compatibles entre sí; se complementan unos a otros formando un cuerpo inseparable, son parte del proyecto de ejecución de la obra.

A.3. DEFINICIONES Y FUNCIONES DE LAS FIGURAS PARTICIPANTES EN EL PROCESO DE CONSTRUCCIÓN.

Se describen a continuación las misiones que deben desarrollar los distintos participantes en el

proceso para conseguir con eficacia los objetivos propuestos. Todo ello en coherencia con lo

expresado en el artículo 2 del Real Decreto 1.627/1.997.

(10)

A.3.1. Promotor

Inicia la actividad económica, y designa al proyectista, Dirección facultativa, coordinadores en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto y durante la ejecución de la obra, y contratista o contratistas en su caso. En los contratos a suscribir con cada uno de ellos, puede establecer condiciones restrictivas o exigencias contractuales para la relación coherente entre todos ellos. Especial importancia puede tener las que se introduzcan en el contrato con el contratista en relación con:

1. El establecimiento de las limitaciones para la subcontratación evitando la sucesión de ellas.

2. Exigencias sobre la formación que deben disponer los trabajadores que accedan en función de la complejidad de los trabajos.

3. Exigencia sobre la solvencia técnica de las empresas subcontratadas por el contratista o contratistas en su caso, y forma de acreditarlo, con el objetivo de reforzar la posición de los técnicos para conseguir el cumplimiento de la Ley.

4. Disposición de la organización tanto de medios humanos o materiales a implantar en obra, así como la maquinaria o medios auxiliares más adecuados al proceso.

5. Respaldar las exigencias técnicas que se traten en los documentos a elaborar por el proyectista y el coordinador en materia de seguridad y salud.

El promotor, tiene la opción de designar uno o varios proyectistas para elaborar el proyecto, debiendo conocer que tal elección puede conllevar la obligatoriedad o no, de designar a un coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto. Siempre puede optar por designar coordinador de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto.

Debe propiciar la relación fluida y la cooperación entre el proyectista y el coordinador para la coherencia documental entre las prescripciones que establezcan el proyecto y el estudio de seguridad y salud.

Estas designaciones, debe realizarlas en función de la competencia profesional en el caso de los técnicos, y de la solvencia técnica en el del contratista. En el caso de constatar una decisión errónea en cuanto a la carencia de competencia de alguno de los agentes, debería proceder a rectificar de inmediato y ello cuantas veces fuera necesario con el objetivo de poder garantizar el cumplimiento legal derivado de la falta de cualificación en materia de seguridad y salud.

Para garantizar la eficacia de sus decisiones, deberá contar con el asesoramiento técnico que se requiera para cada caso y la acreditación documental de la propuesta y sus argumentos técnicos para su constancia.

A.3.2. Proyectista

Elabora el proyecto a construir conteniendo las definiciones necesarias en los distintos documentos que lo integran, para que la obra pueda ser ejecutada. Ha de prever la complejidad del proceso para llevar a cabo su construcción pues el proyecto no puede quedarse en mera teoría sino que ha de ejecutarse, describiendo su proceso constructivo y metodología a emplear. En consecuencia, debe tener en cuenta:

1. Las particularidades del solar donde se ha de ubicar la obra, teniendo en cuenta, a modo de ejemplo, los métodos de realización de los trabajos, forma de ejecución y medios emplear, estableciendo en su valoración los precios que aseguren su ejecución correcta.

2. Las especificaciones sobre los materiales e instalaciones de la obra, estableciendo las prescripciones en su ejecución, condiciones de aceptación y rechazo, controles de calidad a que deberán someterse las distintas partes de la obra.

3. Medios auxiliares, maquinaria, equipos, herramientas con descripción de los idóneos para la

obra de que se trata.

(11)

4. Perfil técnico del contratista al que adjudicar los trabajos de construcción, en relación con la complejidad del proyecto.

5. Programa de obra con análisis del ritmo adecuado y de los plazos parciales de las distintas actividades.

6. Orientaciones coherentes de índole técnica y de apoyo al estudio de seguridad y salud y de complemento a las que el promotor decida incluir como cláusulas en el contrato de ejecución de obras.

7. En la toma de decisiones constructivas y de organización durante la redacción del proyecto ha de tener en cuenta el contenido preventivo del estudio de seguridad y salud que se está elaborando simultáneamente.

Todos los documentos del Proyecto han de tener su utilidad durante la ejecución, debiendo tener contenido suficiente para permitir que la Dirección de obras la realice otro técnico distinto al que ha elaborado el proyecto, pudiendo además realizar su trabajo sin ninguna dificultad con la única referencia del Proyecto.

A.3.3. Contratista

Recibe el encargo del promotor para realizar las obras proyectadas. La ejecución ha de realizarla teniendo en cuenta las cláusulas del contrato y del proyecto conteniendo el estudio de seguridad y salud. En función de lo prevenido en los documentos contractuales, actúa para la ejecución de los contratos siguientes:

1. Realiza subcontrataciones a empresas o trabajadores autónomos, de parte de la obra y en ocasiones de la totalidad, imponiendo las condiciones en las que han de prestarse estos trabajos.

2. Establece las condiciones de trabajo en la obra, empresas y trabajadores participantes, en relación con las condiciones del proyecto y del contrato, designando a su representante en obra y a la estructura humana conveniente.

3. Analiza el estudio de seguridad y salud redactado por el coordinador de seguridad y salud, y lo adecua a los procesos y métodos de que disponen los trabajadores autónomos, las empresas subcontratadas y él mismo como contratista, conformando tras negociación al efecto con los implicados, su plan de seguridad y salud que será la guía preventiva durante la ejecución.

4. Contrata los Servicios de Prevención externos o dispone de ellos en el seno de la empresa, con el objeto de realizar el seguimiento de las evaluaciones de riesgos, sus controles y auditorías.

5. Dispone de las inversiones en equipos, maquinaria, herramientas, medios preventivos, formación de directivos y trabajadores propios y de empresas participantes.

6. Contrata los asesores técnicos y trabajadores que considera adecuados, dándoles las instrucciones de funciones y obligaciones que crea conveniente.

7. Su actuación en obra se rige por los documentos que le obligan, no debiendo alterarlos por instrucciones verbales que los sustituyan.

8. Mantiene en correctas condiciones de seguridad y salubridad el centro de trabajo en aplicación de la política de gestión de la prevención implantada en la empresa.

A.3.4. Subcontratista

Recibe el encargo del contratista para realizar parte de las obras proyectadas. La ejecución ha de realizarla teniendo en cuenta las cláusulas del contrato con el contratista y las condiciones del proyecto de las que debe ser informado. Aporta a su contratante su manual de riesgos y prevención de las actividades propias de su empresa.

En función de lo prevenido en los documentos contractuales, actúa para conseguir los objetivos siguientes:

1. Realiza la contratación de trabajadores de acuerdo con la capacitación profesional exigida por

las condiciones del contrato de ejecución suscrito.

(12)

2. Cumple y hace cumplir a sus trabajadores las condiciones de trabajo exigibles en la obra, designando a su representante en obra y a la estructura humana conveniente.

3. En unión del contratista y el resto de las empresas, analiza las partes del estudio de seguridad y salud, que le son de aplicación a la prevención de su trabajo en la obra, para acordar la parte el plan de seguridad y salud que le compete y que será la guía preventiva de su actividad durante la ejecución de la obra.

4. Contrata los Servicios de Prevención externos o dispone de ellos en el seno de la empresa, con el objeto de realizar el seguimiento de las evaluaciones de riesgos, sus controles y auditorías.

5. Dispone de las inversiones en equipos, maquinaria, herramientas, medios preventivos, formación de directivos y trabajadores.

6. Contrata los asesores técnicos y trabajadores que considera adecuados, dándoles las instrucciones de funciones y obligaciones que crea conveniente.

7. Su actuación en obra se rige por los documentos que le obligan, no debiendo alterarlos por instrucciones verbales que los sustituyan

8. Colabora en mantener en correctas condiciones de seguridad y salubridad el centro de trabajo en aplicación de la política de gestión de la prevención implantada en la empresa propia y en la principal.

A.3.5. Dirección facultativa

La dirección facultativa representa técnicamente los intereses del promotor durante la ejecución de la obra, dirigiendo el proceso de construcción en función de las atribuciones profesionales de cada técnico participante. Su actuación debe sujetarse y limitarse a las condiciones del contrato de ejecución de obras suscrito entre promotor y contratista y el contenido del proyecto de ejecución.

Como funciones de mayor interés en relación con los objetivos preventivos, se señalan:

1. Verificar previamente la coherencia entre los documentos contractuales, advirtiendo las disfunciones que se observen.

2. Dirigir y verificar los procesos y métodos establecidos en proyecto, adecuándolos en su caso a los requerimientos que se planteen durante la ejecución.

3. Da instrucciones complementarias para el adecuado cumplimiento de las condiciones establecidas y en coherencia con los documentos contractuales tanto de índole técnica como económica, teniendo en cuenta en todo caso no modificar las condiciones de trabajadores a efectos de seguridad y salud, las económicas establecidas para empresas y trabajadores autónomos, y las de calidad de los futuros usuarios.

4. Conocer y controlar las condiciones de puesta en obra, los métodos de control establecidos por los empresarios, y proceder a la aceptación o rechazo de las unidades de obra ejecutadas en relación con las exigencias de calidad establecidas en el proyecto y contrato.

5. Colaborar con su cliente, el promotor, en la mejor elección del contratista y las condiciones del contrato para una mayor eficacia.

6. Colaborar con el coordinador de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, para el cumplimiento de sus fines, y con la Inspección de Trabajo y Seguridad Social si observara durante su actividad en obra incumplimiento grave en materia de seguridad, que pusiera en peligro la integridad de los participantes en la ejecución.

A.3.5.1. Director de obra

Según lo dispuesto en la Ley de la Ordenación de la Edificación, el director de obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, dirige el desarrollo de la obra en los aspectos técnicos, estéticos, urbanísticos y medioambientales, de conformidad con el proyecto que la define, la licencia de edificación y demás autorizaciones preceptivas y las condiciones del contrato, con el objeto de asegurar su adecuación al fin propuesto. Son obligaciones suyas:

1. Verificar el replanteo y la adecuación de la cimentación y de la estructura proyectadas a las

características geotécnicas del terreno.

(13)

2. Resolver las contingencias que se produzcan en la obra y consignar en el Libro de ordenes y Asistencias las instrucciones precisas para la correcta interpretación del proyecto.

3. Elaborar, a requerimiento del promotor o con su conformidad, eventuales modificaciones del proyecto, que vengan exigidas por la marcha de la obra siempre que las mismas se adapten a las disposiciones normativas contempladas y observadas en la redacción delproyecto.

4. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como conformar las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas, con los visados que en su caso fueran preceptivos.

5. Elaborar y suscribir la documentación de la obra ejecutada para entregarla al promotor, con los visados que en su caso fueran preceptivos.

A.3.5.2. Director de ejecución de obra.

Según lo dispuesto en la Ley de la Ordenación de la Edificación, el director de la ejecución de la obra es el agente que, formando parte de la dirección facultativa, asume la función técnica de dirigir la ejecución material de la obra y de controlar cualitativa y cuantitativamente la construcción y la calidad de lo edificado. Son obligaciones suyas:

1. Verificar la recepción en obra de los productos de construcción, ordenando la realización de ensayos y pruebas precisas.

2. Dirigir la ejecución material de la obra comprobando los replanteos, los materiales, la correcta ejecución y disposición de los elementos constructivos y de las instalaciones, de acuerdo con el proyecto y con las instrucciones del director de obra.

3. Consignar en el Libro de Órdenes y Asistencias las instrucciones precisas.

4. Suscribir el acta de replanteo o de comienzo de obra y el certificado final de obra, así como elaborar y suscribir las certificaciones parciales y la liquidación final de las unidades de obra ejecutadas.

5. Colaborar con los restantes agentes en la elaboración de la documentación de la obra ejecutada, aportando los resultados del control realizado.

A.3.5.3. El coordinador en materia de seguridad y salud durante la elaboración del proyecto.

Es contratado por el promotor o propietario obligado por el R.D. 1.627/1997, con funciones de abordar la planificación de la prevención de los riesgos que surgirán después durante la ejecución.

Su misión ha de comenzar al tiempo que la concepción del proyecto, debiendo hacer coherentes las actuaciones del proyectista y promotor en materia preventiva. Su actuación culmina con la elaboración del estudio de seguridad y salud, que es un documento específico para la obra y sus circunstancias, debiendo su autor tener capacidad y conocimientos técnicos para su elaboración.

1. Impulsar la toma en consideración del proyectista de decisiones apropiadas para contemplar en el proyecto, tales como métodos de ejecución, sistemas constructivos, organización y plazo, que sean convenientes como prevención de los riesgos que se plantearán en la ejecución.

2. Impulsar la toma en consideración del proyectista de medios auxiliares, apeos, maquinaria o equipos a considerar en el proyecto como ayuda a la planificación preventiva.

3. Impulsar la toma en consideración por el proyectista de la adecuada capacitación de contratista, subcontratistas y trabajadores estableciendo restricciones al caso.

4. Procurar que las acciones del promotor sean de apoyo de las prescripciones de proyectista y las atinentes al estudio que redacte el coordinador.

5. Conocer las distintas posibilidades de establecer procedimientos y métodos a desarrollar

durante la ejecución, a efectos de proponer soluciones eficaces y viables, en relación con el

perfil de las empresas participantes.

(14)

6. Procurar la menor perturbación de coactividades por trabajos de distintas empresas, colaborando en el adecuado plan de obras y planificación de la duración de las distintas fases de la obra para una mayor eficacia preventiva.

7. Culminar su actuación redactando el estudio de seguridad y salud en base a las actuaciones tenidas durante la fase de proyecto, y en coherencia con las decisiones tomadas por proyectista y promotor, procurando la aplicabilidad posterior de su contenido y la aceptación en la fase de ejecución de sus aspectos principales.

8. Tener conocimientos técnicos, de comunicación y la experiencia adecuada a la competencia profesional exigible a los trabajos encomendados.

9. Colaborar con el coordinador de seguridad y salud designado para la fase de ejecución, aportando los datos e información de su interés para el mejor cumplimiento de sus fines.

A.3.5.4. El coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

Es contratado por el promotor o propietario obligado por el R.D. 1.627/1997, con funciones de abordar la planificación de la prevención de los riesgos que surgirán durante la ejecución material de la obra. Su presencia, es legalmente obligatoria cuando durante la ejecución van a participar más de una empresa, o una empresa y trabajadores autónomos o varios trabajadores autónomos.

Su función comienza con la aprobación del plan de seguridad y salud que se debe adaptar a la tecnología de las empresas participantes, teniendo en cuenta el contenido del estudio de seguridad y salud.

Durante la ejecución estará a disposición de la obra a fin de corregir o adaptar el contenido del plan de seguridad y salud a los requerimientos de las empresas participantes o adaptaciones surgidas durante la ejecución. En las reuniones de coordinación deberán participar todas las empresas intervinientes y las decisiones se tomarán por consenso evitando imponer métodos específicos a los que manifiestan su oposición argumentada. Los requisitos restrictivos deben estar en todo caso previamente incorporados en el momento que son procedentes, que suele ser el contrato respectivo.

Las obligaciones impuestas al coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra quedan reflejadas en el R.D. 1.627/1997 y aquellas otras que se consideran necesarias para su ejecución en las debidas condiciones de seguridad y salud:

1. Conocer el Sistema de Gestión de la Prevención en la empresa según la política preventiva implantada.

2. Coordinar que las empresas participantes no generen nuevos riesgos por la concurrencia de sus actividades en la obra.

3. Analizar la coherencia entre obligaciones asumidas por las empresas y las cláusulas contractuales impuestas por el promotor al contratista. Entre ellas se encuentran el máximo escalonamiento para subcontratar, capacitación de los trabajadores, y otros que puedan estipularse. La no existencia de cláusulas significaría abandonar al coordinador a su suerte.

4. Estudiar las propuestas que realicen las empresas participantes en relación con las incompatibilidades que afecten a otros su tecnología, procedimientos o métodos habituales, a fin de procurar la aplicación coherente y responsable de los principios de prevención de todos los que intervengan.

5. Conocer a los Delegados de Prevención de la empresa o en su caso al Servicio de Prevención externo, a efecto del cumplimiento de las obligaciones que asumen.

6. Coordinar las acciones de control que cada empresa realice de sus propios métodos de trabajo, para que la implantación del plan de seguridad quede asegurada.

7. Conocer la exigencia protocolizada de comunicación entre empresas y entre trabajadores y empresas, a fin de que se garantice la entrega de equipos de protección, instrucciones de uso, etc.

8. Aprobar el plan de seguridad si es conforme a las directrices del estudio de S+S, en el que

deberá quedar reflejado las medidas adoptadas para que solo las personas autorizadas

accedan a la obra.

(15)

9. Facilitar y mantener bajo su poder el Libro de Incidencias facilitado por su Colegio profesional, Oficina de supervisión de proyectos u órgano equivalente, a efectos de que todos los que prevé el art. 13 del RD. 1.627/1997, puedan acceder a él durante el seguimiento y control que a cada uno competa del plan de seguridad y salud de la obra.

10. Remitir a la Inspección de Trabajo y Seguridad Social, las anotaciones hechas en el Libro de Incidencias, en el plazo de 24 horas.

Para conseguir la eficacia preventiva y por tanto la coherencia documental de los pliegos de condiciones del proyecto y de éste, y de los posteriores contractuales, para la elaboración del presente estudio de seguridad y salud, se han tenido en cuenta las actuaciones previas siguientes:

‰

Voluntad real del promotor para propiciar contrataciones adecuadas, con sujeción a las leyes económicas de mercado, pero impulsando que cada agente disponga de los medios adecuados para desarrollar su misión.

‰

Que la oferta económica de las empresas constructoras que licitan, se realice con condiciones previamente establecidas basadas en la transparencia de lo exigible, sin sorpresas, claramente enunciadas, con vocación de exigirlas con todo rigor estableciendo cláusulas penales de índole económica.

‰

Competencia acreditada de los técnicos contratados (conocimiento y experiencia).

‰

Mejora de las condiciones de trabajo, exigiendo capacitación y experiencia en las contrataciones a terceros (subcontratas) a fin de asegurar que los trabajadores estén capacitados para el desarrollo de cada tipo de trabajo, aplicando sanciones por incumplimientos vía contractual a su empresario.

A.4. LEGISLACIÓN APLICABLE A LA OBRA.

Debe entenderse transcrita toda la legislación laboral de España, que no se reproduce por economía documental. Es de obligado cumplimiento el Derecho Positivo del Estado y de sus Comunidades Autónomas aplicable a esta obra, porque el hecho de su transcripción o no, es irrelevante para lograr su eficacia. La legislación aplicable a este estudio se lista en el ANEXO E.

Este documento incluye en su versión electrónica un enlace para cada una de los textos citados, el cual facilita la consulta inmediata siempre y cuando se disponga de una conexión a Internet. Para ello unicamente será necesario el colocar el ratón sobre el texto elegido y clicar sobre el al mismo tiempo que se presiona la tecla CONTROL.

A.5. CONDICIONES TÉCNICAS Y DE SEGURIDAD.

A.5.1. De las actividades de la obra.

En el anexo XXX de este Pliego de condiciones se exponen los procedimientos de obligado cumplimiento en esta obra para cada una de las actividades de obra que fueron definidas anteriormente en la memoria de este estudio.

A.5.2. De los oficios que intervienen en la obra.

En el anexo XXX de este Pliego de condiciones se exponen los procedimientos de obligado

cumplimiento y las normas de seguridad a seguir para cada uno de los oficios que intervienen en

esta obra. Estos oficios fueron igualmente definidos en la memoria de este estudio.

(16)

A.5.3. De los medios auxiliares, máquinas y equipo.

Es responsabilidad del Contratista, asegurarse de que todos los equipos, medios auxiliares y máquinas empleados en la obra, cumplen con los RRDD. 56/1995, 1.435/1992 y 1.215/1997.

1. Se prohíbe el montaje de los medios auxiliares, máquinas y equipos, de forma parcial; es decir, omitiendo el uso de alguno o varios de los componentes con los que se comercializan para su función.

2. La utilización, montaje y conservación de los medios auxiliares, máquinas y equipos, se hará siguiendo estrictamente las condiciones de montaje y utilización segura, contenidas en el manual de uso suministrado por su fabricante. A tal fin, y en aquellas circunstancias cuya seguridad dependa de las condiciones de instalación, los medios auxiliares, máquinas y equipos se someterán a una comprobación inicial y antes de su puesta en servicio por primera vez, así como a una nueva comprobación después de cada montaje en un lugar o emplazamiento diferente.

3. Todos los medios auxiliares, máquinas y equipos a utilizar en esta obra, tendrán incorporados sus propios dispositivos de seguridad exigibles por aplicación de la legislación vigente. Se prohíbe expresamente la introducción en el recinto de la obra, de medios auxiliares, máquinas y equipos que no cumplan la condición anterior.

4. Si el mercado de los medios auxiliares, máquinas y equipos, ofrece productos con la marca

"CE", el Contratista en el momento de efectuar el estudio para presentación de la oferta de ejecución de la obra, debe tenerlos presentes e incluirlos, porque son por sí mismos, más seguros que los que no la poseen.

5. El contratista adoptará las medidas necesarias para que los medios auxiliares, máquinas y equipos que se utilicen en la obra sean adecuados al tipo de trabajo que deba realizarse y convenientemente adaptados al mismo, de tal forma que quede garantizada la seguridad y salud de los trabajadores. En este sentido se tendrán en cuenta los principios ergonómicos, especialmente en cuanto al diseño del puesto de trabajo y la posición de los trabajadores durante la utilización de los medios auxiliares, máquinas y equipos.

Así mismo, en el anexo XXX de este Pliego de condiciones se relacionan los procedimientos preventivos de obligado cumplimiento en esta obra clasificados por la maquinaria a intervenir, así como por los medios auxiliares a utilizar.

A.5.4. De los equipos de protección colectiva.

En la memoria de este estudio de seguridad y salud, para la construcción de: Edificio Plurifamiliar de 30 viviendas en Salou., se han definido los medios de protección colectiva. El Contratista es el responsable de que en la obra, cumplan todos ellos, con las siguientes condiciones generales:

Las protecciones colectivas proyectadas en este trabajo, protegen los riesgos de todos los trabajadores y visitantes de la obra; es decir: trabajadores del Contratista, empresas subcontratistas, empresas colaboradoras, trabajadores autónomos y visitas de los técnicos de dirección de obra o de MAREA CARIBE, SL., asistencias técnicas; visitas de las inspecciones de organismos oficiales o de invitados por diversas causas.

1. La protección colectiva de esta obra, ha sido diseñada en los planos de seguridad y salud. El

plan de seguridad y salud la respetará fidedignamente o podrá modificarla con justificación

técnica documental, debiendo ser aprobadas tales modificaciones por la Dirección Facultativa,

a propuesta del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

(17)

2. Las posibles propuestas alternativas que se presenten en el plan de seguridad y salud, requieren para poder ser aprobadas, seriedad y una representación técnica de calidad sobre planos de ejecución de obra.

3. Todas ellas, estarán en acopio disponible para uso inmediato dos días antes de la fecha decidida para su montaje.

4. Serán nuevas, a estrenar, si sus componentes tienen caducidad de uso reconocida, o si así se especifica en su apartado correspondiente dentro de este "pliego de condiciones particulares".

Lo mismo, se aplicará a los componentes de madera.

5. Antes de ser necesario su uso, estarán en acopio real en la obra con las condiciones idóneas de almacenamiento para su buena conservación. El Contratista deberá velar para que su calidad se corresponda con la definida en el plan de seguridad y salud en el trabajo que quede aprobado.

6. Serán instaladas previamente al inicio de cualquier trabajo que requiera su montaje. Queda prohibida la iniciación de un trabajo o actividad que requiera protección colectiva, hasta que ésta esté montada por completo en el ámbito del riesgo que neutraliza o elimina.

7. El Contratista, queda obligado a incluir en su plan de ejecución de obra, la fecha de montaje, mantenimiento, cambio de ubicación y retirada de cada una de las protecciones colectivas que se contienen en este estudio de seguridad y salud, siguiendo el esquema del plan de ejecución de obra que suministra incluido en los documentos técnicos citados.

8. Si las protecciones colectivas se deterioran, se paralizarán los tajos que protejan y se desmontarán de inmediato hasta que se alcance el nivel de seguridad que se exige. Estas operaciones quedarán protegidas mediante el uso de equipos de protección individual. En cualquier caso, el hecho de “Protección colectiva deteriorada” es situación evaluada “riesgo intolerable”.

9. Durante la realización de la obra, puede ser necesario variar el modo o la disposición de la instalación de la protección colectiva prevista en el plan de seguridad y salud aprobado. Si ello supone variación al contenido del plan de seguridad y salud, se representará en planos, para concretar exactamente la nueva disposición o forma de montaje. Estos planos deberán ser aprobados por la dirección Facultativa a propuesta del Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra.

10. El Contratista, en virtud de la legislación vigente, está obligado al montaje, mantenimiento en buen estado y retirada de la protección colectiva por sus medios o mediante subcontratación, respondiendo ante MAREA CARIBE, SL., según las cláusulas penalizadoras del contrato de adjudicación de obra y del pliego de condiciones técnicas y particulares del proyecto.

11. El montaje y uso correcto de la protección colectiva definida en este estudio de seguridad y salud, se prefiere siempre a la utilización de equipos de protección individual para defenderse de idéntico riesgo; en consecuencia, no se admitirá el cambio de uso de protección colectiva por el de equipos de protección individual.

12. El Contratista, queda obligado a conservar las protecciones colectivas que fallen por cualquier causa, en la posición de utilización prevista y montada para proceder a su estudio. En caso de fallo por accidente, se procederá según las normas legales vigentes, avisando además sin demora, inmediatamente tras ocurrir los hechos, al Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, y al resto de la Dirección Facultativa.

Dentro del apartado correspondiente de cada protección colectiva, contenida en los anexos C y D a este pliego de condiciones particulares, se incluyen y especifican las condiciones técnicas de instalación y utilización, junto con su calidad, definición técnica de la unidad y los procedimientos de seguridad y salud de obligado cumplimiento que se han creado para que sean cumplidas por los trabajadores que deben montarlas, mantenerlas, cambiarlas de posición, retirarlas o en su caso, realizar salvamentos.

El Contratista, recogerá obligatoriamente en su plan de seguridad y salud, las condiciones técnicas

y demás especificaciones mencionadas en el apartado anterior. Si el plan de seguridad y salud

(18)

presenta alternativas a estas previsiones, lo hará con idéntica composición y formato, para facilitar su comprensión y en su caso, su aprobación.

A.5.5. De los equipos de protección individual.

Además de cumplir expresamente con lo expresado el RD. 773/1997, de 30 de mayo, Utilización de equipos de protección individual, todos aquellos utilizables en esta obra, cumplirán las siguientes condiciones:

1. Tendrán la marca "CE", según las normas Equipos de Protección Individual (EPI).

2. Los equipos de protección individual que tengan caducidad, Llegando a la fecha, constituirán un acopio ordenado, que será revisado por el Coordinador en materia de seguridad y salud durante la ejecución de la obra, para que autorice su eliminación de la obra.

3. Los equipos de protección individual en utilización que estén rotos, serán reemplazados de inmediato, quedando constancia escrita en la oficina de obra del motivo del cambio y el nombre de la empresa y de la persona que recibe el nuevo equipo de protección individual, con el fin de dar la máxima seriedad posible a la utilización de estas protecciones.

4. Las normas de utilización de los equipos de protección individual, se atendrán a lo previsto en los folletos explicativos de cada uno de sus fabricantes.

Las condiciones técnicas específicas de cada equipo de protección individual, junto con las normas para su utilización se detalla en Anexo D.

A.5.6. De las instalaciones provisionales para los trabajadores.

Entenderemos por instalación provisional para los trabajadores el conjunto modular de casetas prefabricadas en alquiler para vestuarios, aseos y comedor con capacidad para el conjunto de trabajadores, formada por módulos estandar de 2,44 x 6,10 m ensamblados, de las siguientes características:

„ Cerramiento compuesto por paneles bocadillo desmontables, formados por chapa prelacada de color beige (exterior e interior) de 0,5 mm de espesor nominal; con un espesor interior de 40 mm relleno de poliestireno autoextingible expandido con densidad de 40 kg/dm³.

„ Los paneles se unen mediante perfil en forma de H de PVC con remate superior para sujeción de los mismos.

„ Estructura metálica elaborada mediante perfiles de acero conformado en frío y soldadura, siendo el bastidor inferior fabricado por vigas UPN unidas mediante omegas y chapas conformadas. El bastidor superior lo componen perfiles galvanizados con canalón y bajante integrados.

„ Con ventanas de 100 x 80 cm, fabricadas con aluminio anodizado, correderas, con rejas y vidrio de 6 mm de espesor.

„ Con un termo eléctrico de 150 litros, dos inodoros de porcelana dotados con tapa, cuatro placas de ducha y cuatro lavabos de porcelana. Todo ello con sus griferías hidromezcladoras.

„ Suelo construido mediante tableros de madera hidrofugada de alta densidad y 20 mm de espesor, terminado con pavimento de PVC, resistente al desgaste

„ Puertas y tabiques fabricados mediante paneles de cerramiento tipo emparedado con perfilería

de aluminio y uniones con "H" de PVC.

(19)

„ Cubierta de chapa de acero nervada y galvanizada, con juntas atornilladas con herraje autorroscante estanco, aislada mediante 80 mm de lana de vidrio, con falso techo de lamas de chapa prelacada en blanco.

„ Con ventilación a base de ventanas graven de aluminio orientables de cristal traslúcido.

„ Dos unidades convectoras eléctricas de 2000w cada una.

„ Tubería de polibutileno aislante y resistente a incrustaciones, hielo y corrosiones, instalación eléctrica mono. 220 V. con automático.

„ Instalación eléctrica a 220 V., con protección de toma de tierra, automático magnetotérmico, 2 fluorescentes de 40 W., enchufes para 1500 W. y punto luz exterior de 60 W

„ Puertas de 88 x 200 cm de chapa galvanizada de 1 mm, reforzada y con poliestireno de 20 mm, picaporte y cerradura.

CUADRO INFORMATIVO DE LAS NECESIDADES PARA EL CÁLCULO DE LAS INSTALACIONES PROVISIONALES PARA LOS TRABAJADORES Superficie del vestuario aseo: 33 trab. x 2 m2. = 67 m2.

Nº de inodoros: 33 trab.: 25 trab. = 1 und.

Nº de duchas: 33 trab. : 10 trab. = 3 und.

Nº de lavabos: 33 trab. : 10 und. = 3 und.

Nº de armarios taquilla: 33 und.

Nº de bancos para 5 personas: 33 trab. : 5 trab. = 7 und.

Nº de calentadores eléctricos de 100 l.: 33 trab. : 20 trab. = 2 und.

Nº de convectores eléctricos de 2000 w.: 67 m2. : 40 m2. = 2 und.

Superficie del comedor: 33 trab. x 2 m2. = 66 m2.

Nº de módulos: 66 : Sup. Modulo (6.1x2.44) = 4 módulos

Nº de mesas tipo parque: 33 trab. : 10 trab. = 3 und.

Nº de calienta comidas: 33 trab. : 25 trab. = 1 und.

Nº de piletas fregaplatos: 33 : 25 trab. = 1 und.

Nº de frigoríficos domésticos: 33 trab. : 25 trab. = 1 und.

Nº de convectores eléctricos de 2000 w.: 66 m2 : 40 m2. = 2 und.

A.5.7. Del instalaciones de la obra.

En el anexo XXX de este Pliego de condiciones se exponen los procedimientos de obligado cumplimiento en esta obra para cada una de las instalaciones que se ejecutarán en la obra y que fueron definidas anteriormente en la memoria de este estudio.

A.5.8. Del Suministro eléctrico.

Teniendo en cuenta que la construcción se realiza en un solar urbano con servicios de acometidas de agua potable y desagües, así como electricidad, se prevé la conexión provisional a las redes municipales de agua potable, desagüe, y electricidad.

El suministro de energía eléctrica al comienzo de la obra y antes de que se realice la oportuna

acometida eléctrica de la obra, se realizará mediante la puesta en funcionamiento de un grupo

electrógeno generador trifásico, accionado por un motor de gasóleo. Cumplirá el vigente

Reglamento Electrotécnico de Baja Tensión y las siguientes condiciones particulares.

(20)

A) Cuadros eléctricos:

• Los cuadros de distribución eléctrica serán construidos con materiales incombustibles e inalterables por los agentes atmosféricos. Serán de construcción estanca al agua.

• La tapa del cuadro permanecerá siempre cerrada y se abrirá exclusivamente por personal competente y autorizado para ello.

• Las líneas generales de fuerza deberán ir encabezadas por un disyuntor diferencial de 300 mA de sensibilidad.

• Se comprobará que al accionar el botón de prueba del diferencial, cosa que se deberá realizar periódicamente, éste se desconecta y en caso contrario es absolutamente obligatorio proceder a la revisión del diferencial por personal especializado y en último caso sustituirlo por uno nuevo.

• El cuadro general deberá ir provisto de interruptor general de corte omnipolar que deje toda la obra sin servicio, totalmente aislado en todas sus partes activas.

• Los cuadros de distribución eléctrica deberán tener todas sus partes metálicas, así como los envolventes metálicos, perfectamente conectadas a tierra.

• Los enchufes y tomas de corriente serán de material aislante, doble aislamiento, disponiendo de uno de los polos para la toma de tierra.

• Todos los elementos eléctricos, como fusibles, cortacircuitos, interruptores, etc., deberán ser de equipo completamente cerrado que imposibiliten en cualquier caso, el contacto fortuito de personas o cosas.

• Todas las bornas de las diferentes conexiones deberán estar provistas de protectores adecuados que impidan un contacto directo con las mismas.

• En el cuadro eléctrico general, se deben colocar interruptores (uno por enchufe) que permitan dejar sin corriente los enchufes en los cuales se vaya a conectar maquinaria de 10 o más amperios, de forma que sea posible enchufar y desenchufar la máquina sin corriente.

• Los tableros portantes de las bases de enchufe de los cuadros eléctricos auxiliares, deberán fijarse de manera eficaz a elementos rígidos de la edificación, que impidan el desenganche fortuito de los conductores de alimentación, así como contactos con elementos metálicos que puedan ocasionar descargas eléctricas a personas u objetos.

• El acceso al cuadro eléctrico deberá mantenerse despejado y limpio de materiales, barro, etc. en previsión de facilitar cualquier maniobra en caso de emergencia.

B) Lámparas eléctricas portátiles:

• Tal y como exige la Ordenanza General de Seguridad e Higiene en el Trabajo, estos equipos reunirán las siguientes condiciones mínimas:

• Tendrán mango aislante.

• Dispondrán de un dispositivo protector de la lámpara, de suficiente resistencia mecánica.

• Su tensión de alimentación será de 24 V o bien estar alimentadas por medio de un transformador de separación de circuitos.

• Las tomas de corriente y prolongadores utilizados en estas instalaciones NO serán intercambiables con otros elementos iguales utilizados en instalaciones de voltaje superior.

C) Conductores eléctricos:

• Todas las máquinas accionadas por energía eléctrica deberán disponer de conexión a tierra, siendo la resistencia máxima permitida de los electrodos o placas, de 5 a 10 ohmios.

• Los cables de conducción eléctrica, se emplearán con doble aislamiento impermeable, y

preferentemente, de cubierta exterior resistente a los roces y golpes.

(21)

• Se evitará discurran por el suelo disponiéndose a una altura mínima de 2,5 m sobre el mismo.

• No estarán deteriorados, para evitar zonas bajo tensión.

• Las mangueras para conectar a las máquinas, llevarán además de los hilos de alimentación eléctrica correspondientes, uno para la conexión al polo de tierra del enchufe.

• Las mangueras eléctricas que estén colocadas sobre el suelo, deberán ser enterradas convenientemente. Por ningún motivo se podrán almacenar objetos metálicos, punzantes, etc. sobre estas zonas que pudieran provocar la perforación del aislamiento y descarga accidentales por esta causa.

• En caso de que estas mangueras eléctricas, no puedan ser enterradas, se colocarán de forma elevada o aérea.

D) Instalación eléctrica para corriente de baja tensión.

• No hay que olvidar que está demostrado estadísticamente que el mayor número de accidentes eléctricos se produce por la corriente alterna de baja tensión. Por ello, los trabajadores se protegerán de la corriente de baja tensión por todos los medios que siguen:

• No acercándose a ningún elemento con baja tensión, manteniéndose a una distancia de 0,50 m, si no es con las protecciones adecuadas, gafas de protección, casco, guantes aislantes y herramientas precisamente protegidas para trabajar a baja tensión. Si se sospechase que el elemento está bajo alta tensión, mientras el contratista adjudicatario averigua oficial y exactamente la tensión a que está sometido, se obligará con señalización adecuada, a los trabajadores y las herramientas por ellos utilizadas, a mantenerse a una distancia no menor de 4 m, se prohíbe todo trabajo que esté en tensión, se ha de asegurarse que antes de trabajar se tomen las medidas de seguridad necesarias.

• Caso de que la obra se interfiriera con una línea aérea de baja tensión y no se pudiera retirar ésta, se montarán los correspondientes pórticos de protección, manteniéndose el dintel del pórtico en todas las direcciones a una distancia mínima de los conductores de 0,50 m.

• Las protecciones contra contactos indirectos se conseguirán combinando adecuadamente las Instrucciones Técnicas Complementarias MI BT. 039, 021 y 044 del Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión (esta última citada se corresponde con la norma UNE 20383-75).

• Se combina, en suma, la toma de tierra de todas las masas posibles con los interruptores diferenciales, de tal manera que en el ambiente exterior de la obra, posiblemente húmedo en ocasiones, ninguna masa tome nunca una tensión igual o superior a 24 V.

• La tierra se obtiene mediante una o más picas de acero recubierto de cobre, de diámetro mínimo 14 milímetros y longitud mínima 2 metros. Caso de varias picas, la distancia entre ellas será, como mínimo, vez y media su longitud, y siempre sus cabezas quedarán 50 centímetros por debajo del suelo en una perforación y rellenada con arena. Si son varias, estarán unidas en paralelo. El conductor será cobre de 35 milímetros cuadrados de sección. La toma de tierra así obtenida tendrá una resistencia inferior a los 20 ohmios. Se conectará a las tomas de tierras de todos los cuadros generales de obra de baja tensión.

Todas las masas posibles deberán quedar conectadas a tierra.

• Todas las salidas de alumbrado de los cuadros generales de obra de baja tensión estarán dotadas con un interruptor diferencial de 30 mA de sensibilidad, y todas las salidas de fuerzas de dichos cuadros estarán dotadas con un interruptor diferencial de 300 mA de sensibilidad.

• La toma de tierra se volverá a medir en la época más seca del año y se mantendrá con

grado de humedad óptimo.

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