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Manual de Organización Operador de Carreteras de Cuota

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Manual de Organización

Operador de Carreteras de Cuota

Cuernavaca, Mor., a 17 de diciembre de 2013

Secretaría

Ejecutiva de la

Gubernatura

(2)

II.- CONTENIDO

Apartado Consecutivo del Apartado

Portada I

Contenido II

Autorización III

Introducción IV

Antecedentes Históricos V

Marco Jurídico – Administrativo VI

Atribuciones VII

Misión y Visión VIII

Estructura Orgánica IX

Organigrama X

Funciones Principales XI

Directorio XII

Colaboración XIII

(3)

III.- AUTORIZACIÓN

Se expide el presente Manual de Organización del Operador de Carreteras de Cuota, el cual contiene información referente a su estructura y funcionamiento, y tiene como objetivo, servir de instrumento de consulta e inducción para el personal, con fundamento en los siguientes ordenamientos jurídicos:

- Artículo 84 fracción XIV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos vigente;

- Artículo 16 último párrafo del Reglamento Interior de la Secretaría de Administración del Poder Ejecutivo del Estado de Morelos vigente;

- Artículo 11, fracción XIII del Decreto por el que se crea el Organismo Público Estatal Descentralizado denominado “Operador de Carreteras de Cuota” vigente;

Remítase al Órgano de Gobierno para su Aprobación, el presente Manual de Organización.

--- AUTORIZÓ

Lic. Mónica Pineda Antúnez Secretaria Ejecutiva de la Gubernatura

--- REVISÓ

C. José Antonio Ledesma Rivas

Director General del Organismo Operador de Carreteras de Cuota

--- VISTO BUENO

C. Arturo Albarrán Salazar

Director General de Desarrollo Organizacional

Fecha de Autorización Técnica: 17 de diciembre de 2013 Número de páginas: XXXX

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IV.- INTRODUCCIÓN

El Manual de Organización es un instrumento técnico–administrativo, que se elabora con la finalidad de cumplir a lo estipulado en el Estatuto Orgánico del Organismo Público Estatal denominado “Operador de Carreteras de Cuota”.

Este documento sirve para:

Proporcionar información sobre la estructura orgánica de la Unidad Administrativa u Organismo Auxiliar;

Establecer los niveles jerárquicos;

Indicar las funciones de las áreas constitutivas;

Encomendar responsabilidades;

Evitar duplicaciones y detectar omisiones en las funciones;

Propiciar la uniformidad en el trabajo;

Utilizar de manera racional los recursos humanos, financieros, materiales y tecnológicos;

Facilitar la inducción al puesto del personal de nuevo ingreso y;

Apoyar las auditorías internas de los órganos de control.

El Manual de Organización está integrado por los siguientes apartados: autorización, antecedentes históricos, marco jurídico–administrativo, atribuciones, misión y visión, estructura orgánica, organigrama, funciones principales y colaboración.

(5)

V.- ANTECEDENTES HISTÓRICOS

El 14 de julio del 2004, fue publicado en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 4338, el Decreto número Doscientos Noventa y Dos, mediante el cual se crea el Organismo Público Estatal Descentralizado denominado

“Operador de Carreteras de Cuota” como un Organismo Descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propio, sectorizado a la Secretaria de Desarrollo Urbano y Obras Públicas del Estado de Morelos.

El 04 de marzo del 2010, se presentaron para revisión, discusión y en su caso aprobación; de los Manuales de Organización y de Políticas y Procedimientos vigentes para el 2010, en razón de que las actividades propias del Organismo Público Estatal Descentralizado denominado Operador de Carreteras de Cuota, han generado la evolución y modificación de las actividades y funciones de ciertas áreas operativas al interior del organismo, tal es el caso de adecuar la estructura orgánica en función de las actividades más demandantes, respetando en todo momento la suficiencia presupuestal existente y la estructura orgánica autorizada, en tal tesitura las áreas cuya función dentro de la administración anterior se tornó obsoleta y han dejado de operar, dieron como resultado previo análisis funcional y operativo, ser en todo caso necesario actualizarlas acorde a los nuevos requerimientos y funciones, por lo que mediante Acuerdo número 1ª/ORD/09/HJG/2010, los integrantes de la Junta de Gobierno aprueban por unanimidad de votos, los Manuales de Organización y de Políticas y Procedimientos vigentes para el año 2010, así como las adecuaciones correspondientes a la estructura orgánica del Organismo.

Con fecha 27 de abril de 2011, se presentaron para su refrendo y aprobación; de los Manuales de Organización y de Políticas y Procedimientos vigentes para el ejercicio 2011, en razón de que las actividades plasmadas en dichos manuales son las que se encuentran vigentes y autorizadas para el año 2010, y en razón de mantenerlos actualizados y de que no se realizaron cambios en el organigrama respecto a los mandos medios y superiores del Organismo Público Estatal Descentralizado denominado Operador de Carreteras de Cuota, por lo que mediante acuerdo número 2ª/ORD/04/HJG/2011 y 2ª/ORD/05/HJG/2011, tomados en la Segunda Sesión Ordinaria de la Junta de Gobierno del Organismo Operador de Carreteras de Cuota, en el que se aprobó por unanimidad de votos de los integrantes de la Junta de Gobierno, a efecto de contar con el visto bueno actualizado por parte de la Dirección General de la Unidad de Coordinación Técnica adscrita a la Secretaría de Gestión e Innovación Gubernamental, para que sean enviados dichos manuales para su validación respectiva y por cuanto hace a la estructura orgánica, a efecto de mantener actualizado el formato de autorización correspondiente.

Con fecha 28 de Septiembre del 2012, se publicó en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” numero 5030, la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos, en la que desaparece la Secretaría de Desarrollo Urbano y Obras Públicas, a la cual estaba sectorizado el Organismo Público Estatal Descentralizado denominado “Operador de Carreteras de Cuota”, razón por lo cual se hace necesario, la sectorización de dicho Organismo, a una nueva entidad estrechamente ligada por el tipo de proyectos que representa la infraestructura carretera para el desarrollo de nuestra Entidad.

Con fecha 20 de febrero de 2013, se publicó en el Periódico Oficial “Tierra y Libertad” número 5068, el Acuerdo por el cual se Sectoriza a la Gubernatura del Estado de Morelos, el Organismo Público Estatal Descentralizado denominado “Operador de Carreteras de Cuota del Estado de Morelos”.

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VI.- MARCO JURÍDICO – ADMINISTRATIVO

1. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS:

1.1. Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos

2. CONSTITUCIÓN POLÍTICA DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MORELOS:

2.1. Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Morelos, que reforma la del año de 1888 3. LEYES/CÓDIGOS:

3.1. Leyes:

3.1.1. Federales:

3.1.1.1. Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público 3.1.1.2. Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas 3.1.1.3. Ley de Planeación

3.1.1.4. Ley Federal de Transparencia y Acceso a la Información Pública Gubernamental 3.1.1.5. Ley General de Contabilidad Gubernamental

3.1.2. Estatales:

3.1.2.1. Ley de Contratos de Colaboración Público Privada para el Estado de Morelos

3.1.2.2. Ley de Entrega Recepción de la Administración Pública para el Estado y Municipios de Morelos 3.1.2.3. Ley de Expropiación por Causas de Utilidad Pública

3.1.2.4. Ley de Extinción de Dominio en Favor del Estado de Morelos 3.1.2.5. Ley de Firma Electrónica del Estado Libre y Soberano de Morelos 3.1.2.6. Ley de Fiscalización Superior del Estado de Morelos

3.1.2.7. Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos 3.1.2.8. Ley de Justicia Administrativa del Estado de Morelos

3.1.2.9. Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos

3.1.2.10. Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Morelos 3.1.2.11. Ley de Presupuesto, Contabilidad y Gasto Público del Estado de Morelos

3.1.2.12. Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Morelos

3.1.2.13. Ley de Regularización de la Pequeña Propiedad Rural en el Estado de Morelos 3.1.2.14. Ley de Transporte el Estado de Morelos

3.1.2.15. Ley del Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Morelos 3.1.2.16. Ley del Registro Público de Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos 3.1.2.17. Ley del Servicio Civil del Estado de Morelos

3.1.2.18. Ley Estatal de Documentación y Archivos de Morelos 3.1.2.19. Ley Estatal de Planeación

3.1.2.20. Ley Estatal de Responsabilidades de los Servidores Públicos 3.1.2.21. Ley General de Bienes del Estado de Morelos

3.1.2.22. Ley General de Hacienda del Estado de Morelos

3.1.2.23. Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Morelos

3.1.2.24. Ley sobre Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamiento y Prestación de Servicios del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano de Morelos

3.2. Códigos:

3.2.1. Federales:

3.2.1.1. Código Federal de Procedimientos Civiles 3.2.2. Estatales:

3.2.2.1. Código Fiscal para el Estado de Morelos

3.2.2.2. Código Procesal Civil para el Estado Libre y Soberano de Morelos

4. PLANES:

4.1. Federales:

4.1.1. Plan Nacional de Desarrollo Vigente

4.1.2. Plan Anual de Trabajo del Consejo Nacional de Armonización Contable para 2013 4.2. Estatales:

4.2.1. Plan Estatal de Desarrollo Vigente

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VI.- MARCO JURÍDICO – ADMINISTRATIVO

5. REGLAMENTOS/DECRETOS/ACUERDOS/PROGRAMAS:

5.1. Reglamentos:

5.1.1. Federales:

5.1.1.1. Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas 5.1.1.2. Decreto de Reformas a la Ley General de Contabilidad Gubernamental

5.1.2. Estatales:

5.1.2.1. Reglamento de Información Pública Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos

5.1.2.2. Reglamento de la Ley de Contratos de Colaboración Público Privada para el Estado de Morelos?

5.1.2.3. Reglamento de la Ley de Equilibrio Ecológico y la Protección al Ambiente del Estado de Morelos en Materia de Evaluación del Impacto y Riesgo Ambiental

5.1.2.4. Reglamento de la Ley de Mejora Regulatoria para el Estado de Morelos

5.1.2.5. Reglamento de la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Morelos

5.1.2.6. Reglamento de la Ley de Ordenamiento Territorial y Desarrollo Urbano Sustentable del Estado de Morelos, en Materia de Ordenamiento Territorial

5.1.2.7. Reglamento de la Ley del Registro Público de la Propiedad y del Comercio del Estado de Morelos 5.1.2.8. Reglamento de la Ley sobre Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios del Poder Ejecutivo del Estado Libre y Soberano

5.1.2.9. Reglamento del Registro Público de los Organismos Descentralizados del Poder Ejecutivo del Gobierno del Estado de Morelos

5.1.2.10. Reglamento sobre Adquisiciones, Enajenaciones, Arrendamientos y Prestación de Servicios 5.1.2.11. Reglamento sobre la Clasificación de la Información Pública a que se Refiere la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos

5.2. Decretos:

5.2.1. Estatales:

5.2.1.1. Decreto Número Doscientos Noventa y Dos. por el que se crea el Organismo Público Estatal Descentralizado denominado “Operador de Carreteras de Cuota”

5.3. Acuerdos:

5.3.1. Estatales:

5.3.1.1. Acuerdo mediante el cual se da a conocer el Procedimiento para la Atención de Solicitudes de Acceso a la Información Pública en las Dependencias y Entidades de la Administración Pública del Estado 5.4. Programas:

5.4.1. Estatales:

5.4.1.1. Programa Estatal de Prevención y Control de la Administración Pública 5.4.1.2. Programa Estatal de Transparencia y Acceso a la Información

6. MANUALES:

6.1. Estatales:

6.1.1. Manual de Políticas y Procedimientos del Organismo Público Estatal Descentralizado denominado “Operador de Carreteras de Cuota”

7. CONVENIOS:

7.1. Estatales:

7.1.1. Convenio de Coordinación que celebran la Secretaría de Comunicaciones y Transportes y el Estado de Morelos, que tiene por objeto establecer la participación, coadyuvancia y acciones de coordinación para la construcción, operación, explotación, conservación y mantenimiento bajo el esquema de concesión federal de la Autopista Siglo XXI, integrada por el tramo Jantetelco-Xicatlacotla (Higuerón), Autopista del Sol, con una longitud de 61.8 kilómetros.

8. LINEAMIENTOS:

8.1. Estatales:

8.1.1. Lineamiento que Declara la Difusión de Oficio de las Cédulas Profesionales

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VI.- MARCO JURÍDICO – ADMINISTRATIVO

8.1.2. Lineamientos Archivísticos para los Sujetos Obligados, en Términos de lo que Dispone la Ley de Información Pública, Estadística y Protección de Datos Personales del Estado de Morelos

8.1.3. Lineamientos del Fondo Revolvente y Otros Gastos

8.1.4. Lineamientos y Criterios para el Cumplimiento de las Obligaciones de Transparencia

9. OTROS:

9.1. Estatales:

9.1.1. Estatuto Orgánico del Organismo Público Estatal Descentralizado Denominado Operador de Carreteras de Cuota

Nota: los ordenamientos del marco jurídico–administrativo de referencia se encuentran vigentes mientras no existan otros que los deroguen o abroguen.

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VII.- ATRIBUCIONES

De conformidad al Decreto por el que se crea el Organismo Público Estatal Descentralizado denominado

“Operador de Carreteras de Cuota”, vigente, se tienen las siguientes atribuciones genéricas:

Artículo 3. Para el logro de su objeto el Organismo tendrá las siguientes atribuciones:

I. Formular, conducir, normar, regular y evaluar las políticas para la aplicación y mejoramiento de la infraestructura carretera de cuota en el Estado, con base en las prioridades y objetivos de desarrollo que establezca el programa correspondiente y que apruebe la H. Junta de Gobierno, actualizando anualmente el Programa de Desarrollo de la Infraestructura Carretera de Cuota del Estado de Morelos;

II. Administrar los recursos, organizar, dirigir y llevar a cabo programas estatales para la construcción, equipamiento y mantenimiento de las carreteras a su cargo;

III. Validar las propuestas de construcción, rehabilitación y mantenimiento de la red carretera de cuota estatal que formulen las diversas instancias oficiales, con base en las políticas para el logro de los objetivos y prioridades establecidos en el Plan Estatal de Desarrollo del Estado de Morelos, en la línea estratégica de Desarrollo Político Participativo;

IV. Elaborar los proyectos de programas anuales de inversión en materia de caminos y vialidades que formen parte de las carreteras a su cargo y de servicios conexos o auxiliares de carácter estatal y los convenios con los gobiernos Federal, Estatal y Municipales o con los particulares;

V. Ejecutar acciones, dentro del área de su competencia, que se deriven de los programas estatales y de los convenios celebrados con los gobiernos Federal, Estatales, Municipales o con los particulares;

VI. Supervisar que las obras que se ejecuten directamente o a través de terceros, sean conforme a las normas, especificaciones técnicas, proyectos y programas aprobados y, en su caso, conforme a lo estipulado en los contratos de obra, debiendo observar en lo conducente las disposiciones contenidas en la Ley de Obra Pública y Servicios Relacionados con la Misma del Estado de Morelos y su Reglamento;

VII. Vigilar que se respete el derecho de vía en la red carretera Estatal a su cargo, así como preservar, administrar y regular el uso, aprovechamiento y restricción del mismo y de las instalaciones complementarias de acuerdo con la normatividad aplicable, observando en lo conducente lo dispuesto en las Leyes en materia de Tránsito y Transporte, que existan tanto Estatal como Federales;

VIII. Administrar y vigilar los caminos y carreteras de cuota que se le encomienden;

IX. Proyectar, instalar y mantener en operación el señalamiento y los dispositivos de seguridad en la red carretera a su cargo, por sí o a través de terceros, tratándose de caminos o carreteras concesionados;

X. Administrar, operar y mantener la maquinaria y equipo de construcción que tenga encomendado o sea de su propiedad;

XI. Establecer las disposiciones normativas para determinar el volumen y peso de los vehículos de carga que pueda soportar la red carretera Estatal y emitir el dictamen correspondiente;

XII. Promover la coordinación de acciones con la Federación, y en los casos que corresponda, con los Municipios y los particulares en materia de infraestructura carretera de su competencia;

XIII. Convenir con las Dependencias y Entidades de los gobiernos Federal, Estatales y Municipales e Instituciones y Organismos de los sectores social y privado, la construcción, ampliación, conservación y mantenimiento de vías de comunicación de su competencia;

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VII.- ATRIBUCIONES

XIV. Asesorar a los Ayuntamientos de los Municipios del Estado en la realización de obras a su cargo, relacionadas con la red carretera estatal;

XV. Otorgar autorizaciones para la ejecución de obras, fijación de señalamientos, permisos para la utilización del derecho de vía, establecimientos de servicios conexos o auxiliares de tránsito y transporte, dentro del derecho de vía y zonas laterales de la red carretera a su cargo, conforme a lo dispuesto en el Reglamento respectivo;

XVI. Aplicar sanciones administrativas por infracciones a las disposiciones que regulen el derecho de vía y zonas laterales de las carreteras estatales a su cargo o por daños a la infraestructura, con facultades para ordenar a los infractores, el retiro o demolición de obras o instalaciones y, en caso de negativa, realizarlas directamente con cargo al responsable;

XVII. Establecer y efectuar el cobro de derechos de peaje dentro de la red carretera a su cargo, en términos de la reglamentación aplicable;

XVIII. Efectuar el cobro de derechos conforme a la Ley por la expedición de permisos para el uso y aprovechamiento de áreas que formen parte del derecho de vía de las carreteras estatales y zonas laterales a su cargo, así como de los servicios y productos derivados de la explotación de sus bienes;

XIX. Vigilar y supervisar la construcción y funcionamiento de las obras autorizadas en el derecho de vía de las carreteras estatales y zonas laterales a su cargo;

XX. Resolver sobre la terminación, rescisión o suspensión de las concesiones otorgadas a través del Ejecutivo del Estado en relación con la red carretera estatal a su cargo, así como de los permisos relativos a la utilización del derecho de vía de las carreteras estatales y servicios conexos que sean de su competencia de acuerdo con las disposiciones legales aplicables y, en su caso, la prórroga o revocación de los mismos a solicitud del interesado, observando en lo conducente las disposiciones contenidas en la Ley General de Bienes del Estado de Morelos;

XXI. Proporcionar servicios técnicos a terceros, cuando le sean solicitados, para la realización de obras de infraestructura de carretera;

XXII. Elaborar, compilar y aplicar, las normas y especificaciones que en materia de vías terrestres deberán contener los estudios, proyectos, obras y servicios conexos relacionados con la infraestructura carretera de la Entidad en el ámbito de su competencia;

XXIII. Gestionar, obtener o aplicar préstamos y financiamientos para el cumplimiento de su objeto;

XXIV. Llevar a cabo los procesos necesarios conforme a la ley para el otorgamiento de concesiones a través del Ejecutivo del Estado, relacionadas con la red carretera estatal a su cargo, así como para el otorgamiento de contratos de obra pública vinculados a su objeto, y

XXV. Las demás que le otorguen otras disposiciones jurídicas aplicables.

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VIII.- MISIÓN Y VISIÓN

MISIÓN

Mejorar la infraestructura carretera de cuota estatal a través de la administración eficiente, la operación, construcción, rehabilitación, equipamiento y mantenimiento de la infraestructura carretera de cuota del Estado de Morelos, por si o a través del otorgamiento de concesiones, de conformidad con la normatividad vigente aplicable, programas estatales y los convenios celebrados con los Gobiernos Federal, Estatales, Municipales y Particulares y aplicando un modelo de calidad.

VISIÓN

Ser un Organismo que impulse el fortalecimiento y consolide la infraestructura carretera estatal de cuota, a fin de que le permita al Estado de Morelos proporcionar cada vez mejores servicios a la población y visitantes, a fin de desarrollar la unión de los ejes carreteros en el centro del país y, al mismo tiempo, destinar recursos suficientes que refuercen la conservación y rehabilitación de la red carretera de cuota que beneficien a todas las comunidades, pueblos y ciudades del Estado de Morelos.

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IX. ESTRUCTURA ORGÁNICA

21/03/2013

Nivel No. Plaza Unidad Administrativa Puesto Totales

105 47 4 0 1 5 0 0 0 DIRECTOR GENERAL DEL ORGANISMO OPERADOR DE CARRETERAS DE CUOTA

1

109 53 4 0 1 5 0 0 0 ASESOR 1

110 29 4 0 1 5 0 0 0 SECRETARIA 1

110 16 4 0 1 5 0 0 0 CHOFER 1

108 48 4 0 2 5 0 0 0 DIRECTOR DE ADMINISTRACIÓN 1

109 41 4 0 1 5 1 1 0 SUBDIRECTOR DE CONTABILIDAD Y FINANZAS 1

109 19 4 0 1 5 1 1 0 TECNICO PROFESIONAL 1

109 49 4 0 1 5 1 1 0 TÉCNICO PROFESIONAL 1

109 51 4 0 1 5 1 1 0 TÉCNICO PROFESIONAL 1

110 28 4 0 1 5 0 0 0 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 1

110 43 4 0 1 5 0 0 0 SECRETARIA 1

110 44 4 0 1 5 0 0 0 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 1

108 42 4 0 1 5 0 0 0 ASESOR DE ASUNTOS JURÍDICOS 1

110 39 4 0 1 5 0 0 0 AUXILIAR ADMINISTRATIVO 1

109 36 4 0 1 5 0 0 0 SUBDIRECTOR TÉCNICO NORMATIVO 1

109 52 4 0 1 5 0 0 0 COMISARIO PÚBLICO 1

TOTAL DE PLAZAS POR DIRECCIÓN 16

Elaboró

C.P. Arturo Avalos Albor Director de Administración

Revisó

Lic. José Antonio Ledesma Rivas Director General

Aprobó

Lic. Mónica Pineda Antúnez Secretaria Ejecutiva de la Gubernatura

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X. ORGANIGRAMA

Elaboró

C.P. Arturo Avalos Albor Director de Administración

Revisó

Lic. José Antonio Ledesma Rivas Director General

Aprobó

Lic. Mónica Pineda Antúnez Secretaria Ejecutiva de la Gubernatura

Fecha: 17 de diciembre de 2013 Fecha: 17 de diciembre de 2013 Fecha: 17 de diciembre de 2013

105

108 Nivel

Operador de Carreteras de Cuota 4 0 1 5 0 0 0

Asesoría 4 0 1 5 0 0 0 Subdirección Técnica

Normativa 4 0 1 5 0 0 0

Asesoría de Asuntos Jurídicos 4 0 1 5 0 0 0

Subdirección de Contabilidad y Finanzas

4 0 1 5 0 0 0 Dirección de Administración

4 0 1 5 1 0 0

Comisario Público 4 0 1 5 0 0 0 109

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XI.- FUNCIONES PRINCIPALES

Puesto:

Director General del Organismo Operador de Carreteras de Cuota Unidad Administrativa/Organismo Auxiliar:

Operador de Carreteras de Cuota Nivel:

105

Número de plaza:

47

Jefe inmediato:

Secretario Ejecutivo de la Gubernatura Personal a su cargo:

Director de Administración 1

Asesor de Asuntos Jurídicos 1

Asesor 1

Subdirector Técnico Normativo 1

Auxiliar Administrativo 3

Secretaria 2

Comisario Público 1

Chofer 1

Funciones Principales:

De conformidad al Estatuto Orgánico del Organismo Operador de Carreteras de Cuota vigente, se tienen las siguientes funciones principales:

Artículo 18.- El Director General, además de las facultades y obligaciones que le confiere el artículo 11 del Decreto, tendrá las siguientes:

I. Representar al Organismo en las actividades de coordinación y concertación con cualquier órgano que tenga relación con los asuntos de su competencia;

II. Expedir, previo acuerdo con la Junta, las políticas en materia de conservación, rehabilitación y mejoras de la infraestructura y la red carretera a su cargo;..

III. Gestionar y obtener conforme a la legislación aplicable y previa autorización de la Junta, el financiamiento para obras, servicios y amortización de pasivos, así como suscribir créditos o títulos de crédito, contratos u obligaciones ante instituciones públicas y privadas;

IV. Autorizar el ejercicio del presupuesto;

V. Resolver los recursos administrativos que se interpongan en las materias competencia del Organismo;

VI. Suscribir, previo acuerdo de la Junta convenios y acuerdos con la Federación, los Municipios, otras instituciones públicas o privadas, y con particulares, en las materias de su competencia, así como ejercer y coordinar las acciones que correspondan al Organismo en dichos acuerdos y convenios;

VII. Proponer a la Junta, los proyectos de iniciativas de leyes, reglamentos, decretos, acuerdos y demás disposiciones jurídicas y administrativas sobre los asuntos de su competencia;

VIII. Desempeñar las comisiones y funciones especiales que le confiera la Junta;

IX. Someter a consideración de la Junta las cuotas y tarifas que deban cobrarse por la operación de los caminos de cuota a su cargo, directamente o a través de terceros;

X. Resolver las dudas que se susciten con motivo de la interpretación o aplicación de este estatuto, así como los casos no previstos en él;

XI. Proponer programas de difusión en las materias de su competencia;

XII. Expedir certificaciones de los expedientes relativos a los asuntos de su competencia, y

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XI.- FUNCIONES PRINCIPALES

XIII. Las demás que le señalen las disposiciones jurídicas aplicables, así como las que adquiera por delegación o suplencia.

(16)

XI.- FUNCIONES PRINCIPALES

Puesto:

Director de Administración del Organismo Operador de Carreteras de Cuota Unidad Administrativa/Organismo Auxiliar:

Operador de Carreteras de Cuota Nivel:

108

Número de plaza:

48

Jefe inmediato:

Director General del Organismo Operador de Carreteras de Cuota Personal a su cargo:

Subdirector de Contabilidad y Finanzas 1

Técnico Profesional 1

Auxiliar Administrativo 2

Secretaria 1

Funciones Principales:

De conformidad al Estatuto Orgánico del Organismo Operador de Carreteras de Cuota vigente, se tienen las siguientes funciones principales:

Artículo 22. La Dirección Administrativa, además de las atribuciones genéricas contenidas en el artículo 21 de este estatuto, tendrá las siguientes atribuciones específicas:

I. Conducir la política de administración interna de la Dirección a su cargo, que establezcan las disposiciones jurídicas aplicables, así como la Junta y el Director General;

II. Proponer al Director General, los mecanismos adecuados para la captación y control de los ingresos estimados al cumplimiento de las obligaciones de carácter económico, con la finalidad de cumplir con el objeto del Organismo;

III. Elaborar previo acuerdo con el Director General, la plantilla de personal y el tabulador de sueldos y salarios del Organismo;

IV. Gestionar la celebración de los convenios necesarios, para atender las prestaciones del personal, con instituciones públicas o privadas, dependencias estatales, federales y municipales, entre otros, de conformidad con las disposiciones jurídicas aplicables;

V. Planear, controlar y proporcionar oportunamente los recursos financieros autorizados que requieran las Unidades Administrativas, para el cumplimiento de los programas de trabajo y el desempeño de sus funciones, administrando el ejercicio del presupuesto de egresos anual aprobado;

VI. Formular los anteproyectos anuales de presupuestos de ingresos y egresos del Organismo, que deban ser sometidos al Director General para su revisión;

VII. Administrar el personal adscrito al Organismo, conforme a las disposiciones legales aplicables;

VIII. Tramitar ante las instancias competentes, las prestaciones y los servicios de carácter médico, económico, social, educativo, cultural, deportivo y recreativo a que tienen derecho los servidores públicos del Organismo y sus familiares, de acuerdo a las políticas y lineamientos establecidos;

IX. Organizar y administrar la recepción, guarda, protección, distribución y suministro de bienes conforme a la normatividad correspondiente, así como mantener actualizados los inventarios y el resguardo de los mismos, procurando su mantenimiento y autorizando en su caso, las reparaciones y bajas que fueran necesarias;

X. Llevar la contabilidad del Organismo, a través de los sistemas contables y de control de ingresos y egresos, y formular los estados financieros conforme a la normatividad aplicable, así como resguardarla por el lapso establecido en las normas jurídicas aplicables;

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XI.- FUNCIONES PRINCIPALES

XI. Analizar la situación económica prevaleciente en el Organismo y prever las repercusiones que lo puedan afectar, informando permanentemente al Director General sobre ello;

XII. Proponer al Director General, los esquemas de financiamiento que aseguren el óptimo desarrollo de los proyectos carreteros de cuota encomendados al Organismo;

XIII. Gestionar, por acuerdo del Director General, ante la Secretaría de Finanzas y Planeación, o cualquier otra dependencia en el ámbito Federal, Estatal o Municipal, o bien, ante organismos públicos o privados nacionales o internacionales, la obtención de recursos para financiar los proyectos encomendados al Organismo;

XIV. Recibir y revisar las facturas, estimaciones y demás documentos que consignen obligaciones de pago con cargo al patrimonio del Organismo, así como instruir al subalterno que corresponda para realizarlo oportunamente;

XV. Informar periódicamente al Director General, sobre las operaciones presupuestales, financieras y programáticas del Organismo;

XVI. Coadyuvar con la Dirección Técnica, a fin de llevar a cabo los estudios para establecer las tarifas de peaje en las carreteras de cuota estatales, a cargo del Organismo;

XVII. Proponer y coordinar las adquisiciones, arrendamientos y servicios que se consideren necesarios, para el óptimo funcionamiento del Organismo, y XVIII. En general, atender los asuntos de naturaleza administrativa, financiera y contable semejantes a las anteriores, así como las demás que le confieran las disposiciones aplicables y la Junta o el Director General.

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XI.- FUNCIONES PRINCIPALES

Puesto:

Asesor de Asuntos Jurídicos del Organismo Operador de Carreteras de Cuota Unidad Administrativa/Organismo Auxiliar:

Operador de Carreteras de Cuota Nivel:

108

Número de plaza:

42

Jefe inmediato:

Director General del Organismo Operador de Carreteras de Cuota Personal a su cargo:

Auxiliar Administrativo 1

Funciones Principales:

De conformidad al Estatuto Orgánico del Organismo Operador de Carreteras de Cuota vigente, se tienen las siguientes funciones principales:

Artículo 26. El Asesor en Asuntos Jurídicos tendrá las atribuciones específicas siguientes:

I. Emitir opinión respecto de las consultas que en materia jurídica le formulen, tanto el Director General como las Unidades Administrativas del Organismo;

II. Compilar y difundir las normas jurídicas que regulen el funcionamiento del Organismo;

III. Analizar y proponer a la Dirección General los anteproyectos de reglamentos, decretos, contratos, acuerdos, convenios y demás documentos jurídicos del Organismo, así como los que le encomiende el Director General;

IV. Llevar el control y archivo de los convenios y contratos que celebre el Organismo;

V. Revisar y rubricar los contratos, convenios, concesiones, autorizaciones, permisos y demás disposiciones legales que deba suscribir el Director General, verificando que sean acordes con las normas jurídicas aplicables;

VI. Participar en la modernización y adecuación del orden jurídico que rige el funcionamiento del Organismo;

VII. Opinar sobre las resoluciones que pronuncien las dependencias y entidades de la Administración Pública Estatal y las autoridades jurisdiccionales, coordinándose con las Unidades Administrativas del Organismo, para el cumplimiento de las mismas;

VIII. Coadyuvar con las Unidades Administrativas del Organismo, en la elaboración de los manuales de procedimientos, normas y lineamientos jurídico-administrativos a que deben sujetarse para su funcionamiento;

IX. Asesorar jurídicamente en la elaboración de minutas, actas circunstanciadas, de entrega-recepción de los productos o servicios contratados, así como en el finiquito correspondiente;

X. Gestionar ante las instancias correspondientes, previa valuación de las Unidades Administrativas respectivas, el pago por concepto de la cobertura de daños ocasionados a las carreteras e infraestructura de cuota, así como cualquier otro servicio conexo, siempre que sean de interés para el Organismo, y XI. Las demás que las leyes, reglamentos, decretos, acuerdos, convenios y contratos le atribuyan directamente, así como aquellas que le asigne el Director General.

(19)

XII.- DIRECTORIO

Nombre y Puesto Teléfonos Oficiales Domicilio Oficial

Lic. José Antonio Ledesma Rivas

Director General del Organismo Operador de Carreteras de Cuota

Directo:

(777) 312-50-29 312 52 70 Extensión: 102

Jesús H. Preciado No. 324, Colonia San Antón, Cuernavaca, Morelos.

C.P. 62 020

C.P. Arturo Avalos Albor Director de Administración

Conmutador:

312-50-29 312 52 70 Extensión: 107

Jesús H. Preciado No. 324, Colonia San Antón, Cuernavaca, Morelos.

C.P. 62 020

Lic. Emeterio Ocampo Guadarrama Asesor de Asuntos Jurídicos

Conmutador:

312-50-29 312 52 70 Extensión: 108

Jesús H. Preciado No. 324, Colonia San Antón, Cuernavaca, Morelos.

C.P. 62 020

C.P. José Eugenio Bahena Nava Subdirector de Contabilidad y Finanzas

Conmutador:

312-50-29 312 52 70 Extensión: 108

Jesús H. Preciado No. 324, Colonia San Antón, Cuernavaca, Morelos.

C.P. 62 020

Arq. José Mariaca Silva Subdirector Técnico Normativo

Conmutador:

312-50-29 312 52 70 Extensión: 108

Jesús H. Preciado No. 324, Colonia San Antón, Cuernavaca, Morelos.

C.P. 62 020

C.P. Héctor Alfredo Bofill Aranda Comisario Público

Conmutador:

312-50-29 312 52 70 Extensión: 108

Jesús H. Preciado No. 324, Colonia San Antón, Cuernavaca, Morelos.

C.P. 62 020

Lic. Rigoberto Vázquez Morales Asesor

Conmutador:

312-50-29 312 52 70 Extensión: 108

Jesús H. Preciado No. 324, Colonia San Antón, Cuernavaca, Morelos.

C.P. 62 020

(20)

XIII.- COLABORACIÓN

Nombre de las/los Colaboradores Puesto

Lic. José Antonio Ledesma Rivas Director General del Organismo Operador de Carreteras de Cuota

C.P. Arturo Ávalos Albor Director de Administración Lic. Emeterio Ocampo Guadarrama Asesor de Asuntos Jurídicos

Lic. Rigoberto Vázquez Morales Asesor

C. Alba Berenice García Robles Profesional Ejecutivo “E”

Asesor/a Designado/a

C. Eduardo Alva Martínez Auxiliar Administrativo

Enlace Designado/a

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