Procedimientos técnicos del programa nacional de control de la brucelosis
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(2) SWGERENCIA DE FOMENTO Y SERVICIOS DIVISION DE SANIDAD ANIMAL SECCION CAMPAÑAS SANITARIAS. PROCEDIMIENTOS TECNICOS DEL PROGRAMA NACIONAL DE CONTROL DE LA BRUCELOSIS. JOSE PEREZ FRANCO JAIME A. CARDENAS ZORRO DANILO PARRA FLOREZ. Bogotá,Diciembre de 1989.
(3) PRESENTAC ION. La brLicelosis es una de las enfermedades que mayor impacto económico produce a la ganadería por las enormes pérdidas que ocasiona y constituye además una constante amenaza para la salud humana por tratarse de una zoonosis. Por este motivo, la lucha contra la enfermedad es uno de los pro g ramas prioritarios de la División de Sanidad Animal, la cual ha venido impulsando las acciones tendientes a lograr su control e: todo el territorio nacional y al establecimiento de hatos y áreas libres.. Los. avances técnicos alcanzados en los programas de control, el interés de muchos productores pecuarios en avanzar en la lucha contra la enfermedad y la existencia de varias áreas ganaderas con una baja prevalencia, son factores favorables para adelantar programas regionales de erradicación y establecer nuevas políticas para alcanzar metas más concretas en el desarrollo del programa. Además, ofrecen una fuente de reemplazos de animal e- para reproducción libres de la eutermedad, y sea para su u:H ¡zación en el país, o para posibles exportaciones.. El presente Manual describe las normas y los procedimientos en el desarrollo del programa nacional de control y erradicación. En esta forma se pretende dar las pautas que rigen para este proarama, as¡ como las instrucciones de carácter técnico y legal en a ejecución de cada una de las actividades en que esté dividido.. Se incluyen además, las resoluciones. del Minsterio de Agricultura y el ICA. como base legal de la campaña.. Teniendo en cuenta el gran interés que existe sobre la reactivación de este programa, la División de Sanidad Animal, a través de la sección de Campañas Sanitarias, tiene el agrado de presentar el Manual de Normas, haciendo un llamado a los prefesionales médicos veterinarios, en el sentido de que lean y analicen este documento con la esperanza de que les sea de utilidad para alcanzar éxistos en el desempeño de las actividades de control y erradicación de la brucelosis en el país..
(4) INTRODUCC ION. La prevención, el control y la erradicación de lc brucelosis puede parecer sencillo; bastaría vacunar las terneras y eliminar los animales positivos.. Sin embargo, cuando se inician los trabajos de. campo, se tropieza con una serie de inconvenientes que llegan a frustrar muchas aspiraciones y a ocasionar fracasos en los programas.. Los principales inconvenientes que con mayor frecuencia se detectan, se pueden resumir as¡: a). El poco conocimiento que se tiene sobre la enfermedad en aspectos como las pérdidas económicas, el problema de salud pública, la interpretación de los resultados diagnóstcos, el manejo de los programas para su control, etc, lo que conlleva a una mala orientación de los mismos.. b). La apatía por parte de los ganaderos. para enfrentar este pro-. blema, ya que se han acostumbrado a convivir con la enfermedad. c). La falta de recursos financieros para mantener un programa ágil y permanente.. d). Lo trabajos que se inician a nivel de finca en forma parcial y luego se suspenden sin llegar a metas satisfactorias, lo que ocasiona el desconcierto en las actividades.. Para estudiar las características de la brucelosis en Colombia, se han tenido encuenta, entre otros, los siguientes aspectos.. 1-. Tipo de explotación ganadera.. 2-. Razas de ganados predominantes.. 3-. Grado de infección o distribución de la enfermedad..
(5) Conceptos técnicos emitidos por profesionales médicos veterinarios y su g erencias de ganaderos. 5-. Conceptos y recomendaciones del Centro Panamericano de Zoonosis.. 6-. Recomendaciones del Comité Mixto FAO/OMS de expertos en bruceiosis.. 7-. Conceptos de la Oficinas Internacional de Enizootias para el control de la enfermedad. De acuerdo a estos aspectos, el Instituto Colombiano Agropecuario. CA, como entidad responsable de Iz. Sanidad Animal del país, establece las siguientes normas para ejecución del programa de brucelosis en el territorio nacional.. El presente Manual iré sufriendo modificaciones de acuerdo con los resultados alcanzados en el programa, así como de los últimos adelantos en la investigación de la enfermedad.. OBJETIVOS. Son objetivos del programa, lograr el control de la enfermedad con miras a su erradicación en nuestro país y poder así disminuir las pérdidas económicas que se han estimado en varios millones de pesos al año y evitar los problemas de salud humana.. FUNCIONES DE LA DIRECCION NACIONAL. -. Programar, dirigir y coordinar la ejecución de la campaña de lucha contra la brucelosis.. -. Proponer y actualizar la legislación para la normal ejecución de los proyectos.. - Coordinar y asesorar a nivel nacional y regional a las distintas entidades vinculadas al sector pecuario, con el fin de buscar su colaboración en la calipaña..
(6) S.. -. Supervisar las labores de ejecución del programa sobre los métodos y técnicas establecidas,. *. -. Cooperar y promover la capacitación y la divul g ación a todos los niveles en los aspectos relacionados con las actividades del programa.. -. Proponer programas de investi g ación en el campo de la brucelosis, tendientes a solucionar los problemas linitantes en estos aspectos.. -. Presentar informes periódicos sobre la ejecución de las actividades.. FUNCIONES DE LOS PROFESIONALES DE CAMPO. -. Adelantar todas las actividades tendientes a lograr el control y la erradicación de laenfermedacl.a nivel local.. -. Promover la utilización de la tecnología en lo que se relaciona con la brucelosis de acuerdo a las características de la región, por medio de conferencias, cursos, demostraciones y Otros sistemas de divulgación.. -. Sugerir actualizaciones o modificaciones de las normas reglamentarias que regulan los aspectos sanitarios sobre brucelosis.. -. Realizar cursos de entrenamiento para suministrar los conocimientos técnicos y administrativos al personal auxiliar con el fin de obtener un mayor rendimiento en la ejecución del programa.. -. Hacer conocer a través de la divulgación el proyecto de control de la enfermedad para obtener la colaboración y el apoyo de la comunidad.. -. Llevar los registros y estadísticas re'acionadas con el programa.. -. Intervenir activamente en la vacunación de terneras con Cepa 19 y procurar que estas sean registradas en las oficinas del ICA.. -. Estudiar la naturaleza y características epidemiológicas de la.
(7) 6.. brucelosisa nivel local. -. Programar todas las actividades a realizar en el programa de control y erradicación de acuerdo a la normas trazadas por la División de Sanidad Animal y el CRECED correspondiente.. EL PROBLEMA. La brucelosis es una enfermedad contagiosa que afecta primariamente a los bovinos, cerdos, ovejas, cabras y perros, ocasionada por bacterias del grupo Brucella y caracterizada principalmente en las hembras por la presentación de abortos y retenciones placentarias y en los machos, en menor grado, por orquitis e infección de las glándulas sexuales accesorias, e infertilidad en ambos sexos. Esporádicamente puede infectar a los equinos en los que con frecuencia se asocia a la fístula de la cruz y úlcera de la nuca.. La enfermedad en el hombre se denomina también fiebre ondulante o de malta y es un grave problema de salud.. IMPORTANCIA ECONOMI CA. La brucelosis bovina, como en todos los pafses afectados, en nuestro medio constituye una solapada y permanente pérdida económica que representa varios miles de millones de pesos al año. Estas pérdidas se pueden clasificar en directas e indirectas.. Las pérdidas directas están representadas en:. a). Abortos que limitan el crecimiento de los hatos e inciden en el suministro ce carne, leche y productos lácteos.. b). Mala calidad de animales nacidos prematuramente y por consiguiente,.
(8) E.. Brucella abortus biotipo 1 Brucel la abortus biotipo 2 Brucel a abortu. biotipo Brucella suis. biotipo 1. Brucella suis. atTpica. En los bovinos, la enfermedad es causada casi exclusivamente por B. abortus, pero algunas veces pueden infectarse por B. suis y B Melitensis. La B. melitensis es el agente etiológico mas carocterfstico de la brucelosis caprina y ovina.. Los biotipos 1, 2 y 3 de B. suis son patógenos para los cerdos y e: biotipo 2 está restringido princpalmente a Europa y se ha aislado de la liebre Europea (lepus europaeus). El biotipo 4 produce la enfermedad en el reno doméstico (Rangifer tarandi) en las reaiones árticas de Alaska, Canadá y Rusia. En estas zonas, los renos son el principal ganado doméstico y parece que es el único rumiante que sirve de reservorio a cualquiera de los biotipos de B. suis.. Los biotipos 1. y 3 de B. abortus, se han aislado de la gamuza. (Rupicapra rupicapra) y han ocasionado orquitis en estos animales.. La B. suis es. altamente patógena para el hombre. La B. neotomae. se ha aislado de la rata selvática del desierto (neotoma lepida) , que habita en las regiones occidentales de los Estados Unidos.. La B. ovis produce la epididimitis del carnero y es de gran irnportanda en la mayoría de las zonas de cría de ganado lanar, muestra maycr afinidad por el aparato reproductor del macho, que por el de la hembra y no es patógena para el hombre.. La B. canis produce una forma muy infecciosa de brucelosis en los.
(9) 8. pérdida de productos que constituyen fuentes de ingresos. c). Metritis, esterilidad, retenciones placentarias y otras enfermedades del aparato genital femenino.. d). Orquitis, artritis y pérdida de reproductores.. e). Muertes ocurridas corno consecuencia de. la infección.. f). Pérdidas de mercados nacionales e internacionales para los animales y sus productos.. LAS PERDIDAS INDIRECTAS SE OCASIONAN POR:. a). Problemas de comercialización, movilización, compra de animales negativos a la enfermedad con destino a reproducción y otros problemas por el desprestigio de los hatos infectados.. b). Costos de desarrollo de los programas de control y erradicación.. c). Divulgación de leyes y su estricta aplicación, información al público y perjuicios para otros programas sanitarios por su prioridad.. d). Incidencia en la salud humana representada en pérdidas por mano de obra, drogas gastos médicos, etc.. E. 1 OLOG 1. La enfermedad es producida por gérmenes del génercBrucella el cual consta deseis especies de bacterias:. Brucella melitensis con tres biotipos. B. abortus con ocho biotipos, B. suis con cinco biotipos, B. neotornae, 8.Ovis y B. canis. Estos microorganismos son Gram negativos, de forma cocobaci lar y de bastoncitos, con lados rectos o ligeramente convexos y extremos redondeados, que miden de 0.5 a 0.7 milimicras de largo. En Colombia se haidentificado hasta el presente las siguientes cepas:.
(10) 9.. perros y puede además producir enfermedad en el hombre. En el aislamiento primario de B. canje se presenta en forma rugosa. La enfermedad se caracteriza por abortos nue se presentan del 40 0 al 50 0 dra de la aestación; muerte fetal precoz e inapaente, secreciones vaqina1c después del abortc.. hipertrofia de os ganglios linfáticos, esplenitis y bacteremia prolo:gada. Los machos pueden estar aparentemente normales o presentar epididirnitis, prostatitis y atofia testicular. veces. SE. A. puede producir la curación esponténea, pero la enfermedad es. muy larga y puede ocasionar la esteri 1 ¡dad en ambos sexos.. SINTOMATOLOGIA. Los síntomas de la enfermedad varían de acuerdo con la especie! afectada, pero el aborto es la manifestación más evidente y que con! mayor frecuencia se presenta. Algunas veces se presentan retenciones de placenta e infecciones del útero. El establecimiento del estado portador en una alta proporción de animales puede ocasionar una reducción del 20 de la producción de leche en las vacas infectadas. En los abortos sin complicaciones, generalmente no hay alteración de la salud general del animal.. En los toros se puede presentar inflamación de las vesrculas seminales, las ampollas, los testTculos y epidrdimos, lo que induce. la el¡-. minación del gérmen por el semen. El microorganismo se ha aislado de algunas articulaciones inflamadas.. En las hembras, principalmente bovinos y ovinos, se puede presentar mastitis de tipo intersticial con engrosamiento de los ganglios linfáticos supramamarios.. )) o._. iq.
(11) lo CAUSAS DEL ABORTO. Las bruce las son llevadas por la sangre a las placentas fetal y materna, al feto y sus membranas y se multiplican en el epitelio que reviste las vellosidades embrionales del corion, propagándose entre la mucosa uterina y el corion. Esto produce necrobiosis de las vellosidades y una capa de exudado fibrinoso purulento que afloja la unión entre las placentas fetal y materna. La relajación entre estas placentas, el trastorno que sufre. la nutrición del feto y la enfermedad directa de. éste, ocasione su muerte y expulsión.. TRANSMI S ION. La transmisión natural de la enfermedad es a través dele ingestión de gérmenes que se encuentran presentes en gran número en el feto abortado, en las membranas y en la secreción uterina. También pueden diseminar la enfermedad los animales aparentemente sanos que eliminan brucelas con la leche.. Más rara es la eliminación por las heces y la orine.. Los animales pueden ingerir alimento o agua contaminados ya veces lamer los genitales contaminados de otros animales o fetos recienemente abortados. La transmisión venérea por toros infectados y por monte natural, puede ocurrir, pero es rara. Las vacas se pueden infectar por inseminación artificial cuando se deposita el semen contaminado en el útero, pero no cuando es depositado en la mitad del cervix. Las brucelas pueden penetrar a través de las superficies mucosas, conjuntivas, heridas e incluso por la piel intacta. Otras fuentes de infección en una finca, pueden ser animales infectados de otras especies como equinos, sumos, ovinos ,o caprinos. La transmisión al hombre se realiza por ingestión, contacto, inhalación o inoculación accidental. La infección por ingestión se produce.
(12) a través del aparato gastrointestinal o por penetración de las niuco sas de la garganta.. Las fuentes de infección más frecuentes pra el hombre son los productos alimenticios no tratados, preparados con leches crudas de animales infectados, legumbres crudas Contaminadas, vísceras, médula espinal y ganglios linfáticos de canales infectados, cuando no han sido sometidos a cocción. La más alta incidencia de contaminación en el hombre es el contacto con materiales contamjrados corno secreciones vaginales, abortos, placentas, orina, materia fecal, canales de animales sacrificados. RESISTENCIA AL MEDIO. Las bruceles sobreviven algunos días y muchas veces horas cuando hay luz solar y altas temperaturas. Los estudios adelantados a nivel de campo han demostrado que cuando se aplica una limpieza mínima y desinfección de instalaciones, el ganado susceptible que llegue después de 30 días no adquiere la infección del medio ambiente.. Algunos investigadores han demostrado que las brucelas mueren a los 4 días cuando están en orina; 120 días en las heces; 75 días en fetos; 29 días en abono y tierra a 25°C; 10 días en leche a 10°C; 10 días en agua a 25°C; 30 días en helados; 142 días en mantequilla a 8°C y 2 meses en queso; hojas de verduras 15 días y en garrapatas pueden sobrevivir hasta 27 meses..
(13) 12.. DIAGNOSTICO Y. CONTROL. La infección producida por la brucela se comprueba en forma definitiva aislando e identificando el germen. Dicho aislamiento se puede lograr de los siguientes materiales 1.. Leche.- La infecciin puede localizarse en uno o varios cuarto mamarios, por la tanto, la muestra debe contener leche de todos ellos. Se recomienda recoger una muestra de 20 ml. de leche de cada cuarto.. 2.. Exudado vaginal.- Generalmente se encuentran brucelas en exudado vaginal durante las G semanas siguientes al parto o al aborto.. 3.. Hemocultivo.- La toma de sangre en los animales para realizar hemocultivos se deben hacer con precauciones especiales a fin de evitar la contaminacién del cultivo. Es necesario afeitar la piel, desengrasarle con éter, alcoh6l, varsol y luego proceder a su desinfección con tintura de Vado, antes de pinchar la vena.. 4.. Productos del Aborto.- Cuando se trata de diagnosticar brucelosis, se deben investigar las membranas fetales y los fetos abortadas. Algunas partes de las membranas fetales contienen grandes cantidades de gérmenes y lo mismo sucede en la placenta de un parto a término de un animal Infectado. Se deben procesar los cotiledones que aparezcan más anormales. Del feto se puede obtener un cultivo puro del contenido del est&nago, los pulmones, el bazo y el meconio. En los animales sacrificados, los tejidos del sistema reticula endotelial, del útru grávido y de la ubre son donde més frecuentemente se localizan las brucelas. En los bovinos, ganglios linfáticos supramamarios,retrofarinqeDS,iliéCO5 internos y lumbares;tejido.
(14) 1,. esplénico, tejido de cada pezón y fragmentos de otero.. En los bovinos el diagnóstico rutinaric y princpal se base en la serología para pruebas de aglutinación con suero sanguíneo. Estas pruebas se pueden también emplear para detectar anticuerpos en la leche y en el semen. Las principales pruebas usadas, son les siguientes:. 1.. Suero sanguíneo. 1.1. Aglutinación rápida en placa. 1.2. Aglutinación lenta en tubo. 1.3. Fijación del complemento. 1. ¡4. nactivación por el calor a 65°C. para sueros bovinos. 1.5. Inactivación por el calor a 56°C. para sueros porcinos. 1.6. Aglutinación en placa con antígeno acidificado.. 1.7. Aglutinación con 2 - mercapto etanol.. 1.8. Precipitación con Rivanol.. 1.9. Prueba de Coombs (anticuerpos incompletos). 1.10 Prueba de inmunofluorescencia. 1.11 Prueba del antígeno tamponado (tarjeta, Rosa de Bengala) 1.12 Contra i nrnunoel ectrofores ¡ s. u. 2.. P 1 asma. 2.1. Prueba de la tarjeta para plasme bovino.. 2.2. Prueba de la tarjeta para plasme porcino. 3.. Leche. 3.1. Prueba del anillo en leche o " Ring Test. 3.2. Aglutinación con suero de leche.. 3.3. Prueba de Coombs con suero de leche. 4.. Moco vaginal. 4.1. Prueba de aglutinación en tubo..
(15) 14. 42. 5.. Prueba de Coombs.. Plasma seminal.. 5.1. Prueba de aglutinación en placa.. 5.2. Prueba de aqiutinación en tubo.. Las principales pruebas complementarias de uso más frecuentes son las pruebas del mercaptoetanol, fijación del complemento, precipitación del Rivanol y la prueba del anillo en leche con diluciones creciente.. También es frecuente el uso de la prueba con antTgeno ácido buferado.. Estas pruebas se reservan para casos de hatos problemas en los que hay dificultades para erradicar la infección y se sospecha de animales que siguen eliminando brucelas sin que el título aglutinante sea sicnficativo.. Las indicacones principales de estas pruebas, son las siguienl:es: 1.. Eliminar odisminuir las reacciones heteroespecTficas.. 2.. Detectar la presencia de anticuerpos incompletos.. 3.. Diagnosticar en forma acertada un mayor número de casos, especialmente crónicas que muchas veces permanecen ocultos.. 14. Diferenciar títulos serológicos residuales de vacunación de los resultados de infección.. 5.. Mejorar la vigilancia epidemiológica.. 6.. Nunca convertir un positivo en negativo.. Ultimamente, se han desarrollado nuevas pruebas corno la de hemlisis indirecta, inmunoenzimtica (ELISA) para las diferentes clases de inmunoglobul mas y la de inmunodifusión radial con un antígeno pol isa-.
(16) Ir. cárido. Todas estas pruebas tienen por objete distinguir anticuerpos debidos a la infección, de los que pueden persistir por vacunación o por el estímulo de bacterias heteroespecíficas.. PRUEBAS DIAGNOSTICAS EN COLOMBIA. Para el diagnóstico de la Brucelosis en Colombia. las pruebes de seroaglutinación y su interpretación, han sido uniformadas de acuerdo con las recomendaciones de los Congresos Interamericanos de Brucelosis y de la Comisión Técnica Regional de Sanidad Animal de los Estados Unidos El patrón usado en estas técnicas, tuvo su origen en el Departamento e Agricultura d€ ese mismo país, conforme el Standar Internacional según la Organización Mundial de la Salud (OMS), la Organización para la Agricultura y la Alimentación (FAO) y la Oficina Internacional de Epizootias (olE). Los antígenos patrones de referencia se obtienen del Centro Pcnamericano de Zoonosis (OPS/OMS). De acuerdo con estas recomendaciones> para el diagnóstico serológico de la enfermedad, se puede utilizar tanto la prueba de aglutinación rápida o de placa como la lenta o de tubo, ya Que están ajustadas para que den aproximadamente los mismos resultados cuando las pruebas se efectúan correctamente;. sin embargo a veces se. encuentran sueros que dan un título diferente en lasdos pruebas.. La prueba lenta o de tubo se ha considerado como patrón y da un mayor margen de seguridad en el diagnóstico, motivo por el cual se debe preferir para casos especiales como exportación de animales, exámenes en fincas p roblemas, de animales valiosos y en general cuando se trata de eliminación de animales para lograr la erradicación de la enfermedad, En casos de diagnósticos dudosos en hatos problemas, el ICA realiza otras pruebas suplementarias como el mercaptoetanol..
(17) 16. Las pruebas diagnósticas están a cargo de los Centros de Diagnóstico del tCA y de aquellos laboratorios registrados y aprobados por el mismo instituto.. Para animales de exportación, las pruebas diagnósticas serán realizadas Gnicamente por el ICA.. REQUISITOS PARA LA ItSCRIPCION DE LABORATORIO DE DIAGNOSTICO DE BRUCELOSIS. Los laboratorios que aspiren a hacer las pruebas serológicas en brucelosis, deberán disponer como mínimo de los siguientes equipos y materiales: -. Aglutinoscopios. -. Placas cuadriculadas para los mismos.. -. Pipetas de Bang.. -. Goteros calibrados para depositar 0.03 ml. de antígeno por gota.. -. Centrífuga. -. Reloj cronómetro de alarma ("TIMER"). -. Nevera. -. Lavadora de pipetas. -. Estufa de 37°C.. -. Gradillas par¿ tubos. -. Tubos de vidrio de 13 0 100 mm.. -. Pipetas de 10 ml.. El laboratorio deberá estar dirigido por un veterinario, responsable de la ejecución de las pruebas diagnósticas y deberá tener personal auxiliar entrenado para este fin, deberá seguir las técnicas diagnósticas establecidas por el ICA y usar los antígenos producidos por los laborratorios registrados y aprobados por el ICA. Por último, el veterinario del Centro de Diagnóstico del ICA más.
(18) UN. cercano deberá hacer una visita al laboratorio solicitante para. consta-. tar que se cumplen todos los requisitos exigidos. Posteriormente se la solicitud a la División de Sanidad Animal, quien procederá a expedir •. la autorización de funcionamiento. Esta autorización tendrá una validez de un año y podrá ser renovada si se cumplen con los requisitos exigidos.. Los resultados de las muestras procesadas por los laboratorios particulares, deberán enviarse al Centro de Diagnóstico del ICA mas cercano.. íl. n.
(19) I$p. TOMA, PREPARACION Y ENVIG DF: MUESTRAS. •. Cuando se van a tomar muestras de sa. n g re. para los exámenes sero-. lógicos de la brucelosis, se deben tener en cuenta los siguientes aspectos.. -. Si se trata de un estudio de prevalencia, o sea la cantidad de animales positivos en una área determinada y en un momento dado.. -. Si se trata de un estudio de incidencia, o sea el número de casos nuevos positivos que aparecen en un .tiempo determinado.. -. Si se trata de investigar el estado sanitario de cada animal.. -. Si se trata de certificar un hato o una zona libre de la enfermedad.. -. Si se trata de importación, exportación, venta u otra transacción comercial.. -. Si se trata de exámenes para movilización a exposiciones, remates, etc.. En cada caso se debe planificar muy bien el trabajo para determinar el número de muestras a tomar, el tipo de examen a realizar y lo que es más importante, tratar con el ganadero sobre las medidas que se van a tomar de acuerdo con el resultado del estudio. En estas condiciones antes de tomar una muestra de sangre, se debe tener un concepto muy claro sobre los numerales anteriormente citados y la política que se va a seguir en cada caso para evitar pérdidas de tiempo y demás recursos con 'rabajos innecesarios.. Para que los resultados serológicos tengan validez oficial, las muestras deben ser tomadas bajo la supervición del personal del sector ofical o de profesionales en servicio particular. Los resultados de.
(20) 19.. los análisis de las muestras de sangre tomadas directamente por el propietario, tendrán valor únicamente como información del mismo y no se aceptarán para ninguna transacción oficial, comercial o de campaña.. Para un correcto envto de las muestras de sangre se deben seguir las siguientes pautas:. a). Tomar 20 ml. de sangre aproximadamente con aguja No. 16 de 1 1/2 a 2 pulgadas.. b). Identificar las muestras en los tubos o frascos y nunca en las tapas 6 tapones ya que estos se pueden mezclar y se pierde la identificación.. c). Remitir las muestras con sus correpondientes prctocolos en perfecto estado de limpieza, ya que los borrones y enmendaduras impiden la identificación de las muestras.. d). Las muestras deben enviarse por la vta ms rpic1a y es necesario utilizar frascos o tubos perfectamente limpios y secos.. e). Cuando las distancias son demasiado largas, debe enviarse directamente el suero, preferiblemente en refrigeración o congelación. El ideal es usar una aguja para cada animal, en caso contrario, estas se deben esterilizar antes de su uso nuevamente. Ast se evitará la contaminación de muchos animales. Los Centros de Diagnóstico no recibirán muestras de sangre que lleguen sin una perfecta identificación y en un buen estado de con servac ¡ ón..
(21) 2O. INTERPRETACION DE LOS RESULTADOS DE LAS PRUEBAS DE AGLUTINACION. La interpretación de las pruebas de aglutinación en tubo y placadepende de que el animal. haya sido vacunado oficialmente con Cepa 19,. según se detalla en el cuadro siguiente:. Reaccion a una dilución de:. 1:25. 1:50. 1:100. 4. Diagnóstico. 1:200 Bovinos no vacunados. Bovinos vacunados. negativo. negativo. T. negativa. negativo. +. negativo. negativo. sospechoso. negativo. sospechoso. negativo. sospechoso. sospechoso. Positivo. sospechoso. positivo. sospechoso. positivo. positivo. + + + + + +. 1 + + + + +. + + +. 1=. 1. aglutinación incompleta.. += aglutinación completa. = mayor o igual..
(22) 21.. INTERPRETACION DE LOS RESULTADOS SEROLOGICOS EN TOROS. La interpretación oficial de los e. resultados se-ológicos en. bovinos machos, es igual que en las hembras. Los títulos altos de 1:100 o más son significativos y de fácil interpretación;. Los tí-. tulos bajos en cambio, son difrci les de interpretar y hay que recurrir a pruebas suplementarias y de plasma seminal para conocer su significado. Cuando los machos son de alto valor gentico, se deben realizar pruebas de espermoaglutinación y pruebas bacteriológicas con el semen, ya que en ocasiones toros con seroaglutinación negativa., pueden eliminar brucelas por el semen.. Para la prueba de aglutinación con plasma seminal,, se le agrega una gota de solución al 1% de acida de sodio por cada niil.ílitrode semen. Se centrifuga y el sobrenadante se somete a la prueba de aglutinación en tubo. La demostración de anticuerpos en el plasma semin es indicativa de infección y a veces -se obtienen títulos más altos que en el suero sanguíneo.. DESTINO DE LOS ANIMALES REACTORES POSITIVOS Y SOSPECHOSOS. La brucelosis es una enfermedad prácticamente incurable en 103 animales y los tratamientos curativos que se han intentado, han sido antieconómicos y de resultados inciertos. Por tal motivo todo animal que resulte positivo, deberá aislarse hasta su envío únicamente para matadero.. Los animales sospechosos serán aislados y sometidos a nuevas •. pruebes diagnósticas en un tiempo no menor de 30 días ni mayor de 90. Si el título permanece igual o aumenta, el animal se considera positivo. Si disminuye se puede reintegrar al hato corno animal negativo..
(23) 2.. Con el fin de tener un rango menor de error se aconseja real izar un análisis clínico completo del hato especialmente en lo que se ref€.re a abortos, retenciones placentarias, vacunaciones y otros análisis epdemiológicos para determinar el estado de infección de la finca. el. VACUNAS Y VACUNACIONES. Para el desarrollo del programa nacional de brucelosis, Gnicamcnte se puede uti 1 izar vacuna viva a base de Brucel la - abortus Cepa. 19, aplicada desde los. 3. a. 7. meses de edad y por una sola vez en la vida cel. animal. La vacunación debe sr hecha o bajo estricta responsabilidad de los veterinarios del servicio oficial o un ejercicio particular.. Está terminantemente prohibida la vacunación de machos reproductores y hembras adultas.. Los animales vacunados deberán ser identificados de acuerdo cor, las normas establecidas y además la persona responsable de la vacunación deberá expedir el correspondiente certificado de vacunación. Copia de este certificado debe ser enviado en los. 15. días siguientes a las oficinas del ICA.. La vacuna debe ser conservada en refrigeración a una temperatura de 3 a 7°C hasta el memento de su aplicación..
(24) 23.. IDENTIFICACION DE TERNERAS VACUNADAS. La identificación de los animales vacunados se hará con tila. 'V'. en el cachete derecho. Este tipo de identificación se utilizará en todas las ganaderías a excepción de los hatos de un alto valor zootni U y 1e acuerdo con lo convenido entre la respectiva regional det lC.Á., ylas Asociaciones de Criadores de Ganado, los cuales podrán util. tatuaje o. placa metálica en la oreja.. Las terneras vacunadas deberán quedar amparadas con los certificados de vacunación.. La vacunación de terneras es obligatoria en todo el territorio nacional y solamente el ICA., por intermedio de la Divis:6n de Sanidad Animal, o • en quien ella delegue, podrá tomar la determinación en un momento dado, de suspender la obligatoriedad de vacunación en una Zona, Municipio o Departamento, de acuerdo con los resultados de los programas de erradicación de la enfermedad.. El programa de vacunación deberá continuarse por lo menos hasta cuando la prevalencia de animales infectados disminuya al 0.2 o menos en cada región, como resultado de un programa de control o erradicación y donde se cumplen todos los demás requisitos para evitar la reinfección del hato o del área.. DEFINICIONES. Bovinos reglamentariamente vacunados. El. Los animales se consideran reglamentariamente vacunados contra la brucelosis, cuando se han llenado los siguientes requisitos: -. La vacunación ha sido realizada bajo responsabilidad de un profesional veterinario, de acuerdo con lo establecido por la.
(25) resolución No. 025 del 6 de mayo de 1988 del Ministerio de Agricultura.. -. Se ha expedido el correspondiente certificado de vacunación.. -. Los animales vacunados han sido debidamente identificados.. -. La vacunación ha sido registrada en las oficinas del ICA. dentro de los 15 días después de efectuada ésta.. Bovinos reactores positivos.. Los bovinos se considera reactores positivos a la brucelosis, en los siguientes casos:. -. Bovinos no vacunados, cuando sus sueros en la prueba de agli'tinación de placa o de tubo, dan un título completo. la. dilución 1:100 o mayor. -. Bovinos mayores de 2+ meses que fueron reglamentariamente vicunados a la edad de 3 a 7 meses, si sus sueros tienen un título de aglutinación completa de 1:200 o mayor. Los bovinos vacunados reglamentariamente y que sean menores de 24 meses, no es necesario someterlos a las pruebas diagnóst cas de aglutinación. Para su movilización y demás fines comerciales, solamente se exige el certificado de vacunación y la res— pectiva identificación del animal.. Bovinos reactores sospechosos. Se considera los bovinos reactores sospechosos a la brucelosis, en los siguientes casos: -. Animales no vacunados, cuyos sueros den un título de aglutinación. 4.
(26) 25. incompleta en 1:50, aglutinación completa 1:50y aglutinación incompleta 1:100. - Bovinos de 24 meses o más, vacunados reglamentariamente y cuyos sueros den un título de aglutinación incompleta 1:100, aglutinación completa l:lOOy aglutinación incompleta 1:200.. Bovinos reactores negativos. Los bovinos se consideran serológicamente negativos a la brucelosis, en los siguientes casos:. -. Animales no vacunados, cuando sus sueros dan títulos de aglutinación completa de 1:25 o menor.. -. Animales reglamentariamente vacunados y que sean mayores de 24 meses, si sus sueros dan una aglutinación completa de 1:50 o menor.. Cerdos reactores positivos. Se consideran reactores positivos:. -. Cualquier cerdo cuyo título ce aglutinación dé una reacción completa de 1:100 o mayor a la prueba de placa o tubo.. -. Todos los cerdos que den una reacción positiva a la prueba de la tarjeta o que se encuentren infectados por otros procedimientos diagnósticos.. NOTA: En porcinos no se consideran reacciones sospechosas a brucelosis. Cerdos reactores negátivos En muchas porquerizas se pueden observar reacciones débiles en ausencia de infecci6n, pero cuando hay porquerizas infectadas,.
(27) 26. también se observa el mismo fenómeno, por lo tanto, se consideran serológicarnente negativos:. -. Todo cerdo con un título de 1:50 o menor, siempre que en la piara no existan cerdos con irtulos de 1:100,o superior.. - Cualquier cerdo de una piara infectadao, de historial desconocido que dé una reacción de aglutinación entubo de 1:25 o menor o que no dé ninguna reacción a la prueba de la tarjeta, de la inactiv3ci6n por el calor a 56C, a la prueba de rivanol o a la prueba 1e1 2 - mercaptoetanol.. La prueba rápida de agiutinació en placa no es recomendable en cerdos. -. En los cerdos, las pruebas serológicas son ti les para detectar brucelosis en una porqueriza, pro para el diagnóstico individual su valor es muy limitado.. METODOLOGIA DE TRABAJO A NIVEL DE CAMPO. Estudios de prevalencia.. Los datos reportados por los Centros de Diagnóstico del ICA, sobre los resultados de las pruebas serológicas que ellos realizan para bruelosis, dan una idea sobre el grado de infección en cada departamento, en cada región y en cada hato y en tal sentido un estudio de prevalencia en una área o en una finca, solamente se justifica cuando no se ha tomado alit ninguna información al respecto.. *.
(28) -. 27. En otros casos, se justificaría como práctica de entrenamiento este tipo de estudios. Ademós, los estudios de prevalencia se justifican cuando se van a adelantar acciones de control y erradicación o en tltimo caso, para evaluar la situación después de adelantar un programa estricto de control.. Antes de adelantar estos estudios, es necesario tener muy bien programada su apI icac ión práctica o sea el plan que se va a seguir de acuerdo con los resultados obtenidos.. Como conclusión de estos planteamientos, se establecen las siguientes normas:. Los estudios de prevaicncia de la brucelosis a nivel nacional, serán programados por la División de Sanidad Animal a través de la Sección de Campañas Sanitarias con el fin de evitar duplicidad de actividades y por lo tanto, racionalizar el manejo de los recursos humanos, físicos y financieros y además para definir con mayor precisión los procedimientos a seguir en las etapas siguientes del programa. La División de Sanidad Animal determinará las fechas en que se deben realizar estos estudios y dictará las normas del caso.. -. Los estudios a nivel regional solamente se podrán adelantar con la aprobación de la autoridad sanitaria del ICA en cada regional y con la coordinación de la Sección Nacional de Campañas Sanitarias.. -. A nivel de finca solamente si el caso se justifica y de acuerdo con los planteamientos anteriores, el veterinario de sector podrá adelantar estos estudios..
(29) 28. DECLARACION DE HATOS Y AREAS LIBRES. El declarar hatos o áreas oficialmeñt.libres de brucelosis, implica una serie de mecanismos que si bienestierto, no son difíciles de aplicar, en nuestro medio, no se han dado las condiciones epidemiológicas para ello. Por otra parte, el declarar un hato o una área oficialmente libre supone que se haya suspendido lavacunaci6n y en el hato o área y no se encuentren animales con vacuriacionés recientes.. Dentro del programa nacional de control de la brucelosis y de acuerdo con los avances alcanzados hasta el presente, se considera oportuno adelantar programas de erradicación de la enfermedad en algunas zonas a nivel de fincas y áreas. Los esfuerzos se deben enfocar hacia la eliminación total de la enfermedad . a nivei de finca y áreas, lo que conllevará a mayores éxitos en el desarrollo:. programa, ya que el. ganadero podrá evaluar los resultados. en.forma más rápida y efectiva. Por lo tanto, se deben limitar al máximolas, acciones parciales en las Fincas que no tengan objetivos definidos cómotomas de muestras de sangre y leche, que la mayoría de las veces no están enfocadas e un programa de eliminación de animales positivos. Es por ello que para el país se puede hablar de hatos y áreas libres o . negativcs a la enfermedad.. Este programa se adelantará cumpliendo las siguientes normas Concentración con el :ropietari'o del predio por la cual, éste se compromete a seguir estrictamente las indicaciones de] ICA, a desarrollar el programa completo yopermitir la reinfección de la finca con la introducción de animales positivos.. -. Las fincas deben inscribirsen en las oficinas del. 1 .C.A..
(30) 29.. -. El aislamiento de la finca en relación con las propiedades vecinas, cebe dar garantía de no permitir la entrada o salfda de animales sin control, principalmente por falta de cercas.. -. Todos los animales ciebern estar identificados con placas metálicas o plásticas para las orejas, o marcas al fuego o nitrógeno líquido.. -. Las fincas deberán estar sometidas a un programa de vacunación e identificación reglamentaria de todas las terneras de. 3. a. 7. meses. de edad. -. Cualquier aborto deberá ser analizado en un laboratorio de diagnóstico y las hembras abortadas serán aisladas, se les tomarán muestras de sangre a los 15 a 30 días después del abor:o para su anlisis.. -. Los animales reactores positivos a brucelosis, deberán ser marcados con una (s) en el cachete izquierdo, aislados y erviados al matadero oportunamente. Los animales adultos que ingresen a las fincas para reproducción deben ser certificados por el ¡CA como negativos a la enfermedad por pruebas serológicas.. Las hembras jóvenes deberán tener el corres-. pondiente certificado de vacunación. -. Las fincas deberán llevar registros de información sobre los resultados de los exámenes de laboratorio.. -. Los ganaderos que no cumplan con alguno de los requisitos, la finca se retirará del programa. Se considerará como. Finca Libre de Brucelosk Bovina ",. aquella que tenga por lo menos dos exámenes serológicos consecutivos negativos, para todas las hembras mayores de ocho meses que no han sido vacunadas, las hembras mayores de 24 meses vacunadas.
(31) 30. a la edad reglamentaria y los machos reproductores mayores de 8 meses. Estos exámenes se realizarán con un intervalo de 30 a 90 días entre las 2 pruebas. Con fines prácticos, es posible sangrar animales mayores de 1 año, machos y hembras.. - Toda finca que presente los 2 resultados serológicos negativos y cumpla con todos los demás requisitos exigidos para tal fin, le seré otorgado un certificado especial que así lo acredite. Este certificado será expedido por las autoridades de Sanidad Animal del ICA a nivel regional.. El certificado tendrá una vlidez del año y podrá ser renovado comprobando que el hato continúa libre de la enfermedad por pruebas serológicas o cuando se trata de hatos lecheros, por medio de las pruebas del anillo en leche o "Ring Test". Se ha demostrado que en el 97% de hatos con tres pruebas de anillo en leche negativas, no hay presencia de animales reactores positivos a las pruebas con suero sanguíneo.. ESTRATEGIAS DEL PROGRAMA. El programa nacional de control de la brucelosis en Colombia contempla adelantar sus actividades en función de las regiones y subregiones naturales, dando un tratamiento diferencial a cada subregión de acuerdo con su importancia ganadera, tipo de explotación predominante, densidad de población, flujos de ganado, infraestructura física existente y su clasificación como áreas de alta, mediana y baja prevalencia de brucelosis.. La clasificación de las 42 subregiones naturales del país, teniendo en cuenta su división política en departamentos y de acuerdo. a.
(32) 31. con los estudios sobre los promedios del grado de infección de la brucelosis en los últimos 10 años, la situación sanitaria se puede catalogar así: -. Departamentos con una prevalencia de O a 3°'; Meta - Quindio Caldas - Cauca - Tolima - Antioquia - Chocó y la Intendencia del Casanare.. -. Departamentos con prevalencia entre el 3 y 5%; Huila - Risaralda Valle - Norte de Santander - Atlántico - Caquetá y Santander. Departamentos con una prevalencia mayor del 5%; Bolívar, Boyacá, Cesar - Córdoba - Cundinamarca - La Guajira - Magdalena - Nariño Sucre y la Intendencia de Arauca. De acuerdo con esta clasificación se procederá de la siguiente manera:. -. Para áreas de baja prevalencia: vacunación de terneras, elimina--ción sistemática y controlada de los animales reaccionantes positivos con el fin de declarar fincas y áreas libres.. -. Para las áreas de mediana prevalencia: Vacunación obligatórk de terneras y eliminación paulatina y sistemática de los animales positivos con el fin de bajar los índices de infección.. -. Para las áreas de alta prevalencia: Vacunación obligatoria y masiva de terneras en edad reglamentaria y organización de programas de control a nivel de finca.. -. Todas las actividades deberán estar apoyadas por una campaña de educación y divulgación sanitaria continua y sistemática tendiente a concientizar a los ganaderos sobre la gravedad del problema..
(33) 32. CONTROL DE MOVILZACOW. Como premisa, se puede decir que el objetivo del control de la movilización de animales, es evitar la difusión de la enfermedad; sin embargo, teniendo en cuenta las características epidemiológicas de la brucelosis y con el fin de eliminar algunos factores negativos que en la práctica no han permitido hacer un control racional de estas movilizaciones, se establecen las siguientes pautas:. -. Se exigirán los exámenes serológicos con resultados negativos en los siguientes casos:. a). Cuando se trate de movilizaciones de animales para una área o finca que está desarrollando un programa organizado de control o erradicación.. b). Cuando se movilizan animales para ferias de remates o exposiciones. En estos casos, los exámenes se realizarán en los 30 días anteriores a la fecha de iniciación del certamen.. c). Cuando se movilizan animales de áreas de alta y mediana prevalencia, para zonas de baja prevalencia.. d). Movilización para áreas libres o negativas.. e). Cuando los bovinos van con destino a exportación.. f). Pera la movilización de terneras vacunadas y hasta una edad de Vi meses, s610 se exigirá el certificado correspondiente..
(34) 3. IMPORTACIONES DE HEMBRAS DE CRA Y MACHOS REPRODUCTORES. Además de las otras normas legales sobre importaciún, los requisitos para la brucelosis son los siguientes:. Certificado Oficial en que Conste:. -. 1.. Que los animales no presentan ningún signo clínico de bruce1oss el día del embarque.. 2.. Que fueron sometidos a pruebas serol6gicas con resultados nega':ivos.. 3.. Hembras menores de 20 meses, se exige solamente el certificado de vacunaci6n en el que conste que los animales fueron vacunados de 3 a 6 meses de edad con vacuna Cepa 19.. I . Hembras vacunadas j6venes y mayores de 20 meses, deberán dar ;msultados negativos de acuerdo con la reglamentaci6n vigente.. IMPORTACION DE SEMEN. Que los toros donantes del semen sean negativos a las pruebas sero16gicas y el semen sea negativo a las pruebas bacteriológicas..
(35) 3L. DECOMISOS EN MATADEROS. Cuando se sacrifican animales positivos ) para consumo humano, se debY)decomisar totalmente los fetos, úteros, glándulas mamarias y los más importantes ganglios linfáticos. En los machos se deben decomisar los testículos. Todos los órganos decomisados deberán ser incinerados por el riesgo que ofrecen de contaminación tanto para el hombre como para otros animales.. El.
(36) 35. MINISTERIO DE AGRICULTURA RESOLUC ION NUMERO 0254 DE ( 00 MAY 1988. Por la cual se dicta medidas sanitarias para el control y erradicación de la Brucelosis Animal (aborto infeccioso).. EL MNSTRC DE AGRICULTURA. en uso de sus atribuciones legales y en especial de las que le confiere los Decretos Nos. 1795 de 1950; 2375 de 1970; 133 de 1976; la Ley 9a. de 1 979, y el Decreto 2257 de 1986, y. CONSIDERANDO. Que es deber del Gobierno Nacional velar por la sanidad agropecuaria y preservar la salud humana.. Que la Brucelosis o aborto infeccioso es una de las enfermedades que produce grandes pérdidas económicas a la ganadería nacional y consttuye un grave peligro para la salud pública.. Que de acuerdo con los avances logrados en los programas de control, es necesario actualizar la legislación existente para avanzaren la lucha contra la enfermedad..
(37) 36.. Que existen áreas ganaderas en el país con bajos Cndices de prevalencia de brucelosis bovina y que mediante la certificación de hatos. áreas. libres de la enfermedad, se facilitaría su erradicación, ofreciendo una fuente de reemplazo de animales libres de infección y estimulando la exportación de animales para reproducción.. Que es necesaria la participación de las entidades del sector ganadero, de los productores pecarios y de los profesionales Médicos Veterinarios del sector privado en el desarrollo de los programas sanitarios.. RESUELVE. ARTICULO PRIMERO.- El Instituto Colombiano Agropecuaro-ICA., tendr la responsabilidad de organizar, drigir y ejecutar el programa nacional de prevención, control y erradicación de l brucelosis de los animales domésticos.. Las entidades del sector agropecuario, asociaciones ganaderas, fondos ganaderos, ganaderos y los profesionales Médicos Veternarios, están en la obligación de cumplir las normas reglamentarias que rigen al programa.. ARTICULO SEGUNDO.- El programa de lucha contra la brucelosis estar orientado principalmente a controlar la enfermedad en la especie bovina y secundariamente en las demás especies susceptibles de contraer la enfermedad como porcinos, ovinos, caprinos y equinos, y tendrá como fin la erradicación de la enfermedad en el territorio nacional.. ARTICULO TERCERO.- El programa se adelantará en todo el territorio nacional, de acuerdo con la prevalencia de la enfermedad en las distintas reaiones ganaderas y teniendo en cuenta los.
(38) 37. siguientes. cr¡ter¡os:. - Para áreas con un bajo índice de prevalencia se efectuar la vacunación de terneras; la eliminación sistemática y controlada de los animales positivos; el establecimiento de hatos y áreas libres de la enfermedad y el control de entrada de animales para reproducción. - Podrán estar exentas de la obligación de vacunar terneras las fincas o áreas declaradas oficialmente Libre de BrucelosisH cuarco el Instituto Colombiano Agropecuario-ICA., así lo determine. - En áreas de mediana prevalencia seré necesario efectuar activic3des combinadas de separación de animales infectados, eliminación de los mismos para matadero y vacunación de terneras. - En las áreas de alta prevalencia se diseñaran programas de vacL'ación masiva con el fin de bajar los rndices de infección.. ARTICULO CUARTO.-. Las pruebas diagnósticas requeridas para el programa oficial de control y erradicación, estarán a cargo. de los Centros deDiagnóstico Veterinario del Instituto Colombiano Agropecuario ¡CA, y deaquel los laboratorios registrados y autorizados nor el ¡CA.. ARTICULO QUINTO.-. Las pruebas diagnósticas se realizarán con los intervalos y en la cantidad que la División de Sanidad. Animal del ¡CA determine.. ARTICULO SEXTO.-. El Instituto Colombiano Agropecuario-lOA., por intermedio de la División de Sanidad Animal, podrá. establecer zonas o áreas de erradicación de la enfermédad con car:ter obligatorio. ARTICULO SEPTIMO.- Establécese la vacunación obligatoria de las H.-nibras bovinas, de tres (3) a siete (7) meses de edad con.
(39) 38. la vacune Brucella Abortus Cepa 19 y por una sola vez.. PARAGRAFO.-. El Instituto Colombiano Agropecuario-ICA, podrá ambiar los planes de vacunación, la e.ad reglament3ria. y el tipo de vacuna, de acuerdo con los adelantos técnicos futuros.. ARTICULO OCTAVO.- La vacunación deberá estar controlada por un Médico Veterinario oficial oen ejercicio particular, y con Matrícula Profesional del Ministerio de Agricultura, quienes instruirán al ganadero sobre el manejo y aplicación de 11 vacune.. ARTICULO NOVENO.- El control de la calidad de la vacyna Cepa 19 y os antígenos pera el diagnóstico de la enfermedad, • staré a cargo del Instituto Colombiano Agropecuario-ICA, a través de la División de Insumos Pecuarios, de acuerdo con la reglamentación es':.-iblecida o que se establezca en el futuro.. ARTICULO DECIMO.- El Instituto Colombiano Agropecuario-ICA, reglamentaré lo relacionado con el control de movilización de los animales para reproducción, de acuerdo con los índices de prevalencia de la enfermedad y los programas de erradicación que se estén ejecutando.. ARTICULO DECIMO PRIMERO.- Las entidades crediticias y de fomento pecuario de carácter oficial, darán tratamiento preferencial a las solicitudes de crédito que requieran los propietarios de ganaderías que estén involucradas en planes de control y erradicación de la bruceIosis.. ARTICULO DECIMO SEGUNDO.- Las violaciones a la presente Resolución serán sancionadas por Resolución motivada que expedirá el ICA..
(40) ARTICULO DECIMO TERCERO.- Según la gravedad de la infracción, se podrá sancionar a los infractores con multas sucesivas hasta por una suma equivalente a 10.000 salarios diarios mínimos legales al máximo valor vigente en el momento de dictarse la respectiva Resolución. ARTICULO DECIMO CUARTO.-. Contra las providencias que inpongan las sanciones de que trata el Artículo anterior,. proceden los recursos previstos en el Decreto Ley 01 de 1984. ARTICULO DECIMO QUINTO.-. Los funcionarios del Instituto Colombiano Agropecuario-ICA, que están en la oblice-. ción de hacer cumplir las disposiciones de la presente Resolución, gozarán en. el desempeño de sus funciones del amparo protección de las autoridades civiles y militares y tendrán carácter de funciorarics de Po] Tcia Sanitaria. Ei. ARTICULO DECIMO SEXTO.-. Los propietarios de las fincas tienen la obligación de permitir la entrada a. mismas de los funcionarios oficiales del Programa con el fin de celantar actividades de control y erradicación de la enfermedad. ARTICULO DECIMO SEPTIMO.- Facúltese al Instituto Colombiano Agropecuario ICA, para reglamentar la presente Resolución. ARTICULO DECIMO OCTAVO.-. La presente Resolución deroga las Resolu-. ciones No. 673 de 1970; 261 de 1977 y demás disposiciones que le san contrarias y rige a partir de la fecha de su publicación en el Diario Oficial. PUBLIQUESE Y CUMPLASE.1. Dada en Bogotá D.E. LUIS GUILLEMRO PARRA DUSSAN Ministro de Agricultura. MAURICIO PIMIENTO BARRERA Secretario General..
(41) 140. RESOLUCION No. 3193 del 11 de OCT.. 1988. Por la cual se reglamenta la resolución 025 4. de. 1988. del Ministerio de AgriculVI. tura, sobre control y erradicación de la brucelosis animal.. EL GERENTE GENERAL DEL INSTITUTO COLOMBIANO AGROPECUARIO ICA. en uso de sus facultades legales y en especial las que le confiere la resolución. 0254. de. 1988. del Ministerio de. Agricultura y,. CONSIDERANDO. Que la brucelosis o aborto infeccioso es una de las enfermedades que produce mayores pérdidas económicas a la ganadería nacional y constituye un grave peligro para la salud pública. Que mediante la resolución No.. 02514. de mayo. 6. de. 1988,. el Ministerio. de agricultura reformuló el programa nacional para el control y erradicación de la brucelosis animal. Que la mencionada resolución faculta al ICA para su reglamentación. Que es función del ICA velar por la salud de la ganadería colombiana.. RESUELVE ARTICULO PRIMERO.- Para adelantar los programas de control y erradicación de la enfermedad en el país y de acuerdo con.
(42) 1. 41 "Por la cual se reglamenta la resolución ministerial 025 4 de 1988, sobre control y erradicación de la brucelosis animal".. la prevalencia actual en los bovinos, se establece la siguiente clasificación: A rea s de alta prevalencia: Departamentos de Bolívar, Boyacá, Cesar,. -. Córdoba, Cundinamarca, La Guajira, Magdalena, Nariño, Sucre y la Intendencia de Arauca. - Areas de mediana prevalencia: Departamentos de Atlántico, Caquet, Chocó, Norte de Santander, Santander, Risaralda, Valle del Cauca, Intendencia de Casanare y Putumayo. -. Areas de baja prevalencia: Departamentos de Antioqula, Caldas, Cauca, Huila, Meta, Quindío y Tolima.. PARAGRAFO PRIMERO.- Para adelantar los programas de control en estas áreas se seguirán las pautas establecidas por el Ministerio de Agricultura, según resolución No. 0254 de mayo 6 de. 1988 y el Manual de Normas y Procedimientos del ICA. PARAGRAFO SEGUNDO.- En las sres de baja prevalencia, el ICA, por intermedio de la División de Sanidad Animal, podrá ordenar la suspensión de la vacuna, solamente cuando se hayan cumplido las normas y requisitos establecidos en el Manual de Normas y Procedimientos para declarar "sres libres de la enfermedad". ARTICULO SEGUNDO.-. Las entidades del sector agropecuario prestarán su apoyo en los programas de control de la enfer-. medad y en los aspectos relacionados con la divulgación. ARTICULO TERCERO.-. Los consejos regionales asesores del proyecto de control de la fiebre aftosa y otras enfermedades. vesiculares establecidas por medio de la resolución 0073/88, prestarán todo su apoyo a los programas de control de la brucelosis, definiendo.
(43) "Por la cual se reglamenta la resolución ministerial 0254 de 1988, sobre control y erradicación de la brucelosis animal".. las estrategias y acciones que se deben adelantar a nivel local. ARTICULO CUARTO.- Se considera un hato serológicamente libre de brucelosis cuando los bovinos han dado resultados negativos a dos pruebas serol6gicas consecutivas con intervalos no menor de un mes, ni mayores de tres meses. A estos hatos les será otorgado un certificado oficial que así lo acredite. PARAGRAFO PRIMERO.-E1 certificado de hato libre tendrá una validez de un año y podrá ser renovado con tres pruebas del anillo en leche negativas con un intervalo de treinta (30) días cada una o en su defecto un chequeo serológico total con resultados negativos. PARAGRAFO SEGUNDO.-Se denominará "área libre" cuando varias Fincas contiguas y bien delimitadas de una región cumplan con los requisitos establecidos para tal fin. PARAGRAFO TERCERO.-Para los exámenes de los hatos, se sangrarán todas las hembras mayores de ocho meses de edad, que no hayan sido vacunadas a la edad reglamentaria y los machos para reproducción mayores de ocho meses de edad. Las hembras reglamentariamente vacunadas, serán examinadas serológicamente después de los veinticuatro (24) meses de edad. PARAGRAFO CUARTO.- La interpretación de los resultados serológicos de las hembras vacunadas y no vacunadas y de los machos reproductores, se hará de acuerdo a laspautas establecidas en el Manual de Normas y Procedimientos del programa de control de la brucelosi s. ARTICULO QUINTO.- Los animales positivos a la brucelosis deberán ser debidamente identificados por medio de una "B". 1.
(44) 143. "Por la cual se reglamenta la resolución ministerias 025 14 de 1988, sobre control y erradicación de la brucelosis animal".. permanente con hierro o marca fría en el cachete izquierdo, serán aislados y su destino será para matadero. PARAGRAFO.-. Los animales que resulten sospechosos a una primera prueba, serán aislados y sometidos a una segunda prueba. en un plazo no menor de treinta (30) días ni mayor de noventa (90) días y si el título sospechosos permanece o aumenta, el animal se considera positivo y debe ser identificado y enviado para matadero. Si el título disminuye el animal se considera negativo y podrá ser reintegrado al rebaño. ARTICULO SEXTO.- Para el diagnóstico serológico de la enfermedad, 5e utilizarán las pruebas estandar de aglutinacíón en placa o tubo, pudiéndose a juicio de los funcionarios competentes, efectuar otras oruebas suplementarias. PARAGRAFO PRIMERO.- La toma de muestras para adelantar el programa ser' responsabilidad del personal oficial y de los médi cos veterinarios en ejercicio particular de la profesión reservándose el CA la facultad de repetir las muestras que considere necesarias para confirmación de los diagnósticos. PARAGRAFO SEGUNDO.- La toma de muestras y las pruebas diagnosticas para los animales destinados a la exportación,sern realizadas únicamente por funcionarios y laboratorios oficiales.. ARTICULO SEPTIMO.-. La vacunación de terneras contra la brucelosis deberá ser registrada por el profesional responsable de la. misma en las oficinas de Sanidad Animal del ICA o en cíuien éste delegue, en un plazo no mayor de quince (15) días después de su realización..
(45) 1413. "Por la cual se reglamenta la resolución ministerial 0254 de 198e, sobre control y erradicación de la brucelosis animal".. ARTICULO OCTAVO.- Las terneras vacunadas, se identificaran por medio de una marca indeleble en "V' en la región masetérica derecha o en su defecto, con un tatuaje o placa metálica en la oreja. PARAGRAFO.-. Queda terminantemente prohibida la vacunación de machos para reproducción y hembras adultas.,. ARTICULO NOVENO.- Para la movilización de hembras y machos para la reproducción, se exigirán las pruebas serológicas diagnósticas con resultados negativos, en los siguientes casos: a). Movilización de áreas de alta y mediana prevalencia, para zonas de baja prevalencia.. b). Movilización para las áreas controladas, libres o para zonas donde se estén desarrollando programas de erradicación.. c). Movilización de animales con destino a exposiciones, y remates. Las pruebas serológicas deberán ser practicadas dentro de los treinta (30) días anteriores a la fecha de iniciación del certamen.. d). Para la movilización de animales de fincas acreditadas como libres, no seexijirn análisis serológicos.. PARAGRAFO PRIMERO.-. Las hembras vacunadas reglamentariamente y hasta los veinticuatro (213) meses de edad, para u mo-. vilización solamente se necesita presentar el certificado de vacunación. PARAGRAFO SEGUNDO.-. Facltese a las Gerencias Regionales para reglamentar los aspectos de movilización no contemp'-. dos en la presente norma, mediante resolución motivada. PARAGRAFO TERCERO.-. Queda prohibida la comercialización con fines de. 4'.
(46) 15. Por la cual se reglamenta la resolución ministerial 0254 de 1988, sobre control y erradicación de la brucelosis animal.. reproducción de animales positivos en la enfermedad.. Solamente se podrán movilizar para mataderos.. ARTICULO DECIMO.-. Las violaciones a la presente resolución serán sancionadas por resolución motivada espedida. por este Intituto.. ARTICULO DECIMO PRIMERO.- Seg5n la gravedad de la infracción, se podrá sancionar a los infractores con multas sucesivas hasta por una suma equivalente a 10.000 salarios diarios mrnimos legales al máximo valor vigente en el momento de dictarse la respectiva resolución.. ARTICULO DECINO SEGUNDO.- FacGltase a las Gerencias REgionales del ICA, para definir en cada regional al establecimiento de hatos y áreas libres de acuerdo con la situación de la enfermedad y con la infraestructura disponible.. ARTICULO DECIMO TERCERO.- La presente resolución rige a partir de la fecha de su expedición.. PUBLIQUESE Y CUMPLASE.Dada en Bogotá, D.E.. GABRIEL MONTES LLAMAS. SILVIA FORERO DE GUERRERO. Gerente. Secretario General..
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