ÍNDICE
•
Convenios internacionales aplicables al
manejo de plaguicidas.
•
Legislación
aplicable
al
movimiento
transfronterizo de plaguicidas.
•
Opinión
técnica
en
el
registro
de
plaguicidas.
•
Planes de manejo de residuos plaguicidas.
(Envases
vacíos
que
contuvieron
Convenios Internacionales Aplicables a la Gestión de los
Plaguicidas a Reflejar en la Legislación Nacional
• Convenio de Rotterdam sobre el Procedimiento de Consentimiento Fundamentado Previo Aplicable a Ciertos Plaguicidas y Productos Químicos Peligrosos Objeto de Comercio Internacional (2004)
• Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (2004)
• Convenio de Basilea sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación (1992)
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Sustancias del Convenio de Estocolmo
Listado 12 COP iniciales Listado nuevos COP
Aldrin Clordecona
Clordano Alfa hexaclorociclohexano
Endrín Beta hexaclorociclohexano
Dieldrin Lindano
DDT Endosulfan
Heptacloro Pentaclorofenol
Hexaclorobenceno (plaguicida y no
intencional) Pentaclorobenceno (Plaguicida y uso industrial)
Mirex Hexabromociclododecano
Toxafeno Hexabromobifenilo
Dioxinas (no intencional) Octa-BDEcomercial
Furanos (no intencional) Penta-BDEcomercial
Bifenilos policlorados Ácido sulfónico de perfluorooctano (PFOS) y fluoruro de sulfonilo perfluorooctano (PFOS-F) Hexaclorobutadieno Naftaleno clorados (industrial y no intencional)
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Convenio de Rotterdam sobre el PICFP Cómo funciona?
• Proporciona un sistema de alarma sobre productos químicos potencialmente peligrosos
• Proporciona la base para las decisiones respecto a futuras importaciones de productos químicos
• Ayuda a hacer cumplir esas decisiones de importación Se aplica a:
Productos químicos prohibidos o rigurosamente restringidos para proteger la salud humana o el medio ambiente
Formulaciones plaguicidas extremadamente peligrosas (SHPF) - que causan problemas en las condiciones en que se usa en países en desarrollo o en países con economías en transición
Reglamento en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos.
publicado en el DOF 28/12/2004 modificado el 13/02/14(Arts. 30 al 38)
Reglamento PLAFEST
(Arts. 30 al 38)
FUNDAMENTO JURIDICO
(Materiales)
Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de las dependencias que integran la Comisión Intersecretarial para el
Control del Proceso y Uso de Plaguicidas, Fertilizantes y Sustancias Tóxicas. (Acuerdo PLAFEST).
Publicado en el DOF 12/04/2013 con modificaciones el 19/03/14
Acuerdo PLAFEST
Acuerdo que establece la clasificación y codificación de mercancías cuya importación y exportación está sujeta a regulación por parte de la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Acuerdo
SEMARNAT) Publicado en el DOF con modificaciones el 19/03/14.
Acuerdo SEMARNAT
(Apartado Quinto)
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Subsecretaria de Gestión para la Protección al Ambiente
REQUISITOS REGLAMENTO
(Exportación Arts. 35)
EXPORTACIÓN • Generales (Solicitud)
• Póliza de Seguro (e)
a) Estándares analíticos; b) Muestras experimentales;
e) Para cantidades menores o iguales a 400 kilogramos o litros por evento de exportación;
• Medidas de Seguridad
• Solicitud de Consentimiento Previo
(Art.35)
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Subsecretaria de Gestión para la Protección al Ambiente
REQUISITOS REGLAMENTO (Importación Art. 30)
IMPORTACIÓN • Generales (Solicitud y Pago de Derechos)
• Permiso COFEPRIS • Póliza de Seguro (e)
La póliza no se presenta cuando: a) Estándares analíticos;
b) Muestras experimentales;
c) Cuando se trate de importaciones realizadas por las dependencias y entidades de la
administración pública federal;
d) En el caso de importaciones temporales, y
e) Para cantidades menores o iguales a 400 kilogramos o litros por evento de importación;
• Medidas de Seguridad
(Art.30)
Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales Subsecretaria de Gestión para la Protección al Ambiente
COFEPRIS
SEMARNAT SAGARPAREGISTRO
Reglamento en Materia de Registros, Autorizaciones de Importación y Exportación y Certificados de Exportación de Plaguicidas, Nutrientes Vegetales y Sustancias y Materiales Tóxicos o Peligrosos(publicado en 2004) y Decreto de Modificación. (Publicado en
el año 2014)
Opinión técnica
Información administrativa
Identidad y composición
Información toxicológica
Información ecotoxicológica y de destino ambiental
Información relativa a las propiedades físicas
relacionadas con el uso, LMR…
Expediente compuesto de 5 apartados
REGISTRO
• Movilidad y persistencia en agua y suelo
• Degradación en agua, suelo y plantas.
• Efectos en fauna y flora terrestre
• Efectos en fauna y flora acuática
• Efectos en insectos benéficos y polinizadores
• Proyecto de etiqueta Estudios que revisa
SEMARNAT
Realizados conforme a guías internacionales
ÁREAS DE OPORTUNIDAD EN EL REGISTRO
•
Los plaguicidas registrados antes de 2005 tienen una
vigencia indefinida
•
La LGEEPA no da atribuciones a la SEMARMAT para
prohibir
plaguicidas
que
representen
un
riesgo
significativo para el medio ambiente
•
El reglamento PLAFEST y el Decreto de modificación,
no especifica un procedimiento para la cancelación de
registros
•
El registro se otorga con la entrega de expediente
completo y cumplimiento de requisitos, no se lleva a
cabo una evaluación de riesgos ecotoxicológicos
•
El Reglamento PLAFEST y el Decreto de modificación,
no solicita la entrega de información adicional para la
prórroga de registros de plaguicidas
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Generalidades
¿Qué son los Planes de Manejo?
Plan de Manejo
(instrumento de
gestión)
Objetivo
Minimizar y
Valorizar residuos
Criterios
Eficiencia Ambiental
Tecnológica
Económica, y Social
Principios
Responsabilidad compartida
I. Aceites lubricantes usados.
II. Disolventes orgánicos usados.
III. Convertidores catalíticos de vehículos automotores.
IV. Acumuladores automotores conteniendo Plomo.
V. Baterías eléctricas a base de mercurio o de níquel-cadmio
VI. Aditamentos que contengan mercurio, cadmio o plomo.
VII. Lámparas fluorescentes de vapor de mercurio.
VIII. Fármacos.
IX. Plaguicidas y sus envases que contengan remanentes de los mismos.
X. Compuestos orgánicos persistentes como los bifenilos policlorados.
XI. Lodos de perforación base aceite, provenientes de la extracción de combustibles fósiles y lodos provenientes de plantas de tratamiento de aguas residuales cuando sean considerados como peligrosos.
Productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos.
Artículo 31 de la LGPGIR.
Sujetos obligados a presentar Planes de Manejo para su registro ante SEMARNAT.
Grandes Generadores de Residuos Peligrosos
Los productores, importadores, exportadores y distribuidores de los productos que al desecharse se convierten en residuos peligrosos
Sujetos obligados
Art. 17 y 28 de la LGPGIR
Aspectos a considerar con base al Art.
29 de la LGPGIR.
1. Los procedimientos para su acopio, almacenamiento, transporte y envío a reciclaje,
tratamiento o disposición final, que se prevén utilizar;
2. Las estrategias y medios a través de los cuales se comunicará a los consumidores, las
acciones que éstos deben realizar para devolver los productos del listado a los
proveedores o a los centros de acopio destinados para tal fin, según corresponda;
3. Los procedimientos mediante los cuales se darán a conocer a los consumidores las
precauciones que, en su caso, deban de adoptar en el manejo de los productos que
devolverán a los proveedores, a fin de prevenir o reducir riesgos.
Usuarios finales de plaguicidas -Generador Transporte no más de 200 Kg. Centro de acopio temporal CAT Destino final, con empresas autorizadas Llenar la bitácora de
recepción y entrega Centros de acopio primario CREV
Operación de los Planes de Manejo
Seguir la técnica de triple lavado
Separación de tapas de envases y poner en bolsas
de plástico calibre 300 Secar y perforar
Volumen máximo de capacidad: 400 Kg.
Separar por tipo de plástico
Compactar Elaborar pacas de 40 kg. Transporte autorizado
Pesar y dar el recibo de entrega recepción de los envases provenientes
del CREV; generar la bitácora y los manifiestos de entrega-transporte-recepción