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Modificaciones tributarias para el 2007: Impuesto General a las Ventas. Cecilia Delgado Ratto 1

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(1)

Modificaciones tributarias para el 2007:

Impuesto General a las Ventas

(2)

Cecilia Delgado Ratto 2

Ampliar la base tributaria sin crear nuevos

impuestos

Lograr mayor eficiencia, equidad y simplicidad en

el Sistema Tributario

Contar con un Sistema Tributario predecible que

favorezca el clima de inversión

Objetivos

(3)

Ley de Delegación de Facultades

Temas ya Regulados

Temas pendientes

Operación no gravada: servicios financieros Prorrogar o eliminar las exoneraciones y beneficios

Actualizar el Régimen de Recuperación Anticipada del IGV

Flexibilizar y perfeccionar su regulación, estructura y

administración Comercio exterior

Perfeccionar y ampliar las actividades sujetas al Régimen de Recuperación Anticipada de IGV

(4)

Cecilia Delgado Ratto 4

Servicios de crédito: Inafectación del IGV

Numeral 1 del

Apéndice II de la LIGV

Efectos a partir 1.1.07

No se requiere prorrogar el plazo de vigencia

Se considera como operación excluida de la prorrata

(Identificación específica) Exoneración de IGV a

los servicios de crédito

Inciso r) del art. 2 de la LIGV Servicios de crédito no gravados con IGV

(5)

Empresas bancarias y financieras

Cajas Municipales de Ahorro y Crédito Cajas Municipales de Crédito Popular EDPYME

Cooperativa de Ahorro y Crédito Cajas Rurales de Ahorro y Crédito

Inciso r) del art. 2 LIGV:

Sólo los ingresos percibidos por:

Empresas de Operaciones Múltiples

(6)

Cecilia Delgado Ratto 6

Servicios de crédito: Inafectación del IGV

Por concepto de:

Ganancias de capital por compraventa de letras de cambio, pagarés, facturas

comerciales y demás papeles comerciales.

Comisiones o intereses derivadas de las operaciones propias de estas empresas.

(7)

¿Ganancias de capital?

Se modifica Títulos Valorespor letras de cambio,

facturas comerciales

Operaciones propias

Operaciones propias

Rendimientos inafectos al IGV

Intereses

(8)

Cecilia Delgado Ratto 8

¿En qué consiste la modificación?

¿Existía disposición normativa alguna que defina

las operaciones gravadas?

(9)

Hasta 2006

D. S. 52-93-EF establece relación de operaciones gravadas.

+

5ta DTF del D.S. 64-2000-EF

Operaciones que no son exclusivas

de las empresas bancarias y financieras + Informe 39-2001-SUNAT (27-02-2001): D.S. 52-93-EF no es taxativo Operaciones financieras gravadas con IGV

(10)

Cecilia Delgado Ratto 10

a) Custodia de bienes y valores b) Alquiler de cajas de seguridad c) Comisiones de confianza

Operaciones financieras

gravadas con IGV - 2007

( i) administrar bienes, (g)

(ii) cobrar créditos o documentos,

(iii) comprar y vender acciones, bonos y demás valores mobiliarios,

(iv) percibir dividendos e intereses,

(v) representar a los titulares de acciones, bonos y valores (h)

Num. 14 del art. 275 de la LGSFN:

Celebrar mandatos con o sin representación, poderes generales o especiales

(11)

e) Asesoría financiera sin manejo de dinero de sus clientes o de portafolios de inversiones.

d) Arrendamiento financiero y de bienes muebles e inmuebles

i) Operaciones que efectúen las empresas subsidiarias de los bancos e instituciones financieras y crediticias.

Empresa de arrendamiento financiero (numeral 7 del art. 282 de la LGSFN)

¿Lista taxativa? ¿Operaciones

Operaciones financieras

gravadas con IGV - 2007

(12)

Cecilia Delgado Ratto 12

Conclusiones

Deja sin efecto D. S. 52-93-EF

Operaciones gravadas

Las detalladas en la DCF del D. Leg. 965: D. S. 52-93-EF + Comisiones de confianza de LGSFN +

Las no incluidas en el inciso r) del artículo 2 de la LIGV

(13)

Operaciones inafectas

-Ganancias de capital -Intereses

-Comisiones

Intermediación financiera:

“actividad habitual consistente en la captación de recursos, bajo cualquier modalidad y su colocación en forma de créditos o inversiones.” (anexo glosario LSFN)

Operaciones propias vinculadas al

servicio de crédito

(14)

Cecilia Delgado Ratto 14

Apéndice I

Venta en el país o importación de vegetales, frutas y bienes comestibles.

La 1era venta de inmuebles por sus constructores, siempre que valor de venta no supere las 35 UIT.

Hasta 31.12.09

Prórroga de exoneraciones

del Apéndice I y II (*)

(*) Previa evaluación de la necesidad de su permanencia (Art. 79 de la Constitución previo informe MEF)

(15)

.

Los intereses de:

(i ) Valores mobiliarios emitidos mediante oferta pública o adquiridos a través de mecanismo centralizado de negociación.

(ii) Cobro de créditos transferidos en dominio fiduciario.

Los ingresos del Fondo MIVIVIENDA por operaciones de crédito con empresas bancarias y financieras.

Los ingresos, comisiones e intereses derivados de las operaciones de crédito que realice el Banco de Materiales.

Apéndice II

Prórroga de exoneraciones

del Apéndice I y II

(16)

Cecilia Delgado Ratto 16

Prorroga de la devolución

definitiva del IGV

Ley No. 27623 Empresas titulares de concesiones mineras

Ley No. 27624

Empresas que exploran hidrocarburos Devolución definitiva del IGV Vigente hasta el 31.12.09 Vigente hasta el 31.12.09 Alivio financiero durante etapa preoperativa

(17)

Temas Pendientes

Recuperación Anticipada del IGV

1. Reordenar los diversos regímenes vigentes

2. Rediseñar su esquema para aplicarlos a:

Actividades

Generadoras de empleo significativo

(18)

Cecilia Delgado Ratto 18

Cuadro comparativo

Recuperación Anticipada del IGV

Recursos Naturales Minería Petróleo

D. Leg. 818

Ley 27623

Ley 27624

Contrato con el Estado según leyes sectoriales, para la exploración,

desarrollo y/o explotación de recursos naturales por un plazo mayor a 4 años. Titular de concesiones mineras. Cronograma de inversión mayor a US$ 500,000. Empresas que suscriban contratos con PETROPERU S.A. y Convenios de evaluación técnica.

(19)

Recuperación anticipada de IGV

Actividades que gozan del D. Leg 818

Minería

Hidrocarburos

Infraestructura y servicios públicos Generación de energía eléctrica con recursos hidráulicos y otros renovables

Debe estar incluida cualquier actividad con fase pre-operativa amplia

(20)

Cecilia Delgado Ratto 20

Recuperación Anticipada del IGV

Importancia:

La ley 27623 es más amplia que D. Leg. 818, ya que no

todas las empresas mineras suscriben contratos con el Estado, al amparo de leyes sectoriales.

D. Leg. 818 Contrato Sectorial Contrato de estabilidad al amparo de la LOM Contrato de licencia al amparo de la LOH Contrato de concesión

para obras de infraestructura o servicios públicos.

(21)

Reserva de ley para los requisitos formales para efectos del crédito

fiscal de IGV, los cuáles deben ser subsanables.

Legalización previa Plazo de anotación de comprobantes Eliminarse o su incumplimiento ser subsanable Eliminarse o su incumplimiento ser subsanable

Temas pendientes

(22)

Cecilia Delgado Ratto 22

Comercio exterior

Servicios de comisión mercantil

Productos fabricados en el Perú, colocados en el exterior

Productos fabricados en el

exterior, colocados en el Perú (2 q) Por domiciliado

a favor de

no domiciliado

Utilización económica en el exterior Exportación de servicios

Referencias

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