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LAS REDES SOCIALES ASPECTOS MÁS IMPORTANTES

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LAS REDES SOCIALES

(2)

índice

Los niños e Internet

Consejos para controlar el uso de Internet

Las redes sociales

¿Qué son?

¿Por qué es popular entre los adolescentes?

¿Qué riesgos existen?

Políticas de privacidad y condiciones de uso

Buenas prácticas y consejos

Red Social Local

www.escupe.com

Referencias y webs de interés

(3)

Los niños e Internet

Desde que nacen nuestros hijos controlamos todas sus acciones. No permitimos que hablen con extraños, supervisamos sus juguetes, lo que ven en la televisión, etc.

Internet es una herramienta que como las anteriores tiene sus pros y sus contras. Pero es inevitable que los niños accedan a Internet. Es parte de su desarrollo social y

educativo. Internet proporciona noticias, bibliotecas, materiales formativos y educacionales de valor, además de servicios de diversión y comunicación.

Pero todo esto se puede volver en contra si no existen límites y sobre todo una supervisión adulta. No podemos menospreciar el acceso que hagan los niños. En la red se pueden encontrar contenidos no aptos a los niños. Sexo, violencia, drogas, etc.

Nuestros hijos deben estar informados de los peligros y limitar sus accesos de algún modo.

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Consejos para controlar el uso de Internet

 El ordenador debe estar en una zona compartida por la familia.

 Se deben establecer horarios de utilización del ordenador e Internet.  Compartir algunas actividades en la Red con los niños.

 Enseñar a proteger sus contraseñas.

 Explicar el porque no debe nunca publicar edad, teléfono, dirección u otros datos personales en Internet.

 En caso de utilización de redes sociales asegurarnos de que entienden las reglas básicas de uso.

 Debemos consultar con frecuencia el historial de navegación.

 Utilizar herramientas de seguridad y control parental que bloqueen los accesos a determinados contenidos y que además controlan el tiempo y actividad.

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¿Qué son?

Las redes sociales son “comunidades virtuales”. Es decir, son plataformas en internet que agrupan personas que se relacionan entre sí y comparten información, fotos, videos y otros contenidos.

Breve historia

1995. La Web alcanza el millón de sitios web. Este mismo año Randy Conrads crea

Classmates, una red social para contactar con antiguos compañeros de estudios.  1998. Nace Friends Reunited, una red social similar a Classmates. Se lanza el

servicio Blogger.

2000. Estalla la “Burbuja de Internet”. En este año se alcanza la cifra de setenta millones de ordenadores conectados a la red.

2003. Nacen MySpace, LinkedIn y Facebook. A partir de este momento nacen muchas otras redes sociales como Hi5 y Netlog.

2006. Se inaugura la red social de microblogging Twitter. Se lanza en españa

Tuenti, una red social enfocada al público más joven. También aparece Badoo.  2008. Facebook se convierte en la red social más utilizada del mundo con 200

millones de usuarios, adelantando a otras como MySpace.

2010-2011. Se rediseñan algunos portales para poder competir con las redes más populares que son Facebook, Twitter, LinkedIn o Youtube entre otras.

2012. Actualmente, Facebook ha superado los 800 millones de usuarios, Twitter

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¿Por qué es popular entre los adolescentes?

Les permite reencontrarse con sus

amigos

que hace

tiempo que no ven.

Chatear con ellos u otros usuarios.

Entrar en grupos y conocer

gente nueva

.

Encontrar información referente a eventos y novedades.

Compartir información personal, fotos, videos con sus

amigos.

Diversión

: Algunas redes sociales ofrecen juegos y otras

herramientas de ocio.

La mayoría de quienes están en alguna red social son jóvenes. El 80 por ciento de los usuarios de redes sociales en todo el mundo, tiene entre 12 y 30 años. Y la frecuencia de uso entre los adolescentes(12 a 19) es muy alta.

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¿Qué riesgos existen?

Uno de los mayores riesgos en el uso de redes sociales

entre adolescentes es no ser consciente de ellos.

95%

no cree en los riesgos de Internet.

60%

cree que sólo amigos ven su página personal.

Incluir información de carácter personal como: Nombre

completo, dirección, teléfono, escuela, etc.

80%

menciona su ciudad.

30%

proporciona el nombre de su escuela o instituto.

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Subir fotografías o videos (propios o ajenos) que reflejan

situaciones de intimidad.

Hacerse “amigos” de gente que no conocen.

Encontrarse en persona con “amigos” que sólo han

conocido en la red.

o

Es más importante conocer gente, que pensar en los

riesgos.

o

Me gusta abrir mi página para que la vean todos.

o

Si ellos me conocen seré más popular.

o

La red social es la responsable de los riesgos y lo tienen

controlado.

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Políticas de privacidad y condiciones de uso

Eres el propietario de todo el contenido y la información

que publicas.

Al subir fotografías o vídeos concedes plenos derechos

de uso a los propietarios de la red.

No utilizaras la red si eres menor de 13 años.

No crearás más de una cuenta personal.

No somos responsables de la información y conducta de

los usuarios tanto en la red como fuera.

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Buenas prácticas y consejos

 La principal recomendación es el diálogo con nuestros hijos.

 Conocer las herramientas de seguridad que la red pone a nuestra disposición.  No dar mas información de la necesaria.

 Aprender de nuestros hijos.

 Explicar a nuestros hijos que en caso de tener un problema en la red también podemos ayudarles.

 Hablar con ellos sobre las redes que utilizan y saber porque las consideran importantes para ellos.

Informarse

antes de crear un perfil de usuario y hablar con ellos

sobre el significado de privacidad.

Conversar

con los chicos para distinguir juntos que tipo de

información puede ser pública y quien puede llegar a verla.

Explicarles

los riesgos de subir fotos personales y de otros en las

redes.

Ingresar

a la red para familiarizarse con el funcionamiento y

posibilidades de las que disponen.

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Red Social Local

www.escupe.com

MicroRed Social “Pública”.

 Desde un punto de vista de humor.  Información de carácter personal

mínima.

 La relación entre usuarios es abierta “Seguidores” y “Seguidos

 Comparte breves mensajes con imágenes, videos o enlaces.

 La información publicada es accesible por cualquier usuario registrado en la red.  Toda tu información es pública

excepto la dirección de correo electrónico.

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Referencias y webs de interés

http://www.protegeles.com/ Web con material para buen uso de internet con los niños y también para ayudar a denunciar páginas ilegales con material como pornografía infantil, apología terrorismo, odio racial…

http://www.guiainfantil.com Web con recomendaciones del uso de internet en los niños.

http://www.facebook.com/safety Página para orientar a los padres a utilizar Facebook.

http://www.facebook.com/help/359033794168099/ Página en la que Facebook facilita herramientas para reportar cualquier tipo de abuso.

https://www.youtube.com/watch?v=KCz699ZW3Zc Animación que nos muestra de forma divertida los peligros que podemos encontrar en Internet y como evitarlos.

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(15)

LEGISLACIÓN ARAGONESA

PARA LOS CONSUMIDORES

DIGITALES

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índice

Legislación consumidores digitales Aragón

Datos del comercio electrónico en España

Problemas del comercio electrónico

(17)

Legislación Aragonesa de los Consumidores

Digitales

CAPÍTULO IV.

PROTECCIÓN DEL CONSUMIDOR EN LA SOCIEDAD DE LA INFORMACIÓN

Artículo 35. El consumo en la sociedad de la información.

Constituye acto de consumo cualquier forma de intercambio de productos, bienes o servicios que tenga como característica principal el hecho de llevarse a cabo mediante medios telemáticos, informáticos o electrónicos, sin presencia física simultánea de los contratantes o sus representantes ya sea directo o indirecto.

Artículo 36. Principio de equiparación en la protección.

• Los consumidores digitales tienen los mismos derechos que quienes consumen en el contexto del comercio clásico.

• Los productores tienen asimismo las mismas obligaciones que en el contexto clásico.

(18)

Artículo 37. Empresarios y profesionales de la sociedad de la información.

Son responsables los productores, distribuidores y comercializadores de bienes.

…son asimismo responsables en los términos determinados en esta Ley, los concesionarios de señales electrónicas, los operadores de redes y servicios de comunicaciones electrónicas y, en general, todos los proveedores de acceso a redes de telecomunicaciones.

…también son sujetos responsables del respeto a los derechos que esta Ley reconoce a consumidores los titulares de los medios de pago que permiten la materialización de las transacciones electrónicas tales como tarjetas de crédito, de débito y elementos similares.

Legislación Aragonesa de los Consumidores

Digitales

(19)

Artículo 39. Particularidades respecto de la información.

El prestador de servicios tendrá la obligación de informar al consumidor de manera clara, comprensible e inequívoca:

• Los distintos trámites que deben seguirse para efectuar la compra.

• Si el prestador va a archivar el documento electrónico en que se formalice la compra y si éste va a ser accesible.

• Los medios técnicos que pone a su disposición para identificar y corregir errores en la introducción de los datos.

• La lengua o lenguas en que podrá formalizarse la compra

Legislación Aragonesa de los Consumidores

Digitales

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Artículo 41. Reclamaciones por vía electrónica

La Administración de la Comunidad Autónoma de Aragón implementará mecanismos para que los usuarios de los servicios de la sociedad de la información dispongan de información sobre reclamaciones en relación con las transacciones materializadas mediante medios electrónicos e, incluso, para que dichas reclamaciones puedan materializarse asimismo mediante medios electrónicos o telemáticos

http://www.aragon.es/Consumo/ Gobierno de Aragón. Departamento de Consumo

Artículo 43. Inmovilización o retirada de productos o servicios en redes electrónicas, telemáticas o informáticas.

El Gobierno de Aragón podrá acordar la interrupción de la prestación de un servicio de la sociedad de la información o la retirada de datos procedentes de un prestador de este tipo de servicios o, en su caso, la cancelación del acceso a los mismos desde Aragón.

Legislación Aragonesa de los Consumidores

Digitales

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Datos del Comercio Electrónico en España

En el primer trimestre de 2012, el comercio electrónico en España alcanzó

un volumen de negocio de 2.452,6 millones de euros, lo que supone un

19,3% más que en el mismo trimestre de 2011; con un total de 36,7

millones de operaciones. Las principales operaciones realizadas son:

12,7%

Operadores turísticos

12,0%

Transporte aéreo

5,4%

Transporte terrestre

4,5%

Juegos de azar y apuestas

4,1%

Espectáculos artísticos y deportivos

3,1%

Prendas de vestir

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Problemas del Comercio Electrónico

Seguridad.

Es un aspecto clave para generar confianza.

Confidencialidad

: evita que un tercero pueda acceder a la

información enviada.

Integridad

: evita que un tercero pueda modificar la información

enviada sin que lo advierta el destinatario.

Autenticación

: permite a cada lado de la comunicación asegurarse de

que el otro lado es realmente quien dice ser.

No repudio o irrefutabilidad

: permite a cada lado de la comunicación

probar fehacientemente que el otro ha participado en la

comunicación.

(23)

Problemas del Comercio Electrónico

Pago electrónico.

El comercio electrónico se está viendo obstaculizado

por la desconfianza en los sistemas de pago.

En España la tarjeta de crédito constituye el instrumento de pago más

utilizado en el comercio electrónico. No obstante, se observa una importante

presencia del efectivo como opción de pago en la red, sobre todo el pago

contra reembolso

Derechos de propiedad intelectual.

La facilidad con que los productos en formato digital se pueden copiar y

distribuir a través de Internet dificulta enormemente la protección de los

derechos de autor.

Este problema afecta a material de todo tipo: software, textos,

fotografías, música.

(24)

Problemas del Comercio Electrónico

Búsqueda de información, control de contenidos y publicidad.

“Encontrar lo que se busca y evitar lo que no se desea”. Por una parte se

trata de tener mecanismos efectivos y fáciles de usar para encontrar los

contenidos deseados dentro de la enorme cantidad de información a que da

acceso Internet y, por otra, de evitar los contenidos ofensivos o ilegales y la

publicidad no deseada.

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Referencias y webs de interés

 http://www.boe.es/diario_boe/txt.php?id=BOE-A-2007-3601 Ley 16/2006, de 28 de diciembre, de Protección y Defensa de los Consumidores y Usuarios de Aragón  http://www.aragon.es/Consumo/ Gobierno de Aragón. Departamento de

Consumo

Referencias

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