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INSTRUCTIVO PARA LAS COMISIONES RECEPTORAS DE VOTOS

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RECEPTORAS DE VOTOS

13 de marzo de 2016

ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE LOS AFILIADOS ACTIVOS,

PASIVOS Y EMPRESAS CONTRIBUYENTES ANTE EL DIRECTORIO DEL

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ELECCIÓN DE REPRESENTANTES

AFILIADOS ACTIVOS, PASIVOS

Y EMPRESAS CONTRIBUYENTES

ANTE EL DIRECTORIO DEL

BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL.

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RECEPTORAS DE VOTOS DE LA ELECCIÓN DE REPRESENTANTES DE

LOS AFILIADOS ACTIVOS, PASIVOS Y EMPRESAS CONTRIBUYENTES

ANTE EL DIRECTORIO DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL

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ÍNDICE

INTRODUCCIÓN ...7

1. SOBRE LAS COMISIONES RECEPTORAS DE VOTOS (CRV) ...9

2. SOBRE LOS DELEGADOS ...11

3. SOBRE LAS TAREAS DE LAS CRV ...12

4. SOBRE LA RECEPCIÓN DEL SUFRAGIO ...13

5. SOBRE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD ...14

6. SOBRE LA FINALIZACIÓN DEL HORARIO DE VOTACIÓN ...14

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INTRODUCCIÓN

El pr

óximo domingo 13 de marzo se realizará la Elección de Representantes de los afi

-liados activos, pasivos y empresas contribuyentes ante el directorio del Banco de Previsión

Social.

La elección de dichas autoridades se realizará mediante hojas de votación que

conten-drán respectivamente, la lista de candidatos a integrar el Directorio del Banco de Previsión

Social en representación de los afiliados activos, pasivos y empresas contribuyentes, com

-puesta necesariamente por un titular y cinco suplente

s.

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1. SOBRE LAS COMISIONES RECEPTORAS DE VOTOS (CRV)

¿Cómo se integran?

Por tres miembros titulares (Presidente, Secretario y Vocal), designados por la Junta Electoral de cada departamento a tales efectos. Recae esta designación sobre funcionarios y escribanos públicos, siendo estos últimos nombrados como Secretarios, siempre que sea posible.

La Junta Electoral nombrará además a tres suplentes por circuito, los que deberán sustituir, de acuerdo al orden en que fueron designados, a cualquiera de los titulares inasistentes. Ningún suplente podrá retirarse del local hasta que estén constituidas todas las CRV del mismo.

Importante: Las personas designadas deberán asistir a los cursos impartidos por la Corte Electoral. La

inasis-tencia a los mismos hará perder el derecho a los beneficios que se generan por actuar en una CRV.

¿Cuáles son sus atribuciones y obligaciones?

Las CRV tienen como misión fundamental recibir el sufragio en el orden de activos (trabajadores depen-dientes públicos y privados, así como los trabajadores a domicilio o talleristas); en el orden de pasivos (las personas que hubieran sido declaradas jubiladas, pensionistas o pensionistas a la vejez) y en el orden de em-presas contribuyentes (emem-presas no estatales contribuyentes, inscriptas como tales en el Banco de Previsión Social), inscriptos en el Registro Cívico Nacional. Estas personas solo podrán votar exhibiendo la credencial cívica.

Los extranjeros que no posean credencial cívica podrán sufragar en cualquiera de los ordenes individuali-zados en el padrón por su Cédula de Identidad, dando las garantías que la Constitución y la Ley establecen.

En el interior del país, los circuitos pueden tener padrones integrados con electores identificados por cre -dencial cívica o por cédula de identidad.

También algunos circuitos serán mixtos, actuando CRV que recibirán votos de más de un orden. Aquí los electores votarán según el orden al que pertenecen, debiendo tener en cuenta la CRV entregarle al elector el sobre de votación que le corresponde según sea Activo, Pasivo, o Empresa (diferenciados por los colores de las leyendas impresas). En la urna encontrarán dos, tres o cuatro padrones, procediendo en cada caso como una elección independiente al realizar las tareas.

La fuerza pública solo podrá ingresar a un local previo requerimiento de una CRV, y se retirará cumplido dicho requerimiento.

De considerarlo justificado, una CRV podrá exigirle a una persona que se retire del local, contando con el

apoyo anteriormente mencionado.

Los integrantes de una CRV deberán actuar con imparcialidad en todo momento, teniendo presente que

se los designó con total prescindencia de su filiación política y de sus preferencias por las hojas de votación

que participen en estas elecciones. Todas las irregularidades cometidas en el transcurso de la votación o du-rante el escrutinio, sea por negligencia, omisión o desconocimiento de la normativa, serán comunicadas por la Corte Electoral a las dependencias correspondientes, a efectos de que se asiente en el legajo del funcionario

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ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ANTE EL DIRECTORIO DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL

como demérito. Aquellas que puedan ser consideradas delitos electorales acarrearán las penalidades corres-pondientes.

Las CRV NO DEBEN actuar sin la totalidad de sus miembros.

¿Qué hace cada uno de sus integrantes?

Presidente: Es quien dirige el trabajo de la CRV, estando encargado del mantenimiento del orden y de la policía durante el acto eleccionario.

Depositará en el cuarto secreto o lugar destinado a tal efecto las hojas de votación que serán remitidas por la Junta Electoral. Esta operación la realizará el Presidente acompañado del Secretario, procurando siempre que la exhibición de las mismas sea igualitaria y permita su fácil distinción. Para esto, inspeccionará tantas veces como considere prudente dicho lugar, o cuando se lo solicite un delegado. Cuando estos traigan hojas de votación, los acompañará para que las coloquen en el cuarto secreto o lugar destinado al efecto.

Recibirá el documento que deba presentar el votante, enunciando en voz alta los datos para que el Vocal proceda a su búsqueda en la nómina de habilitados del circuito (de ahora en adelante, Padrón) comprobando de esta manera su habilitación.

Secretario: Su principal cometido es el de actuario de la CRV. Para ello llevará la Lista Ordinal de Votantes (a partir de ahora, Lista Ordinal) y labrará las distintas actas que deben escriturarse a lo largo del día (Insta-lación, Clausura y Escrutinio).

Presidente y Secretario deberán firmar: los sobres de votación, las hojas de identificación u observación

para el voto observado (incluso las que utilicen para su propio voto observado, si correspondiere), las cons-tancias de voto y, al momento del escrutinio todas aquellas hojas que sean anuladas, así como lo que fue

declarado en blanco. Al finalizar el acto y devolver la urna, firmarán los distintos documentos destinados a

la Junta Electoral y a los delegados.

Vocal: Verificará que el votante se encuentre en el Padrón.

Estará encargado de completar los recaudos para el voto observado: sobre azul, hoja de identificación u

observación y Planilla Especial de Votos Observados.

TODOS los integrantes de la CRV deben firmar las distintas actas que se labran a lo largo del día.

¿Cómo toman sus decisiones?

Las CRV tratarán de actuar siempre con el acuerdo de todos sus integrantes. En los casos en los que esto

no sea posible se podrán adoptar resoluciones por mayoría de votos, con las siguientes excepciones:

* Para observar a un votante: basta con que uno de los integrantes de la CRV interponga una observa -ción sobre la

identidad de un votante para que el sufragio del mismo solo pueda admitirse

en calidad de observado.

*

Para ordenarle a un

delegado que se retire: la decisión tendrá que ser unánime.

Siempre que un integrante esté en desacuerdo con una resolución tomada por la CRV, podrá dejar asentado su discordia en el espacio destinado a observaciones del acta correspondiente.

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2. SOBRE LOS DELEGADOS

¿Quiénes son?

Los delegados podrán ser nombrados por las personas autorizadas para actuar en representación de las

asociaciones o personas que registren listas de candidatos. Su tarea fundamental es presenciar y fiscalizar

todos los actos referentes a la votación, el escrutinio primario.

Habrá dos tipos de delegados: generales y circuitales. Los primeros son aquellos que pueden actuar en

todos los circuitos del departamento; los segundos solo podrán actuar ante el circuito para el cual fue acre-ditado.

¿Cuáles son sus potestades?

Para dicha tarea, los delegados podrán presentar observaciones que, para tener validez, deberán realizarse por escrito. Dichas observaciones se adjuntarán al acta correspondiente, dejándose constancia en

Observacio-nes de la misma. Dicho delegado deberá firmar la mencionada acta.

Si bien esta potestad les está garantizada, en caso de controversia, será siempre la CRV la que resuelva en última instancia.

Los delegados podrán, además, registrar hojas de votación, pudiendo entrar al cuarto secreto o lugar destinado a esos efectos para depositarlas, acompañados siempre por el Presidente de la CRV.

Siempre que un delegado considere que la identidad de un votante genera dudas, podrá solicitar que el sufragio se tome en calidad de observado por identidad, bastando para esto con que uno de los integrantes de la CRV haga lugar a dicho reclamo.

Bajo ningún concepto podrán los delegados interrogar a los votantes. Tampoco podrán votar fuera del circuito que les corresponde, ni invocar su calidad de delegados para alterar el orden de la fila de votantes,

ni para que se les dé preferencia para ejercer el sufragio.

¿Qué debe hacer un delegado para poder actuar como tal?

Los delegados deberán presentar ante la CRV su poder o acreditación y su documento correspondiente. El poder acredita que el delegado está autorizado por los representantes para actuar como tal. Los delegados

circuitales tendrán poderes firmados, que necesariamente deberán ser retenidos por la CRV, que los adjunta -rá al acta o registro correspondiente.

Los poderes de los delegados generales tendrán además las firmas del Presidente y Secretario de la Junta

Electoral del departamento en el que actúa el delegado. Estos poderes no serán retenidos, dado que estos delegados los necesitan para acreditarse ante otros circuitos.

El documento permite comprobar la identidad del delegado, y que los datos contenidos en el poder son suyos. Los delegados pueden actuar en departamentos en los que no tienen inscripción cívica vigente.

Finalmente, aquellos delegados que registren hojas tendrán que dejar un ejemplar de cada hoja que

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ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ANTE EL DIRECTORIO DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL

Una vez acreditado, no es necesario que el delegado presente nuevamente ninguno de estos recaudos. Los delegados podrán presentarse a lo largo del día y deberán ser registrados en el acta correspondiente o en el de registro de delegados.

A los efectos de conocer quienes registraron lista de candidatos se incluirá dentro de la urna con el mate-rial para las CRV, el nombre de las personas autorizadas para designar delegados en representación de las organizaciones.

3. SOBRE LAS TAREAS DE LAS CRV

La primera tarea que debe desempeñar una CRV es la instalación. Para ello, tanto titulares como suplentes

deberán presentarse necesariamente antes de la hora 7:00, con Credencial Cívica y la designación correspon-diente en el local en el que cumplirán funciones, recibiendo del custodia la maleta conteniendo la urna y el material con que trabajarán a lo largo de la jornada.

Los miembros titulares que no se presentaren a dicha hora serán sustituidos, considerándose que no

asistie-ron, por lo que no recibirán ningún tipo de beneficio. De no justificar su inasistencia serán sancionados con: una multa equivalente a un mes de sueldo en el caso de los funcionarios públicos y una multa de 60 Unidades

Reajustables en el caso de los escribanos públicos. Las mismas sanciones se aplicarán a los suplentes.

Si durante el transcurso del horario cualquiera de los integrantes de la CRV debiera ser sustituido, se dará cuenta a la Junta Electoral para que realice la designación correspondiente.

¿En qué consiste la instalación?

Habiéndose integrado la CRV deberá proceder de inmediato a realizar las tareas que corresponden a la

instalación del circuito:

* Apertura de la urna y revisión de los materiales, a fin de comprobar que estén completos y corres -pondan al circuito en el que se está trabajando.

* Firmar sobres en cantidad suficiente para comenzar la recepción del sufragio, escriturando en la tirilla de los mismos el número de circuito y la serie en la que se está trabajando. Una vez firmados, los

sobres serán colocados en una caja con la tirilla hacia abajo. En aquellos circuitos donde se recibirán

sufragios de distintos órdenes, los sobres firmados se colocaran en cajas separadas por órdenes.

* Revisión y acondicionamiento del cuarto secreto. El mismo debe estar comunicado con el recinto donde actuará la CRV. En su defecto, deberá colocar una mampara de cartón que les será enviada junto con los materiales. En cualquiera de los dos casos, deberá asegurarse de que el secreto del voto esté garantizado.

* Labrar el Acta de Instalación.

* Por sus características particulares, dentro de los materiales que recibirán se encontrarán sobres de votación pertenecientes a otros órdenes para el caso de que los miembros de la comisión receptora de votos o custodia debieran votar en calidad de observado simple por pertenecer a un orden distin-to al que están convocados para integrar CRV. Las hojas de votación para sufragar en distindistin-to orden al que están trabajando será responsabilidad de cada integrante de las CRV.

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4. SOBRE LA RECEPCIÓN DEL SUFRAGIO

La CRV recibirá los sufragios a partir de la hora 8:00, EN NINGÚN CASO ANTES DE ESA HORA.

¿Cuál es el procedimiento del voto?

Los electores se presentarán en el circuito al que pertenece su documento, sufragando por orden de llega-da. La CRV tendrá un padrón de los habilitados del circuito.

QUIEN NO HAYA SIDO INCLUIDO EN EL PADRÓN O NO EXHIBIERE EL DOCUMENTO NO PO-DRÁ VOTAR.

En la Lista Ordinal, se anotarán, por orden de llegada, los datos de los votantes: nombre y apellido, Cre -dencial Cívica o Cédula de Identidad (según el padrón), el orden, el número de sobre que le correspondió y Observaciones (si las hubiera).

El votante tomará un sobre, mostrará el número de tirilla al Secretario, y será invitado a pasar al cuarto secreto o lugar destinado al efecto, no pudiendo permanecer dentro del mismo más de dos minutos.

Completado el proceso, el votante cortará la tirilla del sobre delante de la CRV, que comprobará que corresponde con el anotado en la Lista Ordinal. Si el votante cortara la tirilla antes o el número de la misma no correspondiera, el votante deberá repetir el procedimiento. La CRV tachará el número de ti-rilla anterior y dejará constancia en Observaciones del nuevo número de titi-rilla y de las causales de su

modificación. El sobre original será inutilizado.

Terminado el procedimiento, se le devolverá la documentación y se le entregará la constancia de voto al elector, que procederá a retirarse del local.

Si, por el motivo que fuera, el elector se retirara sin votar, se procederá a tachar el renglón que le corres-pondió en la Lista Ordinal y se inutilizará el sobre que había tomado. Si el elector volviera a comparecer, se le adjudicará un nuevo renglón y se realizará el procedimiento como está estipulado.

¿Cuándo corresponde votar observado? Existen dos casos posibles:

* Los integrantes de la CRV, los custodias y los funcionarios electorales son los únicos que pueden votar fu

era del circuito en el que les corresponde, dentro del departamento en el que tienen

inscripción cívica vigente, pero tendrán que hacerlo en calidad de observado simple.

*

Si la identidad de un elector genera dudas a uno de los integrantes de la CRV (o a un

delega-do, que deberá

contar con el aval de al menos uno de los integrantes de la CRV) votará observado por identidad.

En todos los casos, la CRV deberá completar los siguientes recaudos, con los datos correspondientes:

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ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ANTE EL DIRECTORIO DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL * Sobre azul d

e voto observado

*

Planilla especial

de votos observados

En el caso de los observados por identidad es obligatorio tomarle al votante la impresión dactilar del

pul-gar derecho, en el espacio destinado a tal fin en la hoja de identificación u observación. Si por algún motivo

no se pudiera tomar esa impresión, se tomará la de otro dedo, comenzando por el pulgar izquierdo, dejando

especificado cual se tomó.

En todos los casos, el procedimiento del voto será el mismo: cuando el votante salga del cuarto secreto, se le entregará la hoja de identificación u observación y el sobre azul. El votante cortará la tirilla del sobre amarillo e introducirá el mismo, JUNTO a la hoja de identificación, DENTRO del sobre azul. Recién en ese

momento la CRV le permitirá emitir el sufragio.

Además de anotarse los datos del votante en la Lista Ordinal, el Vocal deberá anotarlos en la Planilla es-pecial de votos observados, dejando constancia en ambos recaudos de las causales de la observación.

Bajo ningún concepto podrán votar aquellas personas que no figuran en el Padrón, así como quie -nes no presenten su credencial cívica o cédula de identidad en caso de electores extranjeros.

5. SOBRE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD

Si una persona con discapacidad SOLICITA pasar acompañada al cuarto secreto o lugar destinado al efecto, podrá hacerlo.

6. SOBRE LA FINALIZACIÓN DEL HORARIO DE VOTACIÓN

La recepción de sufragios se dará por terminada a la hora 19:30 Y NUNCA ANTES.

¿Cuándo se habilita la prórroga?

Si al llegar la hora de finalización (19:30) la Comisión comprobara que aún hay electores dentro del local,

habilitará una prórroga del horario de votación de hasta una hora, período durante el cual solo votarán aquellos electores que se encontraban dentro del local al momento del cierre y pertenezcan al circuito.

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¿Cuáles son las tareas finales?

En primer lugar, se cerrará la Lista Ordinal, inutilizando el renglón posterior al último votante registrado.

Se dejará constancia de la cantidad de votantes que han comparecido y se firmará. Los delegados presentes podrán, si así lo desean, firmar esta acta. Si se hubieran anulado renglones de la Lista Ordinal, se restarán

para obtener el total de votantes.

Se procederá a labrar el Acta de Clausura, con los datos que la misma requiere. Los datos numéricos de-berán escriturarse con letras.

Se inutilizará el excedente de sobres amarillos que hayan sido firmados.

La CRV procederá a abrir la urna, extrayendo los sobres que la misma contuviera y verificando que los

mismos coincidan con el total establecido en la Lista Ordinal. Si esto no ocurriera, se deberá dejar constancia de cuales son las causas de la no coincidencia en el Acta de Escrutinio.

Con los sobres que contengan Votos observados, (SOBRES AZULES) se formarán diferentes paquetes:

a) los que correspondan a votos observados simple del orden. b) voto observado simple de otro orden.

c) los que correspondan a votos observados por identidad.

Los paquetes serán envueltos con bandas blancas de “voto observado” que se remiten entre los

materia-les. En estas bandas se escriturará, bajo firma de Presidente y Secretario, la cantidad de sobres y la causal de

observación.

Armados estos paquetes, se colocarán dentro de la urna y la Comisión procederá a realizar el escrutinio de los sobres amarillos.

7. SOBRE EL ESCRUTINIO

¿Quiénes pueden estar presentes al momento del escrutinio?

Integrantes de la Comisión, los delegados debidamente acreditados y los funcionarios electorales. Antes de comenzar a escrutar los sobres amarillos, la CRV ordenará el espacio en el que va a trabajar, guardando todos aquellos materiales que no van a utilizarse, como el Padrón, sobres azules y otros

mate-riales. Salvo los sobres que se irán a escrutar, todo lo demás puede considerarse superfluo en este momen -to.

Una CRV que trabaja de forma ordenada, aunque lo haga lentamente, comete menos errores y por lo tanto termina antes, cumpliendo con la tarea de forma satisfactoria.

ATENCIÓN: La CRV que cuente con cinco o menos de cinco sobres para escrutar por Orden, NO DE-BERÀ REALIZAR EL ESCRUTINIO PRIMARIO.

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ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ANTE EL DIRECTORIO DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL

¿Cuál es el procedimiento para escrutar los sobres?

El Secretario será el encargado de abrir los sobres y extraer el contenido, si lo hubiera. Hecho esto, lo enun-ciará en voz alta y lo pasará al Presidente, que lo mostrará al Vocal y a los delegados presentes.

El Presidente separará las hojas en distintos montones.

Se harán también montones separados para:

* lo

s sobres que contenían hojas anuladas.

* los

sobres que no contenían hojas de votación y los que solo tenían objetos extraños serán conside-rados en blanco.

DEL PROCEDIMIENTO PARA LA APERTURA DE LOS SOBRES DE VOTACIÓN

La CRV, a medida que vaya abriendo los sobres, irá agrupando las hojas de votación en la forma siguiente:

- Separará las hojas de votación validadas agrupándolas por número de hoja (de menor a mayor).

- Las hojas anuladas por estar acompañadas de un elemento extraño, se mantendrán agregadas a los de-más elementos que contenía el respectivo sobre, de forma tal que no desaparezca la individualidad del voto tal como fue emitido por el sufragante. (En el sobre de votación se anotará la leyenda “Solo contenía hojas anuladas en su totalidad” y se agrupará con los demás sobres de igual leyenda).

- Cuando una hoja se valida y otra se anula, (dos hojas iguales) la hoja validada se colocará en el grupo co-rrespondiente (hojas de igual número). En la hoja anulada se establecerá la causal de anulación “Anulada

por estar repetida”, la que será firmada por Presidente y Secretario y posteriormente se guardará en la urna,

haciendo un paquete en caso de ser varias (el sobre no lleva ninguna anotación).

SOBRES:

En un grupo se reunirán los sobres que no contenían ninguna hoja de votación o solo elementos extraños,

que tendrán la leyenda “EN BLANCO”, todos firmados por el Presidente y Secretario.

En otro grupo se reunirán los sobres cuyas hojas de votación fueron “anuladas” en su totalidad, las que se

mantendrán abrochadas al sobre, luego de ser firmadas por el Presidente y Secretario de la CRV, establecien -do en el sobre “Solo contenía hojas anuladas en su totalidad”.

¿Cuáles son las causales de nulidad?

En algunos casos el contenido del sobre debe ser anulado. Siempre que exista una de estas causales, se anulará todo el contenido del sobre.

Las causales son las siguientes:

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* Si dentro de un sobre vinieran hojas acompañadas de uno o más objetos extraños.

Se considerará “objeto extraño” todo aquello que NO sea una hoja de votación válida de esta elección y orden.

* Si vi

nieran hojas rayadas o testadas.

*

Si vinieran tres o más hojas idénticas.

*

Si l

as hojas presentaran roturas o dobleces que denoten intencionalidad de identificar su voto por

parte del elector.

En todos los casos, se debe escriturar el sobre con la causal de anulación, bajo firma de Presidente y Secre -tario, dejándolo en el montón de los sobres con hojas anuladas en su totalidad.

Es importante que el contenido quede unido al sobre (dentro del mismo, engrampado), para evitar posibles confusiones que conduzcan a un error.

¿Cuándo hablamos de “voto en blanco”?

Cuando, al abrir un sobre, no se encontrara nada adentro. El sobre será escriturado (“En blanco”), bajo

firma de Presidente y Secretario, y colocado en el montón correspondiente a los votos en blanco.

Si dentro del sobre solo viniera un objeto extraño, el voto también será contabilizado como en blanco, dado que no hay hojas de votación. En el sobre se escriturará “En blanco con objeto extraño”; el sobre será colocado en el mismo montón correspondiente a los votos en blanco.

¿Qué se hace una vez que todos los sobres han sido abiertos?

Se procederá al recuento de las hojas de cada montón.

Una vez que todos los sobres amarillos han sido escrutados, la CRV procederá al recuento de:

* las hoj

as de votación

*

los sobres en blanco

*

los so

bres cuyo contenido fue anulado.

La suma de estos elementos debe coincidir con el total de votos escrutados (total de sobres amarillos). El Secretario procederá a labrar el Acta de Escrutinio. La misma se completará siguiendo el orden estable-cido en su diseño.

Labrada el Acta de Escrutinio, el Presidente procederá a entregarle una copia de la misma a los delegados presentes.

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ELECCIÓN DE REPRESENTANTES ANTE EL DIRECTORIO DEL BANCO DE PREVISIÓN SOCIAL

Finalizado este proceso, la CRV armará paquetes con cada montón de hojas escrutadas, que serán

guarda-das dentro de la urna. Además, deberá guardar los siguientes elementos:

* P

adrón

* Cuaderneta.

*

Materiales sobrantes (sobres amarillos, tanto los que han sido firmados como los que no, sobres azu

-les, hojas de identificación u observación y demás materiales). No corresponde guardar en la urna

las hojas de votación que quedaron en el cuarto secreto o lugar destinado al efecto.

La CRV procederá entonces a cerrar la urna, guardándola en la maleta, bloqueando nuevamente la ranura y colocando los precintos correspondientes. Se guardará en dicha maleta la mampara. En este momento se le entregará al Vocal la constancia de actuación, liberándolo de sus funciones.

Presidente y Secretario, junto al Custodia, estarán encargados de llevar la urna hasta el local designado para su recepción, recibiendo de manos del Presidente o Secretario de la Junta Electoral (o del funcionario

que haya sido designado para la tarea), un certificado de lo actuado. Recién en ese momento podrán inter -cambiar las constancias de actuación, liberando además al Custodia.

Fuera de la urna se deberá entregar:

* Un

sobre que contendrá: Copia del Acta de Escrutinio (vía blanca), Planilla Especial de Vo

-tos Observados (vía blanca).

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