BOLETIN OFICIAL Nº 9 3 7
2da. Quincena de agosto de
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MUNICIPALIDAD DE SAN ISIDRO
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DIRECCION GENERAL DE DESPACHO Y LEGISLACION
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DDRR.. AANNGGEELLGGUUSSTTAAVVOOPPOOSSSSEE Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo J. M. RIVASSubsecretario General de Gobierno Dr. Martín Vazquez POL Secretario de Hacienda Cdor. Juan José MILETTA Subsecretario General de Inspecciones y Registros
Urbanos y Tránsito Dr. Walter F. PEREZ Secretario a Cargo de la Unidad de Gestión Municipal
de Boulogne, Villa Adelina, La Horqueta y Santa Rita Ing. Bernardo LANDIVAR Secretario de Niñez, Adolescencia y Familia Dr. Gustavo César HIRSCH Secretario de Salud Pública Dr. Eduardo C. A. PRADO Secretario de Obras Públicas Ing. Federico José GARCIA Secretario de Producción, Turismo y Medio Ambiente Dr. Carlos PRASSEL Secretario Privado Sr. Juan Carlos CANAL Secretario de Integración Comunitaria Lic. Arturo Isaac FLIER
CONTENIDO DE ESTE NUMERO
ORDENANZAS: --- --- DECRETOS: 2575 al 2655 página 4 a 163 RESOLUCIONES SG-S.I.R.U. y T. (Inspección General): 584 al 650 página 164 a 173 RESOLUCIONES S.G.G. y A. (Tránsito): 252 al 263 página 174 a 175 RESOLUCIONES G.S.I.R.U. y T. (Obras Particulares): 81 al 83 página 176 RESOLUCIONES S.G.G. y A. (Rentas): 25 al 28 página 177
RESOLUCIONES S.I.C.: --- --- RESOLUCIONES DE PERSONAL: 693 al 734 página 178 a 181
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ORDENANZA Nº:
--- ---DECRETO Nº 2603/15:
-PUBLICADA EN EDICION EXTRA Nº 947- (del 8 de setiembre de 2015)4
Ref. Expte. Nº
SAN ISIDRO, 18 de agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2 5 7 5
VISTO la necesidad de contar con una
Subdirec-tora en la Asesoría Legal, que comprenda un perfil de puesto acorde con su experiencia e idoneidad de las áreas de Recursos Humanos y Legales; y
Considerando:
QUE, a tal efecto se propone, a la Licenciada Gladys Mabel GURREA (Legajo Nº 15181), quién a la fecha se desempeña en la Dirección General de Recursos Humanos, cuya trayectoria amerita su reubicación;
QUE, procede en consecuencia proyectar el acto administrativo que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Reubícase, con retroactividad al 1 de agosto de 2015, a la Licenciada
************** Gladys Mabel GURREA (Legajo Nº 15181), de la Dirección General de Recursos Humanos a la Asesoría Legal – con su actual categoría 14 (J:1.1.1.01.01.000 – C:01.04-O:1.1.102) y funciones de Subdirectora.-
ARTICULO2º.- Mantiénese la percepción de las bonificaciones incluidas en los artículos 17º ************* “Bonificación Personal Superior y Jerárquico (18%)” y 15º “Bonificación Disposición Permanente (46%)”, ambas de la Ordenanza 8804.-
ARTICULO 3º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
EC
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nro. 7606-C-2015.-
SAN ISIDRO, 18 de agosto de 2015.
DECRETO NUMERO:
2576
VISTO los presentes actuados; y Considerando:
QUE a fojas 1, se presenta la Sra. Stella Maris ACHA en carácter de Administradora del Consorcio de Don Bosco N° 136, de San Isidro, solicitando la devolución del importe abonado en exceso en la Cuenta Corriente N° 210.411 correspondiente a la Tasa por Alumbrado, Limpieza, conservación y Reconstrucción de la Vía Pública;
QUE la misma no puede acreditarse a la cuenta referida, ya que ha sido anulada por subdivisión a partir de la cuota 2015-4A (por alta de cuentas de cada polígono del P.H.);
QUE la Dirección General de Rentas aconseja acceder a lo peticionado, reintegrando la sumas de Pesos Dos Mil Ciento Cincuenta y Nueve con Cincuenta Centavos ($ 2.159,50);
QUE virtud de lo expuesto confecciónese el per-tinente acto administrativo;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Reintégrase al Consorcio Don Bosco N° 136 de San Isidro representada por ************** la Sra. Administradora Stella Maris ACHA, la suma de PESOS DOS MIL CIENTO CINCUENTA Y NUEVE CON CINCUENTA CENTAVOS ($ 2159.50), por du-plicidad en la Cuota 2015-3A de la Tasa por Alumbrado, Limpieza, Conservación y Recons-trucción de la Vía Pública, Cuenta Corriente N° 210.411.-
ARTICULO 2º.- Autorízase al Sr. Mauricio MOURETTE, DNI 13.380.744, para gestionar ************* la correspondiente devolución.-
ARTICULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el presente, ************* se atenderá con fondos de la correspondiente Partida del Presupuesto Gene-ral de Gastos vigente.-
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Ref.: Expte. Nro. 7606-C-2015.-
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ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. Nº 4716-H-2015.-
SAN ISIDRO, 18 de agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2577
VISTO la presentación efectuada por la Sra. Inés Beatriz Gherghi, en su carácter de Apoderada de Maderera Newton S.A. (Propietario), y el M.M.O. Fernando A. Monasterio, en su carácter de Profesional actuante, respecto a la facti-bilidad de realizar modificaciones internas y su cambio de destino a Local, del Inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Sección J, Manzana 638, Parcelas 8a y 10a, ubicado con frente a la calle Prilidiano Pueyrredón Nº 929/49 esquina Pasaje Newton, de la ciudad de Martínez, en Jurisdicción de este Partido; y
Considerando:
QUE se trata de un inmueble aprobado por expe-diente Nº 12697-71 con destino “Depósito Aserradero”, el cual constituye actualmente un uso no conforme para la Zona Rmb2;
QUE se propone la remodelación interna del edifi-cio existente, manteniendo su estructura, y el cambio de destino en los Planos a Local, in-corporándose además un área de estacionamiento vehicular, a fin de ser utilizado como Es-tudio de Filmación;
QUE la propuesta es posible de evaluar en el marco del Artículo 1.2.4.3 Apartado D, Inciso 3 del Código de Ordenamiento Urbano de San Isidro, considerando el grado menor de molestia que surge del cambio de destino planteado, lo que implica una mejora en la situación urbano ambiental de la zona;
QUE por lo expuesto, los Organismos Técnicos que elaboraron los informes de fojas 68/70, opinan que, con el cumplimiento de los requisi-tos que mediante el presente se determinarán, puede otorgarse la factibilidad consultada, cri-terio que este Departamento Ejecutivo comparte, razón por la cual procede el dictado del acto administrativo que así lo haga saber;
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Ref.: Expte. Nº 4716-H-2015.-
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTÍCULO 1º.- Hácese saber a Maderera Newton S.A., en su carácter de Propietario, que ************** se autoriza la realización de modificaciones internas y el cambio de des-tino a local, del inmueble designado catastralmente como Circunscripción III, Sección J, Manzana 638, Parcelas 8a y 10a, ubicado en la calle Prilidiano Pueyrredón Nº 929/49, de la ciudad de Martínez, según documentación de fojas 28, convenientemente corregidas.-
ARTÍCULO 2º.- Lo dispuesto en el artículo precedente, queda sujeto al cumplimiento de las ************** condiciones Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Administra-tivas, para la aprobación del proyecto definitivo, que a continuación se detallan:
A. Condiciones Urbanísticas:
A1. Se admitirá únicamente la ejecución de modificaciones internas, sin incrementar los va-lores de FOS y FOT aprobados por Expediente Nº 12697-71.
A2. Se deberá mantener lo aprobado por Expediente Nº 12697-71 en relación a Retiro de Frente, Altura Máxima y Plano Límite, Fondo Libre y Terreno Absorbente.
A3. El Estacionamiento vehicular verificará, como mínimo, seis (6) módulos, tres (3) de los cuales deberán ser destinados para carga y descarga (módulos de 3,00 metros x 6,00 metros), calculados a razón de una cochera cada 200m² de local, en aplicación de lo establecido en el artículo 1.2.2.1 inciso 9 Ítem m del Código de Ordenamiento Urbano de San Isidro.
Toda la actividad de carga y descarga, como ser proveedores de insumos, abastecedores, servicios a domicilio, etc., se realizará dentro del predio a fin de evitar inconvenientes al tránsito vehicular.
Todos los vehículos deberán maniobrar en el interior del predio debiendo ingresar y/o egre-sar marcha adelante. Se indicarán los accesos y egresos vehiculares con señalización gráfica, sonora y lumínica, para advertencia de los peatones, colocadas para ser visualizadas por los transeúntes.
El uso del estacionamiento será obligatorio, libre y gratuito para quienes concurran al lugar, debiéndose posibilitar el ingreso a empleados, visitantes, proveedores y/o servicios entre otros, a fin de evitar inconvenientes en el entorno.
Ref.: Expte. Nº 4716-H-2015.-
A4. El edificio contará con accesibilidad para personas con discapacidad, cumplimentando con la Ordenanza Nº 6631 en cuanto a rampas y sanitarios para discapacitados.
B. Condiciones Ambientales:
B1. Aceras públicas: Deberán ejecutarse conforme lo reglamentado por el Código de Edifi-cación de San Isidro. Las veredas no perderán su continuidad en correspondencia con el ac-ceso vehicular, debiendo salvar los desniveles con rampas reglamentarias y señalizadas. B2. Mejora externa urbana: Se deberá presentar propuesta integral para la vereda ubicada sobre el Pasaje Newton y propuesta de acondicionamiento de las fachadas, a fin de ser eva-luado por la Dirección General de Ordenamiento Urbano conforme a la normativa vigente. B3. Residuos: Deberá contar con un lugar apto para contener los desechos del edificio, a fin de evitar que permanezcan en la vía pública hasta el horario de recolección municipal. Se recomienda la separación de los mismos, diferenciando residuos orgánicos de inorgánicos. B4. Consideraciones Generales de Obra: Se deberá dar cumplimiento a lo establecido por el artículo 5.1.2.2 del Código de Edificación de San Isidro, reglamentado por los Decretos Nº 1617/14 y Nº 1618/14, relativos a las consideraciones generales para la etapa de obra.
Se encuentra totalmente prohibido el arrojo de cualquier residuo proveniente de la obra, o de camiones transportadores, a la vía pública, redes pluviales, alcantarillas y redes cloacales entre otros, debiendo instrumentar los medios para su deshecho dentro del predio y su poste-rior retiro.
Los volquetes se deberán ajustar a lo dispuesto por la Ordenanza Nº 7707. C. Condiciones de Funcionamiento:
C1. El uso a desarrollar, con destino Estudio de Filmación, será evaluado al momento de gestionar la Habilitación correspondiente, a fin de establecer las condiciones de funciona-miento y seguridad y verificar el cumplifunciona-miento de la normativa vigente de aplicación, consi-derando especialmente la ubicación del inmueble y su entorno y el mantenimiento de las condiciones que surgen del presente informe, entre otros aspectos.
En dicha instancia, serán evaluados particularmente la capacidad de estacionamiento pro-puesto, considerando como mínimo seis (6) módulos, tres de los cuales deberán ser destina-dos a carga y descarga, la materialización de aislación acústica en locales y/o equipos y la instalación de un grupo electrógeno, de ser necesario, entre otros aspectos.
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Ref.: Expte. Nº 4716-H-2015.-
C2. El local ubicado en el Entrepiso deberá destinarse como anexo al local de Planta Baja, sin acceso de público.
C3. La publicidad será la mínima necesaria para el anuncio de la actividad y contará con aprobación previa a su colocación.
C4. De modificarse la modalidad de funcionamiento planteada por los recurrentes y/o pro-vocarse molestias a terceros por el desarrollo de la actividad, la Municipalidad podrá esta-blecer mayores requisitos, atento la ubicación del inmueble.
D. Condiciones Administrativas:
D1. Presentar Plano de Mensura y Unificación visado por la Dirección de Catastro para el otorgamiento del Permiso de Construcción. El mismo, deberá obtener la aprobación por par-te de la Dirección Provincial de Geodesia para la gestión del Conforme y/o Final de Obra. D2. Deberá presentar plano de instalaciones contra Incendio, teniendo en cuenta el tipo de edificio y de acuerdo a lo previsto por el artículo 5.8.1.1 y subsiguientes del Código de Edi-ficación de San Isidro, firmado por un profesional responsable y matriculado, para el otor-gamiento del Permiso de Construcción.
D3. Se deberá dar de baja la actividad actualmente vigente (Maderera Newton), con el pago de la deuda de tasas ante la Dirección General de Rentas, de así corresponder.
D4. Cumplimiento de todas las reglamentaciones edilicias y de seguridad contenidas en el Código de Edificación de San Isidro y Ordenanza Nº 8367 (medios de salida, anchos míni-mos de paso, sentidos de apertura y anchos de puertas, escaleras principales y secundarias, instalaciones eléctricas, etc.), siendo de aplicación supletoria el Código de Edificación de la Ciudad de Buenos Aires.
D5. Cumplimentará las disposiciones de los Códigos de Ordenamiento Urbano y Edificación de San Isidro y toda otra normativa que, en el orden Nacional, Provincial o Municipal resul-ten de aplicación.
D6. Se transcribirán en el Permiso de Construcción y Plano Conforme a Obra todas las con-dicionantes Urbanísticas, Ambientales, de Funcionamiento y Administrativas.
D7. Posteriormente y una vez aprobado el Plano Conforme a Obra, se tramitará el corres-pondiente Permiso de Habilitación Comercial.
Ref.: Expte. Nº 4716-H-2015.-
ARTÍCULO 3º.- Previo al pago de los Derechos de Construcción para el otorgamiento del ************** Permiso de Construcción, la Dirección General de Ordenamiento Urbano visará el ajuste del proyecto definitivo a los condicionantes que surgen del Artículo 2º del presente Decreto.
ARTÍCULO 4º.- Previo a la notificación del presente Decreto, la Dirección General ************** de Obras Particulares liquidará y verificará el pago del anticipo de los De-rechos de Construcción por Estudio de Planos, conforme lo dispone el Artículo 24, Apartado A9 de la Ordenanza Impositiva vigente.-
ARTÍCULO 5º.- La vigencia del presente Decreto queda condicionada a que dentro de los ************* ciento veinte (120) días de notificado el mismo, se haya presentado toda la documentación para el pertinente Permiso de Construcción.-
ARTICULO 6°.- Regístrese. Comuníquese, y publíquese.
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
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Ref. Expte. Nro. 4105-419-1989 y agreg.-
SAN ISIDRO, 18 de agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2578
VISTO la Disposición N° 1811/14 del Organis-mo Provincial para el Desarrollo Sostenible a través de la Dirección Provincial de Evalua-ción de Impacto Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, por la que se clasificó como de PRIMERA CATEGORÍA, al establecimiento ubicado en la calle Martín Rodríguez Nº 761/59/63 de la ciudad de Boulogne, donde se desarrollan actividades con el rubro “MA-TRICERIA E INYECCION DE PLASTICOS”, cuya titularidad es ejercida por la firma “MARDIGIAN GREGORIO PLASTICOS S.R.L.; y
Considerando:
QUE la firma ha dado cumplimiento a la presen-tación de la documenpresen-tación requerida por el artículo 66 del Decreto 1761/1996 (Declaración jurada con memoria descriptiva de la actividad) cuya veracidad fue constatada en inspección técnica realizada al establecimiento, reuniendo el mismo condiciones reglamentarias para su funcionamiento; esta dependencia por lo que procede el dictado del acto administrativo correspondiente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Hácese saber a la firma MARDIGIAN GREGORIO PLASTICOS S.R.L.., ************* con domicilio en la calle Martín Rodríguez Nº 761/59/63 de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro “MA-TRICERIA E INYECCION DE PLASTICOS”, que con la presentación efectuada en el ex-pediente de la referencia, ha sido cumplimentada la Ley 11.459 - Decreto Reglamentario Nº 1741/96, quedando exceptuado de obtener el Certificado de Aptitud Ambiental.-
ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que en caso de existir ampliaciones, modifica ************* ciones o cambios en sus procesos, deberá cumplimentarse el Art. 57º del aludido Decreto, con la presentación de la documentación allí solicitada.-
Ref. Expte. Nro. 4105-419-1989 y agreg.-
ARTICULO 3º.- Procédase a la entrega de copia del presente decreto a la firma interesada, ************ con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de habilitación muni-cipal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones vigentes, quedando en con-secuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas correspondientes.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
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Ref. Expte. Nro. 4105-375-1999.-
SAN ISIDRO, 18 de agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2579
VISTO la Disposición N° 615/2007 del Orga-nismo Provincial para el Desarrollo Sostenible a través de la Dirección Provincial de Eva-luación de Impacto Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, por la que se clasificó como de PRIMERA CATEGORÍA, al establecimiento ubicado en la calle Julián Navarro Nº 1353/51 de la ciudad de Beccar, donde se desarrollan actividades con el rubro “FABRICA-CION DE COMPONENTES PARA INSTALA“FABRICA-CIONES ELECTRICAS”, cuya titularidad es ejercida por la firma “ADRIAN ALBERTO MILLER.; y
Considerando:
QUE la firma ha dado cumplimiento a la presen-tación de la documenpresen-tación requerida por el artículo 66º del Decreto 1761/1996 (Declara-ción jurada con memoria descriptiva de la actividad) cuya veracidad fue constatada en ins-pección técnica realizada al establecimiento, reuniendo el mismo condiciones reglamenta-rias para su funcionamiento; esta dependencia por lo que procede el dictado del acto admi-nistrativo correspondiente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Hácese saber a la firma ADRIAN ALBERTO MILLER con domicilio en ************ la calle Julián Navarro Nº 1353/51 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro “FABRICACION DE COMPO-NENTES PARA INSTALACIONES ELECTRICAS”, que con la presentación efectuada en el expediente de la referencia, ha sido cumplimentada la Ley 11.459 - Decreto Reglamenta-rio Nº 1741/96, quedando exceptuado de obtener el Certificado de Aptitud Ambiental.-
ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que en caso de existir ampliaciones, modifica ************ ciones o cambios en sus procesos, deberá cumplimentarse el Art. 57º del aludido Decreto, con la presentación de la documentación allí solicitada.-
Ref. Expte. Nro. 4105-375-1999.-
ARTICULO 3º.- Procédase a la entrega de copia del presente decreto a la firma interesada, ************ con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de habilitación muni-cipal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones vigentes, quedando en con-secuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas correspondientes.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas
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Ref. Expte. Nº 10222-P– 2015.-
SAN ISIDRO, 18 de Agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2580
VISTO lo solicitado mediante nota de la Direc-ción General de EducaDirec-ción, a fojas 1; y
Considerando:
QUE, en virtud de ello, se deberá reubicar a la agente Gabriela Cecilia GONZALEZ (Legajo Nº 40762), en el cargo de Secretaria – turno mañana- de la Escuela Municipal E.R.I.P.L.A.;
QUE, procede en consecuencia al dictado del ac-to administrativo que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a:
ARTICULO 1º.- Reubícase a la agente Gabriela Cecilia GONZALEZ (Legajo Nº 40762), ************* en el cargo de Secretaria – turno mañana- (J:1.1.1.01.06.000-C:21-O:1.1.1.08) de la Escuela Municipal E.R.I.P.L.A., con retroactividad al 9 de abril de 2015.-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y Publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
MGV
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. Expte. Nº 10207-P- 2015.-
SAN ISIDRO, 18 de Agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2581
VISTO los presentes actuados; y
Considerando:
QUE, a fojas 1, la agente Marisol Reigosa (Lega-jo Nº 53.458) solicita se le conceda licencia especial con goce de sueldo, por el período comprendido entre el 26 de mayo y el 5 de junio de 2015;
QUE a fojas 2, presta su conformidad la autori-dad correspondiente;
QUE, en virtud de ello, se deberá conceder di-cha licencia, conforme el artículo 17º de la Ley 11757;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1º.- Reconócese la licencia especial sin goce de sueldo concedida ************** a la agente Marisol REIGOSA (Legajo Nº 53.458), con funciones de Maestra-Secretaria (J:1.1.1.1.01.06.000-C:21-O:1.1.1.08) en la Escuela Malvinas Argenti-nas, por el período comprendido entre 26 de mayo y el 5 de junio de 2015.-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
MGV
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
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Ref.Expte. Nº 6783 -P-2015-
SAN ISIDRO, 18 de Agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2582
VISTO los presentes actuados; y Considerando:
QUE, mediante Decreto Nº 1962 de fecha 3 de Julio de 2015, el agente Carlos Javier SPRINGHART (Legajo N° 59951), fue incluido en los alcances del Artículo 15º “Bonificación por Disposición Permanente”;
QUE conforme lo informado a fojas 6, se deberá excluir al citado agente de dicha bonificación, a partir del 1º de mayo de 2015;
QUE, procede en consecuencia proyectar el acto administrativo, que así lo disponga;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias; EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exclúyase de los alcances del Artículo 15° “Bonificación por Disposición ************** Permanente” (46%) de la Ordenanza N° 8804, al agente Carlos Javier SPRINGHART (Legajo N° 59951), a partir del 1° de mayo de 2015.-
ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y Publíquese. DESPACHO
Y LEGISLACION
MGV
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. N° 8160-D-2015.-
SAN ISIDRO, 18 de agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2583
VISTO el Contrato de Locación celebrado en au-tos; y
Considerando:
QUE corresponde registrar el mismo, dando con ello aprobación oficial a la gestión comprometida en el acto de que se trata;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- REGISTRESE el Contrato de Locación, celebrado entre la Señora ************* Mirta Ríos –DNI Nº 11.953.705- y la Municipalidad de San Isidro respecto del inmueble sito en la calle Marconi Nº 388 de la ciudad de Beccar, jurisdicción de este Partido, por el término de treinta y seis (36) meses, contados a partir del 1º de agosto de 2015 y cuyo vencimiento operará indefectiblemente el 31 de julio de 2018, texto que pasa a formar parte integrante del presente decreto.-
ARTICULO 2°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
RT
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
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CONTRATO DE LOCACION
Entre la Sra. Mirta Ríos, D.N.I. 11.953.705, con domicilio real en la calle Aristóbulo del Valle 168 de la localidad de Martínez, Partido de San Isidro, en adelante denominada “LA LOCADORA” por una parte y la Municipalidad de San Isidro, representada por el Sr. Intendente Municipal, Dr. Gustavo Posse, cuya firma es refrendada para este acto por la del Sr. Secretario General de Gobierno y Administración, Dr. Ricardo Rivas, con domicilio en Av. Centenario N°77, de la localidad y partido de San Isidro, en adelante denominado “LA LOCATARIA” por la otra, se conviene en celebrar el presente contrato de locación, sujeto a lo dispuesto en la materia por el Código Civil y las cláusulas que a continuación se detallan:
PRIMERA: “LA LOCADORA” da en locación a “LA LOCATARIA” quien acepta de con-formidad el inmueble ubicado en la calle Marconi nº 388 de la localidad de Beccar, Partido de San Isidro, Provincia de Buenos Aires. “LA LOCATARIA” acepta el inmueble en las condiciones en que se encuentra y que dice conocer; obligándose a mantener y devolver el inmueble en las mismas buenas condiciones y a pagar el importe de los objetos que faltaren o estuvieren rotos y los deterioros ocasionados.”LA LOCATARIA” destinará la cosa locada a dependencias administrativas.
SEGUNDA: El término de duración de este contrato se pacta por el término de TREINTA Y SEIS (36) MESES contados a partir del día 1 de Agosto de 2015, cuyo vencimiento ocurrirá indefectiblemente el día 31 de Julio de 2018.
TERCERA: El precio de la locación asciende a la suma de pesos quinientos cincuenta y nueve mil doscientos noventa y seis ($559.296) pagaderos de la siguiente manera: pesos on-ce mil seiscientos ochenta y uno ($11.681) mensuales para el primer año; la suma de pesos quince mil ciento ochenta y seis ($15.186) para el segundo año y la suma de pesos diecinue-ve mil setecientos cuarenta y uno ($19.741), por adelantado del 1 al 10 de cada mes, en la Tesorería Municipal sita en la Av. Centenario Nro. 77, Piso primero, de la localidad de San Isidro, Partido del mismo nombre, Provincia de Buenos Aires. La falta de pago en término del alquiler hará generar al monto adeudado un interés punitorio del dos por ciento (2%) dia-rio.
CUARTA: Las partes dejan debidamente aclarado que la determinación del canon locativo mensual y las formas de pago previstas en la Cláusula Tercera que antecede, han sido libre-mente convenidas por ambas, bajo el marco de los principios emanados del artículo 1197 del código civil.
QUINTA: Todas las mejoras y/o modificaciones que “LA LOCATARIA” hiciere en el in-mueble alquilado, deberán ser autorizadas por “LA LOCADORA” previamente por escrito. Las mejoras que “LA LOCATARIA” hiciere, de cualquier naturaleza que fuere, quedarán a beneficio de “LA LOCADORA” sin derecho a indemnización alguna a favor de “LA LO-CATARIA”.
SEXTA: “LA LOCADORA” no se responsabiliza por los daños y perjuicios que pudiera sufrir “LA LOCATARIA” y/o terceros por accidentes, inundaciones, filtraciones o despren-dimientos provenientes de roturas o desperfectos en caños, techos, cables, veredas, etc., o por cualquier accidente o daño o incendio de cualquier naturaleza que pudiera producirse en el bien locado, o en sus vecinos o linderos que lo afecten de cualquier manera, cualquiera sea la causa interna o externa, visible u oculta que las produzcan, incluyendo aquellas contem-pladas en el artículo 1517 del código civil, desde que “LA LOCATARIA” toma a su cargo el caso fortuito y la fuerza mayor. Los daños que a terceros pudieran generarse por las causas antes indicadas quedarán a cargo exclusivo de “LA LOCATARIA”.
SÉPTIMA: “LA LOCATARIA” tiene prohibido bajo pena de desalojo: a) Subalquilar, ce-der, vender ya sea parcial o total, este contrato; b) Realizar actos contra la moral y las buenas costumbres; c) Depositar en el inmueble sustancias tóxicas, y/o peligrosas, y/o con malos olores; d) Impedir el ingreso de “LA LOCADORA” o a sus representantes debidamente au-torizados, a la inspección del inmueble locado.
OCTAVA: “LA LOCATARIA” restituirá a “LA LOCADORA”, el inmueble totalmente desocupado al término de la locación y si así no lo hiciere, “LA LOCATARIA” abonará a “LA LOCADORA”, por cada día de retención indebida del inmueble, una suma equivalente al 10% diario del alquiler vigente abonado en el último mes de locación, más el alquiler mensual vigente a esa fecha, no obstante lo cual “LA LOCADORA” podrá demandar el desalojo con más los daños y perjuicios.
NOVENA: “LA LOCATARIA” renuncia expresamente al beneficio conferido por el artícu-lo 1579 del código civil que conoce, y facultaa “LA LOCADORA” para que ante la falta de pago de un solo mes de alquiler o cualquiera de las obligaciones asumidas en este acto, éste inicie la acción de desalojo del inmueble, con más el cobro de las sumas adeudadas y los daños y perjuicios ocasionados.
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DÉCIMA: La mora se producirá en forma automática y de pleno derecho por el mero ven-cimiento de los plazos o el incumplimiento de las obligaciones sin necesidad de interpela-ción por alguna de las partes aquí firmantes.
DÉCIMA PRIMERA: “LA LOCATARIA” podrá rescindir el presente contrato después de los seis (6) meses de vigencia del mismo, notificándose fehacientemente tal voluntad a “LA LOCADORA” con sesenta (60) días de anticipación. Si “LA LOCATARIA” hiciere uso de esta opción en el primer año de contrato, deberá abonar a “LA LOCADORA” una suma equivalente a un mes y medio de alquiler, y si ya hubiere transcurrido dicho lapso abonará el importe equivalente a un mes de alquiler, conforme lo establece el artículo 8 de la ley 23.091.
DÉCIMA SEGUNDA: Queda a cargo de “LA LOCADORA” el pago del impuesto munici-pal correspondiente al Alumbrado, Limpieza y Servicios Generales (A.B.L), asimismo el pago del impuesto provincial (ARBA) y finalmente el pago del sellado contractual en su co-rrespondiente proporción. Los pagos provenientes de los servicios por luz (Edenor), gas, provisión de agua (AySA) correspondientes al inmueble en cuestión serán a cargo de “LA LOCATARIA”.
DÉCIMA TERCERA: “LA LOCATARIA” entrega en este acto a “LA LOCADORA” la suma de pesos treinta y cinco mil cuarenta y tres ($35.043) en concepto de depósito y como garantía del fiel cumplimiento de las obligaciones emergentes del presente contrato, otor-gándose por separado el correspondiente recibo. Este depósito no devengará interés alguno. Tampoco podrá ser imputado al pago de alquileres adeudados y será devuelto por “LA LO-CADORA” a los sesenta (60) días de recibido de conformidad el bien locado y una vez que se haya cancelado cuanto “LA LOCATARIA” pudiera adeudar por consumo de luz, gas, teléfono, aguas, desperfectos, alquileres, gastos judiciales o extrajudiciales o por cualquier otro concepto que haya generado.
DÉCIMA CUARTA: Para todos los efectos legales emergentes del presente contrato, las partes constituyen domicilios especiales en los indicados al comienzo del presente contrato, donde se tendrán por válidas todas las notificaciones y emplazamientos a que hubiere lugar, sometiéndose a la competencia de los tribunales civiles y comerciales del departamento judi-cial de San Isidro.
EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, firman las partes tres (3) ejemplares de un mismo te-nor y a un solo efecto en la Ciudad de San Isidro a los 31 días del mes de Julio de 2015.
Ref. Expte. Nro. 4105-122-2013.-
SAN ISIDRO, 18 de agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2584
VISTO la Disposición N° 66/14 del Organismo Provincial para el Desarrollo Sostenible a través de la Dirección Provincial de Evaluación de Impacto Ambiental de la Provincia de Buenos Aires, por la que se clasificó como de PRIMERA CATEGORÍA, al establecimiento ubicado en Av. Andrés Rolón Nº 1186 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro “HERRERIA”, cuya titularidad es ejercida por la firma SANDRO LUIS MANCINI; y
Considerando:
QUE la firma ha dado cumplimiento a la presen-tación de la documenpresen-tación requerida por el artículo 66 del Decreto 1741/1996 (Declaración jurada con memoria descriptiva de la actividad) cuya veracidad fue constatada en inspección técnica realizada al establecimiento, reuniendo el mismo condiciones reglamentarias para su funcionamiento; esta dependencia por lo que procede el dictado del acto administrativo correspondiente;
POR ello, en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Hácese saber a la firma SANDRO LUIS MANCINI con domicilio en ************* Av. Andrés Rolón Nº 1186 de la ciudad de San Isidro, jurisdicción de este Partido, donde se desarrollan actividades con el rubro “HERRERIA”, que con la presenta-ción efectuada en el expediente de la referencia, ha sido cumplimentada la Ley 11.459 - De-creto Reglamentario Nº 1741/96, quedando exceptuado de obtener el Certificado de Aptitud Ambiental.-
ARTICULO 2º.- Déjase expresa constancia que en caso de existir ampliaciones, modifica ************ ciones o cambios en sus procesos, deberá cumplimentarse el Art. 57º del aludido Decreto, con la presentación de la documentación allí solicitada.-
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Ref. Expte. Nro. 4105-122-2013.-
ARTICULO 3º.- Procédase a la entrega de copia del presente decreto a la firma interesada, ************ con la salvedad que el mismo no involucra el trámite de habilitación muni-cipal, el cual debe ser realizado conforme a las reglamentaciones vigentes, quedando en con-secuencia supeditado a éste y a la percepción de las tasas correspondientes.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. Expte. Nro. 10864-S-2015.-
SAN ISIDRO, 18 de Agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2585
VISTO las presentes actuaciones; y
Considerando:
QUE, la empresa FAMIVA S.R.L., presentó la documentación correspondiente a la obra: “EXTENSION DE RED DE GAS NATURAL”, en la calle SAN ISIDRO LABRADOR 1121 entre Av. del Libertador y Casares, de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido;
QUE, la extensión del tramo a realizarse de la presente obra se encuentra ajustada a las disposiciones vigentes sobre la materia y ha sido solicitado por los vecinos frentistas, quienes abonarán a la empresa contratista el total de los trabajos que ella demande;
QUE, a fojas 25 se presta conformidad al Pro-yecto de Gas Natural BAN SI Nro. 6264 de fojas 4, según lo informado por la Dirección de Ingeniería – Sector redes;
QUE se encuentra debidamente notificado, res-pecto de los requisitos establecidos en los Decretos Nro. 1455/1985 y 874/2001 (Anexos I y II) y 3117/2014 (Anexo II) y la Ordenanza 7132;
POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Autorízase a la empresa FAMIVA S.R.L., con domicilio real en la ************* calle Ameghino 851, de la ciudad de Beccar y legal en la Av. Centenario 2031 de la Ciudad de Beccar, a realizara la obra: “EXTENSION DE RED DE GAS NATU-RAL”, en la calle SAN ISIDRO LABRADOR 1121 entre Av. del Libertador y Casares, jurisdicción de este Partido, se realizará tendido de 25 metros de cañería de polietileno tipo SDR11 de 50 mm. de diámetro (III-D-171-17) por la modalidad de ejecución de contrato directo entre vecinos y empresas constructoras, en un plazo de veinte (20) días corridos, por el sistema de costo cubierto.-
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Ref. Expte. Nro. 10864-S-2015.-
ARTICULO 2°.- La obra deberá ser ejecutada en un todo de acuerdo con el Pliego de Bases ************ y Condiciones de esta Comuna y al Proyecto SI – 6264 de fojas 4 elaborado por la empresa GAS NATURAL BAN, presupuesto y demás elementos que forman parte integrante del presente expediente. Al terminar las obras se procederá a su relleno y compac-tado entregando la misma en su condición original, de acuerdo a las reglas de arte.-
ARTICULO 3°.- El costo total de la presente obra, asciende a la suma de PESOS ************* TRECE MIL TRESCIENTOS DIEZ ($ 13.310,00) .Su pago estará a cargo del o de los vecinos solicitantes de los trabajos, en la proporción establecida en el respectivo contrato individual, no imponiéndose contribución alguna a los vecinos no adherentes.-
ARTICULO 4°.- La inspección de obra estará a cargo de la Secretaría de Obras Públicas – ************* Dirección de Ingeniería – Sector Redes, quien previa iniciación de los tra-bajos, labrará un Acta de Replanteo de Obra conjuntamente con la empresa FAMIVA S.R.L.-
ARTICULO 5°.- Finalizados los trabajos, se firmará el Acta de Recepción Provisoria, ************* comenzando a correr el plazo de conservación de obra, que ha sido fijado en seis (6) meses en el caso de veredas y en un (1) año para pavimentos. Vencido el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
ARTICULO 6°.- La empresa deberá presentar en el momento de notificarse del presente ************* decreto, el comprobante del depósito realizado en la Tesorería Municipal, en concepto de Inspección de Obra (Según Ordenanzas Nro. 7682 y 7683, modificatorias de la Ordenanza Fiscal e Impositiva), por el importe del cuatro por ciento (4%) del monto de obra, y con carácter previo a la iniciación de los trabajos, la correspondiente garantía de obra equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de obra.-
Ref. Expte. Nro. 10864-S-2015.-
ARTICULO 7°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
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Ref. Expte. Nro. 10865-A-2015.-
SAN ISIDRO, 18 de agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2586
VISTO las presentes actuaciones; y
Considerando:
QUE, la empresa FAMIVA S.R.L., presentó la documentación correspondiente a la obra: “EXTENSION DE RED DE GAS NATURAL”, en las calles GENERAL GUIDO entre La Rábida y Murature, MANUELA GARCIA entre Av. Sucre y Lynch y JOSE INGENIEROS entre Av. Sucre y Esnaola jurisdicción de este Partido;
QUE, la extensión del tramo a realizarse de la presente obra se encuentra ajustada a las disposiciones vigentes sobre la materia y ha sido solicitado por los vecinos frentistas, quienes abonarán a la empresa contratista el total de los trabajos que ella demande;
QUE, a fojas 26 se presta conformidad al Pro-yecto de Gas Natural BAN SI Nro. 6187 de fojas 4, según lo informado por la Dirección de Ingeniería – Sector redes;
QUE se encuentra debidamente notificado, res-pecto de los requisitos establecidos en los Decretos Nro. 1455/1985 y 874/2001 (Anexos I y II) y 3117/2014 (Anexo II) y la Ordenanza 7132;
POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Autorízase a la empresa FAMIVA S.R.L., con domicilio real en la ************* calle Ameghino 851, de la ciudad de Beccar y legal en la Av. Centenario 2031 de la Ciudad de Beccar, a realizara la obra: “EXTENSION DE RED DE GAS NATU-RAL”, en las calles GENERAL GUIDO entre La Rábida y Murature, MANUELA GAR-CIA entre Av. Sucre y Lynch y JOSE INGENIEROS entre Av. Sucre y Esnaola jurisdicción de este Partido, se realizará tendido de 300 metros de cañería de polietileno tipo SDR11 de 63 mm. de diámetro (VII-F-1-1) por la modalidad de ejecución de contrato directo entre ve-cinos y empresas constructoras, en un plazo de veinte (20) días corridos, por el sistema de costo cubierto.-
Ref. Expte. Nro. 10865-A-2015.-
ARTICULO 2°.- La obra deberá ser ejecutada en un todo de acuerdo con el Pliego de Bases ************ y Condiciones de esta Comuna y al Proyecto SI – 6187 de fojas 4 elaborado por la empresa GAS NATURAL BAN, presupuesto y demás elementos que forman parte integrante del presente expediente. Al terminar las obras se procederá a su relleno y compac-tado entregando la misma en su condición original, de acuerdo a las reglas de arte.-
ARTICULO 3°.- El costo total de la presente obra, asciende a la suma de PESOS ************* OCHENTA Y CUATRO MIL ($ 84.000,00) .Su pago estará a cargo del o de los vecinos solicitantes de los trabajos, en la proporción establecida en el respectivo con-trato individual, no imponiéndose contribución alguna a los vecinos no adherentes.-
ARTICULO 4°.- La inspección de obra estará a cargo de la Secretaría de Obras Públicas – ************* Dirección de Ingeniería – Sector Redes, quien previa iniciación de los tra-bajos, labrará un Acta de Replanteo de Obra conjuntamente con la empresa FAMIVA S.R.L.-
ARTICULO 5°.- Finalizados los trabajos, se firmará el Acta de Recepción Provisoria, ************* comenzando a correr el plazo de conservación de obra, que ha sido fijado en seis (6) meses en el caso de veredas y en un (1) año para pavimentos. Vencido el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
ARTICULO 6°.- La empresa deberá presentar en el momento de notificarse del presente ************* decreto, el comprobante del depósito realizado en la Tesorería Municipal, en concepto de Inspección de Obra (Según Ordenanzas Nro. 7682 y 7683, modificatorias de la Ordenanza Fiscal e Impositiva), por el importe del cuatro por ciento (4%) del monto de obra, y con carácter previo a la iniciación de los trabajos, la correspondiente garantía de obra equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de obra.-
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Ref. Expte. Nro. 5781-A-2015.-
ARTICULO 7°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. Expte. Nro. 10862-C-2015.-
SAN ISIDRO, 18 de Agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2587
VISTO las presentes actuaciones; y
Considerando:
QUE, la empresa FAMIVA S.R.L., presentó la documentación correspondiente a la obra: “EXTENSION DE RED DE GAS NATURAL”, en la calle CARLOS GARDEL 2455 entre Olazábal y Asamblea, de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido;
QUE, la extensión del tramo a realizarse de la presente obra se encuentra ajustada a las disposiciones vigentes sobre la materia y ha sido solicitado por los vecinos frentistas, quienes abonarán a la empresa contratista el total de los trabajos que ella demande;
QUE, a fojas 23 se presta conformidad al Pro-yecto de Gas Natural BAN SI Nro. 6274 de fojas 4, según lo informado por la Dirección de Ingeniería – Sector redes;
QUE se encuentra debidamente notificado, res-pecto de los requisitos establecidos en los Decretos Nro. 1455/1985 y 874/2001 (Anexos I y II) y 3117/2014 (Anexo II) y la Ordenanza 7132;
POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Autorízase a la empresa FAMIVA S.R.L., con domicilio real en la ************* calle Ameghino 851, de la ciudad de Beccar y legal en la Av. Centenario 2031 de la Ciudad de Beccar, a realizara la obra: “EXTENSION DE RED DE GAS NATU-RAL”, en la calle CARLOS GARDEL 2455 entre Olazábal y Asamblea, de la ciudad de Boulogne, jurisdicción de este Partido, se realizará tendido de 50 metros de cañería de poli-etileno tipo SDR11 de 50 mm. de diámetro (VI-B-11-4e) por la modalidad de ejecución de contrato directo entre vecinos y empresas constructoras, en un plazo de veinte (20) días co-rridos, por el sistema de costo cubierto.-
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Ref. Expte. Nro. 10862-C-2015.-
ARTICULO 2°.- La obra deberá ser ejecutada en un todo de acuerdo con el Pliego de Bases ************ y Condiciones de esta Comuna y al Proyecto SI – 6274 de fojas 4 elaborado por la empresa GAS NATURAL BAN, presupuesto y demás elementos que forman parte integrante del presente expediente. Al terminar las obras se procederá a su relleno y compac-tado entregando la misma en su condición original, de acuerdo a las reglas de arte.-
ARTICULO 3°.- El costo total de la presente obra, asciende a la suma de PESOS ************* VEINTICINCO MIL ($ 25.000,00) .Su pago estará a cargo del o de los vecinos solicitantes de los trabajos, en la proporción establecida en el respectivo contrato individual, no imponiéndose contribución alguna a los vecinos no adherentes.-
ARTICULO 4°.- La inspección de obra estará a cargo de la Secretaría de Obras Públicas – ************* Dirección de Ingeniería – Sector Redes, quien previa iniciación de los tra-bajos, labrará un Acta de Replanteo de Obra conjuntamente con la empresa FAMIVA S.R.L.-
ARTICULO 5°.- Finalizados los trabajos, se firmará el Acta de Recepción Provisoria, ************* comenzando a correr el plazo de conservación de obra, que ha sido fijado en seis (6) meses en el caso de veredas y en un (1) año para pavimentos. Vencido el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
ARTICULO 6°.- La empresa deberá presentar en el momento de notificarse del presente ************* decreto, el comprobante del depósito realizado en la Tesorería Municipal, en concepto de Inspección de Obra (Según Ordenanzas Nro. 7682 y 7683, modificatorias de la Ordenanza Fiscal e Impositiva), por el importe del cuatro por ciento (4%) del monto de obra, y con carácter previo a la iniciación de los trabajos, la correspondiente garantía de obra equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de obra.-
Ref. Expte. Nro. 10862-C-2015.-
ARTICULO 7°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
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Ref. Expte. Nro. 10861-F-2015.-
SAN ISIDRO, 18 de Agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2588
VISTO las presentes actuaciones; y
Considerando:
QUE, la empresa FAMIVA S.R.L., presentó la documentación correspondiente a la obra: “EXTENSION DE RED DE GAS NATURAL”, en la calle FRANCIA 70 entre Garibaldi y Av. Centenario, de la ciudad de San Isidro, juris-dicción de este Partido;
QUE, la extensión del tramo a realizarse de la presente obra se encuentra ajustada a las disposiciones vigentes sobre la materia y ha sido solicitado por los vecinos frentistas, quienes abonarán a la empresa contratista el total de los trabajos que ella demande;
QUE, a fojas 25 se presta conformidad al Pro-yecto de Gas Natural BAN SI Nro. 6261 de fojas 4, según lo informado por la Dirección de Ingeniería – Sector redes;
QUE se encuentra debidamente notificado, res-pecto de los requisitos establecidos en los Decretos Nro. 1455/1985 y 874/2001 (Anexos I y II) y 3117/2014 (Anexo II) y la Ordenanza 7132;
POR ello en ejercicio de las atribuciones que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Autorízase a la empresa FAMIVA S.R.L., con domicilio real en la ************* calle Ameghino 851, de la ciudad de Beccar y legal en la Av. Centenario 2031 de la Ciudad de Beccar, a realizara la obra: “EXTENSION DE RED DE GAS NATU-RAL”, en la calle FRANCIA 70 entre Garibaldi y Av. Centenario, de la ciudad de San Isi-dro, jurisdicción de este Partido, se realizará tendido de 16 metros de cañería de polietileno tipo SDR11 de 50 mm. de diámetro (II-A-2-30) por la modalidad de ejecución de contrato directo entre vecinos y empresas constructoras, en un plazo de veinte (20) días corridos, por el sistema de costo cubierto.-
Ref. Expte. Nro. 10861-F-2015.-
ARTICULO 2°.- La obra deberá ser ejecutada en un todo de acuerdo con el Pliego de Bases ************ y Condiciones de esta Comuna y al Proyecto SI – 6261 de fojas 4 elaborado por la empresa GAS NATURAL BAN, presupuesto y demás elementos que forman parte integrante del presente expediente. Al terminar las obras se procederá a su relleno y compac-tado entregando la misma en su condición original, de acuerdo a las reglas de arte.-
ARTICULO 3°.- El costo total de la presente obra, asciende a la suma de PESOS ************* DIECINUEVE MIL QUINIENTOS ($ 19.500,00) .Su pago estará a cargo del o de los vecinos solicitantes de los trabajos, en la proporción establecida en el respectivo contrato individual, no imponiéndose contribución alguna a los vecinos no adherentes.-
ARTICULO 4°.- La inspección de obra estará a cargo de la Secretaría de Obras Públicas – ************* Dirección de Ingeniería – Sector Redes, quien previa iniciación de los tra-bajos, labrará un Acta de Replanteo de Obra conjuntamente con la empresa FAMIVA S.R.L.-
ARTICULO 5°.- Finalizados los trabajos, se firmará el Acta de Recepción Provisoria, ************* comenzando a correr el plazo de conservación de obra, que ha sido fijado en seis (6) meses en el caso de veredas y en un (1) año para pavimentos. Vencido el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
ARTICULO 6°.- La empresa deberá presentar en el momento de notificarse del presente ************* decreto, el comprobante del depósito realizado en la Tesorería Municipal, en concepto de Inspección de Obra (Según Ordenanzas Nro. 7682 y 7683, modificatorias de la Ordenanza Fiscal e Impositiva), por el importe del cuatro por ciento (4%) del monto de obra, y con carácter previo a la iniciación de los trabajos, la correspondiente garantía de obra equivalente al cinco por ciento (5%) del monto de obra.-
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Ref. Expte. Nro. 10861-F-2015
ARTICULO 7°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref. Expte. Nro. 10765-A-2015
SAN ISIDRO, 18 de Agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2589
VISTO las presentes actuaciones; y Considerando:
QUE, la empresa AySA SA., presentó la docu-mentación correspondiente a la obra: “RENOVACION DE RED DE COLECTORA CLOACAL”, en el área comprendida por la calle DIAGONAL SALTA entre Juncal y Berut-ti, de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido; y
QUE, dado el programa de modernización y am-pliación del radio de servicios de agua corriente y red cloacal en distintos sectores del Parti-do, se hace necesario autorizar la ejecución de los trabajos;
QUE, se encuentra debidamente notificado, res-pecto de los requisitos establecidos en el Decreto Nro. 1455/85 y 874/01 (Anexos I y II) y 3117/2014 (Anexo 2) y la Ordenanza Nro. 7132;
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Autorízase a la empresa AySA SA., a realizar la obra: “RENOVACION ************* DE RED DE COLECTORA CLOACAL en el área comprendida por la ca-lle DIAGONAL SALTA entre Juncal y Berutti, de la ciudad de Martínez, jurisdicción de este Partido, según se especifica en el informe técnico a fs. 51 y conforme en el plano de fs. 4 y Memoria Descriptiva de fs. 3, por un monto de PESOS CIENTO VEINTICUATRO MIL TRESCIENTOS VEINTINUEVE ($ 124.329,00).-
ARTICULO 2°.- Los trabajos deberán ser ejecutados en el término de catorce (14) días ************* corridos. Las normas de trabajos en la vía pública se ajustarán al Decreto Nro. 1455/85 y 874/01 (Anexos I y II) y 3117/2014 (Anexo 2) y la Ordenanza Nro. 7132. En caso de necesitarse interrupciones parciales y/o totales del tránsito vehicular el autorizado deberá acudir a la Subsecretaría Administrativa de Tránsito para la implementación del per-miso correspondiente como asimismo de ser necesario el corte, poda o raleo de árboles, la
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Ref. Expte. Nro. 10765-A-2015
ARTICULO 3°.- Características de la obra: Tendido de 105 m de cañería de PVC DN200 ************ mm de diámetro y la ejecución de veintiún (21) reconexiones domiciliarias, según Memoria Descriptiva de fs. 3y plano de fs. 4.-
ARTICULO 4°.- La inspección de obra estará a cargo de la Secretaría de Obras Públicas - ************* quien previa iniciación de los trabajos, labrará un Acta de Replanteo de Obra conjuntamente con la empresa AySA SA.-
ARTICULO 5°.- Finalizados los trabajos, se firmará el Acta de Recepción Provisoria, ************** comenzando a correr el plazo de conservación de obra, que ha sido fijado en seis (6) meses en el caso de veredas y en un (1) año para pavimentos. Vencido el mismo, se labrará el Acta de Recepción Definitiva.-
ARTICULO 6°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
R.T.
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Ref.: Expte. N°
7940-R-2015.-SAN ISIDRO, 18 de agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2590
VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la tasa por Alumbrado, Lim-pieza y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en la calle María B. Ca-zón Nº 2697, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente N° 611.460; y
Considerando:
QUE la presentante de fojas 1 expresa que reside en el inmueble, es viuda del cesionario que figura en el Boleto de Compra Venta agregado a fojas 9;
QUE habita en el inmueble con su hija y sus dos nietos;
QUE es jubilada e intenta regularizar su situa-ción, pero se trata de una familia con bajos ingresos, los que resultan suficientes sólo para satisfacer las necesidades básicas del hogar;
QUE, se ha suscripto a resultar del presente plan de pago de hasta dieciocho (18) cuotas, dejando constancia que, de no cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgado, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago;
QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que ha sufrido inundaciones, que si bien se trató de hechos ajenos a su resposabilidad, esta Administración no quiere desatender pedidos como los de autos de quienes desean permanecer en el sistema tratando de adaptar sus exigencias a sus posibilidades;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto admi-nistrativo pertinente, accediendo al pedido de exención;
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Ref.: Expte. N°
7940-R-2015.-//..
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por ************** Alumbrado, y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en la calle María B. Cazón Nº 2697, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente N° 611.460, período 1987/06 hasta 2015/3A inclusive.-
ARTICULO 2°.- Déjase constancia que la falta de cumplimiento en término del plan de ************** dieciocho (18) cuotas suscripto a resultas del presente expediente, provo-cará la pérdida de los beneficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.-
ARTICULO 3°.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************** Rentas para su conocimiento.-
ARTICULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. N°
SAN ISIDRO, 18 de agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2591
VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la tasa por Alumbrado, Lim-pieza, Servicios Generales que recaen sobre el inmueble ubicado en la calle Cervantes Nº 2496, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente N° 611.959; y
Considerando:
QUE la presentante de fojas 1 expresa que es hija del titular que figura en nuestros registros y realiza trabajos de costura;
QUE habita en el inmueble con su esposo que trabaja de remisero;
QUE intenta regularizar su situación pero se trata de una familia con bajos ingresos, los que resultan suficientes sólo para satisfacer las necesi-dades básicas del hogar;
QUE, asimismo corresponde autorizar un plan de pago de hasta veinticuatro (24) cuotas, dejando constancia que, de no cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgado, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago;
QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que ha sufrido inundaciones, que si bien se trató de hechos ajenos a su resposabilidad, esta administración no quiere desatender pedidos como los de autos de quienes desean permanecer en el sistema tratando de adaptar sus exigencias a sus posibilidades;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto admi-nistrativo pertinente, accediendo al pedido de exención;
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Ref.: Expte. N°
7823-V-2015.-//..
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por ************** Alumbrado y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en la calle Cervantes Nº 2496, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente N° 611.959 por el período 1989/03 hasta 2015/3A inclusive.-
ARTICULO 2°.- Autorízase un plan de pago de hasta veinticuatro (24) cuotas, dejando ************** constancia que, de no cumplir con el mismo en término, perderá los bene-ficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.-
ARTICULO 3°.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************** Rentas para su conocimiento.-
ARTICULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta
Ref.: Expte. N°
7649-H-2015.-SAN ISIDRO, 18 de agosto de 2015
DECRETO NUMERO:
2592
VISTO los presentes actuados por los cuales se solicita la exención del pago de accesorios, correspondientes a la tasa por Alumbrado, Lim-pieza y Servicios Generales que recaen sobre el inmueble ubicado en la calle Dr. Raúl Bag-nati N° 2582, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente N° 611.; y
Considerando:
QUE la presentante de fojas 1 es cesionaria se-gún Boleto de Compra - Venta;
QUE ella es jubilada y habita en el inmueble con su esposo que trabaja por cuenta propia en el rubro de plomería
QUE intenta regularizar su situación pero se tra-ta de una familia con bajos ingresos, los que resultra-tan suficientes sólo para satisfacer las necesidades básicas del hogar;
QUE, asimismo corresponde autorizar un plan de pago de hasta veinticuatro (24) cuotas, dejando constancia que, de no cumplir con el mismo en término, perderá los beneficios otorgado, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago;
QUE el inmueble se halla emplazado en la zona denominada Bajo Boulogne, región que ha sufrido inundaciones, que si bien se trató de hechos ajenos a su resposabilidad, esta administración no quiere desatender pedidos como los de autos de quienes desean permanecer en el sistema tratando de adaptar sus exigencias a sus posibilidades;
QUE el Departamento Ejecutivo se encuentra fa-cultado a actuar en tal sentido cuando la causa lo justifique, en virtud de lo establecido en el Artículo 46° de la Ordenanza Fiscal vigente, por lo que promueve el dictado del acto admi-nistrativo pertinente, accediendo al pedido de exención;
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Ref.: Expte. N°
7649-H-2015.-//..
POR ello, en ejercicio de las facultades que le son propias, EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN ISIDRO
d e c r e t a :
ARTICULO 1°.- Exímese del pago de accesorios, correspondientes a la Tasa por ************** Alumbrado y Servicios Generales, que recaen sobre el inmueble ubicado en la calle Dr. Raúl Bagnati N° 2582, de la Ciudad de Boulogne, Cuenta Corriente N° 611.986 período 1988/01 hasta 2015/3A inclusive.-
ARTICULO 2°.- Autorízase un plan de pago de hasta veinticuatro (24) cuotas, dejando ************** constancia que, de no cumplir con el mismo en término, perderá los bene-ficios otorgados, reclamándose la deuda con todos sus accesorios a la fecha de pago.-
ARTICULO 3°.- Dese intervención a las oficinas competentes de la Dirección General de ************** Rentas para su conocimiento.-
ARTICULO 4°.- Regístrese. Comuníquese y publíquese.-
DESPACHO Y LEGISLACION
AF
Sr. INTENDENTE MUNICIPAL Dr. Angel Gustavo Posse
Sr. Secretario General de Gobierno y Administración Dr. Ricardo Rivas Sr. Secretario de Hacienda Cdor. Juan José Miletta