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Acciones que ha realizado el Gobierno de Chile en temas migratorios entre 2006 y 2017

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Academic year: 2020

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(1)Facultad de Ciencias Sociales Departamento de Ciencia Política y Relaciones Internacionales. Magíster en Gobierno y Sociedad. Acciones que ha realizado el Gobierno de Chile en temas migratorios entre 2006 y 2017. Memoria para optar al Título de Magíster en Gobierno y Sociedad. Alumna Deborah Rosende Seguel Directora de Tesis Natacha Romero Valdivia Profesora Informante Ana Farías. Santiago, Chile, Marzo 2018.

(2) 2. A mí padre, G. Carlos Rosende E..

(3) 3 Índice Agradecimientos. 02. Resumen. 05. Capítulo I – Introducción. 06. a) Contribución. 08. b) Estructura. 12. b) Planteamiento del problema. 10. Capítulo II – Migración en Chile, últimos once años (2006-2017). 14. 1) Educación. 22. 2) Vivienda. 31. 3) Salud. 39. 4) Trabajo. 46. Capítulo III – Aspectos Metodológicos. 55. 1) Definición de Actor. 55. 2) Justificación temporal. 56. 3) Metodología específica. 56. 4) Plan de Trabajo. 60. Capítulo IV – Revisión de Corpus: Programas de Gobierno y Mensajes Presidenciales de 21 de mayo. a) Programas de Gobierno a.1) Estoy contigo. Programa de Gobierno. Michelle Bachelet 2006-2010. 62. 62 63. a.2) Programa de gobierno para el cambio, el futuro y la esperanza. Chile 2010-2014 Sebastián Piñera a.3) Chile de todos. Programa de gobierno Michelle Bachelet 2014 – 2018. 65 66.

(4) 4 b) Mensajes Presidenciales. 69. b.1) Gobierno Presidente Michelle Bachelet 2006-2010. 69. b.1.1) Mensaje Presidencial - Michelle Bachelet 21 de mayo de 2006. 69. b.1.2) Mensaje Presidencial - Michelle Bachelet 21 de mayo de 2007. 69. b.1.3) Mensaje Presidencial - Michelle Bachelet 21 de mayo de 2008. 70. b.1.4) Mensaje Presidencial - Michelle Bachelet 21 de mayo de 2009. 70. b.2) Gobierno Presidente Sebastián Piñera 2010-2014. 71. b.2.1) Mensaje Presidencial - Sebastián Piñera 21 de mayo de 2010. 71. b.2.2) Mensaje Presidencial - Sebastián Piñera 21 de mayo de 2011. 72. b.2.3) Mensaje Presidencial - Sebastián Piñera 21 de mayo de 2012. 74. b.2.4) Mensaje Presidencial - Sebastián Piñera 21 de mayo de 2013. 74. b.3) Gobierno Presidente Michelle Bachelet 2014-2018. 76. b.3.1) Mensaje Presidencial - Michelle Bachelet 21 de mayo de 2014. 76. b.3.2) Mensaje Presidencial - Michelle Bachelet 21 de mayo de 2015. 77. b.3.3) Mensaje Presidencial - Michelle Bachelet 21 de mayo de 2016. 77. b.3.4) Mensaje Presidencial - Michelle Bachelet 21 de mayo de 2017. 77. Capítulo V – Resultados y Conclusiones. 79. a) Análisis de Resultados. 79. b) Conclusión. 85. Bibliografía Anexo. 89 107.

(5) 5 Resumen Chile se ha transformado en un polo de atracción para personas que migran desde países del continente americano. Si bien, aún mantiene el Decreto Ley N°1.094 de 1975 que regula el ingreso y salida de extranjeros, es pertinente explorar y conocer las acciones que ha realizado el Estado de Chile hacia la vulnerabilidad en que viven los inmigrantes en el país y dar cuenta cómo el Poder Ejecutivo, a través del rol de Presidente de la República, ha tratado y dado importancia al tema migratorio.. Por ello, la presente investigación intentará dar respuesta a la pregunta ¿qué importancia ha tenido el tema migratorio entre los años 2006 y 2017 en los Programas de Gobierno y Mensajes Presidenciales de 21 de mayo?. Para lograr esto, este estudio se instala desde la metodología cualitativa, que a través del análisis de contenido hace revisión de los dos corpus, Programas de Gobierno y Mensajes Presidenciales de 21 de mayo, para obtener información relevante que permita detectar las acciones concretas que ha realizado el Gobierno de Chile en temas migratorios entre 2006 y 2017.

(6) 6 Capítulo I - Introducción “Un país de acogida abierto a las migraciones con una recepción no discriminatoria, incluyendo a refugiados y desplazados; dispone la integración de los migrantes; se aboca al tratamiento internacional de la temática migratoria; y se refiere a la regulación y administración por el Estado bajo un rol orientador del acceso a la residencia cuando sea necesario en beneficio del Estado y de los habitantes” (Lara, 2014). Se inicia esta introducción con una cita, por ser la migración el tema central de esta investigación. Se nace en un país, región y comuna determinada, sin embargo, el destino a veces obliga a migrar hacia otro territorio. Un nuevo lugar, donde la persona que se traslada, para lograr su integración se enfrenta a un nuevo escenario social, cultural, lingüístico, actividad económica, prejuicio social y racial que condicionará la nueva vida. En esta idea, si se tiene suerte de migrar a un país con una Ley de Migración clara y alineada al interés del Estado y con la figura del inmigrante alineada a sus políticas de fronteras abiertas, selectivas o cerradas, se es bendecido. Sin embargo, Chile en este escenario, es políticamente ambiguo (Stefoni, 2011; Castro, 2013; Esquivel, 2017), su Ley no se encuentra alineada en favor de la persona extranjera que decide venir a vivir en esta tierra. Por eso, se pregunta ¿qué importancia ha tenido el tema migratorio entre los años 2006 y 2017 en los Programas de Gobierno y Mensajes Presidenciales de 21 de mayo?. Dentro de este marco, a fines de la década de los ochenta, el país comienza a experimentar cambios económicos y sociales, que coinciden con el término de la dictadura militar y el inició de los gobiernos elegidos democráticamente en Chile. En torno a lo económico, se materializa con el crecimiento que llevo al país a tener 4,1% de crecimiento en el PIB pasando de 4.703 dólares estadounidenses en 1990 a 14.510 dólares estadounidenses en 2008, lo que permitió disminuir el porcentaje de pobreza nacional de 39% en 1990 a 13% en 2006 (Stefoni, 2011). Situación que impulsa en el escenario social, interés internacional por el país, generando un movimiento migratorio gradual de personas extranjeras pertenecientes al continente americano y las islas de El Caribe (Cano, Soffia y Martínez, 2009). Esto, enfrenta a Chile a una nueva realidad demográfica que se visualiza en.

(7) 7 veintidós años, mientras el Censo de 1992 catastra 105.070 personas extranjeras residentes en el país, aproximadamente el 0,8% de la población total. Durante el 2014 este número aumentó a 411 mil representando el 2,7% (Silva y Ballestero, 2016).. Desde estas evidencias, el país al depender del Decreto de Ley N° 1.094 de 1975, del Ministerio del Interior y Seguridad Pública, promulgado durante la dictadura militar, que en su artículo N°4 establece que los extranjeros pueden ingresar en calidad de turistas, residentes, residentes oficiales e inmigrantes. Este último, los inmigrantes, además deben acatar el Decreto N°69 vigente desde 1953, el que impone criterios selectivos para su ingreso y se alinea con el Decreto Supremo N°597 que trata el ingreso de las personas a territorio nacional desde una óptica de seguridad y no desde las relaciones con los otros Estados (López, 2012; Lara, 2014; Cano, Soffia y Martínez, 2009; Stefoni, 2011; Cano y Soffia, 2009; Schewcik, 2016) y, lleva a los extranjeros a ingresar al país con Visa de Turista, hacer uso de la prolongación y posteriormente quedar en condición de irregularidad y vulnerabilidad cuando concluye el tiempo reglamentario. Esta situación, ha provocado la necesidad de dos procesos de regulación migratoria, el primero, en 1998 bajo el mandato del Presidente Eduardo Frei (1994-2000) que benefició a veinte mil personas extranjeras (Jensen, 2008; Cano, Soffia y Martínez, 2009; Stefoni, 2011). El segundo proceso, casi diez años después, entre 2007 y 2008, otorgó cincuenta mil visas de residencia temporaria, beneficiando a 35.071 peruanos, 6.145 bolivianos, 2.003 colombianos, 1.958 ecuatorianos y 2.403 de otros países latinoamericanos, que representaban a extranjeros con categoría de turistas irregulares, los extranjeros indocumentados y los extranjeros que pertenecen al convenio Arica-Tacna. Quedando fuera de este procedimiento, los extranjeros con antecedentes penales (Lara, 2014; Cano, Soffia y Martínez, 2009; Martínez, Soffia, Cubides y Bortolotto, 2013; Stefoni, 2011). Asimismo, estos procesos de regulación migratoria, conocidos como Amnistía, se trata del perdón del Estado hacia la persona que se encuentra viviendo irregular en el país (OIM, 2006). Esta situación, ratifica que Chile carece de una Ley de migración adecuada a la nueva realidad migratoria y debe definir qué tipo de fronteras quiere tener: abiertas, selectivas o cerradas y cómo integrará, desde los derechos sociales, a los inmigrantes a la sociedad..

(8) 8 Se estima que en el país durante el 2016, hay ciento veinticinco mil extranjeros en situación de irregularidad, según Rodolfo Noriega, Secretario General de la Coordinadora Nacional de Inmigrantes, sin embargo no se puede comprobar debido a la poca claridad en el tratamiento de la entrega de visas desde el Departamento de Extranjería y Migración, y la ausencia de la información concentrada, por tratar cada solicitud de permiso como nueva y no como un proceso antiguo y continuo (Acuña, Pérez y Villalón, 2003; Stefoni, 2011). Por otro lado, los censos al momento de catastrar a las personas, no realizan una identificación entre inmigrantes o extranjeros, son todos reconocidos como extranjeros, al ser este el estatus jurídico (Zavala y Berríos, 2008).. En este contexto, la hipótesis de este estudio es detectar las acciones concretas que ha realizado el Gobierno de Chile en temas migratorios entre 2006 y 2017, y centra el trabajo de investigación en las políticas de gobierno existentes entre estos años para: a) conocer las acciones de los gobiernos hacia la vulnerabilidad que viven los inmigrantes y b) cómo el Poder Ejecutivo, a través del rol de Presidente de la República, ha tratado y dado prioridad al tema migratorio, en los Programas de Gobiernos y Mensajes Presidenciales del 21 de mayo.. a). Contribución. En los últimos años, a nivel Internacional, se ha vivido una época de especial interés por el tema migratorio, conocidas son la Organización de los Estados Americanos (OEA), la Organización para la Cooperación Económica y el Desarrollo (OCDE) y la Organización Internacional para las Migraciones (OIM), estás han contribuido a nivel regional monitoreando las tendencias de los movimientos migratorios y cómo afectan las políticas de los países de las Américas. Esta información ha sido clave para implementar de manera eficiente proyectos de desarrollo Sustentable en la materia (SICREMI, 2011, 2012, 2013, 2014, 2015; Chiarello, 2013) y trabajar en conjunto las soluciones.. Dentro de este interés, a nivel nacional, han sido clave algunos trabajos que presentan la trayectoria de la migración desde el inicio de nuestro poblamiento, e indagan la manera de cómo se abordó la política de Estado desde 1824 (Vicuña, 1865) hasta el año 2016. Estos.

(9) 9 han permitido centrar el interés por los derechos de las personas que migran, abordar las dinámicas migratorias, los retos y desafíos que se deben resolver desde las leyes, para abrir paso en la sociedad (Cano, Soffia y Martínez, 2009; Courtis, 2011; Solimano y Tokman, 2006; Stefoni, 2011; Norambuena, 2013; Rojas y Silva, 2016) e incorporar a los migrantes como sujetos de protección social (De las Heras, 2016).. En la misma idea, estudios sobre la legislación chilena en temas migratorios hacen referencia al Decreto Ley 1.094 de 1975, promulgado en la dictadura militar. Estos, al estar vigentes en la actualidad provocan la expulsión de inmigrantes irregulares y vulneran las garantías de un debido proceso y, la libertad de tránsito de estos individuos (Galle y Mardones, 2014; Salinero, 2011; Schewcik, 2016). Dicha situación, ha instalado a Chile bajo la lupa de los Organismos Internacionales por los bajos estándares en materia de protección de derechos de las personas migrantes en el país (Bassa y Torres, 2015; Lara, 2014; Domínguez, 2016; López, 2012; Jensen, 2008; Díaz, 2015; Machín, 2011; Stefoni, 2004), tema clave, si se refiere a la libertad personal, derecho a la educación, derecho a la salud y derechos laborales. En la misma línea, los análisis del penúltimo Proyecto de Ley de Extranjería, enviado por el Presidente Sebastián Piñera el 2013, manifiestan que no responde a las necesidades actuales de la sociedad dado el incremento de extranjeros en el país y la óptica de seguridad y control que tiene, es necesario redefinir el proyecto evaluando las dimensiones políticas, sociales y económicas para enfrentar una correcta integración (Escalona, 2015; Olea, 2013; Poblete y Zegers, 2014). Asimismo, la salud de los migrantes y las políticas de salud del país receptor, estás se deben relacionar, y los países receptores deben investigar sobre la realidad sanitaria de los países involucrados para actualizar de manera constante las políticas de los servicios de salud, así se podrá vigilar y educar sobre las enfermedades, dar solución y mantener los estándares aceptables para todos los actores. (Mosquera, 2011; Cabieses, Bernales y McIntyre, 2017; Opazo y Reyes 2011). Teóricamente los efectos de la inmigración sobre el mercado del trabajo ha sido tratado desde el derecho y cómo Chile, en su calidad de país receptor, facilita o dificulta el trámite.

(10) 10 dado su Ley de Migración (OIM, 2017; Castro, 2013; Stefoni, 2011). Esta situación, influye en la relación entre el migrante y el trabajo, desde la condición humana más allá de la subsistencia, como respeto a su condición de ser público (Rojas y Vicuña, 2014), ya que, el estigma y la discriminación laboral pueden ser las principales barreras que enfrentan los inmigrantes en los países de acogida (Contreras, Ruiz-Tagle y Sepúlveda, 2013; Tijoux y Sir, 2015; Valenzuela, Riveros, Palomo, Araya, Campos, Salazar y Tavie, 2014). Es en este escenario, donde se analizan y enfatizan los efectos económicos para Chile, dado el envejecimiento de su población nacional (Bravo, 2013). Comprender que a través de la integración laboral de la población inmigrante podemos, encontrar solución a una posible falta de trabajadores y, validar a la población extranjera en la comunidad local (Brahm, 2015), es clave, ya que permitirá generar un proceso de revitalización urbana, expresado primordialmente en el surgimiento de circuitos económicos locales, e incorporar otros migrantes al trabajo a través de las redes sociales, en la ciudad y barrios (Margarit y Bijit, 2013; Correa y Novoa, 2016; Thayer, 2011; Arriagada, 2014).. La ausencia de una Política Migratoria, frente a esta población que aumenta paulatinamente deja abierta una puerta a acciones discriminatorias y expresiones xenófobas hacia los inmigrantes, sobre todo hacia aquellos que se encuentran en situaciones de mayor vulnerabilidad social, ya sea en el trabajo o en la vida cotidiana. Es necesario seguir comprendiendo la realidad del migrante y desarrollar estrategias identitarias, para incorporar y contradecir estos actos. Parte fundamental en todo este proceso y cobra validación son las redes de apoyo, las que permiten mantener su identidad y aunar esfuerzos para hacer frente a las dificultades (Correa, 2011; Stefoni y Fernández, 2011; Lahoz, 2011; Ramos y Urbina, 2012; Bijit, 2011; Stefoni, 2004; Lube y Garcés, 2014; Valenzuela, 2015; Tijoux, 2016; Carrillo, 2013; Belliard, 2015). En este contexto, no se debe olvidar a los niños(as) y jóvenes que sin ser actores directos experimentan igual que sus padres esta discriminación en las escuelas y liceos. Esta situación, como consecuencia de la ausencia de programas y políticas que trabajen la interculturalidad y modifiquen los currículos académicos, que muchas veces por el origen del niño es arrastrado a ser víctimas de este trato. Este contexto, agudiza la sensación en el menor, el que ya ha perdido cohesión familiar, referentes parentales y la ruptura de los vínculos que pueden.

(11) 11 desencadenar la renuncia a la escolaridad. Es prioridad privilegiar un proyecto integral en el sistema educativo (Tijoux, 2008; Marín, 2014; Hein, 2012; Petit, 2003; Stefoni, Acosta, Gaymer y Casas-Cordero, 2010). Por tanto, se espera que esta investigación, realizada en el marco del Magíster de Gobierno y Sociedad sea un aporte a los estudios elaborados sobre la migración en Chile, por centrar la atención en cómo el Poder Ejecutivo, ha tratado y ha dado importancia al tema migratorio en los Programas de Gobierno y Mensajes Presidenciales de 21 de mayo de los Presidentes Michelle Bachelet (2006-2010), Sebastián Piñera (2010-2014) y Michelle Bachelet (20142018).. b). Estructura. Capítulo I – Introducción El primer capítulo, con el fin de orientar este estudio expone el problema de investigación, la contribución del trabajo al área de la ciencia política, en relación a las investigaciones realizadas sobre el tema migratorio en Chile; y da la base para el planteamiento del problema teórico con base empírica, bajo esta estructura. Para finalizar, la metodología utilizada y los objetivos de esta investigación, que permitirán responder la pregunta de investigación ¿qué importancia ha tenido el tema migratorio entre los años 2006 y 2017 en los Programas de Gobierno y Mensajes Presidenciales de 21 de mayo? Capítulo II – Migración en Chile, últimos once años (2006-2017) El segundo capítulo, da a conocer el marco teórico que sustenta el tema de estudio, centrado en visualizar las acciones de los gobiernos de Chile en temas migratorios desde el año 2006 hasta el 2017. Este nos dará la base para poder responder la pregunta planteada.. Capítulo III - Aspectos Metodológicos El tercer capítulo, expondrá los aspectos metodológicos de la investigación, acá se relata de manera específica el procedimiento que se utiliza para la recolección y tratamiento de datos. Es decir, que pasos se procederán desde la metodología cualitativa y la técnica.

(12) 12 análisis de contenido que permitirá proveer la información necesaria para el desarrollo de la investigación. Capítulo IV – Revisión de Corpus: Programas de Gobierno y Mensajes Presidenciales 21 de mayo El cuarto capítulo, expone la revisión de los dos corpus y los hallazgos de las recurrencias obtenidos a través de la técnica análisis de contenido, estás entregan información relevante sobre las acciones y políticas migratorias en Chile durante el primer Gobierno de la Presidente Michelle Bachelet (2006-2010), el Gobierno del Presidente Sebastián Piñera (2010-2014) y el segundo Gobierno de la Presidenta Michelle Bachelet (2014-2018). Los dos corpus utilizados a) Programas de Gobierno de cada Presidente, con el fin de establecer los ejes que guiaron los gobiernos e identificar el tratamiento de la migración desde el inicio y, b) los Mensajes Presidenciales del 21 de mayo, con el objetivo de abordar la relación entre sus acciones y la importancia que va tomando el tema migratorio durante sus gobiernos y cómo son abordados.. Capítulo V - Resultados y conclusión El quinto capítulo, entrega el análisis de contenido de acuerdo a los hallazgos encontrados en cada corpus y a modo de conclusión una revisión de la información obtenida, de acuerdo al marco teórico realizado a la luz de la bibliografía propuesta y, de acuerdo a la revisión de los dos corpus establecidos. Este proceso permitirá verificar nuestra hipótesis que permitirá detectar las acciones concretas que ha realizado el Gobierno de Chile en temas migratorios entre 2006 y 2017. c). Planteamiento del problema teórico con base empírica. En base a las investigaciones encontradas sobre la migración en Chile, se ha detectado la no existencia de estudios en base a dos documentos oficiales entregados por el Poder Ejecutivo, Programas de Gobierno y Mensajes Presidenciales de 21 de mayo. Por lo que visualizar la posición desde el Presidente de la República es necesaria para identificar la importancia del fenómeno migratorio en el país y qué proyecto de país se desarrollará sobre la materia..

(13) 13 La investigación se realiza desde una metodología cualitativa y la técnica análisis de contenido permitirá proveer de información necesaria para el desarrollo de la investigación. A través de este estudio, se pretende explorar dos caminos a) conocer las acciones desde el Estado hacia la vulnerabilidad que viven los inmigrantes y b) cómo el Poder Ejecutivo, a través del rol de Presidente de la República, ha tratado y dado importancia al tema migratorio, en los Programas de Gobiernos y Mensajes Presidenciales del 21 de mayo. Esto, permitirá dar respuesta a la pregunta ¿qué importancia ha tenido el tema migratorio entre los años 2006 y 2017 en los Programas de Gobierno y Mensajes Presidenciales de 21 de mayo?. Por lo anterior, los pasos que se dan están enfocado en la revisión de fuentes secundarias de información, compuesta por dos corpus, que tienen el carácter de documentos oficiales, por ser entregados por el Poder Ejecutivo, estos son, los Programas de Gobiernos y los Mensajes Presidenciales del 21 de mayo. Los Programas de Gobierno, por ser un plan de trabajo estratégico del candidato, para cuando es electo como Presidente de la República de Chile y, además, por proponer cuáles serán las políticas públicas que orientarán las acciones del Gobierno por cuatro años. Por otro lado, los Mensajes Presidenciales del 21 de mayo, por ser un acto público donde él o la Presidente de la República expone un discurso frente a la asistencia del Congreso Pleno, es decir, los 120 Diputados y los 38 Senadores de ambas Cámaras, con el objetivo de dar cuenta al país del estado administrativo y político de la nación. Por ende, el objetivo general de esta investigación es analizar las acciones que ha desarrollado el Gobierno de Chile en políticas migratorias, entre los años 2006 y 2017. Bajo esta línea se han definido los siguientes objetivos específicos:. Objetivo específico: 1). Explorar cuáles han sido las acciones desde Estado hacia la vulnerabilidad que. viven los inmigrantes en Chile entre los años 2006 y 2017 2). Describir cómo en los Programas de Gobiernos y Mensajes Presidenciales del 21 de. mayo, el Poder Ejecutivo ha tratado el tema migratorio.

(14) 14 3). Detectar las acciones concretas que ha realizado el Gobierno de Chile en temas. migratorios entre 2006 y 2017 Capítulo II - Migración en Chile, últimos once años (2006-2017) Marco Teórico “El migrante es un extranjero peculiar y su peculiaridad reside, en la precariedad jurídica y social que vive tanto en el país de origen como en el país de destino” (Zavala y Berríos, 2008). Este extranjero peculiar, el migrante, es aquel ser humano que independiente su género, se mueve de un territorio a otro, se va adaptando al lugar donde se encuentra y provoca cambios con su paso. También, es aquel desconocido con cultura, religión, idioma, color de piel y mirada diferente. Que se traslada por desastres naturales, guerras, conflictos civiles, problemas económicos o simplemente en búsqueda de sus sueños, aprender un idioma extranjero, tener una experiencia laboral internacional, conocer nuevas culturas o estudiar (Iturrieta y Toyos, 2009). A diferencia del extranjero no migrante, que recibe este término por haber nacido en otro país,- y que en esta investigación sólo será incorporado cuando el uso de la palabra este dentro del fenómeno migratorio, como sinónimo de inmigrante-.. La crisis económica que hubo a nivel global en 1998 (Crisis Asiática) impactó fuertemente a los países del continente americano. La década de oro que tuvo la economía chilena entre 1987 y 1997 generó reservas que permitieron sortear sin grandes consecuencias sociales esta situación, se diferenció con ello, de los países vecinos que experimentaron cifras de desempleo de un 12%, como fue el caso de Perú. Esto provocó, que las migraciones tradicionales del Cono Sur que tenían como destino Brasil y Argentina se comenzarán a trasladar a Chile. Si bien la presencia de inmigrantes regionales siempre ha existido en el país, durante los últimos veinte años se ha consolidado (Covarrubias, 2001; Solimano y Tokman, 2006). Así, la población extranjera en Chile que representaba 0,8% durante 1992, llegó a 1,22% de la población nacional, según Censo 2002. De ellos, el 52% eran de origen andino, por nacionalidad el 26% argentina, 20% peruana, 6% boliviana, 5% ecuatoriana, 14% otros países latinoamericanos y 29% resto del mundo (Mosquera, 2011; Stefoni,.

(15) 15 2011). El origen de este inmigrante, sin embargo, es aquel que rompe con el ideal racial y cultural que el país ha buscado a través de su historia. Durante los siglos XIX y XX, Chile se enfocó en la atracción de inmigrantes europeos, que eran elegidos selectivamente porque vendrían a desarrollar el comercio, la industria, fortalecer la economía y permitirían estructurar una raza homogénea basada en la blancura, que ocultaría el origen mestizo de la población (Vicuña, 1865; Stefoni, 2004).. El año 2014 según estimaciones del Departamento de Extranjería y Migración (DEM) hay cuatrocientos once mil extranjeros residentes en el país, representando el 2,3% de la población nacional. El ingreso de inmigrantes al país ha sido constante representando el 1 ó 2 % de la población nacional, a pesar de ello, va más rápido que los cambios en el marco legal de Chile.. Cuadro N°1: Extranjeros en Chile 20.000.000. 16.636.603. 15.116.435 15.000.000. 18.006.407. 13.348.401. 10.000.000 5.000.000 105.070. 184.464. 339.536. 441.000. 0 1992. 2002 Extranjeros. 2012. 2014. Chilenos. Fuentes: Censos Nacionales 1992 y 2002 y Estimaciones del Departamento de Extranjería y Migración 2012 y 2014. Se concentran mayoritariamente en la Región Metropolitana (61,5%), Región de Antofagasta (6,9%), Región de Tarapacá (6,0%), Región de Valparaíso (5,8%) y Región de Arica y Parinacota (3,3%). La mayor presencia de inmigrantes en la Región Metropolitana, se puede entender por el surgimiento de redes de apoyo que han generado comunidades.

(16) 16 territoriales, la concentración de fuentes laborales y el equipamiento urbano (Bassa y Torres, 2015; Stefoni, 2005; Rojas y Silva, 2016; Margit y Bijit, 2013).. Cuadro N°2: Regiones con mayor concentración de población extranjera, año 2014 70,00% 60,00% 50,00% 40,00% 30,00% 20,00% 10,00% 0,00%. 61,50%. Región Metropolitana. 6,90%. 6,00%. 5,80%. 3,30%. Antofagasta. Tarapacá. Valparaíso. Arica y Parinacota. 2014. Fuente: Migración en Chile 2005-2014. Departamento de Extranjería y Migración 2016. Se debe destacar, que todas las cifras utilizadas son en base al número de visas temporales o permanencias definitivas otorgados por DEM, no se contempla las personas indocumentadas, dejando un vacío en la información respecto al número total de inmigrantes irregulares en el país. Estimación, que se espera verificar, a través del Censo realizado el año 2017, al igual que años anteriores (2002) se dispusieron preguntas, en esta oportunidad, en el ítem D N°11 ¿En qué comuna o país vivía en abril de 2012? N°12 Cuándo usted nació, ¿en qué comuna o país vivía su madre? N°12a Si su madre vivía en otro país ¿en qué año llegó usted a Chile?. Sin embargo, sí se tiene conocimiento que los países con mayor presencia en el país entre el año 2005 y 2016 son Perú (38%), Bolivia (13,5) y Colombia (13%) (Rojas y Silva 2016; Silva y Ballesteros, 2017). Otro factor que ubicó a Chile como país de destino de nuevos flujos migratorios fue la participación chilena en la Misión de Paz en Haití. Esta consolidó la inmigración proveniente desde las islas de El Caribe, el DEM registró entre el 2010 y 2016 la entrega de 35.353 visas temporales a personas provenientes de Haití (Silva y Ballesteros, 2017). Con esto, se induce el factor multicultural (Debandi y Patallo, 2017) y étnico como eje de los próximos desafíos de integración que el país debe trabajar en.

(17) 17 materia migratoria. Situación que ya desde el año 2013 se manifestó, del total de 218.491 extranjeros encuestados por el Ministerio de Desarrollo Social, a través de la Encuesta CASEN un 5,4% se reconocía como indígena aymaras (2,5%) y quechuas (1,9%), concentrados en las regiones del norte grande (Arriagada, 2014; Bassa y Torres, 2015; Martínez, Soffia, Cubides y Bortolotto,2013) Cuadro N°3: Personas y Porcentajes (%) con Permanencia Definitiva (PD) y Visas Temporales (VT) otorgada, según origen Entre 2005 y 2016 Entre 2010 y 2016 País. Permanencia % Visas Temporales Definitiva Perú 122.808 38,0% 168.177 Bolivia 43.708 13,5% 104.464 Colombia 42.063 13,0% 109.261 Argentina 19.920 6,2% 29.588 Ecuador 12.892 4,0% 19.257 España 8.995 2,8% 16.027 Venezuela 8.524 2,6% 35.115 China 7.536 2,3% ---Haití 6.435 2,0% 35.353 Brasil 6.120 1,9% 10.136 Estados Unidos ----15.411 Otros Países 44.324 13,7% 69685 Total 323.325 100% 612.474 Fuente: Silva y Ballestero: Reportes Migratorios. Población Migrante. % 27,5% 17,1% 17,8% 4,8% 3,1% 2,6% 5,7% --5,7% 1,7% 2,5% 11,4% 100% en Chile.. Departamento de Extranjería 2017. El ingreso a Chile, sigue siendo por motivos laborales. Si en 1992 la población económicamente activa llegó a 31%, en 2002 representó el 48% (Inst. Pres. N°9, 2008). Actualmente, entre 2010 y 2016 del número de visas temporales el 57% correspondieron por razones laborales y el 87,7% del total de extranjeros pertenecían al tramo etario desde quince a cincuenta y nueve años (Silva y Ballesteros, 2017)..

(18) 18. Cuadro N°4: Número y porcentaje de personas con Permanencia Definitiva (PD) y Visa Temporales (VT) otorgadas, según tramo de edad Entre 2005 y 2016 Entre 2010 y 2016 Tramo de Edad. Número de % Número de Personas (PD) Personas (VT) 0 – 14 años 40.214 12,4% 62.352 15 – 29 años 105.874 32,7% 270.806 30 – 44 años 126.644 39,2% 202.785 45 – 59 años 40.926 12,7% 63.637 60 – 74 años 8.483 2,6% 11.362 75 años o más 1.184 0,4% 1.532 Total General 323.325 100% 612.474 Fuente: Silva y Ballestero: Reportes Migratorios. Población Migrante. % 10,2% 44,2% 33,1% 10,4% 1,9% 0,2% 100% en Chile.. Departamento de Extranjería 2017. Otra característica, de estos flujos migratorios es la alta presencia de mujeres representando el 53,3% en los últimos once años (Stefoni, 2004, 2011; Cano, Soffia y Martínez, 2009). Tienen una tasa de ocupación de 67,7% inferior a la masculina que llega a 87,2% pero superior a las mujeres en Chile que sólo alcanza el 46,8% (OIT, 2017). Contexto que genera nuevos desafíos orientados en la protección de sus derechos laborales y actitudes discriminatorias en el contexto laboral y sexual.. Cuadro N°5: Número y porcentaje de personas con Permanencia Definitiva (PD) y Visa Temporales (VT) otorgadas, según sexo Entre 2005 y 2016 Tramo de Edad. Femenino. Entre 2010 y 2016. Número de Personas (PD). %. Número de Personas (VT). %. 172,214. 53,3%. 293,166. 47,9%.

(19) 19 Masculino. 151.111. 46,7%. 319.308. 52,1%. Total General. 323.325. 100%. 612.474. 100%. Fuente: Silva y Ballestero: Reportes Migratorios. Población Migrante en Chile. Departamento de Extranjería 2017 Dentro de la idea, esta migración voluntaria hacia el país, está compuesta por el mal denominado inmigrante no deseado, el que por voluntad decide venir a vivir y a buscar una oportunidad laboral sin ser invitado, y por exigencias legales que no puede cumplir se transforma en un problema social dada la vulnerabilidad que logra producto de su irregularidad (Tijoux 2014; Stefoni, 2004; Castro, 2013). Así, el país acogedor muestra su cara menos amable, que además suma, actitudes racistas, xenófobas y clasistas por ignorancia o atribuciones de superioridad provocadas por el origen del inmigrante, color de piel, apariencia, cosmovisión, costumbres y forma de pronunciar. Situación, que se hace latente y sigue oculta a través de la Ley de Extranjería vigente (Tijoux y Córdova, 2015; Stefoni, 2011) que no reconoce los derechos de los migrantes ni se alinea a los Tratados Internacionales que el país ha ratificado (Riveros, 2013). Es decir, la vulnerabilidad es provocada por el mal encuentro legal y sociocultural.. Desde esta idea, el Estado, representando el marco jurídico y administrativo del país, ejerce los derechos y obligaciones que van a definir cómo se ejecutará la integración del inmigrante, en este contexto, son acogidos bajo una regulación que data de 1975 promulgada bajo dictadura militar. En esa oportunidad fue percibido desde una óptica negativa y se transforma en un problema de seguridad nacional, es un enemigo externo e incluso pierde su condición de inmigrante, pasando a ser conocido jurídicamente como extranjero (Castro, 2013; Stefoni, 2011) al momento de reemplazar la Ley de Colonización de 1845 por el Decreto de Ley 1.094 de 1975 cambia la orientación de su camino. Si bien, la ley de 1845 era promover y atraer inmigrantes al país para poblar e impulsar el desarrollo agrícola e industrial y, los inmigrantes eran apoyados con subsidios del Estado, la Ley de 1975 adopta un carácter centrado en la vigilancia y supervisión del ingreso, residencia, permanencia definitiva, egreso y expulsión de este (DL 1.094,1975), además, establece que el Ministerio del Interior se encargaría de entregar las visas, prórrogas y permanencias definitivas. Que se alinea con el Párrafo 2, al entregar en su Artículo 2 amplio poder para.

(20) 20 prohibir el ingreso al país de determinados extranjeros por razones de interés seguridad nacional (DL 1.094,1975). Ordenanzas que en la actualidad llevan al inmigrante a quedar expuestos a posibles arbitrariedades del funcionario fiscalizador por falta de comprensión o definición de quiénes deberían ser considerados como “determinados extranjeros”. Por otra parte, el inmigrante, de acuerdo al Artículo 4° debe ingresar bajo el Decreto con Fuerza de Ley N° 69 de 1953 (DL 1.094,1975) que define requisitos como: no sólo la inmigración de carácter agrícola es necesaria para el país, sino también los técnicos, pescadores, obreros especializados y artesanos. Enfocada en una inmigración seleccionada que produzca el aumento de la población, el mejoramiento técnico de la misma y una racionalización en el consumo que elevará el standard de vida del país; y contribuirá a perfeccionar las condiciones biológicas de la raza (DFL 69, 1953) manteniendo la óptica de selección racial establecidos en la Ley de Colonización de 1845. Determinaciones que sigue al Párrafo 3, Artículo 4 el que prohíbe el ingreso a cualquier extranjero que no tengan o no puedan ejercer profesión u oficio, o carezcan de recursos que les permitan vivir en Chile sin constituir carga social (DL 1.094,1975). Por último, se apoya en el Decreto Supremo N°597 en 1984, que junto con ratificar la Ley N°1.094 exige la acreditación de residencia de acuerdo a las necesidades del país, la reciprocidad internacional y el informe previo de la Policía de Investigaciones (Cano y Soffia, 2009; Lara, 2014; Cano, Soffia y Martínez, 2009; Schewcik, 2016; Lara, 2014: Galdámez y Lages, 2016). Si bien, este marco jurídico ha tenido algunas modificaciones relacionadas, por un lado, a Refugio y Reasentamiento, dependiente del Departamento de Extranjería y Migración, con la Ley N°20.430 del año 2010, amparado en la convención sobre el Estatuto de Refugiados y de su Protocolo desde 1972, y por otro lado, al Tráfico de inmigrantes y Trata de Personas 1 con la. 1. La Trata de Personas en Chile, relacionada a la migración, destaca la modificación de los delitos de tráfico. ilícito de migrantes y trata de personas (Ley 20.507) ampliando el delito no sólo a la explotación sexual, sino también a trabajos o servicios forzados, servidumbre o esclavitud y extracción de órganos (Erbano y Gilberti, 2012). Según Naciones Unidas, el delito más común en trata de personas es la explotación sexual, sin embargo, en Chile la mayoría de las víctimas identificadas lo han sido por trabajo forzado. Entre los años 2011 y 2016 han sido formalizadas 29 causas por el delito de trata de personas, comprendiendo a 206 víctimas. La mayoría de las víctimas identificadas han sido por trata de tipo laboral (142), seguido por víctimas de explotación sexual.

(21) 21 Ley N°20.507 del año 2011. Aún carece de idoneidad para regular la migración actual y sigue enmarcada en el control selectivo de quien ingresa. Por lo anterior, este enfoque legislativo, en la Ley N°1.094, no se responsabiliza de la integración del inmigrante y no se hace responsable de los derechos sociales de este, es más lo responsabiliza de su éxito, fracaso y de los daños colaterales que ocurran una vez instalado en Chile. Además, deja en manos del Presidente de turno cualquier acción que vaya en auxilio de la vulnerabilidad del migrante. Dada esta responsabilidad entregada a los mandatarios, esta investigación se centra en los años entre 2006 y 2017, durante estos se promulgaron dos Instructivos presidenciales cuyos objetivos fueron fijar la Política Nacional Migratoria de la administración. Ambos, bajo la administración de la Presidente Michelle Bachelet, el primero, conocido como Instructivo N°9 (2008), reconoció que el país es receptor de inmigrantes y se instruye a los órganos de la Administración del Estado, reformular sus programas de acuerdo a los Tratados y Convenciones firmados por Chile en esta materia. El objetivo, era la integración de la población inmigrante a la sociedad e ir erradicando la discriminación en todos sus ámbitos. El Estado debía garantizar la integración armoniosa de los extranjeros que legalmente residen en Chile a la comunidad nacional. Asimismo, se garantizó el derecho a Educación, salud y trabajo (Inst. Pres. N°9, 2008). El segundo, Instructivo N°5 del año 2015, junto con reconocer a Chile como un país de migración, ratifica lo estipulado en el anterior instructivo y enfoca sus ejes en materias de acceso a la salud, trabajo, vivienda, educación, cultura y justicia. Para asegurar la implementación transversal se generó un Sistema Nacional de Migración que definiría las normas, procesos, planes y programas que acompañaran el diseño, ejecución, seguimiento y evaluación de la política pública (Inst. Pres. N°5, 2015).. Los Tratados Internacionales y Convenciones que el país ha ratificado y que el Subsecretario del Ministerio de Relaciones Exteriores, Edgardo Riveros, hace alusión por no ser reconocidos por la Ley de Extranjería vigente, son: Declaración Universal de Derechos Humanos, ratificado en 1990, Resolución 217; Pacto Internacional sobre Derechos Económicos, Sociales y Culturales, suscrito en 1969 y Promulgado en 1989,. (64) (BCN, 2017: observatorio)..

(22) 22 Decreto N°326; Convención Internacional sobre la Eliminación de Todas las Formas de Discriminación contra la Mujer, ratificado en 1979, promulgado en 1989, Decreto N°789; Convención Internacional sobre los Derechos del Niño, ratificado y promulgado en 1990, Decreto N°830; Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de todos los Trabajadores Migrantes y de sus Familiares, ratificado en 1993, promulgado en 2005, Decreto N°84; Convención de las Naciones Unidas contra la Delincuencia Organizada Transnacional y sus Protocolos contra el Tráfico Ilícito de Migrantes por Tierra, Mar y Aire, y para Prevenir, Reprimir y Sancionar la Trata de Personas, especialmente Mujeres y Niños, adoptados en 2000 y promulgados en 2004, Decreto N°342. Se debe destacar que desde el 2008, son la base, junto al reconocimiento de los Derechos Humanos, de los Instructivos Presidenciales, por tanto, implica que el Estado debe proteger y respetar a las personas, independiente su situación migratoria.. Para explorar, cómo han sido alineados a la vida del inmigrante, se revisará cuál fue el desarrollo de las políticas públicas en el ámbito Educacional, Vivienda, Salud y Trabajo. Para esto, se hará un registro de lo que existe antes del año 2006 y cómo estos evolucionan hasta nuestros días (2017).. Para esta investigación, no se contemplan, las personas en calidad de refugiado, entendiendo por ellas, aquellas personas que están fuera de su país y no puedan o quieran acogerse a su protección por temores fundados de ser perseguidas por causas como raza, religión, opiniones políticas, nacionalidad o pertenencia a cierto grupo social (Ley N°20.430, 2010). Esta no voluntad, los diferencia del migrante espontaneo que ingresa al país, que además, según la guía legal de la Biblioteca del Congreso Nacional explica, no pueden ser refugiados las personas que ingresan a Chile en calidad de migrantes, es decir, quienes (por ejemplo) buscan residir en nuestro país por razones de trabajo o para mejorar su situación económica (BCN, 2017:leyfacil). Asimismo, el ingreso al país, además de estar regulado por Decreto Ley N° 1.094 de 1975, también existen sobre la materia el Decreto N°837 y la Ley N°20.430 del año 2010 sobre protección de refugiados..

(23) 23. 1) EDUCACIÓN El Estado es la Institución responsable para realizar cambios legislativos y las reformas necesarias para la integración de las personas, en el Sistema Educativo, de acuerdo al Artículo 13, de la Parte II del El Pacto Internacional De Derechos Económicos, Sociales y Culturales, que suscribió Chile: Los Estados Partes en el presente Pacto reconocen el derecho de toda persona a la educación. Convienen en que la educación debe orientarse hacia el pleno desarrollo de la personalidad humana y del sentido de su dignidad, y debe fortalecer el respeto por los derechos humanos y las libertades fundamentales. Convienen asimismo en que la educación debe capacitar a todas las personas para participar efectivamente en una sociedad libre, favorecer la comprensión, la tolerancia y la amistad entre todas las naciones y entre todos los grupos raciales, étnicos o religiosos, y promover las actividades de las Naciones Unidas en pro del mantenimiento de la paz (Decreto N°326, 1989). Este pacto si lo llevamos al escenario chileno, específicamente a los niños inmigrantes, cuyo registro entre 2005 y 2016 evidencia a 40.214 niños con permanencias definitivas entre cero a catorce y a 62.352 con visas temporales entre 2010 y 2016 (Cuadro N°4). Es prioritario evaluar cómo se ha desarrollado este escenario en los cuatro niveles educacionales en el país (educación parvularia, educación básica, enseñanza media y educación superior).. La realidad de cualquier niño, comienza a ser evidente cuando este inicia su participación en el entorno social, más aún cuando este escenario es ajeno. Factores de la migración, como la inestabilidad económica de los padres, incertidumbre, desintegración familiar y perdida de referentes familiares y culturales, que en un país extraño, se le suma el maltrato psicológico por su color de piel, timbre de voz o códigos culturales. Les va generando sentimientos de abandono, falta de comprensión a lo que viven y los lleva a abandonar actividades propias de su edad por inseguridad o muchas veces se rechazan por sus rasgos y no se sienten integrados (Tijoux, 2013; Stefoni; Acosta; Gaymer y Casas-Cordero, 2008;.

(24) 24 Petit, 2003). Por ello, es la escuela, el escenario que se transforma como espacio clave para trabajar en la integración del menor. En materia relacionada a la integración a las escuelas chilenas fue en 1995 a través de una normativa enviada por el Ministerio de Educación, que permite a los niños independiente la situación legal de sus padres ser aceptados y matriculados provisoriamente en los establecimientos de todo el país (Martínez, Soffia, Cubides y Bortolotto, 2013) si bien, no fue aplicada en muchos casos por; la poca difusión de esta normativa desde el ministerio hacia los establecimientos, la exigencia de documentos y certificados académicos para lograr la inscripción y, las multas entregadas a los establecimientos por recibir a niños indocumentados. Ocho años después y dado el nuevo escenario migratorio, se envía a los establecimientos el Oficio Curricular N°1179 (2003) impulsando la campaña “Por el Derecho a la Educación”, en este se facilita y promueve la incorporación en diversos establecimientos de educación general básica y enseñanza media a todos los hijos de migrantes que residan en Chile. Además, se otorgó a los niños en condición migratoria irregular permisos de residencia en la condición de Estudiante Titular si presentaban la solicitud de matrícula emanada por un establecimiento reconocido por el Estado (OC N°1179, 2003). Sin embargo, a pesar de que esta matrícula provisoria, considera al alumno como regular para todos los efectos académicos y curriculares, debía obtener a la brevedad su permiso de residencia (OC N°1179, 2003).. Esto trajo críticas hacia el gobierno, no por la incorporación de los niños a las escuelas sino, porque estos pasaron a ser conocidos como los niños RUT100, si bien fueron aceptados en el sistema educacional chileno, sus derechos están condicionados a la regularidad migratoria de los padres y, su trayectoria académica en Chile no será reconocida ni ingresada al Sistema de Información General de Estudiantes (SIGE). Situación que dificulta cualquier proyecto educacional del niño al momento de terminar su etapa escolar. Puesto, que junto con no tener acceso a los programas de apoyo que otorga la Junta Nacional de Auxilio Escolar y Becas, al programa “Me conecto para aprender”, al Centro de Salud Mental, al Programa de Acompañamiento y Acceso Efectivo (PACE), Programa de Integración Escolar (PIE) y al apoyo de Subvención Escolar Preferencial (SEP). Tampoco tendrá acceso a los certificados de estudios, notas de enseñanza media (NEM) ni su.

(25) 25 Ranking de Notas, por tanto, es excluido automáticamente de la rendición de la Prueba de Selección Universitaria (PSU) y su eventual ingreso a la educación superior (Elige Educar, 2016; Alvarado y Manríquez, 2016) pasando a ser niños de segunda categoría, situación que perdurará hasta el año 2017. Se evidencia así, la real condición del niño fuera de la sala de clases, entre el año 2000 y 2014, el Registro Civil chileno inscribió a 2.841 niños bajo la categoría de hijo/a de extranjero transeúnte, es decir, niños que no tienen una nacionalidad, acarreando consecuencias que pueden ir más allá del Sistema Educativo, sino a que a la desprotección total de sus derechos (Alvarado y Manríquez, 2016).. Siguiendo la idea anterior, en 2005 el Oficio Ordinario N°07/1008 (1531) del Ministerio de Educación,. instruyó. que. los. alumnos. deberán. ser. aceptados. y matriculados. provisionalmente en los establecimientos educacionales, conforme lo dispone el proceso de validación contemplado en los artículos 7º y 8º del Decreto Supremo de Educación Nº 651, de 1995, otorgando así, las facilidades para que los alumnos inmigrantes puedan ingresar, a la brevedad, al sistema escolar. Acción que se enmarcó en la Convención Internacional sobre los Derechos del niño. Estos planes de acciones permitieron que el 95,4% de los niños inmigrantes en edad escolar entre seis y diecisiete años, asistiera a un establecimiento educacional equiparando el porcentaje de niños chilenos que representan un 96,5% de asistencia, cumpliendo así con la obligatoriedad de la enseñanza que establece el país (Martínez, Soffia, Cubides y Bortolotto, 2013; Cano, Soffia y Martínez, 2009).. Bajo el mismo marco de la Convención de las Naciones Unidas sobre los Derechos del Niño y en línea con la Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, entre el Ministerio del Interior y la Junta Nacional de Jardines Infantiles (JUNJI) se consolidó el año 2007 un Convenio de Colaboración y Acción Conjunta, Resolución Exenta N°6.677, para que los niños menores de 5 años independiente la condición migratoria del padre tengan acceso a los Programas de Educación Parvularia. Esto facilitó el ingreso a los hijos e hijas de familias migrantes y refugiadas a los programas de educación parvularia y a la vez regularizar el estado migratorio de los niños indocumentados (RE N°6.677, 2007). Para asegurar la.

(26) 26 transversalidad de este derecho, el 2014 el Departamento de Extranjería y Migración creó el Programa Escuela Somos Todos en convenio con la Subsecretaría del Interior y las municipalidades, con el fin de facilitar y promover la integración y regulación de los estudiantes inmigrantes. Dando a las municipalidades un rol importante en la integración en la comunidad. En esta primera instancia no se contemplan las escuelas particulares subvencionadas.. El primer convenio de colaboración fue con la Municipalidad de Santiago llegando en 2014 a la regulación de 423 niños. El 2015, se sumaron los municipios de Quilicura, Independencia, Recoleta y Antofagasta, que junto a Santiago permitieron la regularización de 809 niños, ya para el año 2016 eran 8 municipalidades las participantes. El Ministerio de Educación informó que las matrículas de alumnos migrantes llegó a 60.844 durante el año 2016 un 1,7% de la matricula total y aumentó seis veces desde 2005. Concentrando un 59% en educación básica y 23% en educación media (Elige Educar, 2016; Alvarado y Manríquez, 2016). Esto marca un hito en la educación durante el año 2017, logrando por un lado, que cada niño o niña pudieran obtener una visa de estudiante, conseguir un RUN y con este tener acceso a los beneficios como todo niño chileno en materia de salud y educación. E incluso se rebajó los valores correspondientes a visas de menores de 18 años (MINEDUC, 2016). Por otro lado, se pone fin al RUT100 y se da paso a un Identificador Provisorio Escolar (IPE), número único que permitirá reconocer a los niños, jóvenes y adultos que no tengan un RUN y que quieran estudiar en el Sistema Educacional chileno. Este IPE evitará la duplicidad de la información del niño al momento de cambiar de escuela, podrán tener acceso a una matrícula definitiva a pesar de no tener cédula y una vez terminado el cuarto medio, podrán rendir la Prueba de Selección Universitaria (MINEDUC, 2016). Así, en diciembre del 2017, los jóvenes darán por primera vez la prueba de selección universitaria y se incorpora en esta oportunidad a los alumnos que egresaron entre el año 2009 y 2015 (MINEDUC, 2016), grupo que estaban excluidos del sistema.. Con el reconocimiento de los derechos del niño a la educación, en el país se instala otro desafío, la transformación de la cultura educacional. Si bien, por un lado, son reconocidas.

(27) 27 las actitudes discriminatorias y racistas por parte de la comunidad educativa, por otro, el currículo académico proporcionado por el Ministerio no está en la línea intercultural que el país necesita enfrentar, y deja en libertad de acción a los establecimientos para que adapten el currículo a sus programas de acuerdo a la realidad migratoria del establecimiento, ejemplo de esto, es la Escuela República de Alemania del Barrio Yungay, que apostó por el currículo binacional dado que de trescientos setenta niños matriculados el año 2014 ciento veinte eran de origen peruano, haitiano, colombiano y ecuatoriano (Hernández, 2016; Tijoux, 2013). Este hito, es de suma relevancia al considerar que el año 2004 la UNICEF en una encuesta sobre prejuicios a alumnos de otras nacionalidades realizadas a niños y adolescentes en Iquique, Santiago y Temuco arrojó que 46% consideraba que una o más nacionalidades eran inferiores a la chilena y las nacionalidades vistas más negativamente fueron la peruana (32%), boliviana (30%) y argentina (16%), o sea las correspondiente a los países fronterizos (Hernández, 2016). Por tanto, es relevante que el Estado tome un rol decisivo a través del Ministerio de Educación en la modificación del currículum académico, así se dará paso al reconocimiento del Derecho a la identidad y se hará cargo de la discriminación hacia los extranjeros.. Desde otro enfoque, ahora desde los inmigrantes adultos. Chile se caracteriza por recibir la mayor proporción de inmigrantes calificados de la región. De los 195.320 extranjeros censado el año 2002, un 56,7% de argentinos, 54,1% de bolivianos, 77,4% de ecuatorianos y 77,4% peruanos tenían 10 años y más de estudios, versus la población chilena que sólo el 49,9% alcanzaba este nivel (Martínez, 2008; Cano, Soffia y Martínez, 2009; Stefoni, 2011; Martínez, Soffia, Cubides y Bortolotto, 2013). Mientras que el año 2015, la Encuesta Casen Inmigrantes del Ministerio de Desarrollo Social confirma que el promedio de escolaridad en la población inmigrante es de 12,3 años para las mujeres y 13 años en los hombres. De los qué el 39,3% tiene educación media completa, 27,2% estudios universitarios completos, 12,1% educación básica completo.. Cuadro N°6: Cantidad de años en promedios de escolaridad de la población de 18 años o más por lugar de nacimiento y sexo (2015)..

(28) 28 14. 13. 13 12 11. 12,3 11,2. 10,9. 10 9 Chileno. Inmigrante Mujeres. Hombres. Fuente: Ministerio de Desarrollo Social. Encuesta Casen Inmigrantes 2015. En la misma idea, una encuesta realizada durante el 2013 por Propuestas para Chile 2014 arrojó que de 148 inmigrantes encuestados, validándose 103 de ellas responden tener 2,9% título técnico, 17,5% licenciatura, 20,4% título profesional, 45,6% maestría y 13,6% doctorado. El mismo estudio arrojó que el 28% ha necesitado convalidar sus estudios, 9% no lo ha realizado porque no ha buscado empleo, 51% porque no le han solicitado convalidación en su área y 12% porque han realizado los estudios en Chile (Silva, Palacios, Tessada, 2014).. Desde este ángulo, parte de la población inmigrante adulta no ha podido convalidar sus estudios o título profesional y se encuentra incapacitado para ejercer en el país. Ejemplo de esto, fue la comunidad de Haití presente en Chile, hasta el 27 de marzo del 2017 no pudieron convalidar sus estudios en los niveles de enseñanza básica y media, situación que fue un obstáculo al momento de querer ingresar a la universidad o trabajar, por falta de un Convenio Bilateral. Entre el 2010 y 2014 los haitianos que llegaban al país viajaron con la intención de estudiar, algunos no pudieron lograr su objetivo por no poder acceder al reconocimiento oficial de sus diplomas de secundaria, otros para lograr ingresar a la universidad tuvieron que rendir exámenes libres o volver a cursar la secundario. Mientras los que ya son profesionales, siguen quedando excluidos de este convenio y no pueden acceder a la validación quedando fuera de su rubro laboral (Debandi y Patallo, 2017). Por otro lado, los abogados al no ser chilenos no pueden litigar en el país a no ser que se nacionalicen y convaliden su título (Silva, Palacios, Tessada, 2014). Mientras que los médicos deben rendir el Examen Único Nacional de Conocimiento de Medicina.

(29) 29 (EUNACOM), examen teórico-práctico de medicina general que se aplica desde el año 2009 en el país. El director de la prueba, Beltrán Mena, detalla el años 2017 que durante el año 2015 doscientos setenta y siete inmigrantes aprobaron el examen aumentando a ochocientos cuatro en 2017, de un total de mil ochocientos diecinueve extranjeros que lo rindieron. Se comprueba así, que si el migrante proviene de un país que no tiene suscrito algún convenio de estudios con Chile, este no puede ejercer ni validar su título profesional.. En Chile, el Sistema de Revalidación de títulos profesionales o grados académicos que se hayan obtenido fuera del país, se encuentra regulado desde 1981 bajo el Decreto con Fuerza de Ley N°153. Siendo la Universidad de Chile quien tiene la atribución del reconocimiento de estos y el debido respeto por las Convenciones y Tratados Internacionales firmados respecto a educación superior. En este contexto, el Estado ha suscrito tratados de reconocimiento recíproco con: Ecuador en 1917 (Convenio sobre mutuo reconocimiento de exámenes y de títulos profesionales), Uruguay en 1916 (Convención sobre ejercicio de profesionales liberales), Colombia en 1921 (Convención sobre ejercicio de profesionales liberales), España en 1967 (Convenio cultural) y con Brasil en 1976 (Convenio de cooperación cultural y científica), que permiten el ejercicio de la profesión con excepción de requisitos para determinadas profesiones (Litvak y González, 2003), como es el caso del ejercicio de la medicina.. Otros de los Convenios suscritos por Chile son: •. Tratado Constitutivo de la Organización del Convenio Andrés Bello de Integración Educativa, Científica, Tecnológica y Cultural. Conocido como Convenio Andrés Bello (CAB) adoptado en 1990, y aprobado como documento N°1519 en Chile el 9 de diciembre de 1993, con Bolivia, Colombia, Ecuador, España, Panamá, Perú y Venezuela. Se Establece que:. Artículo 4.- Los Estados Miembros reconocerán los estudios primarios o de enseñanza general básica y de educación media o secundaria, mediante tablas de equivalencia que permitan la continuidad de los mismos o la obtención de los certificados correspondientes a cursos, niveles, modalidades o grados aprobados en cualquiera de aquéllos. Artículo 5.Los Estados Miembros reconocerán los diplomas, grados o títulos que acrediten estudios.

(30) 30 académicos y profesionales expedidos por Instituciones de Educación Superior de cada uno de ellos, a los solos efectos del ingreso a estudios de posgrado (Especialización, Magister y Doctorado). Estos últimos no implican derecho al ejercicio profesional en el país donde se realicen (CAB, 1990) •. Convención de México (CM) sobre Ejercicio de Profesiones Liberales, 1902.. Vigente en la actualidad para Bolivia, Costa Rica, Chile, El Salvador, Guatemala, Honduras, Nicaragua y Perú. Ratificado por Chile en 1909. Permite que los ciudadanos de estas nacionalidades puedan ejercer libremente en los países participantes del acuerdo, previa examinación especial para los títulos relacionados con la medicina y cirugía (médicos, odontólogos, químico farmacéutico, médicos veterinarios, nutricionistas, obstetras, kinesiólogos, tecnólogos, médicos y enfermeras), Licenciados en Derecho o abogados (MINREL,2010). Que establece en su Artículo I y III: Art. I: Los ciudadanos de cualquiera de las Repúblicas que suscriben la presente Convención, podrán ejercer liberalmente en el territorio de las otras la profesión para la cual estuvieren habilitados con un diploma o título expedido por la autoridad competente en cada uno de los países signatarios, con tal de que dicho diploma o título cumpla con los requisitos establecidos en los artículos 4º y 5º, siempre que la ley del país en que va a ejercerse la profesión no exija para su ejercicio la calidad de ciudadano. Los certificados de estudios preparatorios o superiores, expedidos en cualquiera de los países que celebran esta Convención, en favor de nacionales de uno de ellos, producirán en todos los demás países contratantes los mismos efectos que les atribuye la ley de las Repúblicas de donde emanen, siempre que haya reciprocidad y no resulten ventajas, superiores a las reconocidas por la legislación del país en que se quiera hacer uso de esos certificados. Art. III.: Cada una de las Partes Contratantes se reserva, sin embargo, el derecho de exigir a los ciudadanos de las otras, que presenten diplomas o títulos de médicos o de cualquier profesión relacionada con la cirugía y la medicina, incluyéndose también la de farmacéutico, que se sometan a un previo examen general sobre los ramos de la profesión que acredita el título o diploma respectivo, en la forma que cada Gobierno determine (CM, 1902).

(31) 31 Además, de otros Tratados Bilaterales con: a) Brasil, Convenio de Cooperación Cultural y Científica entre el Gobierno de la República de Chile y el Gobierno de la República Federativa del Brasil, promulgado en 1978, Decreto N° 750. b) Ecuador: Convenio Subscrito entre Chile y Ecuador sobre Mutuo Reconocimiento de Exámenes y Títulos Profesionales. Promulgado en 1937, Decreto N°961. c) Uruguay: Convención sobre Ejercicio de Profesiones Libres, promulgado en 1918, Decreto Ley N°3290. d) Colombia: Convención sobre Canje de Títulos Chile-Colombia, promulgada en 1922, Decreto Ley N°3860. e) España: Convenio Cultural Chile-España, promulgado en 1969, Decreto N°292. f) Argentina: Acuerdo de Reconocimiento Mutuo de Títulos Profesionales y Licenciaturas y Títulos de Grado Universitarios entre la República de Chile y la República Argentina, suscrito por chile en 1975 g) Perú: Convenio de Intercambio Cultural suscrito en lima el 5 de mayo de 1978. Decreto 584 de 1982.. Es pertinente, de acuerdo al nivel educacional del inmigrante en Chile, revisar los tratados, convenios y acuerdos sobre la materia, con el fin de validar los estudios de acuerdo a las exigencias nacionales. Evaluar este contexto desde una óptica de integración laboral es clave para el desarrollo personal y económico del país.. 2) VIVIENDA De acuerdo al Artículo 43, de la Parte III del Convención Internacional sobre la Protección de los Derechos de Todos los Trabajadores Migratorios y de sus Familiares, suscrito por Chile en 1993 y ratificado en 2005, establece que: 1. Los trabajadores migratorios gozarán de igualdad de trato respecto de los nacionales del Estado de empleo en relación con: d) El acceso a la vivienda, con inclusión de los planes sociales de vivienda, y la protección contra la explotación en materia de alquileres (Decreto 84, 2005).

(32) 32 En Chile, sin embargo, este acceso se limita en el Artículo 76 del Título II, de la Ley de Extranjería, Decreto Ley 1094. En este se establece que: Los servicios y organismos del Estado o Municipales deberán exigir a los extranjeros que tramiten ante ellos asuntos de la competencia de esos servicios, que previamente comprueben su residencia legal en el país y que están autorizados o habilitados para realizar el correspondiente acto o contrato. A la vez, su Artículo 77.- Los propietarios, administradores, gerentes, encargados o responsables de hoteles, residenciales o casas de hospedaje que alojen a extranjeros, como asimismo, los propietarios o arrendadores que convengan o contraten con ellos arrendamiento, deberán exigirles previamente que acrediten su residencia legal en el país. El incumplimiento de esta obligación será sancionada con multa de uno a veinte sueldos vitales. Los particulares que dieren alojamiento a extranjeros en situación irregular serán sancionados con la multa de 1 a 10 sueldos vitales (DL N°1094, 1975).. Esto, ha generado dos escenarios, el establecido por el Ministerio de Vivienda y Urbanismo (MINVU) y el no legal, donde el mercado de arriendos precarios cobra fuerza llevándolos a vivir en condición de hacinamiento e inseguridad.. En el primer escenario, hasta el año 2015, los inmigrantes sólo podían postular a los programas Fondo Solidario de Elección de Vivienda (D N°49, 2011), Sistema Integrado de Subsidio Habitacional (D N°1, 2011) y el de Protección del Patrimonio Familiar (Equipamiento Comunitario y/o Mejoramiento del Entorno; Mejoramiento de la Vivienda, y Ampliación de la Vivienda) (D N°255, 2007) del MINVU, si constataban tener Permanencia Definitiva conforme a las normas que regulan la residencia legal de los extranjeros en el país. Que en teoría significaba tener como mínimo 5 años viviendo en Chile en condición regular, mientras que en la práctica debían ser más años de lo estipulado, esto se transformó en un obstáculo si se considera que hay personas que llevan 7 años viviendo en el país y aún no logran su permanencia definitiva (Stefoni, 2011). Además debían, tener Cédula de identidad, un ahorro mínimo en una entidad financiera, estar inscrito en el Instrumento de Caracterización Socioeconómica, adjuntar una Declaración de Núcleo Familiar (En el caso del Fondo Solidario de Elección de vivienda),.

(33) 33 acreditar financiamiento complementario al subsidio (Sistema Integrado de Subsidio Habitacional), Ser propietario de una vivienda (Programa de Protección del Patrimonio Familiar) (GPM, 2017; D N°49, 2011; D N°255, 2007; D N°1, 2011). Es decir, una variedad de requisitos que están fuera del alcance de la población inmigrante.. Bajo este marco legal, se derrumba el sueño de los inmigrantes una vez instalados en el país. Dada la desinformación relacionada a la condición de su asentamiento (Vivienda) a nivel nacional, se explora la información proporcionada en base a las personas registradas y catastradas por la Encuesta CASEN específicamente de la Región Metropolitana Santiago (RMS) y la Encuesta Nacional de Campamento realizada por la Fundación TECHO, ambas del año 2015. La población inmigrante registrada por la Encuesta CASEM2 RMS, alcanza a cuatrocientos sesenta y cinco mil personas el año 2015. De estas, sólo la Región Metropolitana de Santiago alberga a trescientos veintiún mil inmigrantes, representando el 69,1%. De ellos, el 50,9% son mujeres y 49,1% hombres (Gajardo, 2017).. Cuadro N°7: Número y porcentaje de población inmigrante entre 2006 y 2015. Región Metropolitana de Santiago (RMS) 350.000 300.000 250.000 200.000 150.000 100.000 50.000 0 RMS Porcentaje. 2006 98.372 1,50%. 2009 141.561 2,10% RMS. 2011 160.332 2,40%. 2013 235.610 3,40%. 2015 321.561 4,60%. Porcentaje. Fuente: Gajardo, Santiago: Región Metropolitana de Santiago. Población inmigrantes:. 2. La Encuesta CASEM 2015, se aplicó en un total de 83.887 hogares residentes en 324 comunas de las 15 regiones del país, recolectando información sobre 266.968 personas..

(34) 34 Resultados Encuesta CASEM 2015. Seremi de Desarrollo Social R.M. Febrero 2017. Las nacionalidades con mayor presencia corresponde a 35,1% peruanos, 14,5% colombianos, 9,1% argentinos, 7,2% ecuatorianos y 3,8% bolivianos. Es importante destacar que las familias pertenecen al IV y V quintil de ingreso autónomo correspondiendo a 53,2%, es decir, los ingresos más altos superando a los chilenos encuestados, que en conjunto sólo llegó a 39,4%, pero ambos, nacionales y extranjeros un 7,1% se encuentran en situación de pobreza.. Cuadro N°8: Porcentaje de las nacionalidades en 2015. Región Metropolitana de Santiago. Fuente: Gajardo, Santiago: Región Metropolitana de Santiago. Población inmigrantes: Resultados Encuesta CASEM 2015. Seremi de Desarrollo Social R.M. Febrero 2017. Mientras que su población etaria más significativa con 35,8% va desde los treinta a cuarenta y cuatro años, sigue con 28% entre los diecinueve y veintinueve años y con 16% entre los cero y dieciocho años.. Cuadro N°9: Población según tramo de edad.

(35) 35 40,00% 35,00% 30,00% 25,00% 20,00% 15,00% 10,00% 5,00% 0,00%. 35,80% 26,80. 28,00% % 19,10%. 16,60%. 19,10%. 18,00%. 16,90%. 13,30% 6,30%. 0-18 años. 19-29 años. 30-44 años. Inmigrantes. 45-59 años. 60 años y más. Chilenos. Fuente: Gajardo, Santiago: Región Metropolitana de Santiago. Población inmigrantes: Resultados Encuesta CASEM 2015. Seremi de Desarrollo Social R.M. Febrero 2017 En la misma idea, con respecto al hacinamiento, el porcentaje alcanza a 22,5%. También, demuestra que el 18,3% de los jefes de hogar era propietario de la vivienda que ocupa, el 76,6% es arrendatario, 4,6% corresponde a cesión y 0,2% a usufructo.. Cuadro N°10: Porcentaje de hacinamiento por lugar de nacimiento del jefe/a de hogar (2015) 100,00% 90,00% 80,00% 70,00% 60,00% 50,00% 40,00% 30,00% 20,00% 10,00% 0,00%. 93,00% 77,50%. 12,80% 5,40%. 1,10% 4,70%. Sin hacinamiento (2,49 Hacinamiento medio y menos) bajo (2,5 a 3,49) Chilenos. Hacinamiento medio alto (3,5 a 4,9). 0,50%. 5,00%. Hacinamiento Crítico (5 y más). Inmigrantes. Fuente: Gajardo, Santiago: Región Metropolitana de Santiago. Población inmigrantes: Resultados Encuesta CASEM 2015. Seremi de Desarrollo Social R.M. Febrero 2017. Respecto a la permanencia en Campamentos, de acuerdo al Catastro de Campamentos 2015 realizado por TECHO. Del total de 3.062 hogares (10.363 personas) a nivel nacional que.

(36) 36 viven en campamento 5,9% son inmigrantes. La mayoría de estos son colombianos (32,3%), bolivianos (32,4%) y peruanos (27,1%).. Cuadro N°11: Nacionalidad de Inmigrantes viviendo en Campamento 35,00% 30,00% 25,00% 20,00% 15,00% 10,00% 5,00% 0,00%. 32,40%. 32,30%. 27,10%. Perú. Bolivia. 3,90%. 2,90%. Argentina. Ecuador. 1,16% Colombia. Haití. 0,29% Otra. Nacionalidad. Fuente: Informe Encuesta Nacional de Campamentos 2015. Centro de Investigación Social Techo-Chile 2015.. Se concentran principalmente en la Región de Antofagasta (32,9%), Arica y Parinacota (28%) y Tarapacá (25,4%). De estas familias el 5,4% se encuentra cesante y el 80,6% se encuentra trabajando de manera independiente (33,5%) o contratado (66,4%).. Cuadro N°12: Porcentaje de Inmigrantes viviendo en campamento por región.

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