FRAUDE EN EL SUMINISTRO DE ENERGÍA ELÉCTRICA
1.- Supuestos de fraudes y actuaciones anómalas 1.1 Definición
Manipulación del suministro eléctrico hecha por cualquier medio, ajena a la empresa distribuidora, que permite que se consuma la energía eléctrica sin la medida exacta que le corresponde.
1.2 Aumento del fraude
• Todas las empresas han detectado un aumento importante de las pérdidas, pese a que la demanda es decreciente.
• En PEUSA las pérdidas han pasado del 5,75% en el 2.011 al 6,52% en el 2.014. No obstante, la demanda ha bajado un 8,1% en el mismo período. • El aumento de pérdidas no procede de las ‘pérdidas técnicas’, por lo que es
debido al fraude.
• PEUSA ha iniciado una campaña contra el fraude
2.- Detección del fraude
1.1 Revisión de cortes por impago
Para evitar reconexiones después de un corte por falta de pago. 1.2 Información procedente de la web o de avisos externos (Porcentaje elevado de detección)
• Apartado de la web para comunicar anomalías y fraudes. • Avisos y denuncias de terceros.
1.3 Campañas internas
• Inspecciones por CNAE (p.e. Hostelería, talleres etc.) • Instalaciones obsoletas (obras etc.)
• Locales nocturnos. • Locales cerrados
• Zonas concretas (calles, barrios, etc.)
1.4 Avisos personal propio • Personal de lectura
1.5 Por alarma de telegestión • Apertura de tapas.
• Tensión a la salida en el contador después de un corte por TG.
• Suministros cortados que pierden comunicación (anulación del contador) • Id. con aviso de apertura de tapas.
1.6 Balance energético de telegestión • Sectores con pérdidas excesivas.
1.7 Listados de anomalías procedentes del programa de lecturas y facturación
(Estos listados exigen un filtrado previo) • Disminuciones en consumo interanual. • Consumo nulo en varios períodos. • Bajas sin contrato posterior.
• Hora de utilización anormalmente bajas.
No incluimos en este apartado los métodos de fraude conocidos por ser su carácter excesivamente técnico. Nos consta que hasta el momento dichos métodos son los clásicos, aún no se ha detectado un método exclusivamente informático.
3.- Actuaciones tras la detección del fraude 3.1. Elaboración informe técnico
Cumplimentación de un impreso normalizado, indicando todos los datos del suministro, el tipo de fraude realizado y adjuntando un reportaje fotográfico completo que detalle el estado de la instalación. En los casos que sea necesario, se realizaran medidas mediante un contador patrón.
El documento deberá ser firmado por dos operarios de la compañía. Se intentará que también sea firmado por un testigo, si es posible, el usuario del suministro.
En previsión de inspecciones posteriores, en el momento de la realización del informe técnico no se corregirá la instalación.
3.2. Expediente de regularización de energía defraudada.
3.2.1 Documentación del expediente según el tipo de suministro: a) Suministro doméstico:
Tramitación del expediente de facturación y cobro de la energía defraudada a partir del informe interno y regularización del suministro.
b) Suministro actividad económica o cuantía importante de fraude: Segunda inspección del suministro eléctrico por parte de un Organismo de Control Acreditado (OCA), con el fin de complementar el informe técnico realizado por el personal de la compañía
c) Suministro conflictivo, acciones de fraude reiteradas o posibilidad de otras actividades delictivas:
Denuncia delante de la policía local o autonómica. 3.2.2 Cálculo de la energía defraudada:
En el caso de no existir un criterio objetivo de obtención de la medida de la energía defraudada: Potencia contratada, o máxima admisible de la instalación, por 6 horas de utilización diaria, desde el inicio del fraude. Período máximo un año, en caso de desconocer la fecha de inicio del fraude (art. 87 RD 1955/200).
Criterios objetivos pueden establecerse cuando por ejemplo, existe un contador de comprobación en el suministro que no haya sido manipulado, o que el fraude haya consistido en la manipulación de una o dos de las fases de un suministro trifásico, sin que el contador pierda su registro.
3.2.3 Comunicación de la detección del fraude al comercializador y al usuario del suministro eléctrico del expediente de regularización:
Comunicación al comercializador adjuntando factura e informe.
Carta severa certificada con acuse de recepción dirigida al usuario de la instalación, adjuntando la factura del recalculo de la energía defraudada y estableciendo un plazo límite para el pago de la misma, que en caso de impago se procederá al corte del suministro.
3.2.4 Liquidación cuantía de los peajes a la CNMC
3.2.5 Posibilidad de negociación del pago de la factura de la energía defraudada.
3.2.6 Corte del suministro en caso de impago.
3.2.7 Comunicación a la Dirección General de Industria en caso de corte del suministro.
ESQUEMA RESUMEN DEL PROCEDIMIENTO DE DETECCIÓN DEL FRAUDE Y TRAMITACIÓN DEL EXPEDIENTE Revisión cortes Información terceros Campañas internas Personal propio Alarmas TG Balance energia TG Listados anomalías DETECCIÓN FRAUDE Cálculo energía defraudada Comunicación al comercializador y al usuario del suministro
Liquidación de los peajes CNMC Suministro doméstico:
Informe técnico compañía
Suministro actividad económica o cuantía importante:
Informe técnico compañía Informe técnico OCA
Suministro conflictivo u otras actividades delictivas:
Informe técnico compañía Denuncia
Pago (posibilidad de negociación)
Impago
Corte y comunicación al Organismo correspondiente
4.- ¿Cómo afecta el fraude en las empresas? Visión desde la órbita del distribuidor y desde el comercializador
4.1 A quién afecta.
• Comercializador: Pierde un margen. • Distribuidor: Le afecta en la Retribución.
• Usuarios en general: El coste de las pérdidas se incluye en el cálculo de los peajes.
4.2 Interés en la detección del fraude • Comercializador:
a) Puede recuperar márgenes.
b) Pero ha de afrontar el peaje, en caso de impago. Riesgos de la comercialización. Prudencia con clientes fuera de zona.
• Distribuidor:
a) Mejora de la Retribución por disminución de pérdidas. b) Obtención del incentivo por detección de fraude. c) Mantenimiento de la disciplina en la red eléctrica. d) Criterio de aplicar ‘buenas prácticas’.
• Consumidores:
A la larga, evitan aumentos de precio de los peajes. 4.3 Campaña divulgativa.
Puede ser interesante destacar, en algunos medios, que el fraude: • Es una actividad delictiva.
• La manipulación entraña un riesgo de accidente eléctrico.
• Comporta un aumento del precio de peajes que recae en todos los consumidores.
• La comunicación de anomalías beneficia a toda la sociedad. Atención a la posición de algunas organizaciones de consumidores. Atención a la “Pobreza Energética”.
4.4 Algunas recomendaciones.
• Las fuerzas de seguridad sólo actúan por denuncias, que se transmiten al juzgado.
• No es bueno hacer demasiado ‘ruido’.
• Tomar nota en la Base de Datos de los clientes con historial de fraude. • Utilizar exclusivamente personal propio. Por seguridad, confianza y