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Partido Judicial de Sant Boi de Llobregat PARTIDO JUDICIAL DE SANT BOI DE LLOBREGAT JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E INSTRUCCIÓN

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PARTIDO JUDICIAL DE SANT BOI

DE LLOBREGAT

JUZGADOS DE 1ª INSTANCIA E

INSTRUCCIÓN

(2)

I.- LA PLANTA JUDICIAL

El partido judicial de Sant Boi de Llobregat cuenta con cuatro Juzgados de Primera Instancia e Instrucción, servidos por Juez.

II.- PLANTILLA ORGÁNICA A 31.12.04

JUECES: A la fecha indicada, desempeñaban el cargo cuatro Jueces titulares.

SECRETARIOS JUDICIALES: A 31 de diciembre de 2004 dos Secretarios Judiciales eran titulares y dos sustitutos.

PERSONAL COLABORADOR:

Cuerpo de Gestión Procesal: 3 Cuerpo de Tramitación Procesal: 4 Cuerpo de Auxilio Judicial: 2

III.- DATOS SOBRE POBLACIÓN

1.- POBLACIÓN TOTAL: Todos los municipios que integran el partido judicial suman un total de 94.978 habitantes de derecho, según los últimos datos del INE, cerrados a 1 de enero de 2004.

2.- EVOLUCIÓN DE LA POBLACIÓN: La población censada en el partido judicial ha crecido en los últimos diez años un + 7,8 %.

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94.978 88.088 20.000 40.000 60.000 80.000 100.000 120.000 1994 2004 Evolución de la población

IV.- RATIO HABITANTES/JUEZ

En 1994 la ratio habitantes/juez indicaba un resultado de un Juez de Primera Instancia e Instrucción por cada 22.022 habitantes.

En 2004 la ratio se sitúa en un Juez por cada 23.745 habitantes.

V.- ESTUDIO DE LA LITIGIOSIDAD EN LOS ÚLTIMOS CUATRO

AÑOS

1.- MEDIA DE INGRESO POR JUZGADO Y COMPARACIÓN CON EL

MÓDULO DE ENTRADA

El módulo de trabajo anual de los Juzgados de 1ª Instancia e Instrucción se sitúa en 380 asuntos civiles contenciosos y en 2.500 asuntos penales.

En materia civil, en los Juzgados de Sant Boi de Llobregat, se ha superado en 2001 y 2004 y no se alcanzó en 2002 y 2003 el módulo máximo de entrada previsto para este tipo de órganos. Las medias de los dos últimos años suponen, respectivamente, un 98,7% y 106,3% del módulo de entrada.

En materia penal, en estos Juzgados no se han superado en los años analizados el módulo máximo de ingreso, si bien en 2003 y 2004 se sitúan en cifras muy próximas a dicho máximo. Las medias de estos dos últimos años suponen un 97,9% y 97,9% del módulo de entrada.

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En conjunto, la carga de trabajo civil-penal se encuentra en cifras razonables. 405 341 375 404 380 300 320 340 360 380 400 420 2001 2002 2003 2004 Módulo

Módulo de Entrada Civil: Juzgados Mixtos

1.974 2.103 2.448 2.448 2.500 0 500 1.000 1.500 2.000 2.500 2001 2002 2003 2004 Módulo

Módulo de Entrada Penal: Juzgados Mixtos

2.- EVOLUCIÓN DEL REGISTRO DE PROCESOS MONITORIOS

Una parte importante del incremento de la litigiosidad civil tras la entrada en vigor de la LEC 1/2000 se ha encauzado a través del Proceso Monitorio. El número de asuntos de esta naturaleza presentado en los Juzgados de Sant Boi de Llobregat en 2004 superó en un 124,6% el nivel del año 2001.

(5)

EVOLUCIÓN DEL REGISTRO DE PROCESOS MONITORIOS

539

240

499

293

150 250 350 450 550 650 2001 2002 2003 2004

Desde la entrada en vigor de la LEC 1/2000 los Procesos Monitorios han supuesto, por tanto, un porcentaje cada vez más importante de la litigiosidad civil.

IMPORTANCIA PORCENTUAL DE LOS PROCESOS MONITORIOS EN LA LITIGIOSIDAD CIVIL

44,25

41,65

29,36

18,07

0 10 20 30 40 50 2001 2002 2003 2004

3.- ASUNTOS RESUELTOS: MEDIA POR JUZGADO

Asuntos Civiles: El volumen medio de asuntos civiles resueltos por los Juzgados de Sant Boi de Llobregat ha fluctuado en el periodo analizado, así en 2001 y 2004 se concluyeron mayor número de asuntos civiles que en 2002 y 2003, en paralelo con el registro de esta clase de asuntos.

Asuntos penales: El volumen medio de asuntos penales resueltos por estos Juzgados ha tenido un comportamiento distinto en el periodo analizado: en los años 2003 y 2004 se resolvieron mayor número de asuntos penales que en 2001 y 2002.

(6)

ASUNTOS CIVILES RESUELTOS 373 333 336 385 300 310 320 330 340 350 360 370 380 390 2001 2002 2003 2004

ASUNTOS PENALES RESUELTOS

2.048 1.872 2.317 2.168 0 500 1.000 1.500 2.000 2.500 2001 2002 2003 2004

COMPARACIÓN CON EL MÓDULO DE RESOLUCIÓN

El módulo de trabajo está fijado para este tipo de órganos en 1.250 horas/punto.

La evolución de los datos de desviación en términos porcentuales de los módulos de trabajo de los Juzgados de Sant Boi de Llobregat durante el periodo analizado es significativa. Sigue una línea inicial de incremento que se quiebra en 2003, para volver a ascender en 2004. No obstante, se han superado en los años analizados el máximo establecido, excepto en 2003.

(7)

3,66 5,45 -0,1 12,65 -5 0 5 10 15

MÓDULO DE TRABAJO (Desviación en términos porcentuales)

2001 2002 2003 2004

4.- ASUNTOS PENDIENTES: MEDIA POR JUZGADO

La media de asuntos civiles pendientes por Juzgado ha presentado una evolución al alza en el periodo 2002-2004, situándose en el último año analizado en cifras elevadas.

Con respecto a los asuntos penales, la media de asuntos pendientes ha seguido una línea claramente ascendente en el periodo analizado, situándose en la última anualidad en cifras muy altas.

280 230 281 329 0 50 100 150 200 250 300 350

ASUNTOS CIVILES PENDIENTES

(8)

435 525 600 881 0 200 400 600 800 1.000

ASUNTOS PENALES PENDIENTES

2001 2002 2003 2004

5.- OTRAS VARIABLES DE LITIGIOSIDAD

A.- EVOLUCION DEL TIEMPO MEDIO DE RESPUESTA EN MESES

El tiempo de respuesta en meses se obtiene a través de dos variables: el número de asuntos resueltos en un año y el número de asuntos pendientes al final de esa anualidad. Este dato proyecta el número de meses que tarda en resolverse un asunto si las circunstancias de la anualidad que se toma como referencia de los asuntos resueltos no varían sustancialmente.

En los Juzgados de Sant Boi de Llobregat el tiempo medio de respuesta en materia civil ha experimentado un continuado ascenso en el periodo 2002-2004.

En materia penal la evolución ha tenido un similar comportamiento, habiendo ascendido en el cuatrienio 2001-2004, situándose en este último año dentro de parámetros elevados.

(9)

TIEMPO MEDIO DE RESPUESTA 8,26 4,5 7,61 5,99 9,2 5,07 9,39 7,28 0 2 4 6 8 10

Civil General Penal General

2001 2002 2003 2004

B.- TASA DE RESOLUCIÓN

La tasa de resolución indica la relación entre los asuntos resueltos en un determinado periodo y los asuntos registrados en el mismo. Cuando alcanza valores superiores a 1, indica que se está resolviendo más de lo que se ingresa, es decir, que se está reduciendo la pendencia.

En los asuntos civiles la tasa de resolución, en ninguno de los años analizados alcanzó valores superiores a 1. En el periodo 2001-2004, el número de asuntos resueltos fue inferior al de registrados, por ello la pendencia se incrementó progresivamente.

En los asuntos penales tampoco en el periodo analizado, excepto en 2001, el número de asuntos resueltos fue superior a los registrados, aumentando la pendencia penal, especialmente en 2004.

(10)

Juzgados 1ª Instancia e Instrucción

0,88

1,04

0,96

0,89

0,81

0,95

0,89

0,89

Civil Penal

2004

2003

2002

2001

C.- TASA DE PENDENCIA

Este concepto indica la relación entre los asuntos pendientes al final de un periodo y los resueltos durante ese periodo, de modo que es más favorable cuanto menor sea su valor. En el área civil la tasa de pendencia ha ascendido ligeramente en el periodo analizado. En el área penal esta tasa, siempre menos elevada que la civil, ha experimentado también un continuo crecimiento en el periodo 2001-2004, especialmente en esta última anualidad.

EVOLUCIÓN DE LA TASA DE PENDENCIA: JUZGADOS DE PRIMERA INSTANCIA E

INSTRUCCIÓN

0,84

0,85

0,69

0,75

0,21

0,28

0,26

0,41

0

0,2

0,4

0,6

0,8

1

2001

2002

2003

2004

TP Civil

TP Penal

(11)

D.- TASA DE CONGESTIÓN

Este dato se obtiene a partir de tres variables: los asuntos pendientes al inicio de un periodo, los registrados y los terminados durante ese mismo periodo. Refleja una situación más favorable cuanto menor es el valor resultante.

En el ámbito civil esta tasa se ha mantenido prácticamente estable en el periodo analizado, siendo elevada en todos los años analizados. En el área penal la tasa de congestión se ha incrementado en el periodo 2001-2004, especialmente en 2004.

Juzgados 1ª Instancia e Instrucción

1,82

1,31

1,88

1,36

1,86

1,26

1,85

1,41

Civil Penal

2004

2003

2002

2001

VI.- INFRAESTRUCTURAS

Sede: Existe una sede única para los cuatro Juzgados de Primera Instancia e Instrucción del Partido Judicial. El edificio se encuentra en estado casi ruinoso, alejado del centro urbano y mal comunicado. La antigüedad del inmueble provoca importantes problemas estructurales.

Grado de satisfacción: Es necesaria la construcción de un nuevo edificio para sede de los cuatro Juzgados que cumpla con los requerimientos necesarios para el ejercicio de las funciones jurisdiccionales.

VII.- MAPA DE SERVICIOS JUDICIALES Y MEDIOS

MATERIALES

Situación actual

Las Funciones de Registro Civil son desempeñadas por el Juzgado 4; la plantilla diseñada para este servicio está compuesta por 2 funcionarios del cuerpo de Tramitación Procesal.

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Decanato: la dotación de plantilla cuenta con un efectivo, actualmente del cuerpo de Tramitación Procesal.

Servicios Comunes: NO.

Oficina de Atención a la Víctima: NO. Servicio de Orientación Jurídica: NO.

Servicio de Notificación a Procuradores: NO Servicio de traslado de escritos y documentos: NO Fiscalía: Adscripción Permanente con ubicación efectiva en el mismo municipio: NO.

Instituto de Medicina Legal constituido: Instituto de Medicina Legal de Cataluña, división de Barcelona, en funcionamiento desde 3-6-2002.

Oficina de Averiguación Patrimonial en sede judicial: NO

Oficina de Peritación: NO

Equipos Psicosociales en sede judicial: NO.

Puntos de Encuentro Familiar en el partido judicial NO.

Salas de Vistas: Dos Salas de Vistas para los cuatro Juzgados. Comparten una Sala los Juzgados 1 y 3 y la segunda Sala los Juzgados 2 y 4.

Sistema de grabación audiovisual: VCD.

Aplicación informática de gestión procesal: Themis-2. Archivos judiciales: No se aplica el R.D. 937/2003. Deficiencias de espacio para archivo y depósito de piezas de convicción.

Medidas de seguridad: En el edificio cuentan con vigilante, arco de seguridad y escáner en la entrada principal. También disponen de alarma en el inmueble. Necesidades

Debería procederse a la realización de obras urgentes de conservación y mejora de los locales existentes, o al cambio de sede de los Juzgados del Partido Judicial a otros locales con el espacio necesario para el desarrollo de las funciones jurisdiccionales.

Referencias

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