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Criterios de Selección

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

Comisión Nacional del Agua

Programa de Gestión Hídrica-Seguros de Bienes Patrimoniales Auditoría Financiera y de Cumplimiento: 11-0-16B00-02-0363 DE-107

Criterios de Selección

Esta auditoría se seleccionó con base en los criterios cuantitativos y cualitativos establecidos en la Normativa Institucional de la Auditoría Superior de la Federación para la integración del Programa Anual de Auditorías para la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011, considerando lo dispuesto en el Plan Estratégico de la ASF 2011-2017.

Objetivo

Fiscalizar la gestión financiera para verificar que el presupuesto asignado en el programa presupuestario G010 "Programa de Gestión Hídrica", partida 34501 "Seguros de Bienes Patrimoniales", se ejerció y registró conforme a los montos aprobados y de acuerdo a las disposiciones legales y normativas aplicables.

Alcance

Miles de Pesos

Universo Seleccionado 780,625.0

Muestra Auditada 760,517.4

Representatividad de la Muestra 97.4 %

Se seleccionó para su revisión el 97.4% (760,517.4 miles de pesos) del presupuesto total ejercido por la Comisión Nacional del Agua en el programa presupuestario G010 “Gestión Hídrica”, partida 34501 “Seguros de Bienes Patrimoniales”, que corresponde a la contratación de las pólizas que amparan el aseguramiento de Aeronaves e Infraestructura Hidráulica e Hidroagrícola.

Resultados

1. El Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA) publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF) el 30 de noviembre de 2006, contó con modificaciones publicadas en el DOF el 6 de enero de 2010, y vigente para el ejercicio sujeto a revisión, el cual establece las atribuciones que regulan las operaciones de la Subdirección General de Administración, las gerencias de Recursos Financieros y Materiales, en materia de planeación, programación y presupuestación del ejercicio del gasto correspondiente al aseguramiento de bienes patrimoniales.

La estructura orgánica con la que operó la CONAGUA fue aprobada y registrada por la Secretaría de la Función Pública (SFP) mediante oficio número

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SSFP/408/0423/2011-Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

SSFP/408/DHO/0767/2011 del 19 de mayo de 2011, con vigencia a partir del 1 de enero de 2011.

Actualmente existe un nuevo Reglamento Interior de la CONAGUA publicado en el DOF el 12 de octubre de 2012.

2. El Manual de Organización General de la CONAGUA vigente en 2011 se expidió en mayo de 2008, no está actualizado conforme a las últimas reformas que se efectuaron al Reglamento Interior de la CONAGUA el 6 de enero de 2010; por lo tanto, no define, ni establece la estructura orgánica real, los tramos de control y responsabilidad de las áreas que no se han actualizado.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la Gerencia de Personal informó mediante el memorando núm. B00.07.01.05-511 del 8 de noviembre de 2012, que a raíz de las modificaciones que ha sufrido la estructura orgánica básica de la CONAGUA en el periodo comprendido de febrero de 2009 a julio de 2012, y de la actualización y publicación del Reglamento Interior el 12 de octubre de 2012, no ha sido posible realizar la actualización del Manual de Organización General, por lo que a efecto de contar con dicha actualización implementó un Programa de Trabajo de 33 semanas a partir de que la Gerencia de Personal termine de registrar en el sistema RHnet los movimientos de la estructura orgánica vigente; sin embargo, este programa no establece la publicación del manual en el DOF.

Al respecto, la Subdirección General Jurídica indicó a través de memorando No. BOO.00.02.01.01.-10952 del 29 de noviembre de 2012, que se deberá remitir a la misma, la versión final del Manual en referencia, que se ajuste a la estructura autorizada y registrada por la Secretaría de la Función Pública, así como al Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua vigente y demás instrumentos jurídicos aplicables para que esta proceda a realizar los trámites necesarios para su publicación ante la Unidad Coordinadora de Asuntos Jurídicos de la Secretaría del Medio Ambiente y Recursos Naturales en un plazo que no exceda de 15 días hábiles contados a partir de su recepción y siempre y cuando reúna los requisitos legales para tal efecto.

3. Mediante el oficio de B00.07.03.00.05.-.0946 del 15 de agosto de 2012, la Gerencia de Recursos Materiales (GRM) informó que las actividades referentes al Programa de Aseguramiento las realizó de conformidad con el “Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales”, publicado el 16 de julio de 2010 en el DOF.

Sin embargo, se observó que en la Normateca Interna permanece publicado el denominado “Manual de Operación para el Programa de Aseguramiento y de Procedimientos con

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

Con motivo de la reunión de presentación de resultados finales y observaciones preliminares, mediante nota informativa la SAR informó que se llevaron a cabo las acciones para solicitar que en la Normateca Interna el “Manual de Operación para el Programa de Aseguramiento y de Procedimientos con asignación de responsabilidades” aparezca con la leyenda “En proceso de actualización” de conformidad con el “Acuerdo mediante el cual se modifica el diverso por el que se expide el Manual Administrativo de Aplicación General en materia de Recursos Materiales y Servicios Generales” y que estará concluido el primer trimestre de 2013.

Véase acción(es): 11-0-16B00-02-0363-01-001

4. La Subdirección General de Administración (SGA), a través de la Gerencia de Recursos Materiales (GRM) y de la Subgerencia de Administración de Riesgos (SAR), solicitó el 9 de febrero de 2011 a las Unidades Responsables y Organismos de Cuenca de la CONAGUA la relación de bienes identificados en el ámbito de su competencia a mas tardar el 31 de marzo de 2011, para ser incluidos en el Programa de Aseguramiento Integral (PAI) 2011-2013. Al respecto, se observó que la Subdirección General Técnica, la Subgerencia de Servicios Generales y las Direcciones Locales de Tabasco y Querétaro contestaron 26, 14, 7 y 27 días naturales después de este plazo, respectivamente, lo correspondiente a la Jefatura de Proyecto de Inmuebles, los Organismos de Cuenca Aguas del Valle de México, Río Bravo, Cuencas Centrales del Norte, Golfo Norte, y las Direcciones Locales de Coahuila, Colima, Chihuahua, Durango, Estado de México, Guerrero, Nayarit, Puebla, Quintana Roo y Zacatecas no emitieron respuesta alguna.

Véase acción(es): 11-0-16B00-02-0363-01-002

5. La SGA solicitó, mediante el oficio BOO.07.-0201 del 23 de febrero de 2011, la opinión sobre la factibilidad de incorporar a las Pólizas de Bienes Institucionales Patrimoniales coordinadas por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público (SHCP), los bienes muebles e inmuebles de la CONAGUA, y como respuesta la Unidad de Seguros, Pensiones y Seguridad Social (USPSS) de la SHCP, con el oficio 366-V-043/11 del 18 de marzo de 2011, señaló que“… en virtud de que aún no se concluye un proyecto definitivo para establecer las pólizas institucionales de bienes patrimoniales que coordina esta Secretaría, se considera que es posible continuar con el proceso para la contratación de los seguros a cargo de la Entidad”.

Adicionalmente, con el oficio número 366-V-067 del 16 de mayo de 2011, la USPSS de la SHCP le informó a la CONAGUA que no cuenta con información suficiente de los bienes cubiertos por la póliza y le sugiere continuar con los esfuerzos institucionales para integrar los activos que podrían no estar identificados en los inventarios de las unidades responsables con el propósito de seguir trabajando en una base de datos, que le permita desarrollar sistemas técnicamente más eficientes de administración y transferencia de riesgo.

6. La CONAGUA celebró la Licitación Pública Nacional Mixta número 16101113-001-11, para la adjudicación de los Servicios del “Programa de Aseguramiento Integral de los Bienes Patrimoniales Asignados a la CONAGUA” para el periodo 2011-2013, con cuya revisión se constató lo siguiente:

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

• La convocatoria se publicó en el DOF el 24 de mayo de 2011, contiene la información de los servicios requeridos, los requisitos para presentar las propuestas técnicas y económicas, condiciones de pago, los criterios de evaluación de las proposiciones, las fechas para la presentación y apertura de aspectos técnicos y oferta económica, la fecha para comunicación del fallo, contrato, así como lugar y hora para su firma y las sanciones a las que los ganadores se harían acreedores en caso de incumplimiento.

• Se contó con el dictamen técnico firmado por la Subgerencia de Administración de Riesgos de la CONAGUA, el cual sirvió como base para el fallo.

• Los participantes contaron con la autorización por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público para operar en México y realizar el tipo de operaciones de seguros que se requieren por escrito.

• La CONAGUA otorgó un importe de 30,000.0 miles de dólares, por concepto de prima en administración, que la aseguradora retiene para las primeras pérdidas que se deriven de los daños causados a la infraestructura, con el fin de distribuir el riesgo y lograr mejores costos, además de que en caso de no ser rebasada es reembolsada por la aseguradora a la CONAGUA.

• La emisión del fallo se llevó a cabo el 15 de junio de 2011, el cual establece los aspectos técnicos relativos a las condiciones legales, técnicas, económicas, de financiamiento, oportunidad y demás circunstancias para su determinación asegurando posturas solventes más bajas por el periodo comprendido del 1 de julio del 2011 al 30 de junio del 2013.

• El procedimiento de adjudicación se efectuó con la presencia del Testigo Social núm. PF030, quien fue designado mediante oficio número UNCP/309/AC/0229/2011 por la Subsecretaría de Atención Ciudadana y Normatividad de la Secretaría de la Función Pública.

7. Del presupuesto ejercido en la partida 34501 “Seguros de Bienes Patrimoniales” se revisaron los pagos por 760,517.4 miles de pesos, de las pólizas de seguros números 00001-0001012184 y 0301-000054-00 de Aeronaves, de los periodos de 2010-2011 y 2011-2013, respectivamente así como la número 12619 MOD. 3 (2010-2011) y 12619 MOD. 4 (2011-2013) de Infraestructura Hidráulica e Hidroagrícola, como se muestra a continuación:

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Grupo Funcional Desarrollo Económico PARTIDA 34501

“SEGUROS DE BIENES PATRIMONIALES” 2010-2011 (Miles de Pesos)

P ó l i z a Cuentas por Liquidar Certificadas

Tipo Núm. Aseguradora Vigencia Núm. Importe Fecha de

Pago Del Al Pólizas 2010-2011 Infraestructura Hidráulica e Hidroagrícola

12619 MOD. 3 Banorte Generali, S.A. de C.V 01/09/10 30/06/11 49 793 268,307.4 113,103.3 25/01/11 29/04/11 Aeronaves 00001- 0001012184 Aseguradora Interacciones, S.A. 01/09/10 30/06/11 50 2218 5,398.3 32.5 27/01/11 12/09/11 Pólizas 2011-2013

Aeronaves 0301-000054-00 Seguros Afirme, S.A. de C.V.

01/07/11 30/06/13 1661 3,196.6 18/07/11

Infraestructura Hidráulica e Hidroagrícola

12619 MOD. 4 Banorte Generali, S.A. de C.V 01/09/11 30/06/13 1662 1663 695 101,798.7 151,305.511 7,375.1 18/07/11 18/07/1128 /10/11 Total 760,517.4

FUENTE: Cuentas por Liquidar Certificadas y Pólizas de Seguro proporcionadas por la CONAGUA.

Los pagos se encuentran sustentados en las cuentas por liquidar certificadas (CLC) a favor del beneficiario directo, se tramitaron ante la Tesorería de la Federación (TESOFE) para su pago mediante el SIAFF y cuentan con la documentación justificativa y comprobatoria, como contratos, pólizas, recibos de pago y facturas, con cargo al programa presupuestario requirente.

8. La CONAGUA estableció en el contrato de prestación de servicios Núm. CNA-GRM-054/2010 (2010-2011) celebrado con la aseguradora Seguros Banorte Generali, S.A de C.V., Grupo Financiero Banorte, que la Prima en Administración por 30,000.0 miles de dólares más IVA, se pagaría de la manera siguiente:

-Del 1 al 30 de septiembre de 2010, el primer cuatrimestre de la póliza (septiembre-diciembre de 2010) un pago por 13,500.0 miles de dólares más IVA, equivalentes a 195,767.2 miles de pesos a un tipo de cambio de 12.5011 pesos por dólar.

-Del 1 al 31 de enero de 2011, el primer trimestre (enero-marzo de 2011) un pago por 8,250.0 miles de dólares más IVA, equivalentes a 115,301.3 miles de pesos a un tipo de cambio de 12.0482 pesos por dólar.

-Del 1 al 30 de abril de 2011, el segundo trimestre (abril-junio del ejercicio 2011) un pago por 8,250.0 miles de dólares más IVA, equivalentes a 110,885.7 miles de pesos a un tipo de cambio de 11.5868 pesos por dólar.

Asimismo, se estableció que en caso de que al primer trimestre de 2011, no se rebasara la siniestralidad ocurrida hasta ese momento, se cancelaría el pago del segundo trimestre del 2011.

Al respecto, se observó que los reportes de siniestralidad de la aseguradora al 31 de marzo de 2011 presentaban un saldo de 14,419.1 miles de dólares (4,227.2 miles de dólares

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

pagados y 10,191.9 miles de dólares como reserva de riesgos), motivo por el cual la CONAGUA no debió pagar la prima en administración del segundo trimestre de 2011, por 8,250.0 miles de dólares más IVA, equivalentes a 110,885.7 miles de pesos a un tipo de cambio de 11.5868 pesos por dólar; dado que aún contaba con un saldo remanente de 7,330.9 miles de dólares de la póliza 12619 MOD.3, de lo pagado a la prima en administración en septiembre 2010 y enero 2011, por 21,750.0 miles de dólares más IVA.

Véase acción(es): 11-0-16B00-02-0363-03-001

9. Las pólizas número 00001-0001012184 (2010-2011) y 0301-000054-00 (2011-2013) de Aeronaves cubrió cuatro helicópteros y siete aviones Cessna propiedad de la CONAGUA, de todo daño material contra todo riesgo, aún siendo este daño causa de impericia, sobrecalentamiento, sabotaje, falla mecánica en vuelo o descompostura, ó secuestro. Las pólizas 12619 MOD. 3 (2010-2011) y 12619 MOD. 4 (2011-2013) de Infraestructura Hidráulica e Hidroagrícola cubren a todo bien contra todo riesgo entendiéndose como cualquier pérdida o daño material directamente causado a todas las propiedades muebles e inmuebles de cualquier tipo pertenecientes a la infraestructura hidráulica e hidroagrícola y del Servicio Meteorológico Nacional de la CONAGUA, en el estado físico que se encuentren o las que se consideren que son propiedades del dominio público de la federación, los bienes que deban estar bajo el nivel del agua dentro del territorio de la República Mexicana; bienes que deban estar debajo del nivel del piso más bajo siendo éstos sótanos, cimentación de presas y demás bienes que en ellos se encuentre, necesarios a la operación de sistemas de temporal tecnificado, distritos de riego, pozos y propiedades durante el curso de su construcción, remodelación, instalación, consignación y equipo de drenaje, ya sea propiedad del asegurado o de terceros mientras se encuentren bajo su custodia, arrendamiento, consignación, cuidado, control o responsabilidad, ya sea por ley o adquirida por contrato previo o sobre los cuales tenga interés asegurable.

Asimismo, establecen los límites de responsabilidad, coaseguros y deducibles aplicados, tipo de moneda en que se expide, los bienes o riesgos que serán excluidos de pago por parte de la aseguradora, la forma en que la misma deberá presentar los reportes de siniestralidad, y los términos para el pago en especie.

Se cuenta con los reportes de siniestralidad trimestrales de las pólizas contratadas, entregados por las aseguradoras, los cuales contienen el número de póliza, sección afectada, riesgo afectado, monto reservado, siniestros pagados y pendientes de pagar. 10. Con la póliza numero 0301-000054-00 de Aeronaves (2011-2013) se aseguró lo siguiente:

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Grupo Funcional Desarrollo Económico UNIDADES AÉREAS ASEGURADAS

(Miles de dólares) Aeronave Entidad

Federativa Modelo / Año Matricula Tipo / Motor Valor USD Serie Helicóptero

Oficinas Centrales

Bell 206/1974 XC-GOI Turbina 275.0 1439 Helicóptero Bell 206/1981 XC-FIL Turbina 400.0 3223 Helicóptero Bell 212/1974 XC-CNA Turbina 1,500.0 30667 Helicóptero Bell 407/2009 XC-AUA Turbina 3,000.0 53967 Avión Cessna 441/1983 XC-LGE Turbo Hélice 1,250.0 0275 Avión Cessna Yucatán 421-B/1974 XC-GUP Pistón 170.0 0626 Avión Cessna Sonora 421-B/1972 XC-FOH Pistón 150.0 0239 Avión Cessna Coahuila 414/1972 XC-FIZ Pistón 130.0 0255 Avión Cessna Chiapas 310-R/1978 XC-HEM Pistón 130.0 1258 Avión Cessna Tamaulipas 310-R/1981 XC-GOA Pistón 145.0 2118 Avión Cessna Veracruz U206-F/1974 XC-BAR Pistón 92.0 02555

VALOR TOTAL 7,242.0 FUENTE: Contrato Núm. CNA-GRM-034/2011 proporcionado por la Gerencia de Recursos Materiales.

Durante el segundo semestre de 2011, se presentó únicamente un siniestro en las aeronaves de la CONAGUA, el cual ocurrió el 9 de noviembre de 2011, con número de registro 30/11, al motor izquierdo, la hélice y la aleta sustentadora del Avión Cessna matrícula XC–FIZ a cargo del Organismo de Cuencas Centrales del Norte, el cual a la fecha de la auditoría (octubre 2012) se encuentra en estado de “En trámite”, en virtud de que la aeronave se siniestró en la sierra al sur del Estado de Durango, en una ubicación poco accesible, localizada en el municipio de Suchil, por lo que la visita de inspección para verificar el siniestro por parte del ajustador y del personal de la CONAGUA se tuvo que programar varios días después de lo sucedido.

Asimismo, la Unidad Administrativa afectada requirió de tiempo adicional para recabar la documentación solicitada por el ajustador y fue necesario revisar el mantenimiento de la aeronave de los últimos tres años, a fin de determinar que los daños fueron consecuencia del percance ocurrido.

Una vez concluida dicha revisión (diciembre 2011), el ajustador determinó que el siniestro era procedente, y las partes dañadas fueron trasladadas al taller autorizado ubicado en el Aeropuerto Internacional en la Ciudad de Monterrey, Nuevo León, para su revisión, y establecer el costo de reparación estimado, el cual se fijó por 531.5 miles de pesos; sin embargo, la Dirección General del Organismo antes mencionado no firmó el Finiquito Interno a efecto de otorgar un anticipo al taller, ya que no estaba de acuerdo con invertir en un avión que consideraba obsoleto, y no es sino hasta el mes de mayo de 2012, cuando dicha dirección aceptó firmar el convenio con la aseguradora.

Lo anterior ocasionó que el taller incrementara el costo de las refacciones en 66.7 miles de pesos bajo el argumento de que los precios señalados en la cotización original otorgada en diciembre de 2011, tuvieron una vigencia de 30 días y correspondían a los proporcionados por sus proveedores en los meses de octubre y noviembre del mismo año, motivo por el cual la Aseguradora Seguros Afirme, S.A. de C.V., se negó a absorber dicho incremento al considerar que no era atribuible al siniestro ocurrido; al respecto, la CONAGUA no demostró quién cubrirá el incremento determinado por el taller en el costo de las refacciones del avión siniestrado.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

11. En relación con las pólizas de Infraestructura Hidráulica e Hidroagrícola 2010-2011, la SAR reportó 145 siniestros ocurridos entre el 1 de septiembre de 2010 y el 30 de junio 2011, los cuales se encuentran en los estatus que se muestran en el cuadro siguiente:

SINIESTROS OCURRIDOS 2010-2011 (Miles de Pesos) Estatus Descripción Núm. Expedientes Pago en Especie Pago a TESOFE

Concluido Siniestro atendido. 84 160,354.9 1,799.8

Acta de Entrega Para cerrar el expediente falta este documento. 12 17,680.8 46.6 Convenio El ajustador presentó el convenio. 8 13,715.4 431.4 Proceso Se encuentra en etapa de revisión y valoración de los

documentos enviados al ajustador.

9 0.0 731.1

Duplicado El área afectada realizó dos reportes del mismo siniestro. 1 0.0 0.0 Cancelado El área afectada solicitó la cancelación del reporte de

siniestro.

2 0.0 0.0

Improcedente El ajustador consideró que el siniestro no era procedente, generalmente porque el deducible es superior al valor del daño.

29 0.0 0.0

TOTAL 145 191,751.1 3,008.9

FUENTE: Relación de Siniestros 2010-2011 proporcionada por la SAR.

Respecto a las pólizas de Infraestructura Hidráulica e Hidroagrícola 2011-2013, la SAR registró 112 siniestros ocurridos entre el 01 de julio de 2011 a la fecha de la auditoría (septiembre de 2012), los cuales se encuentran en los estatus que se muestran en el cuadro siguiente:

SINIESTROS OCURRIDOS PÓLIZA 2011-2013 (Miles de Pesos) Estatus Descripción Núm. Expedientes Pago en Especie Pago a TESOFE

Concluido Siniestro atendido. 13 12,629.6 9,226.3

Acta de Entrega Para cerrar el expediente falta este documento. 20 14,318.7 0.0 Convenio El ajustador presentó el convenio. 6 20,422.5 289.3 Proceso Se encuentra en etapa de revisión y valoración de los

documentos enviados al ajustador. 41 0.0 0.0

Pendiente El área afectada no ha enviado los documentos solicitados por

el ajustador. 16 0.0 0.0

Cancelado El área afectada solicitó la cancelación del reporte de siniestro.

3 0.0 0.0

Improcedente El ajustador consideró que el siniestro no era procedente, generalmente porque el deducible es superior al valor del daño.

13 0.0 0.0

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Grupo Funcional Desarrollo Económico

12. Con la revisión a los 84 expedientes de los siniestros concluidos de la póliza 2010-2011 se constató lo siguiente:

• 80 expedientes contaron con el acta administrativa, reporte del siniestro, la documentación probatoria del siniestro, el convenio, Acta de entrega (pago en especie), y para las indemnizaciones el entero a la TESOFE.

• Cuatro expedientes por 23,526.5 miles de pesos no contienen el Acta Administrativa.

• De 61 expedientes por 60,752.3 miles de pesos, los titulares de las áreas administrativas usuarias de la CONAGUA, no enviaron a la SAR dentro de los 20 días naturales siguientes al siniestro la documentación probatoria; ya que dicha información fue remitida dentro de los 23 y 411 días posteriores a la fecha en que ocurrió el siniestro.

De la revisión a los 13 expedientes de los siniestros concluidos de la póliza 2011-2013 se constató lo siguiente:

• Seis expedientes contaron con el acta administrativa, reporte del siniestro, la documentación probatoria del siniestro, el convenio, Acta de entrega (pago en especie), y para las indemnizaciones el entero a la TESOFE.

• Siete expedientes por 10,485.7 miles de pesos, no contienen el Acta Administrativa. Además, tres expedientes de siniestros en proceso contaban con el Acta de Entrega de Bienes sin contar con el Convenio.

Con motivo de la reunión de presentación de resultados y observaciones preliminares, la Subgerencia de Administración de Riesgos informó que en los siniestros que no contaron con Acta Administrativa, el ajustador consideró que con la documentación entregada se daba por satisfecho y contaba con los elementos suficientes para declarar su procedencia, realizar el ajuste correspondiente y elaborar los convenios de determinación de pérdidas; además, la Gerencia de Recursos Materiales a través del memorando número BOO.07.03.-1460 de fecha 12 de noviembre de 2012, dirigido a los directores de Administración en los Organismos de Cuenca y subdirectores de Enlace Administrativo en las Direcciones Locales, les solicitó que instruyeran a las áreas usuarias a efecto de remitir un oficio con la documentación probatoria del siniestro especificada por el responsable de bienes patrimoniales y/o seguros dentro de los 20 días naturales siguientes al incidente; así como reunir la documentación establecida en el contrato respectivo conforme a las disposiciones aplicables para sustentar la reclamación formulada en caso de ocurrencia de un siniestro ante la compañía aseguradora y remitirla al área de bienes patrimoniales y/o seguros a la brevedad posible, con lo que se da por solventado lo observado.

13. El Sistema Integral de Administración de Riesgos (SIAR) es el medio a través del cual las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben remitir a la SHCP información sobre los contratos de seguros que celebren sobre los bienes a su cargo, y los siniestros sufridos a dichos bienes; comunicar por escrito la designación de los servidores responsables de la entrega y/o actualización de la información, y enviar en los meses de

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

junio y diciembre de 2011 a la USPSS de la SHCP los escritos que certifiquen que la información reportada en el SIAR se encuentra actualizada.

Al respecto, la GRM mediante oficio BOO.07.03.-308 del 29 de julio de 2011, envió las pólizas y contratos 2011-2012 y comunicó la designación de los servidores públicos responsables de la actualización, asimismo, con oficio BOO.07.03.-732 del 13 de diciembre de 2011, informó a la USPSS que la información reportada en el SIAR correspondiente al aseguramiento de los bienes de la CONAGUA, se encontraba actualizada.

Sin embargo, se comprobó que no se realizó el ingreso al SIAR de los siniestros ocurridos, dentro de los 20 días posteriores a su reporte, de los bienes asegurados a través de las Pólizas de Infraestructura hidráulica e hidroagrícola.

Véase acción(es): 11-0-16B00-02-0363-01-003

14. La SAR informó que el valor estimado de la infraestructura hidráulica e hidroagrícola por 18,926,540.2 miles de dólares, establecido en la cláusula 12 “Valores Globales” de la pólizas 2010-2011 y 2011-2013, se determinó con la información proporcionada por la Subgerencia de Contabilidad de la GRF; la Subgerencia de Almacenes de la GRM, la Subdirección General de Infraestructura Hidráulica y la Coordinación del Servicio Meteorológico Nacional.

Sin embargo, el saldo en la cuenta contable relativa de inmuebles al 31 de diciembre de 2010 y 2011, fue de 1,875,041.0 y 2,000,393.2 miles de pesos, respectivamente, mientras que el valor de la suma asegurable incluido en la póliza adjudicada a la aseguradora es de 18,926,540.2 miles de dólares; es decir, un 909.4% y 846.1% adicional de lo que se refleja en la contabilidad.

Asimismo, se detectó que el valor estimado de la infraestructura según las pólizas 2010-2011 y 2010-2011-2013, aumentó con respecto del estimado en 2007, aun cuando el saldo en la cuenta contable de inmuebles se vio disminuido, como se muestra en el cuadro siguiente:

COMPARATIVO DEL VALOR ESTIMADO DE LA INFRAESTRUCTURA CONTRA EL VALOR REGISTRADO CONTABLEMENTE

(Miles de Dólares)

Descripción 2007 2010 2011

Saldo de la cuenta de inmuebles al 31

de diciembre 2,345,558.7 1,875,041.0 2,000,393.2 Valor estimado de la infraestructura

según póliza

16,482,595.5 18,926,540.2 18,926,540.2

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dicho valor, ni cómo realizó el cálculo del aumento en el valor estimado de la infraestructura según las póliza 2010-2011 y 2011-2013 con respecto del estimado en 2007.

Por otra parte, la SAR comenta que el valor estimado de los bienes a asegurar no incide en el monto de la suma asegurada o de la prima a pagar, en cuyo caso se realiza conforme a la siniestralidad histórica y no al monto estimado de los bienes a asegurar, lo cual se contrapone al oficio número 366-V-067/11 del 16 de mayo de 2011 emitido por la SHCP, en el cual se señala que la CONAGUA no cuenta con los elementos técnicos, ni con la información suficiente de los bienes cubiertos por la póliza ante su intención de incrementar el límite máximo de responsabilidad (suma asegurada).

Véase acción(es): 11-0-16B00-02-0363-01-004

11-9-16B00-02-0363-08-001

15. La CONAGUA contó con el Sistema para el Manejo y Control de Almacenes Web (SIMCA-WEB), el cual es un sistema de información que permite a la GRM, a través de la Subgerencia de Almacenes, mantener el adecuado control de las existencias de Bienes Instrumentales y de Consumo, así como de consultar en tiempo real las entradas y salidas en todas las Unidades y Subunidades de Control de Inventarios de la CONAGUA; no obstante el día 10 de octubre de 2012, se verificó en el reporte de “Listado de bienes disponibles resguardados por la CONAGUA” la existencia de tres helicópteros y cinco aviones Cessna, aeronaves descritas en la póliza 2011-2013, y no se encontró el registro de un helicóptero modelo BELL 407/2009, matrícula XC-AUA, serie 53967 y de un avión Cessna modelo U206-F/1974, matrícula XC-BAR, serie U206-02555.

Al respecto, la Subgerencia de Almacenes realizó el mismo día el alta de las dos aeronaves, a efecto de contar con un inventario actualizado.

Con motivo de la presentación de resultados y observaciones preliminares la CONAGUA proporcionó el reporte de “Listado de bienes disponibles resguardados por la CONAGUA” que contiene el registro de las aeronaves antes mencionadas. Es importante señalar que del avión Cessna modelo U206-F/1974, matrícula XC-BAR, el número de serie establecido en el contrato número CNA-GRM-034/2011 no coincidió con el del reporte, razón por la cual en la revisión efectuada por este órgano fiscalizador no se localizó.

Cabe señalar que con motivo de la presentación de resultados finales y observaciones preliminares la Subgerencia de Almacenes actualizó el registro del avión Cessna modelo U206-F/1974, matrícula XC-BAR.

Acciones

Recomendaciones

11-0-16B00-02-0363-01-001.- Para que la Comisión Nacional del Agua implemente mecanismos que garanticen que se lleven a cabo las acciones de actualización del Manual de Operación para el Programa de Aseguramiento Integral de la Gerencia de Recursos Materiales a efecto de definir los tramos de control y responsabilidad, y que en su Normateca Interna se encuentre la reglamentación autorizada y vigente. [Resultado 3]

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

11-0-16B00-02-0363-01-002.- Para que la Comisión Nacional del Agua implemente acciones que garanticen que las Unidades Responsables y los Organismos de Cuenca que la integran envíen en tiempo y forma la relación de bienes identificados en el ámbito de su competencia, a efecto de ser incluidos en el Programa de Aseguramiento Integral. [Resultado 4]

11-0-16B00-02-0363-01-003.- Para que la Comisión Nacional del Agua implemente acciones que garanticen que los siniestros ocurridos a los bienes asegurados sean registrados en el SIAR dentro de los 20 días posteriores a su reporte. [Resultado 13]

11-0-16B00-02-0363-01-004.- Para que la Comisión Nacional del Agua implemente acciones que garanticen que la integración del valor estimado de la infraestructura hidráulica e hidroagrícola establecido en las pólizas de aseguramiento se establezca al valor de reposición de los bienes. [Resultado 14]

Solicitudes de Aclaración

11-0-16B00-02-0363-03-001.- Para que la Comisión Nacional del Agua, aclare y proporcione la documentación justificativa que avale que la Subgerencia de Administración de Riesgos debió realizar el pago por 8,250.0 miles de dólares más IVA, equivalentes a 110,885.7 miles de pesos a un tipo de cambio de 11.5868 pesos por dólar, pagados a la aseguradora Seguros Banorte Generali, S.A de C.V., Grupo Financiero Banorte, por concepto de prima en administración del segundo trimestre de 2011 de la póliza 12619-3 MOD.3, ya que los reportes de siniestralidad presentados por la Aseguradora al 31 de marzo de 2011 contenían un saldo de 14,419.1 miles de dólares (4,227.2 miles de dólares pagados y de 10,191.9 miles de dólares como reserva de riesgos), motivo por el cual no procedía el pago del segundo trimestre del ejercicio 2011, dado que aún se contaba con un saldo remanente en la prima en administración por 7,330.9 miles de dólares, de lo pagado a la prima en administración en septiembre 2010 y enero 2011, por 21,750.0 miles de dólares más IVA. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 8]

11-0-16B00-02-0363-03-002.- Para que la Comisión Nacional del Agua proporcione la documentación justificativa y comprobatoria respecto de quién realizará el pago por 531.5 miles de pesos determinado por la aseguradora del siniestro número 30/11, ya que el costo de las refacciones para reparar el avión siniestrado se incrementó en 66.7 miles de pesos, ante el retraso en la firma del convenio. En caso de no lograr su justificación o respaldo documental, la entidad fiscalizada o instancia competente procederá, en el plazo establecido, a la recuperación del monto observado. [Resultado 10]

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técnicos (identificación de riesgos asegurables) y la información suficiente de los bienes cubiertos por las pólizas 12619 MOD.3 y 12619 MOD.4, a efecto de determinar si el límite máximo de responsabilidad (suma asegurada) fuera el correcto; asimismo, no proporcionaron evidencia de cómo determinaron la integración del valor estimado de la infraestructura establecido en dichas pólizas. [Resultado 14]

Recuperaciones Probables y Montos por Aclarar

Se determinaron recuperaciones probables por 110,885.7 miles de pesos. Adicionalmente, existen 598.2 miles de pesos por aclarar.

Resumen de Observaciones y Acciones

Se determinó(aron) 9 observación(es), de la(s) cual(es) 3 fue(ron) solventada(s) por la entidad fiscalizada antes de la integración de este informe. La(s) 6 restante(s) generó(aron): 4 Recomendación(es), 2 Solicitud(es) de Aclaración y 1 Promoción(es) de Responsabilidad Administrativa Sancionatoria.

Dictamen: con salvedad

La auditoría se practicó sobre la información proporcionada por la entidad fiscalizada, de cuya veracidad es responsable; fue planeada y desarrollada de acuerdo con el objetivo y alcance establecidos y se aplicaron los procedimientos de auditoría y las pruebas selectivas que se estimaron necesarios. En consecuencia, existe una base razonable para sustentar el presente dictamen, que se refiere sólo a las operaciones revisadas.

La Auditoría Superior de la Federación considera que, en términos generales y respecto de la muestra auditada, la Comisión Nacional del Agua cumplió con las disposiciones normativas aplicables, excepto por los resultados que se precisan en el apartado correspondiente de este informe, que se refieren principalmente a que: se realizó un pago improcedente a la aseguradora Seguros Banorte Generali, S.A de C.V., por 110,885.7 miles de pesos (8,250.0 miles de dólares más IVA), correspondientes a la prima en administración ya que no se rebasó la siniestralidad ocurrida al primer trimestre de 2011, tal y como lo señala el numeral 45 del Anexo Único del contrato número CNA-GRM-054/2010 celebrado entre CONAGUA y Seguros Banorte Generali, S.A. de C.V., Grupo Financiero Banorte (póliza 12619 MOD.3 de infraestructura hidráulica e hidroagrícola); el Organismo de Cuencas Centrales del Norte tramitó ante la aseguradora en forma tardía el siniestro número 30/11 correspondiente al accidente ocurrido al avión Cessna, matrícula XC–FIZ, lo que ocasionó que se incrementara el costo de las refacciones; la CONAGUA no contó con los elementos técnicos, ni con la información suficiente de los bienes cubiertos por las pólizas de aseguramiento 12619 MOD. 3 y 12619 MOD. 4.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

Apéndices

Procedimientos de Auditoría Aplicados

1. Comprobar que el Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua (CONAGUA), contempla las atribuciones de las distintas unidades responsables para el desarrollo de la planeación, programación y presupuestación, para el ejercicio del gasto de seguros de bienes patrimoniales.

2. Verificar que la CONAGUA cuenta con su Manual de Organización General y su Estructura Orgánica, manuales de organización y de procedimientos específicos vigentes para el ejercicio 2011, autorizados por el servidor público facultado para ello, los cuales deberán contener información sobre su estructura orgánica y las funciones de sus áreas administrativas, que identifiquen actividades como la planeación, programación, ejercicio, control, registro, servicio y recepción, respecto de los seguros de bienes patrimoniales.

3. Comprobar que la CONAGUA cuenta con un sistema de registro del inventario de las aeronaves y bienes correspondientes a la infraestructura Hidráulica e Hidroagrícola de las unidades centrales y foráneas.

4. Verificar que la CONAGUA envió a la SHCP los informes relacionados con la contratación de los seguros en donde se consignen las condiciones pactadas.

5. Verificar que la contratación de seguros de bienes patrimoniales durante el ejercicio 2011, se incluyó en el Programa Anual de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios, elaboró el Programa de Aseguramiento Integral y realizó la contratación de los servicios correspondientes para mantener adecuada y satisfactoriamente asegurados los bienes patrimoniales.

6. Verificar que se contó con una póliza de seguro contratada, en la que se establecen los términos de cobertura y condiciones.

7. Comprobar que la CONAGUA contó con controles para reportar a la aseguradora los siniestros ocurridos durante el ejercicio 2011; que los expedientes de lo reclamado se encuentren integrados de acuerdo con los requisitos establecidos en la póliza de seguro contratada y que éstos fueron indemnizados por la aseguradora en los plazos y condiciones establecidos.

8. Verificar que la CONAGUA recuperó las indemnizaciones por parte de la aseguradora en especie y/o enteros a la Tesorería de la Federación (TESOFE).

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reportada en la página electrónica www.siar.hacienda.gob.mx se encuentra actualizada.

Áreas Revisadas

Las gerencias de Recursos Financieros (GRF) y de Recursos Materiales (GRM) adscritas a la Subdirección General de Administración (SGA), así como los organismos de cuenca distribuidos en las diversas regiones de la República Mexicana.

Disposiciones Jurídicas y Normativas Incumplidas

Durante el desarrollo de la auditoría practicada, se determinaron incumplimientos de las leyes, reglamentos y disposiciones normativas que a continuación se mencionan:

1. Ley Orgánica de la Administración Pública Federal: Art. 19

2. Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria: Art. 1 Par. 2

3. Otras disposiciones de carácter general, específico, estatal o municipal: Art. 4 de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo

Art. 14, Frac. XXVIII del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua.

Manual Administrativo de Aplicación General en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, Actividad secuencial tres del núm. 5.2.4.1 Contratación de pólizas de seguros de bienes patrimoniales y pago de primas; Políticas Bases y Lineamientos en Materia de Arrendamientos y Adquisiciones 2011, Par. 2 del numeral 5.30.- Seguros.

Contrato de prestación de servicios Núm. CNA-GRM-054/2010 (2010-2011) celebrado con la aseguradora Seguros Banorte Generali, S.A de C.V., Grupo Financiero Banorte, Numeral 45 "Condiciones de pago"

Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, Art 62

Contrato núm. CNA-GRM-032/2011 celebrado entre la CONAGUA y la empresa Seguros Banorte Generali, S.A. de C.V., numerales 6 "Bienes Cubiertos" y 10 "Nuevas adquisiciones, construcciones, remodelaciones o readaptaciones"

Oficio Circular por el que, de conformidad con el artículo quinto transitorio del Decreto de Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2011, se dan a conocer los manuales, formatos y medios a través de los cuales las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal deben remitir, entre otros, la información sobre contratos de seguros, el inventario actualizado de los bienes y sus siniestros, así como los mecanismos que permitan intercambiar información sobre dichos bienes publicado en el Diario Oficial de la Federación el 8 de febrero de 2011, Art. Quinto y Sexto.

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Informe del Resultado de la Fiscalización Superior de la Cuenta Pública 2011

Acuerdo por el que se establecen las disposiciones en Materia de Recursos Materiales y Servicios Generales, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 16 de junio de 2010, Art. 49, 53 y 207 Frac. III; Manual para la administración de bienes muebles y manejo de almacenes de la CONAGUA, numerales 7.4.2 "La vigencia de los resguardos", 11.3.1 "Alta de Bienes Muebles" y 15.2 "La actualización del levantamiento del inventario".

Art. 20 Frac. I Inc. c, II Inc. b y X del Reglamento Interior de la Comisión Nacional del Agua. Par. 2 y 4 de las Funciones de la Subgerencia de Administración de Riesgos del Manual de Organización de la Subdirección General de Administración.

Fundamento Jurídico de la ASF para Promover Acciones

Las facultades de la Auditoría Superior de la Federación para promover las acciones derivadas de la auditoría practicada, encuentran su sustento jurídico en las disposiciones siguientes:

Artículo 79, fracción II, párrafos tercero y quinto y fracción IV, párrafos primero y penúltimo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos.

Artículos 6, 12, fracción IV; 13, fracciones I y II; 15, fracciones XIV, XV y XVI; 32; 39; 49, fracciones I, II, III y IV; 55; 56, y 88, fracciones VIII y XII, de la Ley de Fiscalización y Rendición de Cuentas de la Federación.

Comentarios de la Entidad Fiscalizada

Es importante señalar que la documentación proporcionada por la entidad fiscalizada para aclarar o justificar los resultados y las observaciones presentadas en las reuniones fue analizada con el fin de determinar la procedencia de eliminar, rectificar o ratificar los resultados y las observaciones preliminares determinadas por la Auditoría Superior de la Federación, y que se presentó a esta entidad fiscalizadora para los efectos de la elaboración definitiva del Informe del Resultado.

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