IL. Municipalidad de Punta Arenas
Plaza Muiloz Gamero N° 745 - Fono 61-200 324 - Fax 61-200306 E-mail: .secretariamunicipal@e-Duntaarenas.c1
Punta Arenas - Chile
PUNTA ARENAS, Octubre 26 de 2010
NUM . .380 b I (SECCION "B").- VISTOS:
./ Antecedente N° 5411, asignado a Oficio Ord. N° 290 de la Directora de Desarrollo Económico Local solicitando aprobación de Bases para Postular a la Asignación Temporal de Carros de Exhibición y Venta de Productos Artesanales;
./ Resolución Alcaldicia, mediante E-mail.de 26 de Octubre de 2010
./ Las atribuciones que me confiere el artículo 63· de la Ley 18.695, Orgánica Constitucional de Municipalidades, Texto Refundido, Coordinado Sistematizado y Actualizado;
./ Decretos Alcaldicios Nros. 3609 de 15 de Octubre de 2010 Y 3042 de 31 de Agosto de 2010; D E C R E T O :
APRUEBASE LAS BASES PARA POSTULAR A LA ASIGNACION TEMPORAL DE CARROS DE I
EXHIBICION y VENTA DE PRODUCTOS ARTESANALES, con el objeto de regular el proceso de I
postulación y selección de artesanos locales interesados en la asignación temporal de un "Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales".
ANÓTESE, COMUNrQUESE, y una vez hecho, ARCHrVESE.
I DPC/ JCC/pva. DISTRIBUCION: - Alcaldía -Administración Municipal - Administración y Finanzas - Desarrollo Económico Local - Dirección de Control - Asesoría Jurídica - Antecedentes - Archivo.
j)
I Director as _
BASES PARA POSTULAR A LA ASIGNACIÓN TEMPORAL
DE CARROS DE EXHIBICIÓN Y VENTA DE PRODUCTOS ARTESANALES
Artículo 1: Objetivo
Las presentes bases regulan el proceso de postulación y selección de artesanos locales interesados en la asignación temporal de un "Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales". Los carros disponibles para asignaciqn corresponden a 24 unidades.
Artículo 2: Disponibilidad de las Bases y Entrega de Postulaciones I
Las presentes bases de postulación estarán disponibles en la Dirección de Desarrollo Económico Local, ubicada en el edificio interior d~ Plaza Muñoz Gamero N° 745, Y en el sitio Web Municipal http://www.puntaarenas.cl. desde 28 Octubre 2010 y hasta 05 de Noviembre 2010
Las postulaciones deberán ser entregadas en sobr~ cerrado y se recibirán hasta las 16:00 horas del día 12 de Noviembre 2010., en la misrrta Dirección de Desarrollo Económico Local. El sobre deberá indicar, nombre del postulante, número de RUT, dirección, teléfono, correo electrónico si tuviere y deberá presentarse debidamente firmado .
En el caso de no cumplir con los requisitos de postulación, queda automáticamente fuera del Proceso.
El sobre deberá contener los siguientes documentos; a) Anexo "1" de postulación
b) Fotocopia de cédula de identidad (los datos :señalados en el sobre y en el anexo "1" deben ser coincidentes con la cédula de identidad)
Certificado de residencia emitido por Carabi~eros de Chile (original)
Declaración jurada de residencia en la comuha por más de 3 años. (original)
Declaración jurada de no contar con local
c~mercial
en la comuna de Punta Arenas u otra, tanto el solicitante del permiso como ~l o la cónyuge e hijos. (original) Declaración jurada de no desarrollar ningun~ otra actividad lucrativa. (original) Certificado de antecedentes para fines especiales (original)2 fotografias tamaño carné.
I
Contar con certificaciones de la condición de artesano, de instancias reconocidas por el municipio para emitir tal certificación!(Certificados, Diplomas, Cursos, etc.). Fotografias en formato papel o digital de las lartesanías elaboradas y del lugar en que se realizan.
declaraciones juradas que se indican en las: letras d), e) y f) anteriores, podrán efectuarse en un solo documento, siempre y cuandoise indiquen claramente cada uno de los
5Ecm R A C O M U N A l . I
DE PL ICAClókes aspectos requen dos.
I ' ,
El municipio verificará directamente que el post~lante se encuentre en los registros de
~~::::::-... fiscalización de la Dirección de Inspecciones de la Municipalidad de Punta Arenas. Del modo, el municipio se reserva la fa¿ultad de verificar los antecedentes orcionados por el postulante
i>-\) OE Pt..J ismo .$J SESOR /'y j RíDICO . ~ •• 'CIPAL <:' -t .., oh ~~ 0
.
.
-y
~
Artículo 5: Requisitos llora postular ~ - . ' "" \ ?;
La Ilustre Municipalidad de Punta Arenas dispone de 24 "Carros de Exhibición y Venta de
fA COMUNAIProductos Artesanales", los cuales se asignarán a artesanos califIcados, para la exhibición y FICAC IÓt·' venta de productos artesanales en los espacios públicos establecidos
"'\
Ol~ECTOR
··,:-'cA
Artículo 3: Definiciones Fundamentales
a) Artesanía: Todo objeto utilitario y/o decorativo para la vida cotidiana del hombre,
producido en forma independiente utilizando materiales en forma natural y/o procesados,
usando instrumentos y máquinas en las que la destreza manual del hombre sea imprescindible y fundamental para imprimir al objeto una característica artística que refleja la personalidad del artesano.
b) Artesano: Se entiende por artesano a la persona que trabaja en su propia casa, en la de su familia o en su taller, dedicado particularmente a la venta del producto de su trabajo, no utiliza otra asistencia que la de su grupo familiar o la de un ayudante. Su labor es esencialmente personal, realiza como norma un trabajo manual al que infunde su rasgo personal, demostrando capacidad artística y creadora, transformando diversos materiales mediante cualquier técnica manual. Dispone libremente del fruto de su trabajo, que vende al consumidor sin intermediarios, fIjando el precio del producto
Artículo 4: Periodos de Asignación y Espacios de Instalación
Para la exhibición y venta temporal de productos artesanales se utilizarán los "Carros de Exhibición y Venta de Productos Artesanales" que el municipio podrá asignar al artesano autorizado, en los términos y condiciones señalados en las presentes bases.
A cada uno de los asignatarios de un "Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales", se le asignará un espacio fisico de 2,5 metros de largo por 1,5 metros de ancho.
El periodo de asignación de un "Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales", abarcará el periodo correspondiente a la recalada de cruceros, desde noviembre a abril del año siguiente. No obstante lo anterior, los permisos de venta se otorgarán en forma mensual, debiendo los autorizados solicitar la renovación durante la primera semana de cada mes.
La municipalidad de Punta Arenas se reserva la facultad de definir los espacios públicos en los que se podrán instalar los "Carros de Exhibición y Venta de Productos Artesanales",
o DE ,c.
~~~V'Í- como así también de ampliar, suprimir y/o disponer nuevos espacios.
~
~
~~:~
Cada artesano interesado podrá postular a la asignación de un y sólo un "Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales", el que se destinará exclusivamente a la .actividad de exhibición y venta de productos artesanales en los espacios públicos definidos.
¡-·
-I
I (3~'/
\, ..;\ \~~,:\ \~'; '~ _____ ~E~f
.:;:>
:---
-
/1-;.,. ( .·c" r, -y.;~' :
~
~
.
~
:
~
)
~
".): ~I (; F'AL ~ ~ c~~=::;::::...-·
"Para postular a la asignación temporal de un "Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales", el artesano interesado deberá cumplir con los siguientes requisitos básicos:
a) Ser mayor de 18 años.
b) Tener residencia en la comuna por más de 3 años.
c) No contar con local comercial en la comuna de Punta Arenas u otra, tanto el solicitante del permiso como el o la cónyuge, e hijos.
d) No desarrollar ninguna otra actividad lucrativa.
e) Contar con certificaciones de la condición de artesano, de instancias reconocidas por el municipio para emitir tal certificación.
f) Estar en los Registros de la Dirección de Inspecciones del Municipio de Punta Arenas.
g) Estar en los Registros del Departamento de Rentas y Patentes del Municipio de Punta Arenas.
En el caso de no cumplir con los requisitos de postulación, queda automáticamente fuera del Proceso de Evaluación.
Artículo 6: Proceso de Selección
En el proceso de selección de artesanos postulantes a la asignación de un "Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales", las postulaciones serán calificados con nota de 1 a 7, de acuerdo a los siguientes criterios:
O/o
Criterios Evaluación
Ponderación
1
Presentación de los antecedentes solicitados en el Artículo N°210%
de las Bases de postulación.
2 Fabricación de productos artesanales elaborados por el propio
30%
emprendedor local.
3
Incorporación de diseño que promueva la identidad local del15%
producto.
4
Utilización de materia prima regional en la fabricación del15%
producto.
5
Contar con un taller equipado y/o espacio físico estable30%
donde fabrica los productos.
Artículo 9: Prohibiciones
Queda absolutamente prohibido y será objeto de sanción:
1.
Falsear u omitir datos en el proceso de asignación de "Carros de Exhibición de Productos Artesanales" o en el trámite de otorgamiento del permiso.2. Exhibir y comercializar productos artesanales en espacios públicos no autorizados por el municipio y/o ejercer la actividad sin el permiso correspondiente o vencido el mIsmo.
3. Abandonar por más de 5 días, sin justificación o notificación previa a la Dirección de Inspecciones, la atención del "Carro de Exhibición y Ventas de Productos Artesanales" .
4. Desarrollar la a~tividad de exhibición y venta de productos artesanales con un permiso correspondiente a otro artesano o amparar a un tercero para ejercer la actividad.
5.
Exceder de los metros autorizados a cada artesano.6.
Comercializar cualquier producto no autorizado o fuera del lugar asignado.7. Los asignatarios de "Carros de Exhibición y Venta de Productos Artesanales", no podrán exponer mercaderías que no tengan relación con la actividad que se desarrolla en el espacio disponible en el mismo.
8. Mantener alrededor de los "Carros de Exhibición y Venta de Productos Artesanales", mercaderías, paquetes, cajas, sacos u otros bultos similares.
9. Mantener en mal estado el "Carro de Exhibición de Productos Artesanales". 10. Mantener poco aseado el lugar y sector de trabajo.
11.
Exhibir y comercializar un nuevo rubro de artesanía sin la certificación previa. 12. Utilizar altoparlantes, bocinas u otros elementos sonoros.13. No mantener en el lugar de exhibición y venta de productos artesanales la credencial de autorización, mantenerla en mal estado de conservación o adulterarla.
14.
Negarse u obstaculizar la fiscalización correspondiente a Carabineros de Chile, inspectores municipales o fiscalizadores de otros servicios en los ámbitos de su competencia.Adosar estructuras de cualquier tipo al "Carro de Exhibición y Ventas de Productos Artesanales" ,
ANEXO N°l
POSTULACIÓN A LA ASIGNACIÓN TEMPORAL DE CARROS DE EXHIBICIÓN Y
SOlamente se considerarán para comercializar en los Carros de Artesanía los productos que mencione en la solicitud, los que serán verificados en terreno en el proceso de evaluación, si la Comisión lo estima conveniente. Adjuntar fotografías en papel o formato digital.
~\ DE 1>1 - - - + - - - + - - - + - - - 1
.
'''
.
.
-~~ J.;
?
~:
=:
§~
' '-, ji; lIl e; o '-el ~~3---+---+---+---~ . 1, ' -T/,p'! 9 ~UNAL "LM.lf ICAC IÓr-!VENTA DE PRODUCTOS ARTESANALES NOMBRE COMPLETO DEL POSTULANTE:
RUT:
DIRECCION PARTICULAR: COMUNA:
FONO: CELULAR:
CORREO ELECTRONICO: RUBRO, ARTESANIA EN:
DIRECCION DEL TALLER O LUGAR DONDE FABRICA LAS ARTESANIAS:
ACTIVIDAD PRODUCTIVA: TIPO DE ARTESANÍA
De qué tipo, Ejemplo:
Lana: Cruda de oveja, sintética, alpaca, etc. Madera: Lenga, pino, trupán etc.
Señalar todos los productos que comercializará en los Carros de Exhibición y Venta de Artesanías
1.
MADERA LANA CUERO VIDRIO
OTRAS: ¿Cuál?
Indicar principal materia prima del producto y si es regional.
Señalar proveedor.
¿Los productos a comercializar son fabricados por el propio
postulante (artesano) o por terceros?
Artesano Otro
Señalar todos los productos Indicar principal materia prIma del que comercializará en los producto y si es regional. I
Carros de Exhibición y Venta
de Artesanías Señalar proveedor.
6.
7.
8.
9.
10.
¿Los productos a comercializar son fabricados por el propio postulante (artesano) o por
terceros?
Artesano Otro
¿El diseño
vIo
la presentación del producto final pr0n1ueve la identidad local?Mencionar claramente por producto a comercializar I~ incorporación de la identidad local. Ej.: La Identidad local del producto puede reflejarse én el diseño, presentación, embasado V
~
Descripción del taller Ylo espacio físico donde fabriera sus productos. Detallar claramente lugar y equipamiento con el que cuenta (maquinaria, herramientas, insumos, etc.) para la fabricación de los productos? lCuántas horas se dedlF. a trabajar en su taller diariamente? Adjuntar fotografías del taller y equipamiento en pa~1 o formato digital.
,
¿Cuánto tiempo lleva comercializando sus productos en la Plaza de Armas?
DNunca D Meses DAños
I
lCon Carro de Exhibición de Artesanías?[J]Sí
D
No¿Actualmente cómo realiza la venta de sus productos?
D
En su tallerD
Puerta a puertaD
A
consignación D Cuenta con local de ventaD A Pedido
I
D Plaza de Armas D Ferias D Otro medio ¿Cuál? I
lHa participado de los programas de Fomento Productivo que impulsa la Municipalidad?
I
D Fomento Productivo para Microempresarios (Micrdempresa Formalizada) D Nuevas Iniciativas Microempresariales (Emprendedores)
?uE ,o.
Jóvenes Emprendedores
IR:~O CONOCER Y ACEPTAR LAS BASES DE I POSTULACION A LA ASIGNACION
bRAL DE CARROS DE EXHIBICIÓN Y VENT~ DE PRODUCTOS ARTESANALES.
~
-Artículo 7: Consideraciones Generales
El periodo de asignación de cada "Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales",
corresponderá al establecido en el inciso tercero del artículo 4 de las presentes Bases, pudiendo tanto los interesados en renovar la asignación como nuevos postulantes y los no seleccionados en procesos anteriores, participar de los nuevos procesos de asignación.
No obstante sólo se asignará un carro a un mismo artesano, la Ilustre Municipalidad de Punta Arenas, podrá entregar un permiso de venta por grupo familiar, considerando como tal a padre, madre, el o la cónyuge e hijos.
El Departamento de Rentas y Patentes confeccionará los permisos y credencial con foto que se entregará al artesano, procediendo a su enrolamiento previo pago de los derechos municipales, asignando el espacio fisico correspondiente.
La credencial y el permiso mencionarán en forma expresa el nombre del titular y nombre de reemplazantes que sean acreditados como tales, los que deberán cumplir con los requisitos aludidos en inciso tercero del artículo 5 de las presentes Bases, con excepción de lo dispuesto en la letras e) y f) del mismo artículo.
En el permiso mencionará en forma expresa y con claridad los artículos autorizados para la venta de artesanía, a fin de facilitar la fiscalización.
Tanto la asignación de un "Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales", como el permiso para desarrollar la actividad, son personales e intransferibles.
Artículo 8: Formalización de la Entrega y Pago de Derechos
.~J?E fJ ~' ,,,,~' </1-
l
Z;"
'
~Los postulantes seleccionados deberán suscribir un contrato de comodato para el uso del -' ~""
~'; -, ~ ~'Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales" y cancelar los derechos 2lnunicipales por el uso del bien, correspondientes a 3 UTM por el periodo o fracción del
/;;fk~o ~(ti\:t¡.rf'
"",
·
~
\
,.,¡
j
llL
~
..,
:::±
1
,-:=
J
!
+
:3Artículo 10: Sanciones
El postulante o asignatario de un "Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales"
que incurriere en lo señalado en numeral 1 del artículo 9, será automáticamente eliminado del proceso de asignación o esta quedará sin efecto según corresponda.
El artesano objeto de la asignación de un "Carro de Exhibición de Productos Artesanales"
que incurriere en las prohibiciones señaladas en los numerales 2, 3,4, 5, 6,7,8, 9, 10, 11,
12, 13, 14 15 Y 16 del artículo 9, será objeto de una multa y amonestación formal en la
primera falta, será objeto de una multa y caducidad del permiso por 30 días ante una
segunda falta y término del comdato y caducidad del permiso ante una tercera falta.
No obstante lo anterior, al artesano que incurra en la adulteración señalada en el numeral 13
del artículo 9, se le caducará inmediatamente el permiso para la exhibición y venta de
productos artesanales.
Si a un artesano objeto de la asignación de un "Carro de Exhibición y Venta de Productos
Artesanales", se le caduca el permiso para la exhibición y venta de productos artesanales, se
le pondrá término inmediato al comodato.
Artículo 11: Devolución del "Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales"
Al término del periodo de asignación de un "Carro de Exhibición y Venta de Productos
Artesanales", el artesano objeto de la asignación deberá devolver el carro al municipio en las condiciones en las que le fue entregado, salvo el desgaste normal por uso.
La Dirección de Desarrollo Económico Local, la Dirección de Inspecciones y la Dirección
de Operaciones, junto con el asignatario, revisarán el estado del "Carro de Exhibición y
Venta de Productos Artesanales" y la recepción del mismo sólo se efectuará bajo acta una
vez subsanadas las observaciones que formulen las citadas Direcciones.
La devolución de un carro de "Exhibición y Venta de Productos Artesanales" en malas
condiciones o con desperfectos atribuibles a un mal uso o falta de cuidado por parte del asignatario, dará origen a que no se otorguen nuevas asignaciones a tal artesano ni a las personas registradas como reemplazantes del mismo.
Cláusula Exclusiva Carro de Exhibición y Venta de Productos Artesanales
Daños, Deterioro, Destrozos y mal estado del mismo, sea la causal que fuere deberán ser
reparados por el asignatario del Carros Exhibición y Venta de Productos Artesanales e
incurrir en los gastos para su reparación, en forma personal o por el contrario la unidad
técnica, constatara los daños, deterioro, destrozos y mal estado del mismo, solicitando la
. al oración de los daños en materiales y mano de obra en la reparación del carro, entregando
cio al asignatario, para ser presentado en la tesorería municipal, para su cancelación y
d técnica proceder a la reparación del carro. ~-::;EP~~
~:;
0'<'\)
f>,'
~ "or:,~~
~ J
~
)\
\O\CryJ
~
-- ¡..N \C\~ f
1.-/) 6)