Flexibilización laboral : hacia una reforma laboral eficiente
Texto completo
(2) ·(GAP. FlexibüiZ11ción Laboral: Hacia una Reforma Laboral eficiente. !~DICE AGRA.DECIMIENTOS ............................................................................................................................. 7 1. INTRODUCCIÓN .............................................................................................................................. 9. 2. PLANTEAMIENTO DEL PROBLEMA ..................................................................................... 11. 3. ESTADO DEL ARTE ...................................................................................................................... 18. 4. HECHOS ESTILIZADOS DEL ENTORNO NACIONAL ...................................................... 25. 5. MODELO ECONÓMICO DE LA DEMANDA LABORAL .................................................. 38. 6. UN MODELO DE DESEMPLEO Y REGULACIÓN DEL MERCADO LABORAL ........ 41. 6.1 6.1. l 6.1.2. DESCRIPCIÓN DE LA BASE DE DA TOS ................................................................................. ..42. Indicadores laborales ............................................................................................................ 42 Indicadores empresariales .................................................................................................... 43. 7. ANÁLISIS DE RESULT ADOS ...................................................................................................... 46. 8. CONCLUSIONES ............................................................................................................................ 49. 9. BIBLIOGRAFÍA .............................................................................................................................. 52. ÍNDICE DE ILUSTRACIONES ............................................................................................................ 55 ÍNDICE DE TABLAS .............................................................................................................................. 57. 3.
(3) F/exibüiZ11ción laboral: Hacia una Reforma laboral eficiente. 1 l~TRODl'CCIÓ:\ La presente investigación tiene como finalidad analizar las regulaciones en materia laboral de la economía mexicana, para poder analizar si éstas tienen algún impacto en la creación de fuentes laborales, o si éstas generan desincentivos para crearlas. Así pues, una vez observando, analizando y comparando con regulaciones de otros países, se podrá concluir si la regulación laboral en México es rígida o es flexible. En este sentido, se comenta que las regulaciones que distorsionan el equilibrio competitivo en el mercado laboral, inhibiendo el crecimiento económico son aquellas referentes al salario mínimo, contratos colectivos centralizados, costos de contratación y despido, así como la seguridad social. Al respecto, algunas investigaciones al inicio de los años noventa ya señalaban que el mercado laboral mexicano presentaba rigideces importantes en comparación con otros países (Hemández Laos y Aboites Aguilar1 [ 1993 ]). Dichas rigidices, obstaculizan la movilidad laboral, dando como resultado el bajo nivel de contratación temporal y la baja frecuencia del proceso creativo-destructivo de la economía. En este sentido, algunos autores señalan que los costos de despido en México son de importantes magnitudes respecto a los observados en países latinoamericanos, especialmente los referentes a empleados de mayor antigüedad2 3. Derivado de lo anterior, en la segunda sección de esta investigación se presenta infonnación en materia de la nonnatividad respectiva en las relaciones empleador-empleado. En este apartado, se describe de manera detallada los requisitos que debe cumplir el empleador, las obligaciones que tiene, así como los derechos que tiene el trabajador. De igual forma, se describe los antecedentes que ha tenido la Ley Federal de Trabajo (LIT), las modificaciones de forma que ha tenido, más no de fondo, así como las propuestas que han surgido durante los últimos años. Por otra parte, en la tercera sección se describe el estado del arte que presenta la regulación laboral. Esta sección, es de suma importancia ya que aborda de manera puntual diversos estudios, así como los resultados que éstos observaron. De igual forma, se señala los puntos de vista de diversas organizaciones internacionales o centros "think tank" en el tema. Posteriormente, en la cuarta sección, se describe la actualidad nacional e internacional. Ello, en virtud de proveer de un breve bosquejo de la economía y el mercado laboral. En este sentido, se aborda temas referentes a crecimiento económico, inflación, productividad y las clasificaciones proporcionadas por distintos organismos. Así pues, una vez realizado un análisis exhaustivo de los diferentes estudios que a la fecha se han realizado, así como la descripción y análisis de los hechos estilizados de la economía nacional y su mercado laboral, se procede a describir la base de datos que se utilizó durante la investigación. Posteriormente, en esta I Hernández Laos, E., Aboites Aguilar, J. ( 1993 ), La movilidad de la mano de obra en el sector manufacturero en México, Cuaderno de Trabajo núm. 3, México: Secretaría del Trabajo y Previsión Social. 2 Camargo, J. M. ( 1997), Mercado de trabajo, estabilización y competitividad. La experiencia de cuatro países: Argentina, Brasil, Colombia y México, Costos laborales y competitividad industrial en América Latina, Oficina Internacional del Trabajo (OIT), pp. 17-38. 3 Heckman, J., Páges-Serra, C. (2000), The Cost of Job Security Regulation: The Evidence from Latin American labor markets, Economía, número 2, pp. 109-142.. 9.
(4) Fkxibi/irJldón Laboral: Hacia una Reforma laboral eficiente. misma sección, se describen las variables seleccionadas y el porqué de ello, asimismo, se detalla el periodo de análisis y los países seleccionados. Aunado a lo anterior, en la séptima sección se comentan y analizan los resultados obtenidos, y se comparan con los resultados que se esperaban obtener. Finalmente, en la octava sección se realiza un cierre de la presenta investigación.. 10.
(5) , EGAP.. Flexibilil.llción Laboral: Hacia una Reforma Laboral eficiente. 2 PL-\~TEAMIENTO DEL PROBLKMA De acuerdo a diversos autores, entre ellos el Dr. Néstor de Buen4 , todo trabajo supone una actividad humana para la obtención de algún beneficio. Su contraparte, es el ocio, el cual no significa inactividad. En pocas palabras, el trabajo tiene a la producción de la riqueza y el ocio no, aunque le brinde cierto beneficio no monetario al individuo en cuestión. Aunado a lo anterior, es importante señalar que la actual legislación, únicamente se regula el trabajo subordinado, es decir, el que presta una persona, en favor de otra, a través del pago de un salario. Lo anterior, es de suma importancia ya que de acuerdo al Dr. de Buen, si no hay remuneración, entonces la relación no será regida por el derecho laboral. Así pues, como es conocimiento de muchos, la Constitución Política de 1917 le dio origen al artículo 123, el cual eleva al derecho de trabajo al nivel normativo más alto. Lo anterior, fue objeto de reconocimiento a nivel mundial. Al inicio, dicho artículo contemplaba 30 garantías en materia laboral, como por ejemplo: • • • • • • •. Jornada máxima de 8 horas. Salario mínimo, el cual debía ser pagado en efectivo. Establecer días de descanso. Indemnización por despido injustificado. Derechos del sindicalismo. Derecho a huelga. Establecimiento de la edad mínima para laborar.. Adicionalmente, es importante mencionar que el 18 de agosto de 1931, se expide la primer Ley Federal de Trabajo. Dicha ley, estableció en un único ordenamiento legal, las normas, sustantivas y adjetivas del trabajo. Lo anterior tratando de equilibrar los factores de producción, las relaciones laborales patrón-obrero, entre otras. En este orden de ideas, en el año de 1970, se realiza una reforma a la ley, la cual contempló una serie de ventajas adicionales para los trabajadores en materia individual; por ejemplo, el reconocer los trabajadores especiales, una total confirmación del sentido organizado en el orden colectivo. Asimismo, se ratificó el tripartismo en materia administrativa, así como el lograr que en una sola audiencia se den las etapas de conciliación, demanda y excepciones, también el ofrecimiento y admisión de pruebas. Sin embargo, dicha ley es la que se encuentra vigente actualmente, lo cual demuestra un cierto rezago dado que las condiciones actuales no son las mismas que hace 40 años, hoy la globalización cambia y transforma al mundo día con día. Aunado a lo anterior, dicha ley ha sido reformada, al menos, 24 veces. Una de las últimas reformas se realizó el 17 de enero de 2006. En este sentido, el cambio se refirió a lo establecido al artículo 74, respecto a los días de descanso obligatorio. Asimismo, el día 9 de abril de 2012, en el Diario Oficial de la Federación (DOF) se publicó el Decreto por el que se reforman diversas leyes Federales, con el objeto de actualizar todos aquellos artículos que hacen referencia a las Secretarías de Estado cuya denominación file modificada y al Gobierno del Distrito Federal en lo conducente; así como eliminar la mención de los departamentos administrativos que ya no tienen vigencia, por lo que se reformaron los artículos 126, fracción VI; 407; 409; ~ De Buen, N. (2009), Derecho del Trabajo, Editorial Ponila, I 9na edición.. 11.
(6) Flexibüiwción laboral: Hacia una Re(onna laboral eficiente. 411, primer párrafo; 415, fracción I; 419, fracciones lI y IV; 512-E; 531; 539-A, segundo párrafo; 549, fracción lll; 622; 623; 625, segundo párrafo; 633; 637, fracción II; 650; 656; 660, fracciones V y IX; 661; 663; 668; 669, fracción II; 670; 674, fracción I; 709, fracción I, inciso b); 845, fracción II, inciso b), y 1008 de la actual ley. Es importante señalar que a la fecha de realización de este documento, se encontraba en proceso una nueva reforma en materia laboral. En este sentido, se indica que durante el periodo de 1998-2010 se han presentado diversas iniciativas de reforma de ley, tal como lo señala la siguiente tabla: TABLA. 1 lNICIAnvAS DE REFORMA DE LEY 1998-2010. Iniciativa presentada por: Partido Revolucionario Institucional (PRI). 1. 1. Revolución I i Partido Verde Ecologista de México I (PVEM). 1. 1. 1. 1. 1. 1. 29.2%. 87 76. 1. 1. __J. 1. 26.2%. 32 40. 1. : 1. 1. 22.9% 1. 1. 1. 332. Total. Porcentaje. 1. 1. Otros. -. 97 1. Partido Acción Nacional (PAN) Partido de la Democrática (PRO). Número de iniciativas. 9.7% 1. 12% 100%. 1 1. '. 1. Fuente: Secretaria de Trabajo y Previsión Social (2010).. Tal como se puede apreciar, diversas iniciativas de reforma de ley se han presentado; sin embargo, ninguna de éstas ha abordado temas específicos como productividad, competitividad, condiciones de contratación y despido, entre otras. Asimismo, las reformas que han sido encaminadas en este sentido, desafortunadamente no han sido aprobadas, por lo que las modificaciones a dicha ley han sido en la forma y no en el fondo. Dicha reforma laboral se origina dentro de un proceso complicado, ya que nuevamente se da la alternancia en el Ejecutivo Federal: sin embargo, algunas de las principales fuerzas políticas resaltan que la realidad social y económica del país es muy distinta que la de hace 40 años, por lo que es imprescindible modernizar el marco juridico del sector laboral, para así impulsar el acceso al mercado de trabajo a los distintos grupos de edades, en especial a los jóvenes, también se observa la necesidad de fortalecer e impulsar la productividad del trabajador mexicano, y de manera general, proyectar la competitividad nacional. Aunado a lo anterior, es importante mencionar que el desarrollo industrial y comercial que se ha venido dando en las últimas décadas, así como los avances tecnológicos, hacen necesario una legislación laboral moderna, que genere una relación patrón-obrero acorde la actualidad nacional y mundial. Asimismo, se requiere un Estado fuerte y eficaz, el cual deberá incentivar y promover un concepto nuevo de empleo con salario remunerador, cuidando los derechos de los trabajadores, pero a su vez, adecuándose a la necesidades actuales del entorno económico, para apoyar a los centros de producción a obtener un mejor desempeño, y así generan mayores beneficios para todos los participantes en la econorrúa nacional.. 12.
(7) Flexibili<Jlción laboral: Hacia una Reforma laboral eficiente. Todo lo anterior, se puede mostrar con diversos indicadores, los cuales van desde los reportados por el Foro Económico Mundial, Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económicos (OCDE), Doing Bussiness, Instituto Fraser, así como los observados en distintas investigaciones académicas. En este mismo sentido, diversos organismos internacionales destacan las fortalezas de las variables macroeconómicas en México, como por ejemplo; sus finanzas públicas, bajos niveles de deuda e inflación, altas reservas internacionales, entre otras. Dichas variables han logrado darle una estabilidad macroeconómica al país, y sortear las crisis económicas de mejor manera, como la iniciada en el año 2008. El tema de la presente tesis, es un pilar fundamental en cualquier sociedad, ante el entorno cambiante constante, el tema del desempleo ha sido objeto de análisis y discusión a nivel académico y político. Un caso en particular fue la reunión que sostuvieron los Ministros de Trabajo del G20, el cual es un foro de cooperación y de consulta permanente en temas como el sistema financiero, dicha reunión se realizó en nuestro país. Durante dicho foro, ministros de trabajo, la OCDE y la Organización Internacional de Trabajo (OIT) abordaron temas como el crecimiento económico, crecimiento verde y el empleo, donde se obtuvieron diversas conclusiones, entre ellas se mencionó la urgente necesidad de generar empleos de calidad, a través de realizar las reformas estructurales que cada país requiere. Lo anterior, respetando los principios y derechos laborales fundamentales. Finalmente, también es importante mencionar que la reforma laboral que necesita nuestro país no únicamente debe flexibilizar el acceso al mercado de trabajo, sino debe brindar los incentivos suficientes para que dichos empleos sean formales, es decir, que tengan prestaciones sociales y derechos plenos para los trabajadores. Derivado de lo anterior, es importante que el país genere la confianza suficiente para que la inversión, tanto nacional como extranjera, aumente de manera considerable, y el proceso de creación de empleos se incremente de manera importante. No obstante, se debe respetar lo establecido en el artículo 123 constitucional, así como las garantías básicas de los trabajadores. Asimismo, la Ley del Seguro Social, publicada en el OOF el 21 de diciembre de 1995 señala algunas de las disposiciones a que están obligados los patrones de toda relación laboral al momento de la contratación y conclusión de la prestación de los servicios y, detalla en su Reglamento en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización, publicado en dicho Diario el 1 de noviembre de 2002, el procedimiento puntual para dar cumplimiento a las disposiciones de la ley. A grandes rasgos, cualquier relación laboral o contrato entre particulares se rige por la LFT. Particularmente, por relación laboral o contrato, se entiende cualquier acto que dé origen a la prestación de un trabajo personal subordinado mediante el pago de un salario. Formalmente, cualquier persona mayor de dieciséis años puede involucrarse libremente en una relación laboral, de igual forma aquellas personas mayores de catorce y menores de dieciséis que tengan autoriz.ación de sus padres o tutores 5. Asimismo, en toda relación laboral se deben hacer constar por escrito los datos de identificación del trabajador y del patrón, el tiempo durante el cual se mantendrá la vigente la relación, los servicios que deban. ; A falta de éstos. se requiere autorización del sindicato a que pertenezcan, de la Junta de Conciliación y Arbitraje, del Inspector del Trabajo o de la Autoridad Política 13.
(8) Flexibüización Laboral: Hacia una Reforma Laboral eficienJe. prestarse con la mayor precisión posible, el lugar y la jornada de trabajo, así como la forma y el monto del salario y cualquier otra condiciones de trabajo, como días de descanso, vacaciones y demás que se convengan. Aunado a lo anterior, para el aseguramiento de los trabajadores ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) y dar cumplimiento a lo señalado en la Ley del Seguro Social, en toda relación laboral celebrada, el patrón está obligado a inscribir y asegurar al trabajador ante el IMSS 6• A esta obligación se le denomina Régimen Obligatorio y comprende los seguros de riesgos de trabajo, enfermedades y maternidad; invalidez y vida; retiro, cesantía en edad avanzada y vejez; y guarderías y prestaciones sociales. Bajo esta perspectiva, todo patrón está obligado7 al cumplimiento de: • •. • • • • • •. • • •. Registrarse e inscribir a sus trabajadores en el IMSS. Comunicar al Instituto la suspensión, reanudación, cambio o término de actividades; clausura; cambio de nombre, denominación o razón social, domicilio o de representante legal; sustitución patronal, fusión, escisión o cualquier otra circunstancia que modifique los datos proporcionados al Instituto, dentro del plazo de cinco días hábiles contado a partir de que ocurra el supuesto respectivo; proporcionando, según sea el caso, la documentación comprobatoria que corresponda. Llevar y conservar por cinco años registros, de nómina y listas de raya en las que se asiente el número de días trabajados y los salarios percibidos por los trabajadores. Revisar anualmente la siniestralidad del establecimiento de trabajo y solicitar los cambios correspondientes a su registro cuando sea necesario. Determinar y enterar al IMSS las cuotas de aseguramiento obrero patronal que estén a su cargo. Proporcionar al IMSS los elementos necesarios para precisar la existencia, naturaleza y cuantía de las obligaciones a su cargo. Permitir las inspecciones y visitas domiciliarias que practique el Instituto. Expedir y entregar a cada trabajador constancia escrita del número de días trabajados y del salario percibido, semanal o quincenalmente, conforme a los períodos de pago establecidos, en el caso de patrones que se dediquen en forma permanente o esporádica a la actividad de la construcción. Cumplir con las obligaciones relacionadas con el seguro de retiro, cesantía en edad avanzada y veJez. Cumplir con las demás disposiciones de esta Ley del Seguro Social y sus reglamentos. Expedir y entregar constancia de los días laborados a los tratándose de trabajadores eventuales de la ciudad o del campo.. Asimismo, éste debe garantizar a sus trabajadores: 6. Se exceptúan las relaciones que se presenten con trabajadores en industrias familiares, trabajadores independientes y domésticos, ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios, personas fisicas con trabajadores asegurados a su servicio y trabajadores al servicio de las administraciones públicas de la Federación, entidades federativas y municipios que estén excluidas o no comprendidas en otras leyes o decretos como sujetos de seguridad social, los cuales pueden ser inscritos y asegurados mediante convenio con el IMSS de forma voluntaria a petición del patrón. Ello, a través de los trámites IMSS-02-030 Inscripción en la incorporación voluntaria al régimen obligatorio del seguro social, de trabajadores no asalariados, ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios, en forma individual, IMSS-02-031 Inscripción en la incorporación voluntaria al régimen obligatorio del seguro social, de trabajadores no asalariados, ejidatarios, comuneros, colonos y pequeños propietarios, en forma colectiva, IMSS-02-034 Inscripción en la incorporación voluntaria al régimen obligatorio del seguro social, de patrón persona fisica con trabajadores a su servicio, IMSS-02-036 Inscripción en la incorporación voluntaria al régimen obligatorio del seguro social, de trabajadores domésticos 7 De acuerdo al artículo 15 de la Ley del Seguro Social. 14. •.
(9) Fkxibüimción laboral: Hacia una Reforma laboral eficiente. • • • • • •. Jornadas laborales máximas de 8 horas. Reparto de Utilidades. Salario igual o superior al Salario Mínimo Vigente establecido por la Comisión Nacional de Salarios Mínimos. Periodo de vacaciones y goce de días de descanso. Subsidio sobre los gastos de transporte o alojamiento gratuito, cuando su residencia se encuentre alejada del centro de trabajo. Recibir capacitación y adiestramiento sobre el desempeño de sus actividades, entre otras.. A fin de dar cumplimiento a lo anterior, en el caso específico de las PyMEs, para la contratación un trabajador, todo patrón en México debe realizar personahnente el registro y la inscripción correspondiente ante el IMSS, a través del trámite IMSS-02-001 Alta patronal e inscripción en el seguro de riesgos de trabajo, creado para tal efecto. Previamente, el patrón debe contar con número patronal de identificación electrónica, mismo que debe solicitar mediante el trámite IMSS-02-042 Solicitud de asignación de número patronal de identificación electrónica y certificado digital y estar registrado como tal ante el IMSS, a partir de que empiece a utilizar los servicios de uno o varios trabajadores o se constituya como sociedad cooperativa. Asimismo, los patrones también estarán a notificar al IMSS, sobre la incorporación de nuevas actividades, compra de activos o cualquier acto de enajenación, arrendamiento, comodato o fideicomiso traslativo, siempre que ello implique un cambio de actividad. Cabe señalar que, cuando la empresa inicie sus actividades por primera ocasión, ésta debe autoclasificarse para efectos de la determinación y pago de la prima en el Seguro de Riesgos de Trabajo, conforme al Catálogo de Actividades establecido en el Reglamento de la Ley del Seguro Social en materia de Afiliación, Clasificación de Empresas, Recaudación y Fiscalización; ello, de acuerdo a división económica, grupo económico, fracción y clase que en cada caso les corresponda de acuerdo a su actividad. Lo anterior, puede resultar aún más oneroso si se considera que cuando una empresa desarrolle más de una de las actividades del catálogo, el patrón deberá solicitar un nuevo registro para cada una de las actividades. En este sentido, los trámites relacionados al pago de cuotas de aseguramiento y al registro de los trabajadores pueden complicarse, en virtud de que cada trabajador debe ser registrado sobre la actividad específica que desempeña. Asimismo, se puede obstaculizar la rotación de personal al interior de estas empresas. Aunado a lo anterior, una vez contratado el trabajador éste no puede ser separado del establecimiento laboral de forma justificada, a menos que el trabajador: • •. • •. Engañe con certificados falsos o referencias en los que se le atribuyan capacidades, aptitudes o facultades de que carezca. Incurra, durante sus labores, en faltas de probidad u honradez, en actos de violencia, amagos, injurias o malos tratamientos en contra del patrón, sus familiares o del personal directivo o administrativo de la empresa o establecimiento, salvo que obre en defensa propia. Cuando, como consecuencia de los anteriores se altera la disciplina del lugar en que se desempeña el trabajo. Ocasione, intencionalmente, perjuicios materiales durante el desempeño de las labores o con motivo de ellas, en los edificios, obras, maquinaria, instrumentos, materias primas y demás objetos relacionados con el trabajo. 15.
(10) Flexibilización Laboral: Hacia una Refonna Laboral eficiente. • • • • • •. Comprometa, la seguridad del establecimiento o de las personas que se encuentren en él por su imprudencia. Cometa actos inmorales en el establecimiento o lugar de trabajo. Revele los secretos de fabricación o dar a conocer asuntos de carácter reservado, con perjuicio de la empresa. Tenga más de tres faltas de asistencia en un período de treinta días, sin penniso del patrón o sin causa justificada. Desobedezca al patrón o a sus representantes, sin causa justificada, siempre que se trate del trabajo contratado. Se niegue a adoptar las medidas preventivas o a seguir los procedimientos indicados para evitar accidentes o enfermedades.. AJ respecto, cabe destacar que, entre las causas justificadas para la rescisión de una relación laboral, no se ubica alguna relacionada a las deficiencias en el desempeño de las labores del trabajador. En este sentido, por un despido sin causa justificada, el patrón al rescindir el contrato correspondiente debe, de acuerdo a la Ley, otorgar una indemnización equivalente al importe de los salarios de la mitad del tiempo de servicios prestados, en el caso de relaciones de trabajo menores a un año, e igual al importe de los salarios de seis meses por el primer año y de veinte días por cada uno de los años siguientes cuando la relación fuera mayor a un año. Bajo esta perspectiva, la rescisión del contrato de un elemento deficiente de una relación laboral puede resultar muy oneroso para el patrón de una empresa, lo cual, pudiera obstaculizar la rotación de personal y, consecuentemente, la eficiencia de ésta, puesto que cabe la posibilidad de que el patrón suspenda la rescisión por tiempo indetenninado. Por otra parte, a fin de concluir el pago de cuotas que deben enterarse al IMSS por concepto del aseguramiento del trabajador, el patrón debe dar aviso a dicho Instituto mediante el trámite IMSS-02-009 Aviso de movimientos afiliatorios de trabajadores. Al respecto, si bien es cierto que la presentación de dicho aviso puede no resultar muy costosa, si puede dificultar la movilidad laboral. Así pues, en los últimos años como producto de la globalización, se ha observado que las crisis en materia económica-financiera impactan directa e indirectamente al mercado laboral. En este sentido, resulta pertinente analizar dicho mercado, así como la regulación a que se somete; ello, a fin de identificar áreas de oportunidad que favorezcan la competitividad y el desarrollo económico de los países y que sirvan para apuntalar la estabilidad laboral ante los vaivenes económicos internacionales. A fin de lo anterior, es importante analizar las diversas alternativas que pueden abordarse para resolver la problemática, dado que una regulación muy rígida en materia laboral puede favorecer y proteger los derechos de los trabajadores, pero generar pérdidas de eficiencia en la industria; mientras que, una regulación muy flexible podría eficientar la rotación y el funcionamiento del personal, mejorando el aprovechamiento del uso de los recursos humanos en las empresas; sin embargo, esta flexibilización puede afectar algunos derechos que los trabajadores tienen actualmente. Dicha disyuntiva, surge en los años 70's tras la flexibilización del mercado laboral europeo entre juristas (respecto a la protección de los derechos de los trabajadores) y economistas (en cuanto a su eficiencia económica), siendo hasta el día de hoy, tema de debate en la agenda pública. De esta forma, cualquier reforma que se pretenda en la materia debe generar un cambio en las estructuras legales, facilitando y favoreciendo las relaciones laborales, entre los agentes involucrados, sin afectar los derechos de las partes y sin generar pérdidas de eficiencia en la industria.. 16.
(11) FlexibÍÜ1Jlción Laboral: Hacia una Re(onna Laboral e(icienle. Por otra parte, las personas que laboran en el gobierno (federal, estatal y/o municipal) rigen su relación laboral tanto en la LIT como también en la Ley del Instituto de Seguridad y Servicios Sociales de los Trabajadores del Estado, donde establece temas referentes a pensiones, seguros de maternidad, atención médica, riesgos de trabajo, entre otros. En las siguientes secciones del presente documento se analizarán diversos estudios acerca de tan polémico tema, así como los resultados obtenidos por éstos.. 17.
(12) FlexibüiZJlción Laboral: Hacia una Reforma Laboral eficiente. 3 ESTADO DEL ARTE En alguna ocasión Alfred Whitehead8 comentó que "la ciencia que duda en considerar sus fundamentos está perdida". Tal vez lo anterior, se tome inapropiado, pero tal como lo expresa Mark Blaug9, al parecer algunos profesores en historia del pensamiento económico creen que la comunidad de economistas representa W1 mercado perfecto, el cual las nuevas ideas son transmitidas de manera tan eficiente, a través de journals, seminarios, libros y conferencias, que no hay pérdida importante del contenido con el paso del tiempo. Es derivado de lo anterior, que se necesita leer y analizar con detenimiento, no únicamente los textos o journals que WlO está estudiando, sino a la generación previa de pensadores, para así comprender el contexto en el cual los economistas anteriores y actuales escriben. Así pues, de acuerdo a Anne O. Krueger10 , los primeros economistas especializados en desarrollo socioeconómico reconocían la importancia del gobierno como motor del desarrollo económico al proveer diversos productos y servicios; sin embargo, con el paso del tiempo, el análisis de la literatura económica se ha enfocado en W1 argumento diferente: el gobierno debe asumir las actividades que compensen las fallas de mercado. Según Krueger11 , las fallas de mercado fueron vistas como resultado de la rigidez estructural, definida como la falta de respuesta de los agentes económicos ante las señales de posibles cambios en los precios , Por lo que, se concluía que el Estado debía fungir como el mecanismo que agilice la respuesta de la economia ante las fluctuaciones económicas, anticipando dichos cambio y estableciendo políticas que fomenten las inversiones, controlen la economía, o, de manera general, que resuelvan las posibles fallas mercado. Desde esta perspectiva, el mercado laboral puede ser visto como un mercado sumamente rígido debido a que éste se encuentra regulado estrechamente por la Ley, en virtud de que, por una parte, a través de las diversas disposiciones jurídicas se pretende asegurar la estabilidad laboral y el bienestar físico y mental de los trabajadores y, por otra, se obstaculiza la movilidad laboral en la industria, debido a que para la formalización y terminación de cualquier relación laboral es necesario dar cumplimiento a diversos requisitos. Por otra parte, de acuerdo a la autora, durante 1970-1980, diversos gobiernos se precipitaron en la realización de políticas económicas que no cumplieron las expectativas para las cuales fueron diseñadas; sin embargo, destaca que, en términos socioeconómicos, las fallas gubernamentales han sido significativamente menores que las fallas del libre mercado, denotando que las acciones de política pública abordadas por la autoridad resultan indispensables. En este sentido, Krueger señala dos errores comunes que se desprenden de la intervención gubernamental sobre la economía: 1. Por comisión: se presentan cuando, con el propósito de evitar deterioros en la condición económica de la industria el Estado adquiere y administra empresas de baja productividad y. ~ Whitehead, Alfred N. ( 1929). The Aims of Education and Other Essays. London: Williams and Nordgate. 9. Blaug, Mark (2001 ). No History of Ideas, Pleasc, We"re Economists. The Joumal of Economics Perspectives, Vol. 15, No. 1, PJ'" 145-164, American Economic Association I Krueger, Anne O. Govemment Failures in Development, National Bureau of Economic Research, Abril 1990. 11 Krueger menciona que el ténnino "estructuralismo" fue utilizado para describir el análisis de los economistas que creían que varias características institucionales de las economías de los países en vías de desarrollo producían una elasticidad precio casi nula. 18.
(13) F/exibilización Laboral: Hacia una Reforma Laboral eficiente. altos costos en sectores económicos donde el gobierno no debería intervenir o, cuando se implementan programas sociales populistas de alto costo y bajo impacto económico. 2. Por omisión: se presentan cuando por falta de actuación de la autoridad se observa un deterioro en la infraestructura existente, como pudiera ser la red carretera y las telecomunicaciones o, cuando se impide el ajuste de las variables rnacroeconómicas al contexto económico internacional, como pudiera ser la fijación de un tipo de cambio insostenible ante una fuerte depreciación de la moneda local. Es por ello, que los errores antes señalados derivan en un resultado inferior al que pudo haberse obtenido bajo el laissez-faire12, por lo que, antes de formular cualquier política pública, es importante observar si ésta puede distorsionar las condiciones actuales de la economia, y tratar de medir (por marginal que ésta sea) cualquier cambio que pudiera ser contrario al efecto que se pretende. En virtud de lo anterior, respecto al objeto del presente documento, es posible anticipar que la movilidad laboral es un factor que debe ser estudiado. Particularmente, en esta materia se presentan, a grandes rasgos, dos puntos de vista contrapuestos: 1. Bajo los criterios económicos de apertura de mercados y movilidad de capitales, se considera que para incrementar el dinamismo en los mercados de trabajo es indispensable la flexibilización de su marco regulatorio, lo que significa que deben de revisarse las estructuras legales que rigen las relaciones laborales actuales. 2. Bajo los criterios juristas de protección y fomento de los derechos humanos, se ha observado que es necesario proteger el bienestar fisico y mental del trabajador, asegurándole al empleado estabilidad laboral en condiciones dignas. En este sentido, en diversos países existe un alto grado de protección al empleo y, por tanto, una legislación rígida que genera una asignación ineficiente del trabajo. Como toda política pública, la regulación laboral es compleja, en la materia se pueden encontrar numerosas alternativas que pueden ser implementadas para flexibilizar o rigidizar el mercado laboral. Un estudio importante en dicha materia, es el realizado por Richard B. Freeman 13 , el cual analiza diferentes cuestionamientos acerca de que las instituciones laborales reemplazaron a las políticas macroeconómicas (en las economías avanzadas). Ello, en virtud de poder analizar el argumenta de que el alto nivel de desempleo en los países de la Unión Europea se debía gracias a que las instituciones laborales redujeron el salario y la flexibilidad laboral. Por otra parte, se comenta que se realizó el estudio de la OCDE denominado Jobs Study1 4 ( 1994), donde se recomendó que se desregulen los mercados laborales para incrementar la flexibilidad laboral respecto al tiempo trabajado; hacer que los salarios y los costos laborales respondan netamente a las fuerzas del mercado; disminuir las provisiones de seguridad laboral, así como los sistemas de beneficios del desempleo; para introducir diversas políticas públicas como: programas de entrenamiento, asistencia en la búsqueda de empleo,. 1 ~ Expresión que identifica la doctrina económica basada en el supuesto de que el funcionamiento de la economía debe dejarse a la libre interacción de la oferta y la demanda, evitando la intervención del Estado o de cualquier autoridad. Dicho concepto deriva de la expresión francesa que significa '"dejad hacer, dejad pasar". IJ Freeman, R. (2007), Labor Market lnstitutions Around the World, National Bureau of Economic Research, Working Paper 13242. 1 ~ Organization for Economic Cooperation and Development ( 1994) OECD Jobs Study, Evidence and Explanations, París. 19.
(14) Flexibüiwción Laboral: Hacia una Refonna Laboral ef,ciente. subsidios a empresas para contratar a largo plazo a los desempleados, y programas específicos para la gente Joven. Al respecto, Freeman señala que dicha perspectiva marcó un importante giro en la corriente económica principal hacia las instituciones laborales. De los años setenta a mediados de los ochenta, la mayoría de los economistas favorecía las explicaciones macroeconómicas y curas para los problemas económicos (recordar las discusiones entre políticas monetaristas y keneysianas ). En los años noventa; sin embargo, la alta tasa de empleo y el incremento importante de la productividad de los Estados Unidos respecto a la mayoría de los países europeos, a pesar de las similitudes en las políticas macroeconómicas, hizo que las atenciones se dirigieran al posible rol de las instituciones laborales. Tal como se puede apreciar, el debate acerca de la flexibilización laboral ha estado cobrando mayor importancia, sobretodo dadas las condiciones actuales derivadas de la crisis financiera de 2008-2009. Por consiguiente, a continuación se muestra algunas de las tantas vertientes que existen respecto al tema de flexibilidad laboral: TABLA. 2. TIPOS DE FLEXlBlUDAD LABORAL. Flexibilidad Externa, Numérica cuantitativa. Flexibilidad Interna, Funcional. ºI o Cualitativa Poli valencia. Subcontratación 1. Empresas de trabajo temporal. Rotación de Personal 1. Contratos de Aprendizaje. Formación. yl. Empleo Temporal !. Movilidad Geográfica. Horas Extras Modificación de Laboral Tiempo Parcial. I Flexibilidad Salarial 1. _J Política de Moderación Salarial _ _ J Eliminación del Salario Mínimo 1. Eliminación de Prestaciones por I Dese me leo de Jornada ! Modificación Escalas i _________J Salariales ¡ 1. 1. Fuente: Manuel Alejandro Ibarra Cisneros y Lourdes Alicia González Torres; "La tle,dbilidad laboral como estrategia de competitividad y sus efectos sobre la economía, la empresa y el mercado de trabajo"; abril 2009.. Así pues, para investigadores como Fina15 (2001), la flexibilidad externa es definida como la capacidad de una empresa para aumentar o disminuir el empleo sin incurrir en grandes costos o sin grandes obstáculos de tipo nonnativo. Asimismo, la flexibilidad interna es cuando la empresa puede asignar a los trabajadores a una u otras tareas o puestos de trabajo. Finalmente, la flexibilidad salarial sucede cuando hay un ajuste en los salarios de acuerdo a la situación económica de la empresa. Aunado a lo anterior, Botero et al 16 (2004) mencionan que cada país ha establecido un complejo sistema de leyes e instituciones que intentan proteger los intereses de los trabajadores, garantizándoles un estándar de vida mínimo. Dicho sistema, incluye 3 cuerpos de leyes: leyes laborales, leyes de relaciones colectivas e industriales, y leyes de seguridad social. Así pues, en su investigación examinan leyes en materia laboral de 85 países a través de la lente de 3 grandes temías de elección institucional: la teoría de la eficiencia, la teoría del poder político y la teoría legal.. 15. Fina, S. Luis (2001 ). El reto del empleo. Madrid: Me Graw Hill, 367-404. Shleifer, A., Djankov, S., La Porta, R., Botero, J., López-de-Silanes, F. (2003), The Regulation of Labor, NBER Working Paper No. 9756. 20 16.
(15) -·:.·,:-[GAP ,.. ~'. "'"·"""'........ .. Flexibüización Laboral: Hacia una Reforma Laboral eficiente. En este sentido, ellos señalan que la teoría de la eficiencia sostiene que las instituciones se ajustan para cubrir las necesidades de la población de manera eficiente, así pues, cada sociedad elige un sistema social de control de negocios que combina óptimamente las fuerzas de mercado, las resoluciones de la corte, la regulación gubernamental, los subsidios y los impuestos. Adicionalmente, mencionan que Demsetz17 ( 1967) y North18 ( 1981) señalan que la elección de instituciones es dictaminada principalmente por consideraciones de eficiencia. En este sentido, es "rentable" la creación de instituciones, cuando éstas generan mayores beneficios que costos. Así pues, los autores consideran en su análisis dos vertientes de dicha teoría: la primera, que distingue entre regulación y seguridad social; y la segunda, que indica lo opuesto, es decir, señala que el principal costo de la regulación es el potencial abuso del gobierno al momento de regular. Ello, en virtud de que la regulación laboral puede forzar a las empresas a mantener o emplear personal innecesario, darle poder a los sindicatos, entre otras. Por otra parte, comentan que en la teoría del poder político, las instituciones son moldeadas por aquellos que se encuentran en el poder para beneficio propio y a expensas de los que no se encuentran en él. Asimismo, indican que de acuerdo a esta clase de teorías, las instituciones no son diseñadas para alcanzar eficiencia, sino para transferir recursos (Olson 19 1993, Finer2° 1997). En pocas palabras, las instituciones son por naturaleza ineficientes, dado que su función no implica serlo. Finalmente, explican que en la teoría legal las regulaciones emitidas por un gobierno se dan debido a sus tradiciones legales. Para ello, mencionan que hay dos divisiones importantes en esta teoría: el de la ley común21 y el de la ley civil22 . En este sentido, los resultados de su estudio indican que los países de alto ingreso tienen mayor protección en seguridad social en todos los rubros (edad adulta, invalidez, muerte, desempleo). Asimismo, observan que la protección al empleo es generalmente menor en países de altos ingresos y las leyes de contratos colectivos no dependen monotónicamente del ingreso. Bajo esta perspectiva, es importante mencionar que en 1990 el Banco Mundial advirtió a los países que las instituciones diseñadas para mejorar el bienestar de los trabajadores en realidad pudieran estar haciendo lo contrario, es decir, afectándolos: "Políticas laborales -salarios mm1mos, regulaciones de seguridad laboral y social- usualmente creadas para aumentar el bienestar del trabajador o reducir su explotación. Pero éstas actualmente, m1mente el costo de contratación en el mercado labora/formal y reducen la demanda de trabajo ... aumentan la oferta de trabajo para las zonas rurales y la urbana en el mercado informal, y por lo tanto, deprimen los ingresos donde la mayoría de la población pobre se encuentra".. Aunado a lo anterior, Alejandro Micco y Carmen Pagés23 (2007), mencionan que el efecto de las regulaciones en materia laboral, particularmente, el efecto de la protección al empleo (EPL en inglés), ha 17. Demsetz, H. ( 1967), Toward a Theory of Property Rights, American Economic Review Papers and Proceedings 57, 347-59. North, D. (1981 ). GroMh and Structural Change in Economic History, New York, NY. Norton. 19 Olson, M. ( 1993 ), Dictatorship. Democracy. and Development, American Political Science Review 87, 567-576. 2 Finer S. ( 1997), The History ofGovemment, Vol. 1-111. Cambridge, U.K.: Cambridge University Press. 21 Nació en Inglaterra, se caracteriza por la importancia que se la da a las decisiones de jueces, jurados, entre otras cosas. 22 Evolucionó de la ley romana en el oeste de Europa, y fue incorporada en códigos civiles en Francia y Alemania en el siglo XIX. 2 -' Micco, A. y Pagés, C. (2007), The Economic Effects of Employment Protection: Evidence from lntemational lndustry-Level Data. Banco Interamericano de Desarrollo, Working Paper #592. 21 IR. °.
(16) Fle.xibilización laboral: Hacia una Reforma laboral eficiente. derivado en debates intensos. Igualmente, indican que la evidencia empírica disponible hasta la fecha, no ha ayudado a resolver diversos cuestionamientos en materia de impactos a la eficiencia, productividad y bienestar social. En este sentido, mientras algunos estudios señalan que las regulaciones que protegen al empleo tienen importantes efectos en los ajustes de éste, otros estudios no encuentran tal evidencia24 • AJ mismo tiempo, se conoce poco acerca de los efectos de la protección del empleo en la productividad y valor agregado en la producción, ya que pocos han sido los estudios que han abordado dicho cuestionamiento25 • Aunado a lo anterior, las normativas que protegen al empleo reducen los incentivos de las empresas para ajustar el nivel de contratación ante shocks en la oferta y/o demanda, pero no necesariamente reducen el promedio de contratación de las firmas existentes (Bertola26 , l 990). En este sentido, Hopenhayn y Rogerson 27 ( 1993), argumentan que si en muchos casos las leyes si bien no interfieren en ello, si afectan al momento de abrir y cerrar empresas. Asimismo, se puede observar que de acuerdo al documento realizado por Manuel Vega-Gordillo y José L. Álvarez-Arce28 , cada año diversos estudios económicos y políticos analizan la libertad económica y política, donde se formulan distintos índices, los cuales representan los aspectos que los autores consideran definen mejor dichas libertades. Derivado de lo anterior, autores como De Yanssay y Splinder (1994) 29 , De Haan y Sierman ( 1998)3°, De Haan y Stum (2000) 31 , entre otros, han realizado análisis empíricos del impacto positivo entre la libertad económica y el crecimiento. Derivado de lo anterior, se comenta que desde 1980 el Instituto Fraser ha producido el ya mencionado Índice de Libertad Económica, el cual se basa en las métricas de "decisión personal, intercambio voluntario, libertad para competir, protección personal y a la propiedad"32 . Dicho instituto brinda rankings a los países (de menor a mayor) y señala cuáles dependen más en las fuerzas del mercado y cuáles en las instituciones laborales, es decir, el que ocupa el lugar 1 se refiere a que la fuerza del mercado fija los salarios, las condiciones laborales y el empleo, mientras que el último lugar, se refiere que dichos conceptos los fija la autoridad laboral. En otro orden de ideas, Douglass North 33 ( 1990) señaló, que el marco institucional de la sociedad juega un papel instrumental en el largo plazo de su economía. Asimismo, Baumol (2002) comenta que los sistemas económicos de libre mercado actúan como importantes máquinas innovadoras - una fuerza direccional fundamental detrás de los procesos de crecimiento económico--- al menos en países donde el estado de derecho prevalece. En este mismo sentido, Dutz y Hayri34 (2000) comentaron que una mayor competencia conlleva a mayor innovación y por ende, a un incremento más rápido de la productividad, descubrieron una alta. 24. Blanchard & Wolfers (2000), Lazear ( 1990), Nickell ( 1997) y Layard ( 1999). Besley & Burgess (2004). 26 Bertola, G. ( 1990), Job Security, Employment and Wages, European Economic Review 34(4): 851-886. 17 Hopenhayn, H., Rogerson, R. (1993), Job Turnover and Policy Evaluations: A General Equilibrum Analysis, Journal of Political Economy 1O1: 915-938. 2 R Vega-Gordillo, M., Álvarez-Arce, L., The chicken and the egg: economic growth and freedom. 29 De Vanssay, X., Splinder, Z.A., ( 1994 ). Freedom and Growth: Do constitutions matter? Public Choice 78, pp. 359-372. Jo De Haan, J. de and Siennann, C. L. J., ( 1998). Further Evidence on the Relationship Between Economic Freedom and Economic Growth, Public Choice, 95, '!., pp. 363-380. JI De Haan, J., Sturn, J., (2000). On the relationship between economic freedom and economic growth. European Journal of Political Economy, 16, pp. 215-241. 12 · Instituto Fraser (2003), página 5. JJ North, D., ( 1990). lnstitutions, lnstitutional Change and Economic Performance". Cambridge University Press, New York. 34 Dutz, M. A. y Hayri, A., (2000). Does more intense competition lead to higher growth? World Bank Policy Research Working Paper, No. 2320. 22 25.
(17) Flexibüización Laboral: Hacia una Reforma Laboral eficiente. correlación entre el crecimiento de largo plazo y una aplicación efectiva de antimonopolios y una política de competencia. Aunado a lo anterior, David. H. Autor, Adriana Kluger y William R. Kerr3 5 señalan que hoy en día se cuenta con una literatura extensiva que analiza el impacto de los costos del despido. En este sentido, comentan que uno de los trabajos más relevantes en la materia, es el realizado por Lazear36 ( 1990), ya que después es de éste, diversos estudios y diagnósticos se comenzaron a realizar de manera más frecuente. La teoría sugiere que los costos de despido pueden tener efectos ambiguos en los niveles de empleo. Dichos costos actúan como un impuesto al momento de despedir persona, lo cual reduce los despidos pero también las posibles contrataciones. El efecto neto de estos factores puede resultar ambiguo, al menos en el corto plazo. Derivado de lo anterior, no es de sorprenderse que la literatura empírica encuentre una amplia gama de efectos sobre los niveles de empleo. Dichos autores, mencionan que la teoría predice de forma clara el impacto de los costos de despido en la eficiencia de la contratación y despido laboral; salvo cuando la protección al despido sea subsanada a través de una negociación Coaseana, dicha protección incrementa los costos de ajuste de las empresas. Por consiguiente, las empresas encontraran óptimo no contratar trabajadores cuyo producto marginal en el corto plazo excede su salario de mercado, y escogerán contratar o retener a los trabajadores improductivos cuyo salario excede su productividad (Blanchard y Portugal 37 , 2001 ). Así pues, en Kluger et al (2007), se describe que el mercado laboral se puede analizar desde 2 puntos de vista. El primero, es un modelo competitivo estándar, donde la protección al empleo es equivalente económicamente a los beneficios laborales estipulados (seguridad social). Los beneficios estipulados aumentan el costo de contratación, originando una reducción en la demanda de trabajo. Sin embargo, si los trabajadores valoran los beneficios estipulados como su costo marginal de provisión- esto es, lo estipulado es eficiente, entonces el Teorema de Coase aplica. La oferta de trabajo aumenta para compensar la reducción en la demanda, los niveles de empleo no cambian y los salarios se reducen para cubrir exactamente la seguridad social 3rn. No hay consecuencias respecto a la productividad y el empleo. La protección obligatoria contra el despido puede imponer costos eficientes en el modelo competitivo; sin embargo, si los trabajadores valúan dicha protección menos que su costo marginal, la seguridad social abre una brecha entre el costo privado y social de las separaciones de empleo, dando como resultado una pérdida en la eficiencia. Aunado a lo anterior, si la protección contra el despido origina que las empresas retengan a trabajadores improductivos, ello originará una disminución en la productividad, ceteris paribus. Compensando este factor, las empresas realizan el proceso de contratación de manera más riguroso, lo que lleva a un cambio favorable en la composición en la productividad de la fuerza laboral empleada. Además, debido a que la protección al despido incentiva a las empresas a sustituir el trabajo por otros factores productivos, la intensidad en el uso del capital pudiera incrementar el producto marginal del trabajo. Por lo tanto, el impacto neto es ambiguo.. 35. Autor, David H., Kerr, William R., Kugler, Adriana D. (2007). Does Employment Protection reduce productivity'? Evidencc from the US States, The Economic Joumal, 117 (June), F l 89-F2 l 7. 6 ) Lazear, E. ( 1990). Job sccurity provisions and employment, Quarterly Joumal of Economics, vol. 105 (3) (Augusto, pp. 699726. 37 Blanchard, O., Portugal, P. (2001 ). What hides behind an unemployment rate: comparing Portuguese and US labor markets, American Economic Review, vol. 91 ( 1), pp. 187-207. JR Summers ( 1989) 39 Lazear, E. ( 1990). Job security provisions and employment, Quarterly Joumal of Economics, vol. 105 (3) (Augusto, pp. 699726.. 23.
(18) Flexibiliwción laboral: Hacia una Reforma laboral eficiente. La segunda visión, es abordada por el Modelo de Equilibrio de Desempleo de Diamond-MortensenPissarides40 ( 1994). Como en el modelo competitivo, los costos de despido reducen la posibilidad de lograr una separación eficiente (sin problemas legales), por lo que la productividad de las empresas se ve disminuida. Sin embargo, la relación empresa-trabajador se iguala en el contexto del desempleo de equilibrio generando cuasirentas, y la asignación de éstas entre las empresas y los trabajadores se determinan normalmente a través de una negociación a la Nash 41 • Adicionalmente, los autores comentan que en la negociación a la Nash, los costos de despido reducen las opciones alternativas de la empresa originando que las demandas salariales de los trabajadores se incrementen inclusive cuando los beneficios empresariales caigan. Así pues, al enfrentar menores ganancias y mayores demandas salariales, las empresas limitan la creación de trabajos e incrementan el punto mínimo requerido de productividad para contratar. El aumento inducido de la productividad reserva potencial conduce a un incremento de la productividad a nivel empresa dado que menos relaciones productivas no se realizan. Por lo tanto, el efecto neto en la productividad es nuevamente ambiguo. A pesar de lo anterior, ambas visiones implican que la protección al desempleo afecta el los ajustes en los niveles del empleo, pero el efecto en la productividad de las empresas es ambiguo.. 40. Mortensen, D., Pissarides, C. ( 1994). Job creation and job destruction in the theory of unemployment, Review of Economic. Studies, vol. 61(3), (July), pp. 397-415. 41 La negociación a la Nash exacerbara el peso muerto (pérdidas de eficiencia) por las ineficientes protecciones del empleo. Lo anterior sucede, debido a que dicho tipo de negociación no es Coaseana: la asignación inicial de los derechos de propiedad afecta tanto a la distribución de los recursos como la eficiencia de los resultados de la negociación.. 24.
(19) F/exibüización Laboral: Hacia una Reforma Laboral eficiente. 4 HECHOS ESTlLJZADOS DEL E~TOR~O ~ACIO\AL Una vez abordado el estado del arte, es importante detallar algunos hechos estilizados de la economía nacional. En este sentido, es importante comentar que hay pocos estudios en materia específica para nuestro país en cuanto a legislación laboral se refiere, en comparación con los realizados en otras naciones. Uno de estos fue el realizado por Enrique Hemández Laos, denominado legislación laboral, sector informal y productividad multifactorial en México. Al respecto, Hemández Laos describe de manera puntual las distintas líneas que aborda la teoría moderna del crecimíento. Por un lado, menciona al modelo neoclásico de crecimiento exógeno, el cual indica la importancia de contar acervos importantes de capital fisico y humano, y el cual considera diferentes capacidades de tecnología. (Solow42 [ l 956], Mankiw et al43 [ 1992]). Por otra parte, dicho autor señala que hay enfoques de carácter endógeno que se enfoca en adaptar nuevas tecnologías (Jones44 [2005]). Asimismo, Hemández Laos describe que ahora se pone énfasis en las bases necesarias para lograr un crecimiento económico de largo plazo, es decir, los denominados fundamentales. Dichos fundamentales, son analizados de acuerdo al autor. Por ejemplo, Mokyr45 (2005) analiza las razones históricas, mientras que Acemoglu, Johnson y Robinson46 (2005) se centran en las instituciones de cada país, sólo por mencionar algunos. Bajo esta perspectiva, es importante analizar el desempeño económico de México durante los últimos años. Al respecto, al trabajo realizado por Julio López Gallardo, denominado "The Macroeconomics of 47 Employment and Wages in Mexico ", señala que el alto desempleo y los bajos salarios pudieran ser características distintivas de la economía mexicana. Derivado de lo anterior, si bien el desempleo abierto en México es relativamente bajo en comparación a otros países, la economía informal representa un porcentaje muy importante respecto a la población ocupada. Lo anterior, se puede observar en la siguiente gráfica:. 42. Solow, R. M. ( 1956 ), A contribution to the theory of economic growth, Quaterly Joumal of Economics, Vol. 70, pp. 65-94. Mankiw, N. G., Romer, D., Weil, D.N. ( 1992), A contribution to the empines of economic growth, The Quaterly Joumal of Economics, Vol. 107, number 2, pp-407-437. 44 Jones, Ch. l. (2005), Growth and ideas, Aghion and Durlauf S.N., Handbook of economic growth (chapter 16, pp. 1063-1112), Amsterdam: Elsevier. 45 Mokyr, J. (2005), Long term economic growth and the history of technology, Aghion and Durlauf, S.N., Handbook of economic growth, (Chapter 17, pp. 1113-1180), Amsterdam: Elsevier. 46 Acemoglu, D., Johnson, S., Robinson, J. A., (2005), lnstitutions as a fundamental cause of long-run growth, Aghion and Durlauf S. N., Handbook of Economic Growth, Vol. 1A, Chapter 6 (pp. 386-465), Amsterdam: Elsevier. 47 López, Julio G. ( 1999). The Macroeconomics of Employment and Wages in Mexico, Review of Labour Economics and Industrial Relations, Volume 13, lssue 4, pages 859-878. 25 43.
(20) FlexibiliZRción laboral: Hacia una Reforma laboral eficiente. I. ¡·. ILUsrRAOÓN 1. TASA DE- OCUPACIÓN EN. EL SECTOR INFORMAL ---30.00 ----.. . --- - - -. 29.50. 29.00. 28.00. 27.50. 27.00. 26.50. 26.00. 25.50. 25.00. · 11. 2000. 111. 2001. IV• 1. 11. 111. 2002. IV. 1. 11. 111. IV;. 1. 2003. 11. 111. 2004. IV. 1. 11. 111. 200,. 11/. 1. 11. 2006. lfl. 2007. !Vi. 11. I. 2008. 111. 2009. IV. 1. 11. 111. 2010. IV. 1. 11. 111. 2011. IV. i. 1. 11. 111. IV. 2012. Fuente: Elaboración propia con datos del INEGI.. Tal como se puede apreciar la participación de la econonúa informal en el país es importante, ya que prácticamente 1 de cada 3 labora en el sector informal. Si a ello, le sumamos la tasa de desempleo se obtiene que casi el 32% de las personas económicamente activas se encuentran en la informalidad o desempleadas. Lo anterior, cobra relevancia al momento de observar que dichas personas en su mayoría, al no cotizar en el Seguro Social, no contarán ya sea con una pensión, o en su defecto, con una AFORE al momento de que su vida laboral llegue a su término. Aunado a lo anterior, es importante señalar que si se calcula la tasa de crecimiento media anual de los dos componentes de la población económicamente activa (PEA): población ocupada y desocupada, se observa que la primera ha tenido un crecimiento medio anual de únicamente l.91%, durante los últimos doce años, mientras que la segunda ha venido presentando un crecimiento medio anual de 8.69%. Por lo anteriormente descrito, se muestra la siguiente gráfica:. 26.
(21) . EGAP.. FlexibiliZ11ción laboral: Hacia una Reforma laboral eficiente. _IWSTRACIÓII_~ _P2B!,ACI{)_N OCUPAD~ Y DE5ºCUPADA 60,000,000 :. · 3,500.000. -ocupada. ~Desocupada. 55,000,000 i ~. 3,000,000. 50,000,000. ; 2,500,000 45,000,000. 40,000.000. 2,000,000. 'º-'- - - - - - - - -. _.._.044_..·. .. 35,000,000 , - l,500,000. 30,000,000 ;. · 1.000,000 25,000,000 ·. · 500,000. 20,000,000 - --.---- ---,--- - -~ - 11. 111 IV· 1. 2000. 11. 111 - tV. 2001. 1. 11. 111 'IV. 2002. 1 11 111 IV. e. 1. 2003. 11. 111 IV. 2004. 1. 11. tll IV. zoos. 1. 11. 111. IV: 1. 2006. 11. 111. 1007. 1. 11. 111 IV. 1008. I. JI. 111 IV; 1. 2009. 11. 111 · IV. 2010. 1. 11. 111 IV. 2011. 1 11. 111 IV. 2012. Fuente: Elaboración propia con datos del INEGI.. Profundizando un poco más en el tema, es importante analizar el comportamiento de la población desocupada (como parte de la PEA) durante los últimos años. Tal como se puede observar, durante el segundo trimestre del año 2000, la población desocupada como parte de la PEA, era de apenas un 2.56%, para observar un crecimiento cuasi-constante hasta alcanzar un máximo en plena crisis financiera mundial (2008-2010) durante el tercer trimestre del año 2009 (6.24%); para finalmente, durante el último trimestre del año 2012, ubicarse en 4. 91 %. En este sentido, si bien se ha observado un decremento importante a partir del tercer trimestre del 2009, punto máximo de la muestra, la última observación es un 110.96% mayor respecto al cuarto trimestre del año 2000. Por lo descrito con anterioridad, se muestra la siguiente gráfica:. 27.
(22) Flexibilización laboral: Hacia una Re{onna laboral eficiente. 1LUSTRACIÓN3. TASADEDESOCUPACIÓN. "'·. J!-··1 •. ~:·· ....~···-~. •. ~. l. t1-. ·~·":7. 1. J. 6.50%. 6.00%. 5.50%. S.00%. 4 .50%. 4.00%. 3.50%. 3.00%. '. 2.50%. Fuente: Elaboración propia con datos del INEGI.. Por otra parte, es relevante mostrar la instrucción académica de la población ocupada. Tal como se puede apreciar en la siguiente gráfica, durante los últimos 7 años, el nivel de instrucción de primaria incompleta y completa han disminuido. La primera pasando de 21.20% a 13.90%, y la segunda de 23.24% a 19.98%. De igual manera, la educación secundaria completa ha aumentado de 31.44% en 2005 a 33.49%. Algo similar se observa en la educación media superior y superior, las cuales han ido en aumento, dando como resultado un cambio de 24% en 2005 a 32.59% en 2013. Lo anterior, cobra relevancia ya que la gente al tener mayor nivel de estudios, tendrá mayor conocimiento y por ende mejor preparación. Así pues, al contar con una mayor preparación el nivel de competitividad se incrementa, dicho incremento en la competitividad redundaría en una mayor productividad, lo cual conlleva a una producción mayor (crecimiento). No obstante lo anteriormente expuesto, la educación (años de estudio) presenta áreas de oportunidades importantes si se comparan con países miembros de la OCDE48 , ya que el promedio de terminación de nivel medio y medio superior en dicha organización es del 39%, mientras que el de nuestro país es de 20%.. ~. 8. OCDE, Health at Glance 2012.. 28. •.
(23) Flexibüización laboral: Hacia una Reforma laboral eficienle. ILl!§TRACIÓN 4. POBLACIÓN OCUPA~ l'Of! ~IVEL D.E lNST"RUCCIÓN. 1. 1. 40.00. ........... Primaria 1ncompl@ta - · Con secundaria compll!ta. ......... Con primaria compl~a -. Mi!dio supl!rior y superior. ]5.00. ]0.00. 25.00. 20.00. 1. 15.00. :. 10.00 ·. S.00. 0. 1. O.DO. 1 111. .vi. VII J~. 2005. )u. 11~ V YII l)C XI. 2006. 1 11~. .V:"''. l)(i. )U ,I. 111. .V:. 2007. VIII~ ;,(1. 1. 1. 111 V' VII l)C )(1. 2008. l. 111. 2009. \.111 D( XI. 1 111. 2010. :vi. \111 '¡)(. xi. 1. 2011. 11i. vi. ~11. 2012. ~~. 0. )(~ '.: 111 2013. Fuente: Elaboración propia con datos del INEGI.. En la parte esencialmente económica, se puede observar que el país ha tenido diversas crisis, así como períodos de auge económico sostenidos. Adicionalmente, han existido períodos de un estancamiento económico, particularmente durante los últimos 30 años. Se señala o anterior, debido a que es importante considerar que el crecimiento económico observado incluye el crecimiento inercial, es decir, el crecimiento que se obtiene a través del crecimiento poblacional. En este sentido, se observa también el llamado milagro mexicano, donde las tasas de crecimiento económico fueron mayores al 6%. Por lo anterior, se muestra la siguiente gráfica que ilustra la tasa de crecimiento media anual por décadas: - - - - - ------------. -----·---------·------. ILUSTRACIÓN 5. TASA DE CRECIMIENTO ECONÓMICO MEDIA ANUAL __ 8.00%. 1.00%. 6.68". 6.00%. S.00%. 4.00%. 3.00%. 1.00%. 0.00% 19]0-1940. 1950-1960. 1960-1970. 1980-1990. 1990-2000. 2000-2010. 2010- A•• fech•. Fuente: Elaboración propia con datos del INEGI 29.
(24) ··boc;Af5.. Flexibilización Laboral: Hacia una Reforma laboral eficiente. Por otro lado, el país ha tenido períodos donde la inflación ha presentado crecimientos importantes, el cual como es sabido, equivale a un impuesto regresivo para la sociedad mexicana. Tal como se puede observar, el país vivió varios años donde la inflación anual fue de al menos 15% (1974-1992). Lo anterior, llevó a que el poder adquisitivo de los trabajadores se viera afectado de manera importante, ya que los precios de diversos productos se incrementaron más que proporcionalmente con relación a su salario. Dichos períodos se comparan respecto a otros países o grupos de países para que se pueda apreciar la magnitud que representó dicho problema: ILUSTRACIÓN 6. INFLACIÓN POR AÑOS. r,. -. r'" .._. !. 1. I. -. ...-. • 1. ,,,. 140.00. ........... M éxi co. ~. OCDE mi emb ros. ........... Estados Unidos. ........... Latinoamérica y el Ca ribe (todos los p aíses ). _....,_ Un ió n Europea. 120.00. Fuente: Elaboración propia con datos del Banco Mundial.. Aunado a lo anterior, también es importante mencionar que el promedio de horas trabajadas al año por parte de los mexicanos es mayor que el observado en diversos países. En este sentido, se observa que durante el período 1995-2011, se observa que el trabajador mexicano labora más horas que 34 de los 35 países que contempla la OCDE durante el análisis de dicha variable. Así pues, se puede observar que el promedio de horas trabajadas durante dicho período para México observa un 31.l 9% mayor respecto a Australia, Alemania (57.12%), Italia (24.62%), Noruega (58.66%), España (33.73%), Estados Unidos (25.87%), Rusia (15.75%) y OCDE (25.31 %). Derivado de lo anterior, se muestra como ejemplo la siguiente gráfica de algunos países seleccionados:. 30.
(25) Flexibüización laboral: Hacia una Reforma laboral eficiente. .¡:,,. ]LUSTRACIÓN 7. HORAS TRABAJADAS POR AÑO. - - ocoe. ~ México _._ Rein o Unido. -+- Australia. 23 50. 2291. 2294. 2306. 2311. -e- Noruega .....,_. Estados Unidos. ......,. España .......,. Rusia. ....-. Alemania ......... Italia. 22:.,- -;22;7;1:---;;227;7;- ~2~21:, - -;2:2.;-1- -;228;;,; -~::--=~ ------- 2250 2262. 2260. 2253. 2242. 2150. •. HN. o. 1 1982. UH. •. Hit. •. o. l!HJ. 1950. iHR. ~. .. un. F 13)6. ,,,.. 1981. 1950. -.m,. • m,.~ ~. 1750. _ ,.. , ma 1 1m. E:::t:. 1 ::;;. ! :;;; !. l!H :::::..mt:::::;::_:~. 1:: :::m~~ i~ -_..........==& - ... 1m. ;~ ~. ---.-=:::::::::tJI. I HIL :. ¡g¡-. :::i,,. I. IHt-•. : :~ ~. 162S. 1550. 1995. 19%. 1997. 1998. 1999. 2000. 2001. 2002. 2003. 2004. 2005. 2006. 2007. 2008. 2009. 2010. 2011. Fuente: Elaboración propia con datos de la OCDE.. En este mismo sentido, se comenta que a pesar de laborar en mayor medida que los países antes señalados, el trabajador mexicano no es redituado en la misma forma que sus homólogos. Al respecto, se establece que tomando como base el ingreso per cápita por persona empleada49 publicado por el Banco Mundial, se observa que el trabajador mexicano recibía, en el año 2011, un 44.03%, 151.14%, 71.65%, 142.75%, 245.51 %, 64.59%, 111.35% y 141.40% menos salario que un trabajador de Argentina, Canadá, Chile, Reino Unido, Estados Unidos, Europa & Asia Central, Unión Europea y OCDE, respectivamente. Aunado a lo anterior, obteniendo la tasa de crecimiento media anual de dicha variable, se obtiene que el crecimiento en dicho rubro no sea del todo óptimo, si se compara con algunos países o grupos de países, tal como lo describe la gráfica anterior:. 9 ~. Dólares constantes de 1990 (PPP).. 31.
(26) Flexibüi1J1ción Laboral: Hacia una Re{Orma Laboral eficiente. ~ILUSJRAOÓN 8. PIB PER CÁPITA PERSONA EMPLEADA. TASA DE CRECIMIENTO MEDIO ANUAL {_19~2-2tJffi 4.&S". MéMico. Canadá. América Latina y el Caribe (todos los países). Colombia. Unión Europea. OCDE. Reino Unido. Brasil. Europa & Asia Central (todos los. Estados Unidos. Argentina. Rusia. Chile. Este de Asia & Pacifico. (todos los. países). países). Fuente: Elaboración propia con datos del Banco Mundial.. Finalmente, se menciona que de acuerdo a diversos estudios, la flexibilidad laboral y su respectiva regulación, se ubican en los últimos lugares. Lo anterior, se puede apreciar a través de la siguiente tabla: TABLA 3 DIVERSOS INDICADORES EN MATERIA DE PROTECCIÓN LABORAL (PAiSES SELECCIONADOS). País. Alemania Australia Austria Bél ica Bulgaria Chile Colombia Croacia Dinamarca Es aña Estados Unidos Estonia Finlandia Francia 50. En este estudio se analizan 177 países. Contempla 144 países. 52 Analizan 144 países. 32 51. GCR. Heritage Foundation. (2013)5°. 154 16 22 61 45 46 27 158 3 121 1 110 148 134. 1. J 1. 1. 1. J. EFW. (2012-2013) 51. (2010) 52. 6 20 16 17 62 33 69 81 12 36 7 34 3 21. 112 26 80 46 30 96. 91 76. 1. _J 1. _______J 1. __J 1. 44. 123 3 88 102 94. __J 1. _J. 1.
(27) h,·,_ .... .,. ·_:.....,..._.,.,. Flexibi/ización laboral: Hacia una Reforma laboral eficiente. _,._...,,n. ~ - ' " ' ~ - . 4_... .•. Heritage Foundation (2013)5°. (2012-2013) 51. GCR. EFW (2010)52. Grecia. 159. 96. 133. Holanda. 103. 5. Irlanda. 38. 27. 66 25. Italia. 128. 42. Jaeón. 24. 10. 72 14. México. 98. 53. 108. Noruega. 151. 15. 134. Nueva Zelanda. 6. 23. 9. Polonia. 85. 41. 45. Portugal. 172. 49. 124. Reino Unido. 53. 8. 15. Reeública Checa. 12. 39. 36. Reeública Eslovaca. 71 67. 50. Rusia. 52 127. 86. Suecia. 124. 4. 74. Suiza. 9 157. Turquía. 17 J1 _ _. 43. _J. 122. 1. __J. Fuente: Heritage Foundation, World Economic Forum y Fraser Institute.. Aunado a lo anterior, es importante señalar que de acuerdo a James Heckman y Carme Pagés53 , el costo de la regulación de la seguridad laboral, a finales de los años noventa, en México54 era de las más altas entre los países de América Latina y la OCDE: TABLA 4 ÍNDICE DE SEGURIDAD LABORAL. Índice de Seguridad Laboral salarios mensuales. País Estados Unidos. 0.000. Nueva Zelanda. 0.221. Australia. 0.443. Canadá. 0.553 0.912 1.140. Noruega Alemania Francia. 1- - -. Polonia. 1. Suiza. 1. Reino Unido. 1. Porcentaje del salario anual 1. _j. 1.143 _____ ¡_____ 1.219 1.247 ____ __ 1.457 1. ,. 1. _J. Posición. 1. 0.000 1.844. 2. 3.696 4.610. 3 4. 7.599 9.498 9.526 10.160 10.395 12.144. __J __. 5 6 7 8 9 10. __J 1. _____I. __J. J ___J. 3 Heckman J., Pagés C. (2000), The Cost of Job Security Regulation: Evidence from Latin American Labor Markets, lnterAmerican Development Bank, Working Paper #430. 54 Durante la realización de este trabajo se encontraba en el Congreso de la Unión un proyecto de reforma a la Ley Federal de Trabajo, por lo que se infiere que hasta la fecha, el país se continúa ubicando como uno de los más rígidos en materia laboral. 33 '.
Figure
Documento similar
"No porque las dos, que vinieron de Valencia, no merecieran ese favor, pues eran entrambas de tan grande espíritu […] La razón porque no vió Coronas para ellas, sería
Proporcionar una mejor comprensión es la intención del presente estudio, de esta manera aportar conocimiento respecto al estrés laboral y satisfacción laboral, centrándose en
conteniendo "los fotogramas (documentos), extraídos de las grabaciones auténticas obrantes en los autos” no reunían los requisitos formales que exigía en aquel momento
Por consiguiente, si se trata de plazos de caducidad, la no reincorporaciór Jel trabajador en el plazo fijado supone la radical extinción del derecho, que no es otro -a tenor de
En este caso, dado que el sindicato tiene poder de negociaci6n, es mutuamente beneficioso, para empresa y trabajadores intercambiar un nivel de empleo mayor por
La mujer ha incursionado en diferentes modalidades de trabajo como la agricultura, la industria textil, el trabajo nocturno, emprendimiento entre otros, esto hace nece-
Pero cuando vio a Mar sacar el fuego de bajo su ala, voló de vuelta a su tribu a contarles lo que había visto.... Justo antes de que el sol saliera, Tatkanna se despertó y comenzó
Respecto a las enfermedades profesionales, en virtud del RD 1299/2006, de 10 de noviembre, por el que se aprueba el cuadro de enfermedades profesionales en el sistema de