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Buenas prácticas agrícolas para frutas, hierbas aromáticas culinarias y hortalizas frescas : requisitos generales

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Academic year: 2020

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(1)UENAS PRI kGRICO, LAS. - -. -. -,. '•.. -. -. —4- -. -4_. -. •. -•. p. '. •.. ,- #-t. p. ". . --. 4. I C II NJ I E C 22877. i.i~,.,i.deComercio,lnd us trii ayTudsmo Ropbkde C. .bim.

(2) 2 Z g 7:~~. ~~ 70(!;~)1.

(3) DflC10r. C- -nipra. LJ. )tO. C:njC. tT. 000j.

(4) NORMA TECNICA COLOMBIANA. NTC 5400 2005-07-27. BUENAS PR CTICAS AGRICOLAS PARA FRUTAS, HIERBAS AROMATICAS CULINARIAS Y HORTALIZAS FRESCAS. REQUISITOS GENERALES. 1CONT[C. E:. GOOD AGRICULTURAL PRACTICES FOR FRESH FRUIT, AROMATIC HERBS FOR COOKING, AND VEGETABLES. GENERAL REQUIREMENTS. CORRESPONDENCIA:. DESCRIPTORES:. buenas prácticas agricolas - fruta; buenas prácticas agricolas - hierbas aromáticas culinarias; buenas prácticas agricolas - hortalizas; buenas prácticas agricolas - reguisitos.. I.C.S.: 67.020.00; 03.12099 Editada P01 el Instituto Colombiano de Normas Técnicas y Cerbficaciôn (ICONTEC) Apartado 14237 Bogota, DC. - TeL 6078888 - Fax 2221435. Prohibida su reproduccion. Editada 2005-08-02.

(5) PROL000. El Instituto Colombiano de Normas Técnicas y CertificaciOn, ICONTEC, es el organismo nacional de normalizaciOn, segUn el Decreto 2269 de 1993. ICONTEC es una entidad de caràcter privado, sin ànimo de lucro, cuya Misiôn es fundamental para brindar soporte y desarrollo al productor y protecciôn al consumidor. Colabora con el sector gubernamental y apoya al sector privado del pals, para lograr ventajas competitivas en los mercados interno y externo. La representaciOn de todos los sectores involucrados en el proceso de Normalización Técnica está garantizada por los Comités Técnicos y el periodo de Consulta Püblica, este Ultimo caracterizado por Ia participaci6riI pUblico en general. La NTC 5400 fue ratificada por el Consejo Directivo de 2005-07-27. Esta norma esté sujeta a ser actualizada permanentemente con el objeto de que responda en.; todo momento a las necesidades y exigenciatuales. A continuaciOn se relacionan las empresas que colaboraron en el estudio de esta norma a través de su participacion en el Comité Técnico 46 Frutas legumbres y hortalizas procesadas. AGROBEL AGRODIAGNOS AGROMAVAL Y ALVAROOSPIN NAL DE COMERCIO ASOCIACION N EXTERIOR -ANAL BECS OKO CAR NTIE COLOMBIA C.I. FRUTAS CO ERCIALES CARULLA VIVER S.A. CENTRO NACIOt'_INVESTIGACIONES DEL CAFÉ -CENICA AGROPECUARIA CIDELA COMERCIA DE LOS ANDES CONSULTOR CONSULTOR DE COLOMBV\NA CORPORACION INVESTIGACION AGROPECUARLA -CORPOICACORPORACION AUTONOMA REGIONAL RIONEGRO NARE -CORNARECORPORACION COLOMBIA INTERNACIONAL -CCIDEFRESCURA LTDA. PRODUCTOR DIAZ CASTA1iEDA EUROSEMILLAS S.A. FRESAS BETANIA LTDA. FRUTIERREZ S.A. FRUTIREYES S.A.. FRUVERCAM CONSORCIO UVA ISABELA —FUNDACION CAR VAJAL GRAJALES S.A. HORTALIZAS Y VE JRAS COlA INSTITUTO lN JMERICANO DE COOPERACION PA LA AGRICULTURA IANO AGROPECUARIO -ICASFRESAS LACASI. MlNISTERi DE AGRICULTURA Y DESARROLLO RURAL MINISTERIO DE COMERCIO, INDUSTRIA Y TURISMO MINISTERIO DE AMBIENTE, VIVIENDA Y DESARROLLO TERRITORIAL NESTLÉ DE COLOMBIA S.A. OCATI LTDA. PRODUCTOR - ALEJANDRO RODRIGUEZ P. PRODUCTOR - ANTONIO PACHON PRODUCTOR - DAR1O PARRA PRODUCTOR - HECTOR ALDANA PRODUCTOR - HECTOR RODRIGUEZ PRODUCTOR - HERNANDO SANCHEZ PRODUCTOR - JENNY MALAGON PRODUCTOR - JESUS SANTAMARIA.

(6) PRODUCTOR - LUIS ANTONIO PACHON PRODUCTOR - LUIS ERNESTO CARO PRODUCTOR - LUIS FERNANDO ALVARADO PRODUCTOR - LUIS VICENTE PACHON PRODUCTOR - LUZ MARY PARDO PRODUCTOR - MARBEL LANDINEZ PRODUCTOR - MARIA CONSUELO VARGAS PRODUCTOR - OMAR PEFJA PRODUCTOR - OSCAR DUQUE PRODUCTOR - PATRICIA BRUSCO PRODUCTOR - PEDRO VARGAS R. PRODUCTOR - RAFAAMIREZ PRODUCTOR - RAUL VARGAS R. PRODUCTOR - ROBERTO GARCIA. PRODUCTOR - SANTIAGO FORERO PRODUCTOR - SILVERIO MONTAFA PRODUCTORA DE JUGOS S.A. PROEXPORT PRONAT LTDA. REY URIBE Y CIA. SENA - FUSAGASUGA SENA —ARMENIA SUPERFRUTAS UNIVERSIDAD JORGE TADEO LOZANO UNIVERSIDAD NACIONAL DE COLOMBIA VEGETALES CEPAV, COMPAFIiA EMPACADORA Y PROCESADORA DE ALIMENTOS VEGTALES. Además de las anteriores, en Consulta PCiblica el Proyecto se puso a consideraciOn de las siguientes empresas: CONSULTOR - TERESITA BELTRAN C. CORREA AGRODIAGNOSTICO AGROMAVAL Y CIA. AGROPECUARIA BOSQUE DE SAN FELIPE AGRO S.A. ALVARO OSPINA Y CIA. ARGENTINA ASOCIACION NACIONAL DE INDUSTRIALES AVELSA BONANZA C.I. PROBAN C.I. FRUTAS COMERCIALES C.I. FRUTIERREI CAN DELA HACIENDA CED CHELAS CENTRO DEESTIGACION Y DESARROLLO TECN LOGICO DE LA INDUSTRIA DE ALIMENTOS -CIALCIBELES CLAUDIA SOFIA COLOMBIAN EXPORTS Co. DEFRESCORA LTDA. EL PASO EL PATACON. EL REINO 11111 FLORIDA FRUTEXPO LTDA. INDUSTRIAS ALIADAS KALAMARY LACHINITA. LUCITANIA MIRIAM TERESA ORO VERDE PASIFLORA COLOMBIANA S.A. POSTOBON S.A. SENA SENA - DIRECCION GENERAL T T TA 7 NA VTALEPAV VELADA VILLA SOFIA YERBAZAL MESA DE HORTALIZAS Y SETAS CAMARJA DE COMERCIO GERMAN DARIO GONZALEZ DOCENTE YASESORBPA. ICONTEC cuenta con un Centro de Información que pane a disposiciOn de los interesados normas internacionales, regionales y nacionales y otros documentos relacionados. DIRECCION DE NORMALIZACION.

(7) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400. BUENAS PRACTICAS AGRCOLAS PARA FRUTAS, HIERBAS AROMATICAS CULINARIAS Y HORTALIZAS, FRUTAS. REQUISITOS GENERALES. 0.. INTRODUCCIÔN. SegUn Ia FAO, Ia aplicación de las Buenas Prácticas Agricolas implica el conocimiento, Ia comprensiOn, Ia planificación y mesura, el registro y Ia gestiOn orientados at logro de objetivos sociales, ambientales y productivos especifios. Con elfin de proporcionar requisitos generates y recomendaciones en el coritexto colombiano, para garantizar Ia inocuidad de las frutas, las hierbas aromáticas culinarias y las hortalizas, y lograr Ia sostenibilidad ambiental, econômica y social de los sistemas productivos en las distintas regiones del pais, se ha elaborado Ia primera norma técnica colombiana para Ia implementaciOn de las Buenas Prácticas Agricolas, BPA, ftKa estos productos. La aplicación de Ia presnte norma es un desaflo y una oportunidad para nuestro pals, ya que de su cumplimiento cependerã el aseguramiento de Ia inocuidad agroalimentaria y el posicionamiento de etos productos agricolas en los mercados actuales nacionales e internacionales, de altaS exigencias en materia de inocuidad, conservación del medio ambiente, recursos naturales requridos para su producción.y el bienestar de los trabajadores.. OBJETO Definir los requisitos nerales y las recomendacionesW deas I Prácticas Agricolas que sirvan de orientación a los productores de frutas, hierbas aromáticas culinarias y hortalizas, frescas, tanto para el mercado nacional, y el de exportación, como para Ia agroindustria, con el fin de mejorar las condiciones de Ia producciOn agricola con un enfoque preventivo, en busca de Ia inocuidad, Ia competitividad, Ia seguridad de los trabajadores y el desarrollo sostenible.. TERMINOS Y DEFINICIONES Para los propósitos de esta norma se aplican las siguientes definiciones:.

(8) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 2.1 abono o fertilizante orgânico producto de Ia transformación de residuos orgánicos en humus, por Ia acción de diversos organismos (bacterias, hongos, protozoarios, lombrices, etc.) que provee elementos nutritivos, mejora La estructura, porosidad, retenciOn de agua, y aire del suelo y aumenta Ia resistencia de las plantas a las enfermedades.. 22 agua de escorrentia agua superficial, proveniente de precipitaciones o del riego, que corre libremente en sentido de Ia pendiente, y se constituye en un aporte a los cauces superficiales.. 2.3 agua servida desechos liquidos provenientes del uso doméstico, que lie materias orgánic'as e inorgãnicas que provienen de Ia desc inodoros, cocinas o lavanderla.. disueltas o en suspension de sumideros, fregaderos, ______. 2.4 agua de riego agua que se utiliza en los cultivos (campo, viñedos, huerto, etc.) para fines agronOmicos, s o plaguicidas. ejemplo el riego o para administrar fertiliza. 2.5 agua potable. P01. ..... agua apta para consurno humano que cumple con las especificaciones de La legislaciOn nacional vigente.. 2.6 area de acopio. "-. -. producto agricola para su selecciOn, del " Cogimiento lugar destinado para Ia recopilaciOn " clasificación, evaluaciôn inspecciOn, distr'buciOn o comercializaciOn.. . 2.7 biofertilizante ~ ada al suelo o a las piantas, suministra a sustancia liquida o sOlid, de origen biolOgico, que 1 estas uno o més nutrients necesarios para su crecimiento y desarrollo. p. 2.8 buenas practicas agrucolas, (BPA). IV. conjunto de prácticas para el mejoramiento de los métodos convencionales de producción agricola, haciendo ènfasis en Ia inocuidad del producto, y con el menor impacto de las prácticas de producciOn sobre el ambiente coma Ia fauna, Ia flora y Ia salud de los trabajadores.. 2.9 cal i brad on operaciOn de comparar el resultado de un equipo de medida frente al resultado de un patrOn de exactitud conocida cuando el mismo resultado es aplicado a ambos equipos. Durante el proceso de calibraciOn el equipo deber ser verificado para un conjunto de puntos representativos de todo su rango de medida..

(9) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 2.10 cobertura noble arvenses a plantas de porte bajo, de crecimiento rastrero, con raiz superficial y cubrimiento denso del suelo. Protegen el suelo de Ia energia erosiva de Ia Iluvia, no interfieren en Ia producciOn de los cultivos si no están presentes en la zona de raices. Su cultivo se constituye en una prActica preventiva de Ia erosión que ofrece más eficiencia y factibilidad económica y puede ser implementada mediante el Manejo Integrado de Arvenses. 2.11 Codex Alimentarius (codigo alimentario) conjunto de normas alimentarias y otros textos relacionados tales como códigos de prácticas, desarrollados bajo el Programa Conjunto FAO/OMS de Normas Alimentarias. Las materias principales de este programa son Ia protección de Ia salud de los consumidores, asegurar unas prácticas de comercio claras y promocionar Ia coordinaciOn de todas las normas alimentarias acordadas por las organizaciones gubernamentales y no gubernamentales. 2.12 corn postaje proceso de bioxidaciOn de materiales orgánicos que conduce a una etapa de maduraciOn minima (estabilización), y por el cual se convierten en un recurso orgánico estable, para ser utilizado en Ia agricultura (véase Ia NTC 1927, en el Anexo B (Informativo)). 2.13 contaminante cualquier agente fIsico, biolOgico, quimico, materia extrana u otras sustancias en los alimentos que representen un riesgo para La salud del consumidor. 2.14 desinfección tratamiento fisico y quImico aplicado a las superficies limpias en contacto con el alimento, con elfin de destruir las células vegetativas de los microorganismos que pueden ocasionar riesgos para Ia salud, y reducir sustancialmente el nümero de otros microorganismos indeseables, sin que dicho tratamiento afecte adversamente Ia calidad e inocuidad del alimento. 2.15 d re naje canal natural o artificial cuya funciôn es recoger y guiar el agua sobrante proveniente de Iluvias, de riego a de lavado para impedir que Ia escorrentia erosiane el suelo al arrastrar Ia capa vegetal a contamine fuentes de agua superficiales.. 2.16 enmienda o acondicionador de suelo toda sustancia cuya acciOn fundamental consiste en el mejoramienta, de por lo menos, una caracteristica fisica, quImica a biologica del suelo. 2.17 esq ueje fragmento herbáceo de rama utilizado como material de prapagaciOn asexual.. 2.18 estaca fragmento Ienoso de tallo a rama que sirve como material de propagacion asexual.. 3.

(10) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 2.19 fertilizante o abono producto que aplicado al suelo o a las plantas, suministra a éstas uno o más nutrientes necesarios para su crecimiento y desarrollo. (véase el Anexo B (Informativo), [NTC 1927]). 2.20 inocuidad garantia de que los alimentos no causarán daño al consumidor cuando se preparen o consuman, de acuerdo con el uso a que se destinan. 2.21 insumo agrIcola todo material utilizado en Ia producciOn agrIcola primaria como semillas, plántulas, agroquImicos o bloinsumos. 2.22 instructuvo documento que contiene instrucciones básicas precisas para desarrollar. proceso a una actividad.. 223 laboratorio aprobado, autorizado o acreditado laboratorio naciofial o extranjero, aprobado, autorizado a acreditado por Ia autoridad competente que fposee Ia idoneidad necesaria para Ilevar a cabo, en forma general, Ia determinaciOn delas caracterIsticas, aptitud o funcionamiento de materiales o productos. 2.24 Iabranza minima1 práctica consisterite en remover y aflojar Ia tierra sOlo donde se va a sembrar, con elfin de conservar Ia estructura del suelo, evitar su compactación, aumentar Ia fertilidad y ahorrar mano de obra, agua e ir)sumos. 2.25 lamunasdeagua cantidad de agua que cae sobre una superficie terminada. La lámina se expresa comünmente en milImetros y se calcula como el volumen de agua en litros sobre el area de influencia en metros cuadrados 2.26 limite máximo de ' uos (LMR) cantidad maxima legalmente permitida de un plaguicida en o so re alimentos 2.27 lixiviación migración de materiales del suelo arrastrados por lIquidos percolados. 2.28 manejo integrado de plagas (MIP) aplicación racional de una combinación de medidas biolOgicas, fisicas, etologicas, biotecnolOgicas, quimicas, de cultivo o de selecciOn de vegetales de modo que Ia utilizaciOn de productos fitosanitarios quimicos se limite al minimo necesario para mantener Ia poblaciOn de Ia plaga en niveles inferiores a los que producirlan daños o pérdidas inaceptables desde un punto de vista econOmico.. IH.

(11) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 2.29 manual de procedimientos documento en el cual se especifican los procedimentos que se aplican en un proceso de producción agricola. 2.30 material de propagación órgano a tejido vegetal de origen sexual o asexual que da origen a una nueva planta. 2.31 metales pesados elementos como cadmio (Cd), mercurio (Hg), cromo (Cr), niquel (Ni), plomo (Pb), con caracteristicas de bioacumulación en et media ambiente y toxicidad, para las plantas y los animales. Su presencia limita Ia sostenibilidad del recurso y Ia posibilidad de reutilizarlo en Ia agricultura y otros usos. 2.32 microorganismo patógeno organismo microscópico que produce enfermedades a los seres vivos. 2.33 organismo modificado genéticamente (01VIG) organismo cuyo material genético (ADN/ARN) ha sido alterado mediante técnicas de ingenieria genética. 2.34 pasteurización tratamiento que consigue Ia destrucciOn de microorganismos sensibles al calor. No es sinónimo de esterilizaciôn, porque no destruye a todos los microorganismos. En a pasteurización se emplean temperaturas inferiores a 100 00 suficientes para destruir las formas vegetativas de un buen nümero de microorganismos patOgenos y saprofitos. 2.35 percolaciOn movimiento del agua a de otros lIquidos hacia Ia profundidad del suelo, generada por Ia presiOn hidrostática natural de Ia sub-superficie del suelo. 2.36 perIodo de carencia tiempo legalmente establecido, expresado usualmente en nUmero de dias que debe transcurrir entre Ia Ultima aplicaciOn de un plaguicida y Ia fecha de cosecha. 2.37 plaga cualquier especie, raza a biotipo vegetal a animal, o agente patOgeno de aparición masiva y repentina, para las plantas y productos vegetales, que causa dana econOmico. 2.38 plaguicida cualquier sustancia a mezcla de sustancias destinadas a prevenir, destruir a controlar cualquier plaga, las especies no deseadas de plantas o animates que causan perjuicio a que interfieren de cualquier otra forma en Ia producciOn, elaboraciOn, almacenamiento, transparte o comercializaciOn de alimentos, productos agricolas, madera y productos de madera.. 5.

(12) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 2.39 plan documento que contiene un programa o conjunto de programas donde se enuncian las prácticas, los recursos y Ia secuencia de las actividades que son especIficas a un producto, un proyecto o un contrato en particular. 2.40 Plan de Ordenamiento Territorial (POT) instrumento mediante el cual los municipios, distritos y areas metropolitanas integran y proyectan en su territorio, las politicas y estrategias econOmicas, sociales, ambientales y culturales, con el fin de lograr Ia coherencia entre sus objetivos de desarrollo y los procesos de usa y ocupaciOn del territorio. 2.41 plântulas planta en sus primeros estados de desarrollo procedente d propagaciOn de lespecie.. milla, que se usa para Ia. 2.42 prâcticas culturales prácticas comunes al buen manejo de la tierra y el agua, fauna benéfica, rotación de cultivos, preparaciOn del suelo, cultivos trampas, c4Livos asociados, control de época de siembra y de r('h. 2.43 procedimiento manera especifica de realizar una actividad. Contiene los propOsitos y alcance de una actividad; lo que se dc )e hacer y quién lo debe hacer; cuándo, en dónde y coma se debe hacer; qué materiales, equipos y documentos se deben usajcomo se controlará y se registrará dicha activid 2.44 programa y Ia secuencia de las actividades que son documento que enuncia las prãcticas, los recur especificas a un producto, un proyecto a un contratô en particular. 2.45 programa de man'tenimiento ticionamiento de los equipos, programa preventivo yredictivo, destinado a asegurar el bu utensilios e instalaciones y se posibilite desempeñar adecuada ente el uso previsto. 2.46 protección fitosanitaria proceso para toma de decisiones con el fin de reducir el riesgo de ataque, entrada y de establecimiento de una plaga en un cultivo. 2.47 rastreabililidad (trazabilidad) capacidad para seguir el movimiento de un alimento (producto), a través de una a varias etapa(s) especificada(s) de Ia producciOn, transformaciOn y distribuciOn.. 1.1.

(13) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 2.48 registro documento que contiene evidencia objetiva y demuestra cOma se están realizando las actividades y qué tipos de resultados se están obteniendo. 2.49 residuo de plaguicida cualquier sustancia especificada presente en alimentos, productos agricolas a alimentos para animales, como consecuencia del uso de un plaguicida. El término incluye cualquier derivado de un plaguicida, como productos de conversiOn, metabolitos y productos de reacciOn y las impurezas de importancia toxicolOgica. El término incluye tanto los residuos de procedencia descanocida a inevitables (por ejemplo, ambientales) como los derivados de usos canacidos de Ia sustancia qulmica. 2.50 residuos sólidos (orgánicos e inorgánicos) residuos orgánicos son todos los residuos sOlidos biodegradables, provenientes de Ia preparaciOn y consumo de alimentos, de Ia poda de árboles y areas verdes, estiércol, asi como otros residuos sOlidos susceptibles de ser utilizados como insumos en Ia producciOn de compost. Los residuos inorgénicos son todas aquellos que pueden ser sometidos a un proceso de valorizaciOn para su reutilizaciOn y reciclaje tales como vidrio, papel, cartOn plástico, laminados de materiales reciclables, aluminio y metales no peligrosos y demás no considerados como de manejo especial. 2.51 semilla embrión vegetal en estado latente acompanada a no de un tejido nutricio y protegido por una cubierta. Material de propagaciOn sexual formado por Ia uniOn entre un gameto masculino y otro femenino (Ovulo). 2.52 unidad de producción conjunto de areas de cultivo, instalaciones y equipos aptos para producir, seleccionar, almacenar y transportar frutas, hortalizas frescas y plantas aromáticas culinarias con Buenas Prácticas Agricolas.. 3.. REQUISITOS GENERALES Y RECOMENDACIONES PARA LA APLICACION DE LAS BUENAS PRACTICAS AGRICOLAS. Para asegurar el cumplimiento de los requisitos generales y las recomendaciones contempladas en esta norma, se deberé designar un responsable competente. 3.1. PLANEACION DEL CULTIVO. Todos los aspectos contemplados en este capitulo deben ser Ia base del prayecto de siembra, el cual hará parte de Ia documentaciOn del sistema de Buenas Practicas Agricolas del cultivo. El objetivo de Ia planeaciOn del cultivo es definir Ia viabilidad técnica y financiera del prayecto. 3.1.1 Selección de Ia zona de cultivo a). Antes de planear el establecimiento de un area productiva debe consultarse con el organismo a enlidad campetente el Plan de Ordenamienta Territorial (POT) vigente para Ia zona escagida. El desconocimiento del Plan de Ordenamiento Territorial 7.

(14) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 (POT) no exime al productor de su responsabilidad por Ia contravenciOn de Ia ley de uso de las tierras de esa region. b). Se debe contar con documentos oficiales que permitan en todo momento sustentar el proyecto de siembra, acorde con Ta legislaciOn nacional vigente.. 3.1.2 Evaluación ambiental El análisis de impacto ambiental debe constar de los siguientes criterios: historia de Ia zona (cultivos anteriores, incidencia y manejo de plagas), manejo de aguas de escorrentia, de procesos y servidas, manejo de suelos, proteccOn de fauna y flora, disposiciOn segura de residuos de cosecha, envases y empaques de agroquimicos. Se debe contar con un plan escrito de manejo ambiental, acorde con el tipo de cultivo y Ia zona escogida que involucre todo el proceso y que esté soportado con registros y documentos (véase el Anexo A (Informativo), [3]). 3.1.3 CaracterIst!. k)tX-.. zona. Para analizar las zonas productivas de acuerdo con el cultivo escogido, se deben considerar los siguientes factores: altura sobre el nivel del mar, regimen de precipitaciones, temperaturas máximas y minirnas, humedad relativa, disponibilidad de fuentes de agua suficientes para riego, luminosidad, fuerza y dirección dos vientos, calidad de suelos y topografia. 3.1.4 Recursos de la zona Se deben considerar los recursos de la zona, que pueden afectar Ia viabilidad del proyecto, en cuanto a costos y realizaciOn, tales como: vIas de acceso, cercania a los centros de acopio centros e salud y seguridad de Ia regionales, disponibilidd de mano de obra, cercani" zona (orden pUblico). 3.1.5 Caracteristicas JeI predio o Se debe evaluar I sobre: cultivos ar fuentes hIdricas, I. ación del predio, mediantela revisiOn de registros y fuentes primarias , uso de insumos agricolas, manejo del suelo, incidencia de plagas, os de cultivos anteriore&rcta.-d.ruithLQs.. 3.1.6 Evaluaciórt. elOs. El prod uctor deb. ar los siguientes as. a). Los costs de adecuación de los suelos en cnto a labores y aplicaciOn de enmiendas son un factor determinante para Ia viabilidad del proyecto de siembra. Se debe realizar un análisis de suelo que incluya Ia textura, caracteristicas fisicoquimicas, fitopatolOgicas o microbiolOgicas. Analizar las caracterIsticas tales como topografia del predio, perfil del suelo, manejo de curvas de nivel para siembra y aguas de escorrentia.. 3 1. Se debe mantener el registro de análisis de los suelos, realizado por un Iaboratorio aprobado, autorizado o acreditado.. 3.1.7 Evaluación de aguas para riego y procesos en campo a). Dependiendo del tipo de cultivo, se debe tener en cuenta Ia cantidad y Ia calidad de agua tanto para riego como para procesos, en Ia finca o predio, en los casos que sea necesaria. 51.

(15) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 Se debe conocer Ia cantidad de agua disponible y Ia requerida para suplir las necesidades del cultivo, con el fin de determinar si se debe contar con Un suministro alterno del recurso (aljibe, pozo, reservorio) y definir el tipo de riego que se va a instalar. Se debe conocer el origen de la fuente de agua y su calidad, por medio de análisis fisicoquImico y microbiolOgico. Además se debe contar con el permiso expreso de las autoridades competentes para el uso de las fuentes de agua utilizadas con fines de riego. En el caso que se requiera agua para procesos de poscosecha (lavado), se debe disponer de agua potable acorde con Ia IegislaciOn nacional vigente. Se deben mantener registros de análisis de laboratorio realizados a las aguas para riego o para los procesos en campo. 3.2 INSTALACIONES Las instalaciones requeridas en los predios o fincas corresponden a: 3.2.1 Areas de almacenamiento de insumos agricolas Se debe disponer de areas separadas para el almacenamiento de insumos agricolas que cumplan con las siguientes caracterIsticas: El area de almacenamiento de plaguicidas debe ser independiente del area de fertilizantes y bioinsumos. Esta area no debe servir de almacenamiento provisional para otro tipo de insumos, sustancias o materiales diferentes, a excepciOn de los equipos empleados para su dosificación, aplicaciôn etc, (por ejemplo fumigadoras). En aquellos casos en que el predio solo tenga una bodega general para el manejo de insumos agricolas, se debe habilitar un area especIfica para el almacenamiento de plaguicidas y otra para el almacenamiento de fertilizantes, siempre y cuando se cuente con una separación fIsica que las mantenga completamente aisladas entre si y del resto de Ia bodega. De todas formas es recomendable que estas areas se encuentren en construcciones separadas. Las areas de almacenamiento de insumos agricolas deben estar separadas de las areas de vivienda, almacenamiento de alimentos, material de empaque y ubicadas en zonas no inundables y alejadas de fuentes de agua. Estas areas deben estar construidas en material resistente aI fuego, contar con una estructura sOlida, techos, ventilaciOn e iluminaciôn adecuada. Los pisos deben ser de material no absorbente y deben estar diseñados de manera que puedan retener derrames y permitir una adecuada limpieza (véase el Anexo A (Informativo) [13]). Además se recomienda que alrededor de Ia bodega exista una canalizaciôn construida de material impermeable con el fin de contener cualquier derrame mayor. En todos los casos se debe contar con estanterias de material incombustible, no absorbente y de fàcil limpieza, para el almacenamiento de los insumos y que permitan Ia circulaciOn de aire, evitando Ia concentraciôn peligrosa de gases. Además, se debe contar con carteles que identifiquen el sitio de almacenamiento de cada tipo de insumo teniendo cuidado de colocar los lIquidos en los compartimientos de abajo y los.

(16) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 insumos sOlidos arriba, ubicados sobre los liquidos. Para garantizar Ia calidad de los insumos, se deben seguir las recomendaciones de almacenamiento de los fabricantes indicadas en Ia etiqueta (véase el Anexo B (Informativo), NTC 1319). Los insumos guardados en sacos o canecas deben estar sobre estibas o plataformas, nunca en contacto directo con el suelo, para evitar riesgos de humedad y roturas accidentales, entre otros. Estas areas deben permanecer secas, limpias e identificadas con un letrero en Ia puerta de entrada, claro y legible que indique: 'Bodega de (por ejemplo) fertilizantes. Ingreso solo a personal autorizado". Deben permanecer cerradas con have, para evitar el ingreso de personal no autorizado. Las Haves Unicamente deben ser manejadas por Ia persona responAlk asignada. En estas areas se debe contar con avisos informativos charos, en buen estado y de l f6cil visibilidad coma por ejemplo "No corner', 'No beber", "No fumar", "Use elementos de proteccion", etc, e instructivos para Ia atenciôn de situaciones de emergencia, manejo de insumos y nUmeros tetefOnicos con contactos para atender cualquier situaci La persona responsable de Ia bodega debe mantener actualizados los registros de manejo de inventario, donde se especifique el tipo, nombre comercial, nUmero de late y fecha de vencimiento del insumo, cantidad, fecha de ingreso y salida de cada uno de los insumos, nombre de Ia persona responsable de cada movimiento y sufinahidad. Se deben tomar las Ndidas necesarias para evitar el ingreso de animahes como perros, gatos, ayes y roedores, entre otros, a estas instahaciones. En caso de requerirse, se debe separar el almacenamiento del material de propagación (semillas, estacas, esquejes, plántulas, etc) para prevenir riesgos de contarninaciôn y deterioro de los mismos. En Ia bodega de almacenamiento de Tumos agricolas debe existir un extintor multiuso con su carga ah dia, ubicado en un sitio visible y de fácih acceso. El personal que trabaja en Ia bodega debe estar capacitado para su uso. En Ia bodega se debe disponer de aserrin, aTena a un material absorbente comercial para casos de derrames de agroquimicos; en estos casos se debe disponer del residuo de acuerdo con las normas nacionales vigentes (véase el Anexo A (Informativo), [41). I). Los insumos deben mantenerse siernpre en su envase y con su etiqueta original. No deben guardarse insumos reenvasados, ni etiquetas elaboradas a mano o alteradas con hapiceros, marcadores, etc.. 3.2.2 Area de dosificación de insumos y preparación de mezclas de insumos agricolas El predio a finca debe contar con areas destinadas a ha dosificación de insumos y preparación de mezclas preferiblemente independientes y especificas para cada tipo de insumo (una para phaguicidas, otra para fertihizantes y otra para bioinsumos) con las siguientes caracteristicas:. 10.

(17) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 El area de dosificaciOn puede encontrarse localizada dentro de la bodega de insumos separada fisicamente y debe tener: -. Piso impermeable en buen estado.. -. Suministro de agua y en lo posible una ducha de emergencia.. -. lluminaciOn y ventilaciOn adecuada.. -. Elementos de med iciOn para Ia correcta dosificaciOn tales cómo balanzas, probetas, recipientes graduados, etc, los cuales deben estar en buen estado y ser de uso exclusivo para este fin.. El area de dosificaciOn debe ser de acceso restringido y estar identificada. El area de preparaciOn, puede estar ubicada en Ia misma area de dosificaciOn o en el cultivo, teniendo en cuenta las mismas precauciones. Se debe contar con procedimientos para atenciOn de situaciones de emergencia igual que para Ia bodega. Deben existir indicaciones en las areas sobre Ia necesidad de usar los elementos de protección y cumplir con todas las condiciones de seguridad acorde con el tipo de insumo y las recomendaciones de Ia etiqueta. Los elementos de protecciOn para el personal tales como guantes, gafas de seguridad, caretas, (véase el Anexo A (Informativo), [4]). No deben guardarse en las areas de almacenamiento o dosificaciOn de insumos para evitar su contaminaciOn. 3.2.3 Areas de almacenamiento de equipos, utensilios y herramientas En el predio o finca debe existir un area especIfica e independiente para el almacenamiento de equipos de trabajo y herramientas de Iabranza. Esta area debe mantenerse limpia, en orden y libre de material en desuso. 3.2.4 Area de acopio en finca En el predio o finca debe disponerse de un sitio adecuado, limpio y ordenado para realizar el acopio de los productos cosechados de modo que se garanticen su calidad e inocuidad durante el tiempo de permanencia alli. Esta area debe ser techada y estar lejos de focos de contaminación. Se debe disponer de una fuente de agua potable para realizar Ia pre-limpieza (véase el Anexo A (Informativo), [13]), segün los requerimientos del producto y para cubrir los requerimientos de prácticas higiénicas de los trabajadores y las actividades de limpieza y desinfección de equipos, utensilios y herramientas. El area de acopio debe estar contemplada en un programa de higiene, incluyendo el control de roedores y plagas. Esta area deberá contar con los equipos y utensilios acordes con las necesidades del producto que se va a cosechar, incluyendo las cajas y canastillas para la cosecha. Los productos no deben estar en contacto directo con el suelo.. 11.

(18) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 3.2.5 Area de poscosecha El lugar en donde se Ileven a cabo operaciones de poscosecha tales como lavado, clasificaciOn, empaque, encerado, almacenamiento o cualquier otro, debe ser adecuado para preservar las condiciones de inocuidad de los alimentos. Esta area deberá cumplir con las siguientes caracteristicas: a). Diseño y construcciOn que facilite Ia limpieza y desinfecciôn (véase el Anexo A (lnformativo), [13] ), de taT manera que se garantice Ia protección del producto contra el ingreso de plagas y contaminación. Esta area debe estar incluida en el plan de higiene y mantenimiento de las instalaciones. Las instalaciones deben ser de tamaño suficierite, con areas separadas demw e acuerdo con las operaciones del so y que garantice, su flujo.. pK. Se debe contar con un sistema de suministro de agua potable para el desarrollo de las operacioque lo requieran y Ia higiene de Iostrabajadores. Se debe contar con sistema de ventilaciOn e iluminación adecuados que eviten contaminaciôn y con istemas de redes eléctricas en buen estado de funcionamiento y manterijento. Se debe contar con instalaciones sanitarias en buen estado y debidamente dotadas: banos, vestidores, estaciones de limpieza y desinfecciôn de manos, equipos y utensilios. Los equipos y utensilios deben ser de material lavable e inerte y encontrarse en buen estado y funcionando correctamente. Se debe contar con un plan de mantenimiento preventivo y de calibración de equipos de mediciOn cuando se requieran. 3.2.6 Areas de instalaciones sanitarias. _____. Se debe contar con un nümero su iente de banos (lavamanos y sanitarios) para los trabajadores, aproximadamente de 500 m de Ia siembra, que pueden ser fijos o mOviles y deben permanecer en buen estado de higiene. Los s deben contar con sistema de manejo higlenico de residuos para evitar Ia cont minaciOn del suelo, materiales o equipos a través de filtraciones y encontrarse ubicados mmnimo a una distancia de 100 m de las fuentes de agua y a más de 15 m de donde se manipulen o almacenen los productos de cosecha. Los baños deben cumplir las siguientes normas de higiene: deben ser fáciles de lavar y mantenerse limpios y en buen estado, contar con los elementos básicos de aseo y señalización que indiquen Ia obligaciOn de lavarse las manos después de utilizar el baño. 3.2.7 Areas destinadas all bienestar de los trabajadores a). En el predio a finca debe existir un area especifica y adecuada para Ia alimentación de los trabajadores, independiente de las zonas de trabajo. Esta area debe contar con canecas de Ia basura y debe permanecer limpia y a rdenada.. 12.

(19) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 b). 3.3. Se recomienda además contar con un lugar adecuado, para guardar Ia indumentaria y objetos personales de los operarios.. EQUIPOS, UTENSILIOS Y HERRAMIENTAS. 3.3.1 Mantenimiento y calibración de equipos, utensilios y herramientas Todos los equipos, utensilios y herramientas empleados en las labores de campo, cosecha y poscosecha deben ser revisados, y mantenidos en buenas condiciones; para esto se debe contar con un programa de mantenimiento preventivo y de calibraciOn, de acuerdo con los requerimientos de cada uno de ellos. Dichos programas deben contar con sus registros respectivos y orientados bajo las indicaciones pertinentes de profesionales o asesores del cultivo o una persona calificada para determinar Ia necesidad y requisitos del programa de calibración de equipos. 3.3.2 Condiciones de los equipos, utensilios y herramientas de Ia cosecha y poscosecha Todos los equipos y utensilios empleados durante Ia cosecha y poscosecha tales como: recipientes, cuchillos, mesas, cestas, cajas o canastillas, cepillos, tanques de lavado, etc., deben ser lavables, construidos de manera que se facilite su mantenimiento limpieza y desinfecciôn. Los equipos, utensilios y herramientas deben mantenerse en buen estado y preferiblemente deben ser de uso exclusivo del predio. Los equipos, utensilios y herramientas de Ia cosecha no deben emplearse para otro fin diferente al establecido. En caso de que existan elementos usados para otros fines, estos deben estar identificados o marcados o deben ser de un color diferente para garantizar que sean utilizados de acuerdo con los instructivos y programas establecidos. Debe existir una persona responsable de vigilar el buen uso de los equipos, utensilios y herramientas, su mantenimiento y adecuada limpieza y desinfecciOn, siguiendo los instructivos y programas establecidos para cosecha y poscosecha. 3.4. MANEJO DEL AGUA. 3.4.1 Agua para riego El agua empleada en los sistemas de riego debe poseer unas caracteristicas fisicoquImicas y microbiolOgicas adecuadas, de acuerdo con Ia legislaciOn nacional vigente con los riesgos reales de Ia fuente para cultivo. Se debe contar con una caracterización de Ia fuente (véase el Anexo A (Informativo), [2]), No se debe permitir el uso de aguas provenientes de vertimientos humanos e industriales, esta debe pasar por un tratamiento acorde con el uso previsto, en estos casos se debe contar con registros del tratamiento realizado. En todos los casos, se debe contar con un programa de muestreo y análisis acorde con los riesgos identificados y las caracteristicas de Ia fuente de captaciOn, el cual debe ser revisado y ajustado cuando cambien las condiciones de riesgo. 13.

(20) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 3.4.2 Agua para aplicación de insumos agrIcolas El agua para la aplicación de insumos debe contar con las caracteristicas fisicoqulmicas apropiadas (pH, dureza) que no alteren sus condiciones Optimas de aplicaciOn. 3.4.3 Agua para poscosecha El agua empleada en los sistemas de poscosecha debe cumplir con las caracteristicas fisicoquimicas y microbiolOgicas de potabilidad, segUn Ia estipulado en Ia legislaciOn nacional vigente para agua potable y acorde con las necesidades de limpieza, desinfecciôn y cuidado que el producto requiera (véase el Anexo A (Informativo), [1]). Se dedisponer de los medios adecuad ra el almacenamiento y distri del agua potable dentro del predio que minimice los riesgos de contarninaión fisica, quimica y microbiolOgica, garantizando Ia existencia de sistemas deribución completamente separados e identificados de otras calidades de a_____. CX. Se debe contar con un programa de muestrea y análisis del agua empleada en poscosecha, con una frecuencia minima anual, acorde con los riesgos identificados y las caracteristicas de Ia fuente de captaciOn. Dicho programa debe ser revisado y ajustado cdo cambien las condiciones del riesgo. tar con registros tantde los anãlisis como de los tratamientos Se deb realizadcs al gua. 3.4.4 Uso racional del agua Se contará con sistema'e usa racional y reutilización del agua, cuando el caso Ia amerite. Se deberá contar con un programa de verificaciôn, mantenimiento y medidas tendientes al control de pérdidas y fugas dentro de las redes de distribuciôn del agua. Se debe contar con registros del consLi 3.5. de agua en Ia actividad productiva.. pv. MANEJO DEJELOS. Se debe realizar el análisis de las caracteristicas fisicoquimicas y microbiológicas del suelo acorde con las necesidades de los sistemas productivos y del tipo de cultivo. El manejo del suelo debe evitar Ia erosiOn, la compactaciOn, garantizar Ia conservaciOn de los horizontes, las caracteristicas fisicas, Ia materia orgánica, el balance de los nutrientes y Ia riqueza de los microorganismos benéficos. El manejo de las plagas, enfermedades y problemas de nutrientes de los suelos, debe realizarse buscando el equilibria entre productividad y Ia conservaciOn del media ambiente.. 14.

(21) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 Se deben establecer programas para prevenir Ia erosiOn de los suelos mediante prácticas cómo coberturas nobles, sistemas de drenajes, labranza minima y manejo de curvas a nivel para siembras en ladera. Cuando sea técnicamente posible se debe acordar Ia producciOn con Ia rotaciOn de cultivos, ya que no solo se logra un control natural de plagas y erifermedades, 5mb también que se da Ia oportunidad de hacer un uso racional de los nutrientes del suelo. En los suelos con problemas de saturaciOn hIdrica es indispensable el establecimiento y manejo de drenajes, estos deben estar técnicamente diseñados y construidos para tales efectos. 3.6. MATERIAL DE PROPAGACION Se debe conocer Ia procedencia del material de propagaciOn (semillas, estacas, esquejes, plántulas, acodos, etc.), en él reposan todas las caracteristicas genéticas y fenotipicas de Ia especie. El material de propagaciOn debe estar libre de plagas y enfermedades, Ia cual se debe verificar y evidenciar en los análisis de laboratorio y se debe contar con registros documentados. En los casos de compra de material en vivero, éste debe estar registrado por Ia autoridad sanitaria competente cuando sea aplicable (véase el Anexo A (Informativo), [5]) y acompañado de una carla de garantIa de calidad fitosanitaria. Los viveros deben contar con un sistema de registros que permita garantizar Ia calidad del material vegetal producido y su trazabilidad. Se deben utilizar sustratos adecuados, desinfectados y de caracterIsticas acordes con las especies que se van a sembrar. Todos los tratamientos de semillas, y/o tratamientos fitosanitarios realizados en los semilleros durante Ia etapa de propagaciOn deberán documentarse. Los viveros deberlan disponer de cortinas y mallas laterales para evitar insectos, áfidos, pájaros, etc, asi como con camas elevadas y sistemas que permitan regular Ia humedad relativa y las precipitaciones. Adicionalmente, deberian contar con instrumentos de medición cómo higrOmetros, termOmetros con minimas y màximas y disponer de registros de temperatura, asI como de humedad relativa. En el caso de usar semillas comerciales para reproducciOn sexual, éstas deben contar con el permiso de Ia autoridad sanitaria competente y los empaques deben cumplir con las especificaciones de rotulado tales como fecha de vencimiento, origen, lote, variedad, tasa de germinacion y empresa responsable. Esta informaciOn debe aparecer en idioma español (véase el Anexo A (Informativo), [6]). En casos de utilizaciOn de material de propagaciOn genéticamente modificado, se debe cumplir con Ia normativa nacional vigente o Ia internacional del caso, acorde igualmente con las exigencias del pais de destino de las frutas, hortalizas o plantas arométicas culinarjas cultivadas y documentar su uso (véase el Anexo A (Informativo), [7]).. 15.

(22) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 3.7. NUTRICION DE PLANTAS Se deberá diseñar un programa para Ia nutriciOn del cultivo de acuerdo con el análisis de suelos y los requerimientos de Ia especie que se va a sembrar. Una vez establecido el cultivo, se deben realizar análisis del tejido foliar para verificar Ia eficacia de Ia fertilizaciOn y aplicar los correctivos del caso. El programa de nutriciOn debe ser preparado y ejecutado bajo Ia responsabilidad de un profesional de Ia agronomia. Este programa debe incluir: cantidad y tipo de fertilizante, abono o enmienda que se va a aplicar, doss, métodos y épocas de aplicaciôn. Los prouctos tales como fertilizantes y enmien s deben contar con el Registro de Vonta (véase el Anexo A (Informativo), [81), o ado por Ia autoridad nacional competente y deben ser adquiridos en los a Ines autorizados por esta (véase ci Anex(lnformativo), [9]). Todas las aplicaciones deben registrarse en un formato que incluya como minimo Ia siguiente inforrnaciOn: identificaciOn del predio, nombre comercial del producto, nümero de registro nacional, fecha de aplicaciôn, dosis, forma y método de aplicaciôn, nomty firma de quien recomendO y aplicô.. 3.7.1 Abonos Se recomien la utilización de abonos orgánicos, que cuenten con registro otorgado por Ia utoridad nacional competente (véase Anexo A (informativo)[8]), y adquiridos en los establecimientos autorizadoor la misma autoridad para tal fin. No se 4lebe usar cor abono orgánico, materiales tales como estiércol y desechos orgánicos frescos, ya que éstos generan un alto riesgo de contamirliaciOn microbiológica. Estos materiales deben ser tratados previamente a su utiUaciôn para reducir o eliminar los posibles microorganismos patOgenos y residuos de plaguicidas presentes que pudieren contaminar a los productos. Entre l4s tratamientos recomendados se encuentran el compostaje, Ia pasteuriaciOn, Ia digestion alcalina o una combinaciãn de Astos. Los r uos vegetales provenientes de cos ______ utos en rnal estado, podas y control e malezas pueden ser utilizados par preparaciOn de compost y de esta forma hacer una disposición adecuada de estos materiales. Para Ia preparaciOn de abonos orgánicos (véase el Anexo B (Informativo), [NTC 5167]), no se deben usar las heces humanas tratadas o sin tratar, desechos urbanos sin separación en Ia fuente y cualquier otro material que presente fuera de los limites permitidos contaminaciôn microbiolOgica, metales pesados u otros productos quimicos nocivos. El almacenamiento y tratamiento del estiércol animal o los desechos orgánicos se debe realizar en areas alejadas del cultivo, debidamente aisladas, utilizando barreras o separaciones fIsicas y en sitios, ojalá, con piso de cemento, o en estanques delimitados con arcilla, para evitar Ia contaminación de las fuentes de agua, especialmente por IixiviaciOn y percolacion.. 16.

(23) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 Las herramientas y equipos que hubieran estado en contacto con estiércol animal a desechos orgánicos y que posteriormente se usen en otras labores agricolas, deben lavarse y desinfectarse. Se deben Ilevar registros sobre Ia preparación de los abonos orgánicos en los que se incluya informaciOn sobre el origen del material, los procedimientos de transformaciOn y los resultados de los análisis realizados, (véase el Anexo B (Informativo), [NTC 5167]). En el caso de frutas, hierbas aromáticas culinarias y hortalizas que puedan estar en contacto directo con el suelo, los abonos orgánicos tratados adecuadamente, pueden ser utilizados en Ia siembra o en los estadios tempranos de crecimiento y desarrollo de las plantas y nunca en aquellos cercanos a Ia cosecha. 3.8. PROTECCION DE CULTIVO. 3.8.1 Generalidades Se deberá contar con un programa para Ia protecciôn fitosanitaria del cultivo dentro de los principios del Manejo Integrado de Plagas (MIP), priorizando el uso de métodos culturales, etologicos, biologicos y fisicos sobre el control quImico. El MIP debe ser planeado y ejecutado bajo Ia responsabilidad de un profesional de agronomia, donde se incluya la estrategia práctica que se va a emplear y el procedimiento. Se debe realizar un manejo preventivo de los problemas fitosanitarios del suelo, diagnosticados mediante aná!isis del mismo, a través del uso de prácticas agricolas y culturales. 3.8.2 Uso de plaguicidas El uso de plaguicidas quimicos debe ser justificado y racional, de acuerdo con criterios técnicos basados en monitoreos sistemáticos y teniendo en cuenta los umbrales de daño para cada cultivo, cuando se disponga de ellos, nunca por aplicaciones calendario de enfoque preventivo. Los productos clasificados como plaguicidas quimicos y como bioplaguicidas (véase el Anexo A (Informativo), [10]), por aplicar deben contar con registro otorgado por Ia entidad nacional competente (véase el Anexo A (Informativo), [10], [111) y deben ser adquiridos en los almacenes autorizados por esta entidad (véase el Anexo A (Informativo), [9]). Se deben adoptar todas las medidas disponibles para garantizar Ia aplicación eficiente de los productos para protecciOn de cultivo, tales como capacitación, calibraciOn de equipos de aplicaciOn, verificación de Ia calidad del agua utilizada para Ia preparación de mezclas en cuanto a dureza y pH, recomendaciones para Ia preparaciOn de las mezclas (incompatibilidades), dosis recomendada, epoca de aplicaciOn y condiciones climáticas adecuadas, siempre siguiendo las recomendaciones del fabricante. Unicamente personal capacitado debe aplicar los productos para Ia proteccion del cultivo. Se deben seguir las recomendaciones de uso del fabricante contenidas en Ia etiqueta, relacionadas con equipo de protecciOn personal, plaga por controlar, dosis, frecuencia y periodo de carencia.. 17.

(24) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 Todas las aplicaciones deben registrarse en un formato que incluya Ia siguiente información: identificación del predio, plaga por controlar, nombre comercial, ingrediente activo y nümero de late del producto, nUmero de registro de yenta, fecha de aplicación, dosis, método de aplicaciOn, periodo de carencia, nombre y firma de quién recomendO y de quién aplicO. Se debe disponer de informaciôn técnica actualizada de los productos para protecciOn de cultivo que se va a utilizar, asI coma de las correspondientes hojas de seguridad e instrucciones documentadas de las aperaciones por realizar, relacionadas con Ia utilización de los productos. Antes de Ia aplicaciOn de productos para protecciOn de cultivo se debe revisal y calibrar el equipo que se va a utitizar para asegurarse de que esté completo y todas ss panes estén en buen estado. Se debe revisar que el equipo no presente fugas a pérdidas, que sus filtros esténlimpios y sin daño, y proceder a caanIos pgarantizar la aplicación de Ia dosis corecta. Lcs operarios que manipulen los productos para Ia ptotecciOn de cultivo deben contar con los equipos de protección personal recomendados en las hojas de seguridad y en las etiquetas de los productos, estos equipos pueden ser overoles, botas, guantes, respirador y casco. entre otros. La ropa y los equipos de protecciôn personal deberi ser previamente lavados y deben almacenarse en un lugar separado de los produs para protección de cultivo 3.8.3 Residuos de plaguicidas Se deben analizar los residuos de plaguicidas, incluyendo en lo posible todos los ingredientes activos utilizados en la producciOn y en poscosecha. Los residuos encontrados no deberán sobrepasar los LImites Máximos de Residuos (LMR) establecidos por el Codex Alimentarius, hasta tanto se establezca la normativa nacional, o lo establecido por las normas de los paises de destino, en el case de productos para exportación. Se deben mantener registras de los resultados de estos análisis. El prod uctor deberá poseer información acerca de las restricciones de uso de plaguicidas, periodos de carencia y LMR nacionales y las LMR de los palses de destino donde se intenta comercializar sus productos. Asi mismo, el productor deberá contar con un procedimiento con las acciones correctivas para ser implementado cuando los anãlisis de residuos indiquen el sobrepaso de los LMR correspondientes. 3.9. COSECHA Y1NEJO POSCOSECHA. 3.9.1. Planificación. Previamente a Ia recolecciOn, se deberá planificar toda Ia operaciOn incluyendo mano de obra, materiales y equipos, transporte interno y externo, puntos de acopia en lotes, permanencia en finca y poscosecha, teniendo en cuenta lo siguiente: El personal encargado de Ia cosecha y del manejo poscosecha debe ser suficiente y mantener excelentes condiciones de higiene. Se debe disponer de una cantidad suficiente de elementos coma recipientes de recolecciôn, herramientas, estibas, canastillas para embalaje y cualquier otro elemento que sea necesario para Ilevar a cabo el proceso. Todos los elementos deben estar limpios y desinfectados dependiendo del riesga..

(25) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 Si Ia unidad productiva dispone de transporte interno, éste debe mantenerse en buen estado y bajo condiciones de limpieza y desinfecciOn. De acuerdo con los volOmenes producidos, se dispondrá de medios de transporte que minimicen los tiempos de permanencia en finca. Las instalaciones que vayan a ser empleadas durante Ia cosecha y manejo poscosecha deben mantenerse limpias. 3.9.2 Cosecha El método de recolecciOn debe ser el más adecuado para cada especie cultivada evitando los daños, Ia contaminaciOn y manteniendo la integridad del producto. Los puntos de acopio deben ser lugares protegidos de condiciones climáticas adversas, plagas y contaminantes y deben permanecer limpios. 3.9.3 Transporte Se debe utilizar vehiculos limpios y que no hayan sido usados en actividades que representen un riesgo de contaminaciOn al producto. Estos vehiculos deben ofrecer protecciOn contra el sol, Ia Iluvia, el viento o cualquier otro factor que pueda convertirse en un riesgo de contaminaciOn y deterioro del producto y cuando sea necesario, se debe contar con transporte climatizado. Se deben emplear recipientes libres de materias extrañas y sustancias quimicas. La carga y descarga debe realizarse de forma tal, que se minimicen los riesgos sanitarios y fitosanitarios. Las actividades de transporte deben encontrarse debidamente registradas y documentadas. 3.9.4 Poscosecha Se debe contar con un plan de saneamiento (puede ser el general que incluya al area de poscosecha) que contemple: limpieza y desinfección, manejo y disposiciOn de residuos sOlidos y liquidos. El personal debe encontrarse en buen estado de salud, capacitado y cumplir con las prácticas higiénicas de manipulaciOn. Cuado sea necesario realizar aplicaciones de plaguicidas en poscosecha, los plaguicidas deben ser autorizados para esta etapa y deben contar con el registro otorgado por Ia autoridad competente (véase el Anexo A (Informativo), [11]), además deben utilizarse siguiendo las recomendaciones en cuanto a periodo de carencia y modo de aplicación. Todas las aplicaciones deben registrarse en un formato que incluya Ia siguiente informaciOn: identificaciOn del predio, plaga por controlar, nombre comercial, ingrediente activo y nUmero de lote del producto, nUmero de registro de yenta, fecha de aplicaciOn, dosis, método de aplicaciOn, periodo de carencia, nombre y firma de quién recomendO y de quién aplicO.. 19.

(26) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 Los productos quimicos utilizados en Ia limpieza, desinfecciôn y control de plagas deben ser autorizados para uso en instalaciones de alimentos y deben contar con el registro de Ia autoridad sanitaria competente. Todos los materiales de empaques y embalajes empleados deben almacenarse adecuadamente para evitar Ia contaminación cruzada (véase el Anexo A (Informativo), [13]) y mantenerse en condiciones higiénicas. El material de los empaques no debe ser tOxico ni permitir Ia transferencia de olores o sabores extraños. 3.10 DOCUMENTACION, REGISTROS Y TRAZABILIDAD En cada unidad productiva debe existir un sistema de documentaciOn disponible, actualizado y conservado adecuada.ente, el cual deberá estar conformado omo minimo por: Loocedimntos para todas las operaciones. as en Pa presente norma.. lntructivos de trabajo, en donde se detalle el de4rrollo de cada actividad, epecificando el responsable. Rgistros de las actividades realizadas, los cuales deben conservarse por un p&riodo minima de dos años:• Epecificaciones y fichas técnicas actualizadas, de lots insumos utilizados en el prbceso productivo y poscosecha. Para el desarrollo de Ia trazabilidad a rastreabilidad, Ja cadena productiva debe coptar con un sistema de identificaciôn o codifkaciOn de las unidades productivas, de los insumos utilizados y el registro de los procesos aplicados a los productos agricolas Estos registros deben permiti rastrear Pa historia, el uso o Ia ubicaciôn de un producto, a 10 largo del proceso desde a finca hasta el consumidor. Los registros deben mantenerse al dia y donservarse por un periodo mnimo de dos años. 3.11 SALUD, SEGURIDAD Y BIENESTAR DEL TRABAJADOR Tdi' ersonal que labore en el predio debe contar con buen estado de salud, yn debe permitir que personal con enferrnedades infecciosas trabaje manip ndo los alimentos, ni los elementos de trabajo que entren en contacto directo con el producto. El personal con sintomas de enfermedades infecciosas o heridas se debe asignar a labores diferentes del manejo de los productos, lo cual debe quedar registrado. Al personal permanente se le debe realizar minimo una vez al año un examen medico en donde se certifique su buen estado de salud. Al personal temporal previo a su contratación deberá realizársele un reconocimiento medico, con elfin de evidenciar Ia no presencia de enfermedades infecciosas. En todos los casos se debe instruir al personal cuando se sienta enfermo, para que se reporte de inmediato con su superior. El predio o finca deberia desarrollar un programa de salud ocupacional donde se involucren actividades de seguridad industrial, higiene y medicina preventiva del trabajo.. Ce.

(27) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 Se debe contar con un plan de capacitación permanente y documentado que incluya los siguientes aspectos: -. Almacenamiento, manejo y aplicaciOn de los productos e insumos agricolas,. -. prácticas higienicas de personal,. -. manejo de sustancias quImicas,. -. manejo e higiene de equipos,. -. riesgos profesionales y manejo de equipos de protección,. -. primeros auxilios y manejo de extintores.. Se debe contar con un plan de manejo de emergencias o contingencias, en el cual se establezca qué hacer en caso de derrames, incendios o intoxicaciones o cualquier riesgo fisico, quimico, biolOgico potencial para los trabajadores. El personal que labore en el predio debe cumplir con prácticas higiénicas tales como: -. Limpieza e higiene personal,. -. uso de dotación completa (overol, botas, etc.),o elementos de proteccián personal cuando Ia labor lo requiera,. -. lavado y desinfecciôn de manos cada vez que Ia actividad lo requiera,. -. no consumo de alimentos ni cigarrillos, en las zonas de cultivo, y tampoco durante el desarrollando de actividades como cosecha, poscosecha o manipulación en general de los alimentos.. El propietario o el administrador y el personal que labore en el predio o finca deberén cumplir con el marco legal vigente de trabajo, para lo cual es necesario tener en cuenta mmnimo los siguientes aspectos: -. AfiliaciOn a seguridad social en salud,. -. riesgos profesionales y pensiOn,. -. salario justo de acuerdo con lo dispuesto en Ia ley nacional vigente,. -. cumplir con las edades para contrataciOn de personal,. -. silos operarios habitan en Ia finca, sus viviendas deben ser adecuadas, construidas en materiales sOlidos y deberán contar con los servicios pUblicos básicos.. 21.

(28) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 3.12 PROTECCION AMBIENTAL 3.12.1 Plan de manejo ambiental Con el fin de implantar medidas adecuadas de manejo y control ambiental y maximizar los recursos utilizados, garantizando Ia sostenibilidad y competitividad de Ia actividad agrIcola, se debe desarrollar un plan de manejo ambiental documentado. En este plan se deben identificar las etapas del proceso productivo que puedan generar impactos ambientales negativos, ya sean transitorios o permanentes. AsI mismo, se deben diseñar las medidas de prevenciOn, control o mitigaciOn más adecuadas para aplicar en cada caso, de acuerdo con los requerimientos ambientales legales regionales o nacionales. Tales medidas deben ser tomadas con base en buenas prácticas de con servaciOn de Ia biodiversidad, de buen uso cklos recursos y de reduccián de impactos negativos sobre ecosistemas natural aire y las de agua y suelos defnidas en los numerales 4.4 y 4.5, respectivamente. Para definir estas medidas y Iográr los objetivos de mejoramiento Se deben designar responsables de su aplicaciOnnitoreo.. Vo I. Es necesario capacitar.y motivar a los responsables designados y a todo el personal involucrado en las diferentes actividades identificadas como de alto riesgo, con el fin de que se apliquen las estrategias de prevencián, control o niitigaciôn y se afiance una cultura de protección ambiental sOlida dentro del equipo de trabajo. Igualmente, se debe diseñar y poner en práctica un sistema de seguimiento del plan de aprovechamiento de los recursos naturales documentado, que involucre todos los procesos de Ia actividad productiva. 3.12.2 ConservaciOn le bosques, biodiversidad (faunkflora) En el priodo de platcaciOn del cultivo, se deben consultar el POT y las regulacipnes existentes para Ia zona, en cuanto a permisos de instalaciOn, usos de recuros como agua y especies maderables. Se debn tomar todas las precciones posibles para evitar que Ia explotación agrIcolagenere impactos negativos sobre Ia flora y Is fauna nativa, en especial sobre microorganismos, insectos y vegetación benéficos. ElIde insumos agricolas utilizados en el predio o finca deben cumplir con rec laendaciones de los numerales 3.2.1 y 3.2.2. Se debe contar con un plan de reforestaciôn, cercas vivas, siembra o regeneración natural en areas improductivas del predio o finca o en areas especiales, tales como limites con comunidades, fuentes naturales de agua y vias pübl'cas. 3.12.3 Conservación de recursos agua y suelo Se debe evitar Ia disminuciOn de los recursos de agua por uso excesivo de acuerdo con el numeral 3.4 de manejo del agua. Las labores de riego se deben realizar previniendo el vertimiento de las aguas de escorrentia a fuentes superficiales o Ia percolación a aguas subterrâneas. Estas labores se deben realizar mediante sistemas de riego y drenaje adecuados para. 22.

(29) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 los parámetros fisicos y topogràficos del suelo y apticando lâminas de agua apropiadas al cultivo, el tipo de suelo y el balance hidrico de Ia zona. Se deben implementar sistemas de labranza minima asi como métodos de adecuación y conservación acorde con las caracteristicas topográficas del suelo, con el fin de conservar este recurso, evitando Ia erosion, Ia compactaciOn y el deterioro de su capacidad de almacenamiento de agua, durante Ia preparaciOn del terreno. El trazado de Ia plantaciOn debe estar acorde con Ia topografia del terreno y el sistema de siembra recomendado para el cultivo. Se debe permitir el crecimiento de vegetaciOn entre surcos (coberturas nobles) con el fin de proteger el suelo de Ia erosion y dependiendo de Ia especie cultivada. El Plan de NutriciOn del Cultivo debe contemplar todos los aspectos técnicos necesarios para evitar Ia salinizaciôn de los suelos. 3.12.4 Manejo de residuos liquidos a). Se debe minimizar Ia generaciOn de vertimientos liquidos, con base en las siguientes medidas: Preparar las mezclas de agroquimicos que se van a aplicar, con base en cAlculos de Ia cantidad necesaria. Si se requiere disponer de mezclas no utilizadas y de las aguas de lavado de equipos de aplicaciOn y herramientas (bombas, mangueras .... ) éstas deben ser aplicadas en una parte del cultivo no tratado, entre los caminos o eras del cultivo o en un area no sembrada demarcada para tat fin (registro). Se debe contar con un sistema adecuado para Ia disposiciOn de aguas servidas de instalaciones sanitarias. Se deben proteger las fuentes de agua (rios, pozos, canales) para prevenir su contaminaciOn. Par esta razOn, no se deben verter en ellas aguas contaminadas, restos de plaguicidas ni envases.. 3.12.5 Manejo de residuos sólidos Para los productos vencidas a sin identificación, se debe dejar una estanterla especial, con Have y que esté identificada con una leyenda de: "productos vencidos", para su posterior desecho, de acuerdo con lo establecido en este numeral. No se deben reutilizar recipientes de agroquimicos. Los envases que han contenido agroquimicos se consideran residuos peligrosos y par ella no se deben desechar coma basura convencional. Antes de desechar las recipientes vacios de agroquimicos, se debe hacer un triple lavado de las mismos, tal coma lo estipula Ia legislaciOn nacional y recomendaciones de asociaciones reconacidas (véase el Anexo A (Informativa) [12]).. 23.

(30) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 Para evitar su reutilizaciOn, los envases lavados deben ser perforados en el fondo sin dañar su etiqueta y almacenados en forma segura, junto con otros empaques de plaguicidas en bolsas o canecas plásticas debidamente identificadas (nombres comerciales, nUmero, fecha, etc.), para luego ser desechados adecuadamente. Se pueden realizar prácticas de recolecciOn, incineraciOn, de acuerdo con las normas nacionales. No se deben conservar plaguicidas ni fertilizantes caducados u obsoletos, debido a que las compras y el almacenamierito se deben realizar de acuerdo con el plan de manejo del cultivo y las necesidades puntuales y justificadas. Si por alguna razôn se tienen agroquimicos caducados u obsoletos, éstos deberán almacenarse en forma segura y su desecho debe realizarse de acuerdo con las normas nacionales vigentes, estos productos se pueden devolver o entregar, al represeante de Ia casa comercial. kL evitar accidentes y derrarnes durante el transporte de productos Ca aroquimicos, èstos sOlo deberán ser transportados n sus envases originales, ccn sus etiquetas en buen estado y evitando quee golpeen y se rompan, siuiendo las normas nacionales vigentes para el hransporte de sustancias pligrosas. Ei cargue y descargue de los vehIculos debe relizarse de forma segura, e\itando el deterioro de los envases y sus etiquets, asi como los posibles drrames. Se debe comprobar que en los vehiculos rio haya salientes u objetos qie puedan dañar los empaques o envases. De producirse un derrame, debe actuarse rápidamnte, contar con hojas de soguridad, ver ci etiquetado o tener la intormacioh técnica e instrucciones dcumentadas.. Av. Cuando sea aplicable, esiduos vegetales de coscha, frutos en mal estado, podas, y control de malezas deben recogerse totalmente ya sea para su recoleccion por parte de las entidades responsabls de la zona o para su degradacion y reutilizaciOn aplicando técnicas de comostaje. Los residuos de rnateriales plásticos como bolsas, cordeles, mangueras y láminas deben ser recogidos y desechados adecuadamente. Todas instalaciones deben tener lugares claramente identificados para el desecho de residuos, segün su tipo (orgánicos e inorgánicos).. 24.

(31) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 ANEXOA (Informativo). LEGISLACIN NACIONAL COLOMBIANA REFERENCIADA EN EL TEXTO. Este anexo brinda informaciôn acerca de Ia legislacion colombiana vigente en el momento de elaborar esta norma. Dicha informaciôn amplia aspectos técnicos contemplados en los numerales referenciados. Sin embargo, el listado que se encuentra a continuación es general y se sugiere que se verifique su vigencia en el momenta de su aplicación. RepUblica de Colombia, Ministerio de Ia ProtecciOn Social. Decreto 475 de 1998, Normas Técnicas de calidad del agua. RepUblica de Colombia, Ministerio de Agricultura. Decreto 1594 de 1984. Por el cual se reglamenta el usa de aguas y los residuos liquidos. Repüblica de Colombia, Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Sociedad de Agricultores de Colombia, Fondo Nacional de Fomento Hortifruticola, Asohofrucol. Gula ambiental para el subsector hortifruticola. 2002. RepCiblica de Colombia, Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial, Cámara de Ia industria para Ia Protección de cultivos de Ia ANDI. Gula ambiental para el subsector plaguicidas. 2003. Repüblica de Colombia, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Instituto Colombiano Agropecuario. ResoluciOn No.2407 de 2002. Normas en materia de producciOn, distribución, comercialización, importaciOn y movilizaciOn dentro del territorio nacional de material de propagación clonal de frutales. Repüblica de Colombia, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Instituto Colombiano Agropecuario. ResoluciOn No. 0148 de 2005. Por Ia cual se expiden normas para Ia producciOn, importaciOn, exportación, distribuciOn y comercializaciOn de semillas para siembra en el pals, su control y se dictan otras disposiciones. Repüblica de Colombia, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Instituto Colombiano Agropecuario. Resolución No. 3492 de 1998. Por Ia cual se reglamenta y se establece el procedimiento para Ia introducciOn, producciOn, liberaciOn y comercializaciOn de Organismos Modificados Genéticamente (01VIG) y se dictan otras disposiciones. Repüblica de Colombia, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Instituto Colombiano Agropecuario. ResoluciOn No.0150 de 2003. Por Ia cual se adopta el Reglamento técnico de fertilizantes y acondicionadores de suelos para Colombia. RepUblica De Colombia, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural, Instituto Colombiano Agropecuario. Resoluciôn No. 1023 De 1997. Por Ia cual se dictan disposiciones sobre Ia distribuciOn, comercializacián y yenta de insumos agrapecuarios, material genético animal y semillas para siembra.. 25.

(32) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 RepUblica de Colombia, Ministerio de Agricultura y Desarrollo Rural. Instituto Colombiano Agropecuario. ResoluciOn No. 0375 De 2004, por Ia cual se dictan disposiciones Sobre registro y control de los Bioinsumos y Extractos Vegetales de uso agricola en Colombia. Repüblica de Colombia, Ministerio de Agricultura, y Desarrollo Rural, Instituto Colombiano Agropecuario. ResoluciOn No. 3759 de 2003. Sobre el registro y control de plaguicidas quimicos de uso agricola. Repüblica de Colombia, Ministerio de Ambiente, Vivienda y Desarrollo Territorial. Decreto 1442 de 2004. Por el cual se dictan disposiciones en relación con Ia prevenciOn y control de Ia contaminaciôn ambiental por el manejo de plaguicidas y desechos o residuos peligrosos provenientes de los mismos. Repüblicadf mbia, Ministerio de Salud y Protecci Por el c' 'amenta parcialmente Ia Ley 0 disposicicfleFgUIñ todas las actividades que pued el consuro de alimentos.. 26. ocial. Decreto 3075 de 1997. 1979 y se dictan otras rar factores de riesgo P01.

(33) NORMA TECNICA COLOMBIANA NTC 5400 ANEXO B (Informativo) BIBLIOGRAFIA. -. Norma Oficial Mexicana (con carácter de emergencia) NOM-EM-034-FITO-2000, Requisitos y especificaciones para Ia aplicaciOn y certificaciOn de buenas prActicas agrIcolas en los procesos de producciOn de frutas y hortalizas frescas.. -. EUREPGAP. Puntos de control y criterios de cumplimiento frutas y hortalizas. VersiOn: 2.0, Jan-04, en Español. Válido a partir de: 12 de Septiembre de 2003. 26 Páginas. (COd. Ref.: FP.0 CP). . Disponible en: http/www.eurep.org.. -. RepUblica e Colombia, Decreto del Ministerio de Mercancip peligrosas'ecreto 1609.. -. Cidae, Centro Regional Andino, IICA, Instituto Interamericano de CooperaciOn para Ia Agricultura, Glosarlo de términos del Comercio Agroalimentario, Lima, Peru, julio de 1997.. -. OrganizaciOn de las Naciones Unidas para Ia Agricultura y Ia Alimentaciôn 1997. GestiOn de riesgo e inocuidad de los aLrnentos. Roma, Italia.. -. RepUblica de Colombia. Ministerio de Agricultura y Desarrôllo Rural. RESOLUCION NUMERO 00074 DE 2002, Abril 4, por Ia cual se establece el reglamento para Ia producciOn primaria, procesamiento, empacado, etiquetado, almacenamiento, certificaciOn, imortaciOn y comercializaciOn de productos agropecuarios ecolOgicos.. orte sobre Transporte de. Food and drug administration'- FDA and U.S. department of agriculture - USDA. Gula para Reducir a! MInimo el Riesgo Microbiano en los Alimentos, en el Caso de Frutas y Vegetales. 1998. -. CODEX ALIMENTARIUS. COdigo de prácticas de higiene para las frutas y hortalizas frescas. AL!NORM 03/13 Apéndice II. 2001. -. FAQ. Me FormaciOn. -. CorporaciOn Co ombia Internacional, SENA. Gula de Buenas Prácticas AgrIcolas para ía ProducciOn de Hortalizas Limpias en ía Sabana de Bogota. Programa integral de transferencia de tecnologia para Ia producciOn limpia y Ia comercialización de hortalizas en ia Sabana de Bogota. Componente 7: Sello de calidad y buenas prácticas agrIcolas. Bogota. 2004.. -. NTC 5167:2004, Productos para Ia industria agricola. Productos orgánicos usados coma abonos o fertilizantes y enmiendas de suelo.. -. NTC 1927:2001, Fertilizantes y acondicionadores de suelos. Definiciones. ClasificaciOn y fuentes de materias primas.. Ia Seguridad y Ia Calidad de rutas y Ho lizas Frescas: Manual de Instruct ores. Universidad de Maryland. 200. NTC ISO 14001:2004, Sistemas de gestiOn ambiental. Requisitos con orientaciOn para su uso NTC 1319:2001, Almacenamiento de plaguicidas quImicos para uso agricola.. 27.

(34) EihIioteca Agropecuar a dc Co'ombia - BAC. llI I. 010100028509.

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Referencias

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