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Sesión General de la Oficina Internacional de Epizootias

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Resoluciones

de la X L I X

a

Sesión General

de la Oficina Internacional de Epizootias

2 5 - 2 9 d e M a y o d e 1 9 8 1

R E S O L U C I Ó N N ° I

ADOPCIÓN DEL INFORME F I N A N C I E R O Y DEL A C T A D E GASTOS DEL 54° EJERCICIO D E L A O.I.E.

En cumplimiento del Artículo 15 de los Estatutos Orgánicos, EL COMITÉ,

ACUERDA

Aprobar el informe financiero que le fue presentado en la Sesión Administra- tiva del martes 26 de Mayo de 1981 y adoptar las cuentas financieras del 54°

ejercicio de la Oficina Internacional de Epizootias que abarca el periodo del 1o de Abril de 1980 hasta el 31 de Marzo de 1981.

(Aprobada en la Sesión Administrativa del martes 26 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° II

A D O P C I Ó N D E L INFORME SOBRE L A GESTIÓN,

REALIZACIONES Y ACTIVIDADES ADMINISTRATIVAS DE LA O.I.E.

D U R A N T E EL 54° EJERCICIO (del 1.4.80 al 31.3.81) En cumplimiento del Artículo 6 del Reglamento Orgánico, EL COMITÉ,

A C U E R D A

Aprobar el Informe del Director General sobre la gestión, realizaciones y actividades administrativas de la Oficina Internacional de Epizootias para el 54° ejercicio de la misma que la fue presentado durante la Sesión Administra- tiva del martes 26 de Mayo de 1981.

(Aprobada en la Sesión Administrativa del martes 26 de Mayo de 1981)

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— XCV —

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R E S O L U C I Ó N N0 III

EJERCICIO F I N A N C I E R O D E L A O.I.E

CORRESPONDIENTE A L A Ñ O CIVIL — CONSECUENCIAS P A R A 1981 EL COMITÉ,

Teniendo presente el que en la actualidad se establecen los gastos presupues- tarios de la Oficina Internacional de Epizootias para ejercicios financieros que corren del 1 ° de Abril de un año hasta el 31 de Marzo del año siguiente, se imputan los recursos al presupuesto y se los pide a los Países Miembros segun una periodicidad distinta puesto que corresponde al año civil ;

Y, por tanto, conviene armonizar los periodos que sirven de base a la presu- puestación de Recursos y Empleos

A C U E R D A

Que el ejercicio financiero de la Oficina Internacional de Epizootias ha de coincidir con el año civil,

y, por tanto, y por el periodo transitorio indispensable, el ejercicio iniciado el 1o de Abril de 1981 acabará excepcionalmente el día 31 de Diciembre de 1981.

(Aprobada en la Sesión Administrativa del martes 26 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° IV

GASTOS P R E S U P U E S T A R I O S D E L A O.I.E.

P A R A EL PERIODO C O M P R E N D I D O E N T R E EL 1o DE ABRIL Y EL 31 DE DICIEMBRE D E 1981 EL COMITÉ,

Conforme a lo dispuesto en el Artículo 15 de los Estatutos Orgánicos D E C I D E :

1. Asignar de la manera siguiente los gastos presupuestarios de un importe total de 5.700.000 FF, correspondiente al ejercicio económico para el período comprendido entre el 1o de Abril y el 31 de Diciembre de 1981 :

Capítulo I Personal 2.595.000 Capítulo II Programa de servicios 1.467.000

Capítulo III Conferencias y reuniones 560.000 Capítulo IV Comité y Comisión Administrativa 436.000

Capítulo V Gastos administrativos y generales 533.000 PRESUPUESTO EFECTIVO (CAPÍTULOS I-V) 5.591.000

Capítulo VI Fondo de reserva y previsión

(Artículo 12 de los Estatutos Orgánicos) 109.000 TOTAL D E T O D O S LOS CAPÍTULOS 5.700.000

— XCVI —

(3)

Están incluidos en los :

Capítulo I : Sueldos, cargas sociales, pensiones y caja de jubilación de la plantilla.

Capítulo II : Programa de información, Publicaciones, gastos de viaje y subsidios diarios del Director General así como de los miembros del personal y dietas, gastos de viaje y subsidios diarios de los consultores.

Capítulo III : Conferencias y reuniones de Comisiones de especialistas.

Capítulo IV : Sesión General del Comité y reuniones de la Comisión Administrativa.

Capítulo V : Correo, gastos operativos, gastos diversos, mantenimiento del edificio de la Sede, Seguros, gastos generales, agua, calefacción, luz, etc.; gastos de banco, impuestos.

2. Que los gastos establecidos más arriba estarán sufragados de la manera siguiente :

a) Contribuciones de los Países Miembros establecidas según las categorías estipuladas en el Artículo 11 de los Estatu- tos Orgánicos de la O.I.E. y de arreglo con las modalida-

des previstas en el Artículo 14 del Reglamento Orgánico 5.600.000

b) Otras aportaciones 100.000 TOTAL 5.700.000 3. Que se le autorizará al Director General a efectuar transferencias de fon-

dos entre capítulos presupuestarios, siempre que no excedan del 6% del pre- supuesto anual. Se notificarán todas las transferencias importantes de credi- tos presupuestarios a la Comisión Administrativa y al Comité.

(Aprobada en la Sesión Administrativa del martes 26 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° V

GASTOS P R E S U P U E S T A R I O S DE LA O.I.E. P A R A EL PERÍODO ENTRE EL 1o D E ENERO D E 1982 Y EL 31 DE DICIEMBRE D E 1982 EL COMITÉ,

Conforme a lo dispuesto en el Artículo 15 de los Estatutos Orgánicos DECIDE :

1. Asignar de la manera siguiente los gastos presupuestarios de un importe total de 9.691.600 FF correspondiente al ejercicio económico para el período comprendido entre el 1o de Enero de 1982 y el 31 de Diciembre de 1982 :

Capítulo I Personal 4.209.000 Capítulo II Programa de servicios 1.901.000

Capítulo III Conferencias y reuniones 705.300

— XCVII —

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Capítulo IV Comité y Comisión Administrativa 678.000 Capítulo V Gastos administrativos y generales 783.700

P R E S U P U E S T O EFECTIVO (CAPÍTULOS I-V) 8.277.000 Capítulo VI Fondo de reserva y previsión

(Artículo 12 de los Estatutos Orgánicos) 1.414.600 T O T A L D E T O D O S LOS C A P Í T U L O S 9.691.600 2. Que los gastos establecidos más arriba estarán sufragados de la manera

siguiente :

a) Contribuciones de los Países Miembros establecidas según las categorías estipuladas en el Artículo 11 de los Estatu- tos Orgánicos de la O.I.E. y de arreglo con las modalida-

des previstas en el Artículo 14 del Reglamento Orgánico : 9.491.600

b) Otras aportaciones 200.000 TOTAL 9.961.600 3. Que se le autorizará al Director General a efectuar transferencias de fon-

dos entre capítulos presupuestarios, siempre que no excedan del 6% del pre- supuesto anual. Se notificarán todas las transferencias importantes de crédi- tos presupuestarios a la Comisión Administrativa y al Comité.

(Aprobada en la Sesión Administrativa del martes 26 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° VI

CONTRIBUCIONES F I N A N C I E R A S D E LOS E S T A D O S MIEMBROS DE L A O.I.E. P A R A 1982

EL COMITÉ,

De conformidad con el Artículo 11 de los Estatutos Orgánicos y el Artículo 13 del Reglamento Orgánico, y

C O N S I D E R A N D O la necesidad de hacer frente a los gastos presupuestarios de la O.I.E. para 1982,

DECIDE :

Que las contribuciones anuales de los Estados Miembros de la Oficina Inter- nacional de Epizootias para el ejercicio económico 1982 se calculan del modo siguiente :

Países de 1a categoría 283.500 FF

10 países 2.835.000FF Países de 2a categoría 226.000 FF

5 países 1.134.000 FF

— XCVIII —

(5)

Países de 3 a categoría 170.100 FF

6 países 1.020.600 FF Países de 4a categoría 113.400 FF

12 países 1.360.800 FF Países de 5a categoría 56.700 FF

38 países 2.154.600 FF Países de 6a categoría 34.020 FF

29 países 986.580 FF 9.491.580 FF (Aprobada en la Sesión Administrativa del martes 26 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° VII

CONTRIBUCIONES F I N A N C I E R A S D E LOS E S T A D O S MIEMBROS D E L A O.I.E. P A R A 1982, 1983, 1984

EL COMITÉ,

En aplicación del Artículo 14 del Reglamento Orgánico de la Oficina Interna- cional de Epizootias,

A C U E R D A

Que las contribuciones financieras de los Estados Miembros tal come ha sido previstas por la Resolución N ° VI : « Contribuciones financieras de los Esta- dos Miembros de la O.I.E. para 1982 », será las mismas para 1983 y 1984.

(Aprobada en la Sesión Administrativa del martes 26 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° VIII

SOBRE LOS SUBSIDIOS P A G A D O S A LOS MIEMBROS DEL COMITÉ D E L A O.I.E.

EL COMITÉ,

CONSIDERANDO que el Artículo 13 del Reglamento General de la Oficina Internacional de Epizootias preve que el Delegado de un Estado Miembro no puede participar en la votación de las deliberaciones del Comité si el importe de las cantidades debidas por el mismo en concepto de sus contribuciones es superior al importe total de la participación financiera a su cargo para el año en curso y para el año que le ha antecedido inmediatamente, salvo cuando se trata de una contribución excepcional,

— XCIX —

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A C U E R D A

Que el pago de los subsidios para los Miembros del Comité previsto por el Artículo 13 de los Estatutos Orgánicos de la Oficina Internacional de Epizoo- tias quedará suspendido por las mismas razones, excepto si no interviene un arreglo considerado como satisfactorio por el Director General de la O.I.E.

entre el final del segundo año de atrasos y el vencimiento del tercer año.

(Aprobada en la Sesión Administrativa del martes 26 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° IX

CONVENIO E N T R E L A O F I C I N A I N T E R N A C I O N A L DE EPIZOOTIAS Y EL INSTITUTO I N T E R A M E R I C A N O D E C O O P E R A C I Ó N

P A R A L A A G R I C U L T U R A EL COMITÉ,

C O N S I D E R A N D O que es deseable, para el interés general, consolidar la cooperación entre la Oficina Internacional de Epizootias y el Instituto Intera- mericano de Cooperación para la Agricultura;

H A B I E N D O E X A M I N A D O el proyecto de Acuerdo General entre ambas entitades (Anexo 3, Informe del Director General, S G / 4 9 / 1 ) ;

A P R U E B A los términos de este documento y autoriza al Director General para proceder a su firma en nombre de la O.I.E.

(Aprobada durante la 6a Sesión plenaria del jueves 28 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° X

INFORME SOBRE

LA SITUACIÓN D E LAS EPIZOOTIAS E N EL M U N D O EL COMITÉ,

C O N S I D E R A N D O el Anexo 1 del Informe del Director General sobre las Actividades Científicas y Técnicas, dedicado a la Situación de las Epizootias en el mundo ( S G / 4 9 / 1 ) ;

C O N S I D E R A N D O que este Anexo del Informe, presentado en forma de cuadros acompañados de comentarios, contiene datos estadísticos equivalen- tes a los que solía presentar la publicación de la O.I.E. titulada : « Estadísti- cas anuales » ;

— c —

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RECOMIENDA

Autorizar al Director General para que sustituya con este Anexo de su Informe Técnico el libro de estadísticas anuales publicado hasta la fecha por la Oficina Internacional de Epizootias.

(Aprobada en la 6a Sesión plenaria del jueves 28 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° XI

N O M E N C L A T U R A D E E N F E R M E D A D E S D E LOS A N I M A L E S Y SISTEMAS D E I N F O R M A C I Ó N Z O O S A N I T A R I A

EL COMITÉ,

CONSIDERANDO que las investigaciones veterinarias llevadas a cabo en muchos países demuestran que existen algunas insuficiencias y problemas en los sistemas de nomenclatura de enfermedades de los animales y es necesario especialmente disponer de mejores definiciones acerca de los criterios utiliza- dos para dar un diagnostico positivo;

que es necesario mejorar los sistemas de información zoosanitaria, relaciona- dos con la aparición de enfermedades, así como las bases científicas en que se fundamenta su descripción;

RECOMIENDA

1. Que la Oficina Internacional de Epizootias con las otras Organizaciones internacionales, haga un estudio de los sistemas de nomenclatura de enferme- dades de los animales y presente conclusiones sobre las posibles acciones que habría que emprender para modificar y mejorar tales sistemas;

2. Autorizar al Director General para que organice y convoque un Grupo de Trabajo sobre sistemas de información zoosanitaria conforme indicado en el Proyecto de Programa y Presupuesto de la O.I.E. para los años 1981-1984 (documento S G / 4 9 / 6 ) .

(Aprobada en la 6a Sesión plenaria del jueves 28 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° XII

A G R A D E C I M I E N T O A L GOBIERNO F R A N C É S EL COMITÉ,

Habiendo escuchado el informe financiero para el 54° ejercicio de la Oficina Internacional de Epizootias,

— CI —

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P I D E

Al Director General de la O.I.E. que a finales de la 4 9a Sesión General mande al Ministerio de las Relaciones Exteriores de la República Francesa los más cálidos agradecimientos de todos los Países Miembros de la O.I.E. para la participación excepcional abonada por Francia en 1980 y 1981 al Presu- puesto de la O.I.E.

(Aprobada en la 6a Sesión plenaria del jueves 28 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° XIII

A P R O B A C I Ó N DEL INFORME A N U A L DEL DIRECTOR GENERAL SOBRE LAS A C T I V I D A D E S CIENTÍFICAS Y T É C N I C A S D E

L A OFICINA I N T E R N A C I O N A L D E EPIZOOTIAS EL COMITÉ,

C O N S I D E R A N D O la presentación hecha por el Director General del Informe sobre las Actividades científicas y técnicas de la O.I.E. desde Junio de 1980 hasta Mayo de 1981 (documento S G / 4 9 / 1 ) ,

RESUELVE

Aprobar el Informe presentado con las enmiendas hechas por los Señores Delegados de los Países Miembros ;

Expresar su voto de agradecimiento y felicitación al Director General y a su personal por el documento presentado y por la labor realizada durante este período de trabajo.

(Aprobada en la 6a Sesión plenaria del jueves 28 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° XIV

FIEBRE DEL VALLE DEL RIFT EL COMITÉ,

C O N S I D E R A N D O que la fiebre del Valle del Rift es una nueva zoonosis que presenta interés para los países de Africa y la región de la Cuenca mediterrá- nea, pero que los modernos medios de comunicación podrían hacer de la misma una amenaza para calquier pais del mundo ;

CONSCIENTE de que tan sólo se puede realizar el control eficaz de la enfer- medad por los Servicios de sanidad animal aplicando medios veterinarios, lo que podría hacerse en colaboración con las autoridades responsables de sani- dad pública;

— CII —

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CONSCIENTE de que el desarrollo internacional de los programas de dia- gnóstico, vigilancia y profilaxis de la enfermedad debería ser fomentado RECOMIENDA

1. Que se agregue la fiebre del Valle del Rift a la Lista A de la O.I.E. de enfermedades epizoóticas de declaración obligatoria. La vigilancia clínica, serológica y entomológica en el continente africano y en la región cercana, así como en los países de condiciones ecológicas comparables, debería facilitar la rápida notificación de los focos nuevos.

2. Que los países donde está presente la enfermedad o que están expuestos a la misma se provean de los medios de lucha adecuadas apoyandose principal- mente en una cooperación regional crecida en el ámbito tecnológico.

3. Que se cree un grupo de trabajo para ayudar a los países que lo pidan a lle- var a cabo encuestas y elaborar técnicas de diagnóstico y vigilancia, y para hacer recomendaciones específicas sobre los medios de prevención y de lucha veterinarios por aplicar en las regiones donde aparecen focos o que están amenazadas. Se solicita al Director General de la O.I.E. que se ponga en rela- ción con los Organizaciones involucradas tales como la O . M . S . , la F . A . O . y otros organismos nacionales e internacionales para que se determinen y facili- ten las actividades de este grupo de trabajo así como su fmandamiento.

(Aprobada en la 6a Sesión plenaria del jueves 28 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° X V

SANIDAD A N I M A L : INFORMACIÓN, PROGRAMACIÓN Y ECONOMÍA EL COMITÉ,

Aprueba y reafirma los criterios expresados por la 48 a Sesión General sobre la necesidad de poner en práctica las técnicas del análisis costos/beneficios y vantajes sociales en la programación de las actividades de sanidad animal ; Se felicita por las iniciativas que han adoptado diversas organizaciones nacio- nales e internacionales, entre las cuales la Sociedad Internacional de Epide- miología y Economía Veterinarias, con objeto de ayudar en la elaboración, evaluación y adopción de técnicas adecuadas ;

RECOMIENDA

1. Que se integren las recomendaciones sobre economía veterinaria hechas por la 4 8a Sesión General, en cuanto se pueda, en el programa de trabajo de la Oficina Internacional de Epizootias.

2. Que ese programa de trabajo incluya el estudio de los siguientes temas :

— elaboración de técnicas de análisis económico con objeto de ayudar en la planificación, evaluación y puesta en práctica de programas de produc-

— CIII —

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ción y sanidad animal a nivel de cada explotación, del sector ganadero y de la economía nacional ;

— integración, dentro de los sistemas de información sobre enfermedades animales, de los instrumentos de colecta y almacenamiento de datos a efectos de los análisis económicos, incluidos los datos relativos a la estruc- tura de las ganaderías y de la población animal, los parámetros normales de productividad, los efectos de las enfermedades sobre la productividad y los costos de las medidas de lucha para el gobierno y el ganadero ;

— mejora de la precisión incrementada de los datos relativos a las enferme- dades en general y, en especial, de aquellos relativos a la incidencia y pre- valencia de las enfermedades que pueden ser objeto de programas de lucha organizados ;

— elaboración de nuevos programas de notificación con objeto de poner de manifiesto la importancia relativa de los problemas que plantean las enfermedades enzoóticas y subclínicas.

3. Que la O.I.E., en colaboración con las demás Organizaciones internacio- nales, haga un inventario de las infraestucturas y los recursos zootécnicos y veterinarios que existen en cada país.

4. Que las organizaciones nacionales e internacionales involucradas pongan más empeño en asegurar un nivel más elevado de la formación postuniversi- taria en epidemiología y economía veterinarias, cursos, seminarios y grupos de trabajo, así c o m o consultas de expertos, con objeto de integrar los concep- tos y las técnicas adecuadas a todos los niveles operativos de los Servicios de sanidad animal.

(Aprobada en la 6a Sesión plenaria del jueves 28 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° XVI

LARINGOTRAQUEITIS INFECCIOSA A V I A R EL COMITÉ,

T o m a nota de las informaciones contenidas en las ponencias presentadas sobre el tema « Laringotraqueitis infecciosa aviar » en la 4 9a Sesión General;

Se felicita de los esfuerzos que se están haciendo para identificar y controlar la enfermedad y para reducir las pérdidas económicas que acarrea;

R E C O M I E N D A

1. Que se inscriba la enfermedad en la Lista C de la O.I.E. para que se deter- mine su incidencia en el ámbito mundial.

2. Que los Servicios veterinarios nacionales estudien la oportunidad de incre- mentar el número de exámenes de reconocimiento de la enfermedad,

— CIV —

(11)

poniendo especial atención en la identificación del origen de los focos, la difusión del virus y mejores métodos de profilaxis.

3. Que se emprendan investigaciones para elaborar métodos estandardizados de evaluación del poder patogénico de las cepas del virus aisladas, con objeto de poder distinguir el virus vacunal del virus silvestre.

(Aprobada en la 6 a Sesión plenaria del jueves 28 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° XVII

A P R O B A C I Ó N D E L PROYECTO D E ESTATUTO DEL P E R S O N A L D E LA O.I.E.

EL COMITÉ,

VISTOS los Artículos 8 y 15 de los Estatutos Orgánicos de la O.I.E., que figuran en anexo al Convenio internacional para la creación, en París, de una Oficina Internacional de Epizootias, con fecha del 25 de Enero de 1924, CON EL A F A N de adaptar el Estatuto del personal a las necesidades del desarrollo de la Oficina y proporcionar a los miembros de la Secretaría cuan- tas garantías exige el correcto funcionamiento de una organización intergu- bernamental moderna,

A propuesta del Director General,

1. RECOMIENDA a los Estados Miembros, partes en el Convenio interna- cional arriba citado, que aprueben el Estatuto del personal de la Oficina, que se acompaña en anexo a la presente Resolución y destinado a sustituir el Reglamento relativo a la administración y personal de la O.I.E., tal y como fue publicado en el Boletín de la O.I.E. (T. 49, n ° 5-6, Mayo-Junio de 1958, P. 321);

2. RUEGA al Director General que comunique el susodicho proyecto a los Gobiernos de los Estados Miembros, a tenor del Artículo 15 de los Estatutos Orgánicos precitados.

(Aprobada en la Sesión Administrativa del viernes 29 de Mayo de 1981)

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R E S O L U C I Ó N N ° XVIII

REVISIÓN D E LOS TEXTOS F U N D A M E N T A L E S D E L A O.I.E.

EL COMITÉ,

CONSCIENTE de la necesidad de asegurar el desarrollo de las actividades de la Oficina Internacional de Epizootias,

— CV —

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R E C O N O C I E N D O la necesidad de revisar los textos fundamentales, 1. ESTIMA que se han de introducir modificaciones en el Artículo 11 de los Estatutos Orgánicos de la O.I.E. relativo a la determinación de la facultad contributiva de los Estados Miembros.

2. Con este objeto, R U E G A al Director Genaral, de acuerdo con un grupo de trabajo compuesto del Dr Laaberki (Marruecos), Dr Prieto Herrero (España), Dr Van Den Berg (Países Bajos) y del Profesor Bardonnet (Asesor jurídico), que formule propuestas que permiten que el Comité tome, con entero conocimiento de causa, una decisión en su próxima Sesión General.

3. R U E G A al Director General, en esta oportunidad, que inicie, de acuerdo con el mismo grupo de trabajo, un proceso tendente a la modificación de cuantas disposiciones resulten necesarias introducir en los textos fundamen- tales.

(Aprobada en la 7a Sesión plenaria del viernes 29 de Mayo de 1981)

— CVI —

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