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CICERÓN ENTRE EL FRAGOR DE LAS LUCHAS POLÍTICAS:

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www.ridrom.uclm.es ISSN 1989-1970 [email protected]

Derecho Romano, Tradición Romanística y

Ciencias Histórico-Jurídicas REVISTA INTERNACIONAL DE DERECHO ROMANO

CICERÓN ENTRE EL FRAGOR DE LAS LUCHAS POLÍTICAS:

EL CONSULADO DEL 63 a. C. Y EL DEBATE EN TORNO A LA LEGALIDAD DEL SENATUS CONSULTUM ULTIMUM

CICERO AMIDST THE CLAMOUR OF POLITICAL

STRUGGLE: THE CONSULATE OF 63 BC AND THE DEBATE SURROUNDING THE LEGALITY OF THE SENATUS

CONSULTUM ULTIMUM

Santiago Castán

Profesor Titular de Derecho Romano Universidad Rey Juan Carlos

[email protected]

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En el último siglo antes de nuestra era los romanos padecieron los tiempos más inestables de toda su andadura histórica desde el punto de vista político. Fueron unos años en los que cambió el modo de hacer política y distintas fueron también las emociones y los intereses de quienes aspiraban a las magistraturas, factores todos ellos nuevos que se tradujeron en un respeto cada vez más exiguo a la centenaria constitución republicana; años en los que también reinó la corrupción electoral y se hizo más que visible y frecuente la violencia callejera y el siniestro modo de despachar las enemistades políticas a golpe de espada o acusaciones judiciales; tiempos en que la concesión de poderes extraordinarios a una serie de generales (imperia extra ordinem, potestates extraordinariae) iban colocando a estos en una posición poderosa y temible, cada vez más independientes de un Senado que se veía impotente para tenerlos bajo control y dentro del marco político legal; en suma, toda una serie de avatares de tipo político que, junto a otros de carácter económico y social derivados del descontento de una nutrida plebe urbana desempleada, constituyeron el más serio e infranqueable obstáculo para que la res publica tuviese paz interior y pudiera garantizar no solo la estabilidad institucional, sino también los derechos políticos y civiles de sus ciudadanos.

Por un lado, se hizo patente que los pilares sobre los que se sostenía la constitución política republicana no habían sido

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capaces de acomodar las nuevas circunstancias geopolíticas, sociales y económicas de los últimos tiempos, pero por otro, existía también la certeza de que la política había cambiado notoriamente desde los turbulentos tribunados de los hermanos Tiberio y Cayo Graco en el último tercio del s. II a. C., habiéndose polarizado en torno a dos sensibilidades y metodologías contrapuestas: una, la de los conservadores del Senado (optimates), defensores de sus privilegios políticos y económicos y poco proclives a permitir cambios institucionales de relieve; la otra, encabezada por una serie de nuevos políticos (populares) que propugnaban medidas más democráticas y sociales que beneficiaran a los más desfavorecidos. En este propósito los populares, sin ocultar el hecho de que también luchaban por intereses personales, se apoyaban más en las asambleas populares, especialmente en los concilia plebis, que en el Senado a la hora de intentar sacar adelante sus propuestas, dando la sensación por primera vez que entre sus objetivos figuraba trasladar la soberanía del Estado desde el Senado (auctoritas) hasta el pueblo, con todo lo que ello significaba. Al mismo tiempo, la reforma del ejército por parte de Cayo Mario a finales de esa centuria trajo todavía más inestabilidad al orden constitucional. Desde aquel momento, la política quedó demasiado ligada a la milicia y numerosos nobles acrecentaron su influencia merced a la tenencia y la fuerza de unos ejércitos que, más que servir a la República, porfiaban por el prestigio del caudillo que los sufragaba. La escena política estuvo

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dominada por grandes generales: Mario, Sila, Craso, Pompeyo, César, Marco Antonio, y ya en las postrimerías del siglo por Octavio Augusto (con la inestimable ayuda de su brazo militar Marco Agripa). Pero en medio de estos hombres de armas se coló un intelectual, un prestigioso abogado y orador más interesado en la filosofía y en la política como ciencia especulativa que en la gloria militar: Marco Tulio Cicerón, cuyas carencias militares no le impidieron sin embargo tener un papel protagonista en las décadas centrales de este fascinante período de la historia romana.

Cicerón no tuvo el poder ni el peso político que los hombres mencionados anteriormente, pero sin duda gozaba de cierta influencia y poseía prestigio político, aunque no tan consistente y determinante como él mismo consideraba –y ansiaba– tenerlo. No es esta la sede para hacer una valoración general de su figura, de su proyección histórica o de su pensamiento, porque notorio es que todo lo concerniente al genio de las letras latinas ha sido magníficamente analizado por numerosos especialistas1, sino de ligar ante todo el año en que

1 La literatura sobre Marco Cicerón es grandiosa: me limito aquí a remitir a la excelente biografía de F. PINA POLO, Marco Tulio Cicerón, Barcelona 2005, que cuenta además con una esmerada selección bibliográfica que abarca todos los aspectos relevantes de su vida y obra (pp. 433-438).

Posteriores a este libro son: J. MURRELL, Cicero and the Roman Republic.

Cambridge 2008. E. NARDUCCI, Cicerone. La parola e la politica. Bari 2009.

K. BRINGMANN, Cicero, Darmstadt 2010. K. TEMPEST, Cicero: Politics and Persuasion in Ancient Rome, London-New York 2011. La vertiente jurídica

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el Arpinate alcanzó la cúspide política, el de su consulado del 63 a. C., con los acontecimientos políticos derivados directamente de la lucha entre optimates y populares en el seno de la nobilitas romana y a los que tuvo que hacer frente con mayor o menor fortuna. Cicerón quiso estar en primera línea de fuego, acariciar la gloria que Roma reservaba desde siglos atrás a un reducido número de personas y familias, medirse con los más grandes pero con distintos medios, con la palabra y no con la espada2, creyendo erróneamente que su dialéctica y su fama, sus méritos intelectuales y forenses eran armas suficientes para mantener el tipo entre una clase política que al mismo tiempo era, por otro lado y con lo que ello significa, la élite militar. Sin duda la Historia lo ha encumbrado como una de las grandes celebridades del Mundo Antiguo, pero su disimilitud respecto del prototipo de político romano y ciertas particularidades de su personalidad no pasaron desapercibidas para sus contemporáneos, pasándole finalmente una dolorosa factura.

I. Por distintos motivos el 63 a. C. fue el año de Marco Tulio Cicerón3. Entre los aspectos que lo hicieron memorable

de Cicerón en A. CASTRO SÁENZ, Cicerón y la jurisprudencia romana. Un estudio de historia jurídica, Valencia 2010.

2 Ese mérito se lo reconocerá Plinio, en Nat. his. 7.30 (31).116-117.

3 El año de su consulado. Los hitos del desempeño de la magistratura suprema rememorados en primera persona, en Cic. Pis. 2.4-5 y 3.67. El bienio 64/63 a. C en la vida de Cicerón, ampliamente en E. CIACERI, Cicerone e i suoi tempi, vol. 1², Milano-Genova-Roma-Napoli 1939, pp. 168

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está el desempeño de su consulado (ganado en los comicios del año anterior), un logro notable porque significaba el triunfo de un homo novus treinta años después del último en conseguirlo;

por ende, brilló con luz propia en el ejercicio de la magistratura suprema siendo el auténtico protagonista político del momento, hasta tal punto que su colega Antonio Híbrida pasó completamente desapercibido durante todo el mandato; fue también el año en que su figura comenzó a tener influencia política y el respeto del ordo senatorius y de los optimates;

asimismo, consiguió contener una conjura encabezada por Catilina para hacerse con las riendas del Estado al mismo tiempo que pretendía bañar en sangre y fuego la ciudad de Roma; por este motivo se le reconocería formalmente como pater patriae4 y él mismo aprovecharía para proclamarse

“salvador de la República” en los años venideros5, con tanta

ss. T.P. WISEMAN, “The Senate and the populares, 69-60 B.C.”, en The Cambridge Ancient History². Vol. IX, ed. by J.A. Crook, A. Lintott, and E.

Rawson, Cambridge 2006, pp. 338 ss. A. LINTOTT, Cicero as Evidence: A Historian’s Companion, Oxford 2008, pp. 129 ss.

4 Plin. Nat. his. 7.30 (31).117. Plut. Cic. 23.6. Appian. Bell. civ. 2.7. Cic. Pis.

3.6. La tradición de conceder el título formal de pater patriae a los emperadores (César también lo recibió) pudo iniciarse con Cicerón.

Quinto Catulo y Catón promovieron esta distinción al Arpinate. Sobre el título en sí, vid. S. WEINSTOCK, Divus Iulius, Oxford 1971, pp. 201 ss.

5 En muchas ocasiones: v. gr., Arq. 11.28; Quir.7.16; 9.21; dom. 37.99; Sest.

22.49; Vat. 3.7; Pis. 3.6-7; Sull. 30. Ya lo hizo incluso antes de estar controlada la conspiración: en los discursos catilinarios ante el pueblo y el

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autocomplacencia que suscitaría el rechazo de muchos de sus coetáneos por tal jactancia6. Pero desde un punto de vista negativo, una serie de acciones desafortunadas y el modo de resolver la conjuración de Catilina le acarrearían, con el paso del tiempo, el destierro y la confiscación de sus bienes, la enemistad profunda de algún político emergente y ambicioso como Clodio, la desconfianza de otros como Craso, Pompeyo y César, pero sobre todo la certeza de que en el fondo no era tan influyente ni su presencia tan necesaria en el Senado como él pensaba, algo que supuso un golpe terrible a su inmensa vanidad. Cicerón sobrevivió veinte años a su consulado, pero en el plano personal no todos ellos fueron felices y sosegados.

Aunque esos años significaron su período de mayor fecundidad literaria, las vicisitudes políticas de los tiempos que le tocó vivir impregnaron de cinismo y pesimismo al ilustre vecino de Arpino.

La primera intervención de Cicerón como cónsul se encuadró en uno de los marcos más habituales de las luchas políticas de este período: las propuestas de leyes agrarias, una de las estrategias y armas electorales preferidas por los políticos de orientación popular, especialmente los tribunos, y que regularmente oponían contra el conservadurismo de un núcleo

Senado se autodenomina “salvador del pueblo romano” y se equipara a Pompeyo (Cic. Cat. 3.1.1-2; 3.10.25; 3.11.26; 4.1.2; 4.9.18; 4.11.23).

6 Vid. Dio Cass. Hist. rom. 46.10.1; 46.21.4. Cic. dom. 35.93.

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importante del Senado, los optimates7. La cuestión agraria no era nada nueva en Roma, de hecho había sido una de las reivindicaciones tradicionales de los plebeyos desde los albores de la República y constituyó una parte sustancial, por ejemplo, de las leges Liciniae-Sextiae del 367 a. C. Posteriormente, desde el s. III a. C. hasta la época augústea se contabilizan al menos una veintena de disposiciones agrarias. Como ha puesto de manifiesto Serrao8, hay que partir en efecto de que el tema dominante de los populares en el campo económico-social fue la reforma agraria y las asignaciones de tierras. Sin embargo, las leyes propuestas no se ajustaron siempre a idénticos patrones.

Si exceptuamos la legislación de Tiberio Graco, que propugnaba una transformación real de la República en el ámbito económico y social9, algunos proyectos no fueron más que propuestas de

7 Cicerón colocaba las leyes agrarias a la cabeza de las estrategias de los políticos populares del último período republicano: ʿQui vero se populares volunt ob eamque causam aut agrariam rem temptant, ut possessores pellantur suis sedibusʾ (Cic. de off. 2.22.78). La legislación agraria como arma política y electoralista, también en Cic. Sest. 48.103.

8 F. SERRAO, Classi, partiti e legge nelle repubblica romana, Pisa 1974, pp.

180-181.

9 La lex agraria de Tiberio Graco (vid. Appian. Bell. civ. 1.9 y ss.) era un proyecto que pretendía la restauración del tejido social romano mediante la recuperación del ciudadano propietario y soldado, un modelo casi perdido como consecuencia de los estragos que las Guerras Púnicas causaron en las clases medias romanas. Intentaba restablecer uno de los pilares básicos de la comunidad política, si bien es cierto que el modo

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colonización, otros lo fueron de aprovisionamiento de tierras a los veteranos de guerra, es decir, al proletariado militar10, y varios de ellos simplemente ejercicios de demagogia política. La poca unidad de estos proyectos legislativos no tiene nada de extraordinario y se explica en el hecho de que la política republicana era fundamentalmente individualista, y aunque se

empleado para aprobar su ley, con la abrogatio imperii de su colega Marco Octavio, fue un acto absolutamente revolucionario. Al respecto, F. DE MARTINO, “Motivi econonomici nelle lotte dei populares”, en De iustitia et de iure. Festgabe für Ulrich von Lübtow, Berlin 1980, pp. 74-75. G.

TIBILETTI, “Lo sviluppo del latifondo in Italia dall’epoca gracana al principio dell’Impero”, en Studi di storia agraria romana, a cura di A. Baroni, Università degli Studi di Trento 2007, pp. 228 ss. G. ZECCHINI, Il pensiero politico romano. Dall’età arcaica alla tarda antichità, Roma 1997, pp. 41 ss. L.

PERELLI, I Gracchi, Roma 1993, p. 75. J.M. ROLDÁN HERVÁS, El ejército de la República romana², Madrid 2008, pp. 47-48.

10 Como consecuencia fundamentalmente de la reforma militar de Mario del 107 a. C. Estos nuevos legionarios, antiguos proletarii, se comprometían con quien les había contratado y tenían unos objetivos económicos muy definidos: la aspiración de recibir tierras al licenciarse, que era uno de los compromisos básicos de los caudillos para ganarse la lealtad de sus soldados. Esto llevaría al auge de las clientelas militares que tendrían un papel importante en las guerras civiles del s. I a. C. Vid. Plut. Mar. 9. Sall.

Iug. 83-84; 86.2. Val. Max. Fact. et dict. 2.3.1. Gell. Noct. Att. 16.10.14. E.

GABBA, Esercito e società nella tarda repubblica romana, Firenze 1973, pp. 61- 64. ZECCHINI, Il pensiero politico romano, cit., pp. 43-44. L. DE BLOIS, The Roman Army and Politics in the First Century Before Christ, Amsterdam 1987, pp. 11 ss. L.R. TAYLOR, Party Politics in the Age of Caesar, Berkeley-London 1961, p. 47.

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predicara la existencia de dos bloques (Cic. Sest. 45.96), optimates y populares, estos últimos que promovían tales medidas no eran un grupo homogéneo ni mucho menos un

«partido político» en el moderno sentido del término11. Aunque se apoyaban entre ellos y coincidían en el empleo de determinados métodos de acción, en el fondo no eran un bloque cohesionado y no se puede afirmar con rotundidad que tuviesen una ideología política totalmente uniforme12.

En este contexto ideológico se presentó Cicerón ante el Senado, por primera vez como cónsul el mismo día que entraba en funciones (el 1 de enero), para atacar con determinación la ley agraria propuesta por el tribuno popular Publio Servilio Rulo en los últimos días de diciembre del a. 6413. Tras esta

11 Tampoco los optimates. Vid. especialmente TAYLOR, Party Politics in the Age of Caesar, cit., pp. 1 ss. A. TORRENT, “Partidos políticos en la República tardía. De los Gracos a César (133-44 a. C.)”, en RIDROM 8, abril 2012, pp. 31-32. F. CASSOLA, “La politica di Flaminio e gli Scipioni”, en Labeo 6, 1960, p. 105. R. SYME, The Roman Revolution, Oxford 1939, p. 11.

J.L. FERRARY, “Le idee politiche a Roma nell’epoca repubblicana”, en Storia delle idee politiche, economiche e sociali, dir. da L. Firpo, vol. II.1, Torino 1982, pp. 726-727. P. LÓPEZ BARJA DE QUIROGA, Imperio legítimo. El pensamiento político en tiempos de Cicerón, Madrid 2007, pp. 92 ss.

12 FERRARY, “Le idee politiche a Roma nell’epoca repubblicana”, cit., p.

728. Ch. WIRSZUBSKI, Libertas as a Political Idea at Rome during the Late Republic and Early Principate, Cambridge University Press 1950, p. 39

13 Las únicas referencias a esa ley agraria provienen precisamente del Arpinate: las tres alocuciones que conforman su De lege agraria (Contra

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comparecencia, Cicerón pronunció apenas unos días después otros dos discursos delante del pueblo en sendas contiones, a raíz de los cuales su impulsor retiró la propuesta. El proyecto de ley, tal y como lo cuenta el Arpinate, contenía disposiciones de dudoso encaje constitucional (principalmente la constitución de una comisión de decenviros atribuidos de imperium, que el orador tachaba de ʿregnum decemviraleʾ14, y el modo de designación), pero no era una rogatio especialmente revolucionaria. El cónsul, sin embargo, tuvo la habilidad de reconducirlo hacia el terreno de las intrigas políticas internas advirtiendo de los peligros que se cernían sobre la República como consecuencia de la ambición de algunos. Sin nombrarlos, Cicerón sugería que Craso y César se hallaban detrás de la propuesta, un dato no tranquilizador si era verdad y se otorgaba el imperium a varios de sus agentes15. Tildaba la propuesta de antidemocrática (trataba de establecer una tiranía)

Rullum). Vid. CIACERI, Cicerone e i suoi tempi, vol. 1², cit., pp. 196 ss. PINA POLO, Marco Tulio Cicerón, cit., pp. 107 ss.

14 Cic. de leg. agr. 1.24. La acusación de aspirar al regnum era un recurso retórico muy recurrente entre los optimates para desacreditar a los políticos populares, aunque ʿregnumʾ no se utilizaba en esta época (s. I a. C.) como sinónimo de “monarquía”, sino en el sentido de “poder tiránico o despótico”, ʿdominatioʾ. Vid., v. gr., Cic. Verr. 2.5.68.175; de amicit. 41. Liv.

urb. cond. 3.58.5; 6.41.3. WIRSZUBSKI, Libertas, cit., p. 64.

15 Vid. DE MARTINO, “Motivi econonomici nelle lotte dei populares”, cit., p. 77. E.T. SALMON, “Catiline, Crassus, and Caesar”, en The American Journal of Philology 56/4, 1935, p. 309.

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y contraria a los intereses del otro gran líder de la época, Pompeyo16.

En su alocución ante el pueblo Cicerón llegó a proclamarse

“cónsul popular”, esto es, un verdadero popularis, alabando incluso el proyecto agrario de los hermanos Graco17, y sugiriendo que aquellos como Rulo, Labieno, César o Craso que se denominaban populares, jugando con la ambigüedad del término18, no luchaban por intereses que beneficiaran al pueblo,

16 Vid. Cic. de leg. agr. 2.20; 2.23; 2.75; 2.98. S.L. UTCHENKO, Cicerón y su tiempo, Madrid 1978, p. 123. F. PINA POLO, La crisis de la República (133-44 a. C.), Madrid 1999, pp. 162-163. R. SEAGER, Pompey the Great. A Political Biography², Oxford 2003, pp. 68 ss.

17 Cic. de leg. agr. 2.10. Sin embargo, en numerosos pasajes del corpus ciceroniano las referencias a los Graco son siempre negativas, acusándoles de aspirar al regnum (Tiberio), ser agitadores, sediciosos y origen de los males de la República: entre otros, Brut. 43.212; de amicit. 41; de fin. 4.24.65;

Sest. 47.101; dom. 31.82. Vid. R.J. MURRAY, “Cicero and the Gracchi”, en Transactions and Proceeding of the American Philological Association 97, 1966, pp. 291 ss.

18 N. MACKIE, “Popularis ideology and popular politics at Rome in the first century B.C.” en Rheinisches Musseum für Philologie 135/1, 1992, p. 51.

ʿPopularisʾ significaba tanto “lo que es propio del pueblo”, como “lo que es de agrado del pueblo”, pero empezó a ser aplicado a las personas especialmente desde la década de los años sesenta en adelante (s. I a. C.), señalando, en este caso, a los políticos demagogos que pretendían las magistraturas a través de políticas que fueran del agrado del pueblo: Liv.

urb cond. 23.4.3. Cic. Verr. 2.1.58.151; 2.3.19.48 (todos en el sentido de

“demagogia”); de leg. agr. 1.23; Vat. 16.39. Q. Cic. Comm. pet. 52. La primera

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sino estrictamente en su propio provecho19. Tal afirmación ‒ésa de que era un popularis‒ puede sorprender a la vista de los repetidos ataques a los populares y el ensalzamiento de los optimates (boni) en infinidad de pasajes de su vasta obra, aunque realmente Cicerón se convirtió en un decidido optimatis tras la alianza secreta entre Pompeyo, Craso y César. Hasta entonces se había movido con cierta cautela entre los dos partidos, mostrando una clara indefinición política con el objeto de buscar apoyos por ambos lados: alababa a los optimates, pero había exhibido un moderado carácter popular apoyando a Pompeyo20. El éxito de Cicerón en el debate sobre la lex agraria

aparición del término ʿpopularisʾ en clave política puede ser la de Cicerón en el a. 66 refiriéndose al tribuno Lucio Quincio: ʿL. Quinctius, homo maxime popularis, qui omnes rumorum et contionum ventos colligere consuesset, oblatam sibi facultatem putavit ut ex invidia senatoria posset crescereʾ (Cluent. 28.77). Véase R. SEAGER, “Cicero and the Word Popvlaris”, en The Classical Quarterly 22/2, Nov. 1972, p. 331.

19 V. gr., en de leg. agr. 1.23; 2.7-10; 2.14-15; 2.102. Unos meses más tarde retoma el mismo argumento: pro Rabir. perd. 11-12. Vid. W.K. LACEY,

“Boni Atque Improbi”, en Greece & Rome 17/1, Apr. 1970, p. 6. SEAGER,

“Cicero and the Word Popvlaris”, cit., pp. 329-330. UTCHENKO, Cicerón y su tiempo, cit., pp. 124 ss.

20 Revelador es el texto de Dio Cass. Hist. rom. 36.43.4-5: «En cuanto a Cicerón, aspiraba a dirigir la república y quería demostrar tanto al pueblo como a los notables que incrementaría decisivamente la fuerza del bando, fuese cual fuese, en el que se integrara. Se mantenía, pues, en medio, y a veces secundaba a éstos, a veces a aquéllos, con objeto de que ambos lo requiriesen» (trad. de J.Mª. Candau Morón y Mª.L. Puertas Castaños).

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le granjeó, sin duda, las simpatías de un Senado que unos meses antes le había votado con escasa convicción: en efecto, la vieja aristocracia romana no valoraba suficientemente los méritos y el linaje del orador para entregarle el consulado, pero cambiaron el sentido de su voto tras advertir el peligro que suponía la victoria de algún otro candidato como Catilina.

Cicerón tuvo pronto otra intervención política destacada al asumir la defensa de Rabirio, un anciano senador e importante financiero del ordo equester acusado del asesinato del fogoso tribuno popular Saturnino cometido treinta y siete años atrás (a.

100 a. C.), durante otra de las reyertas políticas salpicadas de violencia pública a comienzos del s. I a. C. La especialidad del caso radicaba en el tipo de acusación21: Rabirio no fue imputado

También se puede apreciar su indefinición política en el Commentariolum petitionis: Quinto Cicerón, el autor del opúsculo, le recomienda acercarse a los optimates y subrayarles que solo hablaba como un popularis para atraerse a Pompeyo (Comm. pet. 5), mientras que por otro lado le recuerda la conveniencia de realizar una “campaña popular” (Comm. pet. 52). Vid.

A. DUPLÁ, “Consules populares”, en Consuls and res publica. Holding High Office in the Roman Republic, ed. by H. Beck, A. Duplá, M. Jehne, and F.

Pina Polo, Cambridge 2011, pp. 279 ss. y 291 ss.

21 Suet. Iul. 12: César habría sobornado a Labieno, el acusador y tribuno, para que formulara la denuncia e iniciara el proceso. Vid. DUPLÁ,

“Consules populares”, cit., pp. 291-292. ID., Videant consules. Las medidas de excepción en la crisis de la República romana, Zaragoza 1990, pp. 115 ss. M.C.

ALEXANDER, Trials in the Late Roman Republic, 149 BC to 50 BC, University of Toronto Press 1990, p. 110.

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por homicidio, sino por alta traición (perduellio) debido a la condición de tribuno de Saturnino, lo que originó que el proceso se ventilara ante los duumviri perduellionis, tribunal formado por C. Julio César y su primo Lucio J. César, y no en la quaestio de sicariis. Rabirio fue condenado y apeló la sentencia (provocatio). El posterior proceso, sustanciado ante los comicios centuriados (algo excepcional en la época, recuperando el modelo arcaico penal), lo conocemos a través del propio Cicerón: pro C. Rabirio perdvuellionis reo ad Qvirites oratio. La secuencia de los hechos escondía evidentes intereses políticos, pues detrás de la acusación se encontraban los omnipresentes César y Craso22, quienes dada la edad del acusado no perseguían probablemente otra cosa que sacar a debate y poner en duda la amplitud de las medidas excepcionales que el Senado tenía en su mano a través de la declaración de la situación de emergencia (senatus consultum ultimum, en virtud del cual el tribuno había perdido la vida), sobre el que volveremos más adelante, y al hecho de que un ciudadano privatus pudiese matar impunemente a otro civis amparado en la presunta legalidad del citado senado consulto23. Que el

22 D.H. BERRY, “Eqvester ordo tvvs est: Did Cicero win His Cases Because of His Support for the Eqvites?”, en The Classical Quarterly 53/1, May 2003, pp. 233-234.

23 Mª.J. HIDALGO DE LA VEGA, “Uso y abuso de la normativa constitucional en la República tardía: el «senatus consultum ultimum» y

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cónsul interviniese como abogado defensor era un hecho relevante dotado de una gran carga ideológica. Pero sin duda alguna su consulado quedaría marcado para la posteridad por la crisis desatada por Catilina a finales de ese año.

II. Lucio Sergio Catilina24 debió de ser un hombre de claras dobleces. Aristócrata patricio de noble linaje (de la gens Sergia, aunque su familia no tenía ninguna influencia desde hacía muchísimo tiempo), fue originariamente partidario de Sila y participó en las proscripciones del régimen con gran crueldad (Asc. In toga cand. 78; Plut. Sull. 32.2). Sin embargo, en la década de los años sesenta se presentó a la opinión pública como un cabecilla popular, no uno de sus grandes líderes25, pero sí un político de ambición extrema que contaba con el respaldo de ciertos jefes del movimiento. Nombres como los de Craso y César estaban en boca de todos como patrocinadores de su candidatura (Asc. In toga cand. 74). Es difícil, no obstante, alcanzar una opinión objetiva del tipo de hombre que fue Catilina, pues tanto Cicerón como Salustio, que han sido sus

los «imperia extra ordinem»”, en Stud. hist. Hª ant. 4, 1986, pp. 85-86.

TEMPEST, Cicero, cit., p. 89.

24 Una breve semblanza de su vida y carrera política, en J.T. RAMSEY, Sallust’s Bellum Catilinae², edited, with Introduction and Commentary, Oxford 2007, p. 229. Su vertiente política y especialmente su adscripción a los populares, en L. PERELLI, Il movimento popolare nell’ultimo secolo della Repubblica, Torino 1982, pp. 179 ss.

25 Vid. TAYLOR, Party Politics, cit., p. 123.

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principales «biógrafos», han denigrado completamente su imagen26. Cicerón no tenía por qué tenerle simpatía alguna27, pero llama la atención que un historiador como Salustio, popularis como Catilina y César, aunque adoleciente también de una significativa subjetividad (en este caso, su adhesión al

26 Cicerón en las cuatro Catilinarias pronunciadas a finales del a. 63, y con posterioridad en muchísimas ocasiones lo pone siempre como ejemplo (generalmente unido a Clodio) de elemento subversivo, carente de virtudes, inmoral y enemigo de la República. Salustio no es más clemente con Catilina: léanse, v. gr., los fragmentos de Cat. 5, 15 y 16, entre otros, que no permiten adivinar demasiadas cualidades positiva en el conspirador. Apiano (Bell. civ. 2.2) es también muy crítico con las intenciones políticas del aristócrata y lo tilda de «loco». Plutarco afirma sin ambages que intentó promover la ruina y la absoluta subversión de la República (Plut. Cat. min. 22.2). Asconio destaca la falta de virtudes de Catilina y su ambición autocrática (In toga cand. 73-74). No así Veleyo Patérculo, que ofrece una imagen menos descarnada de Catilina: Hist. rom.

2.34-35. El subjetivismo de Cicerón y Salustio, en L. CANFORA, Julio César. Un dictador democrático, Barcelona 2000, p. 65.

27 La falta de entendimiento y amistad entre Catilina y Cicerón se remonta a unos años atrás, al 73 a. C., cuando Catilina fue procesado por mantener relaciones sexuales con la vestal Fabia (incestum) que era hermana de Terencia, la esposa de Cicerón. El escándalo, pese a la absolución de Fabia, afectó negativamente a la honorabilidad de la familia del Arpinate. Aun así, Cicerón se planteó defender a Catilina en un juicio en el a. 65: Cic. Att.

1.2.1. R.G. LEWIS, “Catilina and the Vestal”, en The Classical Quarterly 51, 2001, pp. 141 ss. LINTOTT, Cicero as Evidence, cit., pp. 129-130. T. NÓTARI,

“El trasfondo jurídico y retórico de la “Pro Caelio” de Cicerón”, en REHJ 35, 2013, pp. 198 ss.

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dictador), dibuje un lienzo tan negativo de sus características personales. Como es lógico, todo ello condiciona poderosamente la interpretación de los acontecimientos posteriores, puesto que disminuye la prueba de veracidad y pone en duda la amplitud exacta de la conspiración. No obstante, y a tenor de estas fuentes, los planes desestabilizadores de Catilina podrían haber dado comienzo tres años antes del consulado de Cicerón, cuando su candidatura a la magistratura máxima (a. 66) fue rechazada por tener una causa criminal pendiente. Las alusiones a esta

«primera conjuración de Catilina», como es denominada por la historiografía moderna, no son muy abundantes ni tampoco claras28. Fue el mismo Cicerón en su campaña del 64 quien denunció esta conjura. Grosso modo, Catilina al verse excluido del proceso electoral habría urdido una trama con Cneo Calpurnio Pisón para perpetrar la matanza de los cónsules electos y otros senadores con el objeto de proclamarse cónsules ellos mismos o alguno de sus partidarios. El plan podría haber incluido a Craso y César como beneficiarios de la conjura, previendo nombrar al primero dictator y al segundo magister equitum, aunque no hay ninguna certeza ni de la existencia del plan –que habría sido un auténtico golpe de Estado29 y un

28 Básicamente: Sall. Cat. 18-19. Asc. In toga cand. 82. Cic. Cat. 1.6.15; Mur.

38.81. Dio Cass. Hist. rom. 36.44.4.

29 En palabras de Salustio: ʿeo die post conditam urbem Romam pessumum facinus patratum foretʾ (Cat. 18.8).

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episodio gravísimo que difícilmente podría haber quedado sin castigo30‒, ni tampoco que los futuros triunviros tuviesen algún interés en el mismo31. De hecho, esta trama podría haber sido una invención maliciosa, porque Catilina presentó por dos veces más su candidatura al consulado y solo tras la última derrota abandonó la vía constitucional y urdió la celebérrima

«coniuratio»32.

En todo caso, y antes de proseguir, es interesante poner de relieve una circunstancia que no puede pasar desapercibida:

resulta más que significativo que tanto esta «primera» como la

«segunda» conspiración de Catilina que estaba por llegar, coincidieran en el tiempo con la prolongada ausencia de Roma

30 Dión Casio alude de forma muy sucinta a un decreto del Senado contra Catilina vetado por un tribuno: Hist. rom. 36.44.5.

31 Al respecto, E.S. GRUEN, “Notes on the “First Catilinarian Conspiracy”, en Classical Philology 64/1, Jan. 1969, pp. 20 ss. H.H. SCULLARD, From the Gracchi to Nero. A history of Rome from 133 B.C. to A.D. 68, London-New York 2011, pp. 90 ss. y 352 n. 2. UTCHENKO, Cicerón y su tiempo, cit., pp.

122 y 134. CANFORA, Julio César, cit., pp. 63 ss. PINA POLO, La crisis de la República, cit., p. 162. SALMON, “Catiline, Crassus, and Caesar”, cit., pp.

302 ss. J.J. SEGUÍ MARCO, “La trama hispana de la Primera Conjuración de Catilina”, en Gerión 19, 2001, pp. 392 ss.

32 Vid. E.S. GRUEN, The Last Generation of the Roman Republic, Berkeley-Los Angeles-London 1995, pp. 417 y 418. RAMSEY, Sallust’s Bellum Catilinae², cit., pp. 231-232. El significado del término ʿconiuratioʾ, en J.

HELLEGOUARC’H, Le vocabulaire latin des relations politiques sous la République, Paris 1963, p. 95.

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de Pompeyo, sin duda alguna el gran imperator de la época33. Su influencia política era manifiesta, y aunque contaba con agentes y seguidores en Roma el hecho de no estar físicamente en la vrbs, que es donde se fraguaban los asuntos de Estado, fue una coyuntura propicia que aprovecharon para su promoción hombres como Craso, César y el propio Cicerón. Asimismo, buena parte de todo lo que sucedería en estos años tiene una conexión estrecha con la restauración formal de los poderes a los tribunos (tribunicia potestas, disminuida por Sila por razones políticas) que posibilitaron Pompeyo y Craso en su consulado conjunto del a. 70, porque devolvió a estos magistrados a la arena política, convirtiéndose muchos de ellos en instrumentos activos al servicio de políticos en la sombra y en contra de los intereses de la oligarquía senatorial.

III. La estrategia de Catilina en las elecciones consulares del a. 64 pasaba por obtener la magistratura junto con Cayo Antonio Híbrida, su aliado e hijo del orador Marco Antonio34, y a continuación poner en práctica una serie de políticas populistas de contenido económico, entre las que figuraba la

33 Como bien recuerda SALMON, “Catiline, Crassus, and Caesar”, cit., p.

304. En igual sentido, PINA POLO, La crisis de la República, cit., p. 156.

SEAGER, Pompey the Great², cit., pp. 63 ss. El oportunismo de Craso aprovechando la ausencia de Pompeyo, en Sall. Cat. 17.7.

34 Sall. Cat. 21.3. Cic. Pis. 2.5. La alianza (cfr. Asc. In toga cand. 74) bien podría haber sido denunciada como una coitio, una práctica prohibida desde los albores de la República.

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anulación de los registros de deudas (tabulas novas, registros nuevos) para granjearse el favor de la plebe y de un sector endeudado de la nobleza35. La iniciativa llegó a oídos de distintas personalidades, quienes desde el Senado decidieron en atención al peligro que suponía Catilina, sobre el que pesaba también el horror de las proscripciones silanas, encomendar el consulado a Marco Tulio Cicerón, un homo novus que por tal condición, y aunque contaba con una estimable popularidad entre todos los estamentos por su exitosa carrera como abogado, no partía inicialmente con una ventaja clara36.

Cicerón y Antonio Híbrida salieron elegidos cónsules para el a. 63 ante la rabia de Catilina. Este último presentó una vez más su candidatura para el año siguiente, manteniendo unas promesas similares, pero sería nuevamente derrotado en el verano del 63. Fue a partir de esta derrota, pensando

35 Salustio añade a su programa medidas mucho más extremas, entre las que incluye proscripciones generales (de ricos), magistraturas para sus acólitos, sacerdocios y saqueos (Sall. Cat. 21.2). Vid. A. GRILLI,

“Drammaticità del terrore nelle Catilinarie”, en Terror et Pavor. Violenza, intimidazione, clandestinità nel mondo antico, a cura di G. Urso, Pisa 2006, pp.

223 ss.

36 Sall. Cat. 23.5-6. Los competidores de Cicerón en Asc. In toga cand. 73.

Cicerón pudo dirigirse al Senado advirtiendo del peligro que suponía Catilina, en el marco de un debate propiciado por el convencimiento generalizado de la existencia de prácticas electorales ilícitas (ambitus) por parte de los candidatos Catilina y Cayo Antonio. El discurso de Cicerón descalificando a Catilina lo encontramos en Asc. In toga cand. 74 ss.

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probablemente que su carrera estaba ya finiquitada, cuando decidió tomar el poder por la fuerza37. En octubre de ese año Cicerón presentó en el Senado una serie de cartas anónimas que Craso y otros nobles le habían entregado, en las que se advertía de una inminente revuelta en Etruria, lugar donde se concentraba el mayor número de prosélitos de Catilina al mando de Cayo Manlio (en general, veteranos de Sila sin tierras, el problema agrario siempre latente). Cicerón logró que el Senado emitiera un senatus consultum ultimum con carácter preventivo, admitiendo que la República se encontraba en una situación de emergencia38. Lejos de amilanarse, Catilina planeó el asesinato de Cicerón, pero el cónsul fue informado de ello y convocó al Senado. Allí, el 8 de noviembre del año 63, Cicerón acusó directamente a Catilina, presente en la sesión, de querer

37 El recurso de la violencia constituía para los políticos populares el último paso. Esto quiere decir, que el método popularis pasaba en primer lugar por intentar acceder al poder de forma legal o aprobar sus reformas en las asambleas de forma pacífica. Solo en última instancia, si la resistencia de la oligarquía senatorial provocaba el fracaso de las candidaturas o de las reformas legislativas, entraban en juego los desordenes cívicos y la violencia (sin olvidar que también los optimates hacían uso de la misma y con más contundencia). Vid. L. PERELLI, Il terrorismo e lo stato nei I secolo a. C., Palermo 1981, pp. 12-13 y 33-34.

38 Vid. DUPLÁ, Videant consules, cit., pp. 121 ss. J.E. GAUGHAN, Murder Was Not a Crime. Homicide and Power in the Roman Republic, Austin 2010, p.

121. A. ALLÉLY, La déclaration d’hostis sous la République romaine, Bordeaux 2012, pp. 53 ss.

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destruir la República, iniciando su discurso (la «primera catilinaria») con las palabras quizá más memorables y célebres de toda su carrera: «¿Hasta cuándo ya, Catilina, seguirás abusando de nuestra paciencia?» (ʿQuo usque tandem abutere, Catilina, patientia nostra?ʾ). Catilina abandonó Roma esa misma noche uniéndose a Manlio en Etruria y ambos fueron declarados enemigos públicos (hostes) por el Senado. Mientras tanto, en Roma permanecieron el resto de conjurados cuyos nombres ya conocía Cicerón, pues disponía de una lista de conspiradores facilitada por Q. Curio entre los que se encontraba el nombre de César (Sall. Cat. 26.3). La prueba definitiva de que se estaba preparando algo importante se obtuvo a través de la confesión de unos emisarios galos del pueblo de los alóbroges, que denunciaron haber sido seducidos para sumarse a la conspiración.

El Senado con urgencia ordenó la detención de los altos cómplices de Catilina aún presentes en la vrbs [con la excepción de César, cuyo apoyo a la candidatura consular de Catilina sí podía presumirse (Asc. In toga cand. 74, junto con Craso), pero no tanto a la coniuratio] y, previo debate, por orden del cónsul Cicerón, el 5 de diciembre se condenó a muerte a los conspiradores retenidos, pertenecientes al ordo senatorius y equester: Publio Cornelio Léntulo, Cayo Cornelio Cetego, Lucio

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Estatilio, Publio Gabinio y M. Cepario39. La situación excepcional requirió que numerosos equites armados ocuparan la colina del Capitolio para proteger a Cicerón y a los senadores mientras se votaba la moción40. Catilina recibió la noticia acampado con Cayo Manlio y las tropas, un ejército reclutado entre libertos, veteranos de Sila arruinados y otros adeptos41, entablando poco después batalla contra las legiones republicanas dirigidas no por los cónsules –Cicerón quedó como guardián de la paz en Roma y C. Antonio adujo un ataque de gota para no comandarlas42–, sino por Marco Petreyo, lugarteniente de Antonio. Catilina murió a principios del a. 62 con la espada en la mano43.

IV. La conspiración puso de manifiesto la inestabilidad política de la República y lo peligroso que habían resultado los antecedentes de Cina y Sila pocos años atrás, cuando se hicieron con el dominio de Roma por medio de la fuerza. La mecánica de formar ejércitos que se ligaban al porvenir político

39 Sall. Cat. 55. Vid. GRUEN, Last Generation, cit., pp. 418 ss. J.M. ARBIZU, Res publica oppressa. Política popular en la crisis de la República (133-44 a.C.), Madrid 2000, pp. 220-222.

40 Cic. Sest. 12.28; Sen. 5.12.

41 Sall. Cat. 14; 16.

42 Sall. Cat. 59.4. La enfermedad parecía más bien un pretexto, a juicio de Dio Cass. Hist. rom. 37.39.4.

43 Appian. Bell. civ. 2.7. Dio Cass. Hist. rom. 37.40.1. Sall. Cat. 61.4.

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de un caudillo militar era ya una praxis peligrosamente habitual. Hombres desencantados o ávidos de riquezas, libertos, esclavos, mujeres de baja y alta cuna, veteranos y criminales estaban todos prestos para levantarse contra el orden establecido. Todavía resonaban los ecos de las graves luchas serviles libradas contra Espartaco apenas diez años antes (entre el 73 y 70 a. C.: Appian. Bell. civ. 1.116-121), circunstancia que aprovechó Cicerón para insinuar que Catilina había armado a los esclavos contra la República44, una acusación que causaba gran conmoción en la sociedad pero que está lejos de poder ser probada, porque Salustio afirma que el líder popular había rechazado su incorporación a pesar de que acudían a él en gran número (Sall. Cat. 56.5). Aunque el plan tenía más partidarios fuera de Roma que en la vrbs, donde su seguimiento era inferior45, lo que verdaderamente inquietaba era que hombres de todos los estratos sociales, nobles y plebe46, estuviesen agazapados en la sombra esperando un desenlace feliz.

La promesa de cancelación de las deudas puso en evidencia la existencia de un alto número de nobles endeudados, dispuestos a correr la misma suerte que el

44 Cic. Cat. 3.4.8. Asc. In toga cand. 78. Cfr. K.R. BRADLEY, “Slaves and the Conspiracy of Catiline”, en Classical Philology 73/4, Oct. 1978, pp. 329 ss.

GRUEN, Last Generation, cit., pp. 428-429.

45 GRUEN, Last Generation, cit., pp. 430-431.

46 Sall. Cat. 17.1-6; 37; 46.2.

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conspirador ante tan atractiva propuesta47 (sin duda, un reclamo popular muy apreciado que un tribuno de ese mismo año 63, afín al cónsul Antonio, había ya propuesto sin éxito: Dio Cass. Hist. rom. 37.25.3-4). Es verdad que en el transcurso de estas décadas pudo constatarse una enorme circulación de dinero en los estratos más altos de la sociedad romana, fundamentalmente a través de préstamos. Ya fuera para costear campañas electorales, celebración de juegos, sobornar a las tribus en las elecciones, emprender operaciones comerciales y financieras de envergadura (societates publicanorum) o, simplemente, para permitirse una vida llena de boato, lujos y comodidades, lo cierto es que una gran cantidad de senadores y nobles estaban seriamente entrampados. No es superfluo recordar el profundo cambio económico acontecido en la Roma republicana, en la que la nobleza, desde antiguo defensora de unos valores agrónomos y tradicionales en lo económico, se había convertido con el paso de los tiempos en una élite también financiera, con múltiples negocios de distinta índole48.

47 Vid. Z. YAVETZ, “The Failure of Catiline’s Conspiracy”, en Historia 12, 1963, p. 498.

48 Vid. J. ANDREU, “Financiers de l’Aristocratie à la fin de la République”, en Le dernier siecle de la Republique romaine et l’epoque augusteene, Strasbourg 1978, pp. 52 ss. E. NARDUCCI, Modelli etici e società. Un’idea di Cicerone, Pisa 1989, p. 244. M. IOANNATOU, Affaires d’argent dans la correspondance de Cicéron. L’aristocratie sénatoriale face à sus dettes, Paris 2006, pp. 20 ss. y 30 ss.

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Y, desde luego, aquellos que tenían aspiraciones políticas necesitaban enormes sumas. Pocos nobles pudieron escapar de esta rueda49: si exceptuamos a Pompeyo y Craso, que eran riquísimos, la gran mayoría necesitaba dinero, y mucho, para garantizar su proyección política. El caso de Julio César es paradigmático: el personaje quizá más relevante de la República romana pasó graves apuros en varias ocasiones para lograr satisfacer a sus acreedores50. En este estado de cosas, las promesas de condonación de las deudas y proscripciones a los ricos atrajeron a muchos individuos, aunque en ningún momento se plantease el movimiento como una «revolución social»51. Pero también produjeron el efecto contrario, esto es, disuadieron a muchos otros (fundamentalmente del ordo equester, que rápidamente se alinearon con Cicerón)52 de

49 Vid. I. SHATZMAN, Senatorial Wealth and Roman Politics, Bruxelles 1975, pp. 79 ss. SEGUÍ MARCO, “La trama hispana de la Primera Conjuración de Catilina”, cit., pp. 398-399. CIACERI, Cicerone e i suoi tempi, vol. 1², cit., pp. 252 ss.

50 Vid. Suet. Iul. 18.1. Plut. Caes. 5.4. M. GELZER, The Roman Nobility, Oxford 1969, pp. 114 ss. M.W. FREDERIKSEN, “Caesar, Cicero and the Problem of Debt”, en JRS 56, 1966, pp. 128 ss.

51 J.M. ROLDÁN HERVÁS, “Catilina: un golpe de Estado abortado”, en Historia 16 256, Ago. 1997, p. 73.

52 Vid. BERRY, “Eqvester ordo tvvs est”, cit., p. 226. GRUEN, Last Generation, cit., pp. 425 ss.

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mostrar su adhesión, precisamente por no estar dispuestos a renunciar a sus créditos53.

Probablemente la conspiración no fuera tan grave como Cicerón insistía en presentarla, y desde luego no puso en peligro las estructuras políticas del Estado54, sobradamente acostumbradas a adaptarse a este tipo de acciones y líderes. Era, no obstante, un verdadero intento de «golpe de Estado», un clamoroso conato de subvertir el orden político55, pero lastrado por la ausencia de una participación popular y militar más numerosa que fuera suficiente para llegar a constituir un peligro grave. César, que como ya se ha dicho probablemente conocía y secundaba los planes de Catilina56 (si es que no era participante directo de la trama, como afirmaba Curio y el

53 Cic. de off. 2.24.84. El problema económico como una de las causas del fracaso de la conspiración, en YAVETZ, “The Failure of Catiline’s Conspiracy”, cit., pp. 495 ss.

54 GRUEN, Last Generation, cit., pp. 431-432. ROLDÁN HERVÁS, “Catilina:

un golpe de Estado abortado”, cit., p. 68. W. NIPPEL, Public Order in Ancient Rome, Cambridge 1995, p. 67.

55 ROLDÁN HERVÁS, “Catilina”, cit., p. 73. PINA POLO, Marco Tulio Cicerón, cit., p. 118. ALLÉLY, La déclaration d’hostis, cit., p. 51. GRILLI,

“Drammaticità del terrore nelle Catilinarie”, cit., p. 224.

56 Appian. Bell. civ. 2.6. Cfr. CANFORA, Julio César, cit., pp. 57 y 62.

TAYLOR, Party Politics, cit., p. 122.

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mismo Cicerón sospechaba)57, se mostraba como es natural poco temeroso de las consecuencias de la insurrección e intentó desdramatizar la situación en el Senado en el tenso debate de la noche del 5 de diciembre. El discurso de César en pro de los arrestados por la conspiración de Catilina se basó ampliamente en la defensa de la ley y afirmó que la condena a muerte era una propuesta muy alejada del espíritu de la constitución republicana58. Cicerón y Catón, por el contrario, advirtieron de la deriva política de los tiempos y solicitaron un castigo ejemplar como la pena capital (sin la celebración de un juicio público, medida también apoyada por el cónsul electo Décimo

57 En la lista de conspiradores que Curio presentó a Cicerón se encontraba el nombre de César, pero Cicerón no se atrevió a acusarlo directamente.

Acababa de ser elegido pontifex maximus, era pretor electo y su popularidad y prestigio aumentaban con gran ritmo. Podía convertirse en un enemigo peligrosísimo para él y lo excluyó intencionadamente. Sin embargo, el Arpinate no se olvidó de esto y más después de la relación agridulce que ambos mantuvieron en los años venideros. Muerto César, Cicerón deslizó en su de Officiis una velada alusión a su participación (de off. 2.24.84). Léase asimismo Dio Cass. Hist. rom. 39.10.2-3: el Arpinate tenía escrito un libelo secreto (De consulato suo) que había confiado a su hijo para que se publicara tras su muerte en el que relataba la implicación de César y Craso en estos acontecimientos. Cfr. SCULLARD, From the Gracchi to Nero, cit., p. 352 n. 4. La implicación de Craso, en Plut. Crass.

13.2-4. Sall. Cat. 48.4. SALMON, “Catiline, Crassus, and Caesar”, cit., pp.

311 ss. TEMPEST, Cicero, cit., pp. 86 ss.

58 Cfr. Sall. Cat. 51.6-8; 51.17-18; 51.22; 51.24; 51.36; 51.40-41.

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Silano)59. Catón, tribuno electo en aquel momento, mostró abiertamente una tendencia conservadora que le otorgaría poco después, a pesar de su corta edad y su inacabada carrera política, la jefatura del grupo de los optimates, pero la severidad de su intervención también explica las malas relaciones que tendría en el futuro con populares como César y Pompeyo.

¿Hasta qué punto fue determinante la actuación de Catón en el aplastamiento de la insurrección? Sabemos que Cicerón se arrogó el éxito absoluto y lo consideró siempre su más valioso triunfo y legado. Sin embargo, Marco Junio Bruto, el cesaricida y a la sazón sobrino de Catón, rememoró este episodio con ocasión de la muerte de su tío, atribuyéndole el mérito de la represión sobre los catilinarios, algo que evidentemente irritó al Arpinate al sentirse despojado de su mayor hazaña personal60. En la narración de los hechos, Cicerón y Salustio pasan de puntillas sobre algunas vicisitudes que se produjeron esa noche del a. 63, cada uno por motivos diferentes. La reconstrucción de

59 El discurso de César en el Senado, en Sall. Cat. 51. La réplica de Catón en la misma sesión puso en evidencia a César: Sall. Cat. 52. Véase A.

DRUMMOND, Law, Politics and Power. Sallust and the Execution of the Catilinarian Conspirators, Stuttgart 1995, pp. 23 ss., 51 ss. CANFORA, Julio César, cit., pp. 71 ss. ALLÉLY, La déclaration d’hostis, cit., pp. 59-61.

60 Bruto lo expresó en las honras fúnebres que pronunció en el Senado en memoria de Catón, tras su suicidio honroso en Útica. El enojo del Arpinate, en Cic. Att. 12.21.1.

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Canfora61, contrastando las diferentes fuentes, aporta bastante luz: César habría logrado convencer a la mayoría del Senado de adoptar una postura menos contundente hacia los conspiradores (proponía el exilio y la confiscación de sus bienes) y solo la intervención enérgica de Catón habría cambiado drásticamente el parecer de la Cámara. En realidad, como ha argumentado Andrew Drummond62, la cuestión que se planteaba giraba en torno a la base legal de la pena que se pretendía imponer, la muerte (y sin juicio previo), porque la pena de muerte se había conmutado por la del exilio décadas atrás, de modo que no solo parecía una sanción desproporcionada sino además contraria al mos maiorum63. La resistencia de César a condenar a los conspiradores a punto estuvo de costarle la vida esa misma noche, pues llegó a ser acorralado en el recinto, o quizá a la salida del Senado, por un grupo armado de equites (Suet. Iul. 14.2; Plut. Caes. 8.2), lo que demuestra, a juicio de Canfora, que la implicación de César en

61 CANFORA, Julio César, cit., pp. 66-70.

62 DRUMMOND, Law, Politics and Power, cit., pp. 9-10, 81 ss., passim.

63 La pena del exilio (incluso el exilio voluntario) se había impuesto desde finales del s. II a.C. en sustitución de la pena de muerte. R. A. BAUMAN, Crime and Punishments in Ancient Rome, London-New York 2004, pp. 13 ss., considera el exilio una aplicación de la humanitas en el ámbito del derecho penal, y aunque no estaba recogido literalmente en ninguna ley se podía considerar una «de facto creation» (p. 16).

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la conjura era evidente y rehusaba abandonar a sus compañeros arrestados a semejante suerte fatal.

Sin embargo, no es posible saberlo con seguridad. El discurso de César tuvo una fuerte base jurídica, aludiendo en reiteradas ocasiones a la inconstitucionalidad de la pena que se pretendía aplicar. Era notorio que César y Craso habían apoyado las últimas candidaturas de Catilina, pero en cuanto éste intentó hacerse con el poder por la vía revolucionaria Craso se desentendió e informó a Cicerón. En su caso, parece una actitud lógica, prudente, pues siendo probablemente el hombre más adinerado de Roma64, un plan que preveía saqueos y proscripciones a los ricos no parecía el más adecuado a sus intereses. Sin embargo, César no se pronunció de igual forma – algo que, por otro lado, encaja perfectamente con su fuerte carácter, poco dado a justificar alguna de sus acciones o dar pasos atrás–, de forma que su actitud fue a lo largo de la crisis, como mínimo, sospechosa. Hasta Catón se atrevió a declararlo públicamente aquella noche65.

64 La fortuna de Craso en Sall. Cat. 48.5. Plut. Caes. 11.1; Crass. 2.1-2.

65 La gravedad de la acusación quedó, sin embargo, difuminada por la comicidad de un incidente: a César se le entregó una pequeña nota en medio del discurso de Catón y éste denunció que eran instrucciones de otros conspiradores transmitidas desde el exterior. Pero lo cierto es que la autora de la misiva, algo subida de tono, era Servilia, la amante de César y, a la sazón, hermana del mismo Catón, como bien pudo comprobar el

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En todo caso, Cicerón se sumó a la moción de Catón (y de Décimo Silano) y la hizo votar con el resultado ya conocido.

Años después, sin embargo, la responsabilidad recaería exclusivamente sobre sus espaldas, respondiendo con un destierro ignominioso por el irregular proceso sancionador.

V. Finalizado el consulado del 63 y resuelta la conspiración de Catilina con su muerte el año siguiente, a Cicerón le esperaban, así debía pensarlo él, los mejores años de su vida.

Miembro de la nobilitas, ostentando la condición de consular que le permitía tener un radio de influencia importante en el Senado y convertido en una de las voces autorizadas de los optimates, el Arpinate podía haber encarado cómodamente los años venideros. Sin embargo, su futuro inmediato iba a quedar fuertemente condicionado por los hechos acontecidos entre el 63 y el 62 a. C. Por una parte, por la conjuración de Catilina y el modo en que se puso fin a ésta, con la ejecución de los principales cabecillas sin el oportuno proceso judicial;

Pompeyo, Craso y Julio César no se mostraron conformes con la posición defendida por los optimates (Catón) y por el cónsul Cicerón en el Senado aquella noche, y cuando estos militares pactaron su alianza a tres bandas en el 60 a. C. no se opusieron a la eliminación política, por medio del exilio, de uno de los líderes del partido aristocrático (Cicerón). El mayor logro político del orador iba a ser paradójicamente la causa de la

líder conservador después de que César le entregara la carta: Plut. Brut.

5.3-4. Cfr. Vell. Hist. rom. 2.35.3-4. Appian. Bell. civ. 2.6.

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mayor deshonra de su vida: el exilio. Y de otra parte, a la gestación de este destino fatal contribuyó asimismo el escándalo de la fiesta sagrada de la Bona Dea del año 62, en el que un joven Publio Claudio Pulcro (el futuro Clodio), cuestor todavía patricio, se introdujo en la casa del pontifex maximus Julio César con la intención de tener un encuentro sexual con su esposa Pompeya, siendo descubierto66; César se divorció inmediatamente de su esposa y Claudio (Clodio) fue procesado por violar la ceremonia sagrada (incestus)67. Inteligentemente, César se abstuvo de acusar directamente a Clodio, lo que le procuró un agente68 y aliado en Roma los años siguientes en

66 Plut. Cic. 28. Suet. Iul. 6.2. Cic. Harusp. 3.4; 5.9; 18.38; Prov. cons. 10.24.

Vell. Hist. rom. 2.45.1. Vid. D.F. EPSTEIN, “Cicero’s Testimony at the Bona dea Trial”, en Classical Philology 81/3, Jul. 1986, pp. 229 ss. W.J. TATUM, The Patrician Tribune: Publius Clodius Pulcher, The University of North Carolina Press 1999, pp. 62 ss.

67 ʿIncestusʾ se empleaba en el lenguaje jurídico tanto para señalar el matrimonio celebrado entre los miembros de una familia (padre-hija, madre-hijo, hermano-hermana, etc., incestae nuptiae), como para la simple tenencia de relaciones sexuales entre los mismos sujetos. Pero tuvo también un significado religioso: indicaba la pérdida de castidad de una Vestal y otras violaciones religiosas, como el sacrilegio de una fiesta sagrada (P. Clodio). Val. Max. Fact. et dict. 8.5.5. Vid. J. SCHEID, “Le délit religieux dans la Rome tardo-républicaine”, en Le délit religieux dans la cite antique, Rome 1981, pp. 123 y 130 ss.

68 En realidad, Clodio fue mucho más que eso, se convirtió en el auténtico

«campeón de la plebe» y no fue ni mucho menos fácil de controlar. Solo en el año de su tribunado se contabilizan una docena de leyes aprobadas. La

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que aquél, como triunviro, estuvo en las Galias, pero no así Cicerón, que intervino como testigo desmontando la coartada del amante descubierto. Para desgracia del Arpinate, Clodio fue absuelto y se convirtió en su azote y más descarnado enemigo (Plut. Cic. 30.1), erigiéndose en el responsable directo de su exilio en el a. 58. La intervención contra Clodio fue un grave error de cálculo por parte del orador (probablemente presionado por su esposa Terencia), pues ni siquiera la muerte de aquél en el 52 a. C. conseguiría que se olvidara su desafortunada intervención: años después, Fulvia, la viuda de Publio Clodio y casada posteriormente con Marco Antonio, disfrutaría una dulce venganza cuando Cicerón fue ejecutado

actividad política de Clodio, en: H. BENNER, Die Politik des P. Clodius Pulcher, Stuttgart 1987, pp. 37 ss. A.W. LINTOTT, “P. Clodius Pulcher- Felix Catilina?”, en Greece & Rome 14/2, Oct. 1967, pp. 157 ss. TATUM, The Patrician Tribune, cit., pp. 114 ss. PERELLI, Il movimento popolare, cit., pp.

203 ss. César se percató del potencial de Clodio y su influencia con la plebe: indirectamente, el hecho de no acusarle y oficializar poco tiempo después su adopción por un plebeyo (transitio ad plebem), permitía a César mantener un gran prestigio entre la plebe. Vid. M. VARVARO, “Legittima difesa, tiranicidio e strategia difensiva nell’orazione di Cicerone a favore di Milone”, en AUPA 56, 2013, p. 252. La relación César-Clodio, en T.P.

WISEMAN, “Caesar, Pompey and Rome, 59-50 B.C.”, en The Cambridge Ancient History², vol. IX, cit., pp. 368 ss.

Referencias

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